SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
UNIVERSIDAD FERMIN TORO 
VICERRETORADO ACADEMICO 
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS 
ESCUELA DE DERECHO.
la propiedad es el poder directo e inmediato sobre un 
objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la 
capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones 
que las que imponga la ley.
Los derechos reales, que consisten en los diferentes 
beneficios que el hombre puede obtener de una 
cosa, son en numero limitado. 
Las legislaciones modernas no han aumentado su 
lista, quedando, sobre poco mas o menos, los 
mismos que habían en derecho romano. 
Unos han sido organizados por el derecho civil , y 
los otros han sido admitidos y sancionados por el 
derecho pretoriano.
Articulo 115. Constitución de la República Bolivariana de 
Venezuela (1999) 
"Se garantiza el Derecho de propiedad. Toda persona tiene 
derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La 
propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones 
y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad 
pública o de interés general. Solo por causa de utilidad pública 
o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de 
justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de 
cualquier clase de bienes.
ARTÍCULO 545. CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO. 
"La propiedad es el derecho de usar, gozar y 
disponer de una cosa de manera exclusiva, con las 
restricciones y obligaciones establecidas por la 
Ley."
La propiedad es un derecho real; La propiedad es lo primordial y fundamental de 
los Derechos Reales, ya que los demás parten de ella. 
La propiedad es un derecho autónomo; ya que es oponible (erga omnes) los 
demás están obligado a respetar el dominio del propietario. 
El derecho de propiedad es perpetuo; la propiedad no se extingue, no tiene 
limitación temporal, es un derecho perpetuo. 
Es un derecho exclusivo; La propiedad es exclusiva porque solo le concede al 
propietario la facultad de usar, gozar y disponer un bien con exclusión de los 
demás. 
Es un derecho elástico; La propiedad es pura y se encuentra al margen de toda 
carga o gravamen, sin alterarse su unidad esencial.
No es posible enumerar un elenco positivo de facultades 
que corresponden al derecho de propiedad sobre los 
bienes. El Código Civil no lo hace, presuponiendo que el 
contenido de este derecho ya ha sido determinado por las 
leyes o normas reglamentarias. Al no existir un contenido 
típico o abstracto del derecho de propiedad, el legislador no 
se halla impedido de proveer distintos estatutos normativos 
en función de cada tipo de bienes. De esta forma, el 
contenido del derecho de propiedad sobre fincas urbanas se 
determina por quien tenga la competencia para legislar 
sobre urbanismo. El contenido del derecho de propiedad 
sobre explotaciones agrícolas, por quien sea competente en 
agricultura o reforma agraria, etc.
La ocupación es, en el derecho civil, un modo de 
adquirir la propiedad de las cosas que carecen de 
dueño, y consiste en su aprehensión material unida al 
ánimo de adquirir el dominio es decir pasan a ser de 
otro por el solo hecho de ocuparla .
La forma más primaria e intuitiva de adquirir la propiedad 
consiste en apoderarse de algo que nadie tiene bajo su 
dominio y que, por consiguiente, puede ser objeto de libre 
apropiación (recojo, por ejemplo, un pequeño meteorito 
caído en la finca o la perla de una ostra mientras hago pesca 
submarina). 
Dicha forma de adquirir el dominio, de llegar a ser 
propietario de algo, es conocida en el mundo del Derecho 
con el término técnico de ocupación y se encuentra 
legalmente identificada en el artículo 610 del Código Civil: 
«Se adquieren por la ocupación los bienes apropiables por 
su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que 
son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas 
muebles abandonadas».
En general, la accesión es un derecho (derecho de 
accesión), que se atribuye al propietario del suelo, y le 
permite hacer suyo todo aquello que quede unido y 
acrezca a dicho suelo, ya sea en forma natural o 
artificial, bajo el principio superficie solo cedit. En el 
caso de los bienes muebles el principio accessorium 
sequitur principali permite que la inseparabilidad de 
dos o más bienes determine la adquisición del 
resultante en favor del dueño del bien calificable como 
principal.
Articulo 505: el derecho de la propiedad no se limita a la 
superficie de la tierra, sino que se extiende por accesión a lo que 
esta sobre la superficie y a lo que esta debajo. Salvadas las 
excepciones establecidas por la ley o la convención, el propietario 
puede hacer arriba todas las construcciones o plantaciones que le 
convenga, y hacer debajo todas las construcciones que juzgue a 
propósito y sacar de esas excavaciones todos los productos que 
pueden darle. Lo anterior solo será aplicable a los casos de 
propiedad horizontal, con las limitaciones que se contienen en la 
respectiva ley. 
En su artículo 510, se especifica la accesión respecto de los bienes 
muebles. 
Artículo 510: el derecho de accesión cuando tiene por objetos 
cosas muebles que pertenecen a distintos dueños, esta sujeto a 
los principios de equidad natural.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Mapa conceptual Régimen Juridico de los Bienes
Mapa conceptual Régimen Juridico de los Bienes Mapa conceptual Régimen Juridico de los Bienes
Mapa conceptual Régimen Juridico de los Bienes Willmarys Arrieche
 
Regimen de bienes internacional privado
Regimen de bienes internacional privadoRegimen de bienes internacional privado
Regimen de bienes internacional privadoMarlyn Cariño
 
Mapa conceptual regimen juridico
Mapa conceptual regimen juridicoMapa conceptual regimen juridico
Mapa conceptual regimen juridicoybelice aparicio
 
Sesión 14 4 oct
Sesión 14  4 octSesión 14  4 oct
Sesión 14 4 octaalcalar
 
El derecho internacional privado y las sucesiones
El derecho internacional privado y las sucesionesEl derecho internacional privado y las sucesiones
El derecho internacional privado y las sucesionesales1990
 
Mapa conceptual de derecho civil
Mapa conceptual de derecho civilMapa conceptual de derecho civil
Mapa conceptual de derecho civilYosmeilin
 
Las sucesiones en el derecho internacional privado
Las sucesiones en el derecho internacional privadoLas sucesiones en el derecho internacional privado
Las sucesiones en el derecho internacional privadonagonzalez_13085
 
Laminas de presentación de derecho internacional privado las sucesiones1
Laminas de presentación de  derecho internacional privado las sucesiones1Laminas de presentación de  derecho internacional privado las sucesiones1
Laminas de presentación de derecho internacional privado las sucesiones1mari2358
 
Jesus regimen juridico
Jesus regimen juridicoJesus regimen juridico
Jesus regimen juridicojesuscast
 
Luzmer estatuto real
Luzmer estatuto realLuzmer estatuto real
Luzmer estatuto realluzmeraida
 
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyesVigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyesPaul Montero Matamoros
 
Vigencia de las leyes en tiempo y espacio costa rica
Vigencia de las leyes en tiempo y espacio costa ricaVigencia de las leyes en tiempo y espacio costa rica
Vigencia de las leyes en tiempo y espacio costa ricaalexjimo
 
PRESENTACION UNIDAD IV DERECHO ROMANO
PRESENTACION UNIDAD IV DERECHO ROMANOPRESENTACION UNIDAD IV DERECHO ROMANO
PRESENTACION UNIDAD IV DERECHO ROMANOMaribel Guillen
 
Régimen jurídico de los bienes
Régimen jurídico de los bienesRégimen jurídico de los bienes
Régimen jurídico de los bienesLenin Graterol
 
Derechos Reales
Derechos RealesDerechos Reales
Derechos Realescpradoa69
 
Aplicacion ene le tiempo
Aplicacion ene le tiempoAplicacion ene le tiempo
Aplicacion ene le tiempoB Belis
 
Prueba Tarea web temas 9 y 10
Prueba Tarea web temas 9 y 10Prueba Tarea web temas 9 y 10
Prueba Tarea web temas 9 y 10ESMERALDAJGU
 

La actualidad más candente (20)

Mapa conceptual Régimen Juridico de los Bienes
Mapa conceptual Régimen Juridico de los Bienes Mapa conceptual Régimen Juridico de los Bienes
Mapa conceptual Régimen Juridico de los Bienes
 
Regimen de bienes internacional privado
Regimen de bienes internacional privadoRegimen de bienes internacional privado
Regimen de bienes internacional privado
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Mapa conceptual regimen juridico
Mapa conceptual regimen juridicoMapa conceptual regimen juridico
Mapa conceptual regimen juridico
 
Desiree sucesiones DIP
Desiree sucesiones DIPDesiree sucesiones DIP
Desiree sucesiones DIP
 
Sesión 14 4 oct
Sesión 14  4 octSesión 14  4 oct
Sesión 14 4 oct
 
El derecho internacional privado y las sucesiones
El derecho internacional privado y las sucesionesEl derecho internacional privado y las sucesiones
El derecho internacional privado y las sucesiones
 
Mapa conceptual de derecho civil
Mapa conceptual de derecho civilMapa conceptual de derecho civil
Mapa conceptual de derecho civil
 
Las sucesiones en el derecho internacional privado
Las sucesiones en el derecho internacional privadoLas sucesiones en el derecho internacional privado
Las sucesiones en el derecho internacional privado
 
Laminas de presentación de derecho internacional privado las sucesiones1
Laminas de presentación de  derecho internacional privado las sucesiones1Laminas de presentación de  derecho internacional privado las sucesiones1
Laminas de presentación de derecho internacional privado las sucesiones1
 
Jesus regimen juridico
Jesus regimen juridicoJesus regimen juridico
Jesus regimen juridico
 
Luzmer estatuto real
Luzmer estatuto realLuzmer estatuto real
Luzmer estatuto real
 
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyesVigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
Vigencias de las leyes en el tiempo, espacio y conflicto de leyes
 
Vigencia de las leyes en tiempo y espacio costa rica
Vigencia de las leyes en tiempo y espacio costa ricaVigencia de las leyes en tiempo y espacio costa rica
Vigencia de las leyes en tiempo y espacio costa rica
 
PRESENTACION UNIDAD IV DERECHO ROMANO
PRESENTACION UNIDAD IV DERECHO ROMANOPRESENTACION UNIDAD IV DERECHO ROMANO
PRESENTACION UNIDAD IV DERECHO ROMANO
 
Régimen jurídico de los bienes
Régimen jurídico de los bienesRégimen jurídico de los bienes
Régimen jurídico de los bienes
 
Derechos Reales
Derechos RealesDerechos Reales
Derechos Reales
 
conflicto de ley
conflicto de leyconflicto de ley
conflicto de ley
 
Aplicacion ene le tiempo
Aplicacion ene le tiempoAplicacion ene le tiempo
Aplicacion ene le tiempo
 
Prueba Tarea web temas 9 y 10
Prueba Tarea web temas 9 y 10Prueba Tarea web temas 9 y 10
Prueba Tarea web temas 9 y 10
 

Destacado

Destacado (20)

La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Derecho romano propiedad
Derecho romano propiedadDerecho romano propiedad
Derecho romano propiedad
 
Propiedad en derecho romano
Propiedad en derecho romanoPropiedad en derecho romano
Propiedad en derecho romano
 
Romano i leccion 14
Romano i leccion 14Romano i leccion 14
Romano i leccion 14
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
La propiedad, la ocupacion, la accesion
La propiedad, la ocupacion, la accesionLa propiedad, la ocupacion, la accesion
La propiedad, la ocupacion, la accesion
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
La propiedad en derecho romano
La propiedad en derecho romanoLa propiedad en derecho romano
La propiedad en derecho romano
 
Modos de adquirir la propiedad (1)
Modos de adquirir la propiedad (1)Modos de adquirir la propiedad (1)
Modos de adquirir la propiedad (1)
 
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANO
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANOMODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANO
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANO
 
El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoEl concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
 
Diagrama de yuli
Diagrama de yuliDiagrama de yuli
Diagrama de yuli
 
Propiedad en roma
Propiedad en romaPropiedad en roma
Propiedad en roma
 
Modos de Protección de la Propiedad en Roma
Modos de Protección de la Propiedad en RomaModos de Protección de la Propiedad en Roma
Modos de Protección de la Propiedad en Roma
 
Diagrama
DiagramaDiagrama
Diagrama
 
mi presentacion Slideshare
mi presentacion Slidesharemi presentacion Slideshare
mi presentacion Slideshare
 
La propiedad.
La propiedad.La propiedad.
La propiedad.
 
LA PROPIEDAD
LA PROPIEDADLA PROPIEDAD
LA PROPIEDAD
 
Accesion civil ii
Accesion civil iiAccesion civil ii
Accesion civil ii
 
La Propiedad
La PropiedadLa Propiedad
La Propiedad
 

Similar a Peraza kodalys..!!

Similar a Peraza kodalys..!! (20)

La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Internacional56565656565
Internacional56565656565Internacional56565656565
Internacional56565656565
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
DERECHO DE PROPIEDAD, OCUPACION Y ACCESION
DERECHO DE PROPIEDAD, OCUPACION Y ACCESIONDERECHO DE PROPIEDAD, OCUPACION Y ACCESION
DERECHO DE PROPIEDAD, OCUPACION Y ACCESION
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.pptDERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
DERECHOS REALES CAPITULO XIV.ppt
 
DerechosReales.pptx
DerechosReales.pptxDerechosReales.pptx
DerechosReales.pptx
 
Derecho romano d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano   d. reales propiedad, de las cosasDerecho romano   d. reales propiedad, de las cosas
Derecho romano d. reales propiedad, de las cosas
 
El derecho de propiedad
El derecho de propiedadEl derecho de propiedad
El derecho de propiedad
 
Kissy perez
Kissy perezKissy perez
Kissy perez
 
Propiedad
PropiedadPropiedad
Propiedad
 
La propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesiónLa propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesión
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
La propiedad derecho civil
La propiedad derecho civilLa propiedad derecho civil
La propiedad derecho civil
 
Infograma civil
Infograma civilInfograma civil
Infograma civil
 
Ultima evaluacion bienes
Ultima evaluacion bienesUltima evaluacion bienes
Ultima evaluacion bienes
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
La propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesiónLa propiedad, la ocupación y accesión
La propiedad, la ocupación y accesión
 
Revista de derecho civil
Revista de derecho civilRevista de derecho civil
Revista de derecho civil
 
garantías de propiedad
 garantías de propiedad  garantías de propiedad
garantías de propiedad
 

Peraza kodalys..!!

  • 1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERRETORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS ESCUELA DE DERECHO.
  • 2. la propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley.
  • 3. Los derechos reales, que consisten en los diferentes beneficios que el hombre puede obtener de una cosa, son en numero limitado. Las legislaciones modernas no han aumentado su lista, quedando, sobre poco mas o menos, los mismos que habían en derecho romano. Unos han sido organizados por el derecho civil , y los otros han sido admitidos y sancionados por el derecho pretoriano.
  • 4. Articulo 115. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) "Se garantiza el Derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Solo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes.
  • 5. ARTÍCULO 545. CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO. "La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley."
  • 6. La propiedad es un derecho real; La propiedad es lo primordial y fundamental de los Derechos Reales, ya que los demás parten de ella. La propiedad es un derecho autónomo; ya que es oponible (erga omnes) los demás están obligado a respetar el dominio del propietario. El derecho de propiedad es perpetuo; la propiedad no se extingue, no tiene limitación temporal, es un derecho perpetuo. Es un derecho exclusivo; La propiedad es exclusiva porque solo le concede al propietario la facultad de usar, gozar y disponer un bien con exclusión de los demás. Es un derecho elástico; La propiedad es pura y se encuentra al margen de toda carga o gravamen, sin alterarse su unidad esencial.
  • 7. No es posible enumerar un elenco positivo de facultades que corresponden al derecho de propiedad sobre los bienes. El Código Civil no lo hace, presuponiendo que el contenido de este derecho ya ha sido determinado por las leyes o normas reglamentarias. Al no existir un contenido típico o abstracto del derecho de propiedad, el legislador no se halla impedido de proveer distintos estatutos normativos en función de cada tipo de bienes. De esta forma, el contenido del derecho de propiedad sobre fincas urbanas se determina por quien tenga la competencia para legislar sobre urbanismo. El contenido del derecho de propiedad sobre explotaciones agrícolas, por quien sea competente en agricultura o reforma agraria, etc.
  • 8. La ocupación es, en el derecho civil, un modo de adquirir la propiedad de las cosas que carecen de dueño, y consiste en su aprehensión material unida al ánimo de adquirir el dominio es decir pasan a ser de otro por el solo hecho de ocuparla .
  • 9. La forma más primaria e intuitiva de adquirir la propiedad consiste en apoderarse de algo que nadie tiene bajo su dominio y que, por consiguiente, puede ser objeto de libre apropiación (recojo, por ejemplo, un pequeño meteorito caído en la finca o la perla de una ostra mientras hago pesca submarina). Dicha forma de adquirir el dominio, de llegar a ser propietario de algo, es conocida en el mundo del Derecho con el término técnico de ocupación y se encuentra legalmente identificada en el artículo 610 del Código Civil: «Se adquieren por la ocupación los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño, como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas».
  • 10. En general, la accesión es un derecho (derecho de accesión), que se atribuye al propietario del suelo, y le permite hacer suyo todo aquello que quede unido y acrezca a dicho suelo, ya sea en forma natural o artificial, bajo el principio superficie solo cedit. En el caso de los bienes muebles el principio accessorium sequitur principali permite que la inseparabilidad de dos o más bienes determine la adquisición del resultante en favor del dueño del bien calificable como principal.
  • 11. Articulo 505: el derecho de la propiedad no se limita a la superficie de la tierra, sino que se extiende por accesión a lo que esta sobre la superficie y a lo que esta debajo. Salvadas las excepciones establecidas por la ley o la convención, el propietario puede hacer arriba todas las construcciones o plantaciones que le convenga, y hacer debajo todas las construcciones que juzgue a propósito y sacar de esas excavaciones todos los productos que pueden darle. Lo anterior solo será aplicable a los casos de propiedad horizontal, con las limitaciones que se contienen en la respectiva ley. En su artículo 510, se especifica la accesión respecto de los bienes muebles. Artículo 510: el derecho de accesión cuando tiene por objetos cosas muebles que pertenecen a distintos dueños, esta sujeto a los principios de equidad natural.