1. SOCIEDAD LIMITADA
TRÁMITES DE PUESTA EN MARCHA
Dirigido a los emprendedores que desean formar una Sociedad
Limitada y guiarlos en la puesta en marcha de la empresa.
1AGA10 Ana Díaz
17/12/2012
2. 2
I. INTRODUCCIÓN..........................................................................................................................................3
IIII.. CCaarraacctteerrííssttiiccaass bbáássiiccaass ddee uunnaa SSoocciieeddaadd lliimmiittaaddaa:: ...................................................................................4
IIIIII.. VVeennttaajjaass ee iinnccoonnvveenniieenntteess ddee llaa ssoocciieeddaadd lliimmiittaaddaa:: ............................................................................4
11.. CCoonnssttiittuucciióónn ddee llaa ssoocciieeddaadd::......................................................................................................................5
11..11.. RReeggiissttrroo mmeerrccaannttiill:: ............................................................................................................................5
Certificación negativa del nombre: ....................................................................................................5
11..22.. EEnnttiiddaadd BBaannccaarriiaa::...............................................................................................................................6
11..33.. NNoottaarriioo::..............................................................................................................................................6
1.3.1. Redacción de los Estatutos:........................................................................................................6
1.3.2. Estructura pública de constitución y estatutos:...........................................................................6
22.. HHaacciieennddaa EEssttaattaall:: .......................................................................................................................................7
2.1. Solicitud del NIF:...............................................................................................................................7
2.2. Declaración censal de alta:.................................................................................................................7
2.3. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas ...............................................................................7
2.4. Alta en el impuesto de bienes inmuebles ...........................................................................................7
33.. HHaacciieennddaa AAuuttoonnóómmiiccaa:: ..............................................................................................................................9
3.1. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados....................................9
3.3. Hojas de reclamaciones y cartel anunciador (algunas actividades)....................................................9
44.. RReeggiissttrroo MMeerrccaannttiill PPrroovviinncciiaall::.................................................................................................................11
4.1. Inscripción de la empresa en el Registros Mercantil Provincial ......................................................11
55.. TTeessoorreerrííaa GGeenneerraall ddee llaa SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall:: ..............................................................................................12
5.1. Afiliación del socio o empleado a la Seguridad Social. ...................................................................12
5.2. Alta del trabajador en la Seguridad Social. TA-2.............................................................................12
5.3. Inscripción de la empresa a la Seguridad Social. Modelo TA-6. .....................................................12
5.4. Comunicación de apertura del centro de trabajo. .............................................................................12
5.5. Sellado de libro de visitas (el emprendedor lo adquirirá en librerías y/o estancos especializados). 13
66.. AAyyuunnttaammiieennttoo::.........................................................................................................................................13
6.1. Licencias de apertura (actividades inocuas o calificadas)................................................................13
6.2. Cambio de titularidad en la Licencia de Apertura............................................................................14
6.3. Licencia de obra (Mayor o menor)...................................................................................................14
6.4. Información sobre la subvención (I+E) y de las ordenanzas municipales........................................14
77.. CCaabbiillddoo ddee GGrraann CCaannaarriiaa::.........................................................................................................................15
88.. OOttrrooss óórrggaannooss ddee llaa AAddmmiinniissttrraacciióónn PPúúbblliiccaa:: .........................................................................................15
99.. OORRGGAANNIIGGRRAAMMAA .......................................................................................................................................16
3. 3
índice
I. INTRODUCCIÓN
Este folleto de trámites para la creación de una Sociedad Limitada, tratará los contenidos y aspectos
relacionados con la puesta en marcha de la empresa, los trámites legales, administrativos y mercantiles que
son necesarios para crear la sociedad.
El objetivo es servir como instrumento de consulta y orientación para aquellos emprendedores que quieran
iniciar una actividad y no conocen el proceso de puesta en marcha, explicando las distintas fases del proceso,
en qué consisten, donde se realizan, en qué momento y que documentos debe presentar. Haciendo posible
que el emprendedor tenga un mapa mental claro de todos y cada uno de estos procesos, lo que facilitará la
elaboración de un calendario de las tareas a realizar.
4. 4
íínnddiiccee
IIII.. CCaarraacctteerrííssttiiccaass bbáássiiccaass ddee uunnaa SSoocciieeddaadd lliimmiittaaddaa::
El número mínimo de fundadores es de 1, en cuyo caso estamos ante la denominada Sociedad de
responsabilidad Limitada Unipersonal.
El capital no podrá ser inferior a 3.005,06€, se expresara siempre en esta moneda y deberá estar
totalmente suscrito y desembolsado en el momento de constitución de la sociedad. Solo pueden
hacerse aportaciones económicas, en ningún caso pueden ser trabajo personal.
En la sociedad el capital estará dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles,
que no se podrán incorporar a títulos negociables ni denominarse acciones.
Responsabilidad limitada a las aportaciones realizadas.
La sociedad tributa por el impuesto de Sociedades y los socios por el IRPF.
IIIIII.. VVeennttaajjaass ee iinnccoonnvveenniieenntteess ddee llaa ssoocciieeddaadd lliimmiittaaddaa::
o Ventajas:
Es la forma jurídica ideal para
sociedades pequeñas, con pocos
socios y capital reducido.
Existe un libro-registro de socios,
por lo que hay un control y un
conocimiento de las personas que
poseen las participaciones
sociales.
No es preciso, cuando se hacen
aportaciones no monetarias, un
informe externo de un experto,
con la disminución de gastos que
esto comporta.
La responsabilidad de los socios
en las deudas de la sociedad está
limitada al capital aportado a la
sociedad.
Se exige menos rigor formal en su
organización ( es decir, para
convocar juntas, en las
inscripciones registrales, etc., no
hay tantos requisitos de forma9, y
de menor Capital mínimo
(3.005,06 euros) que en las
Sociedades Anónimas.
Los órganos de gobierno de una
Sociedad Limitada, funcionan
democráticamente.
Se pueden constituir con un solo
socio (Sociedad Limitada
Unipersonal).
Es la forma jurídica societaria
más elegida.
o Inconvenientes:
Exige un capital mínimo
(3.005,06€).
No se pueden transmitir las
participaciones libremente, se
necesita el consentimiento de los
demás socios.
En determinados niveles de
beneficio el tipo de gravamen del
25%-30% puede ser una
desventaja frente al tipo variable
de las formas que tributan por
IRPF.
No hay ventajas fiscales ni de
contratación. Hay costes fiscales
del 1% sobre la cifra de capital
social en el momento de la
constitución en el Impuesto de
Transmisiones Patrimoniales y
Actos Jurídicos Documentados.
También hay gastos notariales.
Normalmente, al limitarse la
responsabilidad con un capital
pequeño, se exigen avales
personales de los socios para la
concesión de créditos a la
sociedad (por lo que al final en
estos casos los socios responden
en los avales con su patrimonio
personal).
En algunos supuestos deben
realizar obligatoriamente
auditoría de cuentas.
5. 5
En este folleto encontrará la información necesaria para legalizar una sociedad limitada.
Deberás realizar estos diferentes trámites en los distintos órganos de la Administración Pública:
11.. CCoonnssttiittuucciióónn ddee llaa ssoocciieeddaadd::
11..11.. RReeggiissttrroo mmeerrccaannttiill::
Certificación negativa del nombre:
Documento a presentar: Instancia oficial con los nombres elegidos, como
mínimo tres nombres posibles para la sociedad, en orden de preferencia, se
concederá la primera que no aparezca registrada, el registro mercantil enviará un
certificado negativo acreditando que no existe otra sociedad con el mismo
nombre, tendrá validez de 3 meses, pasado este plazo tendría que renovarse y
caduca a los seis meses (se debe realizar un pago a favor del registro mercantil
central de 15,68€)
Puedes realizar este trámite:
-Directamente en el Registro Mercantil Central
-Por correo ordinario o mensajería (contra rembolso a la dirección indicada
en la solicitud).
-Por medios telemáticos (www.rmc.es)
C/Príncipe Vergara,94
28006 Madrid
Web: www.rmc.es
índice
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11..22.. EEnnttiiddaadd BBaannccaarriiaa::
Abrir una cuenta a nombre de la Sociedad, ingresando el capital mínimo inicial
de la sociedad (3.000 euros). El banco entregará un certificado que habrá que
entregar al notario. Con posterioridad, puede utilizarse el dinero ingresado.
11..33.. NNoottaarriioo::
1.3.1.Redacción de los Estatutos:
Contendrán las reglas del funcionamiento de la sociedad.
Documentos que debe presentar:
Denominación de la Sociedad.
Objeto social, determinando las actividades.
Domicilio social.
Capital social ( mínimo 3005,06€, puede ser dineraria o no dineraria),
participaciones en las que se divide, valor nominal y numeración correlativa.
Fecha del cierre del ejercicio social.
Organización de la administración de la sociedad.
1.3.2.Estructura pública de constitución y estatutos:
Tendrá que formalizar la escritura pública y los estatutos ante notario, para lo que tiene
que presentar los siguientes documentos:
Certificación negativa de la denominación de la sociedad.
DNI y NIF de todos los socios fundadores.
En el supuesto de que alguno de los socios sea una persona jurídica, deberán
presentarse los poderes del representante de la entidad que vaya a ser socia.
Certificado bancario que acredite el ingreso del importe del capital social.
Estatutos de la sociedad (si se desea puede hacerlos el notario, es lo más
común)
Datos de la sociedad (aportaciones, domicilio de la empresa,
administradores,...)
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22.. HHaacciieennddaa EEssttaattaall::
2.1. Solicitud del NIF:
Para solicitar el NIF:
Declaración censal. Modelo 036.
Original y copia de la escritura de constitución y de los estatutos.
Fotocopia del DNI del solicitante o socio o poder notarial del apoderado.
2.2. Declaración censal de alta:
Declaración censal para comunicar a Hacienda los datos de identificación, la
situación tributaria y las obligaciones tributarias; por inicio, modificación o cese
de la actividad:
Declaración censal (mod.036) con causa de inicio y obligaciones
tributarias periódicas.
NIF.
Fotocopia del alta en el Impuesto de Actividades económicas.
2.3. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas
Es un tributo de carácter local, que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales
o artísticas, se ejerzan o no en local. Es obligatorio para toda sociedad, empresario o profesional.
Se presentarán tantas altas como actividades se vayan a ejercer. A partir del 1 de enero de 2003,
están exentos del pago de este impuesto, las personas físicas, las sociedades civiles y sociedades
mercantiles, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros. La
declaración censal de alta, modificación y baja del IAE, en caso de sujetos pasivos que estén
exentos del mismo por todas las actividades que desarrollen, se llevará a cabo a través del
modelo 036 (Declaración censal). En caso de que cualquiera de sus actividades tributen en el
IAE presentará el modelo 840. Tiene como plazo un mes desde el inicio de la actividad.
Documentos a presentar:
Si está exento de pago, se hará a través del modelo 036. En otro caso,
debe presentarse el modelo 840
NIF
2.4. Alta en el impuesto de bienes inmuebles
El impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible
está constituido por:
-La propiedad de los bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana situados en el
respectivo término municipal.
-La titularidad de un derecho real de usufructo.
-La titularidad de superficie.
-La titularidad de una concesión administrativa sobre dichos bienes o sobre los servicios
públicos a los que estén afectados. índice
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Se presentará en la delegación de Hacienda, en el Centro de Gestión Catastral y Cooperación
Tributaria.
Documentos a presentar:
o Siempre:
-Fotocopia del DNI y del NIF
-Documento o escritura que origina la transmisión o alteración
catastral.
-Fotocopia del último recibo del impuesto, en el caso de que exista.
-Modelo correspondiente.
o Documentos necesarios según cada caso
Información: www.aeat.es
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Delegación de Hacienda
de Las Palmas
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33.. HHaacciieennddaa AAuuttoonnóómmiiccaa::
3.1. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Impuesto que grava la constitución, aumento de capital, fusión, transformación o disolución de
la sociedad. Se tendrá que pagar el 1% del capital inicial que se ponga en los estatutos. El plazo
será de los 30 días hábiles a partir del otorgamiento de la escritura.
Presentando los siguientes documentos:
Fotocopia del NIF provisional.
Primer copia y copia simple de la escritura de constitución.
Impreso Modelo 600 cumplimentado (Impuestos patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados).
3.2. Alta del Impuesto Indirecto Canario (IGIC). Modelo 400.
Con el justificante del alta censal de inicio en la Agencia Tributaria (mod.036), todo empresario
o profesional que realice su actividad en Canarias, debe facilitar los datos referentes al inicio de
sus actividades económicas así como la modificación o cese de las mismas.
Están liberadas de darse de alta en este impuesto las actividades de asistencia sanitaria, educativa, sociales y
financieras. http://www.creacionempresas.com/
Documentos a presentar:
Fotocopia DNI.
Impreso oficial mod.036.
Impreso oficial modelo 400
3.3. Hojas de reclamaciones y cartel anunciador (algunas actividades)
Todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, titulares de establecimientos que
realicen actividades comerciales y/o de servicios en la Comunidad Autónoma de Canarias,
tendrán a disposición de los consumidores y usuarios hojas de reclamaciones, así como
carteles anunciadores de su existencia, conforme a los modelos oficiales.
Las hojas de reclamaciones, redactadas en los idiomas castellano e inglés,
estarán integradas por un juego unitario de impresos compuestos por un folio
color blanco (para la Administración), una copia de color rosa (para el
establecimiento) y otra de color verde (para el denunciante).
El establecimiento deberá tener cumplimentados los datos de identificación del
mismo que constan en las hojas de reclamaciones.
Los carteles anunciadores redactados en los idiomas castellano, inglés, francés
y alemán, contendrán la siguiente leyenda: "Tenemos a disposición de los
clientes las hojas de reclamaciones". El cartel anunciador estará situado en un
lugar en que resulte visible y legible para los consumidores y usuarios. Cuando
un consumidor solicite una hoja de reclamaciones se le deberá suministrar en el
mismo lugar en que la demande o en el lugar identificado como de información
o atención a los clientes, sin remitirle a otras dependencias o a oficinas centrales
distantes del lugar en que se ha producido los hechos.
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44.. RReeggiissttrroo MMeerrccaannttiill PPrroovviinncciiaall::
4.1. Inscripción de la empresa en el Registros Mercantil Provincial
En el plazo de dos meses, debiendo aportar:
Original y primera copia de la escritura pública.
Copia sellada por Hacienda del Modelo 600.
Copia del NIF.
Registro Mercantil Provincial
Gran Canaria
C/ Emilio Castelar 4 y 6
Edificio Internacional
35007 Las Palmas de Gran canaria
Telf.: 928 26 53 04
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Registro Mercantil
(edificio marrón, en calle sin
salida)
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55.. TTeessoorreerrííaa GGeenneerraall ddee llaa SSeegguurriiddaadd SSoocciiaall::
5.1. Afiliación del socio o empleado a la Seguridad Social.
Modelo TA-1. Sólo para aquellas personas que no poseen número de afiliación.
En la constitución de sociedades limitadas o anónimas, se pueden presentar diferentes casos
entre los miembros de la sociedad a la hora de afiliarse y darse de alta en alguno de los
regímenes posibles.
Tendrá como plazo 30 días naturales siguientes al inicio de la actividad. No obstante el alta
causará efectos a partir del día 1 del mes en que se inicie la actividad.
Documentos a presentar:
Documento de afiliación a la seguridad social.
Parte de alta de asistencia sanitaria.
Parte de alta de cotización por cuadriplicado.
Fotocopia del alta en el IAE.
Fotocopia del contrato y NIF.
Si se trata de profesionales colegiados, certificado del Colegio Oficial.
5.2. Alta del trabajador en la Seguridad Social. TA-2
Documentos a presentar:
TA-1 (si es la primera vez) y TA-2 (si ya está dado de alta y comienza
un trabajo nuevo).
Fotocopia del DNI del trabajador.
5.3. Inscripción de la empresa a la Seguridad Social. Modelo TA-6.
Documentos a presentar:
Fotocopia dl DNI de quién firma la solicitud de inscripción.
Documento que acredite los poderes del firmante ( si no consta en la
escritura).
Escritura de inscripción de la sociedad.
Documento de declaración respecto a la declaración de los accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales haciendo constar la entidad gestora
o colaboradora por la que opta.
5.4. Comunicación de apertura del centro de trabajo.
Deben realizarlas aquellas empresas que procedan a la apertura de un nuevo centro de trabajo o
reanuden la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de
importancia.
Documentos a presentar.
Modelo oficial por cuadruplicado con los datos de la empresa, datos del
centro de trabajo, datos de la plantilla, datos de la actividad que se
desarrolla.
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5.5. Sellado de libro de visitas (el emprendedor lo adquirirá en librerías y/o estancos especializados).
La tramitación irá acompañada de la siguiente documentación:
DNI o NIE (pasaporte en caso de no disponer de la tarjeta de residente).
Número de la cuenta corriente a fin de domiciliar los pagos a la seguridad Social.
Caso de extranjeros no comunitarios, permiso de trabajo por cuenta propia.
Número de afiliación de los socios trabajadores y futuros empleados.
Caso de contratar a trabajadores, solicitar en esta oficina los partes de alta (Mod.TA-2)
documentos necesarios (tipo de contrato, epígrafe, grupo de cotización, firma del empleado,
fotocopia del DNI y documento de afiliación del trabajador).
Libro de visitas
Web: www.seg-social.es
66.. AAyyuunnttaammiieennttoo::
6.1. Licencias de apertura (actividades inocuas o calificadas)
Es una licencia municipal que acredita la adecuación de las instalaciones proyectadas a la
normativa urbanística vigente y a la reglamentación técnica que pueda serle aplicable. Sólo debe
solicitarse cuando va a abrirse un local.
Las actividades se clasifican en inocuas (aquellas que no producen molestias ni daños y que son
más fáciles de conseguir y más baratas) y en calificadas (aquellas que pueden resultar molestas,
insalubres, nocivas y peligrosas, y que por lo tanto son más difíciles de conseguir y más caras).
Documentos a presentar:
Impreso normalizado.
Impuesto IAE.
Contrato de arrendamiento o escritura de propiedad del local.
NIF del solicitante o escritura de la sociedad y NIF.
Memoria descriptiva de la actividad y del local.
Planos de planta y sección del local.
Plano o croquis de la situación del local.
Presupuesto de las instalaciones.
Además si la actividad es Calificada será necesario un Proyecto de las
instalaciones firmado por Técnico competente, visado por el Colegio
Profesional correspondiente y con Dirección facultativa, que incluya:
Planos, Presupuesto y Memoria. Una vez concedida la licencia de
apertura, las actividades calificadas deben solicitar la Licencia de
Funcionamiento.
índice
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6.2. Cambio de titularidad en la Licencia de Apertura.
La titularidad de un negocio, con licencia de apertura concedida, puede cambiarse mediante un
acto comunicado, siempre y cuando el mismo se halle en funcionamiento o lo haya estado los
seis meses anteriores a la fecha en que se pretende realizar el cambio.
Documentos a presentar:
Licencia de apertura.
DNI del solicitante o escritura de constitución y NIF.
Documento de transmisión o conformidad con el anterior titular.
6.3. Licencia de obra (Mayor o menor)
Es la necesaria para efectuar cualquier tipo de obras en un local, nave o establecimiento. En
determinados municipios, la realización de obras de acondicionamiento menor de locales, que no
afecten a la estructura, distribución ni aspecto exterior de los mismos, no están sujetas a la
obtención de licencia de obras. Bastará una comunicación previa, junto con la presentación de
los siguientes documentos: Planos de situación, descripción de las obras y valoración de las
mismas.
Documentos a presentar:
Impreso normalizado, presupuesto de las obras, planos de planta, alzado
y sección acotados y a escala, del estado actual y del reformado,
memoria descriptiva de las obras, planos parcelario de la finca. Si las
obras afectan a la estructura del local se presentará Proyecto firmado
por Técnico competente, visado por el Colegio Profesional
correspondiente y con dirección facultativa que incluya; Planos,
Presupuesto y memoria.
6.4. Información sobre la subvención (I+E) y de las ordenanzas municipales.
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77.. CCaabbiillddoo ddee GGrraann CCaannaarriiaa::
Tarjeta de transporte
Carnet de artesano
Trámites de apertura de bares, cafeterías y restaurantes.
Autorización de apertura y clasificación de establecimientos de turismo rural, de
establecimientos hoteleros y de apartamentos turísticos.
Información sobre subvenciones del cabildo.
Dirección:
C/Bravo Murillo
www.grancanaria.com
índice
88.. OOttrrooss óórrggaannooss ddee llaa AAddmmiinniissttrraacciióónn PPúúbblliiccaa::
Otros trámites que se realizan en diferentes registros y cuya obligatoriedad o interés está
condicionada al tipo de actividad se vaya a desarrollar.
Por ejemplo:
Industria: si la actividad lo requiere.
Registro de la propiedad inmobiliaria.
Oficina española de Patentes y Marcas.
Registro de dominios de Internet.
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99.. OORRGGAANNIIGGRRAAMMAA íínnddiiccee
EMPRESA
Sociedad Limitada
Ayuntamiento
Permiso de obras
mayores y menores.
Permiso de apertura al
público.
Información sobre
subvención (I+E) y de las
ordenanzas municipales.
Cambio de titularidad
en la Licencia de
apertura
Mº Trabajo y
Seguridad Social
Alta de la empresa.
TA6.
Afiliación y alta de
los trabajadores.
TA2.
Contratos de
trabajos.
Sellado delibro de
visitas
Hacienda Estatal
Declaración Censal.
Mód.036 (Mod.037
empresario individual)
Solicitud del número de
identificación fiscal (NIF)
Emisión de
etiquetas
identificativas
Regristro Mercantil
Escrituras de
constitución (solo
las
sociedades, autón
omos NO)
Solicitud del
nombre negativa
Certificado de
nombres
Regidtro del nombre
Hacienda Comunidad
Autónoma
Alta en el IGIC en
Canarias. Mód.400
Impuesto de transmisiones
Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados.
(Mod.600)
Hojas de reclamaciones y
cartel anunciador (algunas
actividades)
Otros Órganos de la
Administración
Pública
(Sanidad, Industria,...)
Cabildo Gran Canaria
Tarjeta de transporte
Carnet de artesano
Trámites de apertura de
bares, cafeterias y
restaurantes.
Autorización de apertura y
clasificación de
establecimientos hoteleros y
de apartamentos turísticos.
Información sobre
subvenciones del
Cabildo.