1. República Bolivariana de Venezuela.
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior.
Universidad "Bicentenaria de Aragua".
Semestre III, Sección "J"
Profesor:
Jonny Perez
Integrantes:
Magnuris Mota
Biruaca, Noviembre 2015
2. Derecho del acreedor para exigir el cumplimento
de la prestación.
Es cuando el deudor impide el cumplimiento de la
obligación adquirida.
3. En razón de
la prestación
El deudor no puede sin autorización
del acreedor: cumplir otra prestación que la
debida; ni tampoco realizar pagos parciales
En razón del
lugar de
pago.
El pago se debía efectuar en el
domicilio del deudor salvo de que se tratara de
una obligación de entrega de alguna cosa lo
cual se debía efectuar donde éstas se
encontraren.
Es la voluntad de las partes la que fija
el momento en que debía realizarse el pago.
TIEMPO
4. Causas Imputables al deudor:
EL
DOLOEs la conducta antijurídica del obligado con la finalidad de lesionar o
inferir un daño al acreedor, para su procedencia es menester el cumplimiento
de ciertos requisitos por parte del deudor.
Es importante destacar que el dolo no se presume, sino que debe
ser probado por el acreedor debiendo responder en todos los casos.
En el dolo hay siempre una conducta consciente, querida y
antijurídica.
5. LA CULPA
Consiste en una imprudencia o negligencia
que no tiene por finalidad producir
un daño pero que lo causa.
CLASES
CULPA GRAVE
CULPA LEVE
CULPA LEVISIMA
Causas Inimputables al deudor:
Caso
fortuito
Caso de
fuerza
mayor
Hecho del hombre o de la
naturaleza que no ha sido
previsto
Hecho del hombre o de la
naturaleza que aún
cuando previsto no ha
podido evitarse.
6. Es el no cumplimiento culpable de
la obligación a su debido tiempo por el
deudor o la no aceptación de la prestación
por el acreedor.
Mora
del
deudor.
Mora
del
acreedo
r.Consiste en el
cumplimiento de la obligación por
causas, motivos o factores imputables
a él.
Es cuando el acreedor
se encuentra en mora cuando no
acepta la prestación que le ofrece
cumplir el deudor en tiempo y
forma.