Este documento describe los procedimientos para dos tipos de recursos en Venezuela: el recurso jerárquico y el recurso contencioso tributario. El recurso jerárquico busca modificar o extinguir un acto administrativo siguiendo el procedimiento legal. El recurso contencioso tributario intenta anular o reformar el contenido de una resolución administrativa tributaria. Ambos recursos deben interponerse por escrito dentro de los 25 días siguientes a la notificación del acto impugnado y siguen un proceso que incluye la admisión del recurso
2. Acción de reclamo que promueve en
particular
Ante el superior autor de un acto que lo
afecto.
OBJETIVO
Conseguir la modificación o
extinción de dicho Acto
siguiendo expresamente el
procedimiento por la ley.
Procedimiento
Interponer el recurso
mediante escrito donde
se precisas las razones
de hecho y de
derecho.(art 423 cot).
Condiciones:
1) Personalmente o a
través de
representante legal
ante la oficina de
donde emanó el acto.
2) Documento del acto
Funciones
3) Aportar las pruebas
4) Sea admisible (art 250)
* En el término de 25 días
hábiles a contar de la fecha
de notificación del acto
impugnado (art 244).
* La oficina de
administración tributaria
admitirá dentro de días
Si es otra oficina ,
será dentro de los
tres días a la
recepción del
mismo( art 249)
*Admitido el recurso , se
abre un lapso probatorio
de 15 días hábiles
,prorrogable por otros 15
días (art 251).
No se abre lapso
probatorio en :
- Asunto de mero
derecho.
- Si el interesado no
promueve pruebas.
3. La decisión del recurso se
hará dentro de 60 días
continuos a contar de la
culminación del lapso
probatorio (art 254).
-En ausencia de este lapso ,
los 60 días cuentan a partir de
la declaración de causa son
pruebas(art 254)
-* Si no hay resolución en este
lapso , el recurso se envía al
tribunal competente para
sentencia firme (art 255)
RECURSO
CONTENCI
OSO
TRIBUTARI
O
Acción jurisdiccional que
intenta en particular contar
una resolución
administrativa tributaria.
OBJETIVO: Anular o
reformar el contenido del
acto administrado.
Procedimie
nto
1) Se interpondrá por escrito
ante el tribunal competente
expresando las razones de
hecho y derecho en que se
funda (art 260)
Condiciones:
a) Cumplir los requisitos del
art 340 del cpc .
b)Anexar el documento
contentivo del acto que se
impugna.
c) Que sea admisible (art
266)
2) Formalizarlo dentro de
los 25 días hábiles
siguientes a :
-La notificación del acto
que se impugna .
- Del vencimiento del
lapso para decidir el
recurso jerarquico(art
261).
3) Citación de la parte
demanda (art 215cpc) en
concordancia con el 332.
4) El tribunal se
pronunciará sobre la
admisión al quinto dia
después de la ultima
notificación (art 265)
5)Si la administración
tributaria hace aposición
podrá apelar dentro de los
5 días después de la
admisión (art 265)
4. 7) Presentación de informes
al décimo quinto día de
despacho de vencido el
lapso probatorio (art 274
cot).
8 El tribunal fallará dentro de
los siguientes 60 días
continuos , siguientes a la
representación de informes .
Podrá diferirlo hasta por 30
días continuos mas por
causa grave ( art 277 cot)
6) Admitido el recurso, se abre el lapso
probatorio en la siguiente secuencia :
-Los primeros 10 días de despacho para
promoción de pruebas269 cot.
-3 días de despacho para aposición de
pruebas (art 270 cot).
-3 días de despacho para que el juez se
pronuncie sobre la admisión de pruebas
(270).
-20 Días de despacho para evacuación de
las pruebas admitidas (271 cot).