Los factores de conexión vinculan personas, cosas y situaciones jurídicas a un ordenamiento jurídico específico. Existen factores de conexión fijos como bienes inmuebles y factores variables como la nacionalidad, domicilio o residencia de una persona. El domicilio se refiere al lugar donde una persona vive habitualmente y es un factor de conexión personal importante para determinar la jurisdicción competente. Cada país considera que puede regular a todas las personas y sucesos dentro de su territorio, y el domicilio protege los intereses de las partes y los
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Portada
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Integrante:
Oscar Bolaño
CI: 26.137.660
Saia
Barquisimeto, Marzo del 2019
Ensayo
2. Los factores de conexión
Son todos aquellos factores de relación que el derecho internacional
privado reconoce con la finalidad de cumplir su objetivo final, lo cual es vincular a
una persona, cosa, situación jurídica con un ordenamiento jurídico nacional
especifico que las regule, dentro de las cuestiones sociales que se presentan
puede también ser denominado como puntos de contacto o punto de conexión;
encontramos también que se distinguen dos tipos de factores de conexión uno fijo
y uno variable, el factor de conexión fijo es aquel donde se encuentran las cosas o
bienes inmuebles que están aplicados en un territorio mientras que por otra parte
encontramos el factor de conexión variable que podemos subdividir en dos un
factor personal que se da cuando una persona se muda de un país a otro y un
factor variable de domicilio cuando una empresa o comercio tiene su lugar en un
país y deciden hacer unas sucursales dentro de otro país
Personales: nacionalidad de una persona.
Domicilio Residencia habitual. Estancia en el territorio de un país.
Reales: Lugar de situación de un bien mueble o inmueble
Relación a los Actos: Lugar de realización de un acto
Existe una convención que regula en el derecho internacional privado la
regulación de las personas físicas, dicha convención en su artículo 1 señala que
regirá las normas uniformes que rigen el domicilio de las personas físicas
El domicilio como factor de conexión
El domicilio de una persona es el lugar que posee por derecho y donde se
establece una persona que vive en un país, encontramos entonces que el
domicilio de una persona puede ser una casa, un apartamento; se puede decir que
el domicilio como factor de conexión personal es aquel en el cual se indica el lugar
de vivienda de una persona; dicho factor de conexión personal encontramos
diversos factores como la nacionalidad de una persona, su domicilio o residencia
esto como factor para en los cuales el domicilio forma parte de un medio para
establecer el derecho adaptable o ejercer las competencia de un tribunal
El domicilio también puede ser considerado como un factor atributivo de
jurisdicción ya que el domicilio del demandado es considerado un criterio general
para poder establecer la jurisdicción
Ventajas y Desventajas
3. Cada país considera que es apto para regir a todas las personas, bienes, actos y
hechos que se encuentren o que suceda en el país; también protege, por
comodidad a las partes ya que siempre la ley establece las formas de conocer el
domicilio de una persona; por otra parte también se protegen los intereses
internacionales porque distribuye adecuadamente las competencia a los distintos
estados
Domicilio en derecho comparado
En el derecho y la doctrina comparada se suele distinguir entre domicilio
real y domicilio especial, el primer caso se hace referencia al lugar donde la
persona tiene el asiento principal de sus negocios e intereses o el lugar donde
tiene su residencia habitual; cuando se habla de domicilio especial es aquel que
las partes eligen en los contratos; también se habla de residencia del demandado
como sinónimo de domicilio, aunque en algunos sistemas se establecen
diferencias entre los conceptos jurídicos de domicilio, residencia, habitación o
simple permanencia