El documento discute tres problemas relacionados con las personas jurídicas en el derecho internacional privado: 1) la atribución de nacionalidad, 2) el reconocimiento en la esfera internacional, y 3) la determinación de la ley aplicable o "lex societatis". Explica que la Convención Interamericana establece que la lex societatis es la ley del lugar de constitución de la persona jurídica. También analiza diferentes criterios como la nacionalidad, el domicilio y la capacidad para determinar la lex societatis.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Internacional c.e 2
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Integrante:
Oscar Bolaño
CI: 26.137.660
Saia E
Barquisimeto, Abril del 2019
:
Cuadro Explicativo
2. La determinación
de la lex societatis
Todo estudio referente a las
personas jurídicas en el
derecho internacional
privado implica
por lo general, el
tratamiento de por lo menos
tres problemas
1 Relacionado con la
atribución de nacionalidad a
tales entes,
2 Con su reconocimiento en
la esfera internacional y
3 La determinación del
régimen jurídico al cual
están sometidas.
Este primer caso fue
ignorado por la ley por
cuanto ni la doctrina ni las
legislaciones más modernas
lo consideran relevante a los
fines del reconocimiento de
la personalidad jurídica
En segundo caso la
personalidad en la esfera
internacional, hoy día,
constituyen un principio
aceptado por la mayoría de
los países civilizados que
todo entre distinto de la
especie humana podrá ser
titular de deberes y
derechos.
En el tercer caso tendrá
personalidad jurídica cuando
el mismo exista con
personalidad distinta a la de
sus miembros, conforme el
ordenamiento jurídico de un
estado o a un trabajo o a una
resolución emanada de una
organización internacional o
regional.
3. La convención
interamericana sobre
personalidad y capacidad de
las personas jurídicas en el
derecho internacional
privado (arts. 1° y 8°)
contempla lo relativo a la
personalidad, concebida
como la aptitud para ser
titular de deberes y
derechos, desde su
comienzo hasta su fin de
igual forma alude a la
organización interna de la
persona jurídica, a las
relaciones de esta con sus
miembros y las de estos
entre sí.
Todos estos aspectos quedan
sometidos al derecho del
lugar de constitución de la
persona jurídica;
entendiéndose por persona
jurídica toda entidad que
tenga existencia y
responsabilidad propias,
distintas a las de sus
miembros o fundadores, y
que sea calificada como
persona jurídica según la ley
del lugar de su constitución.
Convención Interamericana
sobre Personalidad y
Capacidad de Personas
Jurídicas en el Derecho
Internacional Privado
Regula lo concerniente al
ámbito de la persona
jurídica la nacionalidad
actúa como un expediente
técnico destinado a
identificar la lex societatis, o
sea, la ley que rige la
capacidad, constitución,
representación,
funcionamiento,
transmisión, disolución y
extinción de la sociedad
Relevancia Del Lugar De
Constitución
la nacionalidad de la
sociedad vendrá
determinada por la ley del
estado conforme a cuyo
derecho se ha constituido, es
irrelevante a estos efectos el
hecho de que la sociedad se
ubique espacialmente en un
estado distinto de aquel
conforme a cuyo derecho se
constituye
El reconocimiento de las
sociedades extranjeras es un
expediente técnico,
mediante el cual se trata de
determinar si el derecho del
foro reconoce la
La Nacionalidad: Criterio en
el que se fija la nacionalidad
del país que ha intervenido
en la constitución de la
compañía o sociedad, como
autorizando, arrobando o
4. personalidad jurídica de una
sociedad extranjera
simplemente registrándola,
para así determinar la ley
aplicable a las sociedades
Domicilio: De acuerdo con
este criterio, se refiere al
país de suscripción, es
producto de verdadero
aporte internacional, pues lo
ha sido por personas
naturales o jurídicas, de
nacionalidad o domicilio
extranjero que aunque ha
sido suscrito en determinado
territorio la compañía
termina siendo extrajera
debido al origen de la
extracción del capital, de
este modo, la nacionalidad
de la sociedad será el estado
en cuyo territorio se localice
su domicilio
Capacidad: Se entiende por
capacidad internacional la
facultad que tienen los
sujetos de Derecho
Internacional de poder
obligar y obligarse en sus
relaciones internacionales.
Soluciones contenida en la
ley venezolana
Código Civil Venezolano,
guarda silencio absoluto con
relación a la nacionalidad de
entes jurídicos de carácter
civil.
El Código de Comercio
establece que las sociedades
constituidas en país
extranjero que tengan en la
república su objeto principal
de explotación, comercio o
industria, serán sociedades
nacionales. Por otra parte,
aquellas sociedades
constituidas en país
extranjero sólo tengan en la
república sucursales o
actividad que no sean objeto
principal, mantienen su
personalidad, pero se
considerarán domiciliadas
en Venezuela
Bibliografía
http://saia.uft.edu.ve/moodle/pluginfile.php/490134/mod_resource/content/2/La_Personas_
Juridicas_en_el_Derecho_Internacional_Privado_Tema_12_.pdf