1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho.
Alumno: Edgar Colmenárez
C.I. V-7.367.453
Cátedra : Derecho Probatorio
Sección: SAIA A Lapso 2019/B
Docente: Prof. Abg. Keydis Pérez
BARQUISIMETO: 7 DE DICIEMBRE 2019
2. PRINCIPIOS GENERALES DE LA PRUEBA
PRINCIPIO DE LA CONTRADICCIÓN
• Si las pruebas se practican sin darle oportunidad a una de las partes
para contradecirlas se estaría violando el debido proceso.
• Implica la necesidad de una dualidad de partes que sostienen
posiciones jurídicas opuestas entre sí.
• Exige que ambas partes puedan tener los mismos derechos de ser
escuchados y de practicar pruebas, con la finalidad de que ninguna de
las partes se encuentre indefensa frente a la otra. Requiere de una
igualdad.
PRINCIPIO DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA
La prueba evacuada pertenece al proceso, a todo lo que constituye las
actuaciones de quienes forman parte de la comunidad procesal. Y se
funda, también, en los principios de lealtad y buena fe.
3. PRINCIPIO DE LA PUBLICIDAD
•La publicidad en el sentido procesal es hacer público
(acceso y lugar) todos los actos del proceso. Su finalidad es
que el procesado y la comunidad tengan conocimiento
sobre la imputación.
•Excepción Art 110 CPC. El secretario deberá facilitar a las
partes el expediente cuando se lo soliciten para imponerse
de cualquier solicitud hecha o providencia dictada.
Debiéndose reservar únicamente los escritos de promoción
de pruebas hasta el día siguiente a aquel en que venza el
lapso de promoción.
PRINCIPIO DE LA UNIDAD DE LA
PRUEBA
Se fundamenta en el hecho de que el conjunto de medios
probatorios aportado por las partes al proceso, forman
una unidad, y de esa manera debe ser examinado y
valorado por el Juez.
4. PRINCIPIO DE LA LEALTAD Y
PROBIDAD DE LA PRUEBA
Las partes no pueden usar los medios de
prueba para esconder la realidad y así
engañar al Juez. Art 170 CPC. Las partes,
sus apoderados y abogados asistentes
deben actuar en el proceso con lealtad y
probidad. Numeral 3: En tal virtud, deberán
: No promover pruebas, ni realizar, ni hacer
realizar , actos inútiles o innecesarios a la
defensa del derecho que sostengan.
5. PRINCIPIO DE LA FORMALIDAD Y LEGITIMIDAD DE
LA PRUEBA
•Deben utilizarse medios legítimos para
llevarla al proceso.( Ord 1° del art 49 CRBV)
•Además se requiere que provenga de un
sujeto legitimado para promoverla y evacuarla.
•Su fundamento lo constituye la manera de
incorporar la prueba al proceso; pues esa
incorporación debe entenderse como un acto
procesal sujeto a las formalidades prescritas
por la ley.
PRINCIPIO PRECLUSIVO DE LA PRUEBA
Las pruebas deben presentarse, practicarse y decretarse
en el momento que la ley lo establece, es decir en los
términos que señale la ley.
6. PRINCIPIO DE LA
LIBERTAD DE LA PRUEBA
Este principio está dado en
protección del derecho
constitucional de defensa, en virtud
del cual las partes deben disponer
de libertad probatoria para valerse
de todos los medios lícitos de
prueba que puedan demostrar sus
hechos.
PRINCIPIO DE
CONCENTRACIÓN DE LA
PRUEBA
Este principio establece que
debe practicarse la prueba de
una vez, en una sola etapa del
proceso.
7. PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN Y DIRECCIÓN
DE LA PRUEBA
•El Juez tiene que estar relacionado con las pruebas que se
presentan en el juicio.
•El juez que debe sentenciar y resolver el conflicto sometido a su
jurisdicción, debe estar presente o presenciar los actos de la prueba
y dirigirlos.
•Excepciones: Comisiones para Inspecciones judiciales y posiciones
juradas.
Consiste en el derecho que tienen las partes de promover y
evacuar pruebas en igualdad de condiciones y en idénticas
oportunidades.
PRINCIPIO DE LA IGUALDAD
PROBATORIA
8. PRINCIPIO DE LA NECESIDAD
PROBATORIA
El estado necesita que la prueba exista y
que se evacue para la búsqueda de la
verdad. Ver art12 CPC
PRINCIPIO DE LA UNIDAD DE LA
PRUEBA
Se fundamenta en el hecho de que el conjunto de
medios probatorios aportado por las partes al
proceso, forman una unidad, y de esa manera
debe ser examinado y valorado por el Juez.
9. PRINCIPIO DE LA CARGA DE LA
PRUEBA
Las partes llevan sobre sí la
obligación de demostrar el
supuesto de hecho de las normas
cuya aplicación invocan.
Ver articulo 1354 del Código Civil
y Art 506 del Código de
Procedimiento Civil.
PRINCIPIO DE EXHAUSTIVIDAD
Según el Art. 509 del Código de
Procedimiento Civil: El Juez debe valorar los
medios probatorios practicados de acuerdo con
la Ley e incorporarlos de conformidad con ella y
apreciarlos.
10. • Requiere que las partes tengan la
posibilidad de conocer antes de su
evacuación los medios de prueba
promovidos, así como la recepción de
estas en autos.
• La carga de la prueba ha sido el resultado
de la búsqueda histórica de una regla o
reglas para determinar a quién le
corresponde probar, y en especial, quien
debe sufrir las consecuencias de que
una afirmación de hecho no se haya
probado.
PRINCIPIO DE CONTROL DE LA PRUEBA
11. PRINCIPIO DE LA LEALTAD Y
PROBIDAD DE LA PRUEBA
Las partes pueden usar todos los medios de
prueba que estén a su alcance, evacuar en
cualquier grado y estado de la causa
aquellas pruebas que tengan interés e
incluso desistir de la prueba pedida y no
practicada.
PRINCIPIO DE LA PROHIBICIÓN DE APLICAR EL
CONOCIMIENTO PRIVADO DEL JUEZ SOBRE LOS HECHOS
Tiene que ver con la imparcialidad
del Juez. El Art. 26 de CRBV en
su segundo aparte califica la
justicia como imparcial.
12. PRINCIPIO DEL INTERÉS
PÚBLICO DE LA PRUEBA
La administración de Justicia se considera
como un servicio público, por ello tiene interés
toda la sociedad. Art.2 y 253 CRBV.
Es de orden público que el Juez pueda fallar
conforme a justicia, y para ello requiere la
certeza que le brinda la prueba. Sólo
secundariamente la prueba persigue proteger
el interés privado.
El fin primordial del proceso no es de origen
privado. Tiene que ver con la función
impersonal y superior de la Justicia.
•Es evidente que existe un interés público
manifiesto en la función que desempeñan las
pruebas en el proceso a pesar de que cada
parte persigue su propio beneficio.
PRINCIPIO DE LA
COMPETENCIA
Este principio está íntimamente
vinculado con la inmediación, en el
sentido que el Juez que conoce debe
llevar a su cargo todo el proceso
probatorio. Es decir la Competencia
determina el ente que ostenta la
legitimidad jurídica en cada caso para
ejercer una determinada potestad.
13. GRACIAS
“Si se quisieran estudiar todas las leyes, no
habría tiempo material de infringirlas.”
GOETHE
14. BIBLIOGRAFÍA
Código de Procedimiento Civil (1.990).
Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela, 4.290
(Extraordinario), Septiembre 18, 1.990.
http://Saia.uft.edu.ve. Tema 3: Principios
Generales de la Prueba.Material
Facilitado por el Tutor en la Plataforma
Saia.