Estructura y elaboración de un presupuesto financiero
Comentario sobre el diezmo
1. Comentario sobre el Diezmo
Por Daniel E. Dañeiluk
Comienzo diciendo que la doctrina que impone la obligación de diezmar, constituye un tema
de debate de larguísima data. En general, en las Iglesias, se tiene por aceptada la obligación de
hacerlo, aunque no todos los miembros de las congregaciones lo cumplen regularmente. Quienes no
lo hacen, habitualmente tienen que tener a la mano, argumentos de defensa, ya que cada vez que se
toca el tema, se sienten aludidos.De entre los que diezman, surgen debates acerca de cómo debe
hacerse el cálculo para hacerlo. Si hay que diezmar sobre los ingresos brutos…, o sobre las
ganancias…, si se debe descontar los servicios…, gastos de combustible…, ayudas especiales…,
etc. Hay otros que no entregan el diezmo a la tesorería de su Iglesia, sino que prefieren destinar el
dinero hacia fines específicos, como ser el mantenimiento de algún misionero o la ayuda económica
a alguna congregación de escasos recursos.
Otros ven bien invertir en algún proyecto de desarrollo cristiano propio, como por ejemplo
comprar instrumentos de música, material para Escuelas Dominicales, materiales para la
construcción para un Templo, etc.En algunos casos, la dirigencia pastoral, ejerce un férreo control
sobre los diezmos al punto de llegar a conformar listas con los nombres de los miembros que
cumplen y los que no. Sin llegar a ese extremo, es muy frecuente ver Iglesias en las que la prédica
sobre el diezmo es casi una constante.
En realidad creo que toda discusión sobre el tema resulta estéril, toda vez que no advierto,
desde mi punto de vista, un argumento teológico doctrinal contundente, que traduzca la obligación
de diezmar como una norma aplicable al período de Gracia en que vivimos.
En mi opinión, el mandato del diezmo es de aplicación exclusiva para el período de la Ley.
El pueblo de Israel del Antiguo Testamento, rigió su conducta, moral, religión y destino, de acuerdo
a la Ley de Dios. Tengamos en cuenta que, por ese entonces, el Espíritu Santo, no habitaba en los
corazones de los judíos, tal como entendemos que lo hace en los creyentes salvos a partir de
Jesucristo. Hoy en día, el Espíritu Santo constituye el sello que garantiza la entrada a la Salvación.
2. En los tiempos de Israel, la Salvación se pretendía obtener a partir del cumplimiento de preceptos
legales, obviamente emanados del mismísimo Jehová. La organización social, educacional,
religiosa, militar, económica, etc. estaba reglamentada a partir de la Ley. Toda la nación se regía, o
debería hacerlo, por los estatutos bíblicos.
Con el advenimiento de la Gracia, todo cambia. El Pueblo de Dios ya no es una nación-
estado. Las estructuras legales que daban forma a la nación hebrea no dejan de ser importantes, pero
esta importancia ya no tiene que ver con su vigencia. La Ley es ahora, historia, ejemplo y
fundamentalmente testimonio.
A partir de la Ley, se vio la sabiduría de Jehová en los grandes imperios de la antigüedad.
Basta recordar a José en Egipto, al profeta Daniel en Babilonia, o a Jonás en Nínive.
Pero, ¿es lógico pensar en aplicar la Ley en la Iglesia creada por Jesucristo? Desde lo objetivo,
resultaría poco práctico. Desde lo teológico constituiría una aberración.
Con Jesucristo, el orden de Dios se establece de acuerdo a un concepto absolutamente
distinto al de la Ley. Nótese que no hablo de desgobierno, sino de un nuevo status organizativo.
El Nuevo Pacto organiza a la Iglesia como un cuerpo, con Cristo como cabeza, con los
creyentes como miembros y con el Espíritu Santo como la sangre, que fluye entre ellos, vivificando
célula por célula, comunicando órgano con órgano, dirigiendo cada movimiento de este cuerpo que
es la Iglesia.
Con la Gracia, la Ley es obsoleta. Y por cuanto el diezmar, es una norma que forma parte de
ésa ley, su validez está caduca.
Para el cristiano de la Iglesia de Jesucristo, si bien creo que no es obligatorio entregar una
parte de los ingresos, el compromiso es definitivamente mayor, ya que todo el ser, espíritu, alma y
cuerpo, pasa a ser 100% dominio o propiedad de Cristo. El cristiano tiene que entregar todos las
áreas de su vida al manejo del Espíritu Santo, con el fin de buscar la santidad, camino y objetivo.
3. La vida de una persona transcurre en diferentes áreas: Afectiva, social, laboral, económica,
intelectual, religiosa, artística, deportiva, sanitaria, familiar, etc. Resulta una pretensión mezquina,
restringir la entrega a Dios de solo un área de nuestra existencia, y mucho peor si se porcentúa a un
diezmo de ella.
La plenitud de la vida en Cristo implica una entrega total, pero nunca obligada, pues ya no
se está bajo la Ley sino de la Gracia.
En la Ley la acción de DAR es una obligación, en cambio, en la Gracia, el DAR es una
bendición.
En la segunda carta a los Corintios, Pablo escribe: “El que siembra escasamente,
escasamente cosechará, y el que siembra en abundancia, en abundancia cosechará. Cada uno debe
dar según lo que haya decidido en su corazón, no de mala gana, ni por obligación, porque Dios ama
al que da con alegría”
En este pasaje, Pablo se expresa de manera inobjetable, acerca de cual debe ser la medida
para dar, poniendo en un nivel de importancia superior, la voluntad y la acción por sobre la
cantidad.
La doctrina mas irradiada acerca del destino de los diezmos, se relaciona con el
sostenimiento de los pastores, obreros, misioneros, etc. La fundamentación de tal enseñanza radica
en el mandamiento dado a los judíos del Antiguo Testamento, de entregar los diezmos para el
mantenimiento de los levitas. Resulta interesante que Pablo, quien en infinidad de oportunidades
trató el tema del sostén económico a los misioneros y pastores, no haga mención a la obligación de
diezmar con ese objetivo. Antes bien en el mismo capítulo, hace notar que todo lo que se da, debe
producir acción de gracias a Dios.
La disertación más prolongada, vista sobre el tema en el Nuevo Testamento, está dada por el
apóstol Pablo en su carta a los Hebreos. Recordemos y tengamos en cuenta que a éstos se les debió
la aclaración, ya que a los judíos del Antiguo Testamento se los obligó por Ley a la entrega de los
diezmos.
4. Resulta interesante que el mandato de diezmar no es convalidado por Jesucristo, para el
tiempo de la Gracia que habría de venir, período que comenzaría con el Pentecostés. Tampoco
Pablo plantea la obligación al resto de las Iglesias a las que envía sus epístolas.
Vayamos al razonamiento que hace Pablo en los Capítulos 7 y 8 de la carta a los Hebreos:
Capítulo 7
1 Este Melquisedec, rey de Salem, sacerdote del Dios Altísimo, salió a recibir a Abraham que
volvía de la derrota de los reyes, y lo bendijo.
2 A él asimismo dio Abraham los diezmos de todo. Melquisedec significa primeramente «Rey
de justicia», y también «Rey de Salem», esto es, «Rey de paz».
3 Nada se sabe de su padre ni de su madre ni de sus antepasados; ni tampoco del principio y
fin de su vida. Y así, a semejanza del Hijo de Dios, permanece sacerdote para siempre.
4 Considerad, pues, cuán grande era este, a quien aun Abraham el patriarca dio diezmos del
botín.
5 Ciertamente los que de entre los hijos de Leví reciben el sacerdocio, tienen mandamiento de
tomar del pueblo los diezmos según la Ley, es decir, de sus hermanos, aunque estos también
sean descendientes de Abraham.
6 Pero aquel cuya genealogía no es contada de entre ellos, tomó de Abraham los diezmos y
bendijo al que tenía las promesas.
7 Y, sin discusión alguna, el menor es bendecido por el mayor.
8
Y aquí ciertamente reciben los diezmos hombres mortales; pero allí, uno de quien se da
testimonio de que vive.
9 Y por decirlo así, en Abraham pagó el diezmo también Leví, que recibe los diezmos,
10porque aún estaba en las entrañas de su padre cuando Melquisedec le salió al encuentro.
11 Si, pues, la perfección fuera por el sacerdocio levítico—bajo el cual recibió el pueblo la Ley
—, ¿qué necesidad habría aún de que se levantara otro sacerdote, según el orden de
5. Melquisedec, y que no fuera llamado según el orden de Aarón?,
12 pues cambiado el sacerdocio, necesario es que haya también cambio de ley;
13 y aquel de quien se dice esto, es de otra tribu, de la cual nadie sirvió al altar.
14 Porque sabido es que nuestro Señor vino de la tribu de Judá, de la cual nada habló Moisés
tocante al sacerdocio.
15 Y esto es aun más evidente si a semejanza de Melquisedec se levanta un sacerdote distinto,
16 no constituido conforme a la ley meramente humana, sino según el poder de una vida
indestructible,
17 pues se da testimonio de él:
«Tú eres sacerdote para siempre,
según el orden de Melquisedec».
18 Queda, pues, abrogado el mandamiento anterior a causa de su debilidad e ineficacia
19 —pues la Ley nada perfeccionó—y se introduce una mejor esperanza, por la cual nos
acercamos a Dios.
20 Y esto no fue hecho sin juramento;
21
porque los otros ciertamente sin juramento fueron hechos sacerdotes; pero este, con el
juramento del que le dijo:
«Juró el Señor y no se arrepentirá:
tú eres sacerdote para siempre,
según el orden de Melquisedec».,
22 Por tanto, Jesús es hecho fiador de un mejor pacto.
23 Y los otros sacerdotes llegaron a ser muchos, debido a que por la muerte no podían
continuar; 24 pero este, por cuanto permanece para siempre, tiene un sacerdocio inmutable.
25 Por eso puede también salvar perpetuamente a los que por él se acercan a Dios, viviendo
siempre para interceder por ellos.
6. 26 Tal sumo sacerdote nos convenía: santo, inocente, sin mancha, apartado de los pecadores y
hecho más sublime que los cielos;
27 que no tiene necesidad cada día, como aquellos sumos sacerdotes, de ofrecer primero
sacrificios por sus propios pecados, y luego por los del pueblo, porque esto lo hizo una vez
para siempre, ofreciéndose a sí mismo.
28 La Ley constituye sumos sacerdotes a hombres débiles; pero la palabra del juramento,
posterior a la Ley, constituye al Hijo, hecho perfecto para siempre.
Capítulo 8 El mediador de un nuevo pacto
1 Ahora bien, el punto principal de lo que venimos diciendo es que tenemos tal sumo
sacerdote, el cual se sentó a la diestra del trono de la Majestad en los cielos.
2 Él es ministro del santuario y de aquel verdadero tabernáculo que levantó el Señor y no el
hombre.
3 Todo sumo sacerdote está constituido para presentar ofrendas y sacrificios, por lo cual es
necesario que también este tenga algo que ofrecer.
4 Así que, si estuviera sobre la tierra, ni siquiera sería sacerdote, habiendo aún sacerdotes que
presentan las ofrendas según la Ley.
5 Estos sirven a lo que es figura y sombra de las cosas celestiales, como se le advirtió a Moisés
cuando iba a erigir el Tabernáculo, diciéndole: «Mira, haz todas las cosas conforme al modelo
que se te ha mostrado en el monte».
6 Pero ahora tanto mejor ministerio es el suyo, cuanto es mediador de un mejor pacto,
establecido sobre mejores promesas.
7 Si aquel primer pacto hubiera sido sin defecto, ciertamente no se habría procurado lugar
para el segundo,
8 pues reprendiéndolos dice:
«Vienen días—dice el Señor—
en que estableceré con la casa de Israel y la casa de Judá un nuevo pacto.
7. 9 No como el pacto que hice con sus padres
el día que los tomé de la mano para sacarlos de la tierra de Egipto.
Como ellos no permanecieron en mi pacto,
yo me desentendí de ellos —dice el Señor—.
10 Por lo cual, este es el pacto que haré con la casa de Israel
después de aquellos días —dice el Señor—:
Pondré mis leyes en la mente de ellos,
y sobre su corazón las escribiré;
y seré a ellos por Dios
y ellos me serán a mí por pueblo.
11 Ninguno enseñará a su prójimo,
ni ninguno a su hermano, diciendo: “Conoce al Señor”,
porque todos me conocerán,
desde el menor hasta el mayor de ellos,
12 porque seré propicio a sus injusticias,
y nunca más me acordaré de sus pecados ni de sus maldades».
13 Al decir «Nuevo pacto», ha dado por viejo al primero; y lo que se da por viejo y se envejece
está próximo a desaparecer.
La lectura de estos capítulos, en especial aquellos párrafos marcados en negrita, dejan ver, a
mi criterio, con bastante claridad, la intención de Pablo de hacer ver que el diezmo, como así todo el
resto de la Ley, es enteramente derogado con la puesta en vigencia de la Gracia.
Algunos autores consideran a la porción bíblica sita en Malaquías capítulo 3como el paradigma de
la teoría del diezmo:
6 «Porque yo, Jehová, no cambio;
por esto, hijos de Jacob, no habéis sido consumidos.
7 Desde los días de vuestros padres
8. os apartáis de mis leyes y no las guardáis.
¡Volveos a mí y yo me volveré a vosotros!,
ha dicho Jehová de los ejércitos.
Pero vosotros decís: “¿En qué hemos de volvernos?”.
8 ¿Robará el hombre a Dios?
Pues vosotros me habéis robado.
Y aún preguntáis: “¿En qué te hemos robado?”.
En vuestros diezmos y ofrendas.
9 Malditos sois con maldición,
porque vosotros, la nación toda, me habéis robado.
10 Traed todos los diezmos al alfolí
y haya alimento en mi Casa:
Probadme ahora en esto,
dice Jehová de los ejércitos,
a ver si no os abro las ventanas de los cielos
y derramo sobre vosotros bendición hasta que sobreabunde.
Sin lugar a dudas las palabras de Malaquías son contundentes. Pero, en realidad, fueron
dadas para Judá, en un momento de gran apostasía, en el cual el pueblo elegido, había dejado de
lado casi por completo los Mandamientos de la Ley de Jehová.
Cuando Jesús es confrontado por los escribas y fariseos, con respecto a la vigencia de la Ley, el
Señor responde:
•17»No penséis que he venido a abolir la Ley o los Profetas; no he venido a abolir, sino a
cumplir, 18 porque de cierto os digo que antes que pasen el cielo y la tierra, ni una jota ni una
tilde pasará de la Ley, hasta que todo se haya cumplido.
19 De manera que cualquiera que quebrante uno de estos mandamientos muy pequeños y así
enseñe a los hombres, muy pequeño será llamado en el reino de los cielos; pero cualquiera que
9. los cumpla y los enseñe, este será llamado grande en el reino de los cielos.
20»Por tanto, os digo que si vuestra justicia no fuera mayor que la de los escribas y fariseos,
no entraréis en el reino de los cielos.
Jesús dice todo esto, porque su vida debió encausarse en el estricto marco de la Ley. No es
hasta su muerte y resurrección, y posterior llegada del Paráclito, que terminaría el período de la Ley
y empezaría la Gracia. Jesús cumplía e hizo cumplir la Ley hasta el último instante de su vigencia.
En la Parábola del Joven rico Jesús expone claramente que todos los esfuerzos realizados en
pos del cumplimiento estricto de la Ley, incluyendo, por supuesto, los diezmos, no eran suficiente.
El Señor pretende todo.
Creo que la doctrina del diezmo, visto como una obligación de tipo tributaria, o impositiva,
no es congruente con el espíritu de las enseñanzas del Nuevo Testamento. Si su implementación,
corresponde a un acuerdo de buena voluntad por parte de un hermano, o de toda una Iglesia, ¡En
buena hora! Pero, no sería diferente de pactar por un 5, un 15, un 20, o un 50 por ciento, o de
comprometerse a entregar determinada cifra por mes.
Incluso creo, que si de buena fe, los miembros de una Iglesia acostumbran a pagar los
diezmos, sin dudas serán bendecidos por Dios. Más aún porque lo hacen sin regir obligación. Si
algún hermano está convencido de la obligación de diezmar, y hay paz y gozo en su corazón,
¡Adelante! Escuché a muchas personas que sostienen que han visto prueba de la bendición de Dios
cuando decidieron diezmar.
¿Y porqué no? Nuestro Dios es misericordioso. El no mide los actos sino las intenciones del
corazón.
Por otra parte, en el mundo materialista de nuestros días, ¿Acaso el ofrendar o diezmar (en
secreto) no constituye una prueba de fe inobjetable? Si la decisión de diezmar surge de una
convicción profunda y sincera, Dios será consecuente y derramará bendición conforme a su Gracia.
Porque Dios está mirando el corazón, mas allá del acto en si mismo. Aunque, valga reiterar, la
recompensa, si la hubiere, será por Gracia de Dios, no por su obligación ni compromiso. La
10. bendición en si misma, está en poder dar, y no en una eventual recompensa. Todo nuestro ser,
nuestra familia, nuestros bienes, en realidad son de Dios. Él es quien nos permite tenerlos y
disfrutarlos. Por eso a Dios no le interesa el dinero sino nuestra actitud.
CONCLUSIÓN
Creo que LA ENTREGA OBLIGADA DEL DIEZMO ES UN LEGALISMO, que podrá
tener un fin práctico desde el punto de vista administrativo o financiero, pero su inobservancia no
constituye pecado. Muy por el contrario puede llegar a constituir una carga de morbosa culpa a
muchos hermanos. No olvidemos que, de vez en cuando (o con demasiada frecuencia según mi
opinión), aparecen lobos rapaces, que además de producir daño espiritual, buscan aprovecharse de
los fieles, que en su buena fe, se sienten pecadores, se llenan de culpa, y asignan a su pecado (no
diezmar) la aparición de circunstancias apremiantes para su vida, ya sea enfermedad, pobreza o
cualquier otra calamidad.
Para concluir este capítulo, dejo una porción bíblica para reflexionar:
• “y la multitud de los que habían creído era de un solo corazón y un alma; y ninguno
decía ser suyo propio nada de lo que poseía, sino que tenían todas las cosas en común”
Es frecuente que se hable de la Iglesia primitiva, como un ideal que se debe procurar
alcanzar. Particularmente estoy en absoluto desacuerdo. Pero ¿Alguien se atrevería a decir, ya no
que es obligatorio diezmar, sino que es obligatorio vender cada uno sus bienes y compartir todas las
cosas en común? Seguramente algún “iluminado” ya lo habrá hecho.
Fuente bibliografica:
Comentario sobre el diezmo. Recuperado de http://elojoprotestante.com/