Este documento resume los conceptos fundamentales de la posesión en derecho civil español. Define la posesión como el ejercicio de hecho sobre una cosa o derecho con ánimo de ejercer sobre ella la propiedad. Distingue entre posesión civil, que se adquiere por la ocupación, y posesión natural, que se obtiene sobre bienes heredados. Explica los requisitos para adquirir la posesión, los modos de perderla y las presunciones y efectos que se derivan de poseer de buena o mala fe. También resume los interdictos pro
linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
Posesión: concepto, tipos y modos de adquisición
1. Posesión
ESPECIES SUJETOS OBJETO ADQUISICION PRESUNCIONES
Civil
Natural
Menores
Incapacitados
Cosas
Derechos apropiables
Ocupación Iuris tantum
Iuris et de iure
Titular
No Titular
Buena Fe
En nombre propio
En nombre ajeno
Transmisión Continuidad; animus,
actos inequívocos,
interesa al Mediato y al
Inmediato
Definición :
Absoluto; emana de dominio.
Limitado; nace de tenencia.
Tenencia Inmediata, material.
Tenencia Mediata, Dº a
Poseer
Se protege goce posesorio;
-3 modos de usar:
- uti, frui o consumere
Hecho y Derecho;
- Apariencia; tener, paz social
- DR Autónomo; Interdictos
Mediata
Inmediata
Personas Jurídicas
Buena Fe
Mala Fe
No fuera de comercio
No DºR o Crédito agoten
Ley o Pº Civilísima Legitimidad
Injusta
Viciosa
Coposesión, si cabe
Solo si hay indivisión
Accesoria de BM
Tolerada
Precaria
Según Sujeto adquiera División de Coposesión
Posesión Intermedia
PERDIDA EFECTOS LEGITIMACION PROTECCION
1) Voluntarias
Unilaterales;
- Abandono
- Cesión
2) Involuntarias
-Destrucción o pérdida total.
-Posesión de otro o despojo
Goce y Disfrute Adquirida de Buena Fe
equivale a Titulo
Prohibición de la fuerza
Auxilio Judicial
Paz Social
Si se priva ilegalmente
puede reivindicarlo
Presunciones Protección del Poseedor inquietado o despojado o
Bienes de la herencia adquirida
Si protege al adquirente
es irreivindicable;
-Tesis Romanista;
Verdadero Propietario
-Tesis Germanista;
Adquirente a non
dominio, salvo (perdida,
robo o hurto).
La sigue el TS por tráfico
económico; interpreta
Titulo de Dominio
Sustraerilegal (hurt, rob)
INTERDICTOS
Liquidar Estado Posesorio
- Régimen de Frutos
- Cesar Bº Fe
De retener y Recobrar:
-Protege Hecho Posesorio
-Cabe ejercicio simultaneo
- Plazo de 1 año de caducidad
Plazo;
-Interrupción Natural de la usucapión (más de 1 año)
-Prescripción de Acciones de Retener y Recobrar
(1ñ)
Prorrateo de Cargas:
-Necesario
-Útiles o Mejoras
-Suntuarios o lujo
Beneficia al de Mala Fe:
-pierden valor mejoras
Acción Publicana:
-Derecho a poseer o la posesión como Derecho
-sin acción concreta en LEC; admitida Doctrina y Jª
(ausencia de cosa juzgada, exigencia de la prueba
Permite probar mejor título)
Protege al Despojante; por la apariencia posesoria
Protege al Despojado: puede recuperar antes de 1
año por Acción Interdictal (recupere se presume
posesión ininterrumpida)
Responsabilidad del
poseedor por Deterioro
o Perdida
Interdicto de Adquirir:
-condición de heredero o pº civilísima
-Nueva; sino es poseído por nadieacción Publicana