2. EMBARGO AL SALARIOSALARIO
El salario es de carácter alimenticio.
Legislador garantiza ingreso mínimo y protección a ese ingreso.
Para determinar el mínimo inembargable, se considera el salario de
una servidora doméstica más el 50% de salario en especie.
Regulado en el artículo 172 del CT
Para todos los efectos se entienden por salarios:
Salarios ordinarios y extraordinarios
Dietas
Honorarios profesionales, cuando éstos se repunten como salario.
Comisiones, en virtud de que las mismas sean salarios.
3. PROCEDIMIENTO
EMBARGO AL SALARIO
PASO N° 1: Determinar la suma mínima inembargable
Determinar el salario mínimo vigente de la servidora
doméstica + 50% salario en especie – 9,17% de cargas
sociales.
¢152 568,03 + ¢76 284.01 = ¢228 852.34 -¢20 985, 76 =
¢207 866,58
4. EMBARGO AL SALARIO
PROCEDIMIENTO
EMBARGO AL SALARIO
PASO N° 2: Determinar salario líquido
Al salario del trabajador afectado por el embargo, se le
rebaja cargas sociales (9,17%) y el Impuesto sobre el
Salario.
5. EMBARGO AL SALARIO
PROCEDIMIENTO
EMBARGO AL SALARIO
a.
PASO N° 2: Determinar salario líquido
Ejemplo un trabajador que gana ¢ 200 000, 00
¢ 200 000, 00 x 9,17% =¢ 18 340,00
¢ 18 340,00 = Seguro Social
6. EMBARGO AL SALARIO
PROCEDIMIENTO
EMBARGO AL SALARIO
PASO N° 2: Determinar salario líquido
b. El impuesto sobre la renta se calcula de conformidad con
los exentos que determina el Ministerio de Hacienda para
cada inicio de período fiscal.
Para el período fiscal 2014 los mínimos exentos son:
¢¢ 0.00
¢ 0.00
EXENTO
¢ 0.00
¢¢ 0.00
¢ 0.00
10%
¢¢ 0.00
¢ 0.00
¢ 752.000.00
15%
¢ 1.128.000
7.
EMBARGO AL SALARIO
PASO N° 2: Determinar salario líquido
Ejemplo 1) Salario que no paga impuesto
Cálculo del salario líquido de un trabajador que gana ¢375 000. 00,
se le rebaja el 9,17% correspondiente a cargas sociales
¢ 375 000
(-) ¢ 34 387.50 (CCSS)
¢ 343. 612, 50
8.
EMBARGO AL SALARIO
PASO N° 2: Determinar salario líquido
Ejemplo 2) Salario que paga impuesto
Cálculo del salario líquido de un trabajador que gana ¢1 375 000, 00
Seguro Social: ¢1 375 000. 00 x 9,17% = ¢ 126.087,50
Impuesto al Salario:
Diferencia entre ¢ 1 375 000, 00 – ¢1 128 000 paga 15% = ¢ 37 050,00
Diferencia entre ¢ 752 000, 00 – ¢1 128 000 paga 10% = ¢ 37 600, 00
Total Impuesto al Salario = ¢ 74 650, 00
SALARIO LÍQUIDO: ¢ 1 375 000, 00 (-) ¢ 126 087,50 (-) ¢ 74 650, 00 =
¢ 1 174 262, 50
9.
EMBARGO AL SALARIO
PASO N° 3: Determinar suma embargable
Al salario líquido se le debe restar la suma inembargable.
Ejemplo 1) Suma embargable de salario de un trabajador que gana
¢375 000, 00
¢ 343 612, 50 (-) ¢207 866,58 = ¢135 745, 92
Ejemplo 2) Suma embargable de salario de un trabajador que gana
¢1 375 000, 00
¢1 174 262,50 (-) ¢207 866,58 = ¢ 966 395, 92
10.
EMBARGO AL SALARIO
PASO N°4: Determinar monto a embargar
El artículo 72 del CT indica que se puede embargar hasta tres veces la porción del
salario inembargable en una octava parte.
Es decir toda suma que sea igual a la suma inembargable multiplicado por tres
(¢623 599,74) se puede embargar en una octava parte y la suma restante, será
embargada hasta en una cuarta parte.
Ejemplo 1)
El monto a embargar de un trabajador que gana ¢375 000, 00, cuya suma
embargable es de ¢135 745, 92, podrá embargarse hasta en una octava parte:
¢135 745, 92 / 8 =
¢16 968, 24
es el monto a embargar.