1. Normas legales de la
educación argentina
Perspectiva política-institucional
Prof.: Carlos Bernardez
Alumnos: del Río Salomé
Melgarejo Tatiana
Carbone Romina
Orellana Martín
Ramírez Ezequiel
2. Análisis de:
Ley de Educación Nacional
26206/06
Ley de Educación Provincial
13688/07
3. Educación
Es un bien público.
Es un derecho personal y social.
Es una prioridad.
Se constituye en política de Estado.
Promueve la formación integral de las personas.
4. Nacional
Ministerio de Educación,
Ciencia y Tecnología.
Poder ejecutivo.
Ambos están encargados de:
Planificación, organización,
supervisión y
financiamiento, mediante la
creación de establecimientos
educativos.
Provincial
Dirección General de
Cultura y Educación.
Debe proveer, garantizar y
supervisar una educación
integral
Responsables de la educación
5. Fines y objetivos
Ambas leyes:
-Asegurar educación de calidad.
-Garantizar la educación integral
-Brindar formación ciudadana
-Asegurar condiciones de igualdad.
-Fortalecer la identidad nacional.
-Asegurar participación del docente, familias y alumnos.
6. Obligatoriedad
Nacional
Desde los 5 años hasta la
finalización del nivel de la
Educación Secundaria.
Provincial
Desde los 4 años hasta la
finalización del nivel de la
Educación Secundaria.
7. Estructura del sistema educativo
En ambas leyes
4 niveles:
*Educación Inicial.
*Educación Primaria
*Educación Secundaria
*Educación Superior (Optativo)
8. Modalidades
Nacional
Educación Técnico-Profesional.
Educación Artística.
Educación Especial.
Educación Permanente de
Jóvenes, Adultos, Adultos
Mayores y Formación
Profesional.
Educación Intercultural.
Educación en Contextos de
Privación de Libertad.
Educación Rural.
Educación Domiciliaria y
Hospitalaria.
Provincial
Educación Técnico-
Profesional.
Educación Artística.
Educación Especial.
Educación Permanente de
Jóvenes, Adultos, Adultos
Mayores y Formación
Profesional.
Educación Intercultural.
Educación Física.
Educación Ambiental.
Psicología Comunitaria y
Pedagogía Social
10. Nacional
Brindar una formación ética
Formar sujetos responsables
Desarrollar y consolidar en cada estudiante las capacidades
necesarias para el acceso al mundo laboral, los estudios superiores y
la educación a lo largo de toda la vida.
Desarrollar las competencias lingüísticas, orales y escritas de la
lengua española y extranjera.
Promover el acceso al conocimiento como saber integrado.
Desarrollar las capacidades necesarias para la comprensión y
utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.
Estimular la cultura.
Desarrollar procesos de orientación vocacional.
11. Provincial
Garantizar la producción y adquisición de conocimientos
asegurando la inclusión, permanencia y continuidad de los alumnos.
Reconocer a los adolescentes y jóvenes como sujetos de derecho y a sus
prácticas culturales.
Desarrollar y consolidar en cada estudiante las capacidades necesarias
para el acceso al mundo laboral, los estudios superiores y la educación a lo
largo de toda la vida.
Promover el respeto a la interculturalidad, garantizando una educación
integral.
Garantizar prácticas de enseñanza que permitan el acceso al
conocimiento.
Concebir y fortalecer la cultura del trabajo y de los saberes socialmente
productivos.
Garantizar los mecanismos de participación de los alumnos en el
gobierno escolar.
Promover y fortalecer los contenidos, saberes y prácticas que definen a
cada una de las Modalidades.
Desarrollar procesos de orientación vocacional.
13. Alumnos
Derechos
Una educación integral
e igualitaria.
Ser respetados en su
libertad de conciencia.
Concurrir a la escuela
hasta completar la
educación obligatoria.
Obligaciones
Estudiar y esforzarse.
Participar de
actividades formativas
y complementarias.
Respetar a todos los
miembros de la
comunidad educativa.
Nacional
14. Provincial
Derechos
Una educación integral
e igualitaria.
Ser protegidos contra
toda agresión o abuso
físico, psicológico o
moral.
Concurrir a la escuela
hasta completar la
educación obligatoria.
Obligaciones
Estudiar y esforzarse.
Asistir a clase
regularmente y con
puntualidad.
Respetar a todos los
miembros.
15. Para ambas, padres, madres y/o tutores
Derechos
Ser reconocidos como
agentes naturales y
primarios de la
educación.
Elegir una institución
para sus hijos.
Participar en las
actividades de los
establecimientos
educativos .
Obligaciones
Hacer cumplir a sus hijos
con la educación
obligatoria.
Asegurar la concurrencia
de sus hijos a los
establecimientos
escolares .
Respetar y hacer respetar
a sus hijos.
16. Los docentes
Derechos
El desempeño en
cualquier jurisdicción.
Un salario digno.
Participar en el gobierno
de la educación.
El ejercicio de la
docencia.
Obligaciones
Respetar y hacer respetar
los principios
constitucionales.
Cumplir los lineamientos
de la política educativa.
Capacitarse y actualizarse
en forma permanente.
Respetar a todos los
miembros de la comunidad
educativa.
Nacional
17. Provincial
Derechos
El desarrollo de sus
carreras profesionales y
al ejercicio de la
docencia.
A la capacitación
estatal gratuita.
El acceso a los cargos
por concurso de
antecedentes.
Obligaciones
Respetar y hacer respetar
los principios
constitucionales.
Enseñar saberes y
promover valores.
Cumplir los lineamientos
de la política educativa.
Capacitarse y actualizarse
en forma permanente.
18. REGLAMENTO GENERAL DE LAS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE LA
PROVINCIA DE
BUENOS AIRES – Decreto 2299/11
19. Reglamentación docente
Trabajos
Cumplir fines y objetivos de la Ley Provincial.
Evitar todo tipo de discriminación.
Cumplir con el cuidado integral de los alumnos.
Mejorar las practicas pedagógicas en forma
constante.
Propiciar la integración y cooperación en la
comunidad educativa.
Impulsar la participación de los alumnos y la
familia en la formulación de proyectos.
20. Tareas
Ejecutar el diseño curricular vigente.
Evaluar en forma sistemática los procesos y resultados de la tarea educativa.
Concurrir a los actos y actividades que estén fijados en el Calendario Escolar.
Planificar, preparar y dictar clases evaluando su tarea de
enseñanza en coordinación con el equipo docente.
Concurrir a las reuniones de personal y otras que se convoquen por autoridad
competente y/o por Dirección del Establecimiento.
Participar en la evaluación de la calidad educativa.
Cumplir con los horarios y turnos conforme al cargo.
Realizar una adecuada utilización de la información a que tiene acceso por su
tarea y mantener reserva de la misma.
Conocer, cumplir y hacer cumplir las normas propias de las instituciones
educativas que funcionan en contextos de encierro.
Ejecutar las acciones que persiguen las situaciones de vulnerabilidad que
atentan contra la inclusión educativa.
21. Institución Educativa
“La institución educativa es la unidad
pedagógica del sistema, responsable de
los procesos de enseñanza y de
aprendizaje destinados al logro de los
objetivos establecidos por la legislación”.
22. La Comunidad Educativa
Los integrantes de la comunidad
educativa deben llevar adelante un
proyecto compartido y de cooperación
en el que cada uno deberá conocer los
derechos y obligaciones que le asignan
las leyes.
23. EQUIPO DE TRABAJO DE LA
INSTITUCIÓN
Equipos de conducción institucional:
El ejercicio de los cargos se configura con el cumplimiento de
tareas complementarias, sin perjuicio de las tareas propias de
cada cargo y de la jerarquía escalafonaria.
Cargos docentes de base:
Las tareas propias de cada cargo son complementarias, evitando las
superposiciones para la óptima ejecución del Proyecto Institucional.
24. Cargos técnico-docente de base:
Es el personal docente de base que, habiendo cumplido los requisitos de
ingreso específicos, cumple tareas docentes vinculadas a su habilitación
profesional.
Equipo de trabajo administrativo:
La distribución de tareas del personal de servicio y obreros la
realizará el director del establecimiento quién entregará los
elementos necesarios para la realización de la tarea y los que hagan
a la seguridad e higiene laboral.
25. “…Estudiar no es un acto de
consumir ideas, sino de
crearlas y recrearlas…”
(Paulo Freire)
“…Alfabetizarse no es
aprender a repetir palabras,
sino a decir su palabra…”
(Paulo Freire)