La ley establece que la educación es una prioridad nacional y un derecho garantizado por el Estado. El sistema educativo comprende cuatro niveles - inicial, primario, secundario y superior - y tiene como objetivos brindar educación de calidad con igualdad de oportunidades, formar ciudadanos y fortalecer la identidad nacional. La ley define los roles y responsabilidades de los estudiantes, padres, docentes y personal de las escuelas.
Normas legales de la educación argentina y bonaerense
1.
2. Educación: Ley 26206
Es de prioridad Nacional y política de Estado.
Para una sociedad justa, con soberanía
e identidad nacional.
Profundizar la ciudadanía democrática, respetar los
derechos humanos y libertades fundamentales.
3. El Estado Nacional, las provincias y la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires son
los responsables de proveer una educación
integral, permanente y de calidad para
todos los habitantes garantizando
la igualdad, gratuidad y equidad.
4. Brindar una educación
de calidad con igualdad
de oportunidades y
posibilidades .
Garantizar la formación
del ciudadano en todas
sus dimensiones.
Fortalecer la identidad
nacional.
5. En todo el país se extiende desde
la edad de 4 años hasta la finalización
del nivel de educación secundaria.
Garantizar el acceso y las condiciones
para la permanencia y el egreso
de los diferentes niveles.
6. El sistema educativo tendrá una estructura unificada
en todo el país que
asegure su ordenamiento, la organización
y articulación de los niveles y modalidades, la validez
de los títulos y los certificados que se expidan.
.
7. Comprende 4 niveles: Educación Inicial, Primaria,
Secundaria y Superior, y 8 modalidades.
8. El nivel de educación secundaria es obligatorio, de 6
años de duración
y es una unidad pedagógica y organizativa, que
responde a diferentes áreas del conocimiento, del
mundo social y del trabajo.
9. Los alumnos:
Tienen el mismo derecho, obligaciones y
responsabilidades derivada de su edad , del nivel
educativo o modalidad que cursen .
Educación integral e igualitaria.
Concurrir hasta completar la educación obligatoria.
10. Los padres, madres y tutores:
Elegir para sus hijos la institución que corresponda a
sus convicciones educativas, pedagógicas, éticas o
religiosas.
Tener conocimiento de las pautas y normas que rigen la
organización de la convivencia escolar.
11. Personal técnico, administrativo, profesional
auxiliar y de servicio:
Tienen que asegurar el funcionamiento del sistema
educativo y de las instituciones.
Derecho a participar en el gobierno de las
instituciones educativas de acuerdo a las normas
legales pertinentes.
12. Los docentes:
Tienen derecho al desarrollo de sus
carreras profesionales y al ejercicio de
la docencia sobre la libertad de cátedra
y de enseñanza en el marco establecido
por la Constitución Nacional.
13. Tarea: El cuidado, la enseñanza, la acreditación
de saberes el trabajo en equipo, otros.
Prohibiciones: Promover actitudes
discriminatorias, hacer uso en beneficio
particular, agredir física o injuriar a alumnos
o miembro de la Institución, otros.
Obligación: Comprende todos los tiempos y
momentos en que se concreta el acto
educativo.
14. Es un espacio a conformarse entre todos como un
ámbito de confianza que brinde la seguridad
necesaria para la interacción de docentes, alumnos y
demás miembros de la comunidad, considerando
aciertos, errores, etc. Como parte del aprendizaje.
15. Los alumnos participan de las actividades formativas
y complementarias. Colaboran en la convivencia
escolar.
Los padres participan en las actividades en los
establecimientos educativos en forma individual,
cooperadoras escolares, consejo de escuela, etc.
16. El personal profesional y auxiliar participa en el
gobierno de la institución de acuerdo a las normas
pertinentes, en la actividad gremial, etc.
Los docentes participan en la elaboración de los
proyectos institucionales, en el gobierno de la
educación, en la actividad gremial, etc.
17. Equipo de conducción institucional: Está compuesto
por, el Director, Vicedirector, Regente (Técnico y de
Estudio) y Secretario.
Cargo docente de Base : Las tareas se relacionan a
las del equipo docente institucional. Profesor –
maestro, preceptor, bibliotecario.
18. Cargos técnico-
docentes de base:
Vinculados a su
profesión.
Médico
, Psicólogo,
Fonoaudiólogo,
Asistente educacional,
otros.
Equipo de trabajo
administrativo y/o auxiliar
de la educación
Limpiar y
cuidar el establecimiento,
las instalaciones y
dependencias.
19. Plan de continuidad pedagógica: Es la herramienta
de intervención escolar, asegura el proceso de
aprendizaje y hace efectiva la jornada escolar.
Acuerdo de convivencia: involucra y obliga a su
efectivo cumplimiento a todos los miembros de la
institución.
20. La obligatoriedad escolar : Comprende el acceso y la
trayectoria de los alumnos.
La jornada escolar: Se entiende por el horario de
funcionamiento de sus turnos conforme la carga
horaria correspondiente al diseño curricular
docente.
21. La protección de los derechos de los niños y
adolescentes: Es responsabilidad del Estado la
defensa y el interés del niño y el adolescente de
acuerdo a lo establecido en la Convención de los
Derecho del Niño y Adolescente y las normas
legales de protección de los Derechos de los Niños.
22. Aspectos administrativos : Cada institución
educativa contará con una Planta Orgánico
Funcional y una Planta Orgánico Funcional
Analítica asegurando el desarrollo adecuado del
Proyecto Institucional.