Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
2.-QUE SON LAS OBLIGACIONES EN EL DERECHO CIVIL .ppt
Los problemas medico legales_IAFJSR
1. ASESORÍA Y DEFENSAASESORÍA Y DEFENSA
EN PROBLEMAS MÉDICOEN PROBLEMAS MÉDICO
LEGALESLEGALES
algunas recomendacionesalgunas recomendaciones
DECÁLOGODECÁLOGO
2. DERECHO MÉDICODERECHO MÉDICO
Es una rama especial del Derecho que protege jurídicamente
al ser humano frente a la práctica y técnica de la Medicina,
estableciendo los principio básicos que guien la relación
médico-paciente, los deberes y derechos del médico,
pacientes y otros profesionales, así como la protección
integral de la salud.
3. DERECHO MÉDICODERECHO MÉDICO
Surge en este contexto una alianza jurídico Institucional
moderna: Medicina y Derecho, que se hace cada vez más sólida,
pues comparten una misma esencia, el bienestar de la vida
humana, de allí que estas dos disciplinas técnicamente distintas,
pero dogmáticamente similares, han encontrado un punto
estructural de coincidencia, presentándose como un tipo
natural de Derecho.
4. Circunstancias que deben cumplirse en unaCircunstancias que deben cumplirse en una
mala praxismala praxis
Que el autor debe ser un profesional de salud
La ación u omisión que produce el daño debe corresponder al
quehacer profesional
Producto de la relación médico paciente
Debe haber daño objetivo
Que en el daño no haya actuado el enfermo u otras personas
Que el daño deriva de un actuar negligente (causalidad)
Si alguna de estas circunstancias no concurren no habrá delito
5. Causalidad
Ésta es la parte más difícil de tales demandas. Se debe
probar que la negligencia fue la causa de las lesiones o
daños. Aquí la defensa puede ser que una negligencia
ocurrió pero que tal negligencia no fue la causa de las
lesiones o daños.
7. 1.- Una medida fundamental lo constituye la1.- Una medida fundamental lo constituye la
aplicación delaplicación del derecho de acceso a laderecho de acceso a la
historia clínica.historia clínica.
(Ante la negativa proveerse de copia de la historia(Ante la negativa proveerse de copia de la historia
clínica)clínica)
8. 2.- Si se prevee una mala práctica se debe2.- Si se prevee una mala práctica se debe
contar con el expedientecontar con el expediente
(fotocopia u original)(fotocopia u original)
9. 2.- Obtención de expedientes: Para revisar propiamente una
demanda, todos los expedientes pertinentes y relacionados
con el caso deben ser obtenidos con anterioridad . Esto se
hace con la autorización firmada por el cliente. Los
expedientes incluyen rayos equis, exámenes y diagnósticos
y expedientes de cuidados médicos anteriores.
10. 3.- El consentimiento informado debe3.- El consentimiento informado debe
ser jurídicamente válidoser jurídicamente válido
11. 4.- No se debe alterar maliciosamente el4.- No se debe alterar maliciosamente el
contenido de la historia clínicacontenido de la historia clínica
(genera otro delito)(genera otro delito)
12. 5.- En el proceso el médico debe demostrar5.- En el proceso el médico debe demostrar
con pruebas su diligencia.con pruebas su diligencia.
13. 6.- No se exige que el paciente demuestre6.- No se exige que el paciente demuestre
cómo se produjo la mala práctica médica.cómo se produjo la mala práctica médica.
14. 7.- Analizar el caso entre el médico y un7.- Analizar el caso entre el médico y un
abogado conjuntamenteabogado conjuntamente
(aplicar el Derecho Médico)(aplicar el Derecho Médico)
15. Evaluación por un médico: Después que todos los expedientes
son obtenidos, un médico calificado debe de evaluar
todos los expedientes y entonces determinar si existe
una demanda válida.
Debe de consultar con su abogado(a):antes de enviar ningún
documento a la Oficina de Mala conducta Profesional.
16. 8.- La conciliación de la reparación8.- La conciliación de la reparación
(indemnización) civil puede significar ahorro(indemnización) civil puede significar ahorro
de tiempo y dinero.de tiempo y dinero.
17. 9.- Verificar:9.- Verificar:
Si el profesional médico cuenta conSi el profesional médico cuenta con
registro de especialista y si está habilitado.registro de especialista y si está habilitado.
Si el Profesional Abogado se encuentraSi el Profesional Abogado se encuentra
habilitado.habilitado.
18. 10.- Considerar los datos estadísticos10.- Considerar los datos estadísticos
Casos por los que hay mayores reclamosCasos por los que hay mayores reclamos
20. Dentro de los Errores médicos más comunes que generan
obligación de indemnizar, estadísticamente hablando, se
ubican:
21. a)a) Toda clase de IntervencionesToda clase de Intervenciones
Quirúrgicas con resultado lesivo para elQuirúrgicas con resultado lesivo para el
pacientepaciente, practicadas dentro de cualquier, practicadas dentro de cualquier
especialidad médica, con resultados de:especialidad médica, con resultados de:
22. 1. Fallecimientos injustificados.
2. Tetraplejias, paraplejias...
3. Parálisis o disfunciones nerviosas. ( ejemplo: operaciones de
hernias y a consecuencia de la misma, lesión vasos, de nervios:
poplíteo, etc.).
4. Atrofia de órganos, lesiones vasculares ( Como ejemplo. :
Intervención de hernia inguinal y como consecuencia de la misma,
atrofia testicular ó lesión vascular, como la disfunción eréctil).
5. Perdidas de visión, en intervenciones oculares simples, como
cataratas, etc.
6. Empeoramientos de las patologías de base o partida que llevaron
al paciente a operarse.
23. b) Falta de empleo de los medios adecuados
de diagnóstico o su empleo a destiempo
( fundamental, en los procesos
cancerígenos, en los que la detección
precoz va relacionada directamente con la
supervivencia del paciente ):
24. CÁNCER DE MAMA ( la no practica o practica retardada de
mamografía, ecografía, punción ó biopsia... ante detección de
bulto anormal en el pecho ó sintomatología específica).
Falta de empleo de pruebas diagnósticas específicas ante
sospecha de cualquier otro tipo de neoplasia o tumor.
25. c) Por prescripción inadecuada de
medicamentos, que pueden llegar a
producir:
27. d) Por falta de cumplimiento por parte del cirujano
que va a operar, del deber de la obtención del
consentimiento informado previo por escrito del
paciente anteriormente a la práctica de
operaciones quirúrgicas ó de la utilización de
medios de diagnóstico de riesgo: paracentesis,
endoscopias, artroscopias, contrastes, etc.
28. Señalar que para que el consentimiento sea válido, debe ser
informado, esto implica que al paciente se le debe dar por escrito
el nombre de la intervención o tratamiento, una relación
completa de los riesgos y beneficios típicos de la operación o
tratamiento al que va a ser sometido, incluyendo el pronóstico y
las posibles alternativas de tratamiento. También se debe
informar de los riesgos personales y propios que cada paciente
presente, por razón de la edad o del estado de salud previo. En
ningún caso serán consideradas válidas las hojas de
consentimiento genéricas.
29. e) Por no-obtención del resultado
prometido en CIRUGÍA VOLUNTARIA,
SATISFACTIVA O ESTÉTICA.
30. 1.-Embarazo no deseado tras ligadura de trompas o
vasectomía.
2.- Pérdida de visión tras intervención
oftalmológica relativamente simple
3.- Daños o mal resultado estético como
consecuencia de operaciones mamarias,
liposucciones, implante de cabello, rinoplastías,
odontología...
33. g) Pérdida de la oportunidad de
sobrevivir POR LA NO
PRESTACIÓN DE CUIDADOS
MÉDICOS O SU PRESTACIÓN A
DESTIEMPO.
34. h) Porh) Por transmisión post-transmisión post-
transfusional de enfermedadestransfusional de enfermedades
infecciosasinfecciosas (hepatitis C ó SIDA(hepatitis C ó SIDA
(HIV), como más frecuentes).(HIV), como más frecuentes).
35. i) Por infecciones adquiridas en el medio
hospitalario ( infecciones
intrahospitalarias o nosocomiales ),
causadas por numerosas bacterias
presentes en este medio ( Streptococus
pyogenes, S. Epidermis, E. Coli,
Pseudomonas, Sthaphilococus,
Legionellla...):
36. j) Por agujas, sondas, catéteres y demás
material hospitalario o quirúrgico
deficientemente esterilizado o contaminado.
k) Infecciones respiratorias ( neumonías
intrahospitalarias).
l) Infecciones en la sangre ( sepsis...).
37. m) Expresamente errores más comunes
en Ginecología y Obstetricia:
n) Errores en el seguimiento del embarazo
y/o el parto.
o) No detección de malformaciones visibles
en pruebas ecográficas.
p) Daños en el feto por negligencia en el
transcurso del parto.
38. q) Daños en el feto por
prescripción de medicamentos a
la madre.
r) Por daños causados por no
seguimiento de los Protocolos y
Guías médicas al uso.
39. s) Por daños causados como consecuencia de
las listas de espera. Daños que pueden
consistir en:
. Fallecimiento por tardanza en realizar la
prueba diagnóstica o la intervención
quirúrgica.
. Agravamiento de la enfermedad de base
debido a la espera.
40. t) Daños ocurridos como consecuencia del
funcionamiento interno del propio hospital:
caídas de camillas o de sillas de ruedas,
mala práctica de las funciones de
enfermería, etc.
41. u) Realización de pruebas diagnósticas de
riesgo sin el adecuado control ni la preparación
y vigilancia necesarias, por ejemplo: prueba de
esfuerzo cardíaco en la que fallece el paciente.
v) Error en la interpretación de los resultados
de las pruebas diagnósticas.
42. w) Daños producidos por el propio material
quirúrgico, como quemaduras producidas por bisturí
eléctrico o incluso electrocuciones.
x) Daños producidos por la radiación excesiva del
paciente.
y) Olvido de material médico dentro del cuerpo del
paciente en el transcurso de una operación quirúrgica.
43. z) Fallecimiento por no
prestarse la asistencia sanitaria
de urgencia cuando se requirió
por no estar presente el
facultativo o por cualquier otro
motivo, por ejemplo:
44. aa) Retraso de la ambulancia o de los facultativos al
llegar al lugar en el que se ha producido un siniestro o
se requiere la asistencia urgente
bb) Tardanza en atender a una persona con claros
signos de sufrir un infarto o cualquier otra patología
que requiera asistencia sanitaria urgente
cc) Ausencia de especialistas o retraso en requerirlos
cuando se requiere su presencia con urgencia
45. dd) Resultado anormalmente desproporcionado con lo
que es habitual y usual comparativamente, por
ejemplo:
ee) Fallecimientos o lesiones graves sucedidos durante
el transcurso de intervenciones quirúrgicas sencillas
o tratamientos médicos sin complicación.
ff) Resultados totalmente ajenos a los perseguidos con
el tratamiento o la intervención
46. gg) Fallecimiento de parturienta en el hospital sin
patología previa.
hh) Ausencia de detección de preclampsia, eclampsia o
Síndrome de Hellp en embarazadas y fallecimiento de las
mismas.
ii) La falta de práctica de las analíticas indicadas en las
Guías y Protocolos.