2. OFICINA FARMACÉUTICA
Es un establecimiento
Farmacéutico que esta bajo la
responsabilidad o
administración de un
profesional Químico
Farmacéutico, en donde se
dispensan y expenden al
consumidor final productos
farmacéuticos, dispositivos
médicos y productos sanitarios.
3.
4. SERVICIO DE FARMACIA
El Servicio de Farmacia es
la unidad orgánica
encargada de suministrar en
forma oportuna y eficiente
los medicamentos y
productos afines destinados
a la recuperación y
conservación de la salud de
los pacientes, en un centro
hospitalario.
5. FUNCIÓN DENTRO DE LAS FUNCIONES
DE LA CONTABILIDAD FARMACÉUTICA
No hay deudor sin
acreedor. Por ello, el
propietario de la
farmacia es un acreedor
de la misma, porque ha
puesto el capital que
permite la existencia de
la farmacia.
PRINCIPIO
FUNDAMENTAL:
Cuando se contabilizan
ingresos y gastos para
establecer las ganancias de la
farmacia en un año, deberá
hacerse en función de la
corriente real de bienes y
servicios que los mismos
representan, no de la
cantidad de dinero que entra
o sale de la farmacia.
PRINCIPIO DEL
DEVENGO
PRINCIPIO DE
PRUDENCIA:
Contabilizar todas las pérdidas cuando se
conocen, y las ganancias solamente
cuando se han percibido. Así, por
ejemplo, no se considera una ganancia el
aumento de valor de la farmacia por el
hecho de haber aumentado la cantidad
que se cobraría con su traspaso. Los
medios materiales para llevar la
contabilidad de la farmacia están
constituidos por los documentos, las
cuentas y los libros
6. Tipos de documentos administrativos en oficina
farmacéutica y servicio de farmacia según
normativa vigente
Todo establecimiento farmacéutico debe contar con los siguientes
documentos para que puedan tener la licencia de buenas practicas de
oficina farmacéutica:
Organigrama del establecimiento
Planos de distribución y ubicación
Certificado de capacitación de uso del extintor
Certificado de funcionamiento del sistema eléctrico
Certificado de fumigación
Certificado de calibración del termohigrómetro
Resolución de apertura
Ficha de control de temperatura
Ficha de control de limpieza del establecimiento
Titulo del director técnico y de los técnicos en farmacia
7. LIBROS OFICIALES EN UN ESTABLECIMIENTO
FARMACEUTICO
Los establecimientos farmacéuticos donde se dispense
medicamentos deben contar con los siguientes libros
oficiales, los cuales deberán estar filiados, debidamente
actualizados y a disposición de la Autoridad Sanitaria
Libro de recetas
Libro de control de estupefacientes y
psicotrópicos
Libro de ocurrencias
Libro de reclamaciones
9. DOCUMENTOS PARAAPERTURA Y
FUNCIONAMIENTO DE UN ESTABLECIMIENTO
FARMACEUTICO
Razón social, y número de registro único del contribuyente (ruc) del
establecimiento farmacéutico
Nombre del responsable del establecimiento de salud; -dirección del
establecimiento farmacéutico.
Nombre y número de colegiatura del profesional químico farmacéutico que
asume la dirección técnica del establecimiento farmacéutico.
Nombres y números de colegiatura de los profesionales químico
farmacéuticos de áreas técnicas, según corresponda; -nombres y números de
colegiatura de los profesionales químico farmacéuticos asistentes
Horario de atención del establecimiento farmacéutico, del director técnico y
de los profesionales químico farmacéuticos asistentes.
A. Solicitud de autorización sanitaria con carácter de declaración jurada, en
la que debe consignarse la siguiente información:
13. D. Croquis de ubicación del establecimiento en formatos A-3
14. E. Croquis de distribución interna del establecimientos
farmacéutico incluyendo las áreas técnicas de la unidad
productora de servicio, indicando los metrajes de cada área, en
formatos A-3
15. D. Copia de certificado de habilidad profesional
del director técnico, de los profesionales químico
farmacéuticos responsables de áreas técnicas,
según corresponda, y de los profesionales químico
farmacéuticos asistentes.
16. Regímenes tributarios
Todo establecimiento farmacéutico ya se de una persona
natural o persona jurídica, debe estar registrado en una de las
categorías de los regímenes tributarios de la Sunat.
El régimen tributario establece la manera en la que se pagan
los impuestos y los niveles de pagos de los mismos. Se puedes
optar por uno u otro régimen dependiendo del tipo y el tamaño
del negocio.
Hay cuatro regímenes tributarios: Nuevo Régimen Único
Simplificado (NRUS), Régimen Especial de Impuesto a la
Renta (RER), Régimen MYPE Tributario (RMT) y Régimen
General (RG). Puedes evaluar cuál es el ideal para tu negocio.
17. Nuevo Régimen Único Simplificado
(NRUS)
Si eres una persona natural y vas a iniciar un pequeño negocio como
bodega, puesto de mercado, zapatería, bazar, restaurante, juguería,
peluquería u otros y solo emitirás boleta de venta, puedes acogerte al
NRUS.
Asimismo, es importante que al hacer tus compras exijas la emisión de
la factura, salvo que compres a otras personas que también están en el
NRUS.
18. Régimen Especial de Impuesto a la
Renta (RER)
En este régimen tributario se encuentran las personas con negocio
y personas jurídicas que obtengan rentas provenientes de
actividades de comercio o industria, y actividades de servicios.
Este régimen solo lleva 2 registros contables (compras y ventas),
emiten todo tipo de comprobantes de pago, solo presentan
declaraciones mensuales y no están obligados a presentar
declaraciones anuales.
19. Régimen MYPE Tributario
(RMT)
Es un régimen especialmente creado para las micro y pequeñas
empresas con el objetivo de promover su crecimiento. El Régimen
MYPE Tributario (RMT) les exige condiciones más simples para
cumplir con sus obligaciones tributarias. El RMT es uno de los
regímenes tributarios para negocio admitidos por la Sunat.
Ventajas y beneficios
Tributos a pagar de acuerdo a la ganancia obtenida.
Emitir todos los tipos de comprobantes de pago según tu actividad.
Llevar libros contables en función de tus ingresos.
20. Régimen General (RG).
Está dirigido a las medianas y grandes empresas (personas
naturales con negocio o personas jurídicas) que generan
rentas de tercera categoría. En este régimen no hay límite
de ingresos.
La ventaja de este régimen tributario es que puedes
desarrollar tu negocio en cualquier actividad y sin límite
de ingresos.
En caso tengas pérdidas económicas en un año, se podrán
descontar de las utilidades de los años posteriores,
pudiendo llegar al caso de no pagar Impuesto a la Renta
Anual.