Este documento explica la teoría de la actividad financiera del Estado, incluyendo sus conceptos clave como ingresos, egresos, y gastos públicos. También clasifica el gasto público según criterios jurídico-administrativos y económicos, y describe las fases y objetivos de la actividad financiera del Estado.
1. Actividad financiera del Estado
Cuadro explicativo
Facilitador: Emily Ramírez
Materia: Derecho tributario
Barquisimeto, Noviembre del 2017
Autor:
Gimenez, Moises
Sección: DET433-
SAIAA
C.I.:27.025.246
Universidad Fermín Toro
Vice -Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
2. Contenido y utilidad de la teoría de la actividad financiera
Concepto y contenido Particularidades
Es la gestión o hecho que realiza el Estado para promover; así
los gastos públicos. Está determinada por un conjunto de
ingresos y egresos que generan fluctuaciones en la caja del
Estado debido a las diversas actividades que realizan ciertos
grupos dotados de poder como la administración pública. Esta
actividad está integrada por la Previsión de ingresos y gastos
(preparación de presupuestos financieros).
Son gastos públicos de la caja del Estado.
Es una función a beneficio de la sociedad.
Es un fenómeno, hecho, acción o gestión financiera.
Obtiene ingresos que son destinados al gasto público fluctuación
llamada egreso.
Las transferencias del Estado pueden ser coactivas o voluntarias.
Los egresos de la caja del Estado constituyen el gasto público.
Es instrumental porque posee los fondos previamente para
realizar los menesteres de Estado.
Puede ser utilizada para alcanzar misivas políticas, económicas y
sociales en el Estado.
El sujeto promotor de esta actividad es meramente el Estado.
El individuo es el sujeto pasivo en la actividad financiera.
El Estado posee la potestad de recaudar ingresos de los
individuos que lo integran para realizar sus fines a través de esta
actividad.
Fundamento Utilidad
El hecho financiero del Estado está vinculado muy estrechamente
a los menesteres políticos debido a la estructura del Estado y los
fines que este realiza. Así entonces emerge un fenómeno político
dentro de la gestión financiera para la realización de las funciones
públicas.
Permite determinar la recolección de ingresos por parte del
Estado, así como también el control de los egresos de la caja
dedicados al gasto o inversiones estadales en cumplimiento de
las funciones sociales, políticas y económicas.
3. Fases de la actividad financiera Ingresos públicos
Se encuentra determinada por el Ingreso público (conjunto de
recursos que percibe el Estado e incrementa la caja); y el gasto
público (conjunto de recursos destinados a las labores del
Estado). Claramente el Estado cuando establece el nivel de gasto
público; determinara cuanto será el número de ingresos que
deberá obtener de la colectividad para mantener un balance por
la fluctuación en la caja nacional para posteriormente invertirlo y
seguir el proceso de gasto y recolección de ingresos.
El inicio de esta actividad comienza cuando el Estado percibe la
renta (sean impuestos o renta minera) que será destinada al
gasto público. Por ello la actividad financiera posee dos fases:
Fase recaudatoria: persecución de recursos económicos
privados o públicos.
Fase de inversión: recursos percibidos destinados al gasto
social del país.
Por otro lado; existe una fase llamada administración donde el
Estado mantiene en las cajas de la hacienda pública los
recursos del Estado mientras evalúa la asignación de los
mismos.
Se denominan ingresos públicos a todas aquellas cantidades de
dinero que el Estado y demás entes públicos perciben y que
tienen por objetivo financiar los gastos públicos. El ingreso público
sólo se justifica, en principio, por la necesidad de financiar los
gastos públicos, finalidad que encontramos en la tradición
asociada con la actividad financiera de la Administración de
realizar la satisfacción de los fines públicos.
4. Gasto publico
El gasto público es aquel flujo que configura el componente
negativo del resultado económico patrimonial, producido a lo
largo del ejercicio por las operaciones conocidas de naturaleza
presupuestaria o no presupuestaria, como consecuencia de la
variación de activos o el surgimiento de obligaciones, que
implican un decremento en los fondos propios del Estado.
También se puede establecer que el gasto público; son las
erogaciones de dinero de la caja del Estado en base a la ley para
cumplir sus fines.
5. Clasificación del gasto publico
Gastos ordinarios y extraordinarios: La doctrina financiera clásica
distinguía los gastos públicos en gastos ordinarios y
extraordinarios. Esta clasificación tenía, como propósito principal,
establecer una correlación con la análoga clasificación de los
recursos en ordinarios y extraordinarios.
Se sostenía, al respecto, que mientras los gastos ordinarios
(corrientes, periódicos, nacidos de la normal producción de los
servicios públicos) debían ser financiados con recursos
ordinarios (tributos, tarifas de empresas públicas o productos de
monopolios fiscales), los gastos extraordinarios (como los
originados por guerras, calamidades o catástrofes naturales)
debían financiarse con recursos del crédito o con gravámenes de
emergencia, como el impuesto al capital.
Gastos de Distribución: Otra clasificación agrupa los gastos
públicos según el tipo de servicios a los que sirve: educación,
defensa, seguridad social, salud pública, justicia, etc. Esta
clasificación sirve a los efectos de conocer el contenido o las
funciones de la actividad financiera del Estado, pero no la
inteligencia de la estructura de dicha actividad.
Gastos corrientes y gastos de inversión (Villegas): La clasificación
con criterio económico que prevalece en la doctrina moderna es la
ya aludida de gastos corrientes y de inversión. A su vez, los
gastos corrientes se distinguen en gastos de consumo y gastos de
transferencia.
Gastos corrientes de consumo: son gastos de consumo todos
aquellos que sirven para la producción de los servicios del Estado.
La calificación de gastos de consumo se debe a que dichos
servicios son bienes finales, de utilidad directa para los
destinatarios.
6. Clasificación del gasto publico
Criterio Jurídico Administrativo Criterio económico
Se clasifica en:
Jurisdiccional o Institucional: comprende a la estructura de
poderes que conforma el Estado en la estructura Venezolana
correspondería al Poder ejecutivo, Poder legislativo, Poder
Judicial, Poder Ciudadano y Poder Electoral artículo 136 de la
constitución de Venezuela. Así como también la organización
orgánica vertical del Estado a nivel nacional, estadal y municipal
de los respectivos poderes. Se suele destinar un apartado
especial para las obligaciones del estado (servicios de la deuda
pública, obligaciones a cargo del tesoro, subsidios y
subvenciones).
Por finalidades o Funciones: las erogaciones del Estado se
dividen por la finalidad o función que genera sean gasto de
seguridad nacional, de justicia, de educación, de salud, de
seguridad, entre otros.
Establece una diferencia con los gastos operativos del Estado y
gastos de inversión. Esta clasificación sustituye a los gastos
ordinarios y extraordinarios. Se divide en:
Gastos de funcionamiento: son pagos obligatorios que deben
realizar los entes púbicos para el correcto funcionamiento de los
servicios públicos y la renovación de los inmuebles además de los
muebles. No incrementan el patrimonio nacional; empero
contribuyen a la productividad nacional.
Gastos de inversión: son todas las erogaciones que generan un
incremento en el patrimonio o caja del Estado. Pueden ser pagos
por maquinaria, equipos e inversión en infraestructura como
carreteras, puentes, viaductos, entre otros para la explotación
pública o privada en la última se realiza como aporte; o préstamo.
Gastos productivos y de transferencia: Según esta clasificación
son gastos productivos los que corresponden a la adquisición de
bienes intermedios y factores para la producción de los bienes y
servicios públicos. Tales gastos producen un aumento de la renta
nacional. Son, en cambio, gastos de transferencia los que
consisten en el gago de una suma a determinadas personas, sin
ninguna retribución al Estado y no generan un aumento de la renta
nacional sino solo una diferente distribución de la misma.
7. Referencia Bibliográfica
Borjas Hernández Leopoldo. Manual de Derecho Tributario. Ediciones
Beatriz Mata Producciones C.A Caracas. Venezuela. 2000.
La actividad financiera. [Texto en línea]. Consultado el 20 de Noviembre de
2017
en:http://saia.uft.edu.ve/moodle/pluginfile.php/145883/mod_resource/c
ontent/2/Actividad.pdf/
Vera, S. (2008). Los gastos públicos. [Texto en línea]. Consultado el 20 de
Noviembre de 2017 en: http://www.ispn4-
santafe.edu.ar/Carreras/Programador/Trabajos/Finanzas_1.pdf