SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
ACUERDO FORMAL DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD
Y SALUD LABORAL
(ARTÍCULO 69 Y 73, NUMERAL 2, LITERAL “C” DEL REGLAMENTO PARCIAL
DE LA LOPCYMAT)
En el día de hoy, siendo las ___(1)____, del día _____(2)_______ del mes
________(3)__________ del año ___(4)____ quienes suscriben por una parte el o los Delegado(s)
o Delegada(s) de Prevención:__________(5)__________________________________________,
Cedula de Identidad No
. ___________(6)___________________________________ y por otra
parte los representantes del empleador:____________(7)_____________________________
Cedula de Identidad No
. _______________________(8)_________ de la (9) Empresa
Cooperativa Contratista Institución Otros: Nombre o Razón Social:
________________________(10)______________________, Rif: ________(11)________, Nil:
______(12)_________, IVSS: _______(13)________, Ubicada en
________________(14)__________________, Teléfono: _______(15)_________ Fax:
______(16)________, Correo Electrónico: _________(17)___________, cuya Actividad Económica
es: _________________________(18)__________________________________, donde labora
una nómina de ______________(19)_____________________ trabajadores y trabajadoras.
Hemos acordado constituir por primera y única vez un Comité de Seguridad y Salud Laboral que se
regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. DENOMINACIÓN: La denominación del Comité de Seguridad y Salud Laboral será:
Comité de Seguridad y Salud Laboral de: la (20): _____________________________________
SEGUNDA. DURACIÓN: La existencia del Comité de Seguridad y Salud Laboral en la
Empresa/Institución/Cooperativa/Contratista/Intermediaria/Otros, será por tiempo indefinido desde
la fecha de su creación.
TERCERA. ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Serán
atribuciones del Comité de Seguridad y Salud Laboral, las siguientes:
1. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo. A tal efecto, en su seno considerará, antes de su puesta en
práctica y en lo referente a su incidencia en la seguridad y salud en el trabajo, los proyectos
en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías,
organización y desarrollo de las actividades de promoción, prevención y control, así como de
recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y dotación, mantenimiento y
Membrete de la Empresa/Institución/Cooperativa
protección de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, y del proyecto y
organización de la formación en la materia.
2. Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las
condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de los controles existentes o la
corrección de las deficiencias detectadas.
CUARTA. FACULTADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Serán facultades
del Comité de Seguridad y Salud Laboral, las siguientes:
1. Aprobar el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la
vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
2. Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la situación
relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la
promoción de la seguridad y salud, así como la ejecución de los programas de la recreación,
utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y la existencia y condiciones de la
infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, realizando a tal efecto las visitas que
estime oportunas.
3. Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa, centro de trabajo o explotación.
4. Prestar asistencia y asesoramiento al empleador o empleadora y a los trabajadores y
trabajadoras.
5. Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean
necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad
del servicio de prevención, en su caso.
6. Denunciar las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su
seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
7. Conocer y analizar los daños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y
proponer las medidas preventivas.
8. Conocer y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
QUINTA. ATRIBUCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN: Serán
atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención, las siguientes:
1. Constituir conjuntamente, con los representantes de los empleadores o empleadoras, el
Comité de Seguridad y Salud Laboral.
2. Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y a los
programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso que
formulen los trabajadores y trabajadoras con el objeto de tramitarlas ante el Comité de
Seguridad y Salud Laboral para su solución.
3. Participar conjuntamente con el empleador o empleadora y sus representantes en la mejora
de la acción preventiva y de promoción de seguridad y salud en el trabajo.
4. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y trabajadoras en la ejecución de la
normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo.
5. Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa, promoción, control y
vigilancia de la seguridad y salud en el trabajo.
6. Asistir y participar en los procesos de formación, capacitación y coordinación convocados por
el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social o el Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales.
7. Recibir las comunicaciones de los trabajadores y las trabajadoras cuando ejerzan su derecho
a rehusarse a trabajar, a alejarse de una condición insegura o a interrumpir una tarea o
actividad de trabajo para proteger su seguridad y salud laboral, de conformidad con el
numeral 5 del artículo 53 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente
de Trabajo.
8. Presentar informe mensual sobre las actividades realizadas en el ejercicio de sus atribuciones
y facultades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
SEXTA. FACULTADES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN: Serán
facultades de los Delegados y Delegadas de Prevención, las siguientes:
1. Acompañar a los técnicos o técnicas de la empresa, a los asesores o asesoras externos o a
los funcionarios o funcionarias de inspección de los organismos oficiales, en las evaluaciones
del medio ambiente de trabajo y de la infraestructura de las áreas destinadas a la recreación,
descanso y turismo social, así como a los inspectores y supervisores o supervisoras del
trabajo y la seguridad social, en las visitas y verificaciones que realicen para comprobar el
cumplimiento de la normativa, pudiendo formular ante ellos las observaciones que estimen
oportunas.
2. Tener acceso, con las limitaciones previstas en la Lopcymat, a la información y
documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de
sus funciones. Esta información podrá ser suministrada de manera que se garantice el
respeto de la confidencialidad y el secreto industrial.
3. Solicitar información al empleador o empleadora sobre los daños ocurridos en la salud de los
trabajadores y trabajadoras una vez que aquel hubiese tenido conocimiento de ellos,
pudiendo presentarse, en cualquier oportunidad, en el lugar de los hechos, para conocer las
circunstancias de los mismos.
4. Solicitar al empleador o empleadora los informes procedentes de las personas u órganos
encargados de las actividades de seguridad y salud en el trabajo en la empresa, así como de
los organismos competentes.
5. Realizar visitas a los lugares de trabajo y a las áreas destinadas a la recreación y descanso,
para ejercer la labor de vigilancia y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo,
pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada
con los trabajadores, sin alterar el normal desarrollo del proceso productivo.
6. Demandar del empleador o de la empleadora la adopción de medidas de carácter preventivo
y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y
trabajadoras, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al Comité de Seguridad y Salud Laboral
para su discusión en el mismo.
SÉPTIMA. ESTATUTOS: Para su funcionamiento, el Comité de Seguridad y Salud Laboral
elaborará y aprobará los estatutos de su funcionamiento y organización del mismo. La aprobación
de dicho estatutos se hará por mayoría de (2/3) de sus integrantes.
En dichos estatutos no se establecerán normas que vulneren o limiten las facultades y
atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención.
OCTAVA. ORGANIZACIÓN: El Comité de Seguridad y Salud Laboral se organizará para cada
reunión designando a un director de debate y un relator.
Las funciones del director de debates, serán las siguientes:
1. Coordinar, planificar y orientar la reunión.
2. Canalizar las propuestas que hagan los miembros del Comité, para organizar la agenda de la
reunión.
3. Hacer arreglos para la logística de la reunión.
4. Presentar los invitados a la reunión, indicando el motivo de su presencia y cual representación
realiza la invitación.
Las funciones del relator, serán las siguientes:
1. Levantar al final de la reunión el acta correspondiente.
2. Elaborar conjuntamente con los miembros del Comité y enviar o entregar, el informe mensual
que debe ser presentado ante el Inpsasel.
3. Leer actas y correspondencias durante al reunión.
4. Redactar y enviar o entregar la correspondencia aprobada por los integrantes del Comité.
La designación de este director y este relator se hará de conformidad a lo establecido en el Artículo
75 de Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo.
NOVENA. ACTUALIZACIÓN DEL COMITÉ: El Comité de Seguridad y Salud Laboral deberá
presentar ante la Diresat correspondiente, cualquier cambio o rotación que se produzcan de sus
integrantes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a los mismos.
Firman al final en señal de conformidad:
(21) INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Delegado (s) o Delegada (s) de Prevención:
Nombre y Apellido C.I. Firma
Representante (s) del Empleador o Empleadora:
Nombre y Apellido C.I. Firma
INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES
Edificio Luz Garden. Entre las Esquinas de Manduca a Ferrenquín.
La Candelaria - Caracas, Venezuela. Web: www.inpsasel.gov.ve
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL
ACUERDO FORMAL DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ
El formulario puede ser llenado bien sea a mano con letra molde y tinta de un mismo color o bien
utilizando una computadora o máquina de escribir sin enmiendas o tachaduras.
(1). Se deben colocar los dígitos correspondientes a la hora y minutos (militar) en el cual
fue realizado el acuerdo formal de constitución del comité.
(2). Se debe colocar el día (en números) en el cual fue realizado el acuerdo formal de
constitución del comité.
(3). Se debe colocar el mes (en letras) en el cual fue realizado el acuerdo formal de
constitución del comité.
(4). Se debe colocar el año (en números) en el cual fue realizado el acuerdo formal de
constitución del comité.
(5). Se debe(n) colocar el o los Nombre(s) y Apellido(s) de los Delegado(s) o Delegada(s)
de Prevención.
(6). Se debe colocar el o los números de la Cédula de Identidad de los Delegado(s) o
Delegada(s) de Prevención.
(7). Se debe(n) colocar el o los nombre(s) y apellido(s) del o los representantes del
empleador designado(s) ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral.
(8). Se debe colocar el o los números de la cédula de identidad del o los representantes del
empleador designado(s) ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral.
(9). Se debe marcar con una “X” el tipo de organización: Empresa, Cooperativa,
Contratista, Intermediaria, Institución u otros.
(10). Se debe colocar el Nombre o Razón Social de la Empresa, Cooperativa,
Contratista, Intermediaria, Institución u otros.
(11). Se debe colocar el número correspondiente del Registro de Información Fiscal.
(12). Se debe colocar el Número de Identificación Laboral. otorgado por el Ministerio del
Trabajo y Seguridad Social.
(13). Se debe colocar el número de inscripción patronal ante el Instituto Venezolano de
los Seguros Sociales.
(14). Se debe colocar la dirección completa y exacta del Centro de Trabajo, Obra o
Frente de Trabajo correspondiente a la Empresa, Cooperativa, Contratista,
Intermediaria o Institución donde se está constituyendo el Comité.
(15). Teléfono: Se debe colocar el teléfono de la Empresa, Cooperativa, institución,
Contratista, intermediaria u otros.
(16). Fax: Se debe colocar el número de fax de la Empresa, Cooperativa, Contratista.
(17). Correo Electrónico: Se debe colocar la dirección electrónica de Empresa,
Cooperativa, institución, Contratista, intermediaria u otros.
(18). Actividad Económica: Se debe colocar la denominación de la actividad
económica que realiza la Empresa, Cooperativa, Contratista, Intermediaria, Institución
u otros, de acuerdo a lo establecido en Clasificador Industrial Internacional Uniforme
(CIIU), el cual lo consigue en nuestro portal Web.
(19). Se debe colocar la cantidad (en número) de trabajadores y trabajadoras que
laboran en la Empresa, Cooperativa, institución, Contratista, Intermediaria, Otros.
(20). Se debe colocar el nombre del comité. Ejemplo Comité de Seguridad y Salud
Laboral de la Cooperativa “Victoria”.
(21). Se debe colocar el Nombre y Apellido de los Delegados y Delegadas de
Prevención. Al igual que el de los representantes del empleador o empleadora y sus
respectivos números de Cedula de Identidad.
ACUERDO FORMAL DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD
Y SALUD LABORAL
(ARTÍCULO 69 Y 73, NUMERAL 2, LITERAL “C” DEL REGLAMENTO PARCIAL
DE LA LOPCYMAT)
En el día de hoy, siendo las _________, del día ______________ del mes _________________
del año __________ quienes suscriben por una parte el o los Delegado(s) o Delegada(s) de
Prevención:_____________________________________________________________, Cedula
de Identidad No
. _________________________________________________ y por otra parte los
representantes del empleador:_____________________________________________ Cedula de
Identidad No
. _______________________________________ de la Empresa Cooperativa
Contratista Institución Otros: Nombre o Razón Social:
_____________________________________________________, Rif: ___________________,
Nil: _______________________, IVSS: _______________________, Ubicada en
_______________________________________________, Teléfono: ____________________
Fax: _________________, Correo Electrónico: _______________________, cuya Actividad
Económica es: _____________________________________________________________, donde
labora una nómina de _____________________________________ trabajadores y trabajadoras.
Hemos acordado constituir por primera y única vez un Comité de Seguridad y Salud Laboral que se
regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. DENOMINACIÓN: La denominación del Comité de Seguridad y Salud Laboral será:
Comité de Seguridad y Salud Laboral de: la _____________________________________
SEGUNDA. DURACIÓN: La existencia del Comité de Seguridad y Salud Laboral en la
Empresa/Institución/Cooperativa/Contratista/Intermediaria/Otros, será por tiempo indefinido desde
la fecha de su creación.
TERCERA. ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Serán
atribuciones del Comité de Seguridad y Salud Laboral, las siguientes:
3. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo. A tal efecto, en su seno considerará, antes de su puesta en
práctica y en lo referente a su incidencia en la seguridad y salud en el trabajo, los proyectos
en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías,
organización y desarrollo de las actividades de promoción, prevención y control, así como de
recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y dotación, mantenimiento y
Membrete de la Empresa/Institución/Cooperativa
protección de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, y del proyecto y
organización de la formación en la materia.
4. Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las
condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de los controles existentes o la
corrección de las deficiencias detectadas.
CUARTA. FACULTADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Serán facultades
del Comité de Seguridad y Salud Laboral, las siguientes:
9. Aprobar el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la
vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Instituto Nacional de
Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
10. Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la situación
relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la
promoción de la seguridad y salud, así como la ejecución de los programas de la recreación,
utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y la existencia y condiciones de la
infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, realizando a tal efecto las visitas que
estime oportunas.
11. Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa, centro de trabajo o explotación.
12. Prestar asistencia y asesoramiento al empleador o empleadora y a los trabajadores y
trabajadoras.
13. Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean
necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad
del servicio de prevención, en su caso.
14. Denunciar las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su
seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
15. Conocer y analizar los daños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y
proponer las medidas preventivas.
16. Conocer y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
QUINTA. ATRIBUCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN: Serán
atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención, las siguientes:
9. Constituir conjuntamente, con los representantes de los empleadores o empleadoras, el
Comité de Seguridad y Salud Laboral.
10. Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y a los
programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso que
formulen los trabajadores y trabajadoras con el objeto de tramitarlas ante el Comité de
Seguridad y Salud Laboral para su solución.
11. Participar conjuntamente con el empleador o empleadora y sus representantes en la mejora
de la acción preventiva y de promoción de seguridad y salud en el trabajo.
12. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y trabajadoras en la ejecución de la
normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo.
13. Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa, promoción, control y
vigilancia de la seguridad y salud en el trabajo.
14. Asistir y participar en los procesos de formación, capacitación y coordinación convocados por
el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social o el Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales.
15. Recibir las comunicaciones de los trabajadores y las trabajadoras cuando ejerzan su derecho
a rehusarse a trabajar, a alejarse de una condición insegura o a interrumpir una tarea o
actividad de trabajo para proteger su seguridad y salud laboral, de conformidad con el
numeral 5 del artículo 53 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente
de Trabajo.
16. Presentar informe mensual sobre las actividades realizadas en el ejercicio de sus atribuciones
y facultades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
SEXTA. FACULTADES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN: Serán
facultades de los Delegados y Delegadas de Prevención, las siguientes:
7. Acompañar a los técnicos o técnicas de la empresa, a los asesores o asesoras externos o a
los funcionarios o funcionarias de inspección de los organismos oficiales, en las evaluaciones
del medio ambiente de trabajo y de la infraestructura de las áreas destinadas a la recreación,
descanso y turismo social, así como a los inspectores y supervisores o supervisoras del
trabajo y la seguridad social, en las visitas y verificaciones que realicen para comprobar el
cumplimiento de la normativa, pudiendo formular ante ellos las observaciones que estimen
oportunas.
8. Tener acceso, con las limitaciones previstas en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo, a la información y documentación relativa a las condiciones de
trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones. Esta información podrá ser
suministrada de manera que se garantice el respeto de la confidencialidad y el secreto
industrial.
9. Solicitar información al empleador o empleadora sobre los daños ocurridos en la salud de los
trabajadores y trabajadoras una vez que aquel hubiese tenido conocimiento de ellos,
pudiendo presentarse, en cualquier oportunidad, en el lugar de los hechos, para conocer las
circunstancias de los mismos.
10. Solicitar al empleador o empleadora los informes procedentes de las personas u órganos
encargados de las actividades de seguridad y salud en el trabajo en la empresa, así como de
los organismos competentes.
11. Realizar visitas a los lugares de trabajo y a las áreas destinadas a la recreación y descanso,
para ejercer la labor de vigilancia y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo,
pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada
con los trabajadores, sin alterar el normal desarrollo del proceso productivo.
12. Demandar del empleador o de la empleadora la adopción de medidas de carácter preventivo
y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y
trabajadoras, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al Comité de Seguridad y Salud Laboral
para su discusión en el mismo.
SÉPTIMA. ESTATUTOS: Para su funcionamiento, el Comité de Seguridad y Salud Laboral
elaborará y aprobará los estatutos de su funcionamiento y organización del mismo. La aprobación
de dicho estatutos se hará por mayoría de (2/3) de sus integrantes.
En dichos estatutos no se establecerán normas que vulneren o limiten las facultades y
atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención.
OCTAVA. ORGANIZACIÓN: El Comité de Seguridad y Salud Laboral se organizará para cada
reunión designando a un director de debate y un relator.
Las funciones del director de debates, serán las siguientes:
5. Coordinar, planificar y orientar la reunión.
6. Canalizar las propuestas que hagan los miembros del Comité, para organizar la agenda de la
reunión.
7. Hacer arreglos para la logística de la reunión.
8. Presentar los invitados a la reunión, indicando el motivo de su presencia y cual representación
realiza la invitación.
Las funciones del relator, serán las siguientes:
5. Levantar al final de la reunión el acta correspondiente.
6. Elaborar conjuntamente con los miembros del Comité y enviar o entregar, el informe mensual
que debe ser presentado ante el Inpsasel.
7. Leer actas y correspondencias durante al reunión.
8. Redactar y enviar o entregar la correspondencia aprobada por los integrantes del Comité.
La designación de este director y este relator se hará de conformidad a lo establecido en el Artículo
75 de Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de
Trabajo.
NOVENA. ACTUALIZACIÓN DEL COMITÉ: El Comité de Seguridad y Salud Laboral deberá
presentar ante la Diresat correspondiente, cualquier cambio o rotación que se produzcan de sus
integrantes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a los mismos.
Firman al final en señal de conformidad:
INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Delegado (s) o Delegada (s) de Prevención:
Nombre y Apellido C.I. Firma
Representante (s) del Empleador o Empleadora:
Nombre y Apellido C.I. Firma

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Accidentes y enfermedades laborales LOPCYMAT
Accidentes y enfermedades laborales LOPCYMAT Accidentes y enfermedades laborales LOPCYMAT
Accidentes y enfermedades laborales LOPCYMAT diana pacheco
 
Preguntas y Respuestas sobre Programa Recreativo Laboral 2017
Preguntas y Respuestas sobre Programa Recreativo Laboral 2017Preguntas y Respuestas sobre Programa Recreativo Laboral 2017
Preguntas y Respuestas sobre Programa Recreativo Laboral 2017SHIASO RRII, C.A.
 
Eleccion de delegado
Eleccion de delegadoEleccion de delegado
Eleccion de delegadoArnin Ramirez
 
Análisis e interpretación de la nueva lottt
Análisis e interpretación de la nueva lotttAnálisis e interpretación de la nueva lottt
Análisis e interpretación de la nueva lotttadinavrojas
 
Pasos programas de recreacion (1)
Pasos programas de recreacion (1)Pasos programas de recreacion (1)
Pasos programas de recreacion (1)EJimenez62
 
La Convención Colectiva de Trabajo
La Convención Colectiva de TrabajoLa Convención Colectiva de Trabajo
La Convención Colectiva de Trabajojennibell vielma
 
Perfil de proyecto de grado 2013 corregido
Perfil de proyecto de grado 2013 corregidoPerfil de proyecto de grado 2013 corregido
Perfil de proyecto de grado 2013 corregidoWalter Huanacota Choque
 
Análisis De articulos de la LOPCYMAT
Análisis De articulos de la LOPCYMATAnálisis De articulos de la LOPCYMAT
Análisis De articulos de la LOPCYMATJimmy Sanchez
 
Norma técnica (nt 01-2008)
Norma técnica (nt 01-2008)Norma técnica (nt 01-2008)
Norma técnica (nt 01-2008)jefranrodriguez
 
El sindicato de venezuela segun el lottt
El sindicato de venezuela segun el lotttEl sindicato de venezuela segun el lottt
El sindicato de venezuela segun el lotttDiana Albert
 
LOPCYMAT, analisis de riesgos
LOPCYMAT, analisis de riesgosLOPCYMAT, analisis de riesgos
LOPCYMAT, analisis de riesgosdanimarvalentina
 
Plan de inspeccion cap. iii listo.
Plan de inspeccion cap. iii  listo.Plan de inspeccion cap. iii  listo.
Plan de inspeccion cap. iii listo.Hendrick Salguero
 
Presentación Programa Recreativo Laboral 2017
Presentación Programa Recreativo Laboral 2017Presentación Programa Recreativo Laboral 2017
Presentación Programa Recreativo Laboral 2017SHIASO RRII, C.A.
 

La actualidad más candente (20)

Accidentes y enfermedades laborales LOPCYMAT
Accidentes y enfermedades laborales LOPCYMAT Accidentes y enfermedades laborales LOPCYMAT
Accidentes y enfermedades laborales LOPCYMAT
 
Preguntas y Respuestas sobre Programa Recreativo Laboral 2017
Preguntas y Respuestas sobre Programa Recreativo Laboral 2017Preguntas y Respuestas sobre Programa Recreativo Laboral 2017
Preguntas y Respuestas sobre Programa Recreativo Laboral 2017
 
Lopcymat (marco legal)
Lopcymat (marco legal)Lopcymat (marco legal)
Lopcymat (marco legal)
 
Modelo de estatutos de sindicato 2014
Modelo de estatutos de sindicato 2014Modelo de estatutos de sindicato 2014
Modelo de estatutos de sindicato 2014
 
Eleccion de delegado
Eleccion de delegadoEleccion de delegado
Eleccion de delegado
 
Análisis e interpretación de la nueva lottt
Análisis e interpretación de la nueva lotttAnálisis e interpretación de la nueva lottt
Análisis e interpretación de la nueva lottt
 
Formato de Minuta 2017
Formato de Minuta 2017Formato de Minuta 2017
Formato de Minuta 2017
 
Ley 100
Ley 100Ley 100
Ley 100
 
Pasos programas de recreacion (1)
Pasos programas de recreacion (1)Pasos programas de recreacion (1)
Pasos programas de recreacion (1)
 
La Convención Colectiva de Trabajo
La Convención Colectiva de TrabajoLa Convención Colectiva de Trabajo
La Convención Colectiva de Trabajo
 
Perfil de proyecto de grado 2013 corregido
Perfil de proyecto de grado 2013 corregidoPerfil de proyecto de grado 2013 corregido
Perfil de proyecto de grado 2013 corregido
 
Análisis De articulos de la LOPCYMAT
Análisis De articulos de la LOPCYMATAnálisis De articulos de la LOPCYMAT
Análisis De articulos de la LOPCYMAT
 
RéGimen Prestacional De Vivienda Y Habitad
RéGimen Prestacional De Vivienda Y HabitadRéGimen Prestacional De Vivienda Y Habitad
RéGimen Prestacional De Vivienda Y Habitad
 
Norma técnica (nt 01-2008)
Norma técnica (nt 01-2008)Norma técnica (nt 01-2008)
Norma técnica (nt 01-2008)
 
El sindicato de venezuela segun el lottt
El sindicato de venezuela segun el lotttEl sindicato de venezuela segun el lottt
El sindicato de venezuela segun el lottt
 
Formato de acta constitutiva
Formato de acta constitutivaFormato de acta constitutiva
Formato de acta constitutiva
 
Analisis lopcymat
Analisis lopcymatAnalisis lopcymat
Analisis lopcymat
 
LOPCYMAT, analisis de riesgos
LOPCYMAT, analisis de riesgosLOPCYMAT, analisis de riesgos
LOPCYMAT, analisis de riesgos
 
Plan de inspeccion cap. iii listo.
Plan de inspeccion cap. iii  listo.Plan de inspeccion cap. iii  listo.
Plan de inspeccion cap. iii listo.
 
Presentación Programa Recreativo Laboral 2017
Presentación Programa Recreativo Laboral 2017Presentación Programa Recreativo Laboral 2017
Presentación Programa Recreativo Laboral 2017
 

Destacado

Ventilación industrial
Ventilación industrialVentilación industrial
Ventilación industrialEJimenez62
 
Factores de riesgos
Factores de riesgosFactores de riesgos
Factores de riesgosEJimenez62
 
Formulario 9 apertura de mesa
Formulario 9 apertura de mesaFormulario 9 apertura de mesa
Formulario 9 apertura de mesaEJimenez62
 
Requisitos del libro de actas
Requisitos del libro de actasRequisitos del libro de actas
Requisitos del libro de actasEJimenez62
 
Acuerdo formal decisión
Acuerdo formal decisiónAcuerdo formal decisión
Acuerdo formal decisiónEJimenez62
 
Carta designación
Carta designaciónCarta designación
Carta designaciónEJimenez62
 
Covenin 3558 2000 riesgos biológicos
Covenin 3558 2000 riesgos biológicosCovenin 3558 2000 riesgos biológicos
Covenin 3558 2000 riesgos biológicosEJimenez62
 
Formulario 10 escrutinio y totalización
Formulario 10 escrutinio y totalizaciónFormulario 10 escrutinio y totalización
Formulario 10 escrutinio y totalizaciónEJimenez62
 
Certificado registro
Certificado registroCertificado registro
Certificado registroEJimenez62
 
Condiciones termohi
Condiciones termohiCondiciones termohi
Condiciones termohiEJimenez62
 
Formulario 8 cuaderno
Formulario 8 cuadernoFormulario 8 cuaderno
Formulario 8 cuadernoEJimenez62
 
Presión en laboral
Presión en laboralPresión en laboral
Presión en laboralEJimenez62
 
Factores de riesgos ruido
Factores de riesgos ruidoFactores de riesgos ruido
Factores de riesgos ruidoEJimenez62
 
Riesgos químico
Riesgos químicoRiesgos químico
Riesgos químicoEJimenez62
 
Formulario 6 convocatoria a elecciones
Formulario 6 convocatoria a eleccionesFormulario 6 convocatoria a elecciones
Formulario 6 convocatoria a eleccionesEJimenez62
 
Formulario 3 comisión electoral
Formulario 3 comisión electoralFormulario 3 comisión electoral
Formulario 3 comisión electoralEJimenez62
 
Formulario 1 notificación
Formulario 1 notificaciónFormulario 1 notificación
Formulario 1 notificaciónEJimenez62
 
Formulario 4 listado del personal
Formulario 4 listado del personalFormulario 4 listado del personal
Formulario 4 listado del personalEJimenez62
 

Destacado (20)

Ventilación industrial
Ventilación industrialVentilación industrial
Ventilación industrial
 
Vibraciones
VibracionesVibraciones
Vibraciones
 
Factores de riesgos
Factores de riesgosFactores de riesgos
Factores de riesgos
 
Formulario 9 apertura de mesa
Formulario 9 apertura de mesaFormulario 9 apertura de mesa
Formulario 9 apertura de mesa
 
Requisitos del libro de actas
Requisitos del libro de actasRequisitos del libro de actas
Requisitos del libro de actas
 
Acuerdo formal decisión
Acuerdo formal decisiónAcuerdo formal decisión
Acuerdo formal decisión
 
Carta designación
Carta designaciónCarta designación
Carta designación
 
Covenin 3558 2000 riesgos biológicos
Covenin 3558 2000 riesgos biológicosCovenin 3558 2000 riesgos biológicos
Covenin 3558 2000 riesgos biológicos
 
Formulario 10 escrutinio y totalización
Formulario 10 escrutinio y totalizaciónFormulario 10 escrutinio y totalización
Formulario 10 escrutinio y totalización
 
Certificado registro
Certificado registroCertificado registro
Certificado registro
 
Condiciones termohi
Condiciones termohiCondiciones termohi
Condiciones termohi
 
Formulario 8 cuaderno
Formulario 8 cuadernoFormulario 8 cuaderno
Formulario 8 cuaderno
 
Formulario
FormularioFormulario
Formulario
 
Presión en laboral
Presión en laboralPresión en laboral
Presión en laboral
 
Factores de riesgos ruido
Factores de riesgos ruidoFactores de riesgos ruido
Factores de riesgos ruido
 
Riesgos químico
Riesgos químicoRiesgos químico
Riesgos químico
 
Formulario 6 convocatoria a elecciones
Formulario 6 convocatoria a eleccionesFormulario 6 convocatoria a elecciones
Formulario 6 convocatoria a elecciones
 
Formulario 3 comisión electoral
Formulario 3 comisión electoralFormulario 3 comisión electoral
Formulario 3 comisión electoral
 
Formulario 1 notificación
Formulario 1 notificaciónFormulario 1 notificación
Formulario 1 notificación
 
Formulario 4 listado del personal
Formulario 4 listado del personalFormulario 4 listado del personal
Formulario 4 listado del personal
 

Similar a Comité Seguridad Laboral

GUIA-INFORMATIVA-NOM-019-STPS-COMISION-SEGURIDAD-HIGIENE.pdf
GUIA-INFORMATIVA-NOM-019-STPS-COMISION-SEGURIDAD-HIGIENE.pdfGUIA-INFORMATIVA-NOM-019-STPS-COMISION-SEGURIDAD-HIGIENE.pdf
GUIA-INFORMATIVA-NOM-019-STPS-COMISION-SEGURIDAD-HIGIENE.pdfjosegilbertogarcia1
 
Lopcymat y un Relacionista Industrial
Lopcymat y un Relacionista IndustrialLopcymat y un Relacionista Industrial
Lopcymat y un Relacionista IndustrialCARLOS MEDINA
 
DELEGADO DE PREVENCION ATRIBUCIONES LOPC
DELEGADO DE PREVENCION ATRIBUCIONES LOPCDELEGADO DE PREVENCION ATRIBUCIONES LOPC
DELEGADO DE PREVENCION ATRIBUCIONES LOPCfelix mendoza
 
1. Roles y Responsabilidades del COPASST.pptx
1. Roles y Responsabilidades del COPASST.pptx1. Roles y Responsabilidades del COPASST.pptx
1. Roles y Responsabilidades del COPASST.pptxssuser32151d1
 
Aspectos más resaltantes de la lopcymat que debe conocer el relacionista indu...
Aspectos más resaltantes de la lopcymat que debe conocer el relacionista indu...Aspectos más resaltantes de la lopcymat que debe conocer el relacionista indu...
Aspectos más resaltantes de la lopcymat que debe conocer el relacionista indu...danuvis aldana
 
Comite de seguridad .pptx
Comite de seguridad .pptxComite de seguridad .pptx
Comite de seguridad .pptxjosebarreto82
 
Gestion-CSSL--ppt.ppt
Gestion-CSSL--ppt.pptGestion-CSSL--ppt.ppt
Gestion-CSSL--ppt.pptyanelysosa34
 
ASPECTOS MAS RESALTANTES DE LA LOPCYMAT
ASPECTOS MAS RESALTANTES DE LA LOPCYMATASPECTOS MAS RESALTANTES DE LA LOPCYMAT
ASPECTOS MAS RESALTANTES DE LA LOPCYMATbrianbravo9
 
Importancia de los aspectos legales
Importancia de los aspectos legalesImportancia de los aspectos legales
Importancia de los aspectos legalesesthemisag
 
Trabajo de comite dos
Trabajo de comite dosTrabajo de comite dos
Trabajo de comite dosflorce
 
Induccion comite
Induccion comiteInduccion comite
Induccion comiteMariSther
 

Similar a Comité Seguridad Laboral (20)

Propuesta
PropuestaPropuesta
Propuesta
 
GUIA-INFORMATIVA-NOM-019-STPS-COMISION-SEGURIDAD-HIGIENE.pdf
GUIA-INFORMATIVA-NOM-019-STPS-COMISION-SEGURIDAD-HIGIENE.pdfGUIA-INFORMATIVA-NOM-019-STPS-COMISION-SEGURIDAD-HIGIENE.pdf
GUIA-INFORMATIVA-NOM-019-STPS-COMISION-SEGURIDAD-HIGIENE.pdf
 
Lopcymat y un Relacionista Industrial
Lopcymat y un Relacionista IndustrialLopcymat y un Relacionista Industrial
Lopcymat y un Relacionista Industrial
 
Lopcymat karen
Lopcymat karenLopcymat karen
Lopcymat karen
 
Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 
Kervinbarco
KervinbarcoKervinbarco
Kervinbarco
 
DELEGADO DE PREVENCION ATRIBUCIONES LOPC
DELEGADO DE PREVENCION ATRIBUCIONES LOPCDELEGADO DE PREVENCION ATRIBUCIONES LOPC
DELEGADO DE PREVENCION ATRIBUCIONES LOPC
 
1. Roles y Responsabilidades del COPASST.pptx
1. Roles y Responsabilidades del COPASST.pptx1. Roles y Responsabilidades del COPASST.pptx
1. Roles y Responsabilidades del COPASST.pptx
 
Aspectos más resaltantes de la lopcymat que debe conocer el relacionista indu...
Aspectos más resaltantes de la lopcymat que debe conocer el relacionista indu...Aspectos más resaltantes de la lopcymat que debe conocer el relacionista indu...
Aspectos más resaltantes de la lopcymat que debe conocer el relacionista indu...
 
Lopcymat cesar tona
Lopcymat cesar tonaLopcymat cesar tona
Lopcymat cesar tona
 
Comite de seguridad .pptx
Comite de seguridad .pptxComite de seguridad .pptx
Comite de seguridad .pptx
 
Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 
Gestion-CSSL--ppt.ppt
Gestion-CSSL--ppt.pptGestion-CSSL--ppt.ppt
Gestion-CSSL--ppt.ppt
 
ASPECTOS MAS RESALTANTES DE LA LOPCYMAT
ASPECTOS MAS RESALTANTES DE LA LOPCYMATASPECTOS MAS RESALTANTES DE LA LOPCYMAT
ASPECTOS MAS RESALTANTES DE LA LOPCYMAT
 
SST060119P - S5
SST060119P - S5SST060119P - S5
SST060119P - S5
 
Importancia de los aspectos legales
Importancia de los aspectos legalesImportancia de los aspectos legales
Importancia de los aspectos legales
 
Trabajo de comite dos
Trabajo de comite dosTrabajo de comite dos
Trabajo de comite dos
 
Induccion comite
Induccion comiteInduccion comite
Induccion comite
 
957.Inst.Andino
957.Inst.Andino957.Inst.Andino
957.Inst.Andino
 
Lopcymat
LopcymatLopcymat
Lopcymat
 

Último

TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxlclcarmen
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxzulyvero07
 
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVValoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVGiustinoAdesso1
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIIsauraImbrondone
 
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptxORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptxnandoapperscabanilla
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñotapirjackluis
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Alejandrino Halire Ccahuana
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfFrancisco158360
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICAÁngel Encinas
 
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxEstrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxdkmeza
 
Programacion Anual Matemática4 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática4    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática4    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática4 MPG 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxlupitavic
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaDecaunlz
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 

Último (20)

TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptxTIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
TIPOLOGÍA TEXTUAL- EXPOSICIÓN Y ARGUMENTACIÓN.pptx
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
 
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCVValoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
Valoración Crítica de EEEM Feco2023 FFUCV
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
 
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptxORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
ORGANIZACIÓN SOCIAL INCA EN EL TAHUANTINSUYO.pptx
 
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niñoproyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
proyecto de mayo inicial 5 añitos aprender es bueno para tu niño
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
Lecciones 05 Esc. Sabática. Fe contra todo pronóstico.
 
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdfCurso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
Curso = Metodos Tecnicas y Modelos de Enseñanza.pdf
 
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICABIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
BIOMETANO SÍ, PERO NO ASÍ. LA NUEVA BURBUJA ENERGÉTICA
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptxEstrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
Estrategias de enseñanza-aprendizaje virtual.pptx
 
Programacion Anual Matemática4 MPG 2024 Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática4    MPG 2024  Ccesa007.pdfProgramacion Anual Matemática4    MPG 2024  Ccesa007.pdf
Programacion Anual Matemática4 MPG 2024 Ccesa007.pdf
 
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativa
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 

Comité Seguridad Laboral

  • 1. ACUERDO FORMAL DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL (ARTÍCULO 69 Y 73, NUMERAL 2, LITERAL “C” DEL REGLAMENTO PARCIAL DE LA LOPCYMAT) En el día de hoy, siendo las ___(1)____, del día _____(2)_______ del mes ________(3)__________ del año ___(4)____ quienes suscriben por una parte el o los Delegado(s) o Delegada(s) de Prevención:__________(5)__________________________________________, Cedula de Identidad No . ___________(6)___________________________________ y por otra parte los representantes del empleador:____________(7)_____________________________ Cedula de Identidad No . _______________________(8)_________ de la (9) Empresa Cooperativa Contratista Institución Otros: Nombre o Razón Social: ________________________(10)______________________, Rif: ________(11)________, Nil: ______(12)_________, IVSS: _______(13)________, Ubicada en ________________(14)__________________, Teléfono: _______(15)_________ Fax: ______(16)________, Correo Electrónico: _________(17)___________, cuya Actividad Económica es: _________________________(18)__________________________________, donde labora una nómina de ______________(19)_____________________ trabajadores y trabajadoras. Hemos acordado constituir por primera y única vez un Comité de Seguridad y Salud Laboral que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. DENOMINACIÓN: La denominación del Comité de Seguridad y Salud Laboral será: Comité de Seguridad y Salud Laboral de: la (20): _____________________________________ SEGUNDA. DURACIÓN: La existencia del Comité de Seguridad y Salud Laboral en la Empresa/Institución/Cooperativa/Contratista/Intermediaria/Otros, será por tiempo indefinido desde la fecha de su creación. TERCERA. ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Serán atribuciones del Comité de Seguridad y Salud Laboral, las siguientes: 1. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. A tal efecto, en su seno considerará, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la seguridad y salud en el trabajo, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de promoción, prevención y control, así como de recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y dotación, mantenimiento y Membrete de la Empresa/Institución/Cooperativa
  • 2. protección de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, y del proyecto y organización de la formación en la materia. 2. Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de los controles existentes o la corrección de las deficiencias detectadas. CUARTA. FACULTADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Serán facultades del Comité de Seguridad y Salud Laboral, las siguientes: 1. Aprobar el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. 2. Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la situación relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la promoción de la seguridad y salud, así como la ejecución de los programas de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y la existencia y condiciones de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas. 3. Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa, centro de trabajo o explotación. 4. Prestar asistencia y asesoramiento al empleador o empleadora y a los trabajadores y trabajadoras. 5. Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso. 6. Denunciar las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. 7. Conocer y analizar los daños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas. 8. Conocer y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. QUINTA. ATRIBUCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN: Serán atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención, las siguientes: 1. Constituir conjuntamente, con los representantes de los empleadores o empleadoras, el Comité de Seguridad y Salud Laboral. 2. Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y a los programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso que formulen los trabajadores y trabajadoras con el objeto de tramitarlas ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral para su solución.
  • 3. 3. Participar conjuntamente con el empleador o empleadora y sus representantes en la mejora de la acción preventiva y de promoción de seguridad y salud en el trabajo. 4. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y trabajadoras en la ejecución de la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo. 5. Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa, promoción, control y vigilancia de la seguridad y salud en el trabajo. 6. Asistir y participar en los procesos de formación, capacitación y coordinación convocados por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social o el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. 7. Recibir las comunicaciones de los trabajadores y las trabajadoras cuando ejerzan su derecho a rehusarse a trabajar, a alejarse de una condición insegura o a interrumpir una tarea o actividad de trabajo para proteger su seguridad y salud laboral, de conformidad con el numeral 5 del artículo 53 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. 8. Presentar informe mensual sobre las actividades realizadas en el ejercicio de sus atribuciones y facultades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. SEXTA. FACULTADES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN: Serán facultades de los Delegados y Delegadas de Prevención, las siguientes: 1. Acompañar a los técnicos o técnicas de la empresa, a los asesores o asesoras externos o a los funcionarios o funcionarias de inspección de los organismos oficiales, en las evaluaciones del medio ambiente de trabajo y de la infraestructura de las áreas destinadas a la recreación, descanso y turismo social, así como a los inspectores y supervisores o supervisoras del trabajo y la seguridad social, en las visitas y verificaciones que realicen para comprobar el cumplimiento de la normativa, pudiendo formular ante ellos las observaciones que estimen oportunas. 2. Tener acceso, con las limitaciones previstas en la Lopcymat, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones. Esta información podrá ser suministrada de manera que se garantice el respeto de la confidencialidad y el secreto industrial. 3. Solicitar información al empleador o empleadora sobre los daños ocurridos en la salud de los trabajadores y trabajadoras una vez que aquel hubiese tenido conocimiento de ellos, pudiendo presentarse, en cualquier oportunidad, en el lugar de los hechos, para conocer las circunstancias de los mismos. 4. Solicitar al empleador o empleadora los informes procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de seguridad y salud en el trabajo en la empresa, así como de los organismos competentes.
  • 4. 5. Realizar visitas a los lugares de trabajo y a las áreas destinadas a la recreación y descanso, para ejercer la labor de vigilancia y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los trabajadores, sin alterar el normal desarrollo del proceso productivo. 6. Demandar del empleador o de la empleadora la adopción de medidas de carácter preventivo y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al Comité de Seguridad y Salud Laboral para su discusión en el mismo. SÉPTIMA. ESTATUTOS: Para su funcionamiento, el Comité de Seguridad y Salud Laboral elaborará y aprobará los estatutos de su funcionamiento y organización del mismo. La aprobación de dicho estatutos se hará por mayoría de (2/3) de sus integrantes. En dichos estatutos no se establecerán normas que vulneren o limiten las facultades y atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención. OCTAVA. ORGANIZACIÓN: El Comité de Seguridad y Salud Laboral se organizará para cada reunión designando a un director de debate y un relator. Las funciones del director de debates, serán las siguientes: 1. Coordinar, planificar y orientar la reunión. 2. Canalizar las propuestas que hagan los miembros del Comité, para organizar la agenda de la reunión. 3. Hacer arreglos para la logística de la reunión. 4. Presentar los invitados a la reunión, indicando el motivo de su presencia y cual representación realiza la invitación. Las funciones del relator, serán las siguientes: 1. Levantar al final de la reunión el acta correspondiente. 2. Elaborar conjuntamente con los miembros del Comité y enviar o entregar, el informe mensual que debe ser presentado ante el Inpsasel. 3. Leer actas y correspondencias durante al reunión. 4. Redactar y enviar o entregar la correspondencia aprobada por los integrantes del Comité. La designación de este director y este relator se hará de conformidad a lo establecido en el Artículo 75 de Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
  • 5. NOVENA. ACTUALIZACIÓN DEL COMITÉ: El Comité de Seguridad y Salud Laboral deberá presentar ante la Diresat correspondiente, cualquier cambio o rotación que se produzcan de sus integrantes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a los mismos. Firman al final en señal de conformidad: (21) INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Delegado (s) o Delegada (s) de Prevención: Nombre y Apellido C.I. Firma Representante (s) del Empleador o Empleadora: Nombre y Apellido C.I. Firma
  • 6. INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES Edificio Luz Garden. Entre las Esquinas de Manduca a Ferrenquín. La Candelaria - Caracas, Venezuela. Web: www.inpsasel.gov.ve INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL ACUERDO FORMAL DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ El formulario puede ser llenado bien sea a mano con letra molde y tinta de un mismo color o bien utilizando una computadora o máquina de escribir sin enmiendas o tachaduras. (1). Se deben colocar los dígitos correspondientes a la hora y minutos (militar) en el cual fue realizado el acuerdo formal de constitución del comité. (2). Se debe colocar el día (en números) en el cual fue realizado el acuerdo formal de constitución del comité. (3). Se debe colocar el mes (en letras) en el cual fue realizado el acuerdo formal de constitución del comité. (4). Se debe colocar el año (en números) en el cual fue realizado el acuerdo formal de constitución del comité. (5). Se debe(n) colocar el o los Nombre(s) y Apellido(s) de los Delegado(s) o Delegada(s) de Prevención. (6). Se debe colocar el o los números de la Cédula de Identidad de los Delegado(s) o Delegada(s) de Prevención. (7). Se debe(n) colocar el o los nombre(s) y apellido(s) del o los representantes del empleador designado(s) ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral. (8). Se debe colocar el o los números de la cédula de identidad del o los representantes del empleador designado(s) ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral. (9). Se debe marcar con una “X” el tipo de organización: Empresa, Cooperativa, Contratista, Intermediaria, Institución u otros. (10). Se debe colocar el Nombre o Razón Social de la Empresa, Cooperativa, Contratista, Intermediaria, Institución u otros. (11). Se debe colocar el número correspondiente del Registro de Información Fiscal. (12). Se debe colocar el Número de Identificación Laboral. otorgado por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social. (13). Se debe colocar el número de inscripción patronal ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. (14). Se debe colocar la dirección completa y exacta del Centro de Trabajo, Obra o Frente de Trabajo correspondiente a la Empresa, Cooperativa, Contratista, Intermediaria o Institución donde se está constituyendo el Comité. (15). Teléfono: Se debe colocar el teléfono de la Empresa, Cooperativa, institución, Contratista, intermediaria u otros. (16). Fax: Se debe colocar el número de fax de la Empresa, Cooperativa, Contratista. (17). Correo Electrónico: Se debe colocar la dirección electrónica de Empresa, Cooperativa, institución, Contratista, intermediaria u otros. (18). Actividad Económica: Se debe colocar la denominación de la actividad económica que realiza la Empresa, Cooperativa, Contratista, Intermediaria, Institución u otros, de acuerdo a lo establecido en Clasificador Industrial Internacional Uniforme (CIIU), el cual lo consigue en nuestro portal Web. (19). Se debe colocar la cantidad (en número) de trabajadores y trabajadoras que laboran en la Empresa, Cooperativa, institución, Contratista, Intermediaria, Otros. (20). Se debe colocar el nombre del comité. Ejemplo Comité de Seguridad y Salud Laboral de la Cooperativa “Victoria”. (21). Se debe colocar el Nombre y Apellido de los Delegados y Delegadas de Prevención. Al igual que el de los representantes del empleador o empleadora y sus respectivos números de Cedula de Identidad.
  • 7. ACUERDO FORMAL DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL (ARTÍCULO 69 Y 73, NUMERAL 2, LITERAL “C” DEL REGLAMENTO PARCIAL DE LA LOPCYMAT) En el día de hoy, siendo las _________, del día ______________ del mes _________________ del año __________ quienes suscriben por una parte el o los Delegado(s) o Delegada(s) de Prevención:_____________________________________________________________, Cedula de Identidad No . _________________________________________________ y por otra parte los representantes del empleador:_____________________________________________ Cedula de Identidad No . _______________________________________ de la Empresa Cooperativa Contratista Institución Otros: Nombre o Razón Social: _____________________________________________________, Rif: ___________________, Nil: _______________________, IVSS: _______________________, Ubicada en _______________________________________________, Teléfono: ____________________ Fax: _________________, Correo Electrónico: _______________________, cuya Actividad Económica es: _____________________________________________________________, donde labora una nómina de _____________________________________ trabajadores y trabajadoras. Hemos acordado constituir por primera y única vez un Comité de Seguridad y Salud Laboral que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA. DENOMINACIÓN: La denominación del Comité de Seguridad y Salud Laboral será: Comité de Seguridad y Salud Laboral de: la _____________________________________ SEGUNDA. DURACIÓN: La existencia del Comité de Seguridad y Salud Laboral en la Empresa/Institución/Cooperativa/Contratista/Intermediaria/Otros, será por tiempo indefinido desde la fecha de su creación. TERCERA. ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Serán atribuciones del Comité de Seguridad y Salud Laboral, las siguientes: 3. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica y evaluación del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo. A tal efecto, en su seno considerará, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la seguridad y salud en el trabajo, los proyectos en materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnologías, organización y desarrollo de las actividades de promoción, prevención y control, así como de recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y dotación, mantenimiento y Membrete de la Empresa/Institución/Cooperativa
  • 8. protección de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, y del proyecto y organización de la formación en la materia. 4. Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para el control efectivo de las condiciones peligrosas de trabajo, proponiendo la mejora de los controles existentes o la corrección de las deficiencias detectadas. CUARTA. FACULTADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL: Serán facultades del Comité de Seguridad y Salud Laboral, las siguientes: 9. Aprobar el proyecto de Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa y la vigilancia de su cumplimiento para someterlo a la consideración del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. 10. Vigilar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y conocer directamente la situación relativa a la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales y la promoción de la seguridad y salud, así como la ejecución de los programas de la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, y la existencia y condiciones de la infraestructura de las áreas destinadas para esos fines, realizando a tal efecto las visitas que estime oportunas. 11. Supervisar los servicios de salud en el trabajo de la empresa, centro de trabajo o explotación. 12. Prestar asistencia y asesoramiento al empleador o empleadora y a los trabajadores y trabajadoras. 13. Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio de prevención, en su caso. 14. Denunciar las condiciones inseguras y el incumplimiento de los acuerdos que se logren en su seno en relación a las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. 15. Conocer y analizar los daños producidos a la salud, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas. 16. Conocer y aprobar la memoria y programación anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. QUINTA. ATRIBUCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN: Serán atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención, las siguientes: 9. Constituir conjuntamente, con los representantes de los empleadores o empleadoras, el Comité de Seguridad y Salud Laboral. 10. Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y a los programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y descanso que
  • 9. formulen los trabajadores y trabajadoras con el objeto de tramitarlas ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral para su solución. 11. Participar conjuntamente con el empleador o empleadora y sus representantes en la mejora de la acción preventiva y de promoción de seguridad y salud en el trabajo. 12. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y trabajadoras en la ejecución de la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo. 13. Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa, promoción, control y vigilancia de la seguridad y salud en el trabajo. 14. Asistir y participar en los procesos de formación, capacitación y coordinación convocados por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social o el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. 15. Recibir las comunicaciones de los trabajadores y las trabajadoras cuando ejerzan su derecho a rehusarse a trabajar, a alejarse de una condición insegura o a interrumpir una tarea o actividad de trabajo para proteger su seguridad y salud laboral, de conformidad con el numeral 5 del artículo 53 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. 16. Presentar informe mensual sobre las actividades realizadas en el ejercicio de sus atribuciones y facultades ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales. SEXTA. FACULTADES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DE PREVENCIÓN: Serán facultades de los Delegados y Delegadas de Prevención, las siguientes: 7. Acompañar a los técnicos o técnicas de la empresa, a los asesores o asesoras externos o a los funcionarios o funcionarias de inspección de los organismos oficiales, en las evaluaciones del medio ambiente de trabajo y de la infraestructura de las áreas destinadas a la recreación, descanso y turismo social, así como a los inspectores y supervisores o supervisoras del trabajo y la seguridad social, en las visitas y verificaciones que realicen para comprobar el cumplimiento de la normativa, pudiendo formular ante ellos las observaciones que estimen oportunas. 8. Tener acceso, con las limitaciones previstas en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones. Esta información podrá ser suministrada de manera que se garantice el respeto de la confidencialidad y el secreto industrial. 9. Solicitar información al empleador o empleadora sobre los daños ocurridos en la salud de los trabajadores y trabajadoras una vez que aquel hubiese tenido conocimiento de ellos,
  • 10. pudiendo presentarse, en cualquier oportunidad, en el lugar de los hechos, para conocer las circunstancias de los mismos. 10. Solicitar al empleador o empleadora los informes procedentes de las personas u órganos encargados de las actividades de seguridad y salud en el trabajo en la empresa, así como de los organismos competentes. 11. Realizar visitas a los lugares de trabajo y a las áreas destinadas a la recreación y descanso, para ejercer la labor de vigilancia y control de las condiciones y medio ambiente de trabajo, pudiendo, a tal fin, acceder a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los trabajadores, sin alterar el normal desarrollo del proceso productivo. 12. Demandar del empleador o de la empleadora la adopción de medidas de carácter preventivo y para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores y trabajadoras, pudiendo a tal fin efectuar propuestas al Comité de Seguridad y Salud Laboral para su discusión en el mismo. SÉPTIMA. ESTATUTOS: Para su funcionamiento, el Comité de Seguridad y Salud Laboral elaborará y aprobará los estatutos de su funcionamiento y organización del mismo. La aprobación de dicho estatutos se hará por mayoría de (2/3) de sus integrantes. En dichos estatutos no se establecerán normas que vulneren o limiten las facultades y atribuciones de los Delegados y Delegadas de Prevención. OCTAVA. ORGANIZACIÓN: El Comité de Seguridad y Salud Laboral se organizará para cada reunión designando a un director de debate y un relator. Las funciones del director de debates, serán las siguientes: 5. Coordinar, planificar y orientar la reunión. 6. Canalizar las propuestas que hagan los miembros del Comité, para organizar la agenda de la reunión. 7. Hacer arreglos para la logística de la reunión. 8. Presentar los invitados a la reunión, indicando el motivo de su presencia y cual representación realiza la invitación. Las funciones del relator, serán las siguientes: 5. Levantar al final de la reunión el acta correspondiente. 6. Elaborar conjuntamente con los miembros del Comité y enviar o entregar, el informe mensual que debe ser presentado ante el Inpsasel. 7. Leer actas y correspondencias durante al reunión. 8. Redactar y enviar o entregar la correspondencia aprobada por los integrantes del Comité.
  • 11. La designación de este director y este relator se hará de conformidad a lo establecido en el Artículo 75 de Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. NOVENA. ACTUALIZACIÓN DEL COMITÉ: El Comité de Seguridad y Salud Laboral deberá presentar ante la Diresat correspondiente, cualquier cambio o rotación que se produzcan de sus integrantes dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a los mismos. Firman al final en señal de conformidad: INTEGRANTES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL Delegado (s) o Delegada (s) de Prevención: Nombre y Apellido C.I. Firma Representante (s) del Empleador o Empleadora: Nombre y Apellido C.I. Firma