SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
Autorización
           de
         puesta
           en
      circulación
           de
    Deuda Pública
       Andaluza
         hasta
1.276.311.410.97 euros



   INVIERTA
      EN
  ANDALUCÍA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 15/03/2013
                                                1. Disposiciones generales
                                     Consejería de Hacienda y Administración Pública
                                       Decreto 32/2013, de 26 de febrero, por el que

   Se autoriza la puesta en circulación de emisiones de

    de la Junta de Andalucía, o la concertación de otras
              operaciones de endeudamiento,
             cualquiera que sea la forma en la que se documenten, tanto en el interior como en el exterior,

                   por un importe máximo equivalente a
                   mil doscientos setenta y seis millones
                            trescientos once mil
                          cuatrocientos diez euros
                        con noventa y siete céntimos.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para
obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas
tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica
de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o
utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00023522.
La Ley 18/2011, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2012,
establece en su artículo 35.a), la posibilidad de emitir Deuda Pública amortizable, o concertar operaciones de crédito,
cualquiera que sea la forma en la que se documenten, tanto en operaciones en el interior como en el exterior,
incrementando la deuda de la Comunidad Autónoma con la limitación de que su saldo vivo a 31 de diciembre de 2012
no supere el correspondiente saldo a 1 de enero de 2012 en más de tres mil doscientos treinta y tres millones
quinientos cincuenta y un mil quinientos cuarenta euros (3.233.551.540 €), salvo el incremento de deuda que se
realice con cargo a las autorizaciones de endeudamiento conferidas por las Leyes del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía de ejercicios anteriores.
Asimismo, dicho artículo establece que dicho límite quedará automáticamente revisado, entre otras circunstancias, por
el importe de la variación neta de activos financieros del ejercicio.
La emisión o, en su caso, la formalización de las operaciones de crédito previstas en el citado apartado a) del artículo
35 podrá realizarse íntegra o fraccionadamente en los ejercicios de 2012 y siguientes.
Al amparo de la citada autorización presupuestaria, y teniendo en cuenta el límite de deuda incluido en el Programa
Anual de Endeudamiento (PAE) acordado entre la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2012, el presente decreto contempla la realización de emisiones de deuda
pública y la concertación de operaciones de endeudamiento por un importe de 1.276.311.410,97 euros, requerido para
completar la financiación prevista en el mencionado PAE.
Con objeto de dotar de la mayor flexibilidad posible al proceso de toma de decisiones en materia de endeudamiento,
resulta necesario dejar la determinación de la modalidad de la deuda que contempla el presente decreto, así como la
fijación de sus condiciones financieras, al momento en que la coyuntura de los mercados financieros permita su
concreción.
Por todo ello, en virtud de la autorización presupuestaria, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración
Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de febrero de 2013,




                                       Artículo 1. Operaciones de endeudamiento.
                    Se acuerda la realización por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de

                         Emisiones de Deuda Pública,
                             o la concertación de
                     otras operaciones de endeudamiento
, cualquiera que sea la forma en la que se documenten, tanto en el interior como en el exterior, por un importe máximo
 equivalente a mil doscientos setenta y seis millones trescientos once mil cuatrocientos diez euros con noventa y siete
                                                        céntimos
en uso de la autorización concedida al Consejo de Gobierno en el artículo 35.a) de la Ley 18/2011, de 23 de diciembre,
                     del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2012.

                                ,                       Asimismo

    se autorizan los expedientes de gasto derivados de
                     estas operaciones,
                        de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24.5 de la citada Ley 18/2011.
                           Artículo 2. Características de las operaciones de endeudamiento.
               Las operaciones de endeudamiento que autoriza el presente decreto tendrán las siguientes

                        características:
1. Importe: hasta un máximo equivalente a
1.276.311.410,97 euros.
2. Moneda: euro o cualquier otra divisa.
3. Tipo de interés: fijo o variable.
4. Plazo: hasta un máximo de 30 años.
5. Modalidades de endeudamiento: en función de las condiciones que en cada momento presenten los
mercados financieros, las operaciones se podrán realizar:

     •     Mediante la ampliación del Programa de Emisión
           de Bonos y Obligaciones de Junta de Andalucía,
           utilizándose los procedimientos previstos en la normativa reguladora del propio Programa. -
A través

     •     de emisiones de Deuda Pública que supongan la puesta en circulación de
           valores de rendimiento explícito o implícito, en euros o en cualquier otra divisa, y realizadas bajo cualquier
           formato y estructura, incluyendo, sin carácter limitativo, las que se realicen al amparo del Programa EMTN
           (Euro Medium Term Notes) establecido conforme al Decreto 79/2009, de 14 de abril, y actualizado conforme
           al Decreto 335/2010, de 20 de julio, y la posibilidad de emitir a tipo flotante ligado a cualquier índice o
           indicador, incluida inflación, con o sin opciones implícitas de cualquier tipo. -

     •     Por medio de los mecanismos de apoyo a la
           liquidez de las Comunidades Autónomas, previstos en el Real
           Decreto-Ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones Públicas y en el ámbito
           financiero. -

     •     Mediante cualquier otra tipología de operación de
           préstamo o crédito. -
                                                   Artículo 3. Finalidad.

                                              Los recursos
                    derivados de las operaciones de endeudamiento, autorizadas por este Decreto,

                                         se destinarán a la



                                                Artículo 4. Beneficios.
De conformidad con el artículo 187 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y el apartado 5 del artículo 14 de la Ley
             Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas,
la Deuda Pública cuya emisión se autoriza en el
       presente decreto tendrá los mismos beneficios y
         condiciones que la Deuda Pública del Estado.
                                Artículo 5. Autorización previa del Consejo de Ministros.

                               No podrán llevarse a cabo
    as emisiones de Deuda Pública o la concertación de las operaciones de endeudamiento contempladas por este
                                                     decreto,

               sin la previa obtención de la autorización
                                   del
                          Consejo de Ministros
    en aquellos casos en que sea preceptiva de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica
                   8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Disposición adicional primera. Autorización para la ejecución.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, de conformidad con las
condiciones y características establecidas en el presente Decreto y en la restante normativa que le sea de aplicación, a
determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las emisiones de deuda aprobadas en el presente
Decreto, así como para concretar sus condiciones financieras.
Disposición adicional segunda. Emisiones destinadas a inversores minoristas.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública a realizar las emisiones de deuda
aprobadas en el presente Decreto con destino a inversores minoristas.
Disposición final primera. Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para la firma de los contratos y
demás documentos anexos y complementarios que sean precisos para llevar a cabo las operaciones de
endeudamiento que contempla el presente decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.

 El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al
                de su publicación en el
        Boletín Oficial de la Junta de Andalucía




                                             evilla, 26 de febrero de 2013
                                                     Descargar PDF




                Carmen Martínez Aguayo                            José Antonio Griñán Martínez

                Consejera de Hacienda y Administración
                                                                  Presidente de la Junta de Andalucía
                Pública
la Deuda Pública cuya emisión se autoriza en el
       presente decreto tendrá los mismos beneficios y
         condiciones que la Deuda Pública del Estado.
                                Artículo 5. Autorización previa del Consejo de Ministros.

                               No podrán llevarse a cabo
    as emisiones de Deuda Pública o la concertación de las operaciones de endeudamiento contempladas por este
                                                     decreto,

               sin la previa obtención de la autorización
                                   del
                          Consejo de Ministros
    en aquellos casos en que sea preceptiva de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica
                   8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Disposición adicional primera. Autorización para la ejecución.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, de conformidad con las
condiciones y características establecidas en el presente Decreto y en la restante normativa que le sea de aplicación, a
determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las emisiones de deuda aprobadas en el presente
Decreto, así como para concretar sus condiciones financieras.
Disposición adicional segunda. Emisiones destinadas a inversores minoristas.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública a realizar las emisiones de deuda
aprobadas en el presente Decreto con destino a inversores minoristas.
Disposición final primera. Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para la firma de los contratos y
demás documentos anexos y complementarios que sean precisos para llevar a cabo las operaciones de
endeudamiento que contempla el presente decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.

 El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al
                de su publicación en el
        Boletín Oficial de la Junta de Andalucía




                                             evilla, 26 de febrero de 2013
                                                     Descargar PDF




                Carmen Martínez Aguayo                            José Antonio Griñán Martínez

                Consejera de Hacienda y Administración
                                                                  Presidente de la Junta de Andalucía
                Pública
la Deuda Pública cuya emisión se autoriza en el
       presente decreto tendrá los mismos beneficios y
         condiciones que la Deuda Pública del Estado.
                                Artículo 5. Autorización previa del Consejo de Ministros.

                               No podrán llevarse a cabo
    as emisiones de Deuda Pública o la concertación de las operaciones de endeudamiento contempladas por este
                                                     decreto,

               sin la previa obtención de la autorización
                                   del
                          Consejo de Ministros
    en aquellos casos en que sea preceptiva de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica
                   8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

Disposición adicional primera. Autorización para la ejecución.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, de conformidad con las
condiciones y características establecidas en el presente Decreto y en la restante normativa que le sea de aplicación, a
determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las emisiones de deuda aprobadas en el presente
Decreto, así como para concretar sus condiciones financieras.
Disposición adicional segunda. Emisiones destinadas a inversores minoristas.
Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública a realizar las emisiones de deuda
aprobadas en el presente Decreto con destino a inversores minoristas.
Disposición final primera. Habilitación.
Se autoriza a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para la firma de los contratos y
demás documentos anexos y complementarios que sean precisos para llevar a cabo las operaciones de
endeudamiento que contempla el presente decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.

 El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al
                de su publicación en el
        Boletín Oficial de la Junta de Andalucía




                                             evilla, 26 de febrero de 2013
                                                     Descargar PDF




                Carmen Martínez Aguayo                            José Antonio Griñán Martínez

                Consejera de Hacienda y Administración
                                                                  Presidente de la Junta de Andalucía
                Pública

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Sesion13
Sesion13Sesion13
Sesion13cefic
 
"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio Clavijo
"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio Clavijo"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio Clavijo
"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio ClavijoSHARE Networking
 
Código monetario
Código monetarioCódigo monetario
Código monetarioJulym1887
 
Codigo monetario financiero
Codigo monetario financieroCodigo monetario financiero
Codigo monetario financieroJenny1980lema
 
Código monetario financiero
Código monetario financieroCódigo monetario financiero
Código monetario financieroJavier
 
Sistema tesoreria
Sistema tesoreriaSistema tesoreria
Sistema tesoreriacefic
 
2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...
2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...
2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...Yader Membreño
 
Ley N° 8.879 Bonos de Cancelación de Deudas (BOCADE)
Ley N° 8.879 Bonos de Cancelación de Deudas (BOCADE)Ley N° 8.879 Bonos de Cancelación de Deudas (BOCADE)
Ley N° 8.879 Bonos de Cancelación de Deudas (BOCADE)Eduardo Nelson German
 
Código orgánico monetario y financiero ecuador
Código orgánico monetario y financiero ecuadorCódigo orgánico monetario y financiero ecuador
Código orgánico monetario y financiero ecuadorYayita Carrera Arroba
 
Codigo organico monetario_financiero_sept_14
Codigo organico monetario_financiero_sept_14Codigo organico monetario_financiero_sept_14
Codigo organico monetario_financiero_sept_14María Alexandra Andrade
 
Asamblea General Ordinaria 57 EMDERSA
Asamblea General Ordinaria 57 EMDERSAAsamblea General Ordinaria 57 EMDERSA
Asamblea General Ordinaria 57 EMDERSAEduardo Nelson German
 
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Junta de Política y Regulación Monetaria y FinancieraJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Junta de Política y Regulación Monetaria y FinancieraEla Zambrano
 

La actualidad más candente (20)

Sesion13
Sesion13Sesion13
Sesion13
 
"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio Clavijo
"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio Clavijo"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio Clavijo
"Nuevo Código monetario de Ecuador" por Julio Clavijo
 
Código monetario
Código monetarioCódigo monetario
Código monetario
 
Enlace Ciudadano Nro 355 tema: codigo monetario correcciones ministro
Enlace Ciudadano Nro 355 tema: codigo monetario correcciones ministroEnlace Ciudadano Nro 355 tema: codigo monetario correcciones ministro
Enlace Ciudadano Nro 355 tema: codigo monetario correcciones ministro
 
Proyecto de código orgánico monetario y financiero
Proyecto de código orgánico monetario y financieroProyecto de código orgánico monetario y financiero
Proyecto de código orgánico monetario y financiero
 
Codigo monetario final
Codigo monetario finalCodigo monetario final
Codigo monetario final
 
Codigo monetario financiero
Codigo monetario financieroCodigo monetario financiero
Codigo monetario financiero
 
Código monetario financiero
Código monetario financieroCódigo monetario financiero
Código monetario financiero
 
Sistema tesoreria
Sistema tesoreriaSistema tesoreria
Sistema tesoreria
 
Ley Servicios Financieros (Santa Cruz)
Ley Servicios Financieros (Santa Cruz)Ley Servicios Financieros (Santa Cruz)
Ley Servicios Financieros (Santa Cruz)
 
2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...
2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...
2013 01-15- decreto ejecutivo no. 01-2013, reglamento de la ley no. 822, ley ...
 
Ley N° 8.879 Bonos de Cancelación de Deudas (BOCADE)
Ley N° 8.879 Bonos de Cancelación de Deudas (BOCADE)Ley N° 8.879 Bonos de Cancelación de Deudas (BOCADE)
Ley N° 8.879 Bonos de Cancelación de Deudas (BOCADE)
 
Mod 12 pre_1
Mod 12 pre_1Mod 12 pre_1
Mod 12 pre_1
 
Código orgánico monetario y financiero ecuador
Código orgánico monetario y financiero ecuadorCódigo orgánico monetario y financiero ecuador
Código orgánico monetario y financiero ecuador
 
Dispociones legales
Dispociones legalesDispociones legales
Dispociones legales
 
Decreto de Urgencia 106-2009
Decreto de Urgencia 106-2009Decreto de Urgencia 106-2009
Decreto de Urgencia 106-2009
 
1 directiva 001 2007-ef-7715
1 directiva 001 2007-ef-77151 directiva 001 2007-ef-7715
1 directiva 001 2007-ef-7715
 
Codigo organico monetario_financiero_sept_14
Codigo organico monetario_financiero_sept_14Codigo organico monetario_financiero_sept_14
Codigo organico monetario_financiero_sept_14
 
Asamblea General Ordinaria 57 EMDERSA
Asamblea General Ordinaria 57 EMDERSAAsamblea General Ordinaria 57 EMDERSA
Asamblea General Ordinaria 57 EMDERSA
 
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Junta de Política y Regulación Monetaria y FinancieraJunta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
 

Destacado

Kiezen of Delen Goeree Overflakkee, samenvatting
Kiezen of Delen Goeree Overflakkee, samenvattingKiezen of Delen Goeree Overflakkee, samenvatting
Kiezen of Delen Goeree Overflakkee, samenvattingWillem van der Velden
 
Yo conocí y saludé al nuevo papa argentino
Yo conocí y saludé al nuevo papa argentinoYo conocí y saludé al nuevo papa argentino
Yo conocí y saludé al nuevo papa argentinoMiguel Sanz
 
Препараты энергетического действия
Препараты энергетического действияПрепараты энергетического действия
Препараты энергетического действияAnastasia Kabachkova
 
ブレインライティング 音楽テーマアイディア
ブレインライティング 音楽テーマアイディアブレインライティング 音楽テーマアイディア
ブレインライティング 音楽テーマアイディアasagaku_ksg
 
Potencias, maquinas simples y su eficiencia
Potencias, maquinas simples y su eficienciaPotencias, maquinas simples y su eficiencia
Potencias, maquinas simples y su eficienciaIvan Valenzuela
 
Están funcionando los juicios orales en México
Están funcionando los juicios orales en MéxicoEstán funcionando los juicios orales en México
Están funcionando los juicios orales en MéxicoLiliJrzLemini
 

Destacado (9)

Kiezen of Delen Goeree Overflakkee, samenvatting
Kiezen of Delen Goeree Overflakkee, samenvattingKiezen of Delen Goeree Overflakkee, samenvatting
Kiezen of Delen Goeree Overflakkee, samenvatting
 
Yo conocí y saludé al nuevo papa argentino
Yo conocí y saludé al nuevo papa argentinoYo conocí y saludé al nuevo papa argentino
Yo conocí y saludé al nuevo papa argentino
 
Препараты энергетического действия
Препараты энергетического действияПрепараты энергетического действия
Препараты энергетического действия
 
onet3
onet3onet3
onet3
 
ブレインライティング 音楽テーマアイディア
ブレインライティング 音楽テーマアイディアブレインライティング 音楽テーマアイディア
ブレインライティング 音楽テーマアイディア
 
Potencias, maquinas simples y su eficiencia
Potencias, maquinas simples y su eficienciaPotencias, maquinas simples y su eficiencia
Potencias, maquinas simples y su eficiencia
 
Están funcionando los juicios orales en México
Están funcionando los juicios orales en MéxicoEstán funcionando los juicios orales en México
Están funcionando los juicios orales en México
 
Prototipos textuales
Prototipos textualesPrototipos textuales
Prototipos textuales
 
TRABAJO FINAL GBI
TRABAJO FINAL GBITRABAJO FINAL GBI
TRABAJO FINAL GBI
 

Similar a Autorización emisión deuda pública andaluza

Decreto 250/2020: autoriza renegociar deuda
Decreto 250/2020: autoriza renegociar deudaDecreto 250/2020: autoriza renegociar deuda
Decreto 250/2020: autoriza renegociar deudaMara Resio
 
Convenio Gobierno Vasco - Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Convenio Gobierno Vasco - Ayuntamiento de Vitoria-GasteizConvenio Gobierno Vasco - Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Convenio Gobierno Vasco - Ayuntamiento de Vitoria-GasteizIrekia - EJGV
 
Proyecto Presupuesto General 2023
Proyecto Presupuesto General 2023Proyecto Presupuesto General 2023
Proyecto Presupuesto General 2023Tu Nota
 
Subvenciones Fondo Social Europeo
Subvenciones Fondo Social EuropeoSubvenciones Fondo Social Europeo
Subvenciones Fondo Social EuropeoAranda Emprende
 
02 Proyecto Ley 1544 Anual Endeudamiento 2008
02 Proyecto Ley 1544 Anual Endeudamiento 200802 Proyecto Ley 1544 Anual Endeudamiento 2008
02 Proyecto Ley 1544 Anual Endeudamiento 2008guest9e7abc
 
Decreto del gobieno vasco de recortes
Decreto del gobieno vasco de recortesDecreto del gobieno vasco de recortes
Decreto del gobieno vasco de recortesirakasle jubilatuak
 
Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de...
Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de...Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de...
Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de...Ángel Luis Ortega Fernández
 
Proyecto de ley endeudamiento 2015
Proyecto de ley   endeudamiento 2015Proyecto de ley   endeudamiento 2015
Proyecto de ley endeudamiento 2015Barby Del Pópolo
 
Convenio 08 2003 Introduccion
Convenio 08 2003 IntroduccionConvenio 08 2003 Introduccion
Convenio 08 2003 Introduccionfoxx
 
Resolución conjunta 5/2012 y 8/2012 Dispónese una operación de financiamiento
Resolución conjunta 5/2012 y 8/2012  Dispónese una operación de financiamientoResolución conjunta 5/2012 y 8/2012  Dispónese una operación de financiamiento
Resolución conjunta 5/2012 y 8/2012 Dispónese una operación de financiamientoForo Blog
 
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...Massey Abogados (Oscar Massey)
 
Gaceta No. 289 de 2021 (2).pdf
Gaceta No. 289 de 2021 (2).pdfGaceta No. 289 de 2021 (2).pdf
Gaceta No. 289 de 2021 (2).pdfTatianaBayona3
 
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...Monica Garcia Armas
 
RD 1797-2010
RD 1797-2010RD 1797-2010
RD 1797-2010MARC ROCA
 
Reglamento fraccionamiento deuda tributaria
Reglamento fraccionamiento deuda tributariaReglamento fraccionamiento deuda tributaria
Reglamento fraccionamiento deuda tributariajorge reyes
 
Normativa sobre los Hispabonos
Normativa sobre los HispabonosNormativa sobre los Hispabonos
Normativa sobre los HispabonosManfredNolte
 

Similar a Autorización emisión deuda pública andaluza (20)

Deuda Pública andaluza
Deuda Pública andaluzaDeuda Pública andaluza
Deuda Pública andaluza
 
Decreto 250/2020: autoriza renegociar deuda
Decreto 250/2020: autoriza renegociar deudaDecreto 250/2020: autoriza renegociar deuda
Decreto 250/2020: autoriza renegociar deuda
 
Convenio Gobierno Vasco - Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Convenio Gobierno Vasco - Ayuntamiento de Vitoria-GasteizConvenio Gobierno Vasco - Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
Convenio Gobierno Vasco - Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
 
Bocyl d-31122014-20
Bocyl d-31122014-20Bocyl d-31122014-20
Bocyl d-31122014-20
 
Proyecto Presupuesto General 2023
Proyecto Presupuesto General 2023Proyecto Presupuesto General 2023
Proyecto Presupuesto General 2023
 
Subvenciones Fondo Social Europeo
Subvenciones Fondo Social EuropeoSubvenciones Fondo Social Europeo
Subvenciones Fondo Social Europeo
 
02 Proyecto Ley 1544 Anual Endeudamiento 2008
02 Proyecto Ley 1544 Anual Endeudamiento 200802 Proyecto Ley 1544 Anual Endeudamiento 2008
02 Proyecto Ley 1544 Anual Endeudamiento 2008
 
Decreto del gobieno vasco de recortes
Decreto del gobieno vasco de recortesDecreto del gobieno vasco de recortes
Decreto del gobieno vasco de recortes
 
Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de...
Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de...Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de...
Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de...
 
Proyecto de ley endeudamiento 2015
Proyecto de ley   endeudamiento 2015Proyecto de ley   endeudamiento 2015
Proyecto de ley endeudamiento 2015
 
Convenio 08 2003 Introduccion
Convenio 08 2003 IntroduccionConvenio 08 2003 Introduccion
Convenio 08 2003 Introduccion
 
Resolución conjunta 5/2012 y 8/2012 Dispónese una operación de financiamiento
Resolución conjunta 5/2012 y 8/2012  Dispónese una operación de financiamientoResolución conjunta 5/2012 y 8/2012  Dispónese una operación de financiamiento
Resolución conjunta 5/2012 y 8/2012 Dispónese una operación de financiamiento
 
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
D. l.-1342-que-promueve-la-transparencia-y-el-derecho-de-acceso-de-la-ciudada...
 
Gaceta No. 289 de 2021 (2).pdf
Gaceta No. 289 de 2021 (2).pdfGaceta No. 289 de 2021 (2).pdf
Gaceta No. 289 de 2021 (2).pdf
 
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
Decreto+legislativo+n°+1342 sobre las salas penales nacionales y la publicida...
 
RD 1797-2010
RD 1797-2010RD 1797-2010
RD 1797-2010
 
Proyectodeacuerdo02 de2015bienes
Proyectodeacuerdo02 de2015bienesProyectodeacuerdo02 de2015bienes
Proyectodeacuerdo02 de2015bienes
 
Reglamento fraccionamiento deuda tributaria
Reglamento fraccionamiento deuda tributariaReglamento fraccionamiento deuda tributaria
Reglamento fraccionamiento deuda tributaria
 
Normativa sobre los Hispabonos
Normativa sobre los HispabonosNormativa sobre los Hispabonos
Normativa sobre los Hispabonos
 
Orden
OrdenOrden
Orden
 

Más de José Luis De Andrés Huelves

Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...José Luis De Andrés Huelves
 
Impugnación de la Resolución catalana sobre el Inicio del proceso político se...
Impugnación de la Resolución catalana sobre el Inicio del proceso político se...Impugnación de la Resolución catalana sobre el Inicio del proceso político se...
Impugnación de la Resolución catalana sobre el Inicio del proceso político se...José Luis De Andrés Huelves
 
Diligencias previas prodec. abreviado 275708 pieza separada dp 275.08 época ...
Diligencias previas prodec. abreviado 275708 pieza separada dp 275.08 época  ...Diligencias previas prodec. abreviado 275708 pieza separada dp 275.08 época  ...
Diligencias previas prodec. abreviado 275708 pieza separada dp 275.08 época ...José Luis De Andrés Huelves
 
UPyD, Izquierda Unida, Partido Socialista y Partido Popular en octubre de 2014
UPyD, Izquierda Unida, Partido Socialista y Partido Popular en octubre de 2014UPyD, Izquierda Unida, Partido Socialista y Partido Popular en octubre de 2014
UPyD, Izquierda Unida, Partido Socialista y Partido Popular en octubre de 2014José Luis De Andrés Huelves
 
Sistemas electorales. legislación, propuesta ilp y reparto biproporcional 1...
Sistemas electorales. legislación, propuesta ilp y reparto biproporcional   1...Sistemas electorales. legislación, propuesta ilp y reparto biproporcional   1...
Sistemas electorales. legislación, propuesta ilp y reparto biproporcional 1...José Luis De Andrés Huelves
 
Presentación sistemas electorales segunda parte - reparto biproporcional
Presentación sistemas electorales   segunda parte - reparto biproporcionalPresentación sistemas electorales   segunda parte - reparto biproporcional
Presentación sistemas electorales segunda parte - reparto biproporcionalJosé Luis De Andrés Huelves
 
Tanques para productos petrolíferos en Los Barrios. Cádiz
Tanques para productos petrolíferos en Los Barrios. CádizTanques para productos petrolíferos en Los Barrios. Cádiz
Tanques para productos petrolíferos en Los Barrios. CádizJosé Luis De Andrés Huelves
 
Información a suministrar por las corporaciones locales relativa al esfuerzo...
Información a suministrar por  las corporaciones locales relativa al esfuerzo...Información a suministrar por  las corporaciones locales relativa al esfuerzo...
Información a suministrar por las corporaciones locales relativa al esfuerzo...José Luis De Andrés Huelves
 
U py d mejorará sus resultados en las elecciones vascas del 21 o y gorka mane...
U py d mejorará sus resultados en las elecciones vascas del 21 o y gorka mane...U py d mejorará sus resultados en las elecciones vascas del 21 o y gorka mane...
U py d mejorará sus resultados en las elecciones vascas del 21 o y gorka mane...José Luis De Andrés Huelves
 

Más de José Luis De Andrés Huelves (20)

RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN.pdf
RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN.pdfRECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN.pdf
RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN.pdf
 
Muchos corrales y pocas gallinas
Muchos corrales y pocas gallinasMuchos corrales y pocas gallinas
Muchos corrales y pocas gallinas
 
Creación de la Comarca Sierra Norte de Madrid
Creación de la Comarca Sierra Norte de MadridCreación de la Comarca Sierra Norte de Madrid
Creación de la Comarca Sierra Norte de Madrid
 
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
Cuenta general correspondiente al año 2020 de la mancomunidad de servicios de...
 
Impugnación de la Resolución catalana sobre el Inicio del proceso político se...
Impugnación de la Resolución catalana sobre el Inicio del proceso político se...Impugnación de la Resolución catalana sobre el Inicio del proceso político se...
Impugnación de la Resolución catalana sobre el Inicio del proceso político se...
 
Diligencias previas prodec. abreviado 275708 pieza separada dp 275.08 época ...
Diligencias previas prodec. abreviado 275708 pieza separada dp 275.08 época  ...Diligencias previas prodec. abreviado 275708 pieza separada dp 275.08 época  ...
Diligencias previas prodec. abreviado 275708 pieza separada dp 275.08 época ...
 
Listas elecciones europeas 25 de mayo de 2014
Listas elecciones europeas 25 de mayo de 2014Listas elecciones europeas 25 de mayo de 2014
Listas elecciones europeas 25 de mayo de 2014
 
Plan de formación articulado
Plan de formación articuladoPlan de formación articulado
Plan de formación articulado
 
Guía - plan de formación
Guía -  plan de formaciónGuía -  plan de formación
Guía - plan de formación
 
UPyD, Izquierda Unida, Partido Socialista y Partido Popular en octubre de 2014
UPyD, Izquierda Unida, Partido Socialista y Partido Popular en octubre de 2014UPyD, Izquierda Unida, Partido Socialista y Partido Popular en octubre de 2014
UPyD, Izquierda Unida, Partido Socialista y Partido Popular en octubre de 2014
 
Nota de prensa bonificación IBI Estepona 29.7.2013
Nota de prensa bonificación IBI Estepona   29.7.2013Nota de prensa bonificación IBI Estepona   29.7.2013
Nota de prensa bonificación IBI Estepona 29.7.2013
 
Sistemas electorales. legislación, propuesta ilp y reparto biproporcional 1...
Sistemas electorales. legislación, propuesta ilp y reparto biproporcional   1...Sistemas electorales. legislación, propuesta ilp y reparto biproporcional   1...
Sistemas electorales. legislación, propuesta ilp y reparto biproporcional 1...
 
Presentación sistemas electorales segunda parte - reparto biproporcional
Presentación sistemas electorales   segunda parte - reparto biproporcionalPresentación sistemas electorales   segunda parte - reparto biproporcional
Presentación sistemas electorales segunda parte - reparto biproporcional
 
Reparto de escaños por circunscripciones
Reparto de escaños por circunscripcionesReparto de escaños por circunscripciones
Reparto de escaños por circunscripciones
 
Listas electorales cerradas desbloqueadas
Listas electorales cerradas desbloqueadasListas electorales cerradas desbloqueadas
Listas electorales cerradas desbloqueadas
 
Tanques para productos petrolíferos en Los Barrios. Cádiz
Tanques para productos petrolíferos en Los Barrios. CádizTanques para productos petrolíferos en Los Barrios. Cádiz
Tanques para productos petrolíferos en Los Barrios. Cádiz
 
Libre designación boe 1 de marzo de 2013
Libre designación boe 1 de marzo de 2013Libre designación boe 1 de marzo de 2013
Libre designación boe 1 de marzo de 2013
 
Presupuestos boja 11 de marzo de 2013
Presupuestos boja 11 de marzo de 2013Presupuestos boja 11 de marzo de 2013
Presupuestos boja 11 de marzo de 2013
 
Información a suministrar por las corporaciones locales relativa al esfuerzo...
Información a suministrar por  las corporaciones locales relativa al esfuerzo...Información a suministrar por  las corporaciones locales relativa al esfuerzo...
Información a suministrar por las corporaciones locales relativa al esfuerzo...
 
U py d mejorará sus resultados en las elecciones vascas del 21 o y gorka mane...
U py d mejorará sus resultados en las elecciones vascas del 21 o y gorka mane...U py d mejorará sus resultados en las elecciones vascas del 21 o y gorka mane...
U py d mejorará sus resultados en las elecciones vascas del 21 o y gorka mane...
 

Último

Sección 13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
Sección  13 Inventarios, NIIF PARA PYMESSección  13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
Sección 13 Inventarios, NIIF PARA PYMESssuser10db01
 
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicasContratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicasssuser17dd85
 
GENERALIDADES DE LAS FINANZAS Y CLASIFICACIÓN .pdf
GENERALIDADES DE LAS FINANZAS Y CLASIFICACIÓN .pdfGENERALIDADES DE LAS FINANZAS Y CLASIFICACIÓN .pdf
GENERALIDADES DE LAS FINANZAS Y CLASIFICACIÓN .pdfJordanaMaza
 
De_la_tercera_a_la_ocñtava_semana_el_desarrollo_embrionario.pptx
De_la_tercera_a_la_ocñtava_semana_el_desarrollo_embrionario.pptxDe_la_tercera_a_la_ocñtava_semana_el_desarrollo_embrionario.pptx
De_la_tercera_a_la_ocñtava_semana_el_desarrollo_embrionario.pptxAndreaSoto281274
 
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdfQUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdflupismdo
 
Mercado de factores productivos - Unidad 9
Mercado de factores productivos - Unidad 9Mercado de factores productivos - Unidad 9
Mercado de factores productivos - Unidad 9NahuelEmilianoPeralt
 
PPT EJECUCION INGRESOS Y GASTOS 20102022.pdf
PPT EJECUCION INGRESOS  Y  GASTOS 20102022.pdfPPT EJECUCION INGRESOS  Y  GASTOS 20102022.pdf
PPT EJECUCION INGRESOS Y GASTOS 20102022.pdfGustavoDonayre
 
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De CostosEl Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costosocantotete
 
MANUAL PARA OBTENER MI PENSIÓN O RETIRAR MIS RECURSOS.pdf
MANUAL PARA OBTENER MI PENSIÓN O RETIRAR MIS RECURSOS.pdfMANUAL PARA OBTENER MI PENSIÓN O RETIRAR MIS RECURSOS.pdf
MANUAL PARA OBTENER MI PENSIÓN O RETIRAR MIS RECURSOS.pdflupismdo
 
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdfEL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdfssuser2887fd1
 
Presentación TG.pptx colegio Manuel José Arce
Presentación TG.pptx colegio Manuel José ArcePresentación TG.pptx colegio Manuel José Arce
Presentación TG.pptx colegio Manuel José ArceCristianSantos156342
 
Presentación de Proyectos de Inversión.ppt
Presentación de Proyectos de Inversión.pptPresentación de Proyectos de Inversión.ppt
Presentación de Proyectos de Inversión.pptrochamercadoma
 
Estructura y elaboración de un presupuesto financiero
Estructura y elaboración de un presupuesto financieroEstructura y elaboración de un presupuesto financiero
Estructura y elaboración de un presupuesto financieroMARTINMARTINEZ30236
 
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptxTrabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptxguadalupevjara
 
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdfSituación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdfCondor Tuyuyo
 
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptxHUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptxGerardoOroc
 
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptxCopia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptxSarita Anicama
 
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdfPrincipios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdfauxcompras5
 
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptxPRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptxmanuelrojash
 
Trabajo tres_23 de abrilkckckckkckkccckc
Trabajo tres_23 de abrilkckckckkckkccckcTrabajo tres_23 de abrilkckckckkckkccckc
Trabajo tres_23 de abrilkckckckkckkccckclauravacca3
 

Último (20)

Sección 13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
Sección  13 Inventarios, NIIF PARA PYMESSección  13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
Sección 13 Inventarios, NIIF PARA PYMES
 
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicasContratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
Contratos bancarios en Colombia y sus carcteristicas
 
GENERALIDADES DE LAS FINANZAS Y CLASIFICACIÓN .pdf
GENERALIDADES DE LAS FINANZAS Y CLASIFICACIÓN .pdfGENERALIDADES DE LAS FINANZAS Y CLASIFICACIÓN .pdf
GENERALIDADES DE LAS FINANZAS Y CLASIFICACIÓN .pdf
 
De_la_tercera_a_la_ocñtava_semana_el_desarrollo_embrionario.pptx
De_la_tercera_a_la_ocñtava_semana_el_desarrollo_embrionario.pptxDe_la_tercera_a_la_ocñtava_semana_el_desarrollo_embrionario.pptx
De_la_tercera_a_la_ocñtava_semana_el_desarrollo_embrionario.pptx
 
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdfQUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
QUE REQUISITOS DEBO CUMPLIR PARA PENSIONARME.pdf
 
Mercado de factores productivos - Unidad 9
Mercado de factores productivos - Unidad 9Mercado de factores productivos - Unidad 9
Mercado de factores productivos - Unidad 9
 
PPT EJECUCION INGRESOS Y GASTOS 20102022.pdf
PPT EJECUCION INGRESOS  Y  GASTOS 20102022.pdfPPT EJECUCION INGRESOS  Y  GASTOS 20102022.pdf
PPT EJECUCION INGRESOS Y GASTOS 20102022.pdf
 
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De CostosEl Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
El Arte De La Contabilidad Explorando La Contabilidad De Costos
 
MANUAL PARA OBTENER MI PENSIÓN O RETIRAR MIS RECURSOS.pdf
MANUAL PARA OBTENER MI PENSIÓN O RETIRAR MIS RECURSOS.pdfMANUAL PARA OBTENER MI PENSIÓN O RETIRAR MIS RECURSOS.pdf
MANUAL PARA OBTENER MI PENSIÓN O RETIRAR MIS RECURSOS.pdf
 
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdfEL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
EL ESTADO Y LOS ORGANISMOS AUTONOMOS.pdf
 
Presentación TG.pptx colegio Manuel José Arce
Presentación TG.pptx colegio Manuel José ArcePresentación TG.pptx colegio Manuel José Arce
Presentación TG.pptx colegio Manuel José Arce
 
Presentación de Proyectos de Inversión.ppt
Presentación de Proyectos de Inversión.pptPresentación de Proyectos de Inversión.ppt
Presentación de Proyectos de Inversión.ppt
 
Estructura y elaboración de un presupuesto financiero
Estructura y elaboración de un presupuesto financieroEstructura y elaboración de un presupuesto financiero
Estructura y elaboración de un presupuesto financiero
 
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptxTrabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
Trabajo no remunerado de las mujeres en México.pptx
 
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdfSituación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
Situación y Perspectivas de la Economía Mundial (WESP) 2024-UN.pdf
 
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptxHUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
HUERTO FAMILIAR JUSTIFICACION DE PROYECTO.pptx
 
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptxCopia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
Copia de Copia de LEPTOSPIROSIS porque así lo requiere .pptx
 
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdfPrincipios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
Principios de economia Mankiw 6 edicion.pdf
 
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptxPRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
PRESUPUESTOS COMO HERRAMIENTA DE GESTION - UNIAGUSTINIANA.pptx
 
Trabajo tres_23 de abrilkckckckkckkccckc
Trabajo tres_23 de abrilkckckckkckkccckcTrabajo tres_23 de abrilkckckckkckkccckc
Trabajo tres_23 de abrilkckckckkckkccckc
 

Autorización emisión deuda pública andaluza

  • 1. Autorización de puesta en circulación de Deuda Pública Andaluza hasta 1.276.311.410.97 euros INVIERTA EN ANDALUCÍA
  • 2. Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 15/03/2013 1. Disposiciones generales Consejería de Hacienda y Administración Pública Decreto 32/2013, de 26 de febrero, por el que Se autoriza la puesta en circulación de emisiones de de la Junta de Andalucía, o la concertación de otras operaciones de endeudamiento, cualquiera que sea la forma en la que se documenten, tanto en el interior como en el exterior, por un importe máximo equivalente a mil doscientos setenta y seis millones trescientos once mil cuatrocientos diez euros con noventa y siete céntimos. Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00023522. La Ley 18/2011, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2012, establece en su artículo 35.a), la posibilidad de emitir Deuda Pública amortizable, o concertar operaciones de crédito, cualquiera que sea la forma en la que se documenten, tanto en operaciones en el interior como en el exterior, incrementando la deuda de la Comunidad Autónoma con la limitación de que su saldo vivo a 31 de diciembre de 2012 no supere el correspondiente saldo a 1 de enero de 2012 en más de tres mil doscientos treinta y tres millones quinientos cincuenta y un mil quinientos cuarenta euros (3.233.551.540 €), salvo el incremento de deuda que se realice con cargo a las autorizaciones de endeudamiento conferidas por las Leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía de ejercicios anteriores. Asimismo, dicho artículo establece que dicho límite quedará automáticamente revisado, entre otras circunstancias, por el importe de la variación neta de activos financieros del ejercicio. La emisión o, en su caso, la formalización de las operaciones de crédito previstas en el citado apartado a) del artículo 35 podrá realizarse íntegra o fraccionadamente en los ejercicios de 2012 y siguientes. Al amparo de la citada autorización presupuestaria, y teniendo en cuenta el límite de deuda incluido en el Programa Anual de Endeudamiento (PAE) acordado entre la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2012, el presente decreto contempla la realización de emisiones de deuda pública y la concertación de operaciones de endeudamiento por un importe de 1.276.311.410,97 euros, requerido para completar la financiación prevista en el mencionado PAE. Con objeto de dotar de la mayor flexibilidad posible al proceso de toma de decisiones en materia de endeudamiento, resulta necesario dejar la determinación de la modalidad de la deuda que contempla el presente decreto, así como la fijación de sus condiciones financieras, al momento en que la coyuntura de los mercados financieros permita su concreción. Por todo ello, en virtud de la autorización presupuestaria, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de febrero de 2013, Artículo 1. Operaciones de endeudamiento. Se acuerda la realización por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de Emisiones de Deuda Pública, o la concertación de otras operaciones de endeudamiento , cualquiera que sea la forma en la que se documenten, tanto en el interior como en el exterior, por un importe máximo equivalente a mil doscientos setenta y seis millones trescientos once mil cuatrocientos diez euros con noventa y siete céntimos
  • 3. en uso de la autorización concedida al Consejo de Gobierno en el artículo 35.a) de la Ley 18/2011, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2012. , Asimismo se autorizan los expedientes de gasto derivados de estas operaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24.5 de la citada Ley 18/2011. Artículo 2. Características de las operaciones de endeudamiento. Las operaciones de endeudamiento que autoriza el presente decreto tendrán las siguientes características: 1. Importe: hasta un máximo equivalente a 1.276.311.410,97 euros. 2. Moneda: euro o cualquier otra divisa. 3. Tipo de interés: fijo o variable. 4. Plazo: hasta un máximo de 30 años. 5. Modalidades de endeudamiento: en función de las condiciones que en cada momento presenten los mercados financieros, las operaciones se podrán realizar: • Mediante la ampliación del Programa de Emisión de Bonos y Obligaciones de Junta de Andalucía, utilizándose los procedimientos previstos en la normativa reguladora del propio Programa. - A través • de emisiones de Deuda Pública que supongan la puesta en circulación de valores de rendimiento explícito o implícito, en euros o en cualquier otra divisa, y realizadas bajo cualquier formato y estructura, incluyendo, sin carácter limitativo, las que se realicen al amparo del Programa EMTN (Euro Medium Term Notes) establecido conforme al Decreto 79/2009, de 14 de abril, y actualizado conforme al Decreto 335/2010, de 20 de julio, y la posibilidad de emitir a tipo flotante ligado a cualquier índice o indicador, incluida inflación, con o sin opciones implícitas de cualquier tipo. - • Por medio de los mecanismos de apoyo a la liquidez de las Comunidades Autónomas, previstos en el Real Decreto-Ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones Públicas y en el ámbito financiero. - • Mediante cualquier otra tipología de operación de préstamo o crédito. - Artículo 3. Finalidad. Los recursos derivados de las operaciones de endeudamiento, autorizadas por este Decreto, se destinarán a la Artículo 4. Beneficios. De conformidad con el artículo 187 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y el apartado 5 del artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas,
  • 4. la Deuda Pública cuya emisión se autoriza en el presente decreto tendrá los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado. Artículo 5. Autorización previa del Consejo de Ministros. No podrán llevarse a cabo as emisiones de Deuda Pública o la concertación de las operaciones de endeudamiento contempladas por este decreto, sin la previa obtención de la autorización del Consejo de Ministros en aquellos casos en que sea preceptiva de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. Disposición adicional primera. Autorización para la ejecución. Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, de conformidad con las condiciones y características establecidas en el presente Decreto y en la restante normativa que le sea de aplicación, a determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las emisiones de deuda aprobadas en el presente Decreto, así como para concretar sus condiciones financieras. Disposición adicional segunda. Emisiones destinadas a inversores minoristas. Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública a realizar las emisiones de deuda aprobadas en el presente Decreto con destino a inversores minoristas. Disposición final primera. Habilitación. Se autoriza a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para la firma de los contratos y demás documentos anexos y complementarios que sean precisos para llevar a cabo las operaciones de endeudamiento que contempla el presente decreto. Disposición final segunda. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía evilla, 26 de febrero de 2013 Descargar PDF Carmen Martínez Aguayo José Antonio Griñán Martínez Consejera de Hacienda y Administración Presidente de la Junta de Andalucía Pública
  • 5. la Deuda Pública cuya emisión se autoriza en el presente decreto tendrá los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado. Artículo 5. Autorización previa del Consejo de Ministros. No podrán llevarse a cabo as emisiones de Deuda Pública o la concertación de las operaciones de endeudamiento contempladas por este decreto, sin la previa obtención de la autorización del Consejo de Ministros en aquellos casos en que sea preceptiva de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. Disposición adicional primera. Autorización para la ejecución. Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, de conformidad con las condiciones y características establecidas en el presente Decreto y en la restante normativa que le sea de aplicación, a determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las emisiones de deuda aprobadas en el presente Decreto, así como para concretar sus condiciones financieras. Disposición adicional segunda. Emisiones destinadas a inversores minoristas. Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública a realizar las emisiones de deuda aprobadas en el presente Decreto con destino a inversores minoristas. Disposición final primera. Habilitación. Se autoriza a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para la firma de los contratos y demás documentos anexos y complementarios que sean precisos para llevar a cabo las operaciones de endeudamiento que contempla el presente decreto. Disposición final segunda. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía evilla, 26 de febrero de 2013 Descargar PDF Carmen Martínez Aguayo José Antonio Griñán Martínez Consejera de Hacienda y Administración Presidente de la Junta de Andalucía Pública
  • 6. la Deuda Pública cuya emisión se autoriza en el presente decreto tendrá los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado. Artículo 5. Autorización previa del Consejo de Ministros. No podrán llevarse a cabo as emisiones de Deuda Pública o la concertación de las operaciones de endeudamiento contempladas por este decreto, sin la previa obtención de la autorización del Consejo de Ministros en aquellos casos en que sea preceptiva de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. Disposición adicional primera. Autorización para la ejecución. Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública, de conformidad con las condiciones y características establecidas en el presente Decreto y en la restante normativa que le sea de aplicación, a determinar el instrumento y modalidad concreta para canalizar las emisiones de deuda aprobadas en el presente Decreto, así como para concretar sus condiciones financieras. Disposición adicional segunda. Emisiones destinadas a inversores minoristas. Se autoriza a la persona titular de la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública a realizar las emisiones de deuda aprobadas en el presente Decreto con destino a inversores minoristas. Disposición final primera. Habilitación. Se autoriza a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública para la firma de los contratos y demás documentos anexos y complementarios que sean precisos para llevar a cabo las operaciones de endeudamiento que contempla el presente decreto. Disposición final segunda. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía evilla, 26 de febrero de 2013 Descargar PDF Carmen Martínez Aguayo José Antonio Griñán Martínez Consejera de Hacienda y Administración Presidente de la Junta de Andalucía Pública