1. Actividad # 3
. ARTÍCULO 3. Se considera aprendiz SENA a toda
persona matriculada en los programas de formación
profesional de la entidad, en cualquier tipo de
formación: Titulada o Complementaria, desde las
diferentes modalidades Presencial, Virtual o
Combinada, por consiguiente debe ser consciente y
vivenciar que derechos y deberes son correlativos e
inseparables en su proceso formativo.
el reglamento dice en el articulo 7, apéndice 4 lo
siguiente:
4. Recibir en el momento de la legalización su
matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz
del SENA.
Entonces le diría a Federico que se acogiera al
reglamento artículo 7, apéndice 8, para que la
persona que lo atendió de bienestar, que le dijo que
sólo los estudiantes de modalidad presencial pueden
ser carne tizados que en el reglamento dice que todo
aprendiz que este matriculado tiene derecho a su
2. carné, no tiene preferencia sobre ninguna modalidad.
así que debería atienda de forma oportuna y
respetuosa la petición, ya que tenemos el derecho de
ser carnetizados.
Solución
Ser escuchado y atendido en sus peticiones
respetuosas, por parte de los directivos,
Instructores
y personal administrativo, ante las dificultades
que se puedan presentar en su proceso de
formación.