Clase sobre los Aspectos Juridicos de la Sancion Accesoria de Tratamiento de Drogas en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Francisco Estrada Vásquez (Chile)
El documento resume la historia y el marco normativo de la sanción accesoria de tratamiento de rehabilitación en la Ley N° 20.084 de Chile. Explica que la ley se basa en estándares internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño y las Reglas de Beijing, Tokio y La Habana. También compara la legislación de otros países respecto al tratamiento obligatorio por drogas o alcohol para menores infractores.
Ley de Responsabilidad Penal Adolescente y Tratamiento de Rehabilitación para el Consumo Problemático de Drogas o Alcohol
Diplomado “Programas de Intervención y
Prevención en Jóvenes Infractores de Ley"
Universidad de Chile
Francisco Estrada
DECRETO Nº 1187. Guía de procedimientos decreto. Provincia de Mendoza. Irma Elizabeth Martinez
Este es un P.P.T. correspondiente a DOAITE de la D.G.E. de la provincia de Mendoza. Tiene como finalidad que llegue a modo de síntesis a los equipos de trabajo de las escuelas.
El Observatorio de Justicia Penal Juvenil es un esfuerzo de investigación-acción permanente cuyo objetivo es monitorear y analizar los avances y retrocesos en materia de justicia penal juvenil. Se realiza con la finalidad de democratizar los cambios en la administración de justicia penal juvenil, transparentar su funcionamiento e incluir un discurso crítico con propuestas viables.
Ley de Responsabilidad Penal Adolescente y Tratamiento de Rehabilitación para el Consumo Problemático de Drogas o Alcohol
Diplomado “Programas de Intervención y
Prevención en Jóvenes Infractores de Ley"
Universidad de Chile
Francisco Estrada
DECRETO Nº 1187. Guía de procedimientos decreto. Provincia de Mendoza. Irma Elizabeth Martinez
Este es un P.P.T. correspondiente a DOAITE de la D.G.E. de la provincia de Mendoza. Tiene como finalidad que llegue a modo de síntesis a los equipos de trabajo de las escuelas.
El Observatorio de Justicia Penal Juvenil es un esfuerzo de investigación-acción permanente cuyo objetivo es monitorear y analizar los avances y retrocesos en materia de justicia penal juvenil. Se realiza con la finalidad de democratizar los cambios en la administración de justicia penal juvenil, transparentar su funcionamiento e incluir un discurso crítico con propuestas viables.
Data preparado por Francisco Estrada sobre la Ley N° 20.084, de Responsabilidad Penal Adolescente, a mayo del 2007, con los últimos cambios aprobados en el Congreso Nacional.
justiciapenaladolescente.blogspot.com
Presentación electrónica para el curso de Adolescencia del Diplomado: Educación De La Sexualidad Y Salud Sexual Y Reproductiva Para Equipos Interdisciplinarios Que Atienden Adolescentes
Este Data corresponde a una Clase que realicé el 2006, en el Curso de Especialización para Jueces de Garantía en Responsabilidad Penal Adolescente, como parte del equipo docente de la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales.
Se refiere a la Especialidad en JPA en la normativa internacional y nacional (Chile)
Data preparado por Francisco Estrada sobre la Ley N° 20.084, de Responsabilidad Penal Adolescente, a mayo del 2007, con los últimos cambios aprobados en el Congreso Nacional.
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Presentación electrónica para el curso de Adolescencia del Diplomado: Educación De La Sexualidad Y Salud Sexual Y Reproductiva Para Equipos Interdisciplinarios Que Atienden Adolescentes
Este Data corresponde a una Clase que realicé el 2006, en el Curso de Especialización para Jueces de Garantía en Responsabilidad Penal Adolescente, como parte del equipo docente de la Escuela de Derecho de la Universidad Diego Portales.
Se refiere a la Especialidad en JPA en la normativa internacional y nacional (Chile)
Data para Videoconferencia de Gendarmería de Chile sobre Nueva Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Chile 2007
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Curso sobre Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Convención sobre Derechos del Niño, Instrumentos Internacionales y Justicia Penal Adolescente Chile
Francisco Estrada
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La presentación tiene como propósito dar a conocer las causas que llevan a los adolescentes a infringir en la ley al igual que soluciones o tratamiento que se debe aplicar.
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Agradezco a la CoComisión Estatal de Derechos Humanos misión Estatal de Derechos Humanos el compartirnos este documento en donde exponen un informe acerca de la Iniciativa de Ley para la protección responsable de la salud y seguridad de los niños y adolecentes. Daremos continuidad a la misma y considero que lo más importante, es la participación de todos los actores de la sociedad.
Mediación penal y justicia restaurativa de NNyA en el ámbito universal, regional y nacional desde una perspectiva de DDHH por Juan Facundo Hernández.
En el marco de la actividad "La mediación en el ámbito de la Justicia Penal Juvenil" año 2016.
lopnna, su importancia, clasificación de los Órganos jurisdiccionales, establ...aniuskaquintero26
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EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES
En el año 2005 se instauró un sistema de justicia penal juvenil garantista denominado Sistema Integral de Justicia para Adolescentes.
Objetivo
Que los adolescentes acusados de algún delito tengan acceso a un juicio justo, en el que se respeten siempre sus derechos fundamentales y, en caso de resultar responsables, asuman las consecuencias de sus actos a través de la educación y la reintegración social y familiar.
En el mencionado año (2005) se transitó de un sistema “TUTELAR” a un nuevo modelo “GARANTISTA” o de “DERECHO PENAL MÍNIMO”.
Exposición Grupo 5 - Proceso por Infracción a la Ley Penal, cometido por adol...JuanCarlosCv3
preceso por imfraccion
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Clase sobre los Aspectos Juridicos de la Sancion Accesoria de Tratamiento de Drogas en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Francisco Estrada Vásquez (Chile)
1. Sanción Accesoria de Tratamiento de Rehabilitación en la Ley N° 20.084: Aspectos Jurídicos Francisco Estrada Vásquez Abogado Jefe Departamento de Menores Ministerio de Justicia Clase para Jueces de Garantía Curso de Formación CONACE
14. Caso Villagrán Morales también conocido como Caso “niños de la calle” Sentencia de 19.11.1999, contra el Estado de Guatemala Opinión Consultiva 17/2002 Condición Jurídica y Derechos Humanos del Niño. Caso Walter Bulasio Sentencia de 18.09. 2003, contra el Estado de Argentina. Caso Panchito López Instituto de Reeducación del Menor “Panchito López”. Sentencia contra el Estado de Paraguay, 02.09. 2004. Jurisprudencia CIADH
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25. Estándares Justicia Juvenil en EEUU “ 4.7.- Dependencia química: A. Un menor de edad puede consentir en servicios médicos, de tratamiento, o terapia por problemas o condiciones relacionadas con el abuso o la adicción a alcohol o drogas. B. Si el menor objeta la notificación a los padres, la persona o agencia encargada del tratamiento, bajo este estándar debería notificar a los padres de tal tratamiento sólo si concluyen que no informar a los padres podría arriesgar seriamente la salud del menor y cumplir con las indicaciones de la regla 4.2”
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29. Art. 27. Internamiento terapéutico “ 3. Cuando el tratamiento tenga por objeto la deshabituación del consumo de bebidas alcohólicas, drogas tóxicas o sustancia psicotrópicas y el menor no preste su consentimiento para iniciarlo o para someterse a los controles de seguimiento establecidos o, una vez iniciado, lo abandone o rechace someterse a los controles, la entidad pública no iniciará el tratamiento o lo suspenderá y lo pondrá en conocimiento del juez de menores a los efectos oportunos.” Real Decreto 1774/2004 España: Reglamento de Ley 5/2000
42. Lectura sistemática de la norma Cómo Integrar el Artículo 7° en una Política Criminal para Adolescentes:
43. El mensaje presidencial con el cual se inició la tramitación del Proyecto de Ley en el año 2002, señala que esta nueva ley “ busca equilibrar legalmente el principio de intervención mínima ante los adolescentes y el de protección de bienes jurídicos a través del criterio de gravedad de las conductas delictivas (…) de modo de evitar los efectos nocivos que pudiera provocar en su desarrollo personal y social la privación de su libertad y de su contacto con la familia y la comunidad” Lectura sistemática de la norma
44. El artículo 20° de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. El artículo 12.2 de las Reglas de Tokio (1990), respecto del tema dice explícitamente que las obligaciones que ha de cumplir un adolescente que cometa delito deberán ser “ prácticas, precisas y tan pocas como sea posible y tendrán por objeto reducir las posibilidades de reincidencia en el comportamiento delictivo e incrementar las posibilidades de reinserción social del delincuente ”. Lectura sistemática de la norma
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46. Ante una sospecha de consumo , consumo que pareciera estar asociado al delito cometido dadas las circunstancias en que éste se produjo, se debería solicitar examen clínico especializado en drogas a personal acreditado, según normas Minsal-CONACE, para efectuar una confirmación diagnóstica , a fin de verificar la existencia de un consumo problemático. Cómo Utilizar esta Sanción
47. Este examen clínico especializado en drogas constituye diligencia de investigación, por lo que debe solicitarse al Fiscal. Cómo Utilizar esta Sanción
48. Sólo si se cumple con estos dos criterios, la existencia de consumo asociado a la comisión del delito en primera instancia (según las tres hipótesis anteriormente mencionadas), y la confirmación de un diagnóstico de consumo problemático , que debería imponerse una sanción accesoria de drogas. Cómo Utilizar esta Sanción
49. Debe ser claro que siempre será posible el ingreso voluntario a los programas del circuito Minsal-Conace, desde el circuito Sename si se cumple con la confirmación diagnóstica. El ingreso voluntario a través de una suspensión condicional del procedimiento, significa que el caso será de competencia del sistema GES. Ingreso Voluntario a Programas
50. Equipo GES Flujograma Programas Tratamiento Drogas Sanción a. 7 Suspensión Condicional del Procedimiento a.27 rr. con a 237 CPP Libertad A. Especial a. 14 Internamiento en régimen cerrado cprs a. 17 * Lo anterior, no obsta a que de existir sospecha diagnóstica por parte de equipos del sistema de ejecución de penas de RPA, el caso pueda ser derivado para confirmación diagnóstica e ingresar, voluntariamente, al circuito Conace.
51. Reglamento Ley Nº 20.084 DS N°1.378, diciembre 2006 Título II: Del tratamiento de rehabilitación por adicción a las drogas o alcohol
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55. “ Deberá explicitarse que aquella información que el adolescente entrega a los miembros del equipo profesional podrá ser expuesta en un informe, o en su defecto ser explicitada en el contexto de una audiencia oral, sin perjuicio de que aquella información que sea entregada en términos confidenciales estará resguardada por las normas del secreto profesional.” Tratamiento Rehabilitación de Drogas