Este documento resume el capítulo XV de Leviatán de Thomas Hobbes sobre las leyes naturales. Hobbes identifica 17 leyes naturales descubiertas por la razón que prohíben acciones destructivas, incluyendo la justicia de cumplir los convenios y gratitud. Hobbes argumenta que estas virtudes morales son necesarias para alcanzar una paz pacífica entre los hombres, pero que también requiere someterse a un poder coercitivo como el Estado para asegurar el cumplimiento de los acuerdos.
Jean Bodin
Jean Bodin fue un destacado intelectual francés que desarrolló sus ideas en los campos de la filosofía, el derecho, la ciencia política y la economía. Sus aportes a la teoría del Estado, en particular mediante el concepto de soberanía, han sido de gran importancia para la modernidad, y conservan en gran medida su valor.
En su juventud recibió formación en los claustros de los carmelitas en Angers. En París, siguió cursos en la Universidad y en el Colegio de Francia, impregnándose de la escolástica medieval y del humanismo renacentista. Estudió y enseñó derecho romano en la Universidad de Toulouse durante la década de 1550.
Jean Bodin
Volvió a París en 1561, en una época en que comienzan las guerras de religión. Bodin no es ajeno a su época, y habiendo sido monje carmelita, se sintió atraído por las enseñanzas rabínicas. En París ejerció como abogado y como miembro del Parlamento de París en el tribunal superior de justicia.
A partir de 1566 comenzó a dedicarse a los temas que marcarán su pensamiento: la filosofía de la historia, la filosofía del Estado y la Economía.
El Pensamiento De Bodin Se Proyecta En Dos Direcciones:
Pensamiento Político
Pensamiento Económico
Jean Bodin
Pensamiento Político
Afirma que el origen de la autoridad está en el pacto que se da entre las diversas familias que componen las élites de una sociedad, que deberían ponerse de acuerdo en una persona o institución para que ejerza la autoridad y gobierne. Por ello, el poder político debiera ser el resultado de un pacto, pero una vez concretado ese pacto, la persona que ostente la autoridad deberá tener todo el poder y ha de ser obedecida por todos.
Pensamiento Económico
En su escrito, Bodin sostiene que los precios suben, debido a diferentes causas, la principal de las cuales es el aumento de las cantidades existentes de oro y plata(señalando, además, la influencia de los monopolios y otras causas)
En "Los seis libros de la República" (en el sexto, en particular), Bodin hace una exposición de principios económicos mercantilistas, abogando por el establecimiento de limitaciones a la salida de materias primas y a la importación de manufacturas no imprescindibles.
Los Seis Libros De La Republica
El propósito que buscaba Bodin al escribir Los seis libros de la República era el de tener las bases para un estudio teórico sobre la política.
En Los seis libros de la República, estudia la nueva organización del poder que emerge con el Estado absoluto. Para él, la esencia del poder soberano está en la potestad absoluta de crear y derogar las leyes sin estar sometido a ninguna instancia.
La intención de Bodin no fue justificar el poder despótico del monarca sino la concentración del poder en una sola instancia. El problema de la tesis de Bodin es que no encuentra la manera de limitar el poder del monarca, dado que éste mismo es quien crea las leyes, aunque, según este autor, deben establecerse conforme al derecho divino.
Jean Bodin
Jean Bodin fue un destacado intelectual francés que desarrolló sus ideas en los campos de la filosofía, el derecho, la ciencia política y la economía. Sus aportes a la teoría del Estado, en particular mediante el concepto de soberanía, han sido de gran importancia para la modernidad, y conservan en gran medida su valor.
En su juventud recibió formación en los claustros de los carmelitas en Angers. En París, siguió cursos en la Universidad y en el Colegio de Francia, impregnándose de la escolástica medieval y del humanismo renacentista. Estudió y enseñó derecho romano en la Universidad de Toulouse durante la década de 1550.
Jean Bodin
Volvió a París en 1561, en una época en que comienzan las guerras de religión. Bodin no es ajeno a su época, y habiendo sido monje carmelita, se sintió atraído por las enseñanzas rabínicas. En París ejerció como abogado y como miembro del Parlamento de París en el tribunal superior de justicia.
A partir de 1566 comenzó a dedicarse a los temas que marcarán su pensamiento: la filosofía de la historia, la filosofía del Estado y la Economía.
El Pensamiento De Bodin Se Proyecta En Dos Direcciones:
Pensamiento Político
Pensamiento Económico
Jean Bodin
Pensamiento Político
Afirma que el origen de la autoridad está en el pacto que se da entre las diversas familias que componen las élites de una sociedad, que deberían ponerse de acuerdo en una persona o institución para que ejerza la autoridad y gobierne. Por ello, el poder político debiera ser el resultado de un pacto, pero una vez concretado ese pacto, la persona que ostente la autoridad deberá tener todo el poder y ha de ser obedecida por todos.
Pensamiento Económico
En su escrito, Bodin sostiene que los precios suben, debido a diferentes causas, la principal de las cuales es el aumento de las cantidades existentes de oro y plata(señalando, además, la influencia de los monopolios y otras causas)
En "Los seis libros de la República" (en el sexto, en particular), Bodin hace una exposición de principios económicos mercantilistas, abogando por el establecimiento de limitaciones a la salida de materias primas y a la importación de manufacturas no imprescindibles.
Los Seis Libros De La Republica
El propósito que buscaba Bodin al escribir Los seis libros de la República era el de tener las bases para un estudio teórico sobre la política.
En Los seis libros de la República, estudia la nueva organización del poder que emerge con el Estado absoluto. Para él, la esencia del poder soberano está en la potestad absoluta de crear y derogar las leyes sin estar sometido a ninguna instancia.
La intención de Bodin no fue justificar el poder despótico del monarca sino la concentración del poder en una sola instancia. El problema de la tesis de Bodin es que no encuentra la manera de limitar el poder del monarca, dado que éste mismo es quien crea las leyes, aunque, según este autor, deben establecerse conforme al derecho divino.
Así hallamos en la naturaleza del hombre tres causas principales de discordia. Primera, la competencia; segunda, la desconfianza; tercera, la gloria
La primera causa impulsa a los hombres a atacarse para lograr un beneficio; la segunda, para lograr seguridad; la tercera, para ganar reputación.
Leviatán es el libro más conocido del filósofo político inglés Thomas Hobbes, publicado en 1651.
El título del libro hace referencia al monstruo bíblico Leviatán, que posee un poder descomunal.
Este libro establece su doctrina de derecho moderno como la base de las sociedades y de los gobiernos legítimos.
La naturaleza, aunque será impredecible y a veces indomable, está limitada por el arte del hombre.
Los convenios mediante los cuales las partes de este cuerpo político se crean se asemejan a aquel pronunciado por Dios en la creación.
El Leviatán , obra del inglés Thomas Hobbes, publicada en 1661, forma parte del conjunto de tesis contractualistas clásicas (Grocio; Hobbes; Locke; Rousseau) . En ella, el autor enfatiza en la necesidad de crear un contrato social que permita alejar a los hombres del estado natural de guerra, a fin de establecer la paz entre estos, permitiendo poner término a un orden social marcado por la inseguridad y el conflicto - idea sustentadora del Estado Moderno-. En tal sentido, el Leviatán de Hobbes, resulta ser una analogía de la homónima y bíblica bestia marina legendaria, creatura masculina y femenina del dios de los hebreos, que es privada de procrear con su pareja, pues si lo hiciera, a juicio de Dios, no habría fuerza capaz en el mundo de oponérsele sin ser sometido por él, siendo esta, imagen alusiva a la República, como forma superior de organización política del orden social.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Reduccion de Delitos y Faltas que Afectan la Seguridad Ciudadana
Comentario de texto: Cap.XV de "Leviatán" (Hobbes)
1. DE OTRAS LEYES DE LA NATURALEZA – THOMAS HOBBES
Comentario de texto
En este breve y modesto comentario, nos disponemos a analizar uno de los capítulos de la obra más
importante de Thomas Hobbes: Leviatán, o la materia, forma y poder de un estado eclesiástico y
civil (Leviathan, or The Matter, Forme and Power of a Common Wealth Ecclesiasticall and Civil,
en su título original), publicada en 1651. En concreto, comentaremos el capítulo XV (of other laws
of nature) de la primera parte del libro, concerniente al hombre y su naturaleza. En este capítulo,
Thomas Hobbes identifica una serie de leyes naturales descubiertas por el hombre mediante la
razón, que le prohiben hacer aquello que sea destructivo para su integridad.
Empezaremos subrayando las partes más importantes de los dos capítulos anteriores, pues contienen
las bases sobre las que luego desarrollará todas las leyes naturales. Analizaremos en mayor
profundidad la tercera ley natural, referente a la justicia; y comentaremos las demás para entender
hacia qué dirección apuntan todas ellas. Al final, deberíamos de haber logrado entender los
principios sobre los que Hobbes argumentará su teoría del "Estado Hobbesiano"
-Sobre el Derecho Natural y las primeras leyes naturales:
Como ya hemos advertido, antes de entrar de lleno en el análisis del capítulo que nos concierne,
conviene hablar brevemente de los dos capítulos que lo preceden, para comprender a lo que se
refería Hobbes cuando alude al término Derecho Natural: La libertad que tienen todos los hombres
de usar su poder para preservar su propia naturaleza, es decir, su propia vida, y, consecuentemente,
de hacer cualquier cosa que conforme a su juicio y razón, se conciba como la más adecuada para
alcanzar ese fin.
En el capítulo XIII (Of the natural condition of mankind as concerning their felicity, and misery),
Hobbes señala que la condición natural del hombre es una condición de guerra de cada hombre
contra cada hombre, en la que cada uno se gobierna a si mismo según su propia razón. Por lo tanto,
cada hombre dispone del derecho natural de hacer lo que sea para conservar su propia naturaleza,
incluso de atacar a otros hombres que pretenden lo mismos bienes que él. Esto implica que mientras
dure este estado natural de cada hombre contra cada hombre, no se puede concebir seguridad alguna
para todos los hombres.
Siguiendo este razonamiento, en el capítulo XIV (Of the first and second natural laws, and of
contracts) nos presentará las dos primeras leyes naturales, que nos servirán de fundamento para
entender el razonamiento de las 17 restantes. La ley fundamental de la naturaleza, es un precepto o
regla general de la razón, que nos dice "que cada hombre debe procurar la paz hasta donde tenga
esperanza de lograrla; y cuando no puede conseguirla, entonces puede buscar todas las ventajas y
ayudas de la guerra". Así pues, para procurar esta paz, todos los hombres deben estar dispuestos a
"no hacer uso de su derecho a todo", y de "contentarse con tanta libertad en su relación con
los otros hombres, como la que él permitiría a los otros en su trato con él".
-La justicia:
Tras una breve introducción en las bases de la teoría Hobbesiana sobre la naturaleza del ser
humano, podemos empezar a profundizar en el capítulo XV (of other laws of nature), en el que
Hobbes nos hablará, de una forma muy ordenada y casi esquemática, de las 17 leyes restantes de la
naturaleza del hombre.
2. La primera de ellas, y la más importante de éste capítulo, será la justicia, la cual dicta "que cada
hombre cumpla con los convenios que ha hecho". Sin esta ley, todos los convenios se convierten en
palabras vacías, palabras que son más débiles que las pasiones humanas (ambición, avaricia, etc.)
que pueden llevar a que una de las partes contratantes encuentre mayor beneficio en el
incumplimiento de los términos del contrato que en el cumplimiento del mismo. Es por esto, que
para que un convenio sea válido, es necesario que las dos partes transfieran su derecho a todo, con
el fin de establecer una confianza mutua que no ponga en peligro la integridad y los bienes de
ninguna de las partes, pues de lo contrario prevalecería el derecho de todos los hombres a todas las
cosas, y seguiriamos en el estado natural de guerra. Por lo tanto, es en esta ley donde nace el
término justicia. Porque "donde no tiene lugar un convenio, no se ha transferido ningun derecho a
todo; y, en consecuencia, ninguna acción puede ser injusta. Pero cuando un convenio ha sido hecho,
entonces es injusto quebrantarlo".
Esto, que en teoría nos parece razonable y adecuado, en la práctica no puede tener cabida sin que la
causa de esa desconfianza sea eliminada, sin una certeza de que los hombres han cedido su derecho
a todo y que no van a romper el pacto si encuentran un motivo de interés personal en ello. Para
Hobbes, la solución se encuentra en un la instauración de un "poder coercitivo que obligue a todos
los hombres por igual al cumplimiento de sus convenios, por temor a algún castigo que sea mayor
que los beneficios que esperarían obtener del infringimiento del acuerdo". Este poder coercitivo,
que es el Estado, ejerce sobre todos los hombres de manera equitativa; y es, para Hobbes, la única
fuerza capaz de obligar a los hombres a cumplir sus convenios. Así pues, será la instauración de un
poder civil lo que habilite la aparición de la justicia, y también de la propiedad.
Pero, ¿qué ocurre cuando un hombre puede quebrantar el acuerdo sin recibir castigo alguno? Es
decir, cuando uno de los contratantes ha cumplido su parte del convenio, confiando en que el otro
individuo cumplirá la suya más adelante, o cuando el mismo individuo puede burlar o derrocar al
poder coercitivo que lo obliga a cumplir lo pactado. En el primer caso, en el que no existe un poder
que obligue a uno de los individuos, serán la prudencia y la razón las que guiarán al hombre a
cumplir con su parte del contrato, porque aunque a corto plazo le parezca beneficioso no cumplir
con su promesa cuando el otro ya lo ha hecho, encontrará que los demás hombres no confiarán en
su palabra cuando requiera establecer pactos y alianzas para protegerse. En el segundo caso,
encontrará, también a través de la razón, que alcanzar el poder por esos medios enseña a otros a
alcanzarlo de la misma manera. Este argumento le servirá a Hobbes para volver a reafirmar su
postura de que "la justicia, es decir, la conformidad con lo que se ha convenido o pactado, es una
norma de razón que nos prohíbe hacer cualquier cosa que sea destructiva para nuestra vida, y es
también, como consecuencia, una ley de la naturaleza."
-La única filosofía moral
Será a través de este concepto de norma de razón, entendida como aquella norma que nos prohibe
hacer cualquier cosa que ponga en peligro nuestra vida o nuestra seguridad, como explicará las
siguientes leyes naturales: La gratitud con quien nos ha concedido un favor o regalo, complacer a
los demás adaptándonos a la sociedad, la facilidad de perdón cuando no es necesario guardar
rencor, el uso de la venganza solo para corregir un comportamiento o para dar ejemplo, evitar la
contumelia, el orgullo y la arrogancia, reconociendo la equidad de condiciones y de derechos entre
todos los hombres, la necesidad de la parcialidad en los árbitros de los juicios... en definitiva, una
suerte de "leyes de la naturaleza que mandan buscar la paz como medio de conservación para los
hombres en multitud, leyes sólo concernientes a la doctrina de la sociedad civil." Leyes que
contienen la ciencia de la "verdadera y única filosofía moral".
3. Es innegable que entre los hombres existen opiniones diversas de qué es lo bueno y qué es lo malo,
y que muchas veces son estas diferencias las que llevan a los hombres a la guerra. Pero también es
innegable que, si no todos, la mayoría de los hombres han venido a acordar que la paz es lo bueno,
y que son estas virtudes morales (justicia, gratitud, modestia, equidad, misericordia...) los medios
para alcanzar un modo de vivir "pacífico, sociable y cómodo".
Parece difícil que esta teoría con la que, por el peso de sus argumentos, todos podríamos estar de
acuerdo, en la práctica se traduzca en un estado autoritario y absolutista que la mayoría de la
población rechazaría completamente. Comparando el modelo que nos plantea con la sociedad en la
que vivimos hoy en día, la cual suponemos alejada de ese modelo que rechazamos, encontramos
bastantes similitudes, bastantes leyes naturales que se cumplen y que la mayoría consideramos
como buenas o correctas. Pero parece que todavía estamos alejados de los modelos distópicos que
se nos plantean en novelas como un mundo feliz (pacífico, sociable y cómodo por excelencia), que
aunque hayamos sometido nuestro derecho natural a la razón y al estado, todavía disfrutamos de
cierta libertad de acción, de expresión y de opinión. Desde el punto de vista de Hobbes, es
innegable que para que el hombre deje de ser un lobo para el hombre, o dicho de otra forma, para
dejar de estar en un estado de guerra constante de hombre contra hombre, es necesario someter
nuestra libertad al Leviatán. Pero, ¿es eso lo que realmente necesitamos?
Néstor Asensio Barrios
1ºFilosofía - A