Este documento describe los principios y requisitos de la comparecencia en procesos laborales. Explica que toda persona que haya prestado servicios de naturaleza laboral tiene capacidad para ser parte en el proceso. También cubre las condiciones para que los sindicatos comparezcan en defensa de derechos colectivos o individuales de sus afiliados. Finalmente, resume los requisitos para la acumulación de demandas y la presentación de demandas laborales sin abogado.