1. SEÑOR NOTARIO
Entre los registros que corren a su cargo sírvase a una minuta de alquiler de un
bien inmueble de acuerdo a las siguientes clausulas y condiciones que se
detalla a continuación:
1.1 JUVENAL MARQUEZ ESCOBAR mayor de edad hábil en toda forma de
derecho natural, y vecino de esta con C.I. 997963 Cbba. Quien a los efectos del
presente documentos se denominara simplemente como propietario.
1.2 El señor RENE DE LA TORRE DELGADILLO con C.I. 2464092 L.P. y su
esposa CLAUDIA JULIA PATON CALDERON con C.I.4478416 Cbba. Son
mayores de edad hábiles por derecho natural y vecinos de esta, quienes en
efecto del presente documento se denominaran inquilinos.
1.3 (ANTECEDENTES Y CARARCTERISTICAS) Se deja en constancia que
el propietario Señor JUVENAL MARQUEZ es el único y legitimo dueño del
inmueble ubicado en la urbanización “salud de sacaba” cuyo derecho propietario
se halla debidamente registrado en la oficina de derechos reales.
1.4 Las características del inmueble son: la construcción nueva y consta de
living, comedor, baño, y tres dormitorios con pisos cerámicos.
1.5 (OBJETO Y PRECIO) a la fecha por acuerdo de partes se otorga en
calidad de alquiler dicho inmueble por la suma de Bs 800 que se depositaran
cada dos de cada mes a la cuenta de la cooperativa San Pedro.
1.6 El plazo que regirá el presente documento será de un año a partir del 02
febrero del 2016 cuyo vencimiento los que alquilan deberán desocupar y
entregar el inmueble en las mismas condiciones que se entrego.
1.7 (GARANTIAS) el propietario manifiesta que el inmueble no tiene ninguna
hipoteca que puede limitar los derechos emergentes del presente.
Por su parte los inquilinos se comprometen a cuidar y conservar en perfecto
estado el inmueble responsabilizándose de cualquier daño, destrucción o
deterioro que pudiera producirse.
1.8 (INCUMPLIMENTO) el incumplimiento del presente contrato y la falta de
cancelación de un mes deberán dejar la vivienda sin necesidad de sobre aviso.
JUVENAL MARQUEZ RENE DE LA TORRE CLAUDIA JULIA PATON C.