El documento establece que la tarifa del Impuesto al Valor Agregado es del 12% y que los sujetos pasivos que se dediquen a la producción, comercialización de bienes o prestación de servicios gravados tienen derecho a crédito tributario por el IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios utilizados para la producción de otros bienes y servicios gravados. El crédito tributario se aplica a la parte proporcional del IVA pagado en la adquisición local o importación de bienes, materias primas y bienes o servicios susceptibles