1) La trabajadora estaba percibiendo prestación por desempleo cuando quedó embarazada y dio a luz. 2) Cuando se produce la maternidad, se suspende la prestación por desempleo y se percibe la prestación por maternidad del Instituto Nacional de Seguridad Social, sin que se consuma la prestación por desempleo. 3) Una vez finaliza la prestación por maternidad, la trabajadora tiene 15 días para solicitar la reanudación de la prestación por desempleo por la duración y cuantía que quedaban pendientes cuando se suspendió.