El documento define el patrimonio como el conjunto de obligaciones y deudas que tiene una persona. Existen dos tipos de objetos de derecho: bienes tangibles como casas o dinero, y acciones humanas como los derechos de la personalidad. El patrimonio se caracteriza por su indivisibilidad, intransmisibilidad e imposibilidad de embargo. Los principales patrimonios son el natural, cultural y autónomo, este último existe aunque no haya un titular. El documento también resume posiciones teóricas sobre el objeto del derecho y la importancia jurídica del concept