Este documento contiene orientaciones para la aplicación del enfoque ambiental en las escuelas peruanas. Establece que los propósitos de la educación incluyen la comprensión del medio ambiente y el desarrollo de una conciencia ecológica. También describe la importancia de los temas transversales como la educación ambiental y la gestión de riesgos. Las escuelas deben implementar estas áreas a través del currículo y las actividades escolares.
3. Propósito 6
Comprensión y valoración del medio
geográfico, la historia, el presente y el
futuro de la humanidad mediante el
desarrollo del pensamiento crítico.
4. Propósito 7
Comprensión del medio natural y su
diversidad, así como desarrollo de una
conciencia ambiental orientada a la
gestión de riesgos y el uso racional de los
recursos naturales, en el marco de una
moderna ciudadanía.
5. Propósito 8
Desarrollo de la capacidad productiva,
innovadora y emprendedora; como parte
de la construcción del proyecto de vida
de todo ciudadano.
Propósito 9
Desarrollo corporal y conservación de la
salud física y mental.
7. Importancia y finalidad
Los temas transversales constituyen una
respuesta a los problemas actuales de
trascendencia que afectan a la sociedad y
que demandan a la Educación una atención
prioritaria. Tienen como finalidad promover
el análisis y reflexión de los problemas
sociales, ecológicos o ambientales y de
relación personal con la realidad local,
regional, nacional y mundial, (…). Los temas
transversales se plasman fundamentalmente en
valores y actitudes.
8. Cómo trabajar los temas
transversales
Los temas transversales deben ser previstos
y desarrollados al interior de todas las áreas
curriculares, deben impregnar y orientar la
práctica educativa y todas las actividades que
se realizan en la institución educativa; por lo
tanto, han de estar presentes como
lineamientos de orientación para la
diversificación y programación curricular.
9. Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2011
RM Nº 348-2010-ED
NORMAS DE
CARÁCTER
TRANSVERSAL
10. Educación Ambiental, de Gestión de
Riesgos, para la Conservación de la
Salud y Comunitaria
En Educación Básica Regular (…) se tiene la
obligación de promover y desarrollar acciones de
educación preventiva para lo cual deben:
La IE pública y privada:
Aplicar el enfoque ambiental en sus componentes
de gestión institucional, gestión pedagógica,
educación en salud, educación en ecoeficiencia y
educación en gestión del riesgo de acuerdo con la
normatividad vigente, la misma que se encuentra
en la página web www.minedu.gob.pe/educam.
11. Educación Ambiental, de Gestión de
Riesgos, para la Conservación de la
Salud y Comunitaria
Elaborar el Plan de Gestión del Riesgo 2011 y
realizar las acciones pedagógicas
correspondientes con el fin de fortalecer las
acciones de prevención, atención y vigilancia
frente a los riesgos de desastres de origen natural
y antrópico.
Promover en coordinación con las instituciones
pertinentes, acciones de educación ambiental para
la protección, preservación y uso responsable de
las áreas naturales protegidas (ANP).
12. Educación Ambiental, de Gestión de
Riesgos, para la Conservación de la
Salud y Comunitaria
Implementar acciones para el desarrollo de:
◦ El Año Internacional de los Bosques
◦ El tema transversal “Educación en Gestión del Riesgo
y Conciencia Ambiental”
◦ El Plan de Gestión del Riesgo de la I.E
Fortalecer las acciones de prevención, atención y
respuesta frente a los riesgos de desastres de
origen natural y antrópico para garantizar el
derecho a la educación aun en situaciones de
emergencia.
13. Educación Ambiental, de Gestión de
Riesgos, para la Conservación de la
Salud y Comunitaria
Desarrollar actividades educativas para promover
el uso y conservación del agua en el marco del
fortalecimiento de conciencia ambiental.
Continuar impulsando las medidas preventivas y
sanitarias en las IE frente a posibles rebrotes del
cólera y la gripe AH1N1 y el brote de la gripe
AH1N2.
Garantizar las condiciones sanitarias adecuadas y
el buen estado de los alimentos de los centros de
expedición que estén ubicados dentro de la IE.
14. Educación Ambiental, de Gestión de
Riesgos, para la Conservación de la
Salud y Comunitaria
La IE pública:
Desarrollar proyectos educativos ambientales previo
diagnóstico, comprometiendo a toda la comunidad
educativa local.
Constituir o actualizar el Comité Ambiental,
considerando sus componentes de gestión
institucional gestión pedagógica, educación en salud,
educación en ecoeficiencia y educación en gestión del
riesgo, …
Fortalecer las organizaciones estudiantiles de carácter
ambiental y promover la constitución de las Fiscalías
Escolares Ambientales en el nivel de educación
secundaria.
15. Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación y sus modificaciones - D.S. Nº 006-2006-ED
DIRECCIÓN NACIONAL
DE EDUCACIÓN
COMUNITARIA Y
AMBIENTAL
16. Funciones.-
Funciones.- Art. 42º
1. Diseñar y proponer la política nacional y las estrategias de
la Educación y Gestión Ambiental para el desarrollo
sostenible.
2. Diseñar políticas de reconocimiento de la Educación
Comunitaria.
3. Diseñar y aplicar políticas de promoción, capacitación y
comunicación en Educación Comunitaria, Educación
Ambiental y en Gestión de Riesgos y Prevención de
Desastres.
4. Promover el diseño de proyectos y convenios con
organizaciones nacionales e internacionales para el
desarrollo de la educación ambiental, el ecoturismo y la
educación emprendedora en el sistema educativo.
17. Funciones.-
Funciones.- Art. 42º
5. Orientar, supervisar, visar y evaluar la aplicación del
enfoque ambiental y comunitario en coordinación
con las Direcciones Nacionales correspondientes.
6. Formular y proponer lineamientos para
comprometer la participación de las organizaciones
de la sociedad en la formación, promoción de la
persona y estilos de vida saludables.
7. Normar y regular la convalidación de los aprendizajes
logrados en las organizaciones de la sociedad.
8. Promover la vigilancia social y la autoevaluación de los
servicios de Educación Comunitaria.
9. Elaborar y actualizar periódicamente el registro de las
organizaciones que desarrollan Educación Comunitaria
en coordinación con las Direcciones Regionales de
Educación.
18. Funciones.-
Funciones.- Art. 42º
10. Diseñar normas y sistemas adecuados en las Instancias de
Gestión Educativa Descentralizada para el desarrollo y
articulación de la Educación Ambiental, Gestión de Riesgos,
Prevención de Desastres y Desarrollo Sostenible.
11. Impulsar estudios y líneas de investigación para el
desarrollo de la Educación Comunitaria, la Educación
Ambiental, Gestión de Riesgos, Prevención de Desastres y
Desarrollo Sostenible que apoyen la elaboración y
producción de materiales educativos pertinentes para su
difusión en las regiones y a nivel nacional.
12. Fomentar la Ciudadanía Ambiental con la participación de
la comunidad educativa, gobiernos locales y la sociedad
civil para el desarrollo de proyectos comunitarios y de
vigilancia social destinados a la conservación del medio
ambiente, la gestión de riesgos y la prevención de
desastres.