Este documento describe los ingresos y gastos públicos como aspectos significativos para el desarrollo del Estado Venezolano. Explica que los ingresos son los recursos que recauda el Estado de sus bienes o de la actividad privada para solventar las necesidades colectivas, mientras que los gastos públicos son las erogaciones del Estado para cubrir dichas necesidades. También clasifica los ingresos y gastos, y destaca la importancia de la actividad financiera del Estado para el bienestar de los ciudadanos y el desarrollo del derecho financiero.
1. Universidad Fermín Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Los Ingresos y el gasto público como
aspecto significativo para el desarrollo
del Estado Venezolano.
Estudiante:
María Angélica Sivira Ovalles
C.I. V-24.162.654
Sección: SAIA-A
Lapso: 2017/AI
Derecho Tributario
2. “Los Ingresos y el gasto público como aspecto significativo para el
desarrollo del Estado Venezolano”.
La evolución del mundo, de la sociedad, así como del individuo ha traído consigo la
implementación de reglas y/o normas que permiten que la convivencia en el entorno
que nos rodea sea más amena, de igual forma dentro del Derecho se denota un
gran avance en cuanto a la creación de algunas ramas, cuyo nacimiento era justo y
necesario, para estar a la par con este nuevo mundo al que aún nos estamos
adaptando; es así como nace el Derecho Tributario, cuyo fundamento está basado
en crear normas dirigidas a regular la relación jurídica entre el Estado o
administración pública y el ciudadano o contribuyente, y que tiene como finalidad
recaudar los recursos necesarios (tributos) para subsanar las necesidades
colectivas de todos los que habitan dentro de la República, y en el cual juega un rol
realmente importante la actividad financiera dentro del Estado Venezolano, la cual
no es más que el conjunto de actos, hechos y acciones cuya finalidad va
encaminada en establecer políticas que permitan la consecución de beneficios y/o
recursos que luego serán distribuidos y reinvertidos en la sociedad, lo que denota
una similitud por no decir coincidencia total en el objeto primordial de ambos, con la
diferencia de que la segunda pertenece al primero (Derecho Tributario).
De esta actividad financiera se desprenden dos fases claras, simples y esenciales
como lo son el Ingreso y el Gasto público.
En primer lugar, el Ingreso, se conceptualiza como el conjunto de medios a través
de los cuales el Estado logra recaudar, bien sea de sus propios bienes o por alguna
actividad del sector privado, una entrada (que por lo general es en dinero), para así
solventar todas las insuficiencias de la colectividad, quien confía en este por ser en
esencia la máxima representación de poder y de protección, y es de allí mismo de
donde se evidencia su real importancia, ya que si esta fase no es agotada
simplemente no podrán ser aplicadas las políticas gubernamentales.
3. Como toda figura jurídica el ingreso a su vez debe regirse por un conjunto de
principios, de los cuales se destacan: El principio de igualdad, en el que se
establece la no exclusión de ningún ciudadano para la contribución o el pago de
tributos, que está representado más que un deber como una obligación que nos
atañe a todos por igual, tal cual como lo establece el artículo 133. CRBV, que reza
lo siguiente: “Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos
mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la Ley,
principio que se encuentra muy ligado también al de generalidad, que en síntesis
establece el carácter extensivo de la tributación, por cuanto todo persona, ya sea
física o jurídica, cuya capacidad se ponga de manifiesto debe cumplir con el pago
de las contribuciones correspondientes; principio de no confiscación, que consiste
en la protección que establece el Estado para con el patrimonio individual o
colectivo; el principio de Legalidad, siendo uno de los más importantes debido a
que todo lo relacionado al Derecho y a cualquier actuación relacionada con él, debe
estar enmarcada en el mismo, por lo que en materia tributaria y de obtención de
ingresos, contamos con cuerpos normativos como el C.O.T (Código Orgánico
Tributario).
En cuanto a su clasificación, tenemos como punto de partida, una económica,
integrada por los ingresos ordinarios, que son los percibidos de manera regular o
periódica y extraordinarios, aquellos cuya llegada se da por lo general, por un
hecho o circunstancia especial, es decir, una sola vez ; los originarios y derivados,
siendo los primeros el resultado de las actividades realizadas por los entes públicos
o de sus bienes, mientras que los segundos surgen como consecuencia de la
intromisión en las acciones realizadas por los particulares; los nominales, que son
los que no tienen incidencia sobre el patrimonio que se encuentra en la tesorería
del Estado, porque a la vez de aumentar el activo, así mismo generan mayor
obligación, cosa contraria a los reales, que aunque aumentan el capital, esto no
tiene incidencia o genera obligaciones al Estado; y por último una clasificación
4. jurídica, que hace referencia a la relación establecida con los entes del sector
privado e intergubernamentales.
En segundo lugar, Como contrafigura, tenemos al gasto público, definido como el
conjunto de erogaciones realizadas por el Estado venezolano con la finalidad básica
de poder arropar, disipar o solventar, todas aquellas carencias de las cuales en
realidad nunca se lograra desligar el mismo.
También puede decirse que esta etapa consiste en la planeación y decisión, de a
dónde irán a parar esos recursos económicos de los cuales la administración pública
tiene manejo y control total a través de los diferentes entes destinados para tan fil.
En cuanto a su clasificación, la doctrina distingue dos criterios, uno jurídico
administrativo, que se refiere a todo lo concerniente a la distribución de los
ingresos dentro de los poderes públicos, haciendo referencia al ámbito institucional,
y por otra parte, a los gastos que genera la rama de salud, de educación, entre
otros, respondiendo a la función o finalidad de cada uno; y otro económico donde
se encuadran los gastos de funcionamiento y los de inversión, destinando los
primeros, al pago realizado para que los servicios públicos funcionen de manera
correcta, así como la administración pública en general, y el segundo a mejorar el
patrimonio y los bienes propios (públicos).
En cuanto a los efectos económicos que este puede generar es, que en la medida
que aumente, deberá generarse un alza en la renta nacional, y viceversa, es decir,
que el gasto público tiene un efecto oferta-demanda.
De todo lo anterior, se desglosa el grado de importancia que posee la actividad
económica y financiera dentro de la República, lo que enmarca a los ingresos y
gastos públicos como herramientas fundamentales utilizadas por la administración
en pro del bienestar de sus habitantes, y no solo de esto, sino también de los
servicios públicos que son tan vitales para el buen y correcto funcionamiento de una
nación, así como para el desarrollo del Derecho financiero cuyas normas parten de
5. establecer las pautas que regulen la recaudación de los tributos (tasas, impuestos,
contribuciones especiales), que luego serán distribuidas de manera justa y
oportuna.
6. Referencias Bibliográficas
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de la República Bolivariana de Venezuela Número 36860 (Extraordinaria) de
fecha 30 de diciembre de 1999.
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