UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO - ESTADO LARA
ALUMNA: LORENA V. MORALES
C. I: 13.785.698
CARRERA: DERECHO
CÁTEDRA: DERECHO TRIBUTARIO
SECCIÓN: SAIA “D”
PROFESORA: ABG. EMILY RAMIREZ
Mapas Conceptuales de
Derecho Tributario
GENERALIDADES DEL DERECHO TRIBUTARIO
También conocido como Derecho Fiscal.
Corresponde a una de las Ramas del
Derecho Público.
Estudia las normas y leyes jurídicas a partir de
las cuales el Gobierno local manifiesta su fuerza
tributaria, obteniendo ingresos de los
particulares y empresas, con el fin de sufragar el
gasto público. Se divide en una Parte General y
una Parte Especial.
Parte General: Comprende los Principios
Tributarios Constitucionales, sus fuentes, la
interpretación de sus normas, los Tributos, su
clasificación y características, sanciones,
procedimientos de recaudación, inspección de
los Actos, estudio de los Órganos de la
Administración Tributaria, entre otros.
Parte Especial: Se centra en las
Disposiciones Específicas de cada uno de
los Tributos que compone el Sistema Fiscal
de un determinado País (Estatutos
Especiales).
Autonomía: Las posiciones Doctrinales difieren en este
particular. Algunos Autores alegan no está desligado de
otras ramas del Derecho; por ende, no existe autonomía en
éste (Berlini); sin embargo, otros Autores alegan que sí es
un Derecho autónomo (Trotabas y De La Garza).
Tributo: Prestaciones de dinero que el Estado
exige en ejercicio de su poder, a través de una
Ley, para cubrir con los gastos que le demanda
el cumplimiento de sus fines. Comprende:
Impuestos, Contribuciones y Tasas.
Impuestos: Tributo cuyo pago no origina por
parte del Estado, una contraprestación directa
en favor del contribuyente.
Contribuciones: Tributo que genera beneficios, a
partir de obras públicas o actividades estatales.
Tasa: Contribuciones económicas que hacen los
usuarios de un servicio público prestado por el
Estado. No es un impuesto, sino el pago que
una persona realiza por el uso de un servicio;
por tanto, si el servicio no es usado, no hay
obligación de pagar.
DERECHO
TRIBUTARIO
Principio de
Legalidad
Art. 137 CRBV.
Es regla fundamental del
Derecho Público que es el
respeto al Estado de Derecho.
La puesta en práctica del
Derecho Tributario, debe
estar apegado a la Ley, y
jamás a intereses particulares
e individuales; pues
desvirtuarían su espíritu.
Principio de
Generalidad
Art. 133 CRBV.
Todos como ciudadanos,
tenemos el deber de ayudar y
colaborar con la carga del
gasto público; a través del
pago de Impuestos,
Contribuciones y Tasas, que
así contemplen las Leyes
Venezolanas.
Principio de Igualdad
Art. 21 CRBV
Todos somos iguales ante la
Ley, sin distingo de raza,
sexo, credo, posición social o
pensamiento político; por
ende, debemos ser tratados y
juzgados por la Ley, con total
uniformidad y equidad.
Principio de
Progresividad
Art. 316 CRBV
Referido a que la exigencia
del Ente recaudador de
impuestos (SENIAT), debe ser
proporcional entre los
ingresos generados por el
particular o empresa, y los
Tributos pagados por éstos.
Principio de
No Confiscatoriedad
Arts. 115,116 y 317
CRBV.
Es un límite de la Potestad
Tributaria. Tal Principio,
obliga al Estado a garantizar
el derecho a la propiedad
privada; puesto que, ningún
impuesto puede tener efecto
confiscatorio, salvo casos
permitidos por la
Constitución.
Principio de Justicia
Tributaria
Art. 316 CRBV
Los Tributos son justos, en la
medida que grave a todos con
igual intensidad; es decir, el
Sistema Tributario debe
procurar la justa distribución
de las cargas, según la
capacidad económica del
contribuyente.
Principio de la No
Retroactividad
Art.24 CRBV y
Art. 08 COT
Las normas tributarias no
podrán aplicarse con carácter
retroactivo, salvo
excepciones de ley; esto es,
que se aplicarán desde su
entrada en vigencia, aunque
los procesos se hubieren
iniciado bajo leyes
anteriores.
Los Principios Generales
Tributarios explicados, son
los elementos mínimos que
rigen las normativas
tributarias, mismos que en su
conjunto, son base
fundamental del Estado de
Derecho.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Su utilidad es que
representa un freno a los
posibles abusos de la
Admón. Pública,
abanderando el ideal de
que se aplican las normas
tributarias según Ley, y no
según intereses personales.
Su utilidad radica en la
contribución de todos los
ciudadanos que posean
capacidad contributiva
para coadyudar con el
gasto público; a través del
pago de Impuestos, Tasas
y Tributos.
Su utilidad radica en que a
todos los ciudadanos se les
debe aplicar los Principios,
leyes y normativas
tributarias, sin ningún
distingo, bajo las mismas
reglas y parámetros legales.
Su utilidad radica en que cuando se
eleva la alícuota de un Tributo,
Impuesto o Tasa, es porque los
ingresos del contribuyente fueron
superiores; es decir, más paga en
impuestos el que genera más
ganancias.
En el caso específico de los
Impuestos Inmobiliarios, sí
afecta sustancialmente el
Capital; puesto que, la cuantía
del Tributo, podría
considerase exorbitante.
Su utilidad es que asegura
la justa distribución de la
carga tributaria, según la
capacidad económica del
responsable; respetando
así los Principios de
Justicia Tributaria y de
Progresividad.
Su utilidad viene dada
porque ninguna norma
tributaria puede ser
aplicada con carácter
retroactivo; es decir, no
aplica hacia el pasado,
sino desde que entra en
vigencia en lo adelante.
UTILIDAD DE
LOS
PRINCIPIOS
TRIBUTARIOS
Legalidad
Generalida
d
Igualdad
Progresividad
No
Confiscatoriedad
Justicia
Tributaria
No
Retroactivid
ad

Mapas Conceptuales de Derecho Tributario.

  • 1.
    UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICERRECTORADOACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO BARQUISIMETO - ESTADO LARA ALUMNA: LORENA V. MORALES C. I: 13.785.698 CARRERA: DERECHO CÁTEDRA: DERECHO TRIBUTARIO SECCIÓN: SAIA “D” PROFESORA: ABG. EMILY RAMIREZ Mapas Conceptuales de Derecho Tributario
  • 2.
    GENERALIDADES DEL DERECHOTRIBUTARIO También conocido como Derecho Fiscal. Corresponde a una de las Ramas del Derecho Público. Estudia las normas y leyes jurídicas a partir de las cuales el Gobierno local manifiesta su fuerza tributaria, obteniendo ingresos de los particulares y empresas, con el fin de sufragar el gasto público. Se divide en una Parte General y una Parte Especial. Parte General: Comprende los Principios Tributarios Constitucionales, sus fuentes, la interpretación de sus normas, los Tributos, su clasificación y características, sanciones, procedimientos de recaudación, inspección de los Actos, estudio de los Órganos de la Administración Tributaria, entre otros. Parte Especial: Se centra en las Disposiciones Específicas de cada uno de los Tributos que compone el Sistema Fiscal de un determinado País (Estatutos Especiales). Autonomía: Las posiciones Doctrinales difieren en este particular. Algunos Autores alegan no está desligado de otras ramas del Derecho; por ende, no existe autonomía en éste (Berlini); sin embargo, otros Autores alegan que sí es un Derecho autónomo (Trotabas y De La Garza). Tributo: Prestaciones de dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder, a través de una Ley, para cubrir con los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines. Comprende: Impuestos, Contribuciones y Tasas. Impuestos: Tributo cuyo pago no origina por parte del Estado, una contraprestación directa en favor del contribuyente. Contribuciones: Tributo que genera beneficios, a partir de obras públicas o actividades estatales. Tasa: Contribuciones económicas que hacen los usuarios de un servicio público prestado por el Estado. No es un impuesto, sino el pago que una persona realiza por el uso de un servicio; por tanto, si el servicio no es usado, no hay obligación de pagar. DERECHO TRIBUTARIO
  • 3.
    Principio de Legalidad Art. 137CRBV. Es regla fundamental del Derecho Público que es el respeto al Estado de Derecho. La puesta en práctica del Derecho Tributario, debe estar apegado a la Ley, y jamás a intereses particulares e individuales; pues desvirtuarían su espíritu. Principio de Generalidad Art. 133 CRBV. Todos como ciudadanos, tenemos el deber de ayudar y colaborar con la carga del gasto público; a través del pago de Impuestos, Contribuciones y Tasas, que así contemplen las Leyes Venezolanas. Principio de Igualdad Art. 21 CRBV Todos somos iguales ante la Ley, sin distingo de raza, sexo, credo, posición social o pensamiento político; por ende, debemos ser tratados y juzgados por la Ley, con total uniformidad y equidad. Principio de Progresividad Art. 316 CRBV Referido a que la exigencia del Ente recaudador de impuestos (SENIAT), debe ser proporcional entre los ingresos generados por el particular o empresa, y los Tributos pagados por éstos. Principio de No Confiscatoriedad Arts. 115,116 y 317 CRBV. Es un límite de la Potestad Tributaria. Tal Principio, obliga al Estado a garantizar el derecho a la propiedad privada; puesto que, ningún impuesto puede tener efecto confiscatorio, salvo casos permitidos por la Constitución. Principio de Justicia Tributaria Art. 316 CRBV Los Tributos son justos, en la medida que grave a todos con igual intensidad; es decir, el Sistema Tributario debe procurar la justa distribución de las cargas, según la capacidad económica del contribuyente. Principio de la No Retroactividad Art.24 CRBV y Art. 08 COT Las normas tributarias no podrán aplicarse con carácter retroactivo, salvo excepciones de ley; esto es, que se aplicarán desde su entrada en vigencia, aunque los procesos se hubieren iniciado bajo leyes anteriores. Los Principios Generales Tributarios explicados, son los elementos mínimos que rigen las normativas tributarias, mismos que en su conjunto, son base fundamental del Estado de Derecho. PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO
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    PRINCIPIOS GENERALES DELDERECHO TRIBUTARIO Su utilidad es que representa un freno a los posibles abusos de la Admón. Pública, abanderando el ideal de que se aplican las normas tributarias según Ley, y no según intereses personales. Su utilidad radica en la contribución de todos los ciudadanos que posean capacidad contributiva para coadyudar con el gasto público; a través del pago de Impuestos, Tasas y Tributos. Su utilidad radica en que a todos los ciudadanos se les debe aplicar los Principios, leyes y normativas tributarias, sin ningún distingo, bajo las mismas reglas y parámetros legales. Su utilidad radica en que cuando se eleva la alícuota de un Tributo, Impuesto o Tasa, es porque los ingresos del contribuyente fueron superiores; es decir, más paga en impuestos el que genera más ganancias. En el caso específico de los Impuestos Inmobiliarios, sí afecta sustancialmente el Capital; puesto que, la cuantía del Tributo, podría considerase exorbitante. Su utilidad es que asegura la justa distribución de la carga tributaria, según la capacidad económica del responsable; respetando así los Principios de Justicia Tributaria y de Progresividad. Su utilidad viene dada porque ninguna norma tributaria puede ser aplicada con carácter retroactivo; es decir, no aplica hacia el pasado, sino desde que entra en vigencia en lo adelante. UTILIDAD DE LOS PRINCIPIOS TRIBUTARIOS Legalidad Generalida d Igualdad Progresividad No Confiscatoriedad Justicia Tributaria No Retroactivid ad