El documento presenta una introducción al Derecho Tributario, describiendo que estudia las normas y leyes a través de las cuales el gobierno obtiene ingresos de los ciudadanos para financiar el gasto público. Se divide en una Parte General, que comprende principios, tributos y organismos tributarios, y una Parte Especial sobre cada tributo específico. Luego resume los principales principios generales del Derecho Tributario, como la legalidad, generalidad, igualdad, progresividad, no confiscatoriedad, justicia tributaria y no retroactividad.
Unidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributariaLorayne finol
El propósito de esta unidad de aprendizaje es analizar los elementos constitutivos de la obligación jurídico tributaria, en el marco del derecho material tributario.
Unidad de aprendizaje No. 4: La obligación tributariaLorayne finol
El propósito de esta unidad de aprendizaje es analizar los elementos constitutivos de la obligación jurídico tributaria, en el marco del derecho material tributario.
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Cuadro Explicativo Sobre los Impuestos Contenidos en la Ley Orgánica de Hacie...Lorena Morales
Cuadro Explicativo Sobre los Impuestos Contenidos en la Ley Orgánica de Hacienda Pública Estadal. ¿Qué es Hacienda Pública Estadal? Impuestos Contenidos en la Precitada Normativa (Tasas Estadales, Timbres Fiscales, Impuesto a las Ventas de Minoristas, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto a la Exploración de Minerales No Metálicos, Impuesto a las Contribuciones Especiales, Impuesto a la Participación en la Recaudación Nacional por Concepto de ISLR de Personas Naturales, Impuesto a la Participación en la Recaudación Nacional por Concepto del Impuesto al Consumo de Combustibles Derivados de los Hidrocarburos.
Ensayo Sobre El Impuesto al Valor Agregado (IVA)Lorena Morales
Ensayo Sobre El Impuesto al Valor Agregado (IVA).
1.- Ventajas del Impuesto al Valor Agregado.
2- Sujetos Pasivos.
3- Ámbito Territorial.
4- Hecho Imponible que lo Genera.
5- ¿Cómo y Cuándo es la Declaración y Pago del IVA?
Cuadro Sinóptico Sobre las Formas de Determinación de la Obligación Tributari...Lorena Morales
Cuadro Sinóptico Sobre las Formas de Determinación de la Obligación Tributaria. Diciembre de 2017. Referencias Bibliográficas y Electrónicas Según Normas APA.
TEMA 12: Identificación de Restos Humanos. Características Antropológicas: Determinación de edad, sexo, raza; otras características relevantes. Material útil para estudios biológicos en la identificación. ADN. Odontología Forense.
TEMA 13: Mecanismos de Producción de Hipoxia y Anoxia. Procesos Fisiopatológicos o eventos orgánicos que se producen ante la carencia de oxígeno y de respiración. Síntomas Generales de la Asfixia. Evidencias en el ser vivo, y en el cadáver.
TEMA 14: Muerte por Suspensión. Tipos. Teorías que explican la Muerte por Suspensión: Obstrucción Respiratoria, Cardiocirculatoria e Inhibitoria o Neurogénica. Aspecto exterior del Cadáver Suspendido (ahorcado). Lesiones que se esperan en la Necropsia.
TEMA 15: Muerte por Estrangulamiento. Instrumentos de la Estrangulación. Signos o Hallazgos Internos y Externos.
TEMA 16: Muerte por Sofocación Facial. Sofocación por Cuerpo Extraño. Sofocación por compresión de tórax y abdomen (disminución de la capacidad ventilatoria). Muerte por falta de aire respirable. Sofocación por enterramiento: agotamiento de oxígeno; enrarecimiento del aire por otros gases; monóxido de carbono; gases de disuasión policial y militar.
Cuadros Explicativos Sobre la Relación Jurídica Tributaria.Lorena Morales
Cuadros Explicativos Sobre la Relación Jurídica Tributaria. Elementos Esenciales de la Relación Jurídica Tributaria.
Clases de Domicilio Previstos en el Código Orgánico Tributario.
Arte Final. Temas: Traumas, Politraumas y Afecciones Laborales.Lorena Morales
Tema 6: Politrauma: Mecanismos de Producción; Evaluación Forense del Politraumatizado en Vida. Trauma Cráneo-encefálico y Raquimedular.
Tema 7: Traumas y Afecciones Laborales. Lesión Funcional o Corporal; Discapacidad Temporal, Parcial y Total Permanente; Absoluta y Gran Discapacidad. Enfermedad Ocupacional y Accidente Laboral, su Calificación en la LOPCYMAT. Clasificación de las Lesiones según el C.P.V: Desde Levísimas a Gravísimas.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO - ESTADO LARA
ALUMNA: LORENA V. MORALES
C. I: 13.785.698
CARRERA: DERECHO
CÁTEDRA: DERECHO TRIBUTARIO
SECCIÓN: SAIA “D”
PROFESORA: ABG. EMILY RAMIREZ
Mapas Conceptuales de
Derecho Tributario
2. GENERALIDADES DEL DERECHO TRIBUTARIO
También conocido como Derecho Fiscal.
Corresponde a una de las Ramas del
Derecho Público.
Estudia las normas y leyes jurídicas a partir de
las cuales el Gobierno local manifiesta su fuerza
tributaria, obteniendo ingresos de los
particulares y empresas, con el fin de sufragar el
gasto público. Se divide en una Parte General y
una Parte Especial.
Parte General: Comprende los Principios
Tributarios Constitucionales, sus fuentes, la
interpretación de sus normas, los Tributos, su
clasificación y características, sanciones,
procedimientos de recaudación, inspección de
los Actos, estudio de los Órganos de la
Administración Tributaria, entre otros.
Parte Especial: Se centra en las
Disposiciones Específicas de cada uno de
los Tributos que compone el Sistema Fiscal
de un determinado País (Estatutos
Especiales).
Autonomía: Las posiciones Doctrinales difieren en este
particular. Algunos Autores alegan no está desligado de
otras ramas del Derecho; por ende, no existe autonomía en
éste (Berlini); sin embargo, otros Autores alegan que sí es
un Derecho autónomo (Trotabas y De La Garza).
Tributo: Prestaciones de dinero que el Estado
exige en ejercicio de su poder, a través de una
Ley, para cubrir con los gastos que le demanda
el cumplimiento de sus fines. Comprende:
Impuestos, Contribuciones y Tasas.
Impuestos: Tributo cuyo pago no origina por
parte del Estado, una contraprestación directa
en favor del contribuyente.
Contribuciones: Tributo que genera beneficios, a
partir de obras públicas o actividades estatales.
Tasa: Contribuciones económicas que hacen los
usuarios de un servicio público prestado por el
Estado. No es un impuesto, sino el pago que
una persona realiza por el uso de un servicio;
por tanto, si el servicio no es usado, no hay
obligación de pagar.
DERECHO
TRIBUTARIO
3. Principio de
Legalidad
Art. 137 CRBV.
Es regla fundamental del
Derecho Público que es el
respeto al Estado de Derecho.
La puesta en práctica del
Derecho Tributario, debe
estar apegado a la Ley, y
jamás a intereses particulares
e individuales; pues
desvirtuarían su espíritu.
Principio de
Generalidad
Art. 133 CRBV.
Todos como ciudadanos,
tenemos el deber de ayudar y
colaborar con la carga del
gasto público; a través del
pago de Impuestos,
Contribuciones y Tasas, que
así contemplen las Leyes
Venezolanas.
Principio de Igualdad
Art. 21 CRBV
Todos somos iguales ante la
Ley, sin distingo de raza,
sexo, credo, posición social o
pensamiento político; por
ende, debemos ser tratados y
juzgados por la Ley, con total
uniformidad y equidad.
Principio de
Progresividad
Art. 316 CRBV
Referido a que la exigencia
del Ente recaudador de
impuestos (SENIAT), debe ser
proporcional entre los
ingresos generados por el
particular o empresa, y los
Tributos pagados por éstos.
Principio de
No Confiscatoriedad
Arts. 115,116 y 317
CRBV.
Es un límite de la Potestad
Tributaria. Tal Principio,
obliga al Estado a garantizar
el derecho a la propiedad
privada; puesto que, ningún
impuesto puede tener efecto
confiscatorio, salvo casos
permitidos por la
Constitución.
Principio de Justicia
Tributaria
Art. 316 CRBV
Los Tributos son justos, en la
medida que grave a todos con
igual intensidad; es decir, el
Sistema Tributario debe
procurar la justa distribución
de las cargas, según la
capacidad económica del
contribuyente.
Principio de la No
Retroactividad
Art.24 CRBV y
Art. 08 COT
Las normas tributarias no
podrán aplicarse con carácter
retroactivo, salvo
excepciones de ley; esto es,
que se aplicarán desde su
entrada en vigencia, aunque
los procesos se hubieren
iniciado bajo leyes
anteriores.
Los Principios Generales
Tributarios explicados, son
los elementos mínimos que
rigen las normativas
tributarias, mismos que en su
conjunto, son base
fundamental del Estado de
Derecho.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO
4. PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO TRIBUTARIO
Su utilidad es que
representa un freno a los
posibles abusos de la
Admón. Pública,
abanderando el ideal de
que se aplican las normas
tributarias según Ley, y no
según intereses personales.
Su utilidad radica en la
contribución de todos los
ciudadanos que posean
capacidad contributiva
para coadyudar con el
gasto público; a través del
pago de Impuestos, Tasas
y Tributos.
Su utilidad radica en que a
todos los ciudadanos se les
debe aplicar los Principios,
leyes y normativas
tributarias, sin ningún
distingo, bajo las mismas
reglas y parámetros legales.
Su utilidad radica en que cuando se
eleva la alícuota de un Tributo,
Impuesto o Tasa, es porque los
ingresos del contribuyente fueron
superiores; es decir, más paga en
impuestos el que genera más
ganancias.
En el caso específico de los
Impuestos Inmobiliarios, sí
afecta sustancialmente el
Capital; puesto que, la cuantía
del Tributo, podría
considerase exorbitante.
Su utilidad es que asegura
la justa distribución de la
carga tributaria, según la
capacidad económica del
responsable; respetando
así los Principios de
Justicia Tributaria y de
Progresividad.
Su utilidad viene dada
porque ninguna norma
tributaria puede ser
aplicada con carácter
retroactivo; es decir, no
aplica hacia el pasado,
sino desde que entra en
vigencia en lo adelante.
UTILIDAD DE
LOS
PRINCIPIOS
TRIBUTARIOS
Legalidad
Generalida
d
Igualdad
Progresividad
No
Confiscatoriedad
Justicia
Tributaria
No
Retroactivid
ad