Federico es un aprendiz del SENA en modalidad virtual que fue a visitar una empresa para observar maquinaria como parte de su formación. Sin embargo, el jefe de mantenimiento le pidió que presentara un carné que lo acreditara como aprendiz SENA, el cual Federico nunca ha tenido. Aunque le ha preguntado a su líder de bienestar, ella le dijo incorrectamente que los carnés son solo para aprendices presenciales.
Que la Constitución Política de Colombia señala en su artículo 67 que: “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia, y en la práctica del trabajo y en la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente”.
Que la Ley 119 de 1994 establece que “El Sena, está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país”.
Que el artículo 4o de la Ley 119 de 1994, establece como función del Sena, entre otras: “1. Impulsar la promoción social del trabajador, a través de su formación profesional integral, para hacer de él un ciudadano útil y responsable, poseedor de valores morales éticos, culturales y ecológicos”.
Que el Aprendiz es el centro de la formación profesional integral y es deber del Sena propender por los más altos niveles de excelencia en cumplimiento de la misión y objetivos que le han sido trazados.
Que para la convivencia armoniosa de toda comunidad educativa, se requiere el establecimiento y cumplimiento de normas mínimas de comportamiento y convivencia, concordadas con las disposiciones relativas al proceso de aprendizaje.
Que de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 3o del Decreto 249 de 2004 es función del Consejo Directivo Nacional del Sena: “8. Regular los sistemas o normas para la selección, orientación, promoción y formación profesional integral de los trabajadores alumnos y expedir el reglamento a que deben someterse, el cual comprenderá sus derechos, deberes, reglas de permanencia y el régimen sancionatorio”. (Resaltado fuera de texto).
Que la Constitución Política de Colombia señala en su artículo 67 que: “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia, y en la práctica del trabajo y en la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente”.
Que la Ley 119 de 1994 establece que “El Sena, está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país”.
Que el artículo 4o de la Ley 119 de 1994, establece como función del Sena, entre otras: “1. Impulsar la promoción social del trabajador, a través de su formación profesional integral, para hacer de él un ciudadano útil y responsable, poseedor de valores morales éticos, culturales y ecológicos”.
Que el Aprendiz es el centro de la formación profesional integral y es deber del Sena propender por los más altos niveles de excelencia en cumplimiento de la misión y objetivos que le han sido trazados.
Que para la convivencia armoniosa de toda comunidad educativa, se requiere el establecimiento y cumplimiento de normas mínimas de comportamiento y convivencia, concordadas con las disposiciones relativas al proceso de aprendizaje.
Que de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 3o del Decreto 249 de 2004 es función del Consejo Directivo Nacional del Sena: “8. Regular los sistemas o normas para la selección, orientación, promoción y formación profesional integral de los trabajadores alumnos y expedir el reglamento a que deben someterse, el cual comprenderá sus derechos, deberes, reglas de permanencia y el régimen sancionatorio”. (Resaltado fuera de texto).
Situaciones de la vida cotidiana del Aprendiz SENA que se presentan frecuentemente en su entorno de formación.
Descripción caso 1
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el es-pacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carnét personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carnét y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnes son para los aprendices de la modalidad presencial
Análisis de caso
Para la conclusión de este caso debemos tener presente el capitulo III en el punto 14; Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz Sena, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por la Dirección General.
Pienso que la respuesta del líder de bienestar no es la correcta porque no se estaría cumpliendo el ARTICULO 15 del CAPITULO VI. El cual dice que Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva.
Descripción caso 2
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multi-media, desde el inicio de su formación hace tres meses y me-dio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las activida-des de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación co-rrespondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimen-tación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado por-que teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo
Postura institucional: Para mejorar la seguridad ciudadana es prioritario consolidar una policía profesional de carrera, con vocación de servicio, disciplina e integridad.
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Situaciones de la vida cotidiana del Aprendiz SENA que se presentan frecuentemente en su entorno de formación.
Descripción caso 1
Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el es-pacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carnét personal que lo acredita como aprendiz SENA.
Federico manifiesta que nunca ha tenido carnét y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnes son para los aprendices de la modalidad presencial
Análisis de caso
Para la conclusión de este caso debemos tener presente el capitulo III en el punto 14; Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz Sena, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por la Dirección General.
Pienso que la respuesta del líder de bienestar no es la correcta porque no se estaría cumpliendo el ARTICULO 15 del CAPITULO VI. El cual dice que Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva.
Descripción caso 2
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multi-media, desde el inicio de su formación hace tres meses y me-dio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las activida-des de formación que le han planteado sus tutores en la guías de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación co-rrespondiente de los trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimen-tación, este le responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado por-que teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo
Postura institucional: Para mejorar la seguridad ciudadana es prioritario consolidar una policía profesional de carrera, con vocación de servicio, disciplina e integridad.
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These slides are from a talk that John Hedtke and I did together for an STC evening program. For those who didn't know, we co-authored "RoboHelp for the Web" back in 2003, and have remained friends anyway.
c3.hu3.p3.p2.Superioridad e inferioridad en la sociedad.pptx
Estación 3 Mis Derechos Y Deberes Aprendiz Sena
1. ESTACIÓN 3 MIS DERECHOS Y DEBERES
APRENDIZ SENA
Federico es un aprendiz de un programa de
formación de nivel técnico en el SENA en
modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses
inicio su proceso de formación y su instructor le ha
solicitado que visite una empresa para observar el
espacio donde permanece la maquinaria y para que
analice el mantenimiento que se le hace a la misma.
Federico llega a la empresa a efectuar la visita
planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita
que presente el carne personal que lo acredita
como aprendiz SENA
2. ESTACIÓN 3 MIS DERECHOS Y DEBERES APRENDIZ
SENA
Federico Manifiesta que nunca ha tenido carnet y
que en dos oportunidades se le ha solicitado a la
líder de bienestar, ella le ha explicado que los
carnés son para los aprendices de la modalidad
presencial.
3. ANALISIS DEL CASO
De acuerdo con el reglamento de aprendices en lo que
respecta a los derechos, proporcione una respuesta
argumentada a los diferentes cuestionamientos:
¿Qué respuesta le daría usted a Federico y en que capítulo
del Reglamento se Basaría?
En el artículo 3 se considera aprendiz no solo a las
personas matriculadas en los programas de formación
presencial si no cualquier tipo de formación, sea
Presencial, Virtual o Combinada es por ello que los
derechos y deberes son los mismos. Ya en el artículo
séptimo se reglamentan los derechos de los aprendices
donde el numeral 4 garantiza la obtención de un carné que
lo acredite como tal luego de legalizar la matricula. En este
caso Federico lleva 4 meses de formación.
4. ANALISIS DEL CASO
En relación con la líder de bienestar, ¿Qué opina
acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al
aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Explique por
qué.
La funcionaria del SENA dio una información
equivocada ya que todo aprendiz del Servicio Nacional
de Aprendizaje, este en modalidad presencial o virtual
tiene el derecho según el artículo séptimo del
reglamento del aprendiz de gozar de una acreditación
que lo referencie como aprendiz.
La solución que planeo es que rápidamente se le
expida el carné a Federico y la funcionaria pida
disculpas por su falta de información.
5. DESCRIPCIÓN CASO NICOLAS
Nicolás es un aprendiz del programa de
Tecnología en Multimedia, desde el inicio de su
formación hace tres meses y medio, ha sido muy
dedicado y cuidadoso en realizar las actividades
de formación que le han planteado sus tutores
en las guías de aprendizaje. Nicolás desea
recibir la retroalimentación correspondiente de
los trabajos presentados para conocer como le
ha ido a lo largo de su proceso.
6. Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha
retroalimentación, este responde: “Usted debe
saber cómo va, para eso hizo las actividades”.
Nicolás está muy preocupado porque teme
encontrar algunas sorpresas, además su tutor
le ha comentado que solo estará en el SENA
por dos meses más, porque debe irse para otra
región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar
por escrito los juicios de evaluación de sus
evidencias y quiere hacerlo cumpliendo con la
normatividad del SENA.
7. ANALISIS DEL CASO
De acuerdo con la intención de Nicolás de
hacer una solicitud oficial para recibir los
juicios de evaluación de las evidencias
presentadas:
¿En qué capítulo, articulo e ítems del
Reglamento de Aprendices, se debe amparar
Nicolás para hacer dicha solicitud de manera
respetuosa y formal?
El artículo séptimo del reglamento del
aprendiz titulado derechos del aprendiz da
claridad de cómo hacer esta solicitud. Nicolás
8. (8). Ser escuchado y atendido en sus peticiones
respetuosas, por parte de los directivos,
Instructores y personal administrativo, ante las
dificultades que se puedan presentar en su
proceso de formación.
(11). Ser evaluado objetiva e integralmente, con
base en los criterios de evaluación y la ruta de
aprendizaje. y a conocer, dentro de los ocho (8)
días hábiles siguientes, los resultados de las
evaluaciones, así como las diferentes novedades
académicas, cuando estas ocurrieren, tales como
amonestación, sanción, suspensión o cancelación
del registro de matrícula
9. (12). Solicitar, de manera respetuosa, la
revisión de las evaluaciones
correspondientes, si considera que el
resultado no es objetivo, siguiendo el
procedimiento establecido en este
Reglamento.