Diapositivas unidad de trabajo 7 sobre Coloración temporal y semipermanente
Fase (caso disciplinario)
1. Unidad II:
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
GRUPO N° 1
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO DE MEJORAMIENTO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO
NÚCLEO ACADÉMICO MÉRIDA
2. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Un procedimiento administrativo implica el
desarrollo formal de las acciones que se
requieren para concretar la intervención
administrativa necesaria para la realización de
un determinado objetivo. Su propósito es la
concreción de un acto de carácter
administrativo.
3. Planteamiento del Problema
Acta de Citación al Docente
Acta de Entrevista al Docente
Informe de Director
ANÁLISIS DE CASO DISCIPLINARIO
REAL
4. F: 00
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Municipio Autónomo Campo Elías
Ejido Estado Mérida
NOMBRE DEL INVESTIGADO: Jesús Manuel Colina
CEDULA DE IDENTIDAD: 9.245.070
CARGO: Docente
ESCUELA BASICA O UNIDAD EDUCATIVA: Aulas Anexas Edelmira de Lobo
MUNICIPIO: Campo Elías
ESTADO: Mérida
DIA, MES Y AÑO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO: 06 de Abril de 2015
NUMERO TOTAL DE FOLIOS: 04.
5. F: 01
Planteamiento del Problema
En las Aulas Anexas Edelmira de Lobo ubicada en el Municipio
Campo Elías de Ejido, actualmente labora el Prof. Jesús Manuel Colina
C.I. Nº: 9.245.070, quien se desempeña como Docente de Aula en 5to.
Grado, cuenta con una matrícula de 33 alumnos, 12 hembras y 21
varones, durante varios días se ha notado que éste docente llega
reiteradamente tarde a la escuela, continuamente durante varios meses,
al principio se pensó que era debido a que cambió de residencia y
actualmente vive a las afuera del Municipio pero ya es muy constante las
faltas en su horario.
En la primera semana de Enero el funcionario arriba mencionado
ha llegado tarde todos los días sin ningún tipo de justificación, por lo que
el Director decide aperturar un procedimiento administrativo. Siendo
Testigo su compañera de trabajo Prof. Noreina Duarte Cedula de
Identidad Nº 16.038.883 de 3er grado único.
6. F: 02
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
Acta de Citación al Docente
Ejido, 06 / 04 /2015.
Ciudadano
Jesús Manuel Colina
Presente.-
Me permito informarle que he aperturado una investigación en relación a los hechos en que usted
presuntamente ha incurrido, los cuales podrían estar tipificados como causales de amonestación
escrita, con base en el Artículo 152, numeral 1 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión
Docente. Tal hecho consiste: Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo, es decir
a la escuela, llegando reiteradamente tarde al aula de clase continuamente durante tres meses.
A los fines de que se produzca su descargo y plantee lo conducente en ejercicio de su derecho a la
defensa, le envío la presente citación a los fines de que comparezca ante mi persona el:
03/04/2015; a las 8:00 a.m. en este despacho
Cargo: Director
Nombre: Benedicta Márquez Sello de la Dependencia
C.I: 5.202.605
Recibido: Jesús Manuel Colina
Fecha y Hora: 06/04/2015 a las 10:00 am
7. F: 04
Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
Acta de Entrevista con el Docente
Ciudadano:
Jesús Manuel Colina
Presente.
En el día de hoy 13 de Abril de 2015, siendo las 8:00 de la mañana acudió a esta Oficina o Dirección del Plantel
Aulas Anexas Edelmira de Lobo, ubicada en el Municipio Campo Elías, el Ciudadano Jesús Manuel Colina,
previamente según consta de anexo a la presente acta, en su condición de Docente de Aula, a los fines de ser
informado del hecho a la cual se le imputa, a juicio de su superior inmediato, podría configurar una causal de
Amonestación Escrita prevista en el Art. 152 del Ejercicio de la Profesión Docente, tal hecho consiste en: Retardo
reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo
Durante el mes de Enero el Prof. Jesús Manuel Colina llegó tarde a la institución sin presentar ningún tipo de
justificación, esto a creado una incomodidad tanto a los alumnos, como a los representantes y a la institución.
Ante tales planteamientos, el funcionario citado manifestó lo siguiente: “Siempre he sido consciente de que
llego tarde, se me dificulta llegar temprano debido a que ahora vivo fuera de Ejido y el transporte no
presta un buen servicio. Sin embargo quiero comprometerme a llegar temprano, es decir al horario de
trabajo, ya que soy docente y debo ser modelo para los alumnos”.
Después del análisis de los hechos imputados y de los cargos realizados en la entrevista recogida en la presente
acta, en mi condición de superior inmediato decidiré a la mayor brevedad sobre la aplicación efectiva de la
amonestación o sobre la conclusión del procedimiento con base en alegatos del funcionario.
Jesus Manuel Colina Sello Prof. Benedicta Márquez
8. F: 06
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
INFORME DEL DIRECTOR
En el día de hoy 13-04-2016, procedí a citar el funcionario Jesús Manuel Colina cédula de identidad
Nº9.245.070, quien en relación a los hechos ocurridos en el plantel durante tres meses, lo cual lo responsabiliza
de relatar los hechos ocurridos.
Oídas las imputaciones que se le formularon, el funcionario mencionado procedió a justificar su conducta en
los siguientes términos: : “Siempre he sido consciente de que llego tarde, se me dificulta llegar temprano
debido a que ahora vivo fuera de Ejido y el transporte no presta un buen servicio. Sin embargo quiero
comprometerme a llegar temprano, es decir al horario de trabajo, ya que soy docente y debo ser modelo
para los alumnos”.
Oídas la testificación de la Prof. Noreina Duarte Cedula de Identidad Nº 16.038.883 que: “Que el docente
antes mencionado por lo general siempre llega a la institución treinta minutos después del horario
acordado para iniciar la jornada diaria, así mismo manifestó que este comportamiento se viene desde
que comenzó el año 2015”.
Ahora bien; analizados los antecedentes del funcionario, su expediente personal, la falta que se le imputa y
comprobada como ha quedado su responsabilidad, procedo en uso de la atribución que me otorga el artículo 95
del Reglamento General de la Ley de Carrera Administrativa, a aplicar la sanción de amonestación escrita
basada en las disposiciones transitorias de La Ley Orgánica de Educación en su numeral 8.
Superior Jerárquico Sello de la dependencia
Nombre:
Cédula de identidad:
9. Planteamiento del Problema
Acta de Citación al Docente
Citación del Testigo
Acta de Entrevista al Docente
Acta Declaración del Testigo
Informe de Director
Acta de Aplicación de Amonestación Escrita
ANÁLISIS DE CASO DISCIPLINARIO
SIGUIENDO LINEAMIENTOS
10. F: 00
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Municipio Autónomo Campo Elías
Ejido Estado Mérida
NOMBRE DEL INVESTIGADO: Jesús Manuel Colina
CEDULA DE IDENTIDAD: 9.245.070
CARGO: Docente
ESCUELA BASICA O UNIDAD EDUCATIVA: Aulas Anexas Edelmira de Lobo
MUNICIPIO: Campo Elías
ESTADO: Mérida
DIA, MES Y AÑO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO: 06 de Abril de 2015
NUMERO TOTAL DE FOLIOS: ______
11. F: 01
Planteamiento del Problema
En las Aulas Anexas Edelmira de Lobo ubicada en el Municipio
Campo Elías de Ejido, actualmente labora el Prof. Jesús Manuel Colina
C.I. Nº: 9.245.070, quien se desempeña como Docente de Aula en 5to.
Grado, cuenta con una matrícula de 33 alumnos, 12 hembras y 21
varones, durante varios días se ha notado que éste docente llega
reiteradamente tarde a la escuela, continuamente durante varios meses,
al principio se pensó que era debido a que cambió de residencia y
actualmente vive a las afuera del Municipio pero ya es muy constante las
faltas en su horario.
En la primera semana de Enero el funcionario arriba mencionado
ha llegado tarde todos los días sin ningún tipo de justificación, por lo que
el Director decide aperturar un procedimiento administrativo. Siendo
Testigo su compañera de trabajo Prof. Noreina Duarte Cedula de
Identidad Nº 16.038.883 de 3er grado único.
12. F: 02
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
Acta de Citación al Docente
Ejido, 06 / 04 /2015.
Ciudadano
Jesús Manuel Colina
Presente.-
Me permito informarle que he aperturado una investigación en relación a los hechos en que usted
presuntamente ha incurrido, los cuales podrían estar tipificados como causales de amonestación
escrita, con base en el Artículo 152, numeral 1 del Reglamento del Ejercicio de la Profesión
Docente. Tal hecho consiste: Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo, es decir
a la escuela, llegando reiteradamente tarde al aula de clase continuamente durante tres meses.
A los fines de que se produzca su descargo y plantee lo conducente en ejercicio de su derecho a la
defensa, le envío la presente citación a los fines de que comparezca ante mi persona el:
03/04/2015; a las 8:00 a.m. en este despacho
Cargo: Director
Nombre: Benedicta Márquez Sello de la Dependencia
C.I: 5.202.605
Recibido: Jesús Manuel Molina
Fecha y Hora: 06/04/2015 a las 10:00 am
13. F: 03
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
Ejido, 06 Abril 2015
Citación del Testigo
Se notifica a la ciudadana Noreina Duarte, titular de la Cédula de Identidad Nº
16.038.883, en su carácter de Docente de Aula de 3er grado, que debe comparecer
ante la Dirección de este Plantel el día 13 del mes Abril del año 2015 a las 10 am, para
que rinda declaración en la averiguación que se sigue al Docente: Jesús Manuel Colina
Cédula de Identidad Nº 9.245.070 del 5to. grado en esta institución en cuanto
presuntamente ha incurrido en: Retardo en forma reiterada al lugar de trabajo.
___________________________
Director del Plantel. Sello de la Dependencia
Recibido: Noreina Duarte C.I. V-16.038.883
Fecha: 06 Abril 2015
Hora: 10 a.m.
14. F: 04
Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
Acta de Entrevista con el Docente
Ciudadano:
Jesús Manuel Colina
Presente.
En el día de hoy 13 de Abril de 2015, siendo las 8:00 de la mañana acudió a esta Oficina o Dirección del Plantel
Aulas Anexas Edelmira de Lobo, ubicada en el Municipio Campo Elías, el Ciudadano Jesús Manuel Colina,
previamente según consta de anexo a la presente acta, en su condición de Docente de Aula, a los fines de ser
informado del hecho a la cual se le imputa, a juicio de su superior inmediato, podría configurar una causal de
Amonestación Escrita prevista en el Art. 152 del Ejercicio de la Profesión Docente, tal hecho consiste en: Retardo
reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo
Durante el mes de Enero el Prof. Jesús Manuel Colina llegó tarde a la institución sin presentar ningún tipo de
justificación, esto a creado una incomodidad tanto a los alumnos, como a los representantes y a la institución.
Ante tales planteamientos, el funcionario citado manifestó lo siguiente: “Siempre he sido consciente de que
llego tarde, se me dificulta llegar temprano debido a que ahora vivo fuera de Ejido y el transporte no
presta un buen servicio. Sin embargo quiero comprometerme a llegar temprano, es decir al horario de
trabajo, ya que soy docente y debo ser modelo para los alumnos”.
Después del análisis de los hechos imputados y de los cargos realizados en la entrevista recogida en la presente
acta, en mi condición de superior inmediato decidiré a la mayor brevedad sobre la aplicación efectiva de la
amonestación o sobre la conclusión del procedimiento con base en alegatos del funcionario.
Jesus Manuel Colina Sello Prof. Benedicta Márquez
15. F: 05
Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
Acta de Declaración del Testigo
Hoy 13 de Abril de 2015 siendo las 10 a.m. previa citación compareció por ante la
Dirección de las Aulas Anexas Edelmira de Lobo la docente Noreina Duarte Cedula de
Identidad Nº 16.038.883 para dar su declaración con respecto al caso que se le sigue
al Docente de 5to. grado de la misma Institución Jesús Manuel Colina Cedula de
Identidad Nº 9.245.070 por estar presuntamente cometiendo una falta leve estipulada
en el Art. 152 del Ejercicio de la Profesión Docente, tal hecho consiste en: Retardo
reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo
El testigo expuso: Que el docente antes mencionado por lo general siempre llega a
la institución treinta minutos después del horario acordado para iniciar la jornada diaria,
así mismo manifestó que este comportamiento se viene desde que comenzó el año
2015.
Finalizada la entrevista, se leyó y conforme firman.
__________________ _____________________
El Director del Plantel El Testigo
(Nombre y Apellido)
Sello C.I.Nº
16. F: 06
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
INFORME DEL DIRECTOR
En el día de hoy 13-04-2016, procedí a citar el funcionario Jesús Manuel Colina cédula de identidad
Nº9.245.070, quien en relación a los hechos ocurridos en el plantel durante tres meses, lo cual lo responsabiliza
de relatar los hechos ocurridos.
Oídas las imputaciones que se le formularon, el funcionario mencionado procedió a justificar su conducta en
los siguientes términos: : “Siempre he sido consciente de que llego tarde, se me dificulta llegar temprano
debido a que ahora vivo fuera de Ejido y el transporte no presta un buen servicio. Sin embargo quiero
comprometerme a llegar temprano, es decir al horario de trabajo, ya que soy docente y debo ser modelo
para los alumnos”.
Oídas la testificación de la Prof. Noreina Duarte Cedula de Identidad Nº 16.038.883 que: “Que el docente
antes mencionado por lo general siempre llega a la institución treinta minutos después del horario
acordado para iniciar la jornada diaria, así mismo manifestó que este comportamiento se viene desde
que comenzó el año 2015”.
Ahora bien; analizados los antecedentes del funcionario, su expediente personal, la falta que se le imputa y
comprobada como ha quedado su responsabilidad, procedo en uso de la atribución que me otorga el artículo 95
del Reglamento General de la Ley de Carrera Administrativa, a aplicar la sanción de amonestación escrita
basada en las disposiciones transitorias de La Ley Orgánica de Educación en su numeral 8.
Superior Jerárquico Sello de la dependencia
Nombre:
Cédula de identidad:
17. F: 07
Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
Acta de Aplicación de Amonestación Escrita
En el día de hoy 16/04/2015 en mi condición de Director de las Aulas Anexas Edelmira de Lobo
ubicada en el Municipio Campo Elías Estado Mérida, dejo constancia de la aplicación de
Amonestación Escrita al Ciudadano Jesús Manuel Colina C.I.Nº: 9.245.070, quien se desempeña
como Docente de Aula del 5to. grado de Educación Básica por el siguiente hecho:
Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo según el artículo 152 del
Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente en el Numeral 1.
Es mi decisión, el que tales hechos configuran la causal de Amonestación Escrita establecida en
las disposiciones transitorias de La Ley Orgánica de Educación en su numeral 8., los cuales
no fueron desvirtuados en la oportunidad en que se produjo el descargo del docente sancionado.
El Director
Prof. Benedicta Márquez Sello
C.I.Nº: 5.202.605
18. F: 08
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
La Vega; 20 Abril de 2015
Oficio No 230
Ciudadano: Prof. Jesús Manuel Colina
Docente de Aula: 5to. grado
De conformidad con lo establecido en el artículo 166 del Reglamento del Ejercicio de la
Profesión Docente, cumplo con comunicarle que en esta misma fecha he decidido aplicarle la
sanción de Amonestación Escrita
Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo según el artículo 152
del Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente en el Numeral 1.
Se le informa que se ha enviado copia de la presente comunicación a la Zona Educativa
Oficina de Recursos Humanos del Estado Mérida con la información específica; de allí que tiene
quince (15) días hábiles para interponer Recurso de Reconsideración contra la presente
amonestación, ante el mismo funcionario que aplicó la medida o recurso jerárquico, dentro del
lapso de quince (15) días hábiles al jefe inmediato superior a partir desde la fecha de la presente
comunicación. Todo ello de conformidad con el artículo 94 y 95 de la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos.
Director
Prof. Benedicta Márquez Sello
C.I. Nº 5.202.605
19. F: 09
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Zona Educativa del Estado Mérida
Aulas Anexas Edelmira de Lobo
Ejido Municipio Campo Elías
Estado Mérida
Las Vegas; 20 de Abril de 2015
Oficio No 235
Ciudadana:
Lcda. Olga Escalante M.
Jefe de Zona Educativa del Estado Mérida
Su despacho.- Con Copia: Jefe de División de Recursos Humanos
De conformidad con lo establecido en el artículo 166 del Reglamento del Ejercicio de la
Profesión Docente, cumplo con comunicarle que en esta misma fecha he decidido aplicar contra el
ciudadano Prof. Jesús Manuel Colina, titular de la C.l. N° 9.245.070, quien desempeña en este
plantel, el cargo de Docente de Aula del 5to. grado, la sanción de Amonestación Escrita por:
Retardo reiterado en el cumplimiento del horario del trabajo según el artículo 152 del
Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente en el Numeral 1.
Al funcionario amonestado se le ha enviado copia de la presente comunicación con la
información específica para que ejerza su derecho a interponer Recurso de Reconsideración
contra la presente amonestación, ante el mismo funcionario que aplicó la medida, o recurso
jerárquico dentro del lapso de quince (15) días hábiles a contar desde la fecha de la presente
comunicación. Todo ello de conformidad con el artículo 94 y 95 de la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos.
Director
Prof. Benedicta Márquez Sello