Fiscalidad en comercio electrónico y venta a distanciaAdigital
Presentación de Jordi Fábregas de Osborne Clark para el Legal Track adigital "Taller de fiscalidad en comercio electrónico y venta a distancia" organizado por adigital el pasado 14 de julio 2011.
Cambios en las prestaciones de servicios B2CAdigital
Presentación de PWC para el workhop legal sobre fiscalidad en comercio electrónico celebrado el 5 de marzo de 2015 en Barcelona.
https://www.adigital.org/eventos/workshop-fiscalidad-del-comercio-electronico/
Spain: Cambios del IVA en los servicios de Telecomunicaciones, radiodifusión ...Alex Baulf
Las reglas de localización de los servicios de
telecomunicaciones, radiodifusión y televisión y
servicios prestados por vía electrónica (“los servicios”)
a consumidores finales (B2C) cambian a partir del 1 de
enero de 2015. Las empresas que presten esos servicios
tendrán que determinar exactamente en qué Estado
miembro está ubicado el consumidor final y repercutir e
ingresar el IVA que corresponda
The place of supply rules for telecommunications,
broadcasting and electronically supplied services
(“the services”) to consumers (B2C) will change
as of 1 January 2015. Businesses will need to
determine in exactly which Member State their
customers belong and account for the relevant VAT.
Presentación realizada por el Luiz Antonio Vale Moura durante el Seminario sobre Portabilidad Numérica realizado en Lima, PERU el 01 de octubre de 2008
Fiscalidad en comercio electrónico y venta a distanciaAdigital
Presentación de Jordi Fábregas de Osborne Clark para el Legal Track adigital "Taller de fiscalidad en comercio electrónico y venta a distancia" organizado por adigital el pasado 14 de julio 2011.
Cambios en las prestaciones de servicios B2CAdigital
Presentación de PWC para el workhop legal sobre fiscalidad en comercio electrónico celebrado el 5 de marzo de 2015 en Barcelona.
https://www.adigital.org/eventos/workshop-fiscalidad-del-comercio-electronico/
Spain: Cambios del IVA en los servicios de Telecomunicaciones, radiodifusión ...Alex Baulf
Las reglas de localización de los servicios de
telecomunicaciones, radiodifusión y televisión y
servicios prestados por vía electrónica (“los servicios”)
a consumidores finales (B2C) cambian a partir del 1 de
enero de 2015. Las empresas que presten esos servicios
tendrán que determinar exactamente en qué Estado
miembro está ubicado el consumidor final y repercutir e
ingresar el IVA que corresponda
The place of supply rules for telecommunications,
broadcasting and electronically supplied services
(“the services”) to consumers (B2C) will change
as of 1 January 2015. Businesses will need to
determine in exactly which Member State their
customers belong and account for the relevant VAT.
Presentación realizada por el Luiz Antonio Vale Moura durante el Seminario sobre Portabilidad Numérica realizado en Lima, PERU el 01 de octubre de 2008
Se aprueba un informe favorable a la limitación de las comisiones interbancar...CECOBI
Parlamento Europeo. Se aprueba un informe favorable a la limitación de las comisiones interbancarias por los pagos con tarjeta
Info > http://bit.ly/N6emNk
Anteproyecto Ley Impuesto sobre el valor Añadido e Impuestos Especiales.
Presentación Reforma Fiscal. Ya se puede acceder a los Anteproyectos normativos en los que se concretará la Reforma Tributaria y que modificarán el IRPF, Impuesto sobre Sociedades, IRNR, IIEE, IVA y Ley General Tributaria.
Ahora se inicia el trámite de información pública, después tendrán entrada en el Congreso de los Diputados los correspondientes proyectos legislativos, esperándose que su aprobación se produzca con tiempo suficiente para que también vean la luz los desarrollos reglamentarios antes de finales de este año.
Se aprueba un informe favorable a la limitación de las comisiones interbancar...CECOBI
Parlamento Europeo. Se aprueba un informe favorable a la limitación de las comisiones interbancarias por los pagos con tarjeta
Info > http://bit.ly/N6emNk
Anteproyecto Ley Impuesto sobre el valor Añadido e Impuestos Especiales.
Presentación Reforma Fiscal. Ya se puede acceder a los Anteproyectos normativos en los que se concretará la Reforma Tributaria y que modificarán el IRPF, Impuesto sobre Sociedades, IRNR, IIEE, IVA y Ley General Tributaria.
Ahora se inicia el trámite de información pública, después tendrán entrada en el Congreso de los Diputados los correspondientes proyectos legislativos, esperándose que su aprobación se produzca con tiempo suficiente para que también vean la luz los desarrollos reglamentarios antes de finales de este año.
Presentación de Alibaba para la jornada "Ecommerce en China con Alibaba Group" celebrada el 15 de diciembre de 2017 en Madrid. Organizada por Adigital con la colaboración de ICEX, Red.es, FEDER y Confianza Online.
ICEX eMarket Services: una vía para la internacionalización de las pymesAdigital
Presentación de ICEX para la jornada "Ecommerce en China con Alibaba Group" celebrada el 15 de diciembre de 2017 en Madrid. Organizada por Adigital con la colaboración de ICEX, Red.es, FEDER y Confianza Online.
Mike Swanson, Director of Marketing at UPS, offered a comprehensive presentation about empowered consumers and online shopping at the 2nd Annual eCommerce Expo South Florida hosted by Rand Marketing in Fort Lauderdale, Florida.
The UPS presentation focuses on a wide spectrum of eCommerce topics, including choice, control and convenience, how mobile and social is driving eCommerce growth, the empowerment of consumers, and global business to business topics and strategies.
Propuesta de valor de Alibaba.com para el mercado B2BAdigital
Presentación de Amvos para la jornada "Ecommerce en China con Alibaba Group" celebrada el 15 de diciembre de 2017 en Madrid. Organizada por Adigital con la colaboración de ICEX, Red.es, FEDER y Confianza Online.
Presentación de Garrigues para la jornada "Nuevas reglas de protección de datos e ecommerce", celebrada el 5 de abril de 2018 y organizada por Adigital y el Foro de Marcas Renombradas.
Taller de fiscalidad del comercio electrónico y ventas a distanciaAdigital
Presentación de PWC para el workhop legal sobre fiscalidad en comercio electrónico celebrado el 4 de marzo de 2015 en Madrid.
https://www.adigital.org/eventos/workshop-fiscalidad-del-comercio-electronico/
La Ley 21.210, de Modernización Tributaria, reguló un nuevo hecho gravado especial en la Ley del IVA. Lo anterior, en el Art. 8 letra N) de la LIVS, respecto de los “servicios digitales prestados desde el exterior y utilizados en Chile”, esto regulado en la Circular N°42 del año 2020.
Conforme a la mencionada circular, se entenderá por prestador extranjero, plataforma extranjera o desarrollador extranjero u otras expresiones análogas, al prestador, plataforma o desarrollador, según corresponda, domiciliado o residente en el extranjero. Para los mismos fines, se entenderá como prestador chileno, desarrollador chileno, usuario chileno u otras expresiones análogas, al prestador, desarrollador o usuario, según corresponda, domiciliado o residente en Chile.
Para más información
Cordialmente,
Claudia Valdés Muñoz/ Gerente General
cvaldes@bbsc.cl
Avenida Príncipe de Gales 5921 oficina 1906, La Reina – Santiago – Chile
Teléfonos: WhatsApp +569 81393599 Gerencia +56 323352547 Administración +56 552765952 Finanzas y Recursos Humanos +56 323185931 Analistas +56 552930305
www.bbsc.cl
Aspectos legales y fiscales del comercio electrónico y la internacionalizaciónFundació Bit
La Fundación Bit junto con el IDI organizan cuatro sesiones para dar a conocer de manera práctica entre las pymes de Baleares los principales aspectos a tener en cuenta a la hora de plantearse la venta on line de productos hacia mercados internacionales: modelos de negocio, aspectos legales, tecnología, logística y marketing.
La sesión del martes 2 de junio, Modelos de negocio del comercio electrónico, contó con la intervención "Aspectos legales y fiscales del comercio electrónico y la internacionalización", por el Sr. Nicolau Fuster, Socio de la empresa Lex2B.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades informáticas y electrónicas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2011 y otras novedades tributarias.
Presentación Juan Miguel Aviles - eCommerce Day Guayaquil 2014 eCommerce Institute
Diapositivas presentadas por Juan Miguel Aviles, Director Regional Litoral Sur en Servicio de Rentas Internas SRI, en el eCommerce Day Guayaquil 2014 en el taller "CASOS DE EXITOS DE ECOMMERCE EN EL ECUADOR".
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las otras novedades tributarias relacionadas con la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2017.
El conocimiento de las operaciones de compraventa de automóviles, en particular 0 km, por parte del Fisco porteño le proporciona la posibilidad de controlar el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por dichas transacciones, del Impuesto de Sellos y presumir su patentamiento en la jurisdicción de manera de impedir la migración de residentes capitalinos a otros distritos.
Presentación utilizada por la Agencia Tributaria en Andalucía sobre las novedades informáticas y electrónicas de la Campaña de difusión de las Declaraciones Informativas 2016, así como otras novedades tributarias como: los nuevos certificados electrónicos de representante, el Sistema Cl@ve de identificación y autenticación, la reforma en el Procedimiento Administrativo, y el Suministro Inmediato de Información del IVA.
B2B Digital Summit 2018 - SEO para proyectos B2BAdigital
Mª José Cachón, SEO Manager de MJ Cachón, desgrana los secretos del SEO para las empresas B2B, deteniéndose en los principales problemas y sus soluciones, en B2B Digital Summit 2018.
Presentación de Confianza Online para la jornada "Nuevas reglas de protección de datos e ecommerce", celebrada el 5 de abril de 2018 y organizada por Adigital y el Foro de Marcas Renombradas.
México: Una oportunidad para empresas españolas digitalesAdigital
Presentación de MGO Firm para la jornada "México: Una oportunidad para empresas españolas digitales", celebrada el 10 de octubre de 2017 y organizada por Adigital, ICEX y Red.es.
Presentación de Antevenio para la jornada "México: Una oportunidad para empresas españolas digitales", celebrada el 10 de octubre de 2017 y organizada por Adigital, ICEX y Red.es.
México: Una oportunidad para empresas españolas digitalesAdigital
Presentación de Proméxico para la jornada "México: Una oportunidad para empresas españolas digitales", celebrada el 10 de octubre de 2017 y organizada por Adigital, ICEX y Red.es.
Presentación de Sarah Harmon, Country Manager de Linkedin Spain & Portugal para B2B Digital Summit 2017, celebrado en Madrid el 28 de junio de 2017 en Madrid. Evento organizado por Adigital.
Presentación para la mesa redonda sobre ecommerce de B2B Digital Summit 2017, celebrado en Madrid el 28 de junio de 2017 en Madrid. Evento organizado por Adigital.
Implicaciones del nuevo RGPD para las agencias digitalesAdigital
Presentación de Iñaki Uriarte, secretario general y responsable jurídico de Adigital, para la jornada "El nuevo reglamento de protección de datos en empresas de servicios de marketing" del 25 de abril de 2017 para Agencias Digitales.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
1. Madrid, 10 de mayo de 2016
FISCALIDAD INDIRECTA DEL E-
COMMERCE
2. 2
Índice
1
2
3
Venta de servicios electrónicos
1
2
3
5
6
4
Ideas previas
Venta de bienes online
Venta de servicios electrónicos
Localización de los servicios
Obligaciones formales
Facturación electrónica
3. 3
Ideas previas
• Ámbito de aplicación del IVA. Territorialidad
– Conceptos: Estado Miembro, Comunidad, país tercero
– Situación de Canarias, Ceuta y Melilla
• Hechos imponibles en IVA
– Entregas de bienes y prestaciones de servicios
• Entrega intracomunitarias y exportaciones
– Adquisiciones intracomunitarias
– Importaciones
5. 5
5
Ventas de bienes online
• Gravamen: Hecho imponible realizado en el territorio de aplicación del impuesto. Reglas
de localización. Ventas a distancia
– Entregas de bienes:
• Regla general: Lugar de puesta a disposición del adquirente si no hay expedición o
transporte
• Regla especial si hay expedición o transporte: Lugar de Inicio de transporte
– Excepciones
• Supuestos de inicio de transporte o expedición en un país tercero y objeto de
sucesivas entregas tras la importación
• Régimen de ventas a distancia
– Adquisiciones intracomunitarias: Lugar de llegada de la expedición o transporte con
destino al adquirente
– Importaciones: Lugar de entrada de bienes procedentes de países terceros no
despachados a libre práctica en otro país de la UE
6. 6
Ventas de bienes online- ue
Especial referencia a las EIB y régimen de ventas a distancia.
• Entregas Intracomunitarias de Bienes (EIB)
– Ventas con transporte a otro EM a favor de empresarios con NIVA de otro EM
• Ventas a Distancia:
– Sujeto pasivo, desde un EM realiza una venta con destino a un no sujeto pasivo en
otro EM
– Localización: Origen, salvo que
• El importe total (sin IVA) de las ventas a distancia realizadas en el EM de destino
superiores al límite fijado en dicho EM. (en España 35.000 euros durante el año
natural precedente)
• Se opte en el EM de inicio de la expedición o transporte por tributar en el EM de
destino (aunque no se hubiese superado el límite)
• Se trate de entregas de bienes objeto de impuestos especiales (el importe de estas
entregas no se computará a los efectos de determinar los límites anteriores)
7. 7
Ventas de bienes online- NO UE
• Exportaciones:
– Entregas de bienes con destino fuera del territorio aduanero UE (excluye Ceuta y Melilla).
– Envíos a Canarias (territorio aduanero pero exige formalidades aduaneras)
• Tributación en destino (importación):
– Con carácter general, el obligado a pagar el IVA/IGIC o IPSI de importación es el destinatario del
producto (i.e. comprador).
– Alternativas:
• Gestión por el operador logístico/transportista con repercusión de los costes de importación
y de gestión al destinatario
• Autodespacho en línea por el destinatario (trámite disponible en la web de la AEAT)
• El vendedor presenta el DUA de importación y paga los derechos de importación en nombre
del destinatario
– Simplificaciones: pequeños envíos, comercio electrónico con Canarias, formulario web
particulares
– Franquicias:
• Arancel: 150€
• IVA : 22 €
• IGIC: 22€
• IPSI: 22€
9. 9
Venta de servicios electrónicos
Hecho Imponible
• La configuración de las prestaciones de servicios electrónicos gira en torno a tres
conceptos:
– Los servicios prestados por vía electrónica:
Se trata de servicios a través de la red, automatizados, que requieren una intervención
humana mínima y que no tienen viabilidad al margen de las tecnologías de la información
(servicios afectados):
– Suministro y alojamiento de sitios informáticos
– Suministro de programas y su actualización
– Mantenimiento a distancia de programas y equipos
– Suministro de imágenes, texto e información, bases de datos
– Suministro de música, películas, juegos…
– Enseñanza a distancia
– Los servicios de telecomunicaciones
– Los servicios de radiodifusión y televisión
10. 10
Venta de servicios electrónicos
Localización de los servicios
• La localización del hecho imponible había quedado sujeta a un período transitorio hasta
2015:
– Entre empresarios: tributación en destino
– Ventas a consumidores finales:
• Origen, si el prestador está establecido en la UE (salvo servicios a no UE)
• Residencia del cliente si el prestador no está establecido en la UE
– El establecimiento de los operadores no UE en Luxemburgo (tipo del 15%) o
cumplimiento voluntario (?) mediante ventanilla única
• Desde 1 de enero de 2015 las normas de localización
– Entre empresarios: tributación en destino
– Ventas a consumidores finales:
• Residencia del cliente en todos los casos (incluida UE)
• Excepto: utilización o explotación efectiva en España en caso de particulares de fuera de la
UE
11. 11
Venta de servicios electrónicos
Localización de los servicios. Determinación de la ubicación del destinatario del servicio
según Reglamentos UE
• Determinación de la ubicación del destinatario del servicio cuando es empresario:
– Cuando el destinatario esté establecido en un único país dicha prestación de servicios se gravará
en ese país.
– Cuando el destinatario esté establecido en varios países, dicha prestación se gravará en el país en
el que el cliente haya establecido la sede de su actividad económica, salvo que la prestación se
efectúe a un establecimiento permanente del sujeto pasivo situado en un lugar distinto:
• Prestador debe tomar precauciones normales de seguridad comercial, como las relativas a los controles
de identidad o de pago. Dicha información podrá incluir un número de identificación a efectos de IVA
atribuido por el Estado miembro en el que el cliente esté establecido
• Cuando no se pueda determinar el establecimiento permanente del cliente al que se presta el servicio el
prestador podrá considerar válidamente que los servicios se prestaron en el lugar en el que el cliente esta-
bleció la sede de su actividad económica
• Determinación de la ubicación del destinatario del servicio cuando es particular:
El prestador establecerá la ubicación del domicilio o residencia habitual del cliente basándose en la
información objetiva que comunique el cliente y comprobará dicha información a través de medidas
normales de seguridad comercial, como las relativas a los controles de identidad o de pago,
dirección IP utilizada…
12. 12
Venta de servicios electrónicos
Localización de los servicios. Presunciones en relación con la ubicación del cliente
• Si los servicios se prestan requiriendo la presencia física del cliente (e.g. cibercafé, zona WIFI o cabina telefónica), será
en dicha ubicación en la que se graven los servicios. Esta regla también se aplica en servicios prestados por
establecimientos de hostelería cuando se presten en combinación con servicios de alojamiento (aplica tanto B2C
como B2B)
• En el caso de que el servicio se preste a bordo de un buque, avión o tren, en el lugar de partida del transporte (aplica
tanto B2C como B2B)
• El servicio prestado a través de una línea fija terrestre, en el domicilio del cliente en el que esté instalada (B2C)
• Si se presta a través de redes móviles, en el país identificado por el código del teléfono de la tarjeta SIM (B2C)
• Si el servicio necesita de una tarjeta o decodificador o similar (sin prestarse a través de línea terrestre), donde esté
instalado el dispositivo o, si se desconoce, al lugar donde se haya remitido la tarjeta (B2C)
• En circunstancias distintas de las anteriores cuando concurran dos de los “elementos de prueba” no contradictorios
siguientes:
– Dirección de facturación
– Dirección IP
– Datos bancarios (e.g. lugar de cuenta corriente)
– Código de móvil del país almacenado en la tarjeta SIM
– Ubicación de la línea terrestre
– Otra información comercial
• Las presunciones sobre la localización de la prestación del servicio descritas pueden refutarse por el prestador si
concurren tres de los elementos de prueba anteriores que determinen un lugar distinto de prestación
13. 13
Venta de servicios electrónicos
Localización de los servicios prestados por empresarios localizados en el TAI
Establecido TAI Establecido UE Establecido fuera UE
Destinatario empresario IVA Español No IVA (IVA destino ISP) No IVA*
Destinatario consumidor final IVA Español IVA Español No IVA
Establecido TAI Establecido UE Establecido fuera UE
Destinatario empresario IVA Español No IVA (IVA destino ISP) No IVA*
Destinatario consumidor final IVA Español IVA destino No IVA*
* Excepto uso o explotación efectiva.
Hasta 2015
Desde 1 de enero 2015
15. 15
Obligaciones formales
Especialidades en relación con el comercio electrónico
• Entregas de bienes: opción por tributación en destino ventas a distancia
• Prestaciones de servicios: los prestadores de servicios por vía electrónica a consumidores
finales UE deberán ingresar el impuesto correspondiente al Estado de residencia del
consumidor. Mecanismo de simplificación: Sistema optativo de “declaración centralizada”
en el Estado de establecimiento del proveedor (mini ventanilla única o “MOSS” en sus
siglas en inglés):
– Registro: MOSS en vigor el 1 de enero de 2015, si bien los operadores podían darse de
alta en la misma desde el 1 de octubre de 2014, en la Sede electrónica de la Agencia
Tributaria (Formulario 034)
– Declaración: Trimestral (el régimen especial comenzará a aplicarse a partir del primer
día del trimestre siguiente a aquel en que el empresario o profesional presente ante la
Agencia Estatal de Administración Tributaria su declaración de inicio). Modelo 367.
• Norma de facturación aplicable servicios prestados por vía electrónica:
– B2B: Estado prestador
– B2C: La del Estado de Residencia del cliente persona física
17. 17
Facturación electrónica
– Factura electrónica: Reglamento de Facturación (RD 1619/2012): “aquella factura que se
ajuste a lo establecido en este Reglamento y que haya sido expedida y recibida en
formato electrónico”.
– Requisitos de la factura electrónica
– Se flexibilizan los requisitos necesarios para la validez de la expedición de facturas por
medios electrónicos (ya no se exige firma electrónica avanzada, sistema EDI, etc.).
– Puede utilizarse cualquier sistema que permita garantizar (con libertad de medios de
prueba mediante los controles de gestión usuales siempre que creen una pista de
auditoría fiable que conecta la factura y la entrega de bienes y servicios que
documenta) durante todo el periodo de conservación:
i. La autenticidad del origen de la factura (la identidad del obligado a su expedición y del
emisor de la factura)
ii. La integridad de su contenido (que el mismo no ha sido modificado)
iii. Su legibilidad
18. 18
Facturación electrónica
– La expedición de facturas por medios electrónicos queda supeditada a que el destinatario
de las mismas haya prestado su consentimiento.
– En el nuevo Reglamento de Facturación se admite el consentimiento prestado de
forma tácita
– El consentimiento debe ser informado por ser necesario que el destinatario disponga
de los medios informáticos necesarios para la recepción de las facturas electrónicas
(informe de la Dirección General de Tributos de 16 de enero de 2013.
– La revocación de la aceptación deberá ser siempre posible y deberá comunicarse en
papel o por medios electrónicos, siendo medio preferente aquel por el que se vengan
recibiendo las facturas electrónicas.
– Durante la conservación de la factura debe garantizarse, además de los requisitos de
autenticidad, integridad y legibilidad, el acceso en línea a los datos así como su carga
remota y utilización por parte de la Administración Tributaria ante cualquier solicitud y sin
demora injustificada, de forma que puedan ser visualizados y sea posible una búsqueda
selectiva así como una copia o descarga en línea de impresión.