Este documento presenta un flujograma del proceso penal común según el nuevo Código Procesal Penal peruano. Describe las distintas etapas del proceso, incluyendo la investigación preparatoria, la fase intermedia y el juzgamiento. También detalla los diferentes tipos de audiencias judiciales que pueden darse durante la investigación preparatoria y fase intermedia, como audiencias para decidir sobre medidas restrictivas de derechos, solicitudes de sobreseimiento, control de plazos de investigación y audiencias preliminares.
El proceso es caminar hacia adelante o pararse, se empieza con la Demanda, luego sigue la Contestación de Demanda, luego el Auto de Saneamiento, después la Audiencia de Fijación de Puntos Controvertidos y Saneamiento Probatorio, luego la Audiencia de Pruebas y por último la Sentencia. Este es el iter procesal civil normal para lograr una sentencia de mérito que resuelva el conflicto de intereses, sin embargo, la sentencia no es la única manera de poner fin a un proceso ya que existen formas reguladas por el Código Procesal Civil de terminación de un proceso, el cual puede concluir sin declaración sobre el fondo o con declaración sobre el fondo.
El proceso es caminar hacia adelante o pararse, se empieza con la Demanda, luego sigue la Contestación de Demanda, luego el Auto de Saneamiento, después la Audiencia de Fijación de Puntos Controvertidos y Saneamiento Probatorio, luego la Audiencia de Pruebas y por último la Sentencia. Este es el iter procesal civil normal para lograr una sentencia de mérito que resuelva el conflicto de intereses, sin embargo, la sentencia no es la única manera de poner fin a un proceso ya que existen formas reguladas por el Código Procesal Civil de terminación de un proceso, el cual puede concluir sin declaración sobre el fondo o con declaración sobre el fondo.
Es el conjunto de principios e instituciones que configuran una determinada manera de hacer proceso civil.
quién debe desarrollar esa actividad procesal?
(i) juez
(ii) partes
(iii) ambos
Litigio y medios de solución
Características de la jurisdicción
Deslinde entre jurisdicción y administración
Órganos Jurisdiccionales independientes del poder judicial
Divisiones de la jurisdicción
Competencia
Es el conjunto de principios e instituciones que configuran una determinada manera de hacer proceso civil.
quién debe desarrollar esa actividad procesal?
(i) juez
(ii) partes
(iii) ambos
Litigio y medios de solución
Características de la jurisdicción
Deslinde entre jurisdicción y administración
Órganos Jurisdiccionales independientes del poder judicial
Divisiones de la jurisdicción
Competencia
Situación de la Delincuencia Juvenil en América Latina: balance y alternativas de atención para una
Reinserción Social efectiva
Hugo Morales Córdova
hmorales@pucp.edu.pe
Experto del Panel Interinstitucional en Justicia Juvenil
SEMINARIO INTERNACIONAL
SISTEMAS DE REINSERCIÓN SOCIAL PARA ADOLESCENTES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL EN AMÉRICA LATINA:
Eficacia de modelos, buenas prácticas, lecciones aprendidas y desafíos urgentes para una reintegración social
efectiva en el marco del XX Aniversario de la Convención Internacional de los Derechos del Niño
Lunes 02 y Martes 03 de Noviembre de 2009
Palacio de Justicia, Lima - Perú
Trabajo Práctico de la cátedra de Derecho Procesal Civil I
Temas incluidos:
-Historia del Derecho Procesal Paraguayo
-Influencias históricas del DPP
-Introducción al Derecho Procesal Comparado
Este Código adjetivo penal es un Código netamente acusatorio es decir si no hay acusación fiscal no hay juicio. La investigación de un delito le corresponde exclusivamente a la Fiscalía.
Son temas muy importantes dentro de la catedra de Derecho Procesal Penal I por cuanto estudiaremos lo relativo a los actos conclusivos, fase intermedia, fase de juicio y los tribunales mixtos
2. ETAPAS DEL PROCESO PENAL COMÚN
ETAPAS DEL PROCESO
PENAL
INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA
FASE INTERMEDIA
JUZGAMIENTO
3. DENUNCIA Y ACTOS INICIALES DE LA INVESTIGACIÓN
OBLIGADOS A DENUNCIAR
•
Cualquier persona (Acción penal
pública)
•
Mandato de ley (Profesionales de la
salud, educadores, funcionarios)
NO OBLIGA DOS A DENUNCIA R
•
Cónyuge y parientes 4to grado de
consaguinidad y 2do de afinidad
•
Conocimiento del hecho amparado
por secreto profesional
De parte
CONTENIDO
Identidad del denunciante
Narración detallada y veraz de los hechos
Individualización del presunto responsable
DENUNCIA
(Escrita – Oral)
FISCAL PROVINCIAL
De oficio
Denunciantes
P.N.P.
DILIGENCIAS
PRELIMINARES
DE
INVESTIGACIÓN
20 días
INFORME POLICIAL
(No calificación jurídica)
Juez
Audiencia por
Plazo irrazonable
4. LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
FISCAL PROVINCIAL
CALIFICACIÓN DE DENUNCIA
1
ARCHIVO DE LA DENUNCIA
• El hecho denunciado no
constituye delito
• Causas de extinción
ORDENAR LA INTERVENCIÓN
DE LA PNP
• El hecho denunciado constituye
delito
• La acción penal no ha prescrito
• Falta la identificación del autor
o partícipe.
2
RESERVA PROVISIONAL
DE LA INVESTIGACIÓN
Denunciante, ha omitido
una condición de procedibilidad
3
FORMALIZACIÓN y CONTINUACIÓN
DE LA
INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
• Indicios reveladores de la
Existencia del delito
• La acción penal no ha prescrito
•Individualizado el imputado
ACUSACIÓN
DIRECTA
Cuando de las diligencias
Actuadas preliminarmente
Establecen suficientemente
la realidad del delito y la
Intervención del imputado
en su comisión
5. LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
FISCAL PROVINCIAL
CALIFICACIÓN DE DENUNCIA
1
N
O
T
I
F
I
C
A
C
I
O
N
2
ARCHIVO DE LA DENUNCIA
RESERVA PROVISIONAL
DE LA INVESTIGACIÓN
DENUNCIADO
ORDENA SE FORMALICE LA
INVESTIGACIÓN
DENUNCIANTE
FISCAL PROVINCIAL
Si no esta de acuerdo, requiera
la elevación de las actuaciones
(5días)
FISCAL SUPERIOR
5 días
SE ARCHIVEN LAS
ACTUACIONES
SE PROCEDE SEGÚN
CORRESPONDA
6. LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
FISCAL PROVINCIAL
CALIFICACIÓN DE DENUNCIA
3
N
O
T
I
F
I
C
A
C
I
O
N
DISPOSICIÓN
FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE
LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
IMPUTADO
CONTENIDO
• Nombre completo del imputado
• Los hechos y tipificación específica (Fiscal:
tipificación alternativa)
• El nombre del agraviado (si fuera posible)
• Las diligencias que de inmediato deban actuarse
PLAZO
120 días naturales (+60 días)
Complejo: 8 meses (+8 meses JIP)
Juez de la
Investigación
Preparatoria
Juez
Audiencia de
Control del plazo
CONCLUSIÓN DE
LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA
Dentro de los 15 días
a
REQUERIMIENTO DE
SOBRESEIMIENTO
b
FORMULA ACUSACIÓN
Juez
Audiencias
7. LA ETAPA INTERMEDIA
a
REQUERIMIENTO DE
SOBRESEIMIENTO
PROCEDE
El hecho objeto de la causa no puede atribuírsele al imputado
El hecho imputado no es típico
La acción penal se ha extinguido
No existen elementos de convicción suficientes
Exp. Fiscal
N
O
T
I
F
I
C
A
C
I
O
N
Audiencia
de
Control de
sobreseimiento
JUEZ
INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA
10 días
SUJETOS
PROCESALES
OPOSICIÓN A LA
SOLICITUD DE ARCHIVO
El JUEZ: Si lo considera admisible
y fundado dispondrá la realización
de una Inv. suplementaria
15 días
AUTO
ELEVA AL FISCAL SUPERIOR
10 días
NO RATIFICA
EL R. DE S.
ORDENA A OTRO FISCAL PROV.
FORMULACIÓN DE LA ACUSACIÓN
RATIFICA
EL R. DE S.
JUEZ INV. P.
AUTO DE
SOBRESEIMIENTO
AUTO
DE SOBRESEIMIENTO
(Total – parcial)
3 días (autos interlocutorios)
APELACIÓN
8. LA ETAPA INTERMEDIA
FISCAL PROVINCIAL
FORMULA
ACUSACIÓN
N
O
T
I
F
I
C
A
C
I
O
N
CONTENIDO (Deberá ser motivada)
•Datos que identifiquen al imputado
• Relación clara y precisa de los hechos
• Elementos de convicción
• La participación que se atribuye
• Relación de circunstancias modificatorias
• Artículo de la ley penal – cuantía de la pena
• Monto de la reparación civil- bienes embargables
• Medios de prueba para la audiencia
JUEZ
INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA
El MP, podrá señalar
ALTERNATIVA ó SUBSIDIARIAMENTE,
la calificación de la conducta en un
tipo penal distinto
10
días
OBSERVAR LA ACUSACIÓN POR DEFECTOS FORMALES
SUJETOS
PROCESALES
10
días
DEDUCIR EXCEPCIONES Y OTROS MEDIOS DE DEFENSA
IMPOSICIÓN O REVOCACIÓN DE MEDIDAS, PRUEBA ANTICIPADA
PEDIR SOBRESEIMIENTO
INSTAR CRITERIOS DE OPORTUNIDAD
OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO
OBJETAR LA REPARACIÓN CIVIL
Objeciones
planteadas por los
sujetos procesales
9. LA ETAPA INTERMEDIA
JUEZ
INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA
10
días
RESOLUCIÓN
FIJA DÍA Y HORA PARA LA AUDIENCIA
(Plazo: No menor 5 ni mayor de 20 días)
• Se otorga la palabra a: El Fiscal, La defensa, Actor civil,
Acusado, Tercero civilmente responsable.
• Se debate la procedencia o admisibilidad de c/u de las
cuestiones planteadas y la pertinencia de la prueba ofrecida.
INSTALACIÓN
AUDIENCIA
PRELIMINAR
• El Fiscal podrá modificar, aclarar o integrar la acusación.
• Se corre traslado a los sujetos procesales para su absolución
Artículo 352º
NOTIFICACION
MINISTERIO PÚBLICO
AUTO
DE ENJUICIAMIENTO
CONTENIDO
• Nombre de los imputados y agraviados
• El delito (s) materia de acusación fiscal
• Medios de pruebas admitidos
• Indicación de las partes constituidas en la causa
• Orden de remisión de los actuados al Juez competente.
SUJETOS PROCESALES
JUEZ
PENAL
COMPETENTE
(Unipersonal ó colegiado)
Dentro de las 48 hrs. de la
Notificación se hará llegar la resolución,
Las actuaciones, objetos incautados y
Se pondrá a su orden los presos preventivos
10. EL JUZGAMIENTO
MINISTERIO PÚBLICO
JUEZ
PENAL
COMPETENTE
(Unipersonal ó colegiado)
AUTO
CITACIÓN A JUICIO
NOTIFICACION
TESTIGOS, PERITOS Y OTROS
SUJETOS PROCESALES
AUDIENCIA
El Juez enuncia:
El Nº del proceso, la finalidad, la identidad personal del acusado, su situación jurídica, el delito
y el nombre del agraviado
El Fiscal expone su acusación, la calificación jurídica y las pruebas que ofreció
Alegato del abogado defensor del actor civi
1. Sesiones continuas e ininterrumpidas
2. Suspensión: No más de 8 días hábiles
3. Audiencia oral, pero documentada
en acta
3. Registro: En medio técnico
4. Incidentes: Se resolverán en un solo acto.
5. Poder disciplinario y discrecional
Alegato del abogado defensor del tercero civilmente responsable
Alegato del abogado defensor del acusado
El Juez informa al acusado de sus derechos
El Juez preguntará al acusado si admite o no
ser autor o participe del delito.
Conferencia con el Fiscal
Para un acuerdo en la pena
Conclusión del Juicio
Aceptación total
Se suspende el juicio
Breve término
Aceptación parcial
Se delimita el debate
A la pena y reparación civil
Solicitud de nueva prueba
El Fiscal podrá ampliar complementariamente su acusación
Debate probatorio: Examen del acusado, Actuación de medios de prueba admitidos
y oralización de los medios probatorios
Alegatos finales
11. ETAPA DE JUZGAMIENTO
SALA DE AUDIENCIAS
Complejidad del asunto
Hora avanzada
AUDIENCIA
PUBLICA
CERRADO EL DEBATE
No excederá más de dos días
DELIBERACIÓN
No podrá suspenderse por más
Se difiera la redacción
Del asunto
Datos generales
LECTURA PARCIAL
Enunciación de hechos y pretensiones penales
Sólo la parte dispositiva
Motivación
Juez: Relato sintético de los fundamentos
Fundamentos de derecho
La parte resolutiva
La firma del juez o jueces
Se enuncia el día y hora para la
Lectura integral, plazo max. De 8 días.
SENTENCIA
de tres días (Enfermedad)
En la sesión, no más de 48 hrs.,
sanción de nulidad
LECTURA
INTEGRAL
Las partes:
Recibirán inmediatamente
una copia de ella
Transcurrido el plazo sin que
se produzca el fallo el juicio se
repetirá en otro juzgado
Apelación: Oral en la audiencia
Apelación: Formalización por escrito (5 días)
CONDENATORIA
Registro PJ
Inscripción de penas y
Medidas de seguridad
ABSOLUTORIA
12. AUDIENCIAS JUDICIALES EN LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Y FASE
INTERMEDIA EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL
1. Audiencia judicial para el auto de sobreseimiento por Principio de oportunidad Art. 2.7
2. Audiencia judicial para resolver medios de defensa Art.8.3
3. Audiencia judicial para la actuación de pruebas y alegato en el tramite de nulidad de transferencia Art.
15.2.C
4. Audiencia judicial para resolver declinatoria de competencia Art. 34.2
5. Audiencia judicial para resolver pedido de tutela de! imputado por infracción de derechos en la I.P. Art.
71.4
6. Audiencia judicial por minoría de edad - Fase Intermedia Art. 74
7. Audiencia judicial por inimputabilidad del procesado Art. 75
8. Audiencia judicial por anomalía psíquica sobrevenida Art. 76
9. Audiencia judicial para la incorporación de las personas jurídicas Art. 91.2
10. Audiencia judicial para resolver la solicitud de constitución del actor civil Art. 102.2
11. Audiencia judicial para la constitución en parte del tercero civil Art. 112.1
12. Audiencia judicial para decidir o confirmar restricción de derechos fundamentales Art. 203.3
13. Audiencias judiciales para disponer la incautación de actuaciones y docs. no privados Art. 224.2.3
14. Audiencia judicial cuando el Fiscal dispone copia de los documentos incautados Art. 225.5
15. Audiencia judicial de reexamen de la orden de interceptación e incautación policial Art. 228.2
16. Audiencia judicial para disponer la clausura de la investigación cuando el requerido se niega a entregar
la correspondencia en cuyo poder se encuentra alegando que se trata de secreto de Estado Art. 229.
17. Audiencia judicial de reexamen de , intervención de comunicaciones y telecomunicaciones Art. 231.4
18. Audiencia judicial, implícita para decidir la confirmación de la clausura y vigilancia de locales e
inmovilización de urgencia de bienes muebles. Art. 241.
19. Audiencia judicial única para la actuación de varias pruebas y desarrollo de la misma en acto público Art.
244.6
20. Audiencia judicial para emitir el auto de convalidación de la detención preliminar Art. 266.2
21. Audiencia judicial para determinar la procedencia de ,la prisión preventiva Art. 271.1
22. Audiencia judicial para decidir la prolongación de la prisión preventiva Art. 274.2
23. Audiencia judicial para decidir el cambio de la situación de comparecencia por la detención preventiva
Art. 279.2
13. AUDIENCIAS JUDICIALES EN LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Y FASE
INTERMEDIA EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL
24.
25.
26.
27.
28.
29.
30.
31.
32.
33.
34.
35.
36.
Audiencia judicial para resolver la solicitud del imputado de cesación de la prisión preventiva y su
sustitución por la de comparecencia Arto 283
Audiencia judicial para determinar la prolongación de la detención domiciliaria Arto 290.4
Audiencia judicial para determinar la internación preventiva del imputado Art. 294
Audiencias judiciales para determinar el impedimento de salida del país o la localidad donde domicilia el
imputado o del lugar que se le fije. Art. 296.1
Audiencia judicial para cesar las medidas de suspensión preventiva de derechos. Art. 299.2
Audiencia judicial para la sustitución, acumulación de las medidas preventivas de derechos Art. 301.
Audiencia judicial para decidir la imposición, variación o cesación de medidas preventivas contra las
personas jurídicas Art. 315.2
Audiencia judicial para el esclarecimiento de alegaciones sobre el derecho de propiedad u otros
planteadas por persona distinta al imputado Art. 318.4
Audiencia judicial para decidir sobre la variación y reexamen de la incautación Art. 319.3
Audiencia judicial para decidir el pedido del imputado sobre la excesiva duración de las diligencias
preliminares y la negativa del Fiscal de darles término y dictar la disposición correspondiente. Art. 334.2
Audiencia judicial del control de plazo de la investigación preparatoria, Art. 343.2.
Audiencia preliminar judicial para emitir pronunciamiento sobre el requerimiento fiscal de sobreseimiento
Art.345.3
Audiencia preliminar para determinar la procedencia o admisibilidad de cada una de las cuestiones
planteadas por los sujetos procesales en la fase intermedia. Art. 351 Y 352.