Este documento trata sobre los ingresos públicos en Venezuela. Explica que los ingresos públicos son percibidos por el gobierno para financiar los gastos públicos y son un instrumento para implementar políticas gubernamentales. Luego clasifica los ingresos públicos de forma económica, jurídica y por su origen, incluyendo recursos ordinarios, extraordinarios, originarios y derivados. Finalmente, resume los principios legales de los ingresos públicos como legalidad, generalidad, igualdad y progresividad.
Actividad Financiera del Estado VenezolanoJoas Gonzalez
la actividad financiera del Estado venezolano, es toda actividad económica desarrollada por el Estado con destino y obtención de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines, donde se efectúan dos tipos de relaciones, una es la que asume un rol activo, como lo es en caso de exigir pagos y otra es cuando debe cumplir con obligaciones adquiridas, la cual, se puede ocasionar cuando le ingresa dinero con la administra bienes y dinero, y salidas de dinero como las prestaciones de servicios públicos, entre otros. Entonces, estas actividades financieras requieren una regulación para evitar que se malgasten los recursos o se haga uso indebido de ellos, por consiguiente existen normas en el derecho financiero, presupuestario y tributario.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela asigna cuáles son los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) que le corresponden a los municipios en forma directa o mediante ley.
LA EVOLUCIÓN DE LAS FINANZAS EN VENEZUELA, Y SU RELACIÓN CON LA HISTORIA DE N...Justice First
Durante muchos años los representantes de las corrientes tradicionales del pensamiento económico consideraron que el dinero era la única variable económica relevante del sistema financiero.
Conocer la Actividad Financiera del Estado Venezolano que es de vital importancia para el fusiona miento de los Ingresos, Gastos Públicos y Presupuesto para el beneficio de la sociedad
Actividad Financiera del Estado VenezolanoJoas Gonzalez
la actividad financiera del Estado venezolano, es toda actividad económica desarrollada por el Estado con destino y obtención de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines, donde se efectúan dos tipos de relaciones, una es la que asume un rol activo, como lo es en caso de exigir pagos y otra es cuando debe cumplir con obligaciones adquiridas, la cual, se puede ocasionar cuando le ingresa dinero con la administra bienes y dinero, y salidas de dinero como las prestaciones de servicios públicos, entre otros. Entonces, estas actividades financieras requieren una regulación para evitar que se malgasten los recursos o se haga uso indebido de ellos, por consiguiente existen normas en el derecho financiero, presupuestario y tributario.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela asigna cuáles son los tributos (impuestos, tasas y contribuciones) que le corresponden a los municipios en forma directa o mediante ley.
LA EVOLUCIÓN DE LAS FINANZAS EN VENEZUELA, Y SU RELACIÓN CON LA HISTORIA DE N...Justice First
Durante muchos años los representantes de las corrientes tradicionales del pensamiento económico consideraron que el dinero era la única variable económica relevante del sistema financiero.
Conocer la Actividad Financiera del Estado Venezolano que es de vital importancia para el fusiona miento de los Ingresos, Gastos Públicos y Presupuesto para el beneficio de la sociedad
Ingresos Públicos sus principios legales, la clasificación de los ingresos públicos, económica y jurídica. Los recursos del Estado económica; recursos ordinarios, recursos extraordinarios. Por su origen, originarios, derivados. Los recursos patrimoniales propiamente de dominio: bienes dominio público y bienes de dominio privado. Recursos por sanciones patrimoniales.
Actividad Financiera del estado venezolanoluzmar piña
La actividad financiera es una Gestión que realiza el estado con gastos, que por medios de ingresos de diferentes actividades gubernamentales, son usados para satisfacer ciertas necesidades, de la sociedad; Salud, educación, defensa, seguridad, entre otros, llamados servicios públicos.
Similar a La Actividad Financiera del Estado Venezolano: Ingresos Públicos (20)
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La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
Durante el período citado se sucedieron tres presidencias radicales a cargo de Hipólito Yrigoyen (1916-1922),
Marcelo T. de Alvear (1922-1928) y la segunda presidencia de Yrigoyen, a partir de 1928 la cual fue
interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
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La Actividad Financiera del Estado Venezolano: Ingresos Públicos
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO TRIBUTARIO
NUCLEO ARAURE
Agosto de 2015
INTEGRANTE:
Herrera, Noheli
C.I.: 17362546
PROFESORA:
Abg. Emily Ramírez
2. - Ingresos Públicos.
- Principios legales de los ingresos públicos.
- Clasificación de los ingresos públicos:
- Recursos del Estado
- Clasificación de los Recursos del Estado
- Económica: Recursos ordinarios y Recursos extraordinarios.
- Por su origen: Originarios y Derivados.
- Recursos patrimoniales propiamente dichos o de dominio:
- Recursos por sanciones patrimoniales.
Clasificación económica
Clasificación Jurídica
3. Recursos que obtiene el Estado en
forma coactiva, voluntaria (donación,
legado) de la economía de los
particulares y el uso de sus bienes
(venta usufructo, arrendamientos)
para satisfacer las necesidades
colectivas.
Son ingresos percibidos por el
gobierno y demás entes
públicos para, entre otras
cosas, financiar los gastos
públicos
Importancia
La importancia de los ingresos públicos radica
en que sin ingresos es imposible efectuar
gastos. Los ingresos públicos representan un
instrumento significativo para la implantación de
políticas gubernamentales.
4. Principio de legalidad: "Los ingresos se deben fijar por medio de leyes, tanto desde el
punto de vista material como formal, es decir, por medio de disposiciones de carácter
general, abstracta, impersonales y emanadas del poder legislativo“.
Principio de generalidad: Este principio alude al carácter extensivo de la tributación y
significa que cuando una persona física o ideal se halla en las condiciones que marcan,
según la ley, la aparición del deber de contribuir, este deber debe ser cumplido, cualquiera
que sea el carácter del sujeto, categoría social, sexo, nacionalidad, edad o cultura. La
generalidad surge del artículo 133 del Constitución Nacional ya que ordena que sin
excepción "toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gastos públicos mediante el
pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley.“
Principio de igualdad: no debe excluirse a ningún sector de la población para el pago del
tributo.
Principio de progresividad: Este principio describe que a mayor capacidad económica
mayor será el pago producido ya que habrá un alto nivel de vida de la población dando
paso a la obtención de un sistema tributario eficiente para la recaudación de los tributos.
Principio de no confiscación: el artículo 317 de la Constitución: “Ningún tributo puede
tener efecto confiscatorio”. La no confiscatoriedad protege al derecho de propiedad,
garantía fundamental en un Estado democrático, lo que se deriva de la libertad, que es uno
de los pilares que sirve de base al sistema democrático.
5. Clasificación Económica
Originarios y Derivados
Originarios: obtenidos por el Estado y demás entes públicos de los bienes que le son propios de
la actividad económica que realizan. Derivados: obtenidos por el Estado y demás entes públicos
por su intervención coactiva en la economía de particulares.
Ordinarios y extraordinarios
Ordinarios: se obtiene periódicamente. Extraordinarios: son los que se obtienen por una sola vez.
Nominales y reales
Nominales: aumentan los fondos de tesorería, pero en la misma magnitud que aumentan el
activo, aumentan el pasivo. Es decir, no tiene efecto sobre el patrimonio. Reales: aumentan los
fondos de tesorería sin aumentar las obligaciones del estado.
Corrientes y de capital:
Corrientes: son producto de la propiedad de bienes, impuesto sobre la renta, circulación de
bienes y contribuciones de seguridad social. De capital: recursos de transferencia de capitales,
prestamos, entre otros.
6. Clasificación Jurídica
Relaciones con personas jurídicas de derecho privado y entes públicos asimilados.
•Voluntad unilateral del Estado: El Estado por mandato de la Constitución o la Ley actúa
como sujeto activo de una relación jurídica.
•Concurso de voluntades: Se da por medio de contratos, ya sea mediante negocios
onerosos o negocios gratuitos. Resultando el consentimiento de vital importancia y fuente
jurídica de la obligación.
Relaciones intergubernamentales:
•Voluntad unilateral: El Estado es quien decide de manera unilateral, imponiendo la
prestación, sin requerir el consentimiento de otras personas.
•Concurso de voluntades: debe existir el concurso de voluntades, ya sea un negocio
oneroso o gratuito.
7. Riquezas a favor del
Estado para cumplir sus
fines.
No pueden limitarse a asegurar la cobertura
de los gastos indispensables de
administración, sino que es un medio de que
se vale el Estado para llevar a cabo su
intervención en la vida general de la Nación.
Clasificación
a) Bienes de dominio público.
b) Bienes de dominio privado.
Económica
Por su origen
a) Recursos ordinarios
b) Recursos extraordinarios
a) Originarios
b) Derivados.
Recursos patrimoniales
propiamente de dominio
Recursos por sanciones
patrimoniales
8. Económica
Ordinario Extraordinario
Son los recursos percibidos por el
Estado en forma regular y continua.
Son recursos excepcionales y
ocasionales que carecen de la
regularidad de los ordinarios. Este
concepto se asemeja al de gastos
públicos extraordinarios, que son las
erogaciones que forzosamente hay
que hacer para cubrir necesidades
imprevistas e imperiosas.
9. Por su Origen
Originarios Derivados
Provienen de los bienes patrimoniales
del Estado o de diversos tipos de
actividades productivas realizadas por
este. Nacen dentro del propio
patrimonio o actividad general.
Son los que las entidades públicas se
procuran mediante contribuciones
provenientes de las economías de los
individuos pertenecientes a la
comunidad. Son los recursos
tributarios, provenientes del crédito
público, etc. En todos los casos el
Estado los obtiene ejerciendo sus
poderes soberanos.
10. Recursos patrimoniales propiamente de dominio
Bienes de dominio Público Bienes de dominio Privado
El Estado posee bienes destinados al
disfrute de toda la comunidad y que
son utilizables por sus componentes
en forma directa y general. Surgen por
causas naturales. No pueden ser
objetos de apropiación privada,
porque su destino es el uso común.
El Estado posee bienes que pueden
satisfacer necesidades individuales o
colectivas. Son bienes generalmente
enajenables y sujetos a los efectos de
la prescripción.
11. Recursos por sanciones patrimoniales
El Estado debe asegurar el orden jurídico normativo, castigando
mediante sanciones a quienes lo infringen, por ejemplo con multas, que
constituyen prestaciones pecuniarias coactivamente exigidas a los
particulares para reprimir las acciones ilícitas. A pesar de que estas
penalidades generan algún ingreso al Estado, pero, los ingresos por
sanciones patrimoniales son ingresos anormales que no están destinados
con ese fin.
12. CONCLUSIÓN
• La finanza pública se encuentra referida a la recaudación de ingresos públicos,
la intervención de la actividad económica y al gasto publico realizado para
sufragar las necesidades de la población. Al respecto, la actividad financiera del
Estado Venezolano, se encuentra cimentada en el desarrollo y cumplimiento de
un conjunto de operaciones financieras, para alcanzar recursos pecuniarios,
siendo estos recursos, la recaudación de ingresos.
• Se tiene que, los recursos (ingresos) públicos constituyen las diversas maneras
de concentrar, ordenar y mostrar los recursos (ingresos) públicos, con el fin de
ejecutar análisis y proyecciones de aspecto económico y financiero que se
demanda en un período determinado.
13. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
• Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 1999
• Villegas, H. Curso de finanzas, Derecho financiero y tributario. 7ª Edición. Ediciones
Depalma. 2002.
• Brewer, A (2005). Principios fundamentales del Derecho Público. Editorial Jurídica
Venezolana, Caracas.
• Rangel, C. (2003). Economía Pública Multijurisdiccional. Madrid.
• Mommer, B. (2002). Venezuela: un nuevo marco legal e institucional petrolero.
Revista Venezolana de Economía y Ciencias Sociales.
http://www.revele.com.ve/pdf/revista_venezolana_de_economia_y_ciencias_sociales/
vol8-n2/pag201.pdf [consulta: 27/08/14]