1) La sucesión testamentaria se refiere a la herencia que se transmite de acuerdo a las instrucciones dejadas en el testamento de una persona. 2) El testamento es un acto unilateral y revocable mediante el cual una persona dispone de sus bienes después de su muerte. 3) Existen diferentes tipos de testamentos como los ordinarios abiertos u cerrados y los requisitos para su validez se encuentran establecidos en el Código Civil.
El documento describe los procedimientos de sucesión agraria en México. Explica que los ejidatarios pueden designar sus herederos a través de una lista de sucesión depositada en el Registro Agrario Nacional. Si no hay designación, los derechos se transmiten según el orden de preferencia legal. El Registro Agrario Nacional garantiza el resguardo de las listas de sucesión y acredita los derechos de los herederos.
Tema 11 adopción, adrogación, legitimación y emancipación copiaUGMA.
Este documento resume diferentes formas de parentesco en el derecho romano como la adopción, adrogación, legitimación y emancipación. Explica que la adopción permitía a un ascendiente adquirir la patria potestad sobre un descendiente y tenía fines políticos y de proveer descendencia. La adrogación transfería la potestad de un adulto a otro. La legitimación convertía al hijo natural en legítimo. La emancipación extinguía la patria potestad. Cada tema incluye conceptos, clases, requisitos, efectos y form
El documento explica los presupuestos procesales, que son los requisitos necesarios para que un proceso sea válido. Estos incluyen presupuestos de forma como la demanda y capacidad de las partes, y presupuestos de fondo como la existencia del derecho reclamado, legitimidad y interés. El concepto se originó en 1868 y distingue entre excepciones y presupuestos. Autores como Von Bülow, Alzamora Valdez y Chiovenda han definido los presupuestos procesales.
La Posesión es un poder "de hecho" que permite usar y gozar de la cosa, contrario sensu a la propiedad que es un "poder jurídico" que permite la disposición de la misma.
Este documento describe la teoría general del derecho como una parte de la ciencia jurídica que reúne y explica de forma general las distintas teorías particulares sobre el derecho. Explica que la ciencia jurídica tiene tres dimensiones: normativa, doctrinal y filosófica. La teoría general del derecho se enfoca principalmente en la dimensión normativa al analizar conceptos como las fuentes, jerarquía y validez de las normas jurídicas desde diferentes perspectivas doctrinales. Su objetivo es contribuir a la formación de
Ensayo sobre la posesion. derecho civil bienescarymarcomputer
Este documento describe los conceptos fundamentales de la posesión y la detentación en derecho romano. En 3 oraciones:
La posesión se define como tener una cosa en el poder con la voluntad de poseerla como su propietario, requiriendo los elementos de corpus (tenencia material) y animus (intención de poseer como dueño). La detentación carece del animus y se distingue de la posesión al poseer la cosa en nombre de otro en virtud de un título como el comodato o arrendamiento. La posesión se adquiere y pierde dependiendo de la
Este documento resume los conceptos clave relacionados con las partes procesales en derecho civil venezolano. Define las partes como demandante y demandado, y explica que deben tener capacidad procesal y pueden actuar por sí mismos o a través de representantes legales. También cubre conceptos como la representación procesal, los deberes de los poderdantes, la sucesión procesal y los terceros en la causa.
La personalidad en derecho es la capacidad de una persona física o moral para ser sujeto de derechos y obligaciones, y para intervenir en un juicio. Para intervenir en un juicio de amparo se requiere demostrar personalidad ya sea de manera original como demandante, o de manera derivada como representante legal. Las personas pueden autorizar a un tercero para realizar ciertos actos procesales en su nombre, pero este tercero no puede delegar a su vez esas facultades.
El documento describe los procedimientos de sucesión agraria en México. Explica que los ejidatarios pueden designar sus herederos a través de una lista de sucesión depositada en el Registro Agrario Nacional. Si no hay designación, los derechos se transmiten según el orden de preferencia legal. El Registro Agrario Nacional garantiza el resguardo de las listas de sucesión y acredita los derechos de los herederos.
Tema 11 adopción, adrogación, legitimación y emancipación copiaUGMA.
Este documento resume diferentes formas de parentesco en el derecho romano como la adopción, adrogación, legitimación y emancipación. Explica que la adopción permitía a un ascendiente adquirir la patria potestad sobre un descendiente y tenía fines políticos y de proveer descendencia. La adrogación transfería la potestad de un adulto a otro. La legitimación convertía al hijo natural en legítimo. La emancipación extinguía la patria potestad. Cada tema incluye conceptos, clases, requisitos, efectos y form
El documento explica los presupuestos procesales, que son los requisitos necesarios para que un proceso sea válido. Estos incluyen presupuestos de forma como la demanda y capacidad de las partes, y presupuestos de fondo como la existencia del derecho reclamado, legitimidad y interés. El concepto se originó en 1868 y distingue entre excepciones y presupuestos. Autores como Von Bülow, Alzamora Valdez y Chiovenda han definido los presupuestos procesales.
La Posesión es un poder "de hecho" que permite usar y gozar de la cosa, contrario sensu a la propiedad que es un "poder jurídico" que permite la disposición de la misma.
Este documento describe la teoría general del derecho como una parte de la ciencia jurídica que reúne y explica de forma general las distintas teorías particulares sobre el derecho. Explica que la ciencia jurídica tiene tres dimensiones: normativa, doctrinal y filosófica. La teoría general del derecho se enfoca principalmente en la dimensión normativa al analizar conceptos como las fuentes, jerarquía y validez de las normas jurídicas desde diferentes perspectivas doctrinales. Su objetivo es contribuir a la formación de
Ensayo sobre la posesion. derecho civil bienescarymarcomputer
Este documento describe los conceptos fundamentales de la posesión y la detentación en derecho romano. En 3 oraciones:
La posesión se define como tener una cosa en el poder con la voluntad de poseerla como su propietario, requiriendo los elementos de corpus (tenencia material) y animus (intención de poseer como dueño). La detentación carece del animus y se distingue de la posesión al poseer la cosa en nombre de otro en virtud de un título como el comodato o arrendamiento. La posesión se adquiere y pierde dependiendo de la
Este documento resume los conceptos clave relacionados con las partes procesales en derecho civil venezolano. Define las partes como demandante y demandado, y explica que deben tener capacidad procesal y pueden actuar por sí mismos o a través de representantes legales. También cubre conceptos como la representación procesal, los deberes de los poderdantes, la sucesión procesal y los terceros en la causa.
La personalidad en derecho es la capacidad de una persona física o moral para ser sujeto de derechos y obligaciones, y para intervenir en un juicio. Para intervenir en un juicio de amparo se requiere demostrar personalidad ya sea de manera original como demandante, o de manera derivada como representante legal. Las personas pueden autorizar a un tercero para realizar ciertos actos procesales en su nombre, pero este tercero no puede delegar a su vez esas facultades.
Poder de una persona sobre una cosa o cosas. La posesión requiere dos elementos: el corpus, o exte- riorización de dicho poder sobre la cosa, aunque no consista en su efectiva tenencia física, y el animus, o intención de poseer la cosa.
Este documento describe la filiación como el vínculo jurídico entre padres e hijos. Explica que existen dos sistemas teóricos para establecer la filiación y que la filiación puede ser matrimonial o no matrimonial. También detalla los principios, efectos y momentos de la filiación, así como los derechos que derivan de ella.
LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE Y DONACIONES ENTRE VIVOSAndrés Villegas
Sucesión por causa de muerte: modo de adquirir el dominio del patrimonio de una persona difunta, o sea, el conjunto de sus derechos y obligaciones transmisibles, o una cuota de dicho
patrimonio, o especies o cuerpos ciertos.
Este documento describe los derechos subjetivos, incluyendo que son atribuciones que tienen los sujetos para exigir determinadas conductas de otros. Explica que a cada derecho subjetivo corresponde un deber correlativo y que los derechos tienen límites como el principio de buena fe. También clasifica los derechos subjetivos y describe cómo se defienden.
El documento habla sobre el concepto de domicilio en derecho. Explica que el domicilio es el lugar donde una persona reside de manera permanente con el propósito de establecerse allí. También menciona que una persona solo puede tener un domicilio y que este es transferible por herencia. Además, describe los tres tipos de domicilio que existen: voluntario, legal y convencional.
El documento describe los sujetos y objetos de las disposiciones testamentarias. Define los roles del heredero, legatario, albacea, acreedores y deudores. Explica que el heredero recibe los bienes de forma universal, mientras que el legatario recibe bienes de forma particular. También establece que el albacea es responsable de cumplir la última voluntad del testador y proteger los bienes hasta que se complete la sucesión.
La prueba confesional en materia mercantil consiste en declaraciones hechas por una parte durante un proceso legal que perjudican a dicha parte. Estas declaraciones pueden hacerse ante un juez o de forma extrajudicial. Para ser válidas, las declaraciones deben referirse a hechos controvertidos, verosímiles y no excluidos por la ley. La prueba confesional se diferencia del testimonio en que recae sobre hechos perjudiciales para la parte confesante. Los códigos de comercio regulan aspectos como cómo presentar la
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Ys0109
Este documento resume los diferentes medios de extinción de obligaciones según el derecho civil, incluyendo el pago, novación, compensación, remisión de deuda, confusión, prescripción y caducidad. Explica los requisitos y efectos de cada uno de estos medios.
Este documento describe los diferentes aspectos de un juicio agrario en México, incluyendo la demanda, la contestación, el procedimiento, las pruebas, la sentencia, el amparo y la ejecución. Explica que un juicio agrario tiene como objetivo resolver controversias relacionadas con la aplicación de la ley agraria mexicana.
Este documento compara la sucesión testamentaria en el derecho romano y venezolano. En el derecho romano, el testamento era un acto solemne y unilateral del testador que instituía herederos. En el derecho venezolano, el testamento es un instrumento jurídico para disponer de la sucesión. Ambos sistemas reconocen testamentos especiales y figuras como la sustitución y desheredación, aunque con definiciones y clasificaciones propias de cada derecho.
Este documento presenta los conceptos de derecho registral y notarial, así como el origen y desarrollo histórico de ambos derechos. Brevemente resume que el derecho registral y notarial son ramas del derecho que regulan la organización y funcionamiento de los registros públicos y la actividad notarial respectivamente. Luego describe de forma concisa el origen y evolución de la actividad notarial y registral en diferentes culturas y épocas como la de los hebreos, griegos, romanos y en España desde la Edad Media hasta la actualidad.
1) La posesión es un hecho que genera consecuencias jurídicas como derechos reales como la propiedad y el usufructo. 2) Existen diferentes visiones de la naturaleza jurídica de la posesión, ya sea como un simple hecho, como un derecho, o como un hecho y derecho a la vez. 3) Para que la posesión sea legítima debe ser continua, pacífica, pública y no equívoca; si no reúne estos requisitos se considera viciada.
El documento resume los conceptos clave de personalidad y persona en derecho civil venezolano. Explica que la personalidad son los atributos de identidad de una persona física o jurídica que le permiten tener derechos y obligaciones. Analiza las teorías sobre la adquisición y extinción de la personalidad, señalando que en Venezuela se acepta la teoría del nacimiento y la vitalidad para el inicio de la personalidad, y que la única causa de extinción es la muerte.
La inspección judicial consiste en la verificación que hace el juez de hechos o circunstancias mediante sus sentidos. Puede ser solicitada por las partes o ordenada de oficio por el juez. Se levanta un acta detallando lo observado, la cual debe ser clara y precisa. Sirve para probar hechos materiales perceptibles que sean pertinentes al caso.
El documento define el derecho civil como la rama del derecho privado que regula las personas, la familia y el patrimonio. Excluye las relaciones mercantiles, laborales y agrarias. El derecho civil comprende normas sobre el estado y capacidad de las personas, la familia, el patrimonio, las obligaciones y contratos, y la transmisión de bienes. Regula las relaciones privadas entre individuos.
El documento habla sobre el Derecho de las Obligaciones. Explica que las obligaciones son vínculos jurídicos que unen a acreedores y deudores y que regulan esta relación. También describe las características de las obligaciones como su carácter universal, permanencia y la libertad para obligarse. Finalmente, discute definiciones modernas de obligación y los caracteres que las definen.
1) Las personas jurídicas tienen su origen en el derecho romano y se refieren a entidades capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones. 2) Existen diversas teorías para explicar la personalidad jurídica como la teoría de la ficción y la teoría del patrimonio afectado a un fin. 3) Las personas jurídicas se clasifican en de derecho público, como naciones y municipios, y de derecho privado, como asociaciones civiles.
Este documento presenta información sobre el proceso de demandas en derecho venezolano. Explica los componentes clave de una demanda como la identificación de las partes, los hechos del caso, los fundamentos legales y la solicitud. También discute conceptos como citación, notificación, emplazamiento y reforma de demandas.
Este documento resume las principales características del proceso judicial civil en tres oraciones. Explica que el proceso judicial se promueve ante un órgano jurisdiccional para resolver una controversia planteada o reconocer un derecho. Describe las etapas del proceso, incluyendo la iniciación, admisión de pruebas, resolución y ejecución. También define conceptos clave como acción, excepción y sus diferentes tipos.
Certificado de defuncion de la República DominicanaRoberto Coste
Este documento es un certificado de defunción utilizado por el Ministerio de Salud Pública de la República Dominicana. Contiene secciones para registrar información sociodemográfica del fallecido, datos de la defunción como fecha, lugar y causa, así como información del informante y del médico certificante. Incluye instrucciones detalladas sobre el proceso de certificación de defunciones y el llenado correcto del formulario.
Este documento presenta una demanda de mejor derecho de posesión interpuesta por Pilar Reátegui Mori contra Angel Aguirre Becerra y Yoole Blanca Guerrero Beltrán. Reátegui Mori alega haber adquirido posesión de un terreno en 1990 a través de una donación, y haber construido una vivienda en él. En 2006, Aguirre Becerra y Guerrero Beltrán desalojaron violentamente a la nueva poseedora del terreno, Guadalupe Gallegos Luna, destruyendo la vivienda. Reátegui Mor
Poder de una persona sobre una cosa o cosas. La posesión requiere dos elementos: el corpus, o exte- riorización de dicho poder sobre la cosa, aunque no consista en su efectiva tenencia física, y el animus, o intención de poseer la cosa.
Este documento describe la filiación como el vínculo jurídico entre padres e hijos. Explica que existen dos sistemas teóricos para establecer la filiación y que la filiación puede ser matrimonial o no matrimonial. También detalla los principios, efectos y momentos de la filiación, así como los derechos que derivan de ella.
LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE Y DONACIONES ENTRE VIVOSAndrés Villegas
Sucesión por causa de muerte: modo de adquirir el dominio del patrimonio de una persona difunta, o sea, el conjunto de sus derechos y obligaciones transmisibles, o una cuota de dicho
patrimonio, o especies o cuerpos ciertos.
Este documento describe los derechos subjetivos, incluyendo que son atribuciones que tienen los sujetos para exigir determinadas conductas de otros. Explica que a cada derecho subjetivo corresponde un deber correlativo y que los derechos tienen límites como el principio de buena fe. También clasifica los derechos subjetivos y describe cómo se defienden.
El documento habla sobre el concepto de domicilio en derecho. Explica que el domicilio es el lugar donde una persona reside de manera permanente con el propósito de establecerse allí. También menciona que una persona solo puede tener un domicilio y que este es transferible por herencia. Además, describe los tres tipos de domicilio que existen: voluntario, legal y convencional.
El documento describe los sujetos y objetos de las disposiciones testamentarias. Define los roles del heredero, legatario, albacea, acreedores y deudores. Explica que el heredero recibe los bienes de forma universal, mientras que el legatario recibe bienes de forma particular. También establece que el albacea es responsable de cumplir la última voluntad del testador y proteger los bienes hasta que se complete la sucesión.
La prueba confesional en materia mercantil consiste en declaraciones hechas por una parte durante un proceso legal que perjudican a dicha parte. Estas declaraciones pueden hacerse ante un juez o de forma extrajudicial. Para ser válidas, las declaraciones deben referirse a hechos controvertidos, verosímiles y no excluidos por la ley. La prueba confesional se diferencia del testimonio en que recae sobre hechos perjudiciales para la parte confesante. Los códigos de comercio regulan aspectos como cómo presentar la
Extincion de las Obligaciones, El Pago, Novacion, Compensacion, Remision de l...Ys0109
Este documento resume los diferentes medios de extinción de obligaciones según el derecho civil, incluyendo el pago, novación, compensación, remisión de deuda, confusión, prescripción y caducidad. Explica los requisitos y efectos de cada uno de estos medios.
Este documento describe los diferentes aspectos de un juicio agrario en México, incluyendo la demanda, la contestación, el procedimiento, las pruebas, la sentencia, el amparo y la ejecución. Explica que un juicio agrario tiene como objetivo resolver controversias relacionadas con la aplicación de la ley agraria mexicana.
Este documento compara la sucesión testamentaria en el derecho romano y venezolano. En el derecho romano, el testamento era un acto solemne y unilateral del testador que instituía herederos. En el derecho venezolano, el testamento es un instrumento jurídico para disponer de la sucesión. Ambos sistemas reconocen testamentos especiales y figuras como la sustitución y desheredación, aunque con definiciones y clasificaciones propias de cada derecho.
Este documento presenta los conceptos de derecho registral y notarial, así como el origen y desarrollo histórico de ambos derechos. Brevemente resume que el derecho registral y notarial son ramas del derecho que regulan la organización y funcionamiento de los registros públicos y la actividad notarial respectivamente. Luego describe de forma concisa el origen y evolución de la actividad notarial y registral en diferentes culturas y épocas como la de los hebreos, griegos, romanos y en España desde la Edad Media hasta la actualidad.
1) La posesión es un hecho que genera consecuencias jurídicas como derechos reales como la propiedad y el usufructo. 2) Existen diferentes visiones de la naturaleza jurídica de la posesión, ya sea como un simple hecho, como un derecho, o como un hecho y derecho a la vez. 3) Para que la posesión sea legítima debe ser continua, pacífica, pública y no equívoca; si no reúne estos requisitos se considera viciada.
El documento resume los conceptos clave de personalidad y persona en derecho civil venezolano. Explica que la personalidad son los atributos de identidad de una persona física o jurídica que le permiten tener derechos y obligaciones. Analiza las teorías sobre la adquisición y extinción de la personalidad, señalando que en Venezuela se acepta la teoría del nacimiento y la vitalidad para el inicio de la personalidad, y que la única causa de extinción es la muerte.
La inspección judicial consiste en la verificación que hace el juez de hechos o circunstancias mediante sus sentidos. Puede ser solicitada por las partes o ordenada de oficio por el juez. Se levanta un acta detallando lo observado, la cual debe ser clara y precisa. Sirve para probar hechos materiales perceptibles que sean pertinentes al caso.
El documento define el derecho civil como la rama del derecho privado que regula las personas, la familia y el patrimonio. Excluye las relaciones mercantiles, laborales y agrarias. El derecho civil comprende normas sobre el estado y capacidad de las personas, la familia, el patrimonio, las obligaciones y contratos, y la transmisión de bienes. Regula las relaciones privadas entre individuos.
El documento habla sobre el Derecho de las Obligaciones. Explica que las obligaciones son vínculos jurídicos que unen a acreedores y deudores y que regulan esta relación. También describe las características de las obligaciones como su carácter universal, permanencia y la libertad para obligarse. Finalmente, discute definiciones modernas de obligación y los caracteres que las definen.
1) Las personas jurídicas tienen su origen en el derecho romano y se refieren a entidades capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones. 2) Existen diversas teorías para explicar la personalidad jurídica como la teoría de la ficción y la teoría del patrimonio afectado a un fin. 3) Las personas jurídicas se clasifican en de derecho público, como naciones y municipios, y de derecho privado, como asociaciones civiles.
Este documento presenta información sobre el proceso de demandas en derecho venezolano. Explica los componentes clave de una demanda como la identificación de las partes, los hechos del caso, los fundamentos legales y la solicitud. También discute conceptos como citación, notificación, emplazamiento y reforma de demandas.
Este documento resume las principales características del proceso judicial civil en tres oraciones. Explica que el proceso judicial se promueve ante un órgano jurisdiccional para resolver una controversia planteada o reconocer un derecho. Describe las etapas del proceso, incluyendo la iniciación, admisión de pruebas, resolución y ejecución. También define conceptos clave como acción, excepción y sus diferentes tipos.
Certificado de defuncion de la República DominicanaRoberto Coste
Este documento es un certificado de defunción utilizado por el Ministerio de Salud Pública de la República Dominicana. Contiene secciones para registrar información sociodemográfica del fallecido, datos de la defunción como fecha, lugar y causa, así como información del informante y del médico certificante. Incluye instrucciones detalladas sobre el proceso de certificación de defunciones y el llenado correcto del formulario.
Este documento presenta una demanda de mejor derecho de posesión interpuesta por Pilar Reátegui Mori contra Angel Aguirre Becerra y Yoole Blanca Guerrero Beltrán. Reátegui Mori alega haber adquirido posesión de un terreno en 1990 a través de una donación, y haber construido una vivienda en él. En 2006, Aguirre Becerra y Guerrero Beltrán desalojaron violentamente a la nueva poseedora del terreno, Guadalupe Gallegos Luna, destruyendo la vivienda. Reátegui Mor
1) El documento trata sobre la sucesión por causa de muerte en el derecho civil paraguayo. Explica los antecedentes históricos de la sucesión en los derechos asirio, griego, romano y germánico.
2) Describe los principios que rigen el derecho hereditario paraguayo como la transmisión de bienes desde la muerte, la indivisión de la herencia y la ley aplicable.
3) Explica conceptos como la apertura de la sucesión, los efectos de esta, quienes son cap
Particion de bienes fernando alessandri rodriguezCarlos Cruz
Este documento presenta una introducción al concepto de partición de bienes y su régimen legal en Chile. Explica que la partición consiste en dividir y repartir bienes entre cotitulares con derechos indivisos sobre ellos. Describe las normas del Código Civil chileno sobre partición de bienes y su aplicación a diferentes tipos de comunidades. También cubre aspectos como la liquidación de sociedades, la posibilidad de aplicar normas comerciales a sociedades civiles, y el juicio de partición establecido en el Código de Proced
Este documento presenta un resumen de las normas y procedimientos legales relacionados con la partición de bienes en Chile. Explica conceptos clave como la posesión efectiva, el inventario de bienes, la tasación y el juicio de partición. Asimismo, detalla los pasos a seguir en procesos como la apertura de testamentos, el nombramiento de partidores y actuarios, y la tramitación del juicio de partición. El objetivo es brindar una guía práctica sobre este tema para abogados y personas involucradas en la partición de
(1) El documento habla sobre el derecho sucesorio y la sucesión por causa de muerte. (2) La sucesión por causa de muerte consiste en la transmisión del patrimonio de una persona fallecida a otras personas determinadas. (3) El documento explica conceptos como la apertura de la sucesión, la capacidad y dignidad para suceder, la sucesión intestada y el derecho de representación.
O documento fornece informações sobre a Declaração de Óbito no Brasil, incluindo seu objetivo, quem deve emiti-la e como preenchê-la corretamente. O médico tem a responsabilidade legal e ética de constatar o óbito e preencher a Declaração de Óbito com dados precisos sobre a causa da morte. O documento orienta sobre as situações em que a Declaração deve ou não ser emitida.
Instrucción Administrativa No 03 de 2008 - Recibo y entrega de notarías - Sup...j g
Este documento instruye a los notarios salientes y entrantes sobre el proceso de empalme y entrega de la notaría. Indica que el notario saliente debe entregar de manera completa y organizada todos los documentos, registros, obligaciones y archivos de la notaría al notario entrante. Estos incluyen el protocolo, libros, obligaciones laborales, tributarias y contables, entre otros. El empalme debe realizarse de forma transparente para garantizar una transición ordenada y evitar riesgos legales.
El documento proporciona instrucciones para completar formularios de defunción. Explica que el formulario consta de dos partes: el certificado de defunción y el informe estadístico. Detalla los tipos de preguntas, como marcar casillas o llenar espacios en blanco. Además, especifica que el personal médico es responsable de completar ambas partes del formulario de manera completa y correcta.
Este documento presenta un manual sobre la protección de la propiedad que incluye cuatro capítulos. El capítulo uno contiene información general sobre conceptos como derechos de propiedad, importancia del registro de propiedades e inscripción registral. Los capítulos dos y tres describen los trámites para la primera inscripción y traslación de propiedades respectivamente. Finalmente, el capítulo cuatro trata sobre la saneamiento de títulos de propiedad.
Una persona solicita al notario declarar la sucesión intestada de una persona fallecida para que se declare a los herederos legales. La solicitud incluye información sobre el causante, sus herederos y bienes. El notario publicará un aviso, notificará a los herederos potenciales, y si no hay oposición después de cierto plazo, declarará a los herederos para que se inscriba la sucesión en los registros correspondientes.
El abogado solicita al Juzgado de Paz Letrado de xxxxxxx que inicie el proceso no contencioso de sucesión intestada de doña xxxxxxxxxxxxx, fallecida el 19 de julio de 2013 sin testamento. Pide que se declare herederos a sus cuatro hijos: xxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxxx. Adjunta documentos probatorios como actas de nacimiento, defunción y certificados registrales. Solicita notificaciones por edicto, anotación registral y notificación al Ministerio Público.
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos Lourdes72
Este documento describe los diferentes tipos de testamentos según la legislación venezolana. Explica que hay testamentos ordinarios abiertos y cerrados, y testamentos especiales otorgados en situaciones como epidemias, en buques, o por militares. Define los requisitos legales y formalidades para cada tipo de testamento.
Este documento describe los diferentes tipos de testamentos según la legislación venezolana. Explica que hay testamentos ordinarios abiertos y cerrados, y testamentos especiales otorgados en situaciones como epidemias, en buques, o por militares. Define los requisitos legales y formalidades para cada tipo de testamento.
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos Lourdes72
Este documento describe los diferentes tipos de testamentos según la legislación venezolana. Explica que hay testamentos ordinarios abiertos y cerrados, y testamentos especiales otorgados en situaciones como epidemias, en buques, o por militares. También define la sucesión testamentaria y establece los requisitos para que sea válida, como que sea emitida de forma legal y que el testador y heredero tengan capacidad.
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentos Lourdes72
Este documento resume los tipos de testamentos y sus requisitos legales según el Código Civil venezolano. Explica que hay testamentos ordinarios abiertos y cerrados, y testamentos especiales otorgados en situaciones como epidemias, buques o por militares. Detalla los requisitos de presencia de notario, testigos, sellos y firmas que deben cumplir cada tipo de testamento para ser válido según la ley.
Las sucesiones testamentarias y ad intestatoNilson Rivas
Este documento describe los diferentes tipos de sucesiones testamentarias y ab intestato según el derecho venezolano. Explica las sucesiones testamentarias, las características de los testamentos, los requisitos de capacidad para testar, y las diferentes clases de testamentos como ordinarios, especiales y ológrafos. También define la sucesión ab intestato como aquella que se define por la ley cuando no existe testamento, y establece las formas de suceder por derecho propio o representación.
El documento resume la sucesión testamentaria desde sus orígenes en el derecho asirio y griego hasta su regulación en el derecho venezolano actual. Explica que la sucesión testamentaria permite que una persona transmita voluntariamente sus bienes a otros después de fallecer, ya sea a título universal como heredero o a título particular como legatario. También describe los diferentes tipos de testamentos y sus requisitos formales de acuerdo con la ley venezolana.
La sucesión testamentaria se origina cuando el causante dispone voluntariamente de sus bienes señalando a quienes deben transferirse después de su muerte. Existen diferentes tipos de testamentos como los ordinarios y especiales. Para que un testamento sea válido, debe cumplir con requisitos como ser otorgado por una persona con capacidad legal y de manera libre y consciente.
Este documento resume los aspectos fundamentales de la sucesión testamentaria según la legislación venezolana. Explica que la sucesión testamentaria se origina cuando el causante dispone voluntariamente de sus bienes mediante un testamento, nombrando herederos. También describe los diferentes tipos de testamentos reconocidos por la ley venezolana como los testamentos ordinarios abiertos y cerrados, y los testamentos especiales otorgados en circunstancias específicas. Finalmente, destaca que la capacidad para testar se presume a menos que se demuestre
Sucesión testamentaria y clasificación de los testamentosJoordanS
El documento resume los conceptos clave de la sucesión testamentaria y clasificación de testamentos según el Código Civil venezolano. Explica que la sucesión testamentaria es aquella que se origina cuando el causante dispone voluntariamente de sus bienes señalando a sus herederos. Luego clasifica los testamentos en ordinarios abiertos y cerrados, y especiales, los cuales pueden otorgarse en casos como epidemias, buques o por militares. Finalmente, destaca los requisitos de capacidad y forma que deben cumplir los testamentos
Este documento resume las características y tipos de sucesión testamentaria según la legislación venezolana. Explica que la sucesión testamentaria es un acto jurídico unilateral mediante el cual el testador transmite sus bienes luego de fallecer. Describe los requisitos de capacidad para testar y recibir herencia, así como las atribuciones del albacea encargado de ejecutar el testamento. Finalmente, clasifica los testamentos en ordinarios y especiales, detallando los tipos que comprenden cada categoría.
1) El documento describe el origen y evolución histórica de la sucesión testamentaria en diversos sistemas jurídicos como el asirio, griego, romano, germánico y francés, y explica algunas disposiciones clave del derecho español y venezolano. 2) Explica conceptos como la naturaleza jurídica del testamento, las condiciones para su validez, las limitaciones a la facultad de testar, y clasifica los diferentes tipos de testamentos. 3) Detalla los pasos a seguir en la apertura
Este documento resume los conceptos clave de la sucesión testamentaria. 1) La sucesión testamentaria se rige principalmente por la voluntad del causante expresada en el testamento. 2) Para que un testamento sea válido, el causante debe tener capacidad para disponer y el instituido para recibir, y debe respetarse la legítima. 3) Existen diferentes tipos de testamentos como el ordinario abierto u ordinario cerrado.
Este documento resume el origen y naturaleza de la sucesión testamentaria según el derecho romano, asirio y griego. Explica que la sucesión testamentaria es un acto jurídico que crea derechos y obligaciones a través de la transmisión de bienes. También describe los requisitos, características y clasificaciones de los testamentos según el Código Civil venezolano, incluyendo las capacidades e incapacidades para testar.
En Venezuela, hay dos tipos de sucesión: testamentaria e intestada. La sucesión testamentaria ocurre cuando existe un testamento que expresa la voluntad del difunto. Si no hay testamento, se aplica la sucesión intestada, donde la ley establece el orden de herederos por grado de parentesco.
Este documento habla sobre la sucesión testamentaria. En particular, define la sucesión testamentaria como un acto jurídico que crea derechos y obligaciones para transmitir bienes a los sucesores de una persona fallecida. También explica los requisitos de validez para los testamentos como la capacidad del testador, el objeto y fin lícito, y la forma requerida. Finalmente, clasifica los diferentes tipos de testamentos como ordinarios, especiales y los requisitos para su apertura y protocolización.
1) La sucesión testamentaria requiere que la voluntad del causante esté plasmada en un testamento formal de acuerdo a la ley.
2) El testamento es un acto unilateral y personalísimo mediante el cual el testador dispone libre y voluntariamente de sus bienes para después de su muerte.
3) Existen diferentes tipos de testamentos como los ordinarios, especiales y militares, cada uno con sus propias formalidades y circunstancias de otorgamiento.
El documento describe la evolución histórica de los testamentos en Venezuela desde los derechos asirio, babilonio y griego hasta el derecho español y venezolano actual. Incluye las formas de testar, características y condiciones de los testamentos según la legislación venezolana.
Presentación exposición Cesar Tovar, SAIA Acesar tovar
Este documento habla sobre los diferentes tipos de sucesiones y testamentos. Brevemente describe la sucesión intestada (por ley), la sucesión testamentaria (por voluntad del causante), y los herederos forzosos, no forzosos y testamentarios. También menciona los requisitos y características de un testamento válido como ser unilateral, revocable y de última voluntad.
Este documento describe la sucesión testamentaria y su origen en las relaciones familiares. Explica los tipos de testamentos como ordinarios, abiertos, cerrados y especiales. También cubre las condiciones, limitaciones y formalidades para la apertura, publicación y protocolización de los testamentos.
El documento describe la organización jerárquica de los tribunales de trabajo en Venezuela. Explica que en primera instancia están los tribunales de sustanciación, mediación y ejecución y los tribunales de juicio. En segunda instancia está el tribunal superior y como máxima instancia está la sala de casación social del tribunal supremo de justicia. También menciona que en cada circuito judicial debe haber un servicio de alguacilazgo para ejecutar las órdenes de los jueces.
Este documento resume las principales fuentes del derecho tributario en Venezuela. Define la ley, tratados internacionales, jurisprudencia y costumbres como las fuentes formales del derecho tributario. También explica otros actos normativos como decretos, reglamentos y providencias administrativas, así como los principios de aplicación de las normas tributarias en el tiempo y espacio. Finalmente, señala que las normas tributarias deben interpretarse atendiendo a su fin y significación económica.
Este documento define el derecho financiero y tributario, y describe sus principales características y fuentes. Explica que el derecho financiero regula las actividades relacionadas con las finanzas y el presupuesto del estado, mientras que el derecho tributario se enfoca específicamente en las normas que regulan los impuestos. También enumera los principios generales del derecho tributario, como la legalidad, igualdad y progresividad.
El documento resume los diferentes tipos de derecho tributario y la actividad financiera del Estado. En particular, describe el derecho constitucional tributario, el derecho tributario material y formal, el derecho procesal tributario, el derecho internacional tributario y el derecho penal tributario. También explica cómo la actividad financiera del Estado está destinada a obtener recursos para satisfacer necesidades públicas mediante la recaudación de ingresos.
El documento habla sobre el derecho procesal civil internacional. Explica que este derecho determina la jurisdicción y competencia de los tribunales en casos con elementos extranjeros, así como el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras. También discute conceptos como jurisdicción directa e indirecta, y cómo la Ley de Derecho Internacional Privado de Venezuela regula estas áreas.
La utilización de instrumentos cambiarios como letras de cambio, cheques y pagarés genera problemas jurídicos al admitir versiones electrónicas debido a requisitos formales en la ley como el documento escrito y la firma manuscrita. También pueden surgir obstáculos de la naturaleza electrónica relacionados con conceptos como posesión y entrega. Se analizan esquemas técnicos para distintos tipos de cheques electrónicos con el fin de permitir el avance tecnológico en la creación y gestión de t
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1) La sucesión testamentaria se refiere a la herencia que se transmite de acuerdo a las instrucciones dejadas en el testamento del difunto. 2) El testamento es un acto unilateral y revocable mediante el cual una persona dispone de sus bienes después de su muerte. 3) Existen diferentes tipos de testamentos como los ordinarios abiertos u cerrados y los requisitos para su validez se encuentran establecidos en el Código Civil.
1) La sucesión testamentaria se refiere a la herencia que se transmite de acuerdo a las instrucciones dejadas en el testamento del difunto. 2) El testamento es un acto unilateral y revocable mediante el cual una persona dispone de sus bienes después de su muerte. 3) Existen diferentes tipos de testamentos como los ordinarios abiertos u cerrados y los requisitos para su validez se encuentran establecidos en el Código Civil.
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Junio 2024.
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La sucesion testamentaria
1. LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA
Concepto: Cuando la sucesión se defiere por el título sucesorio “Testamento”
se denomina testamentaria y su régimen, salvo contadas excepciones
impuestas por la ley, lo determina la voluntad del causante o causantes.
De otra forma, Es aquella que se origina cuando el de cujus, en previsión de
su muerte próxima o remota, dispone voluntariamente de sus bienes señalando
a quienes y en qué forma deben transmitirse. También podríamos decir que es
la voluntad individual del causante, al cual se le reconoce facultad de disponer,
dentro de ciertas limitaciones, de sus bienes, como la más alta expresión de su
derecho de propiedad.
Fundamentos.
Código Civil
“Art. 833. El testamento es un acto revocable por el cual una persona dispone
para después de su muerte de la totalidad o de parte de su patrimonio, o hace
alguna otra ordenación, según las reglas establecidas por la Ley.”
Disposiciones Testamentarias
“Art. 834. Las disposiciones testamentarias que comprendan la universalidad
de una parte alícuota de los bienes del testador, son a título universal y
atribuyen la calidad de heredero.
Las demás disposiciones son a título particular y atribuyen la calidad de
legatario.”
Singularidad Del Acto De Testar
“Art. 835. No pueden dos o más personas testar en un mismo acto, sea en
provecho recíproco o de un tercero.”
La materia sucesoral está regulada en Venezuela en el título II del Código
Civil (Artículos 807-1132) y en la Ley de Impuesto Sobre Sucesiones,
Donaciones y demás Ramos Conexos (Incluyendo la reforma a esta Ley de
1999, GO 5.391).
Según el artículo 34 de la Ley de Derecho Internacional Privado, las
sucesiones se rigen por la ley del domicilio del causante. Lo que permite la
aplicación del derecho extranjero a bienes ubicados en Venezuela y la
aplicación del derecho venezolano a bienes ubicados en el exterior.
2. Se encuentra el último domicilio del causante en Venezuela, entonces debe
presentarse de conformidad con el artículo 27 de la Ley de Impuesto sobre
Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos la declaración sucesoral
ante el Seniat dentro de los 180 días hábiles después de producido el
fallecimiento del causante.
Según el Código Civil pueden venezolanos o extranjeros otorgar
testamentos en el extranjero, válidos y reconocidos por el derecho venezolano,
cuando cumplan determinadas formalidades. Existen aquí dos posibilidades:
El testamento es otorgado ante la autoridad extranjera competente. Este
testamento debe cumplir los requisitos de forma de la ley del país y debe ser
otorgado de forma auténtica, de forma escrita, por una sola persona y no a
puño y letra.
El testamento es otorgado ante el agente diplomático o consular
venezolano, quien posteriormente lo remitirá a Venezuela para su registro ante
las autoridades competentes.
TESTAMENTOS
Concepto: Es el instrumento jurídico por el cual se dispone y ordena la
sucesión de las personas. Es absolutamente personal, formal y solemne, por lo
que la forma y requisitos establecidos por la ley son imprescindibles para que
sea válido.
Se encuentra dentro del artículo 833 de nuestro Código Civil.
“El testamento es un acto revocable por el cual una persona dispone para
después de su muerte de la totalidad o de parte de su patrimonio, o hace
alguna otra ordenación, según las reglas establecidas por la Ley”.
CARACTERÍSTICAS.
1.- Es personalísimo. No podrá dejarse su formación a un tercero, ni hacerse
por medio de comisario o mandatario. Sí se puede dejar a un tercero la
distribución de determinadas cantidades, pero no la realización del testamento
en sí.
2.- Es unilateral. Sólo es válido un testamento por persona, no cabiendo
testamentos mancomunados (en algunas comunidades como Aragón y Navarra
se admite).
3.- Es solemne. El incumplimiento de cualquiera de sus requisitos de forma
puede llevar a su nulidad radical.
3. 4.- Es la expresión de la última voluntad.
5.- Es revocable. En cualquier momento, aunque el testador hubiera expresado
en el mismo su voluntad de no revocar.
6.- Todo testamento debe ser escrito tiene fecha de otorgamiento, nombre del
testador y su firma, salvo que no pueda firmar, en cuyo caso lo hará luego un
testigo testamentario que el designe y que no deberá ser heredero forzoso.
CAPACIDAD PARA TESTAR.
Código Civil. Art. 836 “Pueden disponer por testamento todos los que no estén
declarados incapaces de ello por la ley”.
Lo que ratifica el principio de derecho de acuerdo al cual la capacidad es la
regla y la incapacidad la excepción por; lo que quien pretenda alegar la
incapacidad en contra de quien haya testado sin ser capaz, necesariamente
deberá probar el hecho que la determina por lo tanto, constituyendo la
incapacidad una excepción que implica la pérdida de un derecho, qué en
principio se le reconoce a toda persona.
Pueden testar todos aquellos a quienes la ley no se lo prohíba expresamente,
siempre que sean personas físicas mayores de catorce años que no estén
incapacitadas por enajenación mental. Para otorgar testamento ológrafo se
requiere haber alcanzado la mayoría de edad.
CLASES DE TESTAMENTOS.
Testamento ordinario abierto.
Es aquel que se otorga en forma tal, que todos pueden enterarse de su
contenido, aún antes de la apertura de la respectiva sucesión.
a. Es otorgado por escritura pública, cumpliendo con las formalidades y
requisitos establecidos en la “Ley de Registro Públicos y Notariado”, en lo
referente a este tipo de documento.
b. El otorgado sin protocolización inmediata, ante un notario y dos testigos; y
c. El otorgado ante cinco testigos sin la presencia de un Notario ni funcionario
público alguno.
4. FUNDAMENTO
Código civil Art. 850. “Es abierto o nuncupativo el testamento cuando el
testador, al otorgarlo, manifiesta su última voluntad en presencia de las
personas que deben autorizar el acto, quedando enteradas de lo que en él se
dispone.”
Testamento ordinario cerrado.
Es aquel que se otorga tomando en cuenta el carácter de confidencialidad del
mismo, es decir, el testador mientras viva no desea que se sepa cuales son las
disposiciones de su última voluntad.
Se otorga de tal manera que sólo el testador y la persona a quien él le ha
encargado la redacción, si fuere el caso, conoce su contenido.
La calidad de “cerrado” se la da al testamento, el secreto de sus disposiciones,
pero el testador debe declarar, sin revelar cuales son, que las mismas están
contenidas en el pliego cerrado que presenta, lo que es lógico pensar, que el
testamento no alcanzaría tal carácter, si el testador por algún motivo especial
enterase a los que tienen que presenciar el acto, de las disposiciones
testamentarias y cerrase luego el pliego.
FUNDAMENTO
Código civil Art. 851. “Es testamento cerrado aquel en que se cumplen las
formalidades establecidas en el artículo 857..”
Código civil Art. 857. “En el testamento cerrado deberán observarse las
solemnidades siguientes:
1º El papel en que esté escrito el testamento, o por lo menos el que le sirva de
cubierta, estará cerrado y sellado de manera que el testamento no pueda
extraerse sin ruptura o alteración del pliego, o se hará cerrar y sellar de esa
misma manera en presencia del Registrador y de tres testigos.
2º El testador, al hacer la entrega, declarará en presencia de los mismos, que
el contenido de aquel pliego es su testamento.
3º El testador expresará si el testamento está o no escrito y firmado por él. Si
no lo firmó porque no pudo, lo declarará en el acto de la entrega.
4º El Registrador dará fe de la presentación y entrega con expresión de las
formalidades requeridas en los números 1º, 2º y 3º, todo lo cual hará constar
encima del testamento o de su cubierta, y firmarán también el testador y todos
los testigos.
5º Si el testador no pudiere firmar en el acto en que hace la entrega, el
Registrador hará también constar en la cubierta esta circunstancia, y firmará a
5. ruego del testador la persona que éste designe en el mismo acto, la cual será
distinta de los testigos instrumentales.”
SUCESIÓN LEGÍTIMA O AB-INTESTATO.
La sucesión legítima es la que se defiere de acuerdo la ley, cuando no
existe testamento; cuando habiendo testamento el testador no ha dispuesto de
todos sus bienes, entonces la parte no dispuesta se defiere conforme a las
normas del Código Civil. En la sucesión legítima o intestada existen dos formas
de suceder: por derecho propio o representación. El primero, cuando el sucesor
recibe llamado directo o inmediato de la ley. Por ejemplo, cuando existe un solo
heredero, siempre que se encuentre dentro del grado máximo exigido por la
ley. Cuando hay varios herederos, todos suceden por derecho propio cuando
son descendientes inmediatos de un mismo tronco común. El segundo, la
representación, consiste en un llamado indirecto al sucesor, a objeto de que
tome el lugar de un heredero por derecho propio, por no ocurrir éste a la
herencia. La sucesión intestada acoge los principios y directrices del derecho
justinianeo, como ha podido evidenciarse. El que desee conocer las
instituciones de hoy, debe sumergirse en esa ciencia milenaria que marcó
como ninguna otra, la regulación de las conductas humanas al compás de los
cambios y transformaciones que inciden en la sociedad.
APERTURA DE LA SUCESIÓN
Doctrinariamente se ha definido la apertura de la sucesión como “El hecho
que habilita a los herederos para tomar posesión de los bienes hereditarios y
se los transmite en propiedad” (M. Somarriva). En nuestro ordenamiento
jurídico, la apertura de la sucesión se encuentra regulada en el artículo 955 del
Código Civil. El citado precepto señala que “La sucesión en los bienes de una
persona se abre al momento de su muerte en su último domicilio; salvos los
casos expresamente exceptuados.
La sucesión se regla por la ley del domicilio en que se abre; salvas las
excepciones legales.”
De acuerdo al artículo en comento, la sucesión se abre al momento del
fallecimiento del causante. Es importante señalar que tanto la muerte real como
la presunta dan origen a la apertura de la sucesión. Resulta primordial
establecer el momento preciso en el cual se produce el fallecimiento del
causante, ya que este hecho puede resultar trascendente en varios aspectos, a
saber:
6. VOCACIÓN HEREDITARIA
La vocación hereditaria es una condición para que se adopte la calidad de
heredero, y es concedida por la ley a ciertos parientes (en línea recta y
colaterales hasta el cuarto grado) y al cónyuge, en defecto de que esa vocación
les sea concedida por la voluntad del causante que se haya expresado en un
testamento válido.
Tener vocación hereditaria es entonces, ser llamado a heredar por voluntad
del testador o por la ley.
El artículo 3573 del Código Civil argentino excluye de la vocación sucesoria al
caso los cónyuges de los matrimonios contraídos “in extremis”, que son
aquellos en que uno de los cónyuges muere en los treinta días subsiguientes a
la celebración del matrimonio de una enfermedad preexistente. Se excluye el
caso en que se haya contraído el matrimonio con el fin de regularizar una
situación de hecho.
El artículo 3574 también priva de vocación sucesoria al cónyuge culpable de la
separación declarada judicialmente. Se deja a salvo la vocación sucesoria del
cónyuge enfermo cuya separación se hubiera motivado por enfermedad
mental, alcoholismo drogadicción.
En caso de divorcio se pierde definitivamente la vocación sucesoria.
Un caso particular es la vocación sucesoria de la nuera viuda sin hijos, que
sucede a sus suegros en la cuarta parte de los que le hubiera correspondido a
su esposo.
EXCLUSIONES EN EL ORDEN DE SUCEDER
Es un complejo sistema de concurrencia, ya que los familiares del de cujus
concurren en búsqueda de lo que llamamos patrimonio, y al cual se accede
mediante la concurrencia para poder ser partícipes de lo que pueda
corresponderle a cada uno de la masa hereditaria. Además de ser un complejo
sistema de concurrencia, es un complejo sistema de exclusiones, esto quiere
decir que no todos los que concurren van a recibir una cuota parte de la masa
hereditaria ya que estos van a ser excluidos. En síntesis, el orden de suceder
es un complejo sistema de concurrencia y de exclusiones, mediante el cual los
parientes de la persona que ha fallecido, acceden de la masa patrimonial a fin
de que esta sea dividida proporcionalmente entre los que realmente tienen
derecho a la sucesión.
7. HIJOS
1 A. En primer lugar, los hijos nunca son excluidos de la sucesión (cuando
existe una sucesión de persona que tuvo hijos, éstos jamás podrán ser
excluidos de la misma por nadie, ya que tienen todos los derechos hereditarios
habidos).
2 A. Ellos excluyen a todos los herederos, excepto al cónyuge (su sola
presencia en la sucesión es para excluir a todas las demás personas que
pudiesen tener algún derecho, con excepción del cónyuge).
3 A. Cuando concurren a la herencia lo hacen en pie de igualdad (en el caso de
que sean cinco hermanos, y la masa de la herencia estuviese compuesta por
veinte millones de bolívares, pues a cada uno de los hijos les corresponderá
cuatro millones, independientemente del grado de instrucción de cada uno de
los hijos cosa que en la realidad natural no se perfecciona este "deber ser").
4 A. Cuando concurren con el cónyuge a la herencia a éste le corresponde una
cuota igual a la de un hijo (cuando en una comunidad conyugal no se
establecieren capitulaciones matrimoniales en el caso del fallecimiento de uno
de los cónyuges; al superviviente le corresponde el 50 % de la comunidad
conyugal mas una cuota parte equivalente a la que le corresponda a cada uno
de los hijos que tuvo con el causante).
5 A. En el caso de la partición de la herencia, la división de la misma se hace
por cabezas (en el caso de que existan tres hijos, entonces la cuota parte que
le corresponda a uno de los herederos debe ser dividida en partes iguales entre
los herederos de éste).
6 A. Los descendientes más próximos al causante excluyen a los más lejanos
(caso de repudiación de la herencia, la declaración de ausencia o indignidad).
PADRES
1 B. Son excluidos por los hijos (los padres se encuentran presentes en la
herencia cuando en la misma no existen hijos o que habiéndolos estos
renuncien a la herencia).
2 B. Ellos excluyen a los hermanos y a otros parientes colaterales (sobrinos)
del causante (los padres del causante excluyen a los hermanos y a otros
parientes).
3 B. Pueden concurrir con el cónyuge en la sucesión (con el único que pueden
concurrir es con el cónyuge, claro está; si éste existe).
4B. Cuando concurren con el cónyuge, les corresponde el 50 % de la herencia.
5 B. Los ascendientes más próximos al causante excluyen a los más lejanos.
8. 6 B. La división de la cuota que les corresponde a ellos, se hará por mitad.
HERMANOS
1 C. Son excluidos por los hijos y por los padres del causante (la sola presencia
de los hermanos indica la inexistencia de padres e hijos del causante).
2 C. Pueden concurrir con el cónyuge a la herencia.
3 C. Ellos excluyen a los demás parientes colaterales del causante.
4 C. Cuando concurren con el cónyuge le corresponde el 50 % de la herencia.
5 C. Su concurrencia es en pie de igualdad.
LA LEGÍTIMA
Concepto: El concepto de Legítima se encuentra establecido en nuestro
Código Civil que establece ensu artículo 883 lo siguiente:
“La legítima es una cuota de la herencia que se debe en plena propiedad a los
descendientes, a los ascendientes y al cónyuge sobreviviente que no esté
separado legalmente de bienes, con arreglo a los artículos siguientes”.
El testador no puede someter la legítima a ninguna carga ni condición
(cualquier condición o límite que se establezca para la legítima es nula, esto se
debe a que la legítima es un derecho de propiedad que se tiene asignado por la
ley)
Artículo 884 ejusdem. La legítima de cada descendiente o ascendiente,
legítimos o naturales, y la del cónyuge, será la mitad de sus respectivos
derechos en la sucesión intestada; y concurren y son excluidos y
representados según el orden y reglas establecidos para dicha sucesión.
COMENTARIO. El monto de la legítima, a tenor del artículo ut supra, será la
mitad de la cuota hereditaria. Esta cuota parte que la ley reserva a tales
personas, se denomina cuota legítima lo cuota de reserva y como, luego de
respetar esta porción el testador puede disponer libremente del resto de sus
bienes, esta otra parte sustraída de toda vinculación se ha denominado cuota
libre o cuota disponible. Nuestro Código Civil consagra la institución de la
legítima en el artículo ut supra, al expresarse que
" La legítima es una cuota de la herencia que se debe en plena propiedad a los
descendientes, a los ascendientes y al cónyuge sobreviviente que no esté
9. separado legalmente de bienes, «Y luego señala que " El testador no puede
someter la legítima aninguna carga ni condición"
Y en el siguiente artículo establece cual es el monto de la cuota parte cuando
dice: "« la mitad de sus respectivos derechos en la sucesión intestada
quienes son herederos legitimarios
Ya hemos mencionado que el artículo 883 del Código Civil señala que los
herederos en cuyo favor se restringe la facultad de testar son:
a. Los descendientes.
b. Los ascendientes.
c. El cónyuge sobreviviente que no esté legalmente separado de bienes.
LA BONA VACANTIA
En el caso de que los bienes de la sucesión correspondan al Estado, o
cuando no existan o se ignoren los herederos, los bienes situados en la
República pasarán al patrimonio de la Nación venezolana. Esta disposición
refleja la tradición de la legislación patria. Ambas instituciones, la legitima y
bona vacantia, fueron criticadas por P.H. Neuhaus quien las consideraba
atentatorias a la armonía internacional241
10. BIBLIOGRAFÍA
BIANCA, M., Diritto Civile, tomo II, la famiglia, le successioni, 2ª edición
actualizada, Dott. A. Giuffrè Editore, Milán, 1989
CLARO S., L., Explicaciones de Derecho Civil y comparado, tomo XVII (tomo V
de sucesión), Establecimiento Poligráfico Roma, Santiago, 1944.
DÍAZ, L., De la petición de herencia y de otras acciones del heredero, memoria
de prueba Universidad Central de Venezuela, Soc. Imp. y Lit. Universo,
Caracas, 2009
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