SlideShare una empresa de Scribd logo
La Posesión
La posesión es una situación de hecho que genera consecuencias jurídicas, las cuales
recaen sobre derechos reales,únicos susceptibles de posesión; pudiendo nombrar entre
ellos: la propiedad, el usufructo, la servidumbre, uso, entre otros.
Asimismo, no se puede poseer un bien que no sea susceptible de propiedad, según lo
establecido por el código civil, este tipo de posesión no acarrea efecto jurídico alguno
(art. 778 c.c),es decir, aun cuando se trate de derechos reales,no todos las cosas y
derechos reales son susceptibles de posesión, sin que pueda adquirirse la propiedad de
dicha cosa o derecho.
Naturaleza Jurídica de la Posesión
Podemos distinguir en primer lugar la posesión como un simple hecho. La defienden los
romanistas y autores como Montante. Se basa exclusivamente en circunstancias
materiales y se va a proteger simplemente la posesión porque exista una apariencia. En
segundo lugar los que consideran la posesión un derecho. Estos autores entienden que la
posesión constituye un interés jurídicamente protegido. En tercer lugar la posesión en un
doble sentido como de hecho y de derecho.
La posesión es un hecho como tal pero que al producir efectos jurídicos estará siempre
protegida por el derecho. En nuestro ordenamiento la mayoría de los autores defiende que
es un derecho real ya que confiere a su titular un poder inmediato sobre una cosa y
además una protección contra quien puede perturbar ese derecho,por lo tanto quedaran
asimilados los conceptos: posesión de hecho y de derecho. En nuestro ordenamiento La
posesión en el código civil. Significación de la posesión dentro de los derechos reales.
La doctrina dominante lo que defiende es un Derecho Real,ya que confiere a su titular un
poder inmediato sobre la cosa y además una protección contra quien puede perturbar ese
Derecho,por tanto quedan asimilados los conceptos de hecho y de Derecho.
Posesión legítima y Posesión Viciada o Viciosa
1° Tradicionalmente las legislaciones siguen el método de señalar los vicios cuya
presencia excluyen la posesión legítima. Pero nuestro Código Civil procede a la inversa y
señala los requisitos que deben reunir la posesión para poder ser calificada de posesión
legítima.
2° Textualmente dice nuestra Ley que: "La posesión es legítima cuando es continua, no
interrumpida, pacífica, pública, no equívoca y con intención de tener la cosa como suya
propia"(C.C-, art. 772). En realidad los requisitos de que la posesión no sea interrumpida
y de que se ejerza con intención de tener la cosa como suya propia no son requisitos
específicos de la posesión legítima y su ausencia produce efectos más graves que viciar la
posesión. En efecto,cuando la posesión de alguien está interrumpida lo que ocurre es que
esa persona no posee y cuando carece de la intención de tener la cosa (o derecho) como
suya propia lo que ocurre es que es una simple detentadora.
En consecuencia, los requisitos específicos de la posesión legítima, en, verdad, son que la
posesión sea continua, pacífica, pública y no equívoca y los vicios correlativos son la
discontinuidad, la violencia, la clandestinidad y la equivocidad.
A) La continuidad consiste en que el poseedor ejerza su poder de hecho en toda ocasión o
momento en que lo hubiera hecho el propietario (o titular del derecho de que se trate). La
discontinuidad consiste en no ejercer así su poder de hecho. En su forma más extrema,o
sea,cuando el poseedor no ejerza su poder de hecho nunca, la discontinuidad no es ya un
simple vicio de la posesión sino que implica la pérdida de la misma por pérdida del
elemento "corpus". Es una cuestión de hecho que debe apreciarse en cada caso,al cabo de
cuanto tiempo de no ejercido el poder de hecho debe entenderse que se ha abandonado la
cosa.
Obsérvese que para juzgar si existe continuidad en la posesión es necesario tener en
cuenta la naturaleza y otras circunstancias de la cosa para poder llegar a la conclusión de
cuáles hubieran sido las ocasiones o momentos en que su propietario (o titular de otro
derecho) lo hubiera ejercido. Sería un error confundir la continuidad de la posesión con la
permanencia en el uso de la cosa o ejercicio del derecho porque hay cosas y derechos de
los cuales sólo se suele usar periódicamente y en tal caso basta el uso o ejercicio en los
períodos respectivos (por ej.: la tala de un bosque no se produce sino a largos intervalos,
razón por la cual la pasividad del poseedor entre los diversos momentos en que se suelen
hacer los cortes no implica discontinuidad de su posesión).
La discontinuidad se diferencia de la interrupción de la posesión en que aquella proviene
de la conducta del poseedor mientras que la segunda ocurre por una causa ajena a él (por
ej.: el despojo realizado por un tercero,hechos de la naturaleza que impiden ejercer el
poder de hecho sobre la cosa,etc.).
B) La pacificidad de la posesión consiste en que el poseedor actúe sin la contradicción u
oposición de otro que esté animado de una intención rival a la suya (así, por ej.: el acto
del ladrón que a la fuerza penetre en una casa con el propósito de robar no transforma la
posesión del poseedor de la casa asaltada en una posesión violenta porque el ladrón no
tiene la intención de pasar a poseer el inmueble).
El hecho de que el poseedor sufra molestias subsanadas a tiempo no hace que su posesión
sea violenta. Si en cambio la contradicción u oposición del otro priva al poseedor de su
poder de hecho ya no se trataría de una posesión violenta sino de una posesión
interrumpida. La violencia puede ejercerse directamente contra el poseedor o contra
cualquiera que detente la cosa en su nombre. Aun cuando en el Derecho Romano, la
violencia ejercida al adquirir la posesión la viciaba para siempre, en nuestro Derecho se
establece que no "pueden servir de fundamento a la adquisición de la posesión legítima
los actos violentos..., sin embargo, ella puede comenzar cuando ha cesado la violencia..."
(C.C.,art. 777). Así pues, entre nosotros, la violencia es un vicio temporal.
Por otra parte,de acuerdo con la teoría a la cual adherimos, la violencia es un vicio
relativo en el sentido de que sólo vicia la posesión frente a la persona que la ejerce siendo
la misma posesión una posesión pacífica frente a todos los demás.
C) Publicidad de la posesión consiste en que el poseedor realice su actuación posesoria
sin ocultarla, tal como suelen hacerlo los verdaderos titulares de los derechos, sin que sea
necesario que realice actos especiales con el solo fin de darla a conocer. También es de
observar que aun cuando en el Derecho Romano la clandestinidad en la adquisición de la
posesión la viciaba para siempre, nuestra Ley dispone que no "pueden servir de
fundamento a la adquisición de la posesión legítima los actos... clandestinos; sin embargo
ella
Puede comenzar cuando ha cesado la... clandestinidad" (C.C.,art. 777). Es pues un vicio
temporal.
A pesar de la opinión contraria de Ramiro A. Parra,creemos que la clandestinidad es
también un vicio relativo en el sentido de que si la actuación posesoria se oculta frente a
una persona; pero no frente a las demás, la posesión sería clandestina respecto de aquélla
y pública respecto de éstas.
D) La inequivocidad de la posesión es un concepto sobre el cual existen discrepancias. De
acuerdo con una vieja concepción, a la que adhiere Ramiro A. Parra,significaría que no
existan dudas sobre los elementos de la posesión, el "corpus" y el "animus"; pero según
una opinión más reciente consiste en que no existan dudas sobre el "animus", de modo
que la posesión será equívoca cuando los actos de goce pueden explicarse sin presuponer
dicho "animus".
La Acción Posesoria
Es una herramienta para la defensa de la posesión, además pueden ejercerla los herederos
de la persona que pudo haberla ejercido si viviese. Las acciones posesorias prescriben en
un año contado a partir del acto de turbación si se trata de acción para conservar la
posesión, y las que tienden a recuperarla a partir de un año contado desde que el poseedor
anterior la ha perdido. Así como el propietario de una cosa singular puede pedir que se le
reivindique, a través de una acción reivindicatoria la posesión de un bien que está en
posesión de otro; el poseedor de un bien raíz puede pedir por medio de una acción
posesoria recuperar la posesión como lo dice el artículo 972 del código civil:
“Las acciones posesorias tienen por objeto conservar o recuperar la posesión de bienes
raíces,o de derechos reales constituidos en ellos”.
Solo se puede ejercer la acción posesoria sobre cosas que sean susceptibles de adquirir
por prescripción y es titular de esta acción elposeedor, pero el que ha estado en posesión
tranquila e ininterrumpida por un año. Esta acción se diferencia de la reivindicatoria en
que en esta el titular para iniciarla es el propietario de la cosa mientras que en aquella es
el poseedor.
Por otra parte puede ejercer esta acción el usufructuario, el usuario o quien tiene el
derecho de habitación aun contra el mismo propietario del bien.
Posesión de Buena Fe y Posesión de Mala Fe
Al analizar el artículo 772 del Código Civil Venezolano vigente se evidencia la
consagración de la Posesión de Buena Fe, la cual no está definida legalmente, sino que
señala a quién debe reputarse como un poseedor de buena fe. En ese orden de ideas, la
disposición técnica legal citada establece que “Es poseedor de buena fe quien posee como
propietario en fuerza de justo título, es decir, de un título capaz de transferir el dominio,
aunque sea vicioso, con tal que el vicio sea ignorado por el poseedor.”
Entonces, existe Posesión de Buena Fe cuando se ejerce el poder de hecho sobre un bien,
con la convicción o creencia por parte del poseedor de que es propietario del bien y de
haber adquirido el dominio por los medios autorizados legalmente.
Art 772: La posesión es legitima cuando es continua, no interrumpida, pacifica, publica,
no equivoca y con la intención de tener la cosa como suya propia
En contraposición, la Posesión de Mala Fe es el poder de hecho que se obtiene con el
conocimiento por parte del poseedor de los vicios que afectan eltítulo en el que
fundamenta su posesión. Por ende la posesión de buena fe es aquella en que el poseedor
tiene la conciencia de haber adquirido la posesión por medios legítimos de quien tenía
facultad para transmitirla. De tal forma que el problema de determinar cuándo una
posesión es una buena fe se reduce a determinar el momento de la adquisición,
determinado en ella la conciencia del adquirente de ésta,adquiriendo por medios
legítimos de quien estaba legitimado para transmitir el objeto de la posesión.
El conocimiento por leve que sea que se tenga de un vicio en la posesión, determina la
existencia de una posesión de mala fe, aun cuando es aplicable el principio de que la
buena fe se presume, quien alegue la mala fe debe probarla.
Esta adquisición permite determinar las presunciones que el adquiere debió haber tenido
presente para suponer medios legítimos y capacidad del transmitente en efectuar la
enajenación. Ellas son:
a) Sabía que era propietario o no existía elemento alguno que permitiera suponer un vicio.
b) Sabía que el tradens era poseedor legítimo o no tenía conocimiento de algún vicio en
su posesión.
c) Tenía la convicción que el enajenante actuaba por representación y no tenía elementos
con qué presumir lo contrario.
Para determinar la mala fe en la posesión, deben existir elementos suficientes que
permitan probar que la adquisición fue viciosa y que el adquirente conocía o tenia medios
para conocer que el enajenante no estaba legitimado para transmitir la posesión. La
circunstancia gravosa de la mala fe es la necesaria exigencia de probarla a través de los
medios ordinarios, lo cual en la práctica resulta arduo y difícil, y por ello de muy dudoso
resultado.
A esta clasificación es aplicable otro principio conocido, la posesión se presume continua
como comenzó; por ello, partiendo del momento de la adquisición, se puede afirmar que
quien empezó poseyendo de buena fe. Posee por este mismo concepto en cualquier
momento de su posesión.
Elementos de la Posesión de Buena Fe
Justo Título (iusta causa possessionis): Es cualquier acto o hecho que, por su naturaleza,
sea susceptible de hacer adquirir la propiedad u otro derecho. Dicho título debe existir de
hecho.
Se entiende, entonces, por justo título, a los fines de la posesión de buena fe, el acto
jurídico que justifica la creencia en el poseedor de haber adquirido el derecho real
respectivo.
La Buena Fe: Consiste este elemento subjetivo en la errónea creencia delposeedor de
estar ejercitando un derecho que le pertenece,por la ignorancia de vicios que afectan el
título, cuyo conocimiento posterior no perjudica la buena fe inicial.
Por ser la buena fe un elemento subjetivo, es,en consecuencia,personal, de allí que su
valoración debe hacerse en elposeedor actual. Por tanto, la buena fe de éste no se
modifica ni se disminuye cuando exista mala fe del transmitente.
Efectos Jurídicos de la Posesión de Buena Fe
El poseedor de buena fe puede adquirir el derecho correspondiente a la posesión ejercida,
en virtud de la prescripción abreviada. Este efecto se deriva del artículo 1979 del Código
Civil Venezolano vigente, el cual dispone que “Quien adquiere de buena fe un inmueble o
un derecho real sobre un inmueble, en virtud de un título debidamente registrado y que no
sea nulo por defecto de forma, prescribe la propiedad o el derecho realpor diez años,a
contar de la fecha del registro del título.” Al tratarse de bienes muebles, el artículo 1986
sustantivo civil dispone la prescripción a los dos años.
La posesión de bienes muebles por su naturaleza y de los títulos al portador, produce a
favor de los terceros de buena fe, la misma consecuencia que el título (Art. 794 C.C.V.).
El poseedor de buena fe tiene el derecho de hacer suyos los frutos, tanto naturales como
civiles, que produzca la cosa poseída, quedando obligado a restituir sólo los que
percibiere después que se le haya notificado legalmente la demanda (Art. 790 C.C.V.).
Tanto el poseedor de buena fe como el de mala fe tienen el derecho a la indemnización
por mejoras que hayan efectuado sobre la cosa poseída, siempre que existan para el
momento de la evicción (Art. 791 C.C.V.). Dicha indemnización consistirá en la suma
menor resultante entre el gasto por la mejora y el valor final de la cosa (Art. 792 C.C.V.).
Sólo el poseedor de buena fe goza del derecho de retención de la cosa poseída, cuando en
el juicio de reivindicación hayan sido reclamadas las mejoras y el propietario se haya
negado a reembolsarlas (Art. 793 C.C.V.).
Si se les reconoce a los poseedores de buena y mala fe el derecho a reembolso de
mejoras, con mayor razón se debe reconocer,como lo establece la doctrina, el derecho a
reembolso en razón de reparaciones necesarias para la conservación de la cosa.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La prenda (Derecho Civil)
La prenda (Derecho Civil) La prenda (Derecho Civil)
La prenda (Derecho Civil)
ugmaderecho
 
Posesión
PosesiónPosesión
Posesión
Jesus angulo
 
El patrimonio en la época Romana.
El patrimonio en la época Romana. El patrimonio en la época Romana.
El patrimonio en la época Romana.
Niover2000
 
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANOSUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
CARLOS ANGELES
 
Teória del patrimonio
Teória del patrimonioTeória del patrimonio
Teória del patrimonioHugo Araujo
 
La Accesion
La AccesionLa Accesion
La Accesion
Hernan Osorio
 
245623429 bienes
245623429 bienes245623429 bienes
245623429 bienes
Hector Sanhueza
 
La posesión derecho Civil
La posesión derecho Civil La posesión derecho Civil
La posesión derecho Civil
ElizabethTobar4
 
Contratos en la actualidad y en la epoca romana cuadro comparativo - dcho. ...
Contratos en la actualidad y en la epoca romana   cuadro comparativo - dcho. ...Contratos en la actualidad y en la epoca romana   cuadro comparativo - dcho. ...
Contratos en la actualidad y en la epoca romana cuadro comparativo - dcho. ...
Yojhan Paez
 
La Propiedad
La PropiedadLa Propiedad
La Propiedadveronica
 
La posesion en el derecho romano
La posesion en el derecho romanoLa posesion en el derecho romano
La posesion en el derecho romano
mariacerv
 
Derecho de habitación
Derecho de habitaciónDerecho de habitación
Derecho de habitación
Jaime Montenegro
 
El derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semanaEl derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semana
Enrique Laos, Etica Cal
 
DERECHO ROMANO SOBRE LAS COSAS
DERECHO ROMANO SOBRE LAS COSAS DERECHO ROMANO SOBRE LAS COSAS
DERECHO ROMANO SOBRE LAS COSAS
MabelRocioMoyaOrtiz1
 
Derechos Reales
Derechos RealesDerechos Reales
Derechos Reales
cpradoa69
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
Yazmin Nava
 
Modos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedadModos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedad
AmalWai
 

La actualidad más candente (20)

La prenda (Derecho Civil)
La prenda (Derecho Civil) La prenda (Derecho Civil)
La prenda (Derecho Civil)
 
Posesión
PosesiónPosesión
Posesión
 
El patrimonio en la época Romana.
El patrimonio en la época Romana. El patrimonio en la época Romana.
El patrimonio en la época Romana.
 
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANOSUCESIONES  EN EL DERECHO ROMANO
SUCESIONES EN EL DERECHO ROMANO
 
Teória del patrimonio
Teória del patrimonioTeória del patrimonio
Teória del patrimonio
 
La Accesion
La AccesionLa Accesion
La Accesion
 
245623429 bienes
245623429 bienes245623429 bienes
245623429 bienes
 
La posesión derecho Civil
La posesión derecho Civil La posesión derecho Civil
La posesión derecho Civil
 
Acciones posesorias
Acciones posesoriasAcciones posesorias
Acciones posesorias
 
Contratos en la actualidad y en la epoca romana cuadro comparativo - dcho. ...
Contratos en la actualidad y en la epoca romana   cuadro comparativo - dcho. ...Contratos en la actualidad y en la epoca romana   cuadro comparativo - dcho. ...
Contratos en la actualidad y en la epoca romana cuadro comparativo - dcho. ...
 
La Propiedad
La PropiedadLa Propiedad
La Propiedad
 
La posesion en el derecho romano
La posesion en el derecho romanoLa posesion en el derecho romano
La posesion en el derecho romano
 
Derecho real diapositivas
Derecho real diapositivasDerecho real diapositivas
Derecho real diapositivas
 
Derecho de habitación
Derecho de habitaciónDerecho de habitación
Derecho de habitación
 
acciones en el derecho romano
acciones en el derecho romano acciones en el derecho romano
acciones en el derecho romano
 
El derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semanaEl derecho de accion septima semana
El derecho de accion septima semana
 
DERECHO ROMANO SOBRE LAS COSAS
DERECHO ROMANO SOBRE LAS COSAS DERECHO ROMANO SOBRE LAS COSAS
DERECHO ROMANO SOBRE LAS COSAS
 
Derechos Reales
Derechos RealesDerechos Reales
Derechos Reales
 
Derechos reales
Derechos realesDerechos reales
Derechos reales
 
Modos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedadModos de adquirir la propiedad
Modos de adquirir la propiedad
 

Destacado

El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoEl concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
CARLOS ANGELES
 
Posesion e aquisicion de la propiedad romana f
Posesion e aquisicion de la propiedad romana fPosesion e aquisicion de la propiedad romana f
Posesion e aquisicion de la propiedad romana f
Froilan Severino
 
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANO
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANOMODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANO
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANOGerardo Palafox
 
Derechos de Goce
Derechos de GoceDerechos de Goce
Derechos de Goce
yaimira12
 
Yajani
Yajani Yajani
Yajani
yaxirel
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
Isela Aguilar
 
Cómo redactar un ensayo
Cómo redactar un ensayoCómo redactar un ensayo
Cómo redactar un ensayoPace University
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
Melisa Matawa
 
Slideshare derecho romano
Slideshare derecho romanoSlideshare derecho romano
Slideshare derecho romano
anaile azuaje
 
Prescripción adquisitiva
Prescripción adquisitivaPrescripción adquisitiva
Prescripción adquisitiva
Carlos Castillo Mendoza
 
titulo y modo
titulo y modo titulo y modo
titulo y modo
Angela Solarte
 
Prescripcion adquisitiva judicial
Prescripcion adquisitiva judicialPrescripcion adquisitiva judicial
Prescripcion adquisitiva judicialdaisy2108
 
Público - Dº Constitucional - Bases de la Institucionalidad - PUCV Examen de ...
Público - Dº Constitucional - Bases de la Institucionalidad - PUCV Examen de ...Público - Dº Constitucional - Bases de la Institucionalidad - PUCV Examen de ...
Público - Dº Constitucional - Bases de la Institucionalidad - PUCV Examen de ...
Silvana Pereira
 
La posesion-en-el-derecho-civil
La posesion-en-el-derecho-civilLa posesion-en-el-derecho-civil
La posesion-en-el-derecho-civil
Rudy Torres
 
Posecion clandestina 2
Posecion clandestina 2Posecion clandestina 2
Posecion clandestina 2
Angela Solarte
 
Ensayo de los Principios Fundamentales de derecho constitucional
Ensayo de los Principios Fundamentales de derecho constitucionalEnsayo de los Principios Fundamentales de derecho constitucional
Ensayo de los Principios Fundamentales de derecho constitucional
carlos prieto
 
Usucapion.
Usucapion.Usucapion.
Usucapion.lucibu
 
La Posesión
La PosesiónLa Posesión
La Posesión
Fernando Barrientos
 

Destacado (20)

El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho RomanoEl concepto de Propiedad en el Derecho Romano
El concepto de Propiedad en el Derecho Romano
 
Posesion e aquisicion de la propiedad romana f
Posesion e aquisicion de la propiedad romana fPosesion e aquisicion de la propiedad romana f
Posesion e aquisicion de la propiedad romana f
 
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANO
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANOMODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANO
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD SEGÚN EL DERECHO ROMANO
 
Derechos de Goce
Derechos de GoceDerechos de Goce
Derechos de Goce
 
Yajani
Yajani Yajani
Yajani
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Cómo redactar un ensayo
Cómo redactar un ensayoCómo redactar un ensayo
Cómo redactar un ensayo
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
Slideshare derecho romano
Slideshare derecho romanoSlideshare derecho romano
Slideshare derecho romano
 
Prescripción adquisitiva
Prescripción adquisitivaPrescripción adquisitiva
Prescripción adquisitiva
 
titulo y modo
titulo y modo titulo y modo
titulo y modo
 
Prescripcion adquisitiva judicial
Prescripcion adquisitiva judicialPrescripcion adquisitiva judicial
Prescripcion adquisitiva judicial
 
Público - Dº Constitucional - Bases de la Institucionalidad - PUCV Examen de ...
Público - Dº Constitucional - Bases de la Institucionalidad - PUCV Examen de ...Público - Dº Constitucional - Bases de la Institucionalidad - PUCV Examen de ...
Público - Dº Constitucional - Bases de la Institucionalidad - PUCV Examen de ...
 
La posesion-en-el-derecho-civil
La posesion-en-el-derecho-civilLa posesion-en-el-derecho-civil
La posesion-en-el-derecho-civil
 
Posecion clandestina 2
Posecion clandestina 2Posecion clandestina 2
Posecion clandestina 2
 
Ensayo de los Principios Fundamentales de derecho constitucional
Ensayo de los Principios Fundamentales de derecho constitucionalEnsayo de los Principios Fundamentales de derecho constitucional
Ensayo de los Principios Fundamentales de derecho constitucional
 
Usucapion.
Usucapion.Usucapion.
Usucapion.
 
La Posesión
La PosesiónLa Posesión
La Posesión
 
Atributos o Facultades del Dominio 02 - Derecho Civil I
Atributos o Facultades del Dominio 02 - Derecho Civil IAtributos o Facultades del Dominio 02 - Derecho Civil I
Atributos o Facultades del Dominio 02 - Derecho Civil I
 
CIVIL BIENES POSESION
CIVIL BIENES POSESION CIVIL BIENES POSESION
CIVIL BIENES POSESION
 

Similar a Posesion ensayo

Posesión.docx
 Posesión.docx  Posesión.docx
Posesión.docx
bradfonsecas
 
Ensayo derecho civil bienes
Ensayo derecho civil bienesEnsayo derecho civil bienes
Ensayo derecho civil bienes
Luis Dugarte
 
ANDREA ALBARRAN BRACHO.- La posesion
ANDREA ALBARRAN BRACHO.- La posesionANDREA ALBARRAN BRACHO.- La posesion
ANDREA ALBARRAN BRACHO.- La posesion
michakevin
 
La Posesión
La PosesiónLa Posesión
La Posesión
Maria Jose Gomez
 
Posesión
PosesiónPosesión
Derechos
DerechosDerechos
Derechos
John Molina
 
La posesion. ensayo civil bienes
La posesion. ensayo civil bienesLa posesion. ensayo civil bienes
La posesion. ensayo civil bienes
carymarcomputer
 
Ensayo dederechocivilbienestemaposesioncruzochoaci18683580
Ensayo dederechocivilbienestemaposesioncruzochoaci18683580Ensayo dederechocivilbienestemaposesioncruzochoaci18683580
Ensayo dederechocivilbienestemaposesioncruzochoaci18683580
cruzcoronel cruzcoronel
 
La posesion sheilamontesino
La posesion sheilamontesinoLa posesion sheilamontesino
La posesion sheilamontesino
Sheila montesino
 
La acción reivindicatoria
La acción reivindicatoriaLa acción reivindicatoria
La acción reivindicatoria
betodazacolchado
 
Articulo juridico de_prescripcion_e_hipoteca
Articulo juridico de_prescripcion_e_hipotecaArticulo juridico de_prescripcion_e_hipoteca
Articulo juridico de_prescripcion_e_hipoteca
Wilfredo Surichaqui Rojas
 
CONTENIDO 3 (1).pptx
CONTENIDO 3 (1).pptxCONTENIDO 3 (1).pptx
CONTENIDO 3 (1).pptx
Anthoni7
 
Grado 2 (bienes).pptx
Grado 2 (bienes).pptxGrado 2 (bienes).pptx
Grado 2 (bienes).pptx
LuisHernanCuevasPint
 
1.0.Delitos_contra_la_propiedad (1).pdf
1.0.Delitos_contra_la_propiedad (1).pdf1.0.Delitos_contra_la_propiedad (1).pdf
1.0.Delitos_contra_la_propiedad (1).pdf
ErnestoLlorca2
 
Ensayo La Posesión Jose Ricardo
Ensayo La Posesión Jose RicardoEnsayo La Posesión Jose Ricardo
Ensayo La Posesión Jose Ricardo
inosato
 
Derecho real de usufructo
Derecho real de usufructoDerecho real de usufructo
Derecho real de usufructomirtaderecho
 
UNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptx
UNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptxUNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptx
UNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptx
EddyFrancisco1
 

Similar a Posesion ensayo (20)

Posesión.docx
 Posesión.docx  Posesión.docx
Posesión.docx
 
Ensayo derecho civil bienes
Ensayo derecho civil bienesEnsayo derecho civil bienes
Ensayo derecho civil bienes
 
ANDREA ALBARRAN BRACHO.- La posesion
ANDREA ALBARRAN BRACHO.- La posesionANDREA ALBARRAN BRACHO.- La posesion
ANDREA ALBARRAN BRACHO.- La posesion
 
La Posesión
La PosesiónLa Posesión
La Posesión
 
Posesión
PosesiónPosesión
Posesión
 
Derechos
DerechosDerechos
Derechos
 
La posesion. ensayo civil bienes
La posesion. ensayo civil bienesLa posesion. ensayo civil bienes
La posesion. ensayo civil bienes
 
Ensayo dederechocivilbienestemaposesioncruzochoaci18683580
Ensayo dederechocivilbienestemaposesioncruzochoaci18683580Ensayo dederechocivilbienestemaposesioncruzochoaci18683580
Ensayo dederechocivilbienestemaposesioncruzochoaci18683580
 
La posesion sheilamontesino
La posesion sheilamontesinoLa posesion sheilamontesino
La posesion sheilamontesino
 
La acción reivindicatoria
La acción reivindicatoriaLa acción reivindicatoria
La acción reivindicatoria
 
Articulo juridico de_prescripcion_e_hipoteca
Articulo juridico de_prescripcion_e_hipotecaArticulo juridico de_prescripcion_e_hipoteca
Articulo juridico de_prescripcion_e_hipoteca
 
Derecho real
Derecho realDerecho real
Derecho real
 
CONTENIDO 3 (1).pptx
CONTENIDO 3 (1).pptxCONTENIDO 3 (1).pptx
CONTENIDO 3 (1).pptx
 
Grado 2 (bienes).pptx
Grado 2 (bienes).pptxGrado 2 (bienes).pptx
Grado 2 (bienes).pptx
 
1.0.Delitos_contra_la_propiedad (1).pdf
1.0.Delitos_contra_la_propiedad (1).pdf1.0.Delitos_contra_la_propiedad (1).pdf
1.0.Delitos_contra_la_propiedad (1).pdf
 
Ensayo La Posesión Jose Ricardo
Ensayo La Posesión Jose RicardoEnsayo La Posesión Jose Ricardo
Ensayo La Posesión Jose Ricardo
 
Tema 2
Tema 2Tema 2
Tema 2
 
Derecho real de usufructo
Derecho real de usufructoDerecho real de usufructo
Derecho real de usufructo
 
La propiedad
La propiedadLa propiedad
La propiedad
 
UNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptx
UNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptxUNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptx
UNIDAD VI LAPOSESIÓN Y LA PREESCRIPCION....pptx
 

Más de Melisa Matawa

La comunidad
La comunidadLa comunidad
La comunidad
Melisa Matawa
 
Delitos contra las buenas costumbres
Delitos contra las buenas costumbresDelitos contra las buenas costumbres
Delitos contra las buenas costumbres
Melisa Matawa
 
Violacion
ViolacionViolacion
Violacion
Melisa Matawa
 
Delitos contra la libertad y la inviolabilidad del domicilio
Delitos contra la libertad y la inviolabilidad del domicilioDelitos contra la libertad y la inviolabilidad del domicilio
Delitos contra la libertad y la inviolabilidad del domicilio
Melisa Matawa
 
Bienes de Dominio Publicoy Bienes del Dominio Privado
Bienes de Dominio Publicoy Bienes del Dominio PrivadoBienes de Dominio Publicoy Bienes del Dominio Privado
Bienes de Dominio Publicoy Bienes del Dominio Privado
Melisa Matawa
 
Ensayo.Derecho Penal Especial
Ensayo.Derecho Penal EspecialEnsayo.Derecho Penal Especial
Ensayo.Derecho Penal Especial
Melisa Matawa
 

Más de Melisa Matawa (6)

La comunidad
La comunidadLa comunidad
La comunidad
 
Delitos contra las buenas costumbres
Delitos contra las buenas costumbresDelitos contra las buenas costumbres
Delitos contra las buenas costumbres
 
Violacion
ViolacionViolacion
Violacion
 
Delitos contra la libertad y la inviolabilidad del domicilio
Delitos contra la libertad y la inviolabilidad del domicilioDelitos contra la libertad y la inviolabilidad del domicilio
Delitos contra la libertad y la inviolabilidad del domicilio
 
Bienes de Dominio Publicoy Bienes del Dominio Privado
Bienes de Dominio Publicoy Bienes del Dominio PrivadoBienes de Dominio Publicoy Bienes del Dominio Privado
Bienes de Dominio Publicoy Bienes del Dominio Privado
 
Ensayo.Derecho Penal Especial
Ensayo.Derecho Penal EspecialEnsayo.Derecho Penal Especial
Ensayo.Derecho Penal Especial
 

Último

Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
20minutos
 
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativaMapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
TatianaVanessaAltami
 
3° UNIDAD 3 CUIDAMOS EL AMBIENTE RECICLANDO EN FAMILIA 933623393 PROF YESSENI...
3° UNIDAD 3 CUIDAMOS EL AMBIENTE RECICLANDO EN FAMILIA 933623393 PROF YESSENI...3° UNIDAD 3 CUIDAMOS EL AMBIENTE RECICLANDO EN FAMILIA 933623393 PROF YESSENI...
3° UNIDAD 3 CUIDAMOS EL AMBIENTE RECICLANDO EN FAMILIA 933623393 PROF YESSENI...
rosannatasaycoyactay
 
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdfINFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
Alejandrogarciapanta
 
Septima-Sesion-Ordinaria-del-Consejo-Tecnico-Escolar-y-el-Taller-Intensivo-de...
Septima-Sesion-Ordinaria-del-Consejo-Tecnico-Escolar-y-el-Taller-Intensivo-de...Septima-Sesion-Ordinaria-del-Consejo-Tecnico-Escolar-y-el-Taller-Intensivo-de...
Septima-Sesion-Ordinaria-del-Consejo-Tecnico-Escolar-y-el-Taller-Intensivo-de...
AracelidelRocioOrdez
 
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernándezPRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
Ruben53283
 
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdfFORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
El Fortí
 
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfUn libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
sandradianelly
 
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
MauricioSnchez83
 
Varón de 30 años acude a consulta por presentar hipertensión arterial de reci...
Varón de 30 años acude a consulta por presentar hipertensión arterial de reci...Varón de 30 años acude a consulta por presentar hipertensión arterial de reci...
Varón de 30 años acude a consulta por presentar hipertensión arterial de reci...
HuallpaSamaniegoSeba
 
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
auxsoporte
 
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptxSemana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
LorenaCovarrubias12
 
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometricoFase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
YasneidyGonzalez
 
PPT: El fundamento del gobierno de Dios.
PPT: El fundamento del gobierno de Dios.PPT: El fundamento del gobierno de Dios.
PPT: El fundamento del gobierno de Dios.
https://gramadal.wordpress.com/
 
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdfAsistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Demetrio Ccesa Rayme
 
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIALCUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
DivinoNioJess885
 
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdfExamen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
20minutos
 
El fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docx
El fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docxEl fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docx
El fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docx
Alejandrino Halire Ccahuana
 
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de PamplonaProceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Edurne Navarro Bueno
 
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
pablomarin116
 

Último (20)

Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
Horarios y fechas de la PAU 2024 en la Comunidad Valenciana.
 
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativaMapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
Mapa_Conceptual de los fundamentos de la evaluación educativa
 
3° UNIDAD 3 CUIDAMOS EL AMBIENTE RECICLANDO EN FAMILIA 933623393 PROF YESSENI...
3° UNIDAD 3 CUIDAMOS EL AMBIENTE RECICLANDO EN FAMILIA 933623393 PROF YESSENI...3° UNIDAD 3 CUIDAMOS EL AMBIENTE RECICLANDO EN FAMILIA 933623393 PROF YESSENI...
3° UNIDAD 3 CUIDAMOS EL AMBIENTE RECICLANDO EN FAMILIA 933623393 PROF YESSENI...
 
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdfINFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
INFORME MINEDU DEL PRIMER SIMULACRO 2024.pdf
 
Septima-Sesion-Ordinaria-del-Consejo-Tecnico-Escolar-y-el-Taller-Intensivo-de...
Septima-Sesion-Ordinaria-del-Consejo-Tecnico-Escolar-y-el-Taller-Intensivo-de...Septima-Sesion-Ordinaria-del-Consejo-Tecnico-Escolar-y-el-Taller-Intensivo-de...
Septima-Sesion-Ordinaria-del-Consejo-Tecnico-Escolar-y-el-Taller-Intensivo-de...
 
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernándezPRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
PRÁCTICAS PEDAGOGÍA.pdf_Educación Y Sociedad_AnaFernández
 
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdfFORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
FORTI-JUNIO 2024. CIENCIA, EDUCACION, CULTURA,pdf
 
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdfUn libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
Un libro sin recetas, para la maestra y el maestro Fase 3.pdf
 
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
Mauricio-Presentación-Vacacional- 2024-1
 
Varón de 30 años acude a consulta por presentar hipertensión arterial de reci...
Varón de 30 años acude a consulta por presentar hipertensión arterial de reci...Varón de 30 años acude a consulta por presentar hipertensión arterial de reci...
Varón de 30 años acude a consulta por presentar hipertensión arterial de reci...
 
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
CALENDARIZACION DEL MES DE JUNIO - JULIO 24
 
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptxSemana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
Semana 10-TSM-del 27 al 31 de mayo 2024.pptx
 
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometricoFase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
Fase 2, Pensamiento variacional y trigonometrico
 
PPT: El fundamento del gobierno de Dios.
PPT: El fundamento del gobierno de Dios.PPT: El fundamento del gobierno de Dios.
PPT: El fundamento del gobierno de Dios.
 
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdfAsistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
Asistencia Tecnica Cultura Escolar Inclusiva Ccesa007.pdf
 
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIALCUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
CUENTO EL TIGRILLO DESOBEDIENTE PARA INICIAL
 
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdfExamen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
Examen Lengua y Literatura EVAU Andalucía.pdf
 
El fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docx
El fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docxEl fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docx
El fundamento del gobierno de Dios. Lec. 09. docx
 
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de PamplonaProceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
Proceso de admisiones en escuelas infantiles de Pamplona
 
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
Friedrich Nietzsche. Presentación de 2 de Bachillerato.
 

Posesion ensayo

  • 1. La Posesión La posesión es una situación de hecho que genera consecuencias jurídicas, las cuales recaen sobre derechos reales,únicos susceptibles de posesión; pudiendo nombrar entre ellos: la propiedad, el usufructo, la servidumbre, uso, entre otros. Asimismo, no se puede poseer un bien que no sea susceptible de propiedad, según lo establecido por el código civil, este tipo de posesión no acarrea efecto jurídico alguno (art. 778 c.c),es decir, aun cuando se trate de derechos reales,no todos las cosas y derechos reales son susceptibles de posesión, sin que pueda adquirirse la propiedad de dicha cosa o derecho. Naturaleza Jurídica de la Posesión Podemos distinguir en primer lugar la posesión como un simple hecho. La defienden los romanistas y autores como Montante. Se basa exclusivamente en circunstancias materiales y se va a proteger simplemente la posesión porque exista una apariencia. En segundo lugar los que consideran la posesión un derecho. Estos autores entienden que la posesión constituye un interés jurídicamente protegido. En tercer lugar la posesión en un doble sentido como de hecho y de derecho. La posesión es un hecho como tal pero que al producir efectos jurídicos estará siempre protegida por el derecho. En nuestro ordenamiento la mayoría de los autores defiende que es un derecho real ya que confiere a su titular un poder inmediato sobre una cosa y además una protección contra quien puede perturbar ese derecho,por lo tanto quedaran asimilados los conceptos: posesión de hecho y de derecho. En nuestro ordenamiento La posesión en el código civil. Significación de la posesión dentro de los derechos reales. La doctrina dominante lo que defiende es un Derecho Real,ya que confiere a su titular un poder inmediato sobre la cosa y además una protección contra quien puede perturbar ese Derecho,por tanto quedan asimilados los conceptos de hecho y de Derecho. Posesión legítima y Posesión Viciada o Viciosa 1° Tradicionalmente las legislaciones siguen el método de señalar los vicios cuya presencia excluyen la posesión legítima. Pero nuestro Código Civil procede a la inversa y señala los requisitos que deben reunir la posesión para poder ser calificada de posesión legítima. 2° Textualmente dice nuestra Ley que: "La posesión es legítima cuando es continua, no interrumpida, pacífica, pública, no equívoca y con intención de tener la cosa como suya propia"(C.C-, art. 772). En realidad los requisitos de que la posesión no sea interrumpida y de que se ejerza con intención de tener la cosa como suya propia no son requisitos específicos de la posesión legítima y su ausencia produce efectos más graves que viciar la posesión. En efecto,cuando la posesión de alguien está interrumpida lo que ocurre es que esa persona no posee y cuando carece de la intención de tener la cosa (o derecho) como suya propia lo que ocurre es que es una simple detentadora. En consecuencia, los requisitos específicos de la posesión legítima, en, verdad, son que la posesión sea continua, pacífica, pública y no equívoca y los vicios correlativos son la discontinuidad, la violencia, la clandestinidad y la equivocidad.
  • 2. A) La continuidad consiste en que el poseedor ejerza su poder de hecho en toda ocasión o momento en que lo hubiera hecho el propietario (o titular del derecho de que se trate). La discontinuidad consiste en no ejercer así su poder de hecho. En su forma más extrema,o sea,cuando el poseedor no ejerza su poder de hecho nunca, la discontinuidad no es ya un simple vicio de la posesión sino que implica la pérdida de la misma por pérdida del elemento "corpus". Es una cuestión de hecho que debe apreciarse en cada caso,al cabo de cuanto tiempo de no ejercido el poder de hecho debe entenderse que se ha abandonado la cosa. Obsérvese que para juzgar si existe continuidad en la posesión es necesario tener en cuenta la naturaleza y otras circunstancias de la cosa para poder llegar a la conclusión de cuáles hubieran sido las ocasiones o momentos en que su propietario (o titular de otro derecho) lo hubiera ejercido. Sería un error confundir la continuidad de la posesión con la permanencia en el uso de la cosa o ejercicio del derecho porque hay cosas y derechos de los cuales sólo se suele usar periódicamente y en tal caso basta el uso o ejercicio en los períodos respectivos (por ej.: la tala de un bosque no se produce sino a largos intervalos, razón por la cual la pasividad del poseedor entre los diversos momentos en que se suelen hacer los cortes no implica discontinuidad de su posesión). La discontinuidad se diferencia de la interrupción de la posesión en que aquella proviene de la conducta del poseedor mientras que la segunda ocurre por una causa ajena a él (por ej.: el despojo realizado por un tercero,hechos de la naturaleza que impiden ejercer el poder de hecho sobre la cosa,etc.). B) La pacificidad de la posesión consiste en que el poseedor actúe sin la contradicción u oposición de otro que esté animado de una intención rival a la suya (así, por ej.: el acto del ladrón que a la fuerza penetre en una casa con el propósito de robar no transforma la posesión del poseedor de la casa asaltada en una posesión violenta porque el ladrón no tiene la intención de pasar a poseer el inmueble). El hecho de que el poseedor sufra molestias subsanadas a tiempo no hace que su posesión sea violenta. Si en cambio la contradicción u oposición del otro priva al poseedor de su poder de hecho ya no se trataría de una posesión violenta sino de una posesión interrumpida. La violencia puede ejercerse directamente contra el poseedor o contra cualquiera que detente la cosa en su nombre. Aun cuando en el Derecho Romano, la violencia ejercida al adquirir la posesión la viciaba para siempre, en nuestro Derecho se establece que no "pueden servir de fundamento a la adquisición de la posesión legítima los actos violentos..., sin embargo, ella puede comenzar cuando ha cesado la violencia..." (C.C.,art. 777). Así pues, entre nosotros, la violencia es un vicio temporal. Por otra parte,de acuerdo con la teoría a la cual adherimos, la violencia es un vicio relativo en el sentido de que sólo vicia la posesión frente a la persona que la ejerce siendo la misma posesión una posesión pacífica frente a todos los demás. C) Publicidad de la posesión consiste en que el poseedor realice su actuación posesoria sin ocultarla, tal como suelen hacerlo los verdaderos titulares de los derechos, sin que sea necesario que realice actos especiales con el solo fin de darla a conocer. También es de observar que aun cuando en el Derecho Romano la clandestinidad en la adquisición de la posesión la viciaba para siempre, nuestra Ley dispone que no "pueden servir de
  • 3. fundamento a la adquisición de la posesión legítima los actos... clandestinos; sin embargo ella Puede comenzar cuando ha cesado la... clandestinidad" (C.C.,art. 777). Es pues un vicio temporal. A pesar de la opinión contraria de Ramiro A. Parra,creemos que la clandestinidad es también un vicio relativo en el sentido de que si la actuación posesoria se oculta frente a una persona; pero no frente a las demás, la posesión sería clandestina respecto de aquélla y pública respecto de éstas. D) La inequivocidad de la posesión es un concepto sobre el cual existen discrepancias. De acuerdo con una vieja concepción, a la que adhiere Ramiro A. Parra,significaría que no existan dudas sobre los elementos de la posesión, el "corpus" y el "animus"; pero según una opinión más reciente consiste en que no existan dudas sobre el "animus", de modo que la posesión será equívoca cuando los actos de goce pueden explicarse sin presuponer dicho "animus". La Acción Posesoria Es una herramienta para la defensa de la posesión, además pueden ejercerla los herederos de la persona que pudo haberla ejercido si viviese. Las acciones posesorias prescriben en un año contado a partir del acto de turbación si se trata de acción para conservar la posesión, y las que tienden a recuperarla a partir de un año contado desde que el poseedor anterior la ha perdido. Así como el propietario de una cosa singular puede pedir que se le reivindique, a través de una acción reivindicatoria la posesión de un bien que está en posesión de otro; el poseedor de un bien raíz puede pedir por medio de una acción posesoria recuperar la posesión como lo dice el artículo 972 del código civil: “Las acciones posesorias tienen por objeto conservar o recuperar la posesión de bienes raíces,o de derechos reales constituidos en ellos”. Solo se puede ejercer la acción posesoria sobre cosas que sean susceptibles de adquirir por prescripción y es titular de esta acción elposeedor, pero el que ha estado en posesión tranquila e ininterrumpida por un año. Esta acción se diferencia de la reivindicatoria en que en esta el titular para iniciarla es el propietario de la cosa mientras que en aquella es el poseedor. Por otra parte puede ejercer esta acción el usufructuario, el usuario o quien tiene el derecho de habitación aun contra el mismo propietario del bien. Posesión de Buena Fe y Posesión de Mala Fe Al analizar el artículo 772 del Código Civil Venezolano vigente se evidencia la consagración de la Posesión de Buena Fe, la cual no está definida legalmente, sino que señala a quién debe reputarse como un poseedor de buena fe. En ese orden de ideas, la disposición técnica legal citada establece que “Es poseedor de buena fe quien posee como propietario en fuerza de justo título, es decir, de un título capaz de transferir el dominio, aunque sea vicioso, con tal que el vicio sea ignorado por el poseedor.”
  • 4. Entonces, existe Posesión de Buena Fe cuando se ejerce el poder de hecho sobre un bien, con la convicción o creencia por parte del poseedor de que es propietario del bien y de haber adquirido el dominio por los medios autorizados legalmente. Art 772: La posesión es legitima cuando es continua, no interrumpida, pacifica, publica, no equivoca y con la intención de tener la cosa como suya propia En contraposición, la Posesión de Mala Fe es el poder de hecho que se obtiene con el conocimiento por parte del poseedor de los vicios que afectan eltítulo en el que fundamenta su posesión. Por ende la posesión de buena fe es aquella en que el poseedor tiene la conciencia de haber adquirido la posesión por medios legítimos de quien tenía facultad para transmitirla. De tal forma que el problema de determinar cuándo una posesión es una buena fe se reduce a determinar el momento de la adquisición, determinado en ella la conciencia del adquirente de ésta,adquiriendo por medios legítimos de quien estaba legitimado para transmitir el objeto de la posesión. El conocimiento por leve que sea que se tenga de un vicio en la posesión, determina la existencia de una posesión de mala fe, aun cuando es aplicable el principio de que la buena fe se presume, quien alegue la mala fe debe probarla. Esta adquisición permite determinar las presunciones que el adquiere debió haber tenido presente para suponer medios legítimos y capacidad del transmitente en efectuar la enajenación. Ellas son: a) Sabía que era propietario o no existía elemento alguno que permitiera suponer un vicio. b) Sabía que el tradens era poseedor legítimo o no tenía conocimiento de algún vicio en su posesión. c) Tenía la convicción que el enajenante actuaba por representación y no tenía elementos con qué presumir lo contrario. Para determinar la mala fe en la posesión, deben existir elementos suficientes que permitan probar que la adquisición fue viciosa y que el adquirente conocía o tenia medios para conocer que el enajenante no estaba legitimado para transmitir la posesión. La circunstancia gravosa de la mala fe es la necesaria exigencia de probarla a través de los medios ordinarios, lo cual en la práctica resulta arduo y difícil, y por ello de muy dudoso resultado. A esta clasificación es aplicable otro principio conocido, la posesión se presume continua como comenzó; por ello, partiendo del momento de la adquisición, se puede afirmar que quien empezó poseyendo de buena fe. Posee por este mismo concepto en cualquier momento de su posesión. Elementos de la Posesión de Buena Fe Justo Título (iusta causa possessionis): Es cualquier acto o hecho que, por su naturaleza, sea susceptible de hacer adquirir la propiedad u otro derecho. Dicho título debe existir de hecho.
  • 5. Se entiende, entonces, por justo título, a los fines de la posesión de buena fe, el acto jurídico que justifica la creencia en el poseedor de haber adquirido el derecho real respectivo. La Buena Fe: Consiste este elemento subjetivo en la errónea creencia delposeedor de estar ejercitando un derecho que le pertenece,por la ignorancia de vicios que afectan el título, cuyo conocimiento posterior no perjudica la buena fe inicial. Por ser la buena fe un elemento subjetivo, es,en consecuencia,personal, de allí que su valoración debe hacerse en elposeedor actual. Por tanto, la buena fe de éste no se modifica ni se disminuye cuando exista mala fe del transmitente. Efectos Jurídicos de la Posesión de Buena Fe El poseedor de buena fe puede adquirir el derecho correspondiente a la posesión ejercida, en virtud de la prescripción abreviada. Este efecto se deriva del artículo 1979 del Código Civil Venezolano vigente, el cual dispone que “Quien adquiere de buena fe un inmueble o un derecho real sobre un inmueble, en virtud de un título debidamente registrado y que no sea nulo por defecto de forma, prescribe la propiedad o el derecho realpor diez años,a contar de la fecha del registro del título.” Al tratarse de bienes muebles, el artículo 1986 sustantivo civil dispone la prescripción a los dos años. La posesión de bienes muebles por su naturaleza y de los títulos al portador, produce a favor de los terceros de buena fe, la misma consecuencia que el título (Art. 794 C.C.V.). El poseedor de buena fe tiene el derecho de hacer suyos los frutos, tanto naturales como civiles, que produzca la cosa poseída, quedando obligado a restituir sólo los que percibiere después que se le haya notificado legalmente la demanda (Art. 790 C.C.V.). Tanto el poseedor de buena fe como el de mala fe tienen el derecho a la indemnización por mejoras que hayan efectuado sobre la cosa poseída, siempre que existan para el momento de la evicción (Art. 791 C.C.V.). Dicha indemnización consistirá en la suma menor resultante entre el gasto por la mejora y el valor final de la cosa (Art. 792 C.C.V.). Sólo el poseedor de buena fe goza del derecho de retención de la cosa poseída, cuando en el juicio de reivindicación hayan sido reclamadas las mejoras y el propietario se haya negado a reembolsarlas (Art. 793 C.C.V.). Si se les reconoce a los poseedores de buena y mala fe el derecho a reembolso de mejoras, con mayor razón se debe reconocer,como lo establece la doctrina, el derecho a reembolso en razón de reparaciones necesarias para la conservación de la cosa.