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Jorge Cespedes Ramirez
LEY DE
CONTRATACIONES DEL
ESTADO
DECRETO LEGISLATIVO 1017DECRETO LEGISLATIVO 1017
Publicada el 04 de junio del 2008Publicada el 04 de junio del 2008
Vigente desde el 01 febrero del 2009Vigente desde el 01 febrero del 2009
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Jorge Cespedes Ramirez
INTRODUCCIÓN
 En julio del 2008, se publicó la nueva Ley de
Contrataciones del Estado aprobada mediante
D. Leg. 1017.
 Enero del 2009, se publica el Reglamento,
aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF.
 La nueva normativa entra en vigencia el 01 de
febrero del 2009.
OSCE
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS
CONTRATACIONES DEL ESTADO
Es un organismo público autónomo
adscrito al Ministerio de Economía.
Su personal esta sujeto al régimen de
la actividad privada.
Jorge Cespedes Ramirez
NUEVAS FUNCIONES DEL
OSCE
Supervisa y fiscaliza procesos de contratación de
forma selectiva y/o aleatoria.
Suspende procesos si hay transgresiones, solo
por indicios de “perjuicio económico al estado o
comisión de delito”
Absuelve gratuitamente las consultas de
Entidades publicas.
Desconcentra funciones en sus órganos de
alcance regional o local.
Jorge Cespedes Ramirez
ORGANOS DEL OSCE
 CONSEJO DIRECTIVO :máxima
autoridad integrada por 3 miembros.
 PRESIDENTE EJECUTIVO: actúa
como titular de la OSCE.
Jorge Cespedes Ramirez
PRINCIPIOS GENERALESPRINCIPIOS GENERALES
1. Promoción del desarrollo humano. (nuevo) inciso a
2. Principio de Moralidad.
3. Principio de Libre Concurrencia.
4. Principio de imparcialidad.
5. Principio de razonabilidad. (nuevo) inciso e
6. Principio de eficiencia.
7. Principio de publicidad. (nuevo) inciso g
8. Principio de transparencia.
9. Principio de economía
10. Principio de vigencia tecnológica
11. Principio de trato justo e igualitario.
12. Principio de equidad. (nuevo) inciso l
13. Principio de sostenibilidad ambiental. (nuevo) inciso m
TIPIFICADOS EN EL ART 4 DE LA LEY
Jorge Cespedes Ramirez
ESPECIALIDAD Y FACULTADESESPECIALIDAD Y FACULTADES
DELEGABLES E INDELEGABLESDELEGABLES E INDELEGABLES
ESPECIALIDAD
• El decreto legislativo prevalece sobre las normas de
Derecho publico y sobre las de Derecho privado que le
sean aplicables. articulo 5 de la ley
DELEGACION DE FUNCIONES
El titular de la entidad pede delegar , mediante resolución , la autoridad que
la presente norma le otorga
NO PUEDE DELEGAR
• Aprobación o autorización de exoneraciones
• Declaración de Nulidad de Oficio
• Aprobación o autorización de prestaciones adicionales de obra
• OTROS SUPUESTOS QUE ESTABLEZCA EL
REGLAMENTO
• articulo 58 del Reglamento ultimo párrafo el pronunciamiento sobre
observaciones a las bases
• Articulo 88 del Reglamento decisión de encargar procesos a entidad
privada nacional o internacional.
Jorge Cespedes Ramirez
FUNCIONARIOS Y/O
SERVIDORES DEL OEC
1.Deberán ser Profesionales ó
2.Deberán ser técnicos.
• TIENEN QUE SER DEBIDAMENTE
CERTIFICADOS
REQUISITOS MINIMOS QUE
DEBEN DE REUNIR
1. CAPACITACIÓN TECNICA EN CONTRATACIONES PUBLICAS O
GETION LOGISTICA EN GENERAL, NO MENOR A
OCHENTA (80 ) HORAS LECTIVAS
2. EXPERIENCIA LABORAL EN GENERAL , NO MENOR a
TRES (3 ) Años
3. EXPERIENCIA LABORAL EN MATERIA DE CONTRATACIONES
PUBLICAS O EN LOGÍSTICA PRIVADA , NO MENOR DE UN
(1) AÑO
Jorge Cespedes Ramirez
SANCIONES ADMINISTRATIVAS
EN EL AMBITO PÚBLICO
ROF Y RESPONSABILIDADES
 El ROF u otros instrumentos similares determinarán actividades y
responsabilidades inherentes de cada funcionario. Tienen responsabilidad
Administrativa, civil ,Penal.
 Se elimina la responsabilidad solidaria entre delegante y delegado.
(modificado , eran responsables solidarios)
SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN EL
AMBITO PUBLICO
 Si hay incumplimiento de los funcionarios y/o servidores se aplicara según gravedad, las
siguientes sanciones:
 Amonestación escrita
 Suspensión sin goce de renumeraciones de treinta a noventa dias
 Cese temporal sin goce de renumeraciones hasta por doce meses
 Finalmente Destitución
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PLANIFICACIÓN
Y
PROGRAMACIÓN
EJECUCIÓN
CONTRACTUAL
•Convocatoria.
• Registros de
Participantes.
• Consultas.
• Observaciones.
de propuestas.
• Evaluación y
Presentación
• Calificación.
• Otorgamiento
de la Buena Pro.
• Suscripción.
Garantías.
• Adelantos.
• Adicionales y
reducciones
• Ampliaciones y
prorrogas.
• Subcontratación.
• Intervención
económica de obra.
• Resolución.
• Penalidades.
• Recepción y
conformidad
• Liquidación.
. Sara Checa Cervantes. Sara Checa Cervantes
SELECCIÓN
•Determinación
de necesidades.
•Presupuesto Institucional.
• Plan anual de
Contrataciones.
• Expediente de
Contratación.
• Designación del
Comité especial.
• Elaboración de bases.
Jorge Cespedes Ramirez
I FASE DE CONTRATACIÓN
ESTATAL
PROGRAMACIÓN Y ACTOS
PREPARATORIOS
Jorge Cespedes Ramirez
PLAN ANUALDE
CONTRATACIONES
ELABORACIÓN
Las entidades emplearan Catalogo único de
bienes servicios obras que administra el OSCE. Art. 06 del
Reglamento.
ELABORACIÓN DEL PAC
La elaboración comprenderá 2 grandes momentos:
PRIMER MOMENTO: En la Programación y formulación
Presupuestal RESULTADO : Proyecto de PAC.
SEGUNDO MOMENTO: Aprobado el Presupuesto
Institucional . El OEC , revisará, evaluará y actualizará el
proyecto del PAC. Según montos del presupuesto
institucional.
Jorge Cespedes Ramirez
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes
CONTENIDO DEL PLAN ANUAL
1. EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
2. LA DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS U OBRAS A
CONTRATAR Y EL CORRESPONDIENTE CODIGO ASIGNADO
AL CATALOGO.
3. EL VALOR ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN.
4. EL TIPO DE PROCESO QUE CORRESPONDE AL OBJETO Y SU
VALOR ESTIMADO, ASI COMO LA MODALIDAD DE
SELECCIÓN.
5. LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO.
6. EL TIPO DE MONEDA.
7. LOS NIVELES DE CENTRALIZACION O DESCONCENTRACIÓN
DE LA FACULTAD DE CONTRATAR.
8. LA FECHA PREVISTA DE LA CONVOCATORIA.
NO SERA OBLIGATORIO INCLUIR EN EL PLAN ANUAL LAS
ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA NO PROGRABLES
Jorge Cespedes Ramirez
APROBACIÓN DEL PAC
Jorge Cespedes Ramirez
Aprobación
del
PAC por el titular
Aprobación del
Presupuesto
Institucional
15 días
hábiles
Publicación del
PAC en el SEACE
15 días
hábiles
MODIFICACIÓN DEL PLAN
ANUAL DE
CONTRATACIONES
EL PLAN ANUAL PUEDE SER MODIFICADO
DE CONFORMIDAD CON LA ASIGNACIÓN
PRESUPUESTAL EN CASO DE:
REPROGRAMACION DE LAS METAS
INSTITUCIONALES CUANDO SE TENGA
QUE EXCLUIR O INCLUIR PROCESOS DE
SELECCIÓN O EL VALOR REFERENCIAL
DIFIERA ,EN MAS DE VEINTICINCO POR
CIENTO (25%) DEL VALOR ESTIMADO Y
ELLO VARIE EL TIPO DE PROCESO DE
SELECCIÓN
Jorge Cespedes Ramirez
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes
EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN
SE INICIA CON EL REQUERIMIENTO DEL AREA USUARIA
EL EXPEDIENTE DEBE DE CONTENER LO SIGUIENTE:
1. La información referida a las características técnicas de lo
que se va a contratar.
2. El estudio de posibilidades que ofrece el mercado.
3. El valor referencial.
4. La disponibilidad presupuestal.
5. El tipo de proceso de Selección.
6. La modalidad de selección.
7. El sistema de contratación.
8. La modalidad de Contratación a utilizarse.
9. La formula de Reajuste de ser el caso.
Jorge Cespedes Ramirez
EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN
 EN CONCLUSIÓN DEBE DE CONTENER:
1. TODA DOCUMENTACIÓN DEL PROCESO (DESDE EL
REQUERIMIENTO DE AREA USUARIA HASTA LA CULMINACIÓN DEL
CONTRATO).
2. LAS OFERTAS NO GANDORAS
3. LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS Y SU FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
NOTA IMPORTANTE: EL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN ESTARA EN CUSTODIA
DE ORGANO ENCARGADO DE LAS
CONTRATACIONES.
Jorge Cespedes Ramirez
CARACTERÍSTICAS TECNICAS
DE LO QUE SE VA A
CONTRATAR
DETERMINACIÓN DE CARACTERISTICAS TÉCNICAS
EL AREA USUARIA ES RESPONSABLE DE:
1. DEFINIR CON PRESICION LAS CARACTERÍSTICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATAR.
2. DEFINIR CON PRESICIÓN LAS CONDICIONES
3. DEFINIR CON PRESICIÓN LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS BIENES Y SERVICIOS U OBRAS QUE
REQUIERA PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES
LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. DEBERA SER REALIZADA POR EL AREA USUARIA EN COORDINACIÓN CON EL ORGANO ENCARGADO
DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD, EVALUANDO EN CADA CASO LAS ALTERNATIVAS
TECNICAS Y LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PARA LA SATISFACCION DEL
REQUERIMIENTO .
2. DICHA EVALUACIÓN DEBERA CONTAR CON LA PLURALIDAD DE PROVEEDORES EN EL MERCADO
PARA LA CONVOCATORIA DEL RESPECTIVO PROCESO DE SELECCIÓN
EVITANDO INCLUIR REQUISITOS INECESARIOS CUYO CUMPLIMIENTO SOLO FAVORESCA A
DETERMINADOS POSTORES.
 En caso de obras, se deberá contar con la disponibilidad del terreno y el
expediente técnico aprobado.
Jorge Cespedes Ramirez
1919
Jorge Cespedes Ramirez
ESTUDIO DE POSIBILIDADES
QUE OFRECE EL MERCADO
 Se determina lo siguiente:
 El valor referencial.
 La existencia de pluralidad de marcas y/o
postores.
 La posibilidad de la buena pro.
 Información que pueda utilizarse para la
determinación de los factores de evaluación , de
ser el caso.
 La pertinencia de realizar ajustes
a las características y/o
condiciones de lo que se va a
contratar, de ser necesario.
 Otros aspectos necesarios que
tengan incidencia en la eficiencia
de la contratación.
Jorge Cespedes Ramirez
2121
Jorge Cespedes Ramirez
VALOR REFERENCIAL
 Es el monto de contraprestación, determinado sobre un estudio de
las posibilidades de los precios y condiciones que ofrece el mercado.
 Se analiza los niveles de comercialización, a partir de las
especificaciones técnicas, términos de referencia y costos estimados
en el PAC.
 Antigüedad delValor Referencial:
 EN CASO DE BIENES Y SERVICIOS : no podrá ser mayor a 03
meses, es decir la antigüedad del valor referencial se computara
desde la aprobación del expediente de contratación.
 EN CASO DE OBRAS: no podrá tener una antigüedad mayor a los
06 meses, es decir la antigüedad del valor referencial se computara
desde la fecha de determinación del presupuesto de obra
consignada en el expediente técnico, tiene que contar con
ExpedienteTécnico.
 LA FECHA DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEBERA SER CONSIGNADA EN LAS
BASES.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 2222
Jorge Cespedes Ramirez
II FASE DE CONTRATACION
ESTATAL
PROCESOS DE SELECCIÓN
TIPOS DE PROCESO DE
SELECCIÓN
LICITACIÓN PUBLICA ( LP).
CONCURSO PÚBLICO (CP)
ADJUDICACIÓN DIRECTA ( AD)
Pública
Selectiva
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA (AMC):
Estas deben realizarse obligatoriamente en
forma electrónica , salvo las excepciones que
establezca el reglamento.(nuevo)
Jorge Cespedes Ramirez
PROHIBICIÓN DE
FRACCIONAMIENTO
 El OEC será responsable en el
incumplimiento de la prohibición.
 EL MEF establecerá mediante D.S previa
opinión favorable del Ministerio y Producción
los sectores materia de interés del Estado
para la participación exclusiva de las MYPES.
ARTICULO 19 DE LA LEY Y 20 DEL REGLAMENTO.
Jorge Cespedes Ramirez
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 2525
PROCESOS DE
SELECCION
BIENES SERVICIOS OBRAS
LICITACION PUBLICA > = 374,00 > de 1,224,000
CONCURSO PUBLICO > de 216,00
ADJUDICACION
DIRECTA
PUBLICA < de 374,00
> de 187,200
<de 216,00
> de 108,000
< de 1,224.000
> De 612,000
SELECTIVA <= a 187,200
> =a 37,440
<= a 108,000
> = a 21,600
<= a 612,00
> = a 122,400
MENOR CUANTIA <de 37,440
> de 10,800 (**)
<de 21,600
> de 10,800(**)
<de 122,400
> De 10,800 (**)
Jorge Cespedes Ramirez
2626
Jorge Cespedes Ramirez
SE INICIA CON LA CONVOCATORIA
 Es la invitación a ofrecer, que efectúa la entidad.
 Entre la convocatoria y la presentación de
ofertas debe de existir un plazo razonable.
 Los plazos de los procesos de selección se
computarán en días hábiles.
Jorge Cespedes Ramirez
ETAPAS DEL PROCESO DE
SELECCIÓN
 CONVOCATORIA
 REGISTRO DE PARTICIPANTES
 FORMULACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS (aclaraciones).
 FORMULACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES ( se
cuestiona el incumplimiento de la Ley).
Primera Instancia: Comité Especial
Segunda Instancia:Titular cuando elVR es menor a 300UIT.
 OSCE cuando elVR es igual o superior a 300UIT.
 INTEGRACION A LAS BASES
 PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
 CALIFICACIÓNY EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
2727
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 2828
Jorge Cespedes Ramirez
CONSULTAS Y OBSERVACIONES
DEFINICIÓN:
 Consultas: son aclaraciones
 Observaciones: son cuestionamientos
 El calendario de las bases debe de contener un plazo
para la presentación de consultas y observaciones.
 Las respuestas deben ser fundamentadas y sustentadas.
 Deberán ser comunicadas oportuna y simultáneamente
en el SEACE.
 Se consideran parte de las bases.
 En caso de obras, se deberá contar con la disponibilidad
del terreno y el expediente técnico aprobado.
Dra. Sara ChecaDra. Sara Checa CervantesCervantes 2929
Jorge Cespedes Ramirez
ELEVACIÓN DE
OBSERVACIONES
 TITULAR DE LA ENTIDAD:
 Se pronunciará en procesos conVR menor a 300 UIT( en
última instancia)
 plazo para emitir y notificar el pronunciamiento en el
SEACE será mayor de 08 días hábiles)
 EL OSCE
 Se pronunciara en procesos siempre que el valor referencial
sea igual o mayor a 300 UIT
 plazo para emitir y notificar el pronunciamiento en el
SEACE será mayor de 10 días hábiles)
INTEGRACIÓN A
BASES
UNA VEZ ABSUELTAS LAS
CONSULTAS Y OBSERVACIONES
SE DAN POR INTEGRADAS LAS
BASES
Jorge Cespedes Ramirez
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 3131
Jorge Cespedes Ramirez
PRESENTACIÓN DE LAS
PROPUESTAS
 L a presentación de propuestas y el otorgamiento podrán
ser en actos públicos o privados (será establecido en el
reglamento)
 De estos actos se levantara una ACTA.
 Es posible que estos actos – y los demás considerados-
sean sujetos a prórrogas.
 El comité especial determinará la postergación sólo por
causa justificadas, remitiendo un informe al titular de la
entidad y comunicando a todos los participantes . La
postergación no deberá conducir a desabastecimiento
inminente.
 Será bajo responsabilidad del titular de la entidad.
GARANTIAS
 GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
10% DEL MONTO TOTAL
 GARANTIA DIFERENCIAL : CUANDO
OFRECEN MAS O MENOS
Jorge Cespedes Ramirez
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes
PROCEDIMIENTO Y CALIFICACION
DE PROPUESTAS
 LA CALIFICACIÓN Y EVALUACION ES
INTEGRAL.
 SE REALIZA EN DOS ETAPAS:
1. PROPUESTA TÉCNICA
2. PROPUESTA ECONÓMICA
 ESTAS PROPUESTAS SON EVALUADAS
OTORGANDOLES PUNTAJES DE ACUERDO
A LOS FACTORES Y CRITERIOS QUE
ESTABLESCANCAN LAS BASES.
Jorge Cespedes Ramirez
OTORGAMIENTO ,
CONSENTIMIENTO DE LA
BUENA PRO Y APELACIÓN
 LICITACIONES PÚBLICAS Y CONCURSOS PÚBLICOS
Y ADJUDICACIONES DIRECTAS PUBLICAS (ESTAS SERAN EN ACTOS
PÚBLICOS.
 ADJUDICACIONES SELECTIVAS Y ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA (ESTAS
SERAN EN ACTOS PRIVADOS)
RECURSOS DE APELACIÓN
 LICITACIONES PÚBLICAS Y CONCURSOS PÚBLICOS
Y ADJUDICACIONES DIRECTAS PÚBLICAS (el plazo para interponer
recurso de apelación es de 8 días hábiles contados desde el día siguiente de otorgada la
buena Pro.
ADJUDICACIONES SELECTIVAS Y ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA
 (el plazo para interponer recurso de apelación es de 5 días hábiles contados a partir del día
siguiente de consentida la buena pro
Jorge Cespedes Ramirez
RESUMEN EJECUTIVO
 COMUNICADO Nº 002 -2009-OSCE/PRE
 La convocatoria de las Licitaciones Públicas, Concursos
Públicos y Adjudicaciones Directas,y AMC cualquiera fuera
su modalidad, se realizará a través de la publicación del
aviso correspondiente en el SEACE, debiéndose registrar,
además de las Bases respectivas, un resumen ejecutivo del
estudio de posibilidades que ofrece el mercado, bajo
sanción de nulidad, de conformidad
con lo señalado en los artículos 51º y
92º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado con
Decreto Supremo N.º 021-2009-EF.
Jorge Cespedes Ramirez
SISTEMA DE CONTRATACION
EN BIENES Y SERVICIOS
 SISTEMA DE SUMA ALZADA: Aplicable cuando las
cantidades, magnitudes y calidades de la prestación estén
totalmente definidas en las especificaciones técnicas, en
los términos de referencia, aquí el postor formulara su
propuesta por un monto fijo integral o por un determinado
plazo de ejecución
 SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS, TARIFAS O
PORCENTAJES: Es aplicable cuando la naturaleza no
permita conocer con exactitud o precisión las cantidades o
magnitudes requeridas, aquí el postor formulará su
propuesta ofertando precios unitarios, tarifas o porcentajes
en función de las partidas o cantidades referenciales
contenidas en las bases
 SISTEMA DE ESQUEMA MIXTO DE SUMA ALZADA Y
PRECIOS UNITARIOS: Aquí las Entidades podrán optar
uno o varios componentes técnicos a cantidades y
magnitudes no definidas con precisión (será bajo el sistema
de precios unitarios, en tanto los componentes y cuyas
cantidades y magnitudes estén totalmente definidas en el
expediente técnico serán contratados bajo el sistema de
suma alzada) .
Jorge Cespedes Ramirez
MODALIDADES DE EJECUCION
CONTRACTUAL
 POR EL ALCANCE DEL CONTRATO
 Estas dos modalidades que se mencionaran solamente serán para Bienes u
Obras
 LLAVE EN MANO (si el postor va ofertar bienes además de esto debe de ofrecer la
instalación y la puesta de funcionamiento de esta.
 En caso de obras debe ofertar en conjunto la construcción, equipamiento y
montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra y de ser el caso la
elaboración del expediente técnico
 CONCURSO OFERTA se da exclusivamente para el caso de ejecución de obras, es
decir que el postor debe ofertar la elaboración del expediente técnico, ejecución
de la obra y de ser el caso el terreno (Estas no se encuentran estipuladas en la Ley
y Reglamento y esta deberá ser bajo el sistema de suma alzada siempre que el
valor corresponda a una licitación publica.
 POR EL FINANCIAMIENTO DE CONTRATACIONES .
 De la entidad (la entidad financia la ejecución del contrato.
 Del contratista (el postor financia la ejecución del contrato)
 Del tercero (un tercero financia el contrato siendo aplicable la Ley de
endeudamiento del sector publico y Ley del equilibrio financiero)
Jorge Cespedes Ramirez
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 3838
Jorge Cespedes Ramirez
DESIERTO UN PROCESO
 Se declara desierto el proceso de selección cuando
no queda válida ninguna oferta.
 Se emite un informe que corrija las causas que
motivaron la situación de “desierto”.
 Licitación pública, concurso público y adjudicación
directa cuando son declarados desiertos se
convoca a adjudicación de menor
cuantía.
 Subasta inversa :se requiere de dos ofertas validas
de los contrario se declara desierto.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 3939
Jorge Cespedes Ramirez
CANCELACIÓN DE UN
PROCESO
 El proceso de selección puede ser declarado CANCELADO
hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro en:
1. CASO FORTUITO
2. CASOS DE FUERZA MAYOR
3. DESAPARESACA LA NECESIDAD DE CONTRATAR
4. EL PRESUPUESTO DEBA DESTINARSE A OTRO
PROPOSITO
NOTA IMPORTANTE:
DICHA CANCELACIÓN DEBERA REALIZARSE MEDIENTE
RESOLUCIÓN O ACUERDO DEBIDAMENTA SUSTENTADO.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4040
Jorge Cespedes Ramirez
III FASE DE CONTRATACIÓN
EJECUCIÓN CONTRACTUAL
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
 FORMALIDAD:
1. POR ESCRITO: Mediante suscripción del documentó
contractual.
2. Mediante orden de compra o de servicios en
contratos: derivados de procesos AMC (salvo
contratos de consultoría y ejecución de obras)
3. PROCESOS POR RELACIÓN DE ITEMS
 Documento contractual o con orden de compra o de
servicios , según monto del VR DE ITEM
Jorge Cespedes Ramirez
REQUISITOS PARA UN CONTRATO
DE BIENES Y SERVICIOS
1. CONSTANCIA VIGENTE DE NO ESTAR INHABILITADO PARA
CONTRATAR CON EL ESTADO,(SALVO EN LOS
CONTRATOS DERIVADOS DE PROCESOS DE
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA LA ENTIDAD
VERIFICARA EN EL PORTAL DEL RNP
2. GARANTIAS, SALVO CASOS DE EXCEPCIÓN.
3. CONTRATO DE CONSORCIO CON FIRMAS LEGALIZADAS
DE LOS CONSORCIADOS DE SER EL CASO .
NOTA: PODRA INCORPORARSE OTRAS MODIFICACIONES
EXPRESAMENTE ESTABLECIDAS EN REGLAMENTO.
Jorge Cespedes Ramirez
REQUISITOS PARA SUSCRIBIR EL
CONTRATO DE OBRA
1. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILIATADO (SALVO
MENOR CUANTIA)
2. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO
3. CONSTANCIA DE CAPACIDAD LIBRE DE
CONTRATACIÓN
4. CONTRATO DE CONSORCIOS FIRMAS LEGALIZADAS
5. DESIGNAR EL RESIDENTE DE OBRAS
6. ENTREGAR CALENDARIO VALORIZADO OBRA
7. ENTREGAR PROGRAMACIÓN
8. ENTREGAR CALENDARIO DE ADQUISICIÓN DE
MATERIALES
9. DESAGREGADO POR PARTIDAS DE PROPUESTA
(SUMA ALZADA)
Jorge Cespedes Ramirez
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4444
Jorge Cespedes Ramirez
SUBCONTRATACIÓN
 El contratista puede SUBCONTRATAR previa autorización
de la Entidad parte de sus prestaciones.
 El subcontratista debe de estar inscrito en el RNP
 Las prestaciones a subcontratarse con terceros no
excedan del 40% del monto del contrato original
 No existe responsabilidad solidaria, el contratista es el
único responsable ante la Entidad.
 Dichas subcontrataciones se efectuaran de preferencia
con las microempresas y pequeñas empresas.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4545
Jorge Cespedes Ramirez
ADELANTOS
 A solicitud del contratista, siempre que
haya sido previsto en las Bases, la
Entidad podrá entregar adelantos en los
casos, montos y condiciones señaladas
en el Reglamento.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4646
Jorge Cespedes Ramirez
GARANTIAS
LAS GARANTÍAS QUE DEBEN DE OTORGAR LOS POSTORESY/O
CONTRATISTAS SON:
1. Seriedad de oferta
2. Cumplimiento del contrato
3. Garantías por adelanto
4. Garantías por la propuesta
Las garantías son incondicionales, solidarias,
irrevocables y de realización automática en el país,
emitidas por bancos supervisados por el SBS o estar
considerados en la lista de bancos extranjeros que
publica el BCR. No procede el beneficio de excusión y
deben de ser honrados dentro del plazo de tres días,
toda demora generara responsabilidad solidaria y dará
lugar al pago de intereses a favor del Estado.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4747
Jorge Cespedes Ramirez
CLAUSULAS OBLIGATORIAS
DEL CONTRATO
 GARANTIAS se constituirán en el contrato.
 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS deberán de resolverse mediante conciliación
o arbitraje.
 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO cualquiera de la partes podrá resolver el
contrato , sin responsabilidad de ninguna de ellas, en caso fortuito o fuerza
mayor que imposibilita de manera definitiva la continuación del contrato.
 CAUSALES DE RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO
 INCUMPLA INJUSTIFICADAMENTE OBLIGACIONES CONTRACTUALES , LEGALES O
REGALMENTARIAS A SU CARGO, PESE HABER SIDO REQUERIDO PARA ELLO.
 HAYA LLEGADO A ACUMULAR EL MONTO MAXIMO DE LA PENALIDAD POR MORA O EL
MONTO MAXIMO PARA OTRAS PENALIDADES , EN LA EJECUCION DE LA PRESTACION
A SU CARGO
 PARALICE O REDUZCA INJUSTIFICADAMENTE LA EJECUCION DE LA PRESTACION ,
PESE HABER SIDO REQUERIDO PARA CORREGIRTAL SITUACION.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4848
Jorge Cespedes Ramirez
PRESTACIONES
PRESTACIONES ADICIONALES
 Bienes 25% del monto
 Servicios 25% del monto
 Obras 15% de monto. Cuando alcance el 50% genera
responsabilidad para el proyectista y el pago procede con
autorización previa de la Contraloría General.
REDUCCIÓN DE LA PRESTACIÓN
 Bienes 25% del monto
 Servicios 25% del monto
 Obras 25% del monto
AMPLIACIÓN DEL PLAZO
Procede por atrasos ajenos a la voluntad del contratista.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4949
Jorge Cespedes Ramirez
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL
ESTADO
 Los funcionarios públicos son responsables del
cumplimiento de las normas de la presente Ley.
 Los márgenes de discrecionalidad deben de
fundamentarse en los Principios establecidos en la
presente Ley.
 Las sanciones aplicables a los funcionarios públicos:
1. Amonestación escrita.
2. Suspensión de 30 a 90 días sin remuneración.
3. Cese temporal hasta 12 meses sin remuneración
4. Destitución o despido
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5050
Jorge Cespedes Ramirez
DERECHOS Y OBLIGACIONES
CONTRATISTA
 El atraso en el pago genera intereses legales para
las partes.
 El contrato establecerá las penalidades por
incumplimiento del contrato.
 El contratista es responsable por los vicios ocultos.
BIENES : por un plazo no menor de 1 año
SERVICIOS : por un plazo no menor de 1 año
OBRAS : por un plazo no menor de 7 años
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5151
Jorge Cespedes Ramirez
SANCIONES CAUSALES
1. InhabilitaciónTemporal de 1 hasta 3 años.
2. No mantener la oferta hasta el otorgamiento de la Buena Pro o no suscribir el
contrato o no recibir la orden de compra o de servicio
3. Resolución de contrato, o de la orden de compra, o servicio por causa atribuible
al contratista.
4. Entregar el bien, prestar servicio o ejecutar la obra con vicios ocultos, previa
sentencia judicial o laudo arbitral.
5. Contratar con el estado estando impedido.
6. Contratar con el estado sin contar con inscripción en el RNP.
7. Suscribir contrato por montos superiores a su capacidad libre de contratación.
8. Realizar subcontrataciones sin autorización de la entidad (6 meses a 1 año)
9. Participar en practicas restrictivas de la libre competencia.
10. Presentación de documentos falsos o inexactos.
11. Interponer recursos impugnativos contra los actos inimpugnables.
12. Incumplimiento de obligaciones contractuales después de concluido el contrato.
13. Otras infracciones.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5252
Jorge Cespedes Ramirez
TIPOS DE SANCIONES
 INHABILITACION TEMPORAL se pierde el derecho
de participar en procesos de selección de 6 meses a 3 años.
 INHABILITACION DEFINITIVA cuando en un
periodo de 4 años se impone 2 o mas sanciones cuyo tiempo
sumado sea mayor a 36 meses procede la inhabilitación
definitiva.
 ECONÓMICA:
- Se ejecuta la garantía si la apelación es infundada o
improcedente.
- Si es declarado fundado se devuelve la garantía.
- En caso de desistimiento se ejecuta el 100% de la garantía.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5353
Jorge Cespedes Ramirez
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
ART. 52 AL 56 LEY
ART. REGLAMENTO
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5454
Jorge Cespedes Ramirez
CONTROVERSIAS
 Las controversias que surjan sobre ejecución, interpretación,
resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad, invalidez del
contrato se resuelven por conciliación o arbitraje.
 No puede ser sometidas a conciliación o arbitraje la
aprobación de prestaciones adicionales.
 Las controversias se invocan antes de la culminación del
contrato, este plazo es de caducidad.
 Orden de preferencia en la aplicación del derecho será el
Decreto legislativo y reglamento, las normas de derecho
publico, y las normas de derecho privado.
 El laudo arbitral es inapelable.
RECURSO DE APELACIÓN
 MEDIANTE RECURSO DE APELACIÓN SE IMPUGNAN LOS ACTOS
DISCTADOS DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN ,
DESDE LA CONVOCATORIA HASTA AQUELLOS EMITIDOS ANTES DE LA
CELEBRACION DEL CONTRATO.
 RECURSO DE APELACIÓN ANTE LA ENTIDAD:
SERA RESUELTO POR EL TITULAR DE LA ENTIDAD CUYO VALOR NO
SUPERE LAS 600 UITS
 RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL TRIBUNAL
 SERA RESUELTO POR EL TRIBUNAL DEL OSCE CUANDO SEA IGUAL O
SUPERIOR A LAS 600 UITS
NOTA IMPORTANTE: LOS ACTOS EMITIDOS POR EL TITULAR
DE LA ENTIDAD QUE DECLAREN LA NULIDAD DE OFICIO O CANCELEN
EL PROCESO , PODRAN INPUGNARSE ANTE EL TRIBUNAL, CON
INDEPENDENCIA DEL VALOR REFERENCIAL DEL PROCESO
Jorge Cespedes Ramirez
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5656
Jorge Cespedes Ramirez
REQUISITOS PARA LA
APELACIÓN
 Se dirige ante elTitular o el OSCE
 Datos de identificación del impugnante
 Señalamiento del domicilio procesal
 El petitorio
 Los fundamentos de hecho y de derecho
 Las pruebas instrumentales
 La garantía 3%VR o no menor al 50% UIT a favor de OSCE o
de la Entidad
 La firma del impugnante.
 Copias simples del escrito y sus recaudos para la otra parte
 Autorización del abogado
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5757
Jorge Cespedes Ramirez
APELACIÓN
ADMISIBILIDAD
 Se realiza por la Mesa de Partes, y las
subsanaciones se hacen dentro del segundo día.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5858
Jorge Cespedes Ramirez
CUANDO ? ES IMPROCEDENTE UNA
APELACIÓN
 ElTribunal carece de competencia.
 Se interpone contra actos no impugnables.
 Se interpone fuera del plazo de ley.
 Quien suscribe el recurso, no sea postor.
 El postor se encuentra impedido o inhabilitado.
 El impugnante sea incapaz.
 El impugnante carece de legitimidad procesal.
 No existe nexo entre los hechos y el petitorio.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5959
Jorge Cespedes Ramirez
EFECTOS DE LA APELACIÓN
 FUNDADO se revoca el acto impugnado cuando se
advierte la aplicación indebida o interpretación
errónea de la Ley, y se devuelve la garantía.
 INFUNDADO O IMPROCEDENTE el acto
administrativo se ajusta a la Ley y se ejecuta la
garantía.
 DESESTIMIENTO se ejecuta el 100% de la
garantía.
 DENEGATORIA FICTA vencido el plazo para
resolver se considera denegada la apelación.
Procede iniciar el proceso Contencioso
Administrativo y se devuelve la garantía.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6060
Jorge Cespedes Ramirez
ACTO ADMINISTRATIVO
NULIDAD ART. 56
ANTES DE LA CELEBRACIÓN DEL
CONTRATO
- acto administrativo dictado por órgano incompetente.
- acto administrativo contraviene las normas legales.
DESPUES DE LA CELEBRACIÓN
DEL CONTRATO
- El contrato será nulo por contravenir el art. 10 de la Ley.
-Transgresión del principio de presunción de veracidad.
- cuando se haya suscrito el contrato estando en tramite el
recurso de apelación
- cuando no se ha utilizado el proceso de selección
correspondiente.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6161
Jorge Cespedes Ramirez
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES
DEL ESTADO
 TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO es un
órgano resolutivo que forma parte de OSCE con autonomía
en el ejercicio de sus funciones.
 Los actos administrativos desde la convocatoria hasta antes
de la celebración del contrato son impugnables con el
recurso de apelación CUANDO EL VR SEA MAYOR A 600
UIT, luego de otorgada la Buena Pro. La apelación suspende
el proceso de selección siendo nulos los actos posteriores.
La resolución que resuelve el recurso de apelación o la
denegatoria ficta agota la vía administrativa.
 Aplica sanciones administrativas
 Resuelve el recurso de reconsideración.
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6262
Jorge Cespedes Ramirez
SEACE
 BENEFICIOS :
1. Permite racionalizar recursos , ahorro de tiempo. Dinero
y Recursos Humanos.
2. Facilita la supervisión de las contrataciones efectuadas.
3. Posibilita la participación de proveedores de las diversas
localidades.
4. Mayor transparencia en las contrataciones , genera
confianza para hacer negocios con el Estado.
5. Reducción de costos burocráticos.
Jorge Cespedes Ramirez
GRACIAS
Amablemente,
ABOG. JORGE CESPEDES RAMIREZ
Email- jorces@hotmail.com
Oficina : 064-235831
Celular: 990666798
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6363
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6464
Jorge Cespedes Ramirez
COMITÉ ESPECIAL
1. TRES MIEMBROS : uno del área usuaria y otro del OEC y el
otro debe de tener conocimiento de lo que se va a
contratar.,siempre numero impar.
2. COMITÉ ESPECIAL: si duda sobre la exactitud de un
documento, informara a la OEA para la inmediata fiscalización
posterior. No suspenderá el proceso . Comunicara en su caso, al
Tribunal de Contrataciones del Estado.
 Responsabilidad solidaria por cualquier irregularidad que le
sea imputable por dolo, negligencia o culpa inexcusable.
 Para las AMC el órgano encargado de las contrataciones tendrá
a su cargo la realización de los procesos .EL TITULAR PODRA
DESIGNAR UN COMITÉ AD HOC O PERMANENTE cuando lo
considere conveniente.
APROBACIÓN DE BASES
ESTANDARIZADAS
 UNA DE LA S FUNCIONES DEL COMITÉ ESPECIAL ES LA DE ELABORAR LAS BASES , LUEGO
LAS ELEVARA PARA LA APROBACIÓN DE AUTORIDAD COMPETENTE Y LUEGO DE
APROBARLAS EL COMITÉ DISPONDRÁ LA CONVOCATORIA DEL PROCESO.
 NOTA IMPORTANTE : EN REFERENCIA A LAS BASES SE
HA APROBADO UNA DIRECTIVA Nº 002-2010-OSCE/CD
 DISPOSICIÓN SOBRE EL CONTENIDO DE LAS BASES ESTANDARIZADAS QUE LAS ENTIDADES DEL
ESTADO UTILIZARAN OBLIGATORIAMENTE EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN QUE CONVOQUEN
 ESTA PRESENTE DIRECTIVA Y LAS BASES ESTANDARIZADAS QUE FORMAN
PARTE DEEELLA , ENTRARON YA EN VIGENGIA A LOS TREINTA DIS DE SU
PUBLICACIÓN CORRESPONDIENTE EN EL DIARIO OFICIAL PERUANO Y EL
PORTAL DEL ESTADO EL DIA 21 DE MAYO DEL 2010
 LO CUAL SIGNIFICA QUE A APARTIR DE LA FECHA MENCIONADA LAS
ENTIDADES PUBLICAS TIENEN LA OBLIGACIÓN DE UTILIZAR LAS NUEVAS
BASES ESTANDARIZADAS
Jorge Cespedes Ramirez
Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes
COMITE ESPECIAL PARA
SUBASTA INVERSA
 HA SIDO MODIFICADO CON LA:
DIRECTIVA N.º 006-2009-OSCE/CD
Jorge Cespedes Ramirez
EL COMITÉ ESPECIAL ESTARA INTEGRADO POR TRES
MIEMBROS DEL ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 24
DE LA LEY, SU CONFORMACIÓN Y ACTUACIÓN SE SUJETA A LAS
REGLAS DEL CAPÍTULO II Y DEL TÍTULO II DE REGLAMENTO.
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  • 1. 11 Jorge Cespedes Ramirez LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO DECRETO LEGISLATIVO 1017DECRETO LEGISLATIVO 1017 Publicada el 04 de junio del 2008Publicada el 04 de junio del 2008 Vigente desde el 01 febrero del 2009Vigente desde el 01 febrero del 2009
  • 2. 22 Jorge Cespedes Ramirez INTRODUCCIÓN  En julio del 2008, se publicó la nueva Ley de Contrataciones del Estado aprobada mediante D. Leg. 1017.  Enero del 2009, se publica el Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 184-2008-EF.  La nueva normativa entra en vigencia el 01 de febrero del 2009.
  • 3. OSCE ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Es un organismo público autónomo adscrito al Ministerio de Economía. Su personal esta sujeto al régimen de la actividad privada. Jorge Cespedes Ramirez
  • 4. NUEVAS FUNCIONES DEL OSCE Supervisa y fiscaliza procesos de contratación de forma selectiva y/o aleatoria. Suspende procesos si hay transgresiones, solo por indicios de “perjuicio económico al estado o comisión de delito” Absuelve gratuitamente las consultas de Entidades publicas. Desconcentra funciones en sus órganos de alcance regional o local. Jorge Cespedes Ramirez
  • 5. ORGANOS DEL OSCE  CONSEJO DIRECTIVO :máxima autoridad integrada por 3 miembros.  PRESIDENTE EJECUTIVO: actúa como titular de la OSCE. Jorge Cespedes Ramirez
  • 6. PRINCIPIOS GENERALESPRINCIPIOS GENERALES 1. Promoción del desarrollo humano. (nuevo) inciso a 2. Principio de Moralidad. 3. Principio de Libre Concurrencia. 4. Principio de imparcialidad. 5. Principio de razonabilidad. (nuevo) inciso e 6. Principio de eficiencia. 7. Principio de publicidad. (nuevo) inciso g 8. Principio de transparencia. 9. Principio de economía 10. Principio de vigencia tecnológica 11. Principio de trato justo e igualitario. 12. Principio de equidad. (nuevo) inciso l 13. Principio de sostenibilidad ambiental. (nuevo) inciso m TIPIFICADOS EN EL ART 4 DE LA LEY Jorge Cespedes Ramirez
  • 7. ESPECIALIDAD Y FACULTADESESPECIALIDAD Y FACULTADES DELEGABLES E INDELEGABLESDELEGABLES E INDELEGABLES ESPECIALIDAD • El decreto legislativo prevalece sobre las normas de Derecho publico y sobre las de Derecho privado que le sean aplicables. articulo 5 de la ley DELEGACION DE FUNCIONES El titular de la entidad pede delegar , mediante resolución , la autoridad que la presente norma le otorga NO PUEDE DELEGAR • Aprobación o autorización de exoneraciones • Declaración de Nulidad de Oficio • Aprobación o autorización de prestaciones adicionales de obra • OTROS SUPUESTOS QUE ESTABLEZCA EL REGLAMENTO • articulo 58 del Reglamento ultimo párrafo el pronunciamiento sobre observaciones a las bases • Articulo 88 del Reglamento decisión de encargar procesos a entidad privada nacional o internacional. Jorge Cespedes Ramirez
  • 8. FUNCIONARIOS Y/O SERVIDORES DEL OEC 1.Deberán ser Profesionales ó 2.Deberán ser técnicos. • TIENEN QUE SER DEBIDAMENTE CERTIFICADOS REQUISITOS MINIMOS QUE DEBEN DE REUNIR 1. CAPACITACIÓN TECNICA EN CONTRATACIONES PUBLICAS O GETION LOGISTICA EN GENERAL, NO MENOR A OCHENTA (80 ) HORAS LECTIVAS 2. EXPERIENCIA LABORAL EN GENERAL , NO MENOR a TRES (3 ) Años 3. EXPERIENCIA LABORAL EN MATERIA DE CONTRATACIONES PUBLICAS O EN LOGÍSTICA PRIVADA , NO MENOR DE UN (1) AÑO Jorge Cespedes Ramirez
  • 9. SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN EL AMBITO PÚBLICO ROF Y RESPONSABILIDADES  El ROF u otros instrumentos similares determinarán actividades y responsabilidades inherentes de cada funcionario. Tienen responsabilidad Administrativa, civil ,Penal.  Se elimina la responsabilidad solidaria entre delegante y delegado. (modificado , eran responsables solidarios) SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN EL AMBITO PUBLICO  Si hay incumplimiento de los funcionarios y/o servidores se aplicara según gravedad, las siguientes sanciones:  Amonestación escrita  Suspensión sin goce de renumeraciones de treinta a noventa dias  Cese temporal sin goce de renumeraciones hasta por doce meses  Finalmente Destitución Jorge Cespedes Ramirez
  • 10. PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN EJECUCIÓN CONTRACTUAL •Convocatoria. • Registros de Participantes. • Consultas. • Observaciones. de propuestas. • Evaluación y Presentación • Calificación. • Otorgamiento de la Buena Pro. • Suscripción. Garantías. • Adelantos. • Adicionales y reducciones • Ampliaciones y prorrogas. • Subcontratación. • Intervención económica de obra. • Resolución. • Penalidades. • Recepción y conformidad • Liquidación. . Sara Checa Cervantes. Sara Checa Cervantes SELECCIÓN •Determinación de necesidades. •Presupuesto Institucional. • Plan anual de Contrataciones. • Expediente de Contratación. • Designación del Comité especial. • Elaboración de bases. Jorge Cespedes Ramirez
  • 11. I FASE DE CONTRATACIÓN ESTATAL PROGRAMACIÓN Y ACTOS PREPARATORIOS Jorge Cespedes Ramirez
  • 12. PLAN ANUALDE CONTRATACIONES ELABORACIÓN Las entidades emplearan Catalogo único de bienes servicios obras que administra el OSCE. Art. 06 del Reglamento. ELABORACIÓN DEL PAC La elaboración comprenderá 2 grandes momentos: PRIMER MOMENTO: En la Programación y formulación Presupuestal RESULTADO : Proyecto de PAC. SEGUNDO MOMENTO: Aprobado el Presupuesto Institucional . El OEC , revisará, evaluará y actualizará el proyecto del PAC. Según montos del presupuesto institucional. Jorge Cespedes Ramirez Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes
  • 13. CONTENIDO DEL PLAN ANUAL 1. EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN. 2. LA DESCRIPCIÓN DE LOS BIENES Y SERVICIOS U OBRAS A CONTRATAR Y EL CORRESPONDIENTE CODIGO ASIGNADO AL CATALOGO. 3. EL VALOR ESTIMADO DE LA CONTRATACIÓN. 4. EL TIPO DE PROCESO QUE CORRESPONDE AL OBJETO Y SU VALOR ESTIMADO, ASI COMO LA MODALIDAD DE SELECCIÓN. 5. LA FUENTE DE FINANCIAMIENTO. 6. EL TIPO DE MONEDA. 7. LOS NIVELES DE CENTRALIZACION O DESCONCENTRACIÓN DE LA FACULTAD DE CONTRATAR. 8. LA FECHA PREVISTA DE LA CONVOCATORIA. NO SERA OBLIGATORIO INCLUIR EN EL PLAN ANUAL LAS ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA NO PROGRABLES Jorge Cespedes Ramirez
  • 14. APROBACIÓN DEL PAC Jorge Cespedes Ramirez Aprobación del PAC por el titular Aprobación del Presupuesto Institucional 15 días hábiles Publicación del PAC en el SEACE 15 días hábiles
  • 15. MODIFICACIÓN DEL PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES EL PLAN ANUAL PUEDE SER MODIFICADO DE CONFORMIDAD CON LA ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL EN CASO DE: REPROGRAMACION DE LAS METAS INSTITUCIONALES CUANDO SE TENGA QUE EXCLUIR O INCLUIR PROCESOS DE SELECCIÓN O EL VALOR REFERENCIAL DIFIERA ,EN MAS DE VEINTICINCO POR CIENTO (25%) DEL VALOR ESTIMADO Y ELLO VARIE EL TIPO DE PROCESO DE SELECCIÓN Jorge Cespedes Ramirez Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes
  • 16. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN SE INICIA CON EL REQUERIMIENTO DEL AREA USUARIA EL EXPEDIENTE DEBE DE CONTENER LO SIGUIENTE: 1. La información referida a las características técnicas de lo que se va a contratar. 2. El estudio de posibilidades que ofrece el mercado. 3. El valor referencial. 4. La disponibilidad presupuestal. 5. El tipo de proceso de Selección. 6. La modalidad de selección. 7. El sistema de contratación. 8. La modalidad de Contratación a utilizarse. 9. La formula de Reajuste de ser el caso. Jorge Cespedes Ramirez
  • 17. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN  EN CONCLUSIÓN DEBE DE CONTENER: 1. TODA DOCUMENTACIÓN DEL PROCESO (DESDE EL REQUERIMIENTO DE AREA USUARIA HASTA LA CULMINACIÓN DEL CONTRATO). 2. LAS OFERTAS NO GANDORAS 3. LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS Y SU FUENTE DE FINANCIAMIENTO NOTA IMPORTANTE: EL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ESTARA EN CUSTODIA DE ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES. Jorge Cespedes Ramirez
  • 18. CARACTERÍSTICAS TECNICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATAR DETERMINACIÓN DE CARACTERISTICAS TÉCNICAS EL AREA USUARIA ES RESPONSABLE DE: 1. DEFINIR CON PRESICION LAS CARACTERÍSTICAS DE LO QUE SE VA A CONTRATAR. 2. DEFINIR CON PRESICIÓN LAS CONDICIONES 3. DEFINIR CON PRESICIÓN LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS BIENES Y SERVICIOS U OBRAS QUE REQUIERA PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1. DEBERA SER REALIZADA POR EL AREA USUARIA EN COORDINACIÓN CON EL ORGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES DE LA ENTIDAD, EVALUANDO EN CADA CASO LAS ALTERNATIVAS TECNICAS Y LAS POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO PARA LA SATISFACCION DEL REQUERIMIENTO . 2. DICHA EVALUACIÓN DEBERA CONTAR CON LA PLURALIDAD DE PROVEEDORES EN EL MERCADO PARA LA CONVOCATORIA DEL RESPECTIVO PROCESO DE SELECCIÓN EVITANDO INCLUIR REQUISITOS INECESARIOS CUYO CUMPLIMIENTO SOLO FAVORESCA A DETERMINADOS POSTORES.  En caso de obras, se deberá contar con la disponibilidad del terreno y el expediente técnico aprobado. Jorge Cespedes Ramirez
  • 19. 1919 Jorge Cespedes Ramirez ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO  Se determina lo siguiente:  El valor referencial.  La existencia de pluralidad de marcas y/o postores.  La posibilidad de la buena pro.  Información que pueda utilizarse para la determinación de los factores de evaluación , de ser el caso.
  • 20.  La pertinencia de realizar ajustes a las características y/o condiciones de lo que se va a contratar, de ser necesario.  Otros aspectos necesarios que tengan incidencia en la eficiencia de la contratación. Jorge Cespedes Ramirez
  • 21. 2121 Jorge Cespedes Ramirez VALOR REFERENCIAL  Es el monto de contraprestación, determinado sobre un estudio de las posibilidades de los precios y condiciones que ofrece el mercado.  Se analiza los niveles de comercialización, a partir de las especificaciones técnicas, términos de referencia y costos estimados en el PAC.  Antigüedad delValor Referencial:  EN CASO DE BIENES Y SERVICIOS : no podrá ser mayor a 03 meses, es decir la antigüedad del valor referencial se computara desde la aprobación del expediente de contratación.  EN CASO DE OBRAS: no podrá tener una antigüedad mayor a los 06 meses, es decir la antigüedad del valor referencial se computara desde la fecha de determinación del presupuesto de obra consignada en el expediente técnico, tiene que contar con ExpedienteTécnico.  LA FECHA DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN DEBERA SER CONSIGNADA EN LAS BASES.
  • 22. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 2222 Jorge Cespedes Ramirez II FASE DE CONTRATACION ESTATAL PROCESOS DE SELECCIÓN
  • 23. TIPOS DE PROCESO DE SELECCIÓN LICITACIÓN PUBLICA ( LP). CONCURSO PÚBLICO (CP) ADJUDICACIÓN DIRECTA ( AD) Pública Selectiva ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA (AMC): Estas deben realizarse obligatoriamente en forma electrónica , salvo las excepciones que establezca el reglamento.(nuevo) Jorge Cespedes Ramirez
  • 24. PROHIBICIÓN DE FRACCIONAMIENTO  El OEC será responsable en el incumplimiento de la prohibición.  EL MEF establecerá mediante D.S previa opinión favorable del Ministerio y Producción los sectores materia de interés del Estado para la participación exclusiva de las MYPES. ARTICULO 19 DE LA LEY Y 20 DEL REGLAMENTO. Jorge Cespedes Ramirez
  • 25. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 2525 PROCESOS DE SELECCION BIENES SERVICIOS OBRAS LICITACION PUBLICA > = 374,00 > de 1,224,000 CONCURSO PUBLICO > de 216,00 ADJUDICACION DIRECTA PUBLICA < de 374,00 > de 187,200 <de 216,00 > de 108,000 < de 1,224.000 > De 612,000 SELECTIVA <= a 187,200 > =a 37,440 <= a 108,000 > = a 21,600 <= a 612,00 > = a 122,400 MENOR CUANTIA <de 37,440 > de 10,800 (**) <de 21,600 > de 10,800(**) <de 122,400 > De 10,800 (**) Jorge Cespedes Ramirez
  • 26. 2626 Jorge Cespedes Ramirez SE INICIA CON LA CONVOCATORIA  Es la invitación a ofrecer, que efectúa la entidad.  Entre la convocatoria y la presentación de ofertas debe de existir un plazo razonable.  Los plazos de los procesos de selección se computarán en días hábiles.
  • 27. Jorge Cespedes Ramirez ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN  CONVOCATORIA  REGISTRO DE PARTICIPANTES  FORMULACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS (aclaraciones).  FORMULACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE OBSERVACIONES ( se cuestiona el incumplimiento de la Ley). Primera Instancia: Comité Especial Segunda Instancia:Titular cuando elVR es menor a 300UIT.  OSCE cuando elVR es igual o superior a 300UIT.  INTEGRACION A LAS BASES  PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS  CALIFICACIÓNY EVALUACIÓN DE PROPUESTAS  OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 2727
  • 28. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 2828 Jorge Cespedes Ramirez CONSULTAS Y OBSERVACIONES DEFINICIÓN:  Consultas: son aclaraciones  Observaciones: son cuestionamientos  El calendario de las bases debe de contener un plazo para la presentación de consultas y observaciones.  Las respuestas deben ser fundamentadas y sustentadas.  Deberán ser comunicadas oportuna y simultáneamente en el SEACE.  Se consideran parte de las bases.  En caso de obras, se deberá contar con la disponibilidad del terreno y el expediente técnico aprobado.
  • 29. Dra. Sara ChecaDra. Sara Checa CervantesCervantes 2929 Jorge Cespedes Ramirez ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES  TITULAR DE LA ENTIDAD:  Se pronunciará en procesos conVR menor a 300 UIT( en última instancia)  plazo para emitir y notificar el pronunciamiento en el SEACE será mayor de 08 días hábiles)  EL OSCE  Se pronunciara en procesos siempre que el valor referencial sea igual o mayor a 300 UIT  plazo para emitir y notificar el pronunciamiento en el SEACE será mayor de 10 días hábiles)
  • 30. INTEGRACIÓN A BASES UNA VEZ ABSUELTAS LAS CONSULTAS Y OBSERVACIONES SE DAN POR INTEGRADAS LAS BASES Jorge Cespedes Ramirez
  • 31. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 3131 Jorge Cespedes Ramirez PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS  L a presentación de propuestas y el otorgamiento podrán ser en actos públicos o privados (será establecido en el reglamento)  De estos actos se levantara una ACTA.  Es posible que estos actos – y los demás considerados- sean sujetos a prórrogas.  El comité especial determinará la postergación sólo por causa justificadas, remitiendo un informe al titular de la entidad y comunicando a todos los participantes . La postergación no deberá conducir a desabastecimiento inminente.  Será bajo responsabilidad del titular de la entidad.
  • 32. GARANTIAS  GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO 10% DEL MONTO TOTAL  GARANTIA DIFERENCIAL : CUANDO OFRECEN MAS O MENOS Jorge Cespedes Ramirez Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes
  • 33. PROCEDIMIENTO Y CALIFICACION DE PROPUESTAS  LA CALIFICACIÓN Y EVALUACION ES INTEGRAL.  SE REALIZA EN DOS ETAPAS: 1. PROPUESTA TÉCNICA 2. PROPUESTA ECONÓMICA  ESTAS PROPUESTAS SON EVALUADAS OTORGANDOLES PUNTAJES DE ACUERDO A LOS FACTORES Y CRITERIOS QUE ESTABLESCANCAN LAS BASES. Jorge Cespedes Ramirez
  • 34. OTORGAMIENTO , CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Y APELACIÓN  LICITACIONES PÚBLICAS Y CONCURSOS PÚBLICOS Y ADJUDICACIONES DIRECTAS PUBLICAS (ESTAS SERAN EN ACTOS PÚBLICOS.  ADJUDICACIONES SELECTIVAS Y ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA (ESTAS SERAN EN ACTOS PRIVADOS) RECURSOS DE APELACIÓN  LICITACIONES PÚBLICAS Y CONCURSOS PÚBLICOS Y ADJUDICACIONES DIRECTAS PÚBLICAS (el plazo para interponer recurso de apelación es de 8 días hábiles contados desde el día siguiente de otorgada la buena Pro. ADJUDICACIONES SELECTIVAS Y ADJUDICACIONES DE MENOR CUANTIA  (el plazo para interponer recurso de apelación es de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de consentida la buena pro Jorge Cespedes Ramirez
  • 35. RESUMEN EJECUTIVO  COMUNICADO Nº 002 -2009-OSCE/PRE  La convocatoria de las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas,y AMC cualquiera fuera su modalidad, se realizará a través de la publicación del aviso correspondiente en el SEACE, debiéndose registrar, además de las Bases respectivas, un resumen ejecutivo del estudio de posibilidades que ofrece el mercado, bajo sanción de nulidad, de conformidad con lo señalado en los artículos 51º y 92º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado con Decreto Supremo N.º 021-2009-EF. Jorge Cespedes Ramirez
  • 36. SISTEMA DE CONTRATACION EN BIENES Y SERVICIOS  SISTEMA DE SUMA ALZADA: Aplicable cuando las cantidades, magnitudes y calidades de la prestación estén totalmente definidas en las especificaciones técnicas, en los términos de referencia, aquí el postor formulara su propuesta por un monto fijo integral o por un determinado plazo de ejecución  SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS, TARIFAS O PORCENTAJES: Es aplicable cuando la naturaleza no permita conocer con exactitud o precisión las cantidades o magnitudes requeridas, aquí el postor formulará su propuesta ofertando precios unitarios, tarifas o porcentajes en función de las partidas o cantidades referenciales contenidas en las bases  SISTEMA DE ESQUEMA MIXTO DE SUMA ALZADA Y PRECIOS UNITARIOS: Aquí las Entidades podrán optar uno o varios componentes técnicos a cantidades y magnitudes no definidas con precisión (será bajo el sistema de precios unitarios, en tanto los componentes y cuyas cantidades y magnitudes estén totalmente definidas en el expediente técnico serán contratados bajo el sistema de suma alzada) . Jorge Cespedes Ramirez
  • 37. MODALIDADES DE EJECUCION CONTRACTUAL  POR EL ALCANCE DEL CONTRATO  Estas dos modalidades que se mencionaran solamente serán para Bienes u Obras  LLAVE EN MANO (si el postor va ofertar bienes además de esto debe de ofrecer la instalación y la puesta de funcionamiento de esta.  En caso de obras debe ofertar en conjunto la construcción, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra y de ser el caso la elaboración del expediente técnico  CONCURSO OFERTA se da exclusivamente para el caso de ejecución de obras, es decir que el postor debe ofertar la elaboración del expediente técnico, ejecución de la obra y de ser el caso el terreno (Estas no se encuentran estipuladas en la Ley y Reglamento y esta deberá ser bajo el sistema de suma alzada siempre que el valor corresponda a una licitación publica.  POR EL FINANCIAMIENTO DE CONTRATACIONES .  De la entidad (la entidad financia la ejecución del contrato.  Del contratista (el postor financia la ejecución del contrato)  Del tercero (un tercero financia el contrato siendo aplicable la Ley de endeudamiento del sector publico y Ley del equilibrio financiero) Jorge Cespedes Ramirez
  • 38. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 3838 Jorge Cespedes Ramirez DESIERTO UN PROCESO  Se declara desierto el proceso de selección cuando no queda válida ninguna oferta.  Se emite un informe que corrija las causas que motivaron la situación de “desierto”.  Licitación pública, concurso público y adjudicación directa cuando son declarados desiertos se convoca a adjudicación de menor cuantía.  Subasta inversa :se requiere de dos ofertas validas de los contrario se declara desierto.
  • 39. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 3939 Jorge Cespedes Ramirez CANCELACIÓN DE UN PROCESO  El proceso de selección puede ser declarado CANCELADO hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro en: 1. CASO FORTUITO 2. CASOS DE FUERZA MAYOR 3. DESAPARESACA LA NECESIDAD DE CONTRATAR 4. EL PRESUPUESTO DEBA DESTINARSE A OTRO PROPOSITO NOTA IMPORTANTE: DICHA CANCELACIÓN DEBERA REALIZARSE MEDIENTE RESOLUCIÓN O ACUERDO DEBIDAMENTA SUSTENTADO.
  • 40. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4040 Jorge Cespedes Ramirez III FASE DE CONTRATACIÓN EJECUCIÓN CONTRACTUAL
  • 41. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO  FORMALIDAD: 1. POR ESCRITO: Mediante suscripción del documentó contractual. 2. Mediante orden de compra o de servicios en contratos: derivados de procesos AMC (salvo contratos de consultoría y ejecución de obras) 3. PROCESOS POR RELACIÓN DE ITEMS  Documento contractual o con orden de compra o de servicios , según monto del VR DE ITEM Jorge Cespedes Ramirez
  • 42. REQUISITOS PARA UN CONTRATO DE BIENES Y SERVICIOS 1. CONSTANCIA VIGENTE DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO,(SALVO EN LOS CONTRATOS DERIVADOS DE PROCESOS DE ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA LA ENTIDAD VERIFICARA EN EL PORTAL DEL RNP 2. GARANTIAS, SALVO CASOS DE EXCEPCIÓN. 3. CONTRATO DE CONSORCIO CON FIRMAS LEGALIZADAS DE LOS CONSORCIADOS DE SER EL CASO . NOTA: PODRA INCORPORARSE OTRAS MODIFICACIONES EXPRESAMENTE ESTABLECIDAS EN REGLAMENTO. Jorge Cespedes Ramirez
  • 43. REQUISITOS PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO DE OBRA 1. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILIATADO (SALVO MENOR CUANTIA) 2. GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO 3. CONSTANCIA DE CAPACIDAD LIBRE DE CONTRATACIÓN 4. CONTRATO DE CONSORCIOS FIRMAS LEGALIZADAS 5. DESIGNAR EL RESIDENTE DE OBRAS 6. ENTREGAR CALENDARIO VALORIZADO OBRA 7. ENTREGAR PROGRAMACIÓN 8. ENTREGAR CALENDARIO DE ADQUISICIÓN DE MATERIALES 9. DESAGREGADO POR PARTIDAS DE PROPUESTA (SUMA ALZADA) Jorge Cespedes Ramirez
  • 44. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4444 Jorge Cespedes Ramirez SUBCONTRATACIÓN  El contratista puede SUBCONTRATAR previa autorización de la Entidad parte de sus prestaciones.  El subcontratista debe de estar inscrito en el RNP  Las prestaciones a subcontratarse con terceros no excedan del 40% del monto del contrato original  No existe responsabilidad solidaria, el contratista es el único responsable ante la Entidad.  Dichas subcontrataciones se efectuaran de preferencia con las microempresas y pequeñas empresas.
  • 45. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4545 Jorge Cespedes Ramirez ADELANTOS  A solicitud del contratista, siempre que haya sido previsto en las Bases, la Entidad podrá entregar adelantos en los casos, montos y condiciones señaladas en el Reglamento.
  • 46. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4646 Jorge Cespedes Ramirez GARANTIAS LAS GARANTÍAS QUE DEBEN DE OTORGAR LOS POSTORESY/O CONTRATISTAS SON: 1. Seriedad de oferta 2. Cumplimiento del contrato 3. Garantías por adelanto 4. Garantías por la propuesta Las garantías son incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, emitidas por bancos supervisados por el SBS o estar considerados en la lista de bancos extranjeros que publica el BCR. No procede el beneficio de excusión y deben de ser honrados dentro del plazo de tres días, toda demora generara responsabilidad solidaria y dará lugar al pago de intereses a favor del Estado.
  • 47. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4747 Jorge Cespedes Ramirez CLAUSULAS OBLIGATORIAS DEL CONTRATO  GARANTIAS se constituirán en el contrato.  SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS deberán de resolverse mediante conciliación o arbitraje.  RESOLUCIÓN DEL CONTRATO cualquiera de la partes podrá resolver el contrato , sin responsabilidad de ninguna de ellas, en caso fortuito o fuerza mayor que imposibilita de manera definitiva la continuación del contrato.  CAUSALES DE RESOLUCIÓN POR INCUMPLIMIENTO  INCUMPLA INJUSTIFICADAMENTE OBLIGACIONES CONTRACTUALES , LEGALES O REGALMENTARIAS A SU CARGO, PESE HABER SIDO REQUERIDO PARA ELLO.  HAYA LLEGADO A ACUMULAR EL MONTO MAXIMO DE LA PENALIDAD POR MORA O EL MONTO MAXIMO PARA OTRAS PENALIDADES , EN LA EJECUCION DE LA PRESTACION A SU CARGO  PARALICE O REDUZCA INJUSTIFICADAMENTE LA EJECUCION DE LA PRESTACION , PESE HABER SIDO REQUERIDO PARA CORREGIRTAL SITUACION.
  • 48. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4848 Jorge Cespedes Ramirez PRESTACIONES PRESTACIONES ADICIONALES  Bienes 25% del monto  Servicios 25% del monto  Obras 15% de monto. Cuando alcance el 50% genera responsabilidad para el proyectista y el pago procede con autorización previa de la Contraloría General. REDUCCIÓN DE LA PRESTACIÓN  Bienes 25% del monto  Servicios 25% del monto  Obras 25% del monto AMPLIACIÓN DEL PLAZO Procede por atrasos ajenos a la voluntad del contratista.
  • 49. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 4949 Jorge Cespedes Ramirez DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ESTADO  Los funcionarios públicos son responsables del cumplimiento de las normas de la presente Ley.  Los márgenes de discrecionalidad deben de fundamentarse en los Principios establecidos en la presente Ley.  Las sanciones aplicables a los funcionarios públicos: 1. Amonestación escrita. 2. Suspensión de 30 a 90 días sin remuneración. 3. Cese temporal hasta 12 meses sin remuneración 4. Destitución o despido
  • 50. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5050 Jorge Cespedes Ramirez DERECHOS Y OBLIGACIONES CONTRATISTA  El atraso en el pago genera intereses legales para las partes.  El contrato establecerá las penalidades por incumplimiento del contrato.  El contratista es responsable por los vicios ocultos. BIENES : por un plazo no menor de 1 año SERVICIOS : por un plazo no menor de 1 año OBRAS : por un plazo no menor de 7 años
  • 51. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5151 Jorge Cespedes Ramirez SANCIONES CAUSALES 1. InhabilitaciónTemporal de 1 hasta 3 años. 2. No mantener la oferta hasta el otorgamiento de la Buena Pro o no suscribir el contrato o no recibir la orden de compra o de servicio 3. Resolución de contrato, o de la orden de compra, o servicio por causa atribuible al contratista. 4. Entregar el bien, prestar servicio o ejecutar la obra con vicios ocultos, previa sentencia judicial o laudo arbitral. 5. Contratar con el estado estando impedido. 6. Contratar con el estado sin contar con inscripción en el RNP. 7. Suscribir contrato por montos superiores a su capacidad libre de contratación. 8. Realizar subcontrataciones sin autorización de la entidad (6 meses a 1 año) 9. Participar en practicas restrictivas de la libre competencia. 10. Presentación de documentos falsos o inexactos. 11. Interponer recursos impugnativos contra los actos inimpugnables. 12. Incumplimiento de obligaciones contractuales después de concluido el contrato. 13. Otras infracciones.
  • 52. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5252 Jorge Cespedes Ramirez TIPOS DE SANCIONES  INHABILITACION TEMPORAL se pierde el derecho de participar en procesos de selección de 6 meses a 3 años.  INHABILITACION DEFINITIVA cuando en un periodo de 4 años se impone 2 o mas sanciones cuyo tiempo sumado sea mayor a 36 meses procede la inhabilitación definitiva.  ECONÓMICA: - Se ejecuta la garantía si la apelación es infundada o improcedente. - Si es declarado fundado se devuelve la garantía. - En caso de desistimiento se ejecuta el 100% de la garantía.
  • 53. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5353 Jorge Cespedes Ramirez SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ART. 52 AL 56 LEY ART. REGLAMENTO
  • 54. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5454 Jorge Cespedes Ramirez CONTROVERSIAS  Las controversias que surjan sobre ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad, invalidez del contrato se resuelven por conciliación o arbitraje.  No puede ser sometidas a conciliación o arbitraje la aprobación de prestaciones adicionales.  Las controversias se invocan antes de la culminación del contrato, este plazo es de caducidad.  Orden de preferencia en la aplicación del derecho será el Decreto legislativo y reglamento, las normas de derecho publico, y las normas de derecho privado.  El laudo arbitral es inapelable.
  • 55. RECURSO DE APELACIÓN  MEDIANTE RECURSO DE APELACIÓN SE IMPUGNAN LOS ACTOS DISCTADOS DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN , DESDE LA CONVOCATORIA HASTA AQUELLOS EMITIDOS ANTES DE LA CELEBRACION DEL CONTRATO.  RECURSO DE APELACIÓN ANTE LA ENTIDAD: SERA RESUELTO POR EL TITULAR DE LA ENTIDAD CUYO VALOR NO SUPERE LAS 600 UITS  RECURSO DE APELACIÓN ANTE EL TRIBUNAL  SERA RESUELTO POR EL TRIBUNAL DEL OSCE CUANDO SEA IGUAL O SUPERIOR A LAS 600 UITS NOTA IMPORTANTE: LOS ACTOS EMITIDOS POR EL TITULAR DE LA ENTIDAD QUE DECLAREN LA NULIDAD DE OFICIO O CANCELEN EL PROCESO , PODRAN INPUGNARSE ANTE EL TRIBUNAL, CON INDEPENDENCIA DEL VALOR REFERENCIAL DEL PROCESO Jorge Cespedes Ramirez
  • 56. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5656 Jorge Cespedes Ramirez REQUISITOS PARA LA APELACIÓN  Se dirige ante elTitular o el OSCE  Datos de identificación del impugnante  Señalamiento del domicilio procesal  El petitorio  Los fundamentos de hecho y de derecho  Las pruebas instrumentales  La garantía 3%VR o no menor al 50% UIT a favor de OSCE o de la Entidad  La firma del impugnante.  Copias simples del escrito y sus recaudos para la otra parte  Autorización del abogado
  • 57. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5757 Jorge Cespedes Ramirez APELACIÓN ADMISIBILIDAD  Se realiza por la Mesa de Partes, y las subsanaciones se hacen dentro del segundo día.
  • 58. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5858 Jorge Cespedes Ramirez CUANDO ? ES IMPROCEDENTE UNA APELACIÓN  ElTribunal carece de competencia.  Se interpone contra actos no impugnables.  Se interpone fuera del plazo de ley.  Quien suscribe el recurso, no sea postor.  El postor se encuentra impedido o inhabilitado.  El impugnante sea incapaz.  El impugnante carece de legitimidad procesal.  No existe nexo entre los hechos y el petitorio.
  • 59. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 5959 Jorge Cespedes Ramirez EFECTOS DE LA APELACIÓN  FUNDADO se revoca el acto impugnado cuando se advierte la aplicación indebida o interpretación errónea de la Ley, y se devuelve la garantía.  INFUNDADO O IMPROCEDENTE el acto administrativo se ajusta a la Ley y se ejecuta la garantía.  DESESTIMIENTO se ejecuta el 100% de la garantía.  DENEGATORIA FICTA vencido el plazo para resolver se considera denegada la apelación. Procede iniciar el proceso Contencioso Administrativo y se devuelve la garantía.
  • 60. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6060 Jorge Cespedes Ramirez ACTO ADMINISTRATIVO NULIDAD ART. 56 ANTES DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO - acto administrativo dictado por órgano incompetente. - acto administrativo contraviene las normas legales. DESPUES DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO - El contrato será nulo por contravenir el art. 10 de la Ley. -Transgresión del principio de presunción de veracidad. - cuando se haya suscrito el contrato estando en tramite el recurso de apelación - cuando no se ha utilizado el proceso de selección correspondiente.
  • 61. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6161 Jorge Cespedes Ramirez TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO  TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO es un órgano resolutivo que forma parte de OSCE con autonomía en el ejercicio de sus funciones.  Los actos administrativos desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato son impugnables con el recurso de apelación CUANDO EL VR SEA MAYOR A 600 UIT, luego de otorgada la Buena Pro. La apelación suspende el proceso de selección siendo nulos los actos posteriores. La resolución que resuelve el recurso de apelación o la denegatoria ficta agota la vía administrativa.  Aplica sanciones administrativas  Resuelve el recurso de reconsideración.
  • 62. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6262 Jorge Cespedes Ramirez SEACE  BENEFICIOS : 1. Permite racionalizar recursos , ahorro de tiempo. Dinero y Recursos Humanos. 2. Facilita la supervisión de las contrataciones efectuadas. 3. Posibilita la participación de proveedores de las diversas localidades. 4. Mayor transparencia en las contrataciones , genera confianza para hacer negocios con el Estado. 5. Reducción de costos burocráticos.
  • 63. Jorge Cespedes Ramirez GRACIAS Amablemente, ABOG. JORGE CESPEDES RAMIREZ Email- jorces@hotmail.com Oficina : 064-235831 Celular: 990666798 Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6363
  • 64. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes 6464 Jorge Cespedes Ramirez COMITÉ ESPECIAL 1. TRES MIEMBROS : uno del área usuaria y otro del OEC y el otro debe de tener conocimiento de lo que se va a contratar.,siempre numero impar. 2. COMITÉ ESPECIAL: si duda sobre la exactitud de un documento, informara a la OEA para la inmediata fiscalización posterior. No suspenderá el proceso . Comunicara en su caso, al Tribunal de Contrataciones del Estado.  Responsabilidad solidaria por cualquier irregularidad que le sea imputable por dolo, negligencia o culpa inexcusable.  Para las AMC el órgano encargado de las contrataciones tendrá a su cargo la realización de los procesos .EL TITULAR PODRA DESIGNAR UN COMITÉ AD HOC O PERMANENTE cuando lo considere conveniente.
  • 65. APROBACIÓN DE BASES ESTANDARIZADAS  UNA DE LA S FUNCIONES DEL COMITÉ ESPECIAL ES LA DE ELABORAR LAS BASES , LUEGO LAS ELEVARA PARA LA APROBACIÓN DE AUTORIDAD COMPETENTE Y LUEGO DE APROBARLAS EL COMITÉ DISPONDRÁ LA CONVOCATORIA DEL PROCESO.  NOTA IMPORTANTE : EN REFERENCIA A LAS BASES SE HA APROBADO UNA DIRECTIVA Nº 002-2010-OSCE/CD  DISPOSICIÓN SOBRE EL CONTENIDO DE LAS BASES ESTANDARIZADAS QUE LAS ENTIDADES DEL ESTADO UTILIZARAN OBLIGATORIAMENTE EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN QUE CONVOQUEN  ESTA PRESENTE DIRECTIVA Y LAS BASES ESTANDARIZADAS QUE FORMAN PARTE DEEELLA , ENTRARON YA EN VIGENGIA A LOS TREINTA DIS DE SU PUBLICACIÓN CORRESPONDIENTE EN EL DIARIO OFICIAL PERUANO Y EL PORTAL DEL ESTADO EL DIA 21 DE MAYO DEL 2010  LO CUAL SIGNIFICA QUE A APARTIR DE LA FECHA MENCIONADA LAS ENTIDADES PUBLICAS TIENEN LA OBLIGACIÓN DE UTILIZAR LAS NUEVAS BASES ESTANDARIZADAS Jorge Cespedes Ramirez Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes
  • 66. COMITE ESPECIAL PARA SUBASTA INVERSA  HA SIDO MODIFICADO CON LA: DIRECTIVA N.º 006-2009-OSCE/CD Jorge Cespedes Ramirez EL COMITÉ ESPECIAL ESTARA INTEGRADO POR TRES MIEMBROS DEL ACUERDO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 24 DE LA LEY, SU CONFORMACIÓN Y ACTUACIÓN SE SUJETA A LAS REGLAS DEL CAPÍTULO II Y DEL TÍTULO II DE REGLAMENTO. Dra. Sara Checa CervantesDra. Sara Checa Cervantes