2. ¿QUÉ ES?
Es una modalidad bajo la cual se
importan mercancías que van a ser
sometidas a procesos de transformación
y ensamble, por parte de industrias
reconocidas ante la autoridad
competente y autorizadas por la DIAN,
por lo tanto la mercancía quedara a
disposición restringida. Los autorizados
para utilizar esta modalidad, deberán
presentar la declaración de importación
indicando la modalidad para
transformación o ensamble, SIN EL PAGO
DE TRIBUTOS ADUANEROS.
3. EJEMPLO
Cuando importamos un motor para carros
desde Alemania para ser ensamblado en
nuestro país y ser comercializado
4. La DIAN impartirá las instrucciones para el
desarrollo de esta modalidad y habilitara el
deposito donde se almacenaran las
mercancías que serán sometidas al proceso
de transformación o ensamble
5. ELEMENTOS ESENCIALES
autorización de la DIAN
Habilitación del deposito
Suspensión de tributos aduaneros asta obtener el bien final
Plazo de obtener el bien final: 15 días hábiles
Disposición de la mercancía: restringida
6. DOCUMENTOS
Registro o licencia
de importación
Factura comercial
Documento de
transporte
Certificado de
origen
Lista de empaque
mandato
7. la declaración de importación de transformación y ensamble deberá
presentarse dentro de los quince (15) días siguientes contados a
partir de la llegada a territorio aduanero nacional. cuando la
mercancía haya sido sometida al régimen de transito, este termino se
contara desde la terminación de dicho régimen.
lugar de presentación de la declaración de importación para
transformación y ensamble.
8. la declaración deberá presentarse en la administración aduanera de
la jurisdicción donde se encuentre ubicado el deposito privado para
transformación y ensamble.
cuando la mercancía, por razones del proceso industrial, deba
desplazarse a un lugar diferente al habitado para la transformación y
ensamble, la declaración de importación de esta modalidad deberá
presentarse en la administración aduanera de la jurisdicción del lugar
de arribo de la mercancía al país, esta declaración ampara las
mercancías hasta su llegada al deposito privado para transformación y
ensamble.
9. TERMINACIÓN DE LA MODALIDAD
La modalidad de importación de transformación o ensamble se
terminará en todo o en parte, cuando las mercancías sean declaradas
en:
a) Importación ordinaria
b) En importación con franquicia.
c) Exportadas.
d) Reexportadas.
e)Destruidas de manera que carezcan de valor comercial o
abandonadas.