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CAPITULO V<br />DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR<br />Artículo 43. Principios que orientan toda actitud personal dentro de la Institución Educativa:<br />Dignidad humana: Es el eje fundamental de los derechos humanos, hace que la persona sea el centro de toda actividad institucional y social.<br />El interés general prima sobre el individual: Los criterios unificados en la colectividad favorecen y enriquecen la vida de la institución a la hora de tomar decisiones.<br />Diversidad cultural: Reconocimiento de las diferentes formas étnicas y culturales para fortalecer las raíces propias de la persona, como parte esencial de una renovación escolar.<br />Democracia: Se hace realidad a través del gobierno escolar manifestándose en la participación amplia y efectiva en todos los estamentos educativos.<br />Pluralismo: Debe enfocarse en el respeto por las diferencias y tendencias de tipo generacional, cultural, de género, político, ideológico y religioso.<br />Solidaridad: Es asumir una responsabilidad compartida, colaborativa, de trabajo en equipo, para brindar solución a problemas que competen a todos.<br />Debido proceso: Según el artículo 29 de la Constitución Nacional todo acto que conlleve correctivos debe seguir unos pasos.<br />Diversidad sexual: Implica el respeto por las orientaciones sexuales de las personas sin ridiculización de su opción por ningún medio, ni interrupción de sus deberes y derechos.<br />La aplicación de toda decisión correctiva busca en primer lugar la formación del ser humano, para ello podrán desarrollarse acciones pedagógicas y disciplinarias cuando sea necesario.<br />Se tendrán en cuenta los principios de la justicia restaurativa.<br /> Artículo 44. Siete aprendizajes básicos para la convivencia escolar<br />Para construir un orden donde todos los miembros de la comunidad educativa podamos ser felices, debemos:<br />Aprender a no agredir al congénere: base de toda convivencia social, no debe hacerse ni psicológica ni físicamente.<br />Aprender a comunicarnos: base de la autoafirmación personal y grupal, conversando y reconociendo al otro se crean mejores condiciones para la convivencia.<br />Aprender a interactuar: base de los modelos de relación social. Es la posibilidad de acercarse y compartir con el otro en la diferencia de percepciones.<br />Aprender a decidir en grupo: base de la política y de la economía. La concertación participativa es la condición para decidir intereses en grupo.<br />Aprender a cuidarnos: base de los modelos de salud y seguridad social, creando una cultura de cuidado del cuerpo y de las condiciones de vida propia y de los otros.<br />Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. Es posible convivir socialmente si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del planeta.<br />Aprender a valorar el saber cultural y académico: base de la evolución social y cultural. Definido como el conjunto de conocimientos, prácticas destrezas, habilidades, procedimientos, valores, ritos y sentidos, que permiten a una sociedad sobrevivir, convivir y proyectarse.<br />Artículo 45. Normas de convivencia escolar<br />Conocer y cumplir las normas de convivencia.<br />Responder positivamente a la formación humanista que ofrece la institución.<br />Usar el uniforme de diario y de educación física con orden y decoro: las estudiantes falda verde a cuadros con prenses, cierre a lado izquierdo, desde la cintura hasta la parte media de la rodilla, medias blancas largas, zapatos negros escolar y blusa blanca con el escudo al lado izquierdo, camisilla de fondo (opcional) blanca sin estampado. Los estudiantes pantalón de lino verde caña, medias blancas, zapatos negros colegial, camisa blanca con el escudo al lado izquierdo (debe ir por dentro del pantalón), camisilla de fondo (opcional) blanca sin estampado; el de educación física para estudiantes en general sudadera verde con el logotipo de la institución en el lado izquierdo, sin entubar; camiseta blanca con listones verde, rojo y azul; zapatos deportivos y medias blancas.<br />Conservar el orden y el silencio en formaciones en general, salón de clase, en actos comunitarios y demás lugares que así lo requieran.<br />Cumplir con las responsabilidades que implica ser elegido como integrante del gobierno escolar.<br />Consumir alimentos en las horas de descanso y nunca durante las horas de clase y otros eventos institucionales.<br />Cumplir con exactitud el horario establecido; permanecer en la institución durante toda la jornada de la mañana o de la tarde. Este será fijado en lugar visible y comunicado a los padres por la dirección de la Institución Educativa.<br />Solicitar al coordinador o rector los permisos necesarios para ausentarse, llegar tarde o no asistir al plantel, estos deben ser solicitados directamente por padres o acudientes por escrito y debidamente firmado con número telefónico y número de cédula.<br />Ser retirado de la institución temporal o definitivamente por los padres o acudientes en forma personal y por causas justificadas.<br />Permanecer en el salón de clase, así no haya profesor, y acatar las observaciones hechas por el monitor o representante de grupo (no permanecer por fuera del aula de clase, baños, ni en los corredores).<br />No asumir comportamiento agresivo físico o verbales en contra de otros dentro y fuera de la institución, respetando las diferencias individuales.<br />Permanecer durante los descansos en los sitios previamente determinados para ello, manteniendo el orden, aseo, la tranquilidad y los buenos modales en el patio central.<br />Acatar las normas al subir y bajar por las gradas.<br />No portar ni distribuir en la institución elementos como: CD, casetes, videos, juegos electrónicos, radios, grabadoras, walkman, material pornográfico, celulares y otros, si no son acordes con el carácter educativo.<br />No realizar dentro de la institución ni en jornada escolar actividades tendientes al lucro económico.<br />Evitar conversaciones que interrumpan clase (gritos, silbidos, palabras soeces u otros).<br />Conservar el orden y aseo en la planta física.<br />Respetar y cuidar todas las fuentes de información de la biblioteca, bibliobanco, de la dependencia de recursos, emisora, carteleras, comunicaciones y material didáctico.<br />Evitar perder tiempo o hacerlo perder a sus compañeros durante las clases.<br />Abstenerse de portar y consumir cigarrillos o sustancias psicoactivas.<br />Evitar practicar juegos bruscos que atenten contra la integridad física.<br />No practicar deportes o juegos en sitios que no sean asignados para estas actividades (corredores, oasis, aulas, baños u otros)<br />Permanecer en el aula hasta que suene el timbre o reciba autorización de un profesor para salir de ella.<br />Responder a las actividades que se encomiendan en forma individual o comunitaria.<br />Respetar a compañeros y profesores sin ponerles apodos o utilizando amenazas verbales, telefónicas, escritas o insultos gestuales.<br />Permanecer fuera del aula de clase durante el descanso, actos culturales y cívicos.  <br />Estar completamente atento a las orientaciones dadas por el rector, coordinadores, en los buenos días (reflexión de la mañana).<br />Evitar entrar a la sala de docentes sin autorización.<br />Firmar toda nota de convivencia escolar o académica que se le entregue o envíe a sus padres y/o acudientes.<br />Se prohíbe el porte de todo tipo de armas o la utilización de los útiles escolares para dicho fin.<br />Respetar las pertenencias ajenas.<br />No falsificar firmas de padres de familia, acudientes, compañeros, docentes o directivos.<br />Cuidar la decoración, carteleras o avisos que se exhiban para informar o complementar el proceso formativo.<br />Usar adecuadamente el carné, evitando prestarlo o recibirlo prestado, portarlo en todo momento y presentarlo cuando se le solicite en buen estado.<br />Reconocer y aceptar la ayuda que le proporcionan los compañeros, docentes y personas afines al proceso educativo.<br />Celebrar los cumpleaños sin tirar huevos, harina, agua u otros materiales que sean desagradables.<br />Guardar lealtad con la institución y sus miembros, evitando comentarios y conductas que lesionen su buen nombre.<br />Ser testimonio de valores.<br />Cumplir los turnos de aseo asignados.<br />Respetar las filas o turnos para la compra de los alimentos en la tienda.<br />Comprar en la tienda sólo en los descansos.<br />Informar al rector y/o coordinador oportunamente las irregularidades que se presenten en los diferentes servicios institucionales.<br /> <br />CAPITULO VI<br />DE LAS ACCIONES PEDAGÓGICAS DE ACUERDO CON LAS NORMAS DE CONVIVENCIA<br />Serán principios institucionales educar para la convivencia pacífica, la tolerancia, la diversidad cultural y la justicia restaurativa. Asumiendo actitudes no punitivas y restaurativas del derecho.<br />CLASIFICACIÓN DE LOS COMPORTAMIENTOS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR.<br />Cuando algún comportamiento afecte la convivencia escolar, la solución del mismo debe abordarse desde el diálogo, el consenso y la restauración, atendiendo el debido proceso.<br />Artículo 45. Falta leve. Son aquellas que importunan la sana convivencia y los procesos académicos, siendo causadas por la ligereza en el momento de actuar. No denotan hábitos o posturas definitivas. Pueden dialogarse personalmente con estrategias formativas o de conciliación y se atenderán con recomendaciones escritas. Si la acción es repetitiva, será considerada falta grave. <br />Algunas faltas consideradas como leves:<br />Impuntualidad en las actividades institucionales.<br />Realización de actividades diferentes a las asignadas.<br />Arrojar basuras al piso y no mantener el aseo.<br />Consumir alimentos en clase o en actos institucionales sin autorización.<br />Interrupciones con charlas, ruidos, gestos y risas estridentes.<br />Entrar y/o permanecer en las aulas en horas de descanso sin autorización.<br />No presentar excusas ante las faltas de asistencia.<br />Uso indebido del uniforme.<br />Uso de vocabulario soez.<br />Mala utilización de bienes, materiales o muebles pertenecientes a la institución.<br />Falta de higiene personal.<br />Portar en la institución elementos como: Cd, casetes, videos, juegos electrónicos, radios, grabadoras, walkman, material pornográfico, celulares y otros si no son acordes con el carácter educativo.<br />No portar el carné estudiantil.<br />Realizar compras de la calle por mallas y/o agujeros de la institución.<br />Realizar dentro de la institución y en jornada escolar actividades tendientes al lucro económico personal.<br />No cumplir a cabalidad con las actividades que se asignan en forma individual o comunitaria.<br />Causar daño a  la decoración, carteleras o avisos que se exhiban para informar o complementar el proceso formativo sin intención de hacerlo.<br />Entrar a la sala de docentes sin autorización.<br />Manifestaciones y expresiones excesivas de afecto.<br />Celebrar los cumpleaños tirando huevos, harina, agua u otros materiales durante la jornada escolar.<br />Artículo 46. Falta grave. Se considera falta grave cuando una actitud o comportamiento atenta contra la integridad física, la salud, la moral y la vida.<br />Algunas faltas consideradas graves:<br />La reincidencia en faltas leves sin evidencia de cambio en los comportamientos, actitudes y disposiciones que violan los deberes y derechos de la comunidad educativa.<br />El porte, el uso, tráfico de cualquier tipo de arma dentro de la institución ó en las actividades escolares.<br />El uso inadecuado de los útiles escolares como armas.<br />Atentar contra la propiedad ajena o de la institución.<br />Adulterar y/o falsificar valoraciones, libros administrativos, documentos e informes.<br />Amenazas verbales o escritas en cualquiera de sus formas a miembros de la comunidad educativa.<br />Causar daño a muebles o enseres como: equipos de laboratorio, tecnológicos (computadores, video beam, grabadoras, equipo de sonido) etc., y planta física de la institución.<br />Porte, tráfico y/o consumo de sustancias psicoactivas (alcohol, cigarrillo, alucinógenos y medicamentos en general) en la institución o fuera de ella.<br />Presentarse a la institución bajo efecto de sustancias psicoactivas.<br />Practicar o inducir a otras personas al ejercicio de la prostitución.<br />Incitar, provocar o participar de cualquier acto de agresión física o verbal.<br />Promover o participar en juegos de suerte o azar dentro de la institución.<br />Irrespeto a los símbolos institucionales, patrios o religiosos.<br />Tratar a compañeros y docentes con apodos hirientes o usar expresiones corporales insultantes.<br />Todo acto calificado como delito penalizado por las leyes colombianas. <br />Retener en la institución contra su voluntad a cualquiera de sus miembros.<br />Ausentarse del aula sin autorización.<br />No acatar instrucciones propias para el uso de la cafetería, salas y espacios comunes.<br />Permanecer en lugares diferentes a los estipulados por la institución en horas escolares.<br />No acatar las orientaciones dadas por directivos, docentes y/o personal administrativo. <br />Artículo 47. Estrategias de formación. En todo caso e independientemente de las acciones correctivas a las que haya lugar, la institución educativa parte del concepto de que todo error debe convertirse en un acto de aprendizaje y formación antes que en una sanción permitiendo ayudar a la comunidad educativa en su proceso de desarrollo integral:<br />Diálogo formativo y negociación directa con la autoridad inmediata acerca de la restitución, si es posible, del daño causado.<br />Comunicación permanente por parte del docente con el padre de familia o acudiente cuando es un estudiante.<br />Jornadas de capacitación en torno a temas de mayor ocurrencia de comportamientos que afecten la convivencia escolar posibilitando fortalecer valores humanos, cívicos y ciudadanos orientados desde el ámbito académico y de convivencia.<br />Intervención en comisión de evaluación de la convivencia escolar con el ánimo de favorecer estados actitudinales propositivos.<br />Orientación profesional, personal o grupal de acuerdo con el caso.<br />Realización de un proyecto de bienestar social de aprendizaje respecto a los hechos presentados y debidamente consensuado entre estudiante, acudiente, docente y coordinación de convivencia o en comisión de convivencia escolar.<br />Artículo 48. La Mediación escolar como mecanismo alternativo en la solución de conflictos escolares. Es un mecanismo para el trámite de los conflictos a través del cual, dos o más estudiantes gestionan por sí mismos la solución de sus diferencias con el apoyo de un tercer estudiante neutral y calificado llamado mediador.  <br />A la mediación escolar pueden acogerse aquellos estudiantes que tengan diferencias que los distancian y requieran un tercero para mejorar sus relaciones interpersonales.<br />La mediación escolar puede ser sugerida por cualquier integrante de la comunidad educativa que vea la necesidad de usar esta figura para el trámite de diferencias y acuerdos entre actores escolares. <br />La mediación escolar puede ser utilizada en todas aquellas situaciones que hayan generado o puedan llegar a generar un enfrentamiento entre dos o más estudiantes.<br />Las características de la mediación escolar son:<br />Es un proceso voluntario en el cual son las partes en conflicto quienes toman finalmente la decisión de acogerse o no al proceso.<br />Se da bajo consentimiento informado ya que, en primer lugar, las partes en conflicto y, en segundo lugar, el resto de la comunidad educativa deben conocer en qué consiste la mediación y los beneficios que pueden obtener de lograr un acuerdo.<br />Es cooperativa puesto que los estudiantes que se acojan a la mediación escolar deben cooperar en la solución de su conflicto.<br />Es confidencial siendo los mediadores quienes deben garantizar la mayor discreción.  La confidencialidad es una protección cuyos límites son la existencia de peligros reales, en tales casos los mediadores deberán informar al coordinador respectivo.<br />Para proceder a la mediación escolar se debe seguir el siguiente protocolo:<br />Identificación de situaciones:<br />Los docentes y/o mediadores identifican una situación entre dos o más estudiantes que pueda llegar a generar un enfrentamiento entre los mismos.<br />El coordinador de la jornada recibe una situación entre dos o más estudiantes que pueda generar o haya generado enfrentamiento entre los mismos.<br />Los interesados solicitan la mediación al coordinador de su jornada.<br />Inicio del proceso de mediación:<br />Si es el docente quien identifica dicha situación deberá informar al coordinador de su jornada para que éste facilite y convoqué a los mediadores que tomarán el caso.<br />Si son los mediadores quienes directamente identifican dicha situación, ofrecen su servicio y si es aceptado por las partes en conflicto inician el proceso.<br />Si el coordinador recibe dicha situación, ofrece el servicio de mediación y si es aceptado por las partes en conflicto convoca a dos mediadores para que tomen el caso.<br />Si los interesados buscan el servicio de mediación el coordinador de su jornada debe facilitar y convocar a dos mediadores para que tomen el caso.<br />Los mediadores aplican la técnica de mediación en un lugar dentro de la institución educativa donde puedan hacerlo de manera tranquila y confidencial.<br />El acuerdo al que se llegue durante el proceso de mediación debe quedar estipulado en el “Acta de mediación” y es de obligatorio cumplimiento para mejorar así las relaciones interpersonales y la convivencia escolar.<br />Para efecto de la determinación de las acciones disciplinarias a seguir el proceso de mediación será tenido en cuenta como atenuante.  Quien se acoja a la mediación tendrá beneficios, disminuye la sanción.<br />El acta de mediación quedará en la carpeta de actas de mediación escolar de la respectiva jornada y sede y también dentro del observador de los estudiantes llamados partes en conflicto.<br />Un estudiante tendrá derecho a participar hasta en tres procesos de mediación por la misma situación.  Pasado ese límite solo se actuará de acuerdo al procedimiento disciplinario establecido en el artículo 50.<br />Artículo 49. Sobre la valoración en convivencia escolar.<br />Cuando no hay anotaciones por faltas leves para un estudiante en el observador de convivencia escolar, su valoración es Superior (S) en la convivencia escolar durante el período académico.<br />La anotación de 1 ó 2 faltas leves durante el periodo académico amerita convivencia escolar Alto (A).<br />La anotación de 3 ó 4 faltas leves durante el periodo académico amerita convivencia escolar Básico (BA).<br />La anotación de 1 ó 2 faltas Graves durante el periodo académico amerita una valoración de Bajo (B) en la convivencia escolar.<br />Artículo 50. Debido proceso para faltas graves.<br />Procedimiento con acciones pedagógicas correctivas que deben ejecutarse de acuerdo con la filosofía institucional, el conducto regular, el cumplimiento del Art.29 de la Constitución Nacional y la Ley General de Educación 115 de 1994 y las normas de convivencia escolar consignadas<br />Diálogo entre los estudiantes o docentes con quienes se presenten la dificultad.<br />Notificación y diálogo con el estudiante, padre de familia o acudiente, docente y coordinador de convivencia acerca del caso, donde se define conjuntamente y de acuerdo con las normas de convivencia escolar la tipología de la falta y la acción correctiva que le corresponde, todo esto con base en el ejercicio de la conciliación pacifica de conflictos y estrategias de formación.<br />Las personas tienen derecho a ser escuchados en forma verbal o escrita al igual que a hacer uso de los recursos de reposición y apelación (en término de 3 días) con el fin de comprobar si la falta que se le imputa es o no verdadera.<br />El debido proceso se hará por escrito, dejando constancia en el observador de convivencia escolar, en la hoja de vida o actas motivadas debidamente firmadas como señal de aceptación de las decisiones tomadas de acuerdo con el conducto regular y las normas de convivencia.<br />Acción correctiva en un periodo por la falta grave cometida y no por otra: se procede a la suspensión de un (1) día escolar con valoración de convivencia Básico (BA).<br />La repetición de una falta grave en cualquier periodo aumenta progresivamente los días de suspensión hasta cinco (5) con valoración de convivencia escolar Bajo (B).<br />La suspensión se puede cumplir con labor institucional según el caso y de acuerdo con los padres de familia o acudientes.<br />Según la gravedad de la falta o cuando se ajustan 5 días de suspensión el caso es remitido a la comisión de convivencia escolar o rectoría por parte de la coordinación de convivencia, el registro valorativo para la convivencia escolar para ese periodo es Bajo (B).<br />En situación extrema (delitos graves que los penaliza la ley) el caso es remitido al consejo Directivo donde se decide la remisión ante la personería municipal u otra autoridad competente y su continuidad en la institución.<br />En todo caso la institución educativa esta sujeta a la actuación legal, acertada y humana que se le obliga con su comunidad educativa de conformidad con su filosofía institucional.<br />Si el estudiante es de grado once la institución puede reservarse la invitación a ceremonia de grado por ser un acto social pero, se le entregaran los documentos de bachiller en la secretaria de la institución. <br />Nota: Los docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, personal administrativo y de servicios generales, cuando se ven involucrados en una de las circunstancias anteriores, llevan su debido proceso de acuerdo con sus superiores, normas y leyes establecidas en su contrato laboral y en las leyes de Colombia, sin embargo, es necesario que todo miembro de la Comunidad Educativa conozca y aplique lo consagrado en estas normas de convivencia como ejercicio de la democracia, compromiso e identidad institucional.<br />CAPITULO VII<br />PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS<br />El conflicto tiene su origen en la diversidad de los seres humanos y es motor u oportunidad de cambio y desarrollo tanto personal como social.  Se puede definir conflicto como una situación en que existen necesidades, intereses, propósitos y/u objetivos incompatibles o que, al menos, son percibidos así por las partes involucradas. Surge a partir de la diferencia que hay entre dos o más partes.<br />Instancias para el desarrollo del Proceso de mediación:<br />Artículo 51. Recomendaciones para la Resolución de Conflictos<br />Explore pensamientos y sentimientos. Son diferentes en cada persona.<br />Reconocimiento de la diferencia mía y del otro.<br />Respeto por la posición del otro y por la mía.<br />Valoración y validación de ambos como sujetos.<br />Incremento de la tolerancia.<br />Clarifique el origen, estructura y magnitud del problema.<br />Delimito el problema.<br />Mido el alcance de la situación y su grado de afectación.<br />Evito divagaciones o desvíos del tema.<br />Conozco otros puntos de vista que quizás no había contemplado. <br />Posibilite mejor comunicación.<br />Posibilito una comunicación honesta y asertiva.<br />Evito interpretaciones erróneas cerciorándome de que entendí al otro.<br />Argumento mi autoconocimiento.<br />Me hago consciente de mis juicios de valor y desacuerdos. <br />Los sentimientos y emociones le pertenecen a usted y no a otro.<br />Reconozco mis sentimientos y emociones y la de otros.<br />Recobro el control de mis emociones, sentimientos y pensamientos.<br />Llegar a acuerdos.<br />Reconocimiento de mi valía y la del otro como ser humano.<br />Reconocimiento de mi habilidad como negociador.<br />Enriquezco mi perspectiva y percepción.<br />TITULO VI<br /> MEDIOS DE COMUNICACIÓN<br />Comunicación es la capacidad que tiene la especie humana para intercambiar ideas, gustos, sensaciones, emociones, pensamientos, proyectos y saberes. Se manifiesta por la racionalidad, elemento que nos hace diferentes ante las demás criaturas o seres vivientes del planeta tierra; en conjunto, todos estos elementos vienen a ser las comunicaciones, cuyo fin es el acercamiento y el mejoramiento de la convivencia.<br />Los medios de comunicación son herramientas esenciales en la comunidad educativa que le permiten difundir, acercar, socializar normas y acuerdos al interior de la Institución Educativa.<br />Los medios de comunicación son los instrumentos mediante los cuales se informa y se comunica en forma masiva para manifestar lo positivo y lo negativo de un contexto determinado.<br />A pesar de tantas definiciones, podemos sintetizarlo, en la manera eficaz y rápida de transmitir un mensaje para otros, a nivel económico, político, social, etc.<br />Son la representación física de la comunicación en nuestro mundo, es decir, son el canal mediante el cual, la información se obtiene, se procesa y finalmente se expresa o se comunica.<br />Artículo 52. Los medios de comunicación en la Institución Educativa Santa Rosa son:<br />PÁGINA WEB<br />EL PERIODICO ESCOLAR<br />PERIÓDICO MURAL<br />CARTELERAS<br />BOLETIN<br />AGENDA ESCOLAR<br />EMISORA RADIAL<br />MANUAL DE CONVIVENCIA<br />TITULO VII<br /> CARGOS Y FUNCIONES<br />Artículo 53. Rector. Es la primera autoridad Administrativa y Docente de la Institución. Depende del Ministro de Educación Nacional o de la entidad a quien éste delegue la función. Tiene la responsabilidad de lograr que la institución ofrezca los servicios educativos adecuados, para que el educando alcance los objetivos educacionales. De él dependen los Coordinadores y los responsables de los servicios administrativos y de bienestar.<br />Son funciones del Rector:<br />Representar legalmente el Plantel.<br />Presidir los Comités de Administración del Fondo de Servicios Educativos, Directivo y Curricular adscritos a la Rectoría y participar en los demás cuando lo considere conveniente.<br />Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas vigentes.<br />Planear y organizar con los Coordinadores las actividades curriculares de la institución.<br />Establecer canales y mecanismos de comunicación.<br />Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas del plantel.<br />Dirigir y supervisar las actividades de bienestar y proyección a la comunidad.<br />Elaborar los anteproyectos de presupuesto ordinario y de fondo de servicios docentes, en colaboración con el Pagador, presentarlos al Ministerio o entidad correspondiente para su aprobación y controlar su ejecución de acuerdo con las normas vigentes.<br />Ordenar el gasto del plantel.<br />Administrar el personal de la institución de acuerdo con las normas vigentes.<br />Administrar los bienes del plantel en coordinación con el Pagador y el Almacenista.<br />Hacer cumplir la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.<br />Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación de la institución y enviar el informe a la entidad administrativa correspondiente.<br />Asignar en ausencia temporal las funciones de rector a uno de los Coordinadores, de acuerdo con las normas vigentes.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 54. Coordinador Depende del Rector del plantel. Le corresponde la administración académica y disciplinaria de la Institución. De él dependen los Jefes de Departamento y por relación de autoridad funcional, los profesores.<br />Son funciones del Coordinador:<br />Participar en el Comité Curricular y en los demás en que sea requerido.<br />Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.<br />Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.<br />Organizar a los profesores por departamentos de acuerdo con las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.<br />Coordinar la acción académica y disciplinaria con la de administración de alumnos y profesores.<br />Establecer canales y mecanismos de comunicación.<br />Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas y disciplinarias.<br />Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar.<br />Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases y de disciplina del plantel, en colaboración con los Jefes de Departamento. Presentarlos al Rector para su aprobación.<br />Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.<br />Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.<br />Rendir periódicamente informe al Rector del plantel sobre el resultado de las actividades académicas y sobre las situaciones disciplinarias de gravedad.<br />Presentar al Rector las necesidades de material didáctico de los departamentos.<br />Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 55. Secretario. Depende del Rector y por autoridad funcional del responsable de la unidad administrativa a la cual se le asigne. Le corresponde realizar trabajos asistenciales en las labores de oficina.<br />Son funciones del Secretario:<br />Organizar y manejar el archivo de su oficina.<br />Atender al público que le solicite información del plantel.<br />Recibir, clasificar y archivar la correspondencia y demás documentos que le sean confiados.<br />Tomar dictados y realizar transcripciones mecanográficas.<br />Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.<br />Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 56. Pagador. Depende del Rector. Le corresponde manejar los fondos del plantel y registrar las operaciones en los libros respectivos. De él depende el personal auxiliar asignado a la Pagaduría. <br />Son funciones del Pagador:<br />Planear y programar las actividades de su dependencia.<br />Colaborar con el Rector en la elaboración de los anteproyectos de presupuesto.<br />Participar en los Comités en que sea requerido.<br />Rendir los informes sobre el manejo de los recursos financieros de la Institución, en colaboración con el contador y el rector.<br />Manejar las cuentas corrientes y llevar los libros reglamentarios, de acuerdo con las normas vigentes.<br />Elaborar los boletines diarios de caja y bancos.<br />Hacer las conciliaciones bancarias y el balance mensual.<br />Enviar mensualmente la rendición de cuentas y estado de ejecución     presupuestal a la Contraloría y a la unidad administrativa de la cual depende el plantel.<br />Liquidar y pagar las cuentas de cobro de obligaciones contraídas con el plantel y las nóminas del personal y girar los cheques respectivos.<br />Hacer los descuentos de Ley y los demás que sean solicitados por autoridad competente o por el interesado y enviarlos oportunamente a las entidades correspondientes.<br />Registrar y tener en cuenta las novedades de personal.<br />Expedir constancias del pago, descuentos y certificados de paz y salvo del personal.<br />Llevar el control de los pagos efectuados al personal.<br />Remitir anualmente a la División de Personal del Ministerio de Educación Nacional o a la Institución respectiva el reporte de cesantía.<br />Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y presentar oportunamente informe al Rector.<br />Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y materiales confiados a su manejo.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 57. Auxiliar administrativo (Bibliotecario). Depende del Rector. Le corresponde administrar servicios de biblioteca.<br />Son funciones del Bibliotecario:<br />Elaborar el plan anual de actividades y presentarlo al Rector para su aprobación.<br />Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo al Rector para su aprobación.<br />Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y alumnos sobre la adecuada utilización de la biblioteca.<br />Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico.<br />Establecer y mantener intercambio bibliográfico con entidades nacionales y extranjeras.<br />Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su utilización.<br />Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados.<br />Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informe oportuno al Rector.<br />Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.<br />Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 58. Auxiliar de servicios generales. Depende del Rector. Le corresponde atender el mantenimiento y aseo de la planta física, equipos e instrumentos de trabajo.<br />Son funciones del Auxiliar de Servicios Generales:<br />Responder por el aseo y cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas.<br />Responder por los elementos utilizados para la ejecución de las tareas.<br />Informar sobre cualquier novedad en la zona o en los equipos bajo su cuidado.<br />Colaborar en las actividades de la cafetería cuando ésta sea administrada por el plantel.<br />Preparar los terrenos para las siembras.<br />Realizar las siembras y velar por el buen estado del cultivo.<br />Recolectar los productos y colaborar en su almacenamiento.<br />Cuidar de los semovientes.<br />Informar a su inmediato superior sobre las anomalías e irregularidades que se presenten.<br />Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 59. Celador. Depende del Rector. Le corresponde realizar tareas de vigilancia de los bienes del plantel.<br />Son funciones del Celador:<br />Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que le hayan asignado.<br />Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y objetos del plantel.<br />Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente de las anomalías detectadas.<br />Velar por la conservación y seguridad de los bienes del plantel.<br />Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia.<br />Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas.<br />Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />COMITÉS Y ASOCIACIONES (Modificado por el Decreto 1860-94)<br />Artículo 60. Asociación de Ex alumnos. A la Asociación de Egresados le corresponde apoyar los programas de mejoramiento de la Institución.  Está conformada por los alumnos egresados del plantel.<br />Son funciones de la Asociación de Egresados:<br />Establecer su organización y reglamentación interna.<br />Apoyar los programas del plantel a través de aportes técnicos, profesionales y otros.<br />Colaborar con la Institución para el mejoramiento del currículo, aportando ideas basadas en sus experiencias.<br />Coordinar con el plantel la consecución de servicios de actualización y empleo para los egresados.<br />TITULO VIII<br /> EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN<br />El Honorable Consejo Directivo de la Institución Educativa Santa Rosa en uso de sus facultades legales, en especial las atribuidas por la ley 115 de 1994 y sus decretos reglamentarios, el artículo 17 del decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 y  considerando:<br />Que es deber reglamentar la Evaluación y Promoción de los procesos de enseñanza -aprendizaje en la Institución Educativa Santa Rosa.<br />Que todas las Instituciones Educativas deben construir un Sistema Institucional de Evaluación y Promoción, dentro del marco legal Decreto No. 1290 de abril 16 de 2009.<br />Que es de vital importancia para la Institución identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del Estudiante para valorar sus avances que faciliten su Promoción. <br />Que es deber proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos desarrollados en la Institución Educativa de Santa Rosa.<br />Que es deber suministrar información que permita implementar Estrategias Pedagógicas de apoyo a los Estudiantes que presentan debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.<br />RESUELVE:<br />Definir, Adoptar y Divulgar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes de la Institución Educativa Santa Rosa.<br />Incorporar en el Proyecto Educativo Institucional los Criterios, Procesos y Procedimientos de Evaluación y Promoción.<br />Crear la Comisión de Apoyo y Seguimiento a la Evaluación y Promoción(CASEP) para haga el seguimiento de los Procesos de Evaluación y Promoción de los estudiantes de la Institución Educativa Santa Rosa  <br />Publicar en un lugar visible el Sistema Institucional de Evaluación para que sea conocido por toda la Comunidad Educativa. <br />CAPITULO I<br />CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN Y LA PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SANTA ROSA <br />En la Institución Educativa Santa Rosa, la evaluación del estudiante debe permitir conocer los avances en su desarrollo integral como sujeto en formación, esto es: cognitivo, social/comunitario, afectivo, físico y ético. Este conocimiento en relación al desarrollo alcanzado, es una búsqueda con el propósito de promover su potencial y la superación de las dificultades que se encuentren en el proceso.<br />Artículo 61. La Evaluación del aprendizaje tendrá como finalidad principal el mejoramiento de la calidad de la educación que brinda nuestra institución educativa, en tanto que deberá propiciar o fundamentar:<br />La retroalimentación permanente y sistemática requerida para mejorar los procesos de enseñanza y de aprendizaje.<br />El conocimiento sobre el nivel de competencia alcanzado por los estudiantes respecto de aprendizajes considerados esenciales.<br />La identificación y atención tanto de los alumnos que presentan insuficiencias     y rezagos, como de los destacados, por lo que será la base para la atención diferenciada de necesidades y expectativas de los estudiantes.<br />La reflexión continua, tanto particular como colectiva, sobre la explicación de los resultados de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.<br />El diseño e implementación de planes de mejoramiento académico por área y curso.<br />Artículo 62. La evaluación del aprendizaje es uno de los principales sustentos para la definición de las políticas educativas en la institución, de los planes de mejoramiento y la base para la rendición de informes a la Secretaría de Educación Municipal y otras instancias.<br />Artículo 63. La evaluación del aprendizaje es un proceso inherente a nuestro acto educativo, caracterizada por ser integral, formativa, cualitativa, sistemática, flexible, rigurosa y continua; orientada a conocer, explicar y emitir juicios sobre el proceso de adquisición de los aprendizajes de los alumnos. <br />Integral, porque debe tomar en cuenta conocimientos, habilidades, actitudes y valores a fin de obtener una visión global de los logros del alumno, de acuerdo con la formación que se persigue en la Institución.<br />Formativa, en tanto que debe orientarse a mejorar la calidad de la educación que se brinda a los alumnos.<br />Cualitativa, en tanto que no debe limitarse sólo a comprobar los objetivos alcanzados, sino proponerse el conocimiento y la explicación de los aspectos que subyacen a los logros y los problemas.<br />Sistemática y rigurosa, porque debe proporcionar información significativa, válida, confiable y oportuna para conocer y describir, tanto cualitativa como cuantitativamente el nivel de competencias alcanzados por el o los alumnos.<br />Continua, en tanto que debe realizarse en forma permanente, a lo largo de un curso o de un ciclo, a fin de reorientar adecuada y oportunamente los procesos.<br />Flexible, en tanto considera y contempla las particularidades de los estilos, ritmos de aprendizaje y excepcionalidades de los estudiantes. <br />Artículo 64. Cada docente debe establecer AL INICIO DE CADA PERIODO los medios, formas y fechas para la evaluación, dándolas a conocer a sus estudiantes.  De esta forma actuamos con justicia al enterar sobre la evaluación a los estudiantes y nos ajustamos a la programación del tiempo en cada periodo académico.<br />Artículo 65. Las planillas de registro escolar de valoración (calificador) y el control de asistencia deben diligenciarse por separado y estar disponibles en todo momento para su análisis, consulta y revisión.<br />Artículo 66. La evaluación de los estudiantes de los programas de Aceleración de los aprendizajes, Aprendizajes Básicos y Educación para adultos, se hará siguiendo los mismos criterios y procesos, respetando las particularidades y necesidades especiales. No obstante, para la ubicación de estudiantes que no posean documentos, se procederá a realizar una evaluación diagnóstica que permita establecer el nivel de desarrollo en que se encuentra para asignarlo al aula o programa respectivo.<br />Artículo 67. Los estudiantes que provengan de otros países y/o que posean certificados sin valoración en algunas áreas, serán evaluados conforme a la ley y a las orientaciones del jefe de núcleo o de quien haga sus veces.<br />Artículo 68. En todo caso, los resultados de la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes deben estar basados en evidencias claras e irrefutables. Por tal razón, éstas pueden ser revisadas a solicitud motivada de los estudiantes, sólo si presentan todas las evidencias del proceso que se ha seguido en clase (evaluaciones, trabajos, talleres, ensayos, etc.).  Para ello se seguirá el debido proceso y el conducto regular.<br />Artículo 69. La evaluación de los aprendizajes realizada por los docentes en el aula, privilegiará las pruebas tipo Icfes (solución de problemas, presentación de propuestas, etc.), la presentación de ensayos críticos y todas aquellas formas que superen la mirada memorística del aprendizaje.<br />Artículo 70. La Institución programará evaluaciones tipo Icfes al finalizar el segundo y cuarto periodo, las cuales tendrán un valor del 20% de los respectivos periodos para efectos de las valoraciones de los mismos.<br />Artículo 71. La Institución diseñara un proceso encaminado a fortalecer la evaluación de los aprendizajes a través de proyectos que vinculen varias áreas.<br />Artículo 72. El informe de evaluación debe expresar los niveles de desarrollo cognitivo, procedimental y actitudinal de cada estudiante.<br />Artículo 73. Toda evaluación debe ser objeto de revisión entre los estudiantes y los docentes, con el propósito de analizar los errores y aciertos, para explicar las razones de los resultados y proyectar los planes de mejoramiento de cada área.<br />Nota: Cualquier situación que no pueda resolverse desde los criterios aquí establecidos, deberá ser tramitada ante el consejo académico y/o directivo.<br />Artículo 74. Criterios para la Elección de los Estudiantes Excelentes. Para la elección de los estudiantes con excelencia que van a recibir reconocimientos por su desempeño se tendrá en cuenta:<br />Los resultados académicos arrojados por el sistema.<br />En caso de empate entre dos (2) o más estudiantes, se observarán aspectos como: compromiso con su institución, compañerismo, solidaridad etc.<br />El mejor estudiante de cada curso recibirán una beca del 100% en costos educativos. Los segundos puestos, recibirán una beca del 50%, los demás recibirán una mención de honor.<br />Los Comités de Apoyo y Seguimiento a la Evaluación de los Aprendizajes (CASEP) deberán elaborar el listado debidamente firmado durante la reunión convocada para tal fin, de los estudiantes promovidos, reprobados o con promoción pendiente al finalizar cada año lectivo conforme al cronograma institucional. El acta de esta reunión será entregado de inmediato a la coordinación respectiva.<br />Parágrafo. En caso de que el estudiante becado se retire de la institución, este beneficio se extenderá al estudiante con mejor desempeño del curso.<br />Artículo 75. Sobre Evaluaciones Extemporáneas. Son aquellas pruebas, actividades, etc., que un estudiante presenta fuera de la fecha programada para tal fin, por razones de incapacidad médica o calamidad doméstica comprobada. <br />Artículo 76. Para hacer uso del derecho de presentar las evaluaciones extemporáneas el estudiante deberá:<br />Presentar a su regreso a la institución y de manera inmediata, la excusa médica o por calamidad doméstica a los respectivos docentes quienes asignarán una nueva fecha para las evaluaciones.<br />Radicar la excusa firmada en la Coordinación, desde donde se remitirá a la Hoja de Vida del estudiante.<br />En caso de no llegar a un acuerdo entre el profesor y el estudiante, el Coordinador fijará la fecha.<br />Artículo 77. Criterios para la Promoción de los Estudiantes. Coherente con la finalidad de la evaluación y con el propósito institucional de promover el desarrollo de todo el potencial de nuestros estudiantes en forma integral, entendemos la promoción en dos sentidos:<br />Como proceso de análisis permanente de los resultados de los estudiantes para la formulación de planes de apoyo y mejoramiento.<br />Como momento en la toma de decisiones sobre la aprobación o no  de las áreas o del año lectivo, conforme a los resultados finales, al cumplimiento con los compromisos adquiridos y a los apoyos que la institución haya o no ofrecido.<br />Por tanto, los estudiantes que muestren un mejoramiento en su desarrollo integral, deberán ser promovidos al grado siguiente. Esta promoción debe contemplar el desarrollo cognitivo, físico y en general, en cada una de las dimensiones antes mencionadas.<br />Artículo 78. Serán objeto de promoción los estudiantes, aquellos que:<br />Aprueben la totalidad de las áreas con desempeños básicos, alto o superior.<br />Reprueben hasta 2 áreas de las contempladas en el pensum de cada año.<br />Que a criterio de la comisión de evaluación tenga situaciones excepcionales que lo ameriten.<br />Artículo 79. Reprobación. Por el contrario y, buscando un mejoramiento en el desempeño general de los estudiantes en las evaluaciones internas y externas, se establecen las siguientes causales de reprobación:<br />La reprobación de 3 o más áreas contempladas en el pensum de cada año.<br />La inasistencia injustificada al 15% o más de las clases programadas para el año escolar.<br />La reprobación del área de especialidad en los grados 9°,10° y 11°. Esto debido a que es nuestra única modalidad de estudios. <br />La reprobación por segunda vez consecutiva de 2 o más de las mismas áreas, al finalizar el año lectivo.<br />Parágrafo 1. Los estudiantes no promovidos y que se encuentren repitiendo el año escolar, se incluirán en actividades proyectadas por las comisiones de evaluación y promoción, las cuales deberán realizarse durante el primer periodo, a fin de evaluar la posible promoción anticipada.<br />Artículo 80. Promoción Pendiente. Es el aplazamiento de la promoción de un estudiante, lo cual se puede presentar en uno de los siguientes casos.<br />Cuando el estudiante se encuentra con incapacidad médica comprobada por un periodo de tiempo que le impide cumplir con los compromisos propios de su formación.<br />Cuando la coordinación y/o la comisión de evaluación ha otorgado permiso especial para ausentarse a cumplir con situaciones personales o familiares urgentes o actúe como deportista o delegado de la institución en algún evento que le impida cerrar su proceso evaluativo en el año escolar.<br />Artículo 81. Promoción Anticipada. Es la promoción de los estudiantes antes de finalizar el año lectivo. Esta puede ser aplicada en algunas de las siguientes situaciones:<br />Cuando el (la) estudiante, habiendo sido evaluados por las comisiones de evaluación de cada grado, presentan un nivel de desarrollo superior en cada una de las dimensiones señaladas con anterioridad.<br />Cuando al reiniciar un año lectivo, el (la) estudiante es evaluada por los docentes (durante el primer periodo) y presenta un desempeño superior en todas las áreas. Este caso debe ser reportado a la comisión de evaluación y promoción y luego al consejo académico para la aprobación de la promoción anticipada. Deberá dejarse acta de la reunión y producirse el respectivo certificado de estudio (hoy constancia de desempeño) lo que legalizará la promoción y dará fin al proceso.<br />CAPITULO II<br />ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL <br />Artículo 82. Las valoraciones de los estudiantes y el reporte del boletín en cada una de las áreas y de los periodos, se realizarán mediante el uso de una escala numérica en orden ascendente del 1 al 5 con la siguiente equivalencia respecto de la escala nacional:<br />Desempeño Superior……………………… desde 4.6 hasta   5.0   90 al 100 %<br />Desempeño Alto        ……………………….desde 4.0 hasta   4.5   80 al 89 %<br />Desempeño Básico…………………………desde 3.0 hasta    3.9   60 al 79 %<br />Desempeño Bajo……………………………desde 1.0  hasta    2.9   1 al 59 %<br />En todo certificado de estudios (constancias de desempeño), deberá fijarse en lugar visible la escala de equivalencia entre la escala Institucional y la escala Nacional.<br />Artículo 83. Caracterización de los Niveles de Desempeño según la Escala de Valoración.<br />Desempeño Superior: <br />Obtención del 100% de la Competencia Básica, Laboral y Ciudadana.<br />Alcance del 100 % de los Estándares definidos por el área.<br />Desempeño Alto:<br />Obtención del 80 % de la Competencia Básica, Laboral y Ciudadana.<br />Alcance del 80% de los Estándares definidos por el área.<br />Presentación de más o menos un 20% de Acciones de Mejoramiento.<br />Desempeño Básico:<br />Obtención del 60% de la Competencia Básica, Laboral y Ciudadana.<br />Alcance del 60 % de los Estándares definidos por el área.<br />Presentación de menos de un 40% de acciones de mejoramiento.<br />Desempeño Bajo:<br />No obtención de al menos el 60% de la Competencia Básica, Laboral y Ciudadana.<br />No alcance de al menos un 60% de los Estándares definidos por el área.<br />La no presentación o pérdida de las acciones de mejoramiento prescritas durante el Periodo Académico.<br />
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  • 1. CAPITULO V<br />DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR<br />Artículo 43. Principios que orientan toda actitud personal dentro de la Institución Educativa:<br />Dignidad humana: Es el eje fundamental de los derechos humanos, hace que la persona sea el centro de toda actividad institucional y social.<br />El interés general prima sobre el individual: Los criterios unificados en la colectividad favorecen y enriquecen la vida de la institución a la hora de tomar decisiones.<br />Diversidad cultural: Reconocimiento de las diferentes formas étnicas y culturales para fortalecer las raíces propias de la persona, como parte esencial de una renovación escolar.<br />Democracia: Se hace realidad a través del gobierno escolar manifestándose en la participación amplia y efectiva en todos los estamentos educativos.<br />Pluralismo: Debe enfocarse en el respeto por las diferencias y tendencias de tipo generacional, cultural, de género, político, ideológico y religioso.<br />Solidaridad: Es asumir una responsabilidad compartida, colaborativa, de trabajo en equipo, para brindar solución a problemas que competen a todos.<br />Debido proceso: Según el artículo 29 de la Constitución Nacional todo acto que conlleve correctivos debe seguir unos pasos.<br />Diversidad sexual: Implica el respeto por las orientaciones sexuales de las personas sin ridiculización de su opción por ningún medio, ni interrupción de sus deberes y derechos.<br />La aplicación de toda decisión correctiva busca en primer lugar la formación del ser humano, para ello podrán desarrollarse acciones pedagógicas y disciplinarias cuando sea necesario.<br />Se tendrán en cuenta los principios de la justicia restaurativa.<br /> Artículo 44. Siete aprendizajes básicos para la convivencia escolar<br />Para construir un orden donde todos los miembros de la comunidad educativa podamos ser felices, debemos:<br />Aprender a no agredir al congénere: base de toda convivencia social, no debe hacerse ni psicológica ni físicamente.<br />Aprender a comunicarnos: base de la autoafirmación personal y grupal, conversando y reconociendo al otro se crean mejores condiciones para la convivencia.<br />Aprender a interactuar: base de los modelos de relación social. Es la posibilidad de acercarse y compartir con el otro en la diferencia de percepciones.<br />Aprender a decidir en grupo: base de la política y de la economía. La concertación participativa es la condición para decidir intereses en grupo.<br />Aprender a cuidarnos: base de los modelos de salud y seguridad social, creando una cultura de cuidado del cuerpo y de las condiciones de vida propia y de los otros.<br />Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. Es posible convivir socialmente si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del planeta.<br />Aprender a valorar el saber cultural y académico: base de la evolución social y cultural. Definido como el conjunto de conocimientos, prácticas destrezas, habilidades, procedimientos, valores, ritos y sentidos, que permiten a una sociedad sobrevivir, convivir y proyectarse.<br />Artículo 45. Normas de convivencia escolar<br />Conocer y cumplir las normas de convivencia.<br />Responder positivamente a la formación humanista que ofrece la institución.<br />Usar el uniforme de diario y de educación física con orden y decoro: las estudiantes falda verde a cuadros con prenses, cierre a lado izquierdo, desde la cintura hasta la parte media de la rodilla, medias blancas largas, zapatos negros escolar y blusa blanca con el escudo al lado izquierdo, camisilla de fondo (opcional) blanca sin estampado. Los estudiantes pantalón de lino verde caña, medias blancas, zapatos negros colegial, camisa blanca con el escudo al lado izquierdo (debe ir por dentro del pantalón), camisilla de fondo (opcional) blanca sin estampado; el de educación física para estudiantes en general sudadera verde con el logotipo de la institución en el lado izquierdo, sin entubar; camiseta blanca con listones verde, rojo y azul; zapatos deportivos y medias blancas.<br />Conservar el orden y el silencio en formaciones en general, salón de clase, en actos comunitarios y demás lugares que así lo requieran.<br />Cumplir con las responsabilidades que implica ser elegido como integrante del gobierno escolar.<br />Consumir alimentos en las horas de descanso y nunca durante las horas de clase y otros eventos institucionales.<br />Cumplir con exactitud el horario establecido; permanecer en la institución durante toda la jornada de la mañana o de la tarde. Este será fijado en lugar visible y comunicado a los padres por la dirección de la Institución Educativa.<br />Solicitar al coordinador o rector los permisos necesarios para ausentarse, llegar tarde o no asistir al plantel, estos deben ser solicitados directamente por padres o acudientes por escrito y debidamente firmado con número telefónico y número de cédula.<br />Ser retirado de la institución temporal o definitivamente por los padres o acudientes en forma personal y por causas justificadas.<br />Permanecer en el salón de clase, así no haya profesor, y acatar las observaciones hechas por el monitor o representante de grupo (no permanecer por fuera del aula de clase, baños, ni en los corredores).<br />No asumir comportamiento agresivo físico o verbales en contra de otros dentro y fuera de la institución, respetando las diferencias individuales.<br />Permanecer durante los descansos en los sitios previamente determinados para ello, manteniendo el orden, aseo, la tranquilidad y los buenos modales en el patio central.<br />Acatar las normas al subir y bajar por las gradas.<br />No portar ni distribuir en la institución elementos como: CD, casetes, videos, juegos electrónicos, radios, grabadoras, walkman, material pornográfico, celulares y otros, si no son acordes con el carácter educativo.<br />No realizar dentro de la institución ni en jornada escolar actividades tendientes al lucro económico.<br />Evitar conversaciones que interrumpan clase (gritos, silbidos, palabras soeces u otros).<br />Conservar el orden y aseo en la planta física.<br />Respetar y cuidar todas las fuentes de información de la biblioteca, bibliobanco, de la dependencia de recursos, emisora, carteleras, comunicaciones y material didáctico.<br />Evitar perder tiempo o hacerlo perder a sus compañeros durante las clases.<br />Abstenerse de portar y consumir cigarrillos o sustancias psicoactivas.<br />Evitar practicar juegos bruscos que atenten contra la integridad física.<br />No practicar deportes o juegos en sitios que no sean asignados para estas actividades (corredores, oasis, aulas, baños u otros)<br />Permanecer en el aula hasta que suene el timbre o reciba autorización de un profesor para salir de ella.<br />Responder a las actividades que se encomiendan en forma individual o comunitaria.<br />Respetar a compañeros y profesores sin ponerles apodos o utilizando amenazas verbales, telefónicas, escritas o insultos gestuales.<br />Permanecer fuera del aula de clase durante el descanso, actos culturales y cívicos. <br />Estar completamente atento a las orientaciones dadas por el rector, coordinadores, en los buenos días (reflexión de la mañana).<br />Evitar entrar a la sala de docentes sin autorización.<br />Firmar toda nota de convivencia escolar o académica que se le entregue o envíe a sus padres y/o acudientes.<br />Se prohíbe el porte de todo tipo de armas o la utilización de los útiles escolares para dicho fin.<br />Respetar las pertenencias ajenas.<br />No falsificar firmas de padres de familia, acudientes, compañeros, docentes o directivos.<br />Cuidar la decoración, carteleras o avisos que se exhiban para informar o complementar el proceso formativo.<br />Usar adecuadamente el carné, evitando prestarlo o recibirlo prestado, portarlo en todo momento y presentarlo cuando se le solicite en buen estado.<br />Reconocer y aceptar la ayuda que le proporcionan los compañeros, docentes y personas afines al proceso educativo.<br />Celebrar los cumpleaños sin tirar huevos, harina, agua u otros materiales que sean desagradables.<br />Guardar lealtad con la institución y sus miembros, evitando comentarios y conductas que lesionen su buen nombre.<br />Ser testimonio de valores.<br />Cumplir los turnos de aseo asignados.<br />Respetar las filas o turnos para la compra de los alimentos en la tienda.<br />Comprar en la tienda sólo en los descansos.<br />Informar al rector y/o coordinador oportunamente las irregularidades que se presenten en los diferentes servicios institucionales.<br /> <br />CAPITULO VI<br />DE LAS ACCIONES PEDAGÓGICAS DE ACUERDO CON LAS NORMAS DE CONVIVENCIA<br />Serán principios institucionales educar para la convivencia pacífica, la tolerancia, la diversidad cultural y la justicia restaurativa. Asumiendo actitudes no punitivas y restaurativas del derecho.<br />CLASIFICACIÓN DE LOS COMPORTAMIENTOS QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR.<br />Cuando algún comportamiento afecte la convivencia escolar, la solución del mismo debe abordarse desde el diálogo, el consenso y la restauración, atendiendo el debido proceso.<br />Artículo 45. Falta leve. Son aquellas que importunan la sana convivencia y los procesos académicos, siendo causadas por la ligereza en el momento de actuar. No denotan hábitos o posturas definitivas. Pueden dialogarse personalmente con estrategias formativas o de conciliación y se atenderán con recomendaciones escritas. Si la acción es repetitiva, será considerada falta grave. <br />Algunas faltas consideradas como leves:<br />Impuntualidad en las actividades institucionales.<br />Realización de actividades diferentes a las asignadas.<br />Arrojar basuras al piso y no mantener el aseo.<br />Consumir alimentos en clase o en actos institucionales sin autorización.<br />Interrupciones con charlas, ruidos, gestos y risas estridentes.<br />Entrar y/o permanecer en las aulas en horas de descanso sin autorización.<br />No presentar excusas ante las faltas de asistencia.<br />Uso indebido del uniforme.<br />Uso de vocabulario soez.<br />Mala utilización de bienes, materiales o muebles pertenecientes a la institución.<br />Falta de higiene personal.<br />Portar en la institución elementos como: Cd, casetes, videos, juegos electrónicos, radios, grabadoras, walkman, material pornográfico, celulares y otros si no son acordes con el carácter educativo.<br />No portar el carné estudiantil.<br />Realizar compras de la calle por mallas y/o agujeros de la institución.<br />Realizar dentro de la institución y en jornada escolar actividades tendientes al lucro económico personal.<br />No cumplir a cabalidad con las actividades que se asignan en forma individual o comunitaria.<br />Causar daño a la decoración, carteleras o avisos que se exhiban para informar o complementar el proceso formativo sin intención de hacerlo.<br />Entrar a la sala de docentes sin autorización.<br />Manifestaciones y expresiones excesivas de afecto.<br />Celebrar los cumpleaños tirando huevos, harina, agua u otros materiales durante la jornada escolar.<br />Artículo 46. Falta grave. Se considera falta grave cuando una actitud o comportamiento atenta contra la integridad física, la salud, la moral y la vida.<br />Algunas faltas consideradas graves:<br />La reincidencia en faltas leves sin evidencia de cambio en los comportamientos, actitudes y disposiciones que violan los deberes y derechos de la comunidad educativa.<br />El porte, el uso, tráfico de cualquier tipo de arma dentro de la institución ó en las actividades escolares.<br />El uso inadecuado de los útiles escolares como armas.<br />Atentar contra la propiedad ajena o de la institución.<br />Adulterar y/o falsificar valoraciones, libros administrativos, documentos e informes.<br />Amenazas verbales o escritas en cualquiera de sus formas a miembros de la comunidad educativa.<br />Causar daño a muebles o enseres como: equipos de laboratorio, tecnológicos (computadores, video beam, grabadoras, equipo de sonido) etc., y planta física de la institución.<br />Porte, tráfico y/o consumo de sustancias psicoactivas (alcohol, cigarrillo, alucinógenos y medicamentos en general) en la institución o fuera de ella.<br />Presentarse a la institución bajo efecto de sustancias psicoactivas.<br />Practicar o inducir a otras personas al ejercicio de la prostitución.<br />Incitar, provocar o participar de cualquier acto de agresión física o verbal.<br />Promover o participar en juegos de suerte o azar dentro de la institución.<br />Irrespeto a los símbolos institucionales, patrios o religiosos.<br />Tratar a compañeros y docentes con apodos hirientes o usar expresiones corporales insultantes.<br />Todo acto calificado como delito penalizado por las leyes colombianas. <br />Retener en la institución contra su voluntad a cualquiera de sus miembros.<br />Ausentarse del aula sin autorización.<br />No acatar instrucciones propias para el uso de la cafetería, salas y espacios comunes.<br />Permanecer en lugares diferentes a los estipulados por la institución en horas escolares.<br />No acatar las orientaciones dadas por directivos, docentes y/o personal administrativo. <br />Artículo 47. Estrategias de formación. En todo caso e independientemente de las acciones correctivas a las que haya lugar, la institución educativa parte del concepto de que todo error debe convertirse en un acto de aprendizaje y formación antes que en una sanción permitiendo ayudar a la comunidad educativa en su proceso de desarrollo integral:<br />Diálogo formativo y negociación directa con la autoridad inmediata acerca de la restitución, si es posible, del daño causado.<br />Comunicación permanente por parte del docente con el padre de familia o acudiente cuando es un estudiante.<br />Jornadas de capacitación en torno a temas de mayor ocurrencia de comportamientos que afecten la convivencia escolar posibilitando fortalecer valores humanos, cívicos y ciudadanos orientados desde el ámbito académico y de convivencia.<br />Intervención en comisión de evaluación de la convivencia escolar con el ánimo de favorecer estados actitudinales propositivos.<br />Orientación profesional, personal o grupal de acuerdo con el caso.<br />Realización de un proyecto de bienestar social de aprendizaje respecto a los hechos presentados y debidamente consensuado entre estudiante, acudiente, docente y coordinación de convivencia o en comisión de convivencia escolar.<br />Artículo 48. La Mediación escolar como mecanismo alternativo en la solución de conflictos escolares. Es un mecanismo para el trámite de los conflictos a través del cual, dos o más estudiantes gestionan por sí mismos la solución de sus diferencias con el apoyo de un tercer estudiante neutral y calificado llamado mediador. <br />A la mediación escolar pueden acogerse aquellos estudiantes que tengan diferencias que los distancian y requieran un tercero para mejorar sus relaciones interpersonales.<br />La mediación escolar puede ser sugerida por cualquier integrante de la comunidad educativa que vea la necesidad de usar esta figura para el trámite de diferencias y acuerdos entre actores escolares. <br />La mediación escolar puede ser utilizada en todas aquellas situaciones que hayan generado o puedan llegar a generar un enfrentamiento entre dos o más estudiantes.<br />Las características de la mediación escolar son:<br />Es un proceso voluntario en el cual son las partes en conflicto quienes toman finalmente la decisión de acogerse o no al proceso.<br />Se da bajo consentimiento informado ya que, en primer lugar, las partes en conflicto y, en segundo lugar, el resto de la comunidad educativa deben conocer en qué consiste la mediación y los beneficios que pueden obtener de lograr un acuerdo.<br />Es cooperativa puesto que los estudiantes que se acojan a la mediación escolar deben cooperar en la solución de su conflicto.<br />Es confidencial siendo los mediadores quienes deben garantizar la mayor discreción. La confidencialidad es una protección cuyos límites son la existencia de peligros reales, en tales casos los mediadores deberán informar al coordinador respectivo.<br />Para proceder a la mediación escolar se debe seguir el siguiente protocolo:<br />Identificación de situaciones:<br />Los docentes y/o mediadores identifican una situación entre dos o más estudiantes que pueda llegar a generar un enfrentamiento entre los mismos.<br />El coordinador de la jornada recibe una situación entre dos o más estudiantes que pueda generar o haya generado enfrentamiento entre los mismos.<br />Los interesados solicitan la mediación al coordinador de su jornada.<br />Inicio del proceso de mediación:<br />Si es el docente quien identifica dicha situación deberá informar al coordinador de su jornada para que éste facilite y convoqué a los mediadores que tomarán el caso.<br />Si son los mediadores quienes directamente identifican dicha situación, ofrecen su servicio y si es aceptado por las partes en conflicto inician el proceso.<br />Si el coordinador recibe dicha situación, ofrece el servicio de mediación y si es aceptado por las partes en conflicto convoca a dos mediadores para que tomen el caso.<br />Si los interesados buscan el servicio de mediación el coordinador de su jornada debe facilitar y convocar a dos mediadores para que tomen el caso.<br />Los mediadores aplican la técnica de mediación en un lugar dentro de la institución educativa donde puedan hacerlo de manera tranquila y confidencial.<br />El acuerdo al que se llegue durante el proceso de mediación debe quedar estipulado en el “Acta de mediación” y es de obligatorio cumplimiento para mejorar así las relaciones interpersonales y la convivencia escolar.<br />Para efecto de la determinación de las acciones disciplinarias a seguir el proceso de mediación será tenido en cuenta como atenuante. Quien se acoja a la mediación tendrá beneficios, disminuye la sanción.<br />El acta de mediación quedará en la carpeta de actas de mediación escolar de la respectiva jornada y sede y también dentro del observador de los estudiantes llamados partes en conflicto.<br />Un estudiante tendrá derecho a participar hasta en tres procesos de mediación por la misma situación. Pasado ese límite solo se actuará de acuerdo al procedimiento disciplinario establecido en el artículo 50.<br />Artículo 49. Sobre la valoración en convivencia escolar.<br />Cuando no hay anotaciones por faltas leves para un estudiante en el observador de convivencia escolar, su valoración es Superior (S) en la convivencia escolar durante el período académico.<br />La anotación de 1 ó 2 faltas leves durante el periodo académico amerita convivencia escolar Alto (A).<br />La anotación de 3 ó 4 faltas leves durante el periodo académico amerita convivencia escolar Básico (BA).<br />La anotación de 1 ó 2 faltas Graves durante el periodo académico amerita una valoración de Bajo (B) en la convivencia escolar.<br />Artículo 50. Debido proceso para faltas graves.<br />Procedimiento con acciones pedagógicas correctivas que deben ejecutarse de acuerdo con la filosofía institucional, el conducto regular, el cumplimiento del Art.29 de la Constitución Nacional y la Ley General de Educación 115 de 1994 y las normas de convivencia escolar consignadas<br />Diálogo entre los estudiantes o docentes con quienes se presenten la dificultad.<br />Notificación y diálogo con el estudiante, padre de familia o acudiente, docente y coordinador de convivencia acerca del caso, donde se define conjuntamente y de acuerdo con las normas de convivencia escolar la tipología de la falta y la acción correctiva que le corresponde, todo esto con base en el ejercicio de la conciliación pacifica de conflictos y estrategias de formación.<br />Las personas tienen derecho a ser escuchados en forma verbal o escrita al igual que a hacer uso de los recursos de reposición y apelación (en término de 3 días) con el fin de comprobar si la falta que se le imputa es o no verdadera.<br />El debido proceso se hará por escrito, dejando constancia en el observador de convivencia escolar, en la hoja de vida o actas motivadas debidamente firmadas como señal de aceptación de las decisiones tomadas de acuerdo con el conducto regular y las normas de convivencia.<br />Acción correctiva en un periodo por la falta grave cometida y no por otra: se procede a la suspensión de un (1) día escolar con valoración de convivencia Básico (BA).<br />La repetición de una falta grave en cualquier periodo aumenta progresivamente los días de suspensión hasta cinco (5) con valoración de convivencia escolar Bajo (B).<br />La suspensión se puede cumplir con labor institucional según el caso y de acuerdo con los padres de familia o acudientes.<br />Según la gravedad de la falta o cuando se ajustan 5 días de suspensión el caso es remitido a la comisión de convivencia escolar o rectoría por parte de la coordinación de convivencia, el registro valorativo para la convivencia escolar para ese periodo es Bajo (B).<br />En situación extrema (delitos graves que los penaliza la ley) el caso es remitido al consejo Directivo donde se decide la remisión ante la personería municipal u otra autoridad competente y su continuidad en la institución.<br />En todo caso la institución educativa esta sujeta a la actuación legal, acertada y humana que se le obliga con su comunidad educativa de conformidad con su filosofía institucional.<br />Si el estudiante es de grado once la institución puede reservarse la invitación a ceremonia de grado por ser un acto social pero, se le entregaran los documentos de bachiller en la secretaria de la institución. <br />Nota: Los docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes, personal administrativo y de servicios generales, cuando se ven involucrados en una de las circunstancias anteriores, llevan su debido proceso de acuerdo con sus superiores, normas y leyes establecidas en su contrato laboral y en las leyes de Colombia, sin embargo, es necesario que todo miembro de la Comunidad Educativa conozca y aplique lo consagrado en estas normas de convivencia como ejercicio de la democracia, compromiso e identidad institucional.<br />CAPITULO VII<br />PROCEDIMIENTOS PARA LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS<br />El conflicto tiene su origen en la diversidad de los seres humanos y es motor u oportunidad de cambio y desarrollo tanto personal como social. Se puede definir conflicto como una situación en que existen necesidades, intereses, propósitos y/u objetivos incompatibles o que, al menos, son percibidos así por las partes involucradas. Surge a partir de la diferencia que hay entre dos o más partes.<br />Instancias para el desarrollo del Proceso de mediación:<br />Artículo 51. Recomendaciones para la Resolución de Conflictos<br />Explore pensamientos y sentimientos. Son diferentes en cada persona.<br />Reconocimiento de la diferencia mía y del otro.<br />Respeto por la posición del otro y por la mía.<br />Valoración y validación de ambos como sujetos.<br />Incremento de la tolerancia.<br />Clarifique el origen, estructura y magnitud del problema.<br />Delimito el problema.<br />Mido el alcance de la situación y su grado de afectación.<br />Evito divagaciones o desvíos del tema.<br />Conozco otros puntos de vista que quizás no había contemplado. <br />Posibilite mejor comunicación.<br />Posibilito una comunicación honesta y asertiva.<br />Evito interpretaciones erróneas cerciorándome de que entendí al otro.<br />Argumento mi autoconocimiento.<br />Me hago consciente de mis juicios de valor y desacuerdos. <br />Los sentimientos y emociones le pertenecen a usted y no a otro.<br />Reconozco mis sentimientos y emociones y la de otros.<br />Recobro el control de mis emociones, sentimientos y pensamientos.<br />Llegar a acuerdos.<br />Reconocimiento de mi valía y la del otro como ser humano.<br />Reconocimiento de mi habilidad como negociador.<br />Enriquezco mi perspectiva y percepción.<br />TITULO VI<br /> MEDIOS DE COMUNICACIÓN<br />Comunicación es la capacidad que tiene la especie humana para intercambiar ideas, gustos, sensaciones, emociones, pensamientos, proyectos y saberes. Se manifiesta por la racionalidad, elemento que nos hace diferentes ante las demás criaturas o seres vivientes del planeta tierra; en conjunto, todos estos elementos vienen a ser las comunicaciones, cuyo fin es el acercamiento y el mejoramiento de la convivencia.<br />Los medios de comunicación son herramientas esenciales en la comunidad educativa que le permiten difundir, acercar, socializar normas y acuerdos al interior de la Institución Educativa.<br />Los medios de comunicación son los instrumentos mediante los cuales se informa y se comunica en forma masiva para manifestar lo positivo y lo negativo de un contexto determinado.<br />A pesar de tantas definiciones, podemos sintetizarlo, en la manera eficaz y rápida de transmitir un mensaje para otros, a nivel económico, político, social, etc.<br />Son la representación física de la comunicación en nuestro mundo, es decir, son el canal mediante el cual, la información se obtiene, se procesa y finalmente se expresa o se comunica.<br />Artículo 52. Los medios de comunicación en la Institución Educativa Santa Rosa son:<br />PÁGINA WEB<br />EL PERIODICO ESCOLAR<br />PERIÓDICO MURAL<br />CARTELERAS<br />BOLETIN<br />AGENDA ESCOLAR<br />EMISORA RADIAL<br />MANUAL DE CONVIVENCIA<br />TITULO VII<br /> CARGOS Y FUNCIONES<br />Artículo 53. Rector. Es la primera autoridad Administrativa y Docente de la Institución. Depende del Ministro de Educación Nacional o de la entidad a quien éste delegue la función. Tiene la responsabilidad de lograr que la institución ofrezca los servicios educativos adecuados, para que el educando alcance los objetivos educacionales. De él dependen los Coordinadores y los responsables de los servicios administrativos y de bienestar.<br />Son funciones del Rector:<br />Representar legalmente el Plantel.<br />Presidir los Comités de Administración del Fondo de Servicios Educativos, Directivo y Curricular adscritos a la Rectoría y participar en los demás cuando lo considere conveniente.<br />Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas vigentes.<br />Planear y organizar con los Coordinadores las actividades curriculares de la institución.<br />Establecer canales y mecanismos de comunicación.<br />Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades académicas y administrativas del plantel.<br />Dirigir y supervisar las actividades de bienestar y proyección a la comunidad.<br />Elaborar los anteproyectos de presupuesto ordinario y de fondo de servicios docentes, en colaboración con el Pagador, presentarlos al Ministerio o entidad correspondiente para su aprobación y controlar su ejecución de acuerdo con las normas vigentes.<br />Ordenar el gasto del plantel.<br />Administrar el personal de la institución de acuerdo con las normas vigentes.<br />Administrar los bienes del plantel en coordinación con el Pagador y el Almacenista.<br />Hacer cumplir la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.<br />Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación de la institución y enviar el informe a la entidad administrativa correspondiente.<br />Asignar en ausencia temporal las funciones de rector a uno de los Coordinadores, de acuerdo con las normas vigentes.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 54. Coordinador Depende del Rector del plantel. Le corresponde la administración académica y disciplinaria de la Institución. De él dependen los Jefes de Departamento y por relación de autoridad funcional, los profesores.<br />Son funciones del Coordinador:<br />Participar en el Comité Curricular y en los demás en que sea requerido.<br />Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.<br />Dirigir la planeación y programación académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.<br />Organizar a los profesores por departamentos de acuerdo con las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.<br />Coordinar la acción académica y disciplinaria con la de administración de alumnos y profesores.<br />Establecer canales y mecanismos de comunicación.<br />Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las actividades académicas y disciplinarias.<br />Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar la retención escolar.<br />Programar la asignación académica de los docentes y elaborar el horario general de clases y de disciplina del plantel, en colaboración con los Jefes de Departamento. Presentarlos al Rector para su aprobación.<br />Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.<br />Administrar el personal a su cargo de acuerdo con las normas vigentes.<br />Rendir periódicamente informe al Rector del plantel sobre el resultado de las actividades académicas y sobre las situaciones disciplinarias de gravedad.<br />Presentar al Rector las necesidades de material didáctico de los departamentos.<br />Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 55. Secretario. Depende del Rector y por autoridad funcional del responsable de la unidad administrativa a la cual se le asigne. Le corresponde realizar trabajos asistenciales en las labores de oficina.<br />Son funciones del Secretario:<br />Organizar y manejar el archivo de su oficina.<br />Atender al público que le solicite información del plantel.<br />Recibir, clasificar y archivar la correspondencia y demás documentos que le sean confiados.<br />Tomar dictados y realizar transcripciones mecanográficas.<br />Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.<br />Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 56. Pagador. Depende del Rector. Le corresponde manejar los fondos del plantel y registrar las operaciones en los libros respectivos. De él depende el personal auxiliar asignado a la Pagaduría. <br />Son funciones del Pagador:<br />Planear y programar las actividades de su dependencia.<br />Colaborar con el Rector en la elaboración de los anteproyectos de presupuesto.<br />Participar en los Comités en que sea requerido.<br />Rendir los informes sobre el manejo de los recursos financieros de la Institución, en colaboración con el contador y el rector.<br />Manejar las cuentas corrientes y llevar los libros reglamentarios, de acuerdo con las normas vigentes.<br />Elaborar los boletines diarios de caja y bancos.<br />Hacer las conciliaciones bancarias y el balance mensual.<br />Enviar mensualmente la rendición de cuentas y estado de ejecución presupuestal a la Contraloría y a la unidad administrativa de la cual depende el plantel.<br />Liquidar y pagar las cuentas de cobro de obligaciones contraídas con el plantel y las nóminas del personal y girar los cheques respectivos.<br />Hacer los descuentos de Ley y los demás que sean solicitados por autoridad competente o por el interesado y enviarlos oportunamente a las entidades correspondientes.<br />Registrar y tener en cuenta las novedades de personal.<br />Expedir constancias del pago, descuentos y certificados de paz y salvo del personal.<br />Llevar el control de los pagos efectuados al personal.<br />Remitir anualmente a la División de Personal del Ministerio de Educación Nacional o a la Institución respectiva el reporte de cesantía.<br />Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y presentar oportunamente informe al Rector.<br />Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y materiales confiados a su manejo.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 57. Auxiliar administrativo (Bibliotecario). Depende del Rector. Le corresponde administrar servicios de biblioteca.<br />Son funciones del Bibliotecario:<br />Elaborar el plan anual de actividades y presentarlo al Rector para su aprobación.<br />Elaborar el proyecto de reglamento interno de la biblioteca y presentarlo al Rector para su aprobación.<br />Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y alumnos sobre la adecuada utilización de la biblioteca.<br />Clasificar, catalogar y ordenar el material bibliográfico.<br />Establecer y mantener intercambio bibliográfico con entidades nacionales y extranjeras.<br />Suministrar el material bibliográfico y orientar a los usuarios sobre su utilización.<br />Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados.<br />Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y rendir informe oportuno al Rector.<br />Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.<br />Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, muebles y enseres confiados a su manejo.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 58. Auxiliar de servicios generales. Depende del Rector. Le corresponde atender el mantenimiento y aseo de la planta física, equipos e instrumentos de trabajo.<br />Son funciones del Auxiliar de Servicios Generales:<br />Responder por el aseo y cuidado de las zonas o áreas que le sean asignadas.<br />Responder por los elementos utilizados para la ejecución de las tareas.<br />Informar sobre cualquier novedad en la zona o en los equipos bajo su cuidado.<br />Colaborar en las actividades de la cafetería cuando ésta sea administrada por el plantel.<br />Preparar los terrenos para las siembras.<br />Realizar las siembras y velar por el buen estado del cultivo.<br />Recolectar los productos y colaborar en su almacenamiento.<br />Cuidar de los semovientes.<br />Informar a su inmediato superior sobre las anomalías e irregularidades que se presenten.<br />Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />Artículo 59. Celador. Depende del Rector. Le corresponde realizar tareas de vigilancia de los bienes del plantel.<br />Son funciones del Celador:<br />Ejercer vigilancia en las áreas o zonas que le hayan asignado.<br />Controlar la entrada y salida de personas, vehículos y objetos del plantel.<br />Velar por el buen estado y conservación de los implementos de seguridad e informar oportunamente de las anomalías detectadas.<br />Velar por la conservación y seguridad de los bienes del plantel.<br />Colaborar con la prevención y control de situaciones de emergencia.<br />Consignar en los registros de control las anomalías detectadas en sus turnos e informar oportunamente sobre las mismas.<br />Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.<br />Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.<br />COMITÉS Y ASOCIACIONES (Modificado por el Decreto 1860-94)<br />Artículo 60. Asociación de Ex alumnos. A la Asociación de Egresados le corresponde apoyar los programas de mejoramiento de la Institución. Está conformada por los alumnos egresados del plantel.<br />Son funciones de la Asociación de Egresados:<br />Establecer su organización y reglamentación interna.<br />Apoyar los programas del plantel a través de aportes técnicos, profesionales y otros.<br />Colaborar con la Institución para el mejoramiento del currículo, aportando ideas basadas en sus experiencias.<br />Coordinar con el plantel la consecución de servicios de actualización y empleo para los egresados.<br />TITULO VIII<br /> EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN<br />El Honorable Consejo Directivo de la Institución Educativa Santa Rosa en uso de sus facultades legales, en especial las atribuidas por la ley 115 de 1994 y sus decretos reglamentarios, el artículo 17 del decreto 1860 de 1994, el decreto 1290 y considerando:<br />Que es deber reglamentar la Evaluación y Promoción de los procesos de enseñanza -aprendizaje en la Institución Educativa Santa Rosa.<br />Que todas las Instituciones Educativas deben construir un Sistema Institucional de Evaluación y Promoción, dentro del marco legal Decreto No. 1290 de abril 16 de 2009.<br />Que es de vital importancia para la Institución identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del Estudiante para valorar sus avances que faciliten su Promoción. <br />Que es deber proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos desarrollados en la Institución Educativa de Santa Rosa.<br />Que es deber suministrar información que permita implementar Estrategias Pedagógicas de apoyo a los Estudiantes que presentan debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo.<br />RESUELVE:<br />Definir, Adoptar y Divulgar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los Estudiantes de la Institución Educativa Santa Rosa.<br />Incorporar en el Proyecto Educativo Institucional los Criterios, Procesos y Procedimientos de Evaluación y Promoción.<br />Crear la Comisión de Apoyo y Seguimiento a la Evaluación y Promoción(CASEP) para haga el seguimiento de los Procesos de Evaluación y Promoción de los estudiantes de la Institución Educativa Santa Rosa <br />Publicar en un lugar visible el Sistema Institucional de Evaluación para que sea conocido por toda la Comunidad Educativa. <br />CAPITULO I<br />CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN Y LA PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA SANTA ROSA <br />En la Institución Educativa Santa Rosa, la evaluación del estudiante debe permitir conocer los avances en su desarrollo integral como sujeto en formación, esto es: cognitivo, social/comunitario, afectivo, físico y ético. Este conocimiento en relación al desarrollo alcanzado, es una búsqueda con el propósito de promover su potencial y la superación de las dificultades que se encuentren en el proceso.<br />Artículo 61. La Evaluación del aprendizaje tendrá como finalidad principal el mejoramiento de la calidad de la educación que brinda nuestra institución educativa, en tanto que deberá propiciar o fundamentar:<br />La retroalimentación permanente y sistemática requerida para mejorar los procesos de enseñanza y de aprendizaje.<br />El conocimiento sobre el nivel de competencia alcanzado por los estudiantes respecto de aprendizajes considerados esenciales.<br />La identificación y atención tanto de los alumnos que presentan insuficiencias y rezagos, como de los destacados, por lo que será la base para la atención diferenciada de necesidades y expectativas de los estudiantes.<br />La reflexión continua, tanto particular como colectiva, sobre la explicación de los resultados de los procesos de enseñanza y de aprendizaje.<br />El diseño e implementación de planes de mejoramiento académico por área y curso.<br />Artículo 62. La evaluación del aprendizaje es uno de los principales sustentos para la definición de las políticas educativas en la institución, de los planes de mejoramiento y la base para la rendición de informes a la Secretaría de Educación Municipal y otras instancias.<br />Artículo 63. La evaluación del aprendizaje es un proceso inherente a nuestro acto educativo, caracterizada por ser integral, formativa, cualitativa, sistemática, flexible, rigurosa y continua; orientada a conocer, explicar y emitir juicios sobre el proceso de adquisición de los aprendizajes de los alumnos. <br />Integral, porque debe tomar en cuenta conocimientos, habilidades, actitudes y valores a fin de obtener una visión global de los logros del alumno, de acuerdo con la formación que se persigue en la Institución.<br />Formativa, en tanto que debe orientarse a mejorar la calidad de la educación que se brinda a los alumnos.<br />Cualitativa, en tanto que no debe limitarse sólo a comprobar los objetivos alcanzados, sino proponerse el conocimiento y la explicación de los aspectos que subyacen a los logros y los problemas.<br />Sistemática y rigurosa, porque debe proporcionar información significativa, válida, confiable y oportuna para conocer y describir, tanto cualitativa como cuantitativamente el nivel de competencias alcanzados por el o los alumnos.<br />Continua, en tanto que debe realizarse en forma permanente, a lo largo de un curso o de un ciclo, a fin de reorientar adecuada y oportunamente los procesos.<br />Flexible, en tanto considera y contempla las particularidades de los estilos, ritmos de aprendizaje y excepcionalidades de los estudiantes. <br />Artículo 64. Cada docente debe establecer AL INICIO DE CADA PERIODO los medios, formas y fechas para la evaluación, dándolas a conocer a sus estudiantes. De esta forma actuamos con justicia al enterar sobre la evaluación a los estudiantes y nos ajustamos a la programación del tiempo en cada periodo académico.<br />Artículo 65. Las planillas de registro escolar de valoración (calificador) y el control de asistencia deben diligenciarse por separado y estar disponibles en todo momento para su análisis, consulta y revisión.<br />Artículo 66. La evaluación de los estudiantes de los programas de Aceleración de los aprendizajes, Aprendizajes Básicos y Educación para adultos, se hará siguiendo los mismos criterios y procesos, respetando las particularidades y necesidades especiales. No obstante, para la ubicación de estudiantes que no posean documentos, se procederá a realizar una evaluación diagnóstica que permita establecer el nivel de desarrollo en que se encuentra para asignarlo al aula o programa respectivo.<br />Artículo 67. Los estudiantes que provengan de otros países y/o que posean certificados sin valoración en algunas áreas, serán evaluados conforme a la ley y a las orientaciones del jefe de núcleo o de quien haga sus veces.<br />Artículo 68. En todo caso, los resultados de la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes deben estar basados en evidencias claras e irrefutables. Por tal razón, éstas pueden ser revisadas a solicitud motivada de los estudiantes, sólo si presentan todas las evidencias del proceso que se ha seguido en clase (evaluaciones, trabajos, talleres, ensayos, etc.). Para ello se seguirá el debido proceso y el conducto regular.<br />Artículo 69. La evaluación de los aprendizajes realizada por los docentes en el aula, privilegiará las pruebas tipo Icfes (solución de problemas, presentación de propuestas, etc.), la presentación de ensayos críticos y todas aquellas formas que superen la mirada memorística del aprendizaje.<br />Artículo 70. La Institución programará evaluaciones tipo Icfes al finalizar el segundo y cuarto periodo, las cuales tendrán un valor del 20% de los respectivos periodos para efectos de las valoraciones de los mismos.<br />Artículo 71. La Institución diseñara un proceso encaminado a fortalecer la evaluación de los aprendizajes a través de proyectos que vinculen varias áreas.<br />Artículo 72. El informe de evaluación debe expresar los niveles de desarrollo cognitivo, procedimental y actitudinal de cada estudiante.<br />Artículo 73. Toda evaluación debe ser objeto de revisión entre los estudiantes y los docentes, con el propósito de analizar los errores y aciertos, para explicar las razones de los resultados y proyectar los planes de mejoramiento de cada área.<br />Nota: Cualquier situación que no pueda resolverse desde los criterios aquí establecidos, deberá ser tramitada ante el consejo académico y/o directivo.<br />Artículo 74. Criterios para la Elección de los Estudiantes Excelentes. Para la elección de los estudiantes con excelencia que van a recibir reconocimientos por su desempeño se tendrá en cuenta:<br />Los resultados académicos arrojados por el sistema.<br />En caso de empate entre dos (2) o más estudiantes, se observarán aspectos como: compromiso con su institución, compañerismo, solidaridad etc.<br />El mejor estudiante de cada curso recibirán una beca del 100% en costos educativos. Los segundos puestos, recibirán una beca del 50%, los demás recibirán una mención de honor.<br />Los Comités de Apoyo y Seguimiento a la Evaluación de los Aprendizajes (CASEP) deberán elaborar el listado debidamente firmado durante la reunión convocada para tal fin, de los estudiantes promovidos, reprobados o con promoción pendiente al finalizar cada año lectivo conforme al cronograma institucional. El acta de esta reunión será entregado de inmediato a la coordinación respectiva.<br />Parágrafo. En caso de que el estudiante becado se retire de la institución, este beneficio se extenderá al estudiante con mejor desempeño del curso.<br />Artículo 75. Sobre Evaluaciones Extemporáneas. Son aquellas pruebas, actividades, etc., que un estudiante presenta fuera de la fecha programada para tal fin, por razones de incapacidad médica o calamidad doméstica comprobada. <br />Artículo 76. Para hacer uso del derecho de presentar las evaluaciones extemporáneas el estudiante deberá:<br />Presentar a su regreso a la institución y de manera inmediata, la excusa médica o por calamidad doméstica a los respectivos docentes quienes asignarán una nueva fecha para las evaluaciones.<br />Radicar la excusa firmada en la Coordinación, desde donde se remitirá a la Hoja de Vida del estudiante.<br />En caso de no llegar a un acuerdo entre el profesor y el estudiante, el Coordinador fijará la fecha.<br />Artículo 77. Criterios para la Promoción de los Estudiantes. Coherente con la finalidad de la evaluación y con el propósito institucional de promover el desarrollo de todo el potencial de nuestros estudiantes en forma integral, entendemos la promoción en dos sentidos:<br />Como proceso de análisis permanente de los resultados de los estudiantes para la formulación de planes de apoyo y mejoramiento.<br />Como momento en la toma de decisiones sobre la aprobación o no de las áreas o del año lectivo, conforme a los resultados finales, al cumplimiento con los compromisos adquiridos y a los apoyos que la institución haya o no ofrecido.<br />Por tanto, los estudiantes que muestren un mejoramiento en su desarrollo integral, deberán ser promovidos al grado siguiente. Esta promoción debe contemplar el desarrollo cognitivo, físico y en general, en cada una de las dimensiones antes mencionadas.<br />Artículo 78. Serán objeto de promoción los estudiantes, aquellos que:<br />Aprueben la totalidad de las áreas con desempeños básicos, alto o superior.<br />Reprueben hasta 2 áreas de las contempladas en el pensum de cada año.<br />Que a criterio de la comisión de evaluación tenga situaciones excepcionales que lo ameriten.<br />Artículo 79. Reprobación. Por el contrario y, buscando un mejoramiento en el desempeño general de los estudiantes en las evaluaciones internas y externas, se establecen las siguientes causales de reprobación:<br />La reprobación de 3 o más áreas contempladas en el pensum de cada año.<br />La inasistencia injustificada al 15% o más de las clases programadas para el año escolar.<br />La reprobación del área de especialidad en los grados 9°,10° y 11°. Esto debido a que es nuestra única modalidad de estudios. <br />La reprobación por segunda vez consecutiva de 2 o más de las mismas áreas, al finalizar el año lectivo.<br />Parágrafo 1. Los estudiantes no promovidos y que se encuentren repitiendo el año escolar, se incluirán en actividades proyectadas por las comisiones de evaluación y promoción, las cuales deberán realizarse durante el primer periodo, a fin de evaluar la posible promoción anticipada.<br />Artículo 80. Promoción Pendiente. Es el aplazamiento de la promoción de un estudiante, lo cual se puede presentar en uno de los siguientes casos.<br />Cuando el estudiante se encuentra con incapacidad médica comprobada por un periodo de tiempo que le impide cumplir con los compromisos propios de su formación.<br />Cuando la coordinación y/o la comisión de evaluación ha otorgado permiso especial para ausentarse a cumplir con situaciones personales o familiares urgentes o actúe como deportista o delegado de la institución en algún evento que le impida cerrar su proceso evaluativo en el año escolar.<br />Artículo 81. Promoción Anticipada. Es la promoción de los estudiantes antes de finalizar el año lectivo. Esta puede ser aplicada en algunas de las siguientes situaciones:<br />Cuando el (la) estudiante, habiendo sido evaluados por las comisiones de evaluación de cada grado, presentan un nivel de desarrollo superior en cada una de las dimensiones señaladas con anterioridad.<br />Cuando al reiniciar un año lectivo, el (la) estudiante es evaluada por los docentes (durante el primer periodo) y presenta un desempeño superior en todas las áreas. Este caso debe ser reportado a la comisión de evaluación y promoción y luego al consejo académico para la aprobación de la promoción anticipada. Deberá dejarse acta de la reunión y producirse el respectivo certificado de estudio (hoy constancia de desempeño) lo que legalizará la promoción y dará fin al proceso.<br />CAPITULO II<br />ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL <br />Artículo 82. Las valoraciones de los estudiantes y el reporte del boletín en cada una de las áreas y de los periodos, se realizarán mediante el uso de una escala numérica en orden ascendente del 1 al 5 con la siguiente equivalencia respecto de la escala nacional:<br />Desempeño Superior……………………… desde 4.6 hasta 5.0 90 al 100 %<br />Desempeño Alto ……………………….desde 4.0 hasta 4.5 80 al 89 %<br />Desempeño Básico…………………………desde 3.0 hasta 3.9 60 al 79 %<br />Desempeño Bajo……………………………desde 1.0 hasta 2.9 1 al 59 %<br />En todo certificado de estudios (constancias de desempeño), deberá fijarse en lugar visible la escala de equivalencia entre la escala Institucional y la escala Nacional.<br />Artículo 83. Caracterización de los Niveles de Desempeño según la Escala de Valoración.<br />Desempeño Superior: <br />Obtención del 100% de la Competencia Básica, Laboral y Ciudadana.<br />Alcance del 100 % de los Estándares definidos por el área.<br />Desempeño Alto:<br />Obtención del 80 % de la Competencia Básica, Laboral y Ciudadana.<br />Alcance del 80% de los Estándares definidos por el área.<br />Presentación de más o menos un 20% de Acciones de Mejoramiento.<br />Desempeño Básico:<br />Obtención del 60% de la Competencia Básica, Laboral y Ciudadana.<br />Alcance del 60 % de los Estándares definidos por el área.<br />Presentación de menos de un 40% de acciones de mejoramiento.<br />Desempeño Bajo:<br />No obtención de al menos el 60% de la Competencia Básica, Laboral y Ciudadana.<br />No alcance de al menos un 60% de los Estándares definidos por el área.<br />La no presentación o pérdida de las acciones de mejoramiento prescritas durante el Periodo Académico.<br />