2. PERSONALIDAD JURIDICA
Se adquiere por
nacimiento y se
extingue con la
muerte
Atributo de
personas físicas
Atributos de
personas Morales
Capacidad – Nombres
Nacionalidad – Edo. Civil
Domicilio - Patrimonio
Capacidad – Nacionalidad
Domicilio – Patrimonio
Denominación o Razón Social
NOMBRE: Es la persona que se distingue de las demás en sus relaciones jurídicas y sociales.
Art.58 Código Civil
NACIONALIDAD: Son mexicanos por nacimiento los que nazcan en territorio de la Rep. Mex,
sea cual sea la nacionalidad de los padres.
ESTADO CIVIL: Al momento de contraer matrimonio se hace el cambio de estado civil a casado, originando una
serie de consecuencias jurídicas, con respecto al otro cónyuge a los bienes y a los hijos.
PATRIMONIO: Es el conjunto de bienes o riquezas que corresponden a una persona o la familia.
DOMICILIO: Existen tres tipos (El Voluntario- El Legal- El Convencional)
VOLUNTARIO: Es aquel que la persona elige y puede cambiar a su arbitrio.
LEGAL: Es el lugar donde la ley fija su residencia para el ejercicio de sus derechos y obligaciones aunque no este
presente.
CONVENCIONAL: Es aquel que designa alguna autoridad para el cumplimiento determinadas obligaciones.