3. Unidad de Salud Ambiental
Ejercer acciones que modifiquen positivamente los
determinantes sanitarios, ambientales y sociales de la
salud mediante el fortaleciendo de la gestión
interinstitucional e intersectorial y la prevención,
promoción, vigilancia y control sanitario, con el fin de
modificar la carga ambiental de la enfermedad en la
población del municipio de Medellín.
4. Unidad de Salud Ambiental
Establecimientos
Saludables y seguros
Riesgos Sanitarios
Riesgos
Ambientales
Vectores y
Zoonosis
Uso y consumo de
productos y
servicios
Establecimientos
abiertos al publico:
Calidad de Agua: uso
recreativo y de
Consumo - Quejas
sanitarias – Riesgo
Químico - Ópticas
Aire, RUIDO y
radiaciones
electromagnéticas –
Residuos Solidos,
cambio climático
Rabia
Dengue
Control de
plagas
APOYO JURIDICO– SISTEMAS DE INFORMACIÓN – ARTICULACIÓN – IEC - INVESTIGACIÓN
6. Fallo del Tribunal
Administrativo de
Antioquia
“Las funciones de control y vigilancia sobre las emisiones de
ruido que debe ejercer el municipio de Medellín, como primera
autoridad política y de policía de su localidad
Normatividad vigente:
Resolución 8321
de 1983
Por la cual se dictan normas sobre Protección y conservación de
la Audición de la Salud y el bienestar de las personas, por causa
de la producción y emisión de ruidos.
7. • Los propietarios o personas responsables de
fuentes emisoras de ruido están en la obligación
de evitar la producción de ruido que pueda afectar
y alterar la salud y el bienestar de las personas.
Ley 8321
Cap. III.
Art: 21
• Prohíbase la instalación y el funcionamiento
de circos, ferias juegos mecánicos, discotecas
y otras, especialmente si se trata de
guarderías, escuelas, hospitales, clínicas,
sanatorios y, en general, de establecimientos
en los cuales existan personas bajo
tratamiento o recuperación médica.
Ley 8321
Cap. III.
Art: 25
Preservacióndeambientes
Normatividad vigente:
8. Fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia
“La labor del municipio de Medellín, no puede reducirse a la
verificación de los niveles sonoros máximos permisibles,
establecidos en la referida Resolución 8321 de 1983… no puede
dejarse de lado que existen situaciones en las que no se
presenta un exceso en los niveles de emisión de ruido, pero si
se afecta las condiciones mínimas de dignidad…. derechos a la
salud, tranquilidad, descanso, intimidad, integridad….”
9. “Resulta indispensable analizar las circunstancias
particulares de cada caso, a fin de que pueda establecer bajo
unos parámetros de razonabilidad y proporcionalidad, si se
presenta una afectación a la salud, tranquilidad, descanso,
intimidad, integridad, dignidad y bienestar del quejoso y en
consecuencia proceder a su protección efectiva”
Fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia
10. Competencia ruido intradomiciliario
«Otorga el 9 de Diciembre de 2010 competencia»
Emisión de ruidos que afectan la salud y
bienestar de las personas
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE MEDELLÍN
Evaluación Técnica
SECRETARIA DE SALUD SECRETARIA DE GOBIERNO
Control
11. Competencia ruido intradomiciliario
• Conocer y tramitar las quejas, derechos de petición y demás
solicitudes relacionadas con la emisión de ruidos que afectan la
salud y bienestar de las personas
• Mediciones
• Aplicación de medidas.
MUNICIPIO DE MEDELLÍN
12. Programa Secretaría Salud
• Mediciones de ruido intradomiciliario (sonometrías y dosimetrías)
• vibraciones
• Lineamientos técnicos
ACUSTICA
AMBIENTAL
• Diseño, elaboración y aplicación de instrumentos de valoración en
salud mental
• Estudio descriptivo asociación ruido salud mental
SALUD
• Construcción de lineamientos para intervención.
• competenciasJURIDICOS
• Capacitaciones a comerciantes y servidores
• Sensibilización (tomas culturales)
• Divulgación (guías, cuñas radiales, free press, publicidad)
COMUNICACIONES
14. Condiciones de la medición
Para obtener la emisión de ruido se ubica el
micrófono al interior de la habitación más
cercana a la fuente de ruido, a 1.2 metros sobre
el nivel del piso y aproximadamente a 1.5 de las
paredes de cada habitación, dejando las
ventanas abiertas y realizando calibración del
equipo antes y después de las mediciones.
17. Condiciones de la medición
Niveles sonoros máximos permisibles
ZONAS RECEPTORAS
PERIODO DIURNO PERIODO NOCTURNO
7:01 A.M. a 9:00 P.M. 9:01 P.M. a 7:00 A.M.
Zona I Residencial 65 45
Zona II Comercial 70 60
Zona III Industrial 70 75
Zona IV de tranquilidad 45 45
ARTICULO 17
18. 18
Periodo Tipo de Fuente Cumple No cumple Total general
Diurno
Bullicio 1 1
Gimnasio 2 2
Maquinaria 29 3 32
Maquinaria / Sistema de Sonido
2 2
Sistema de Sonido 8 1 9
Sistema de Sonido / Bullicio
3 3
Subtotal 45 4 49
Nocturno
Maquinaria 4 26 30
Maquinaria / Sistema de Sonido
2 2
Sistema de Sonido 29 29
Subtotal 4 57 61
Total general 49 61 110
Resultados de medición de ruido según tipo de fuente.
Abril de 2014 - marzo de 2015, Municipio de Medellín.
Fuente: Secretaría de Salud de Medellín
21. Distribución de las mediciones que incumplen con la norma de
inmisión por comuna.
Abril de 2014 –Marzo de 2015, Municipio de Medellín.
Comuna
Incumplimiento norma
de inmisión
Aranjuez 8%
Belén 36%
Buenos Aires 3%
Doce de Octubre 2%
El Poblado 13%
La América 3%
La Candelaria 10%
Laureles 16%
Manrique 2%
Poblado 3%
Robledo 2%
Santa Cruz 2%
23. Nivel y afectación
Imagen extraída de :
http://ayabo.mx/2013/06/05/niveles-de-
presion-sonora/
En el 49% de
las mediciones
realizadas se
han encontrado
niveles
superiores a 55
dB dentro de
las viviendas
24. Efectos del ruido- Salud mental
Sobre la conducta, el rendimiento y la comunicación
Sobre la Conducta:
• Nerviosismo.
• Irritabilidad.
• Ansiedad.
• Agresividad.
• Intolerancia.
Sobre el Rendimiento:
• Falta de Atención.
• Aumento de Errores.
• Pérdida de Eficacia.
• Fatiga.
Sobre la Comunicación:
• Interferencia en la Comunicación.
25. Acciones
• Diseño, elaboración y
aplicación de instrumentos
de valoración en salud
mental.
• Estudio descriptivo
asociación ruido salud
mental.
35. Acciones
Avanzar en el reconocimiento y análisis
de las competencias.
Elaboración de un protocolo con nuevos
lineamientos técnicos al Ministerio para
convertirlos en norma nacional.
Atención y respuesta a quejas por parte
de la ciudadanía.
36. Falta de control por dificultad en la identificación de la fuente
Lineamientos técnicos insuficientes.
Desconocimiento de los generadores, de estrategias de control del ruido.
Acciones reactivas. No hay prevención.
Falta de articulación.
Falta definición de competencias.
Antecedentes , dificultades encontradas
37. logros e impactos
Se trascendió de la atención de quejas por ruido y medición.
Vinculación de la academia en la búsqueda de alternativas para
enfrentar la problemática de ruido de la ciudad.
Elaboración de protocolo para medición de ruido con nuevos
parámetros que indican el riesgo a la salud.
Reconocimiento de la situación como un problema de salud
ambiental.
Articulación interinstitucional, interdisciplinario e intersectorial
(secretarias de gobierno, movilidad y medio ambiente, AMVA,
USB y UdeM)
Inclusión del componente de comunicaciones, fortaleciendo la
prevención.
Adquisición de sonómetro.