Análisis y descripción de los principales aspectos a tener en cuenta en la coordinación de actividades preventivas entre empresas concurrentes en servicios y productos a realizar en el sector logístico y de transporte.
Aspectos fundamentales a considerar en el estudio de distintas casuísticas de colaboración interempresarial dentro de la concurrencia entre autónomos, ETT´s, empresario principal y/o el empresario titular.
1. Mayo 2012
Coordinación de actividades
preventivas con transportista
autónomos o pequeñas
empresas
Alicia Sevilla Lafuente
Técnico del SPM
Grupo Azkar
2. Mayo 2012
“Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades
trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en
la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos
laborales.”
Art 24.1 Ley 31/95 PRL
Capítulo III Derechos y Obligaciones
“El deber de cooperación será de aplicación a todas las empresas
y trabajadores autónomos concurrentes en el centro de trabajo,
exista o no relaciones jurídicas entre ellas”
Art 4.1 RD 171/2004 Coordinación de actividades empresariales
3. Mayo 2012
Conceptos básicos (I)
Centro de trabajo:
Cualquier área, edificada o no, en la que los
trabajadores deban permanecer o a la que
acceder por razón de su trabajo
Empresario titular del centro de trabajo:
Es aquel que tiene la capacidad de poner a
disposición y gestionar el centro de trabajo.
4. Mayo 2012
Conceptos básicos (II)
• Empresas concurrentes: Serán todas
la empresas que realicen su actividad
en un mismo centro de trabajo
simultáneamente.
• Empresa arrendataria: Serán todas la
empresas que realicen su actividad
compartiendo parte de las
instalaciones conforme a un contrato
de alquiler
5. Mayo 2012
Conceptos básicos (III)
Empresario que contrata o subcontrata con otros
la realización de obras o servicios:
* correspondientes a la propia actividad y
* se desarrollan en su propio centro de trabajo.
EMPRESARIO PRINCIPAL
“Vigilar el cumplimiento de contratistas y
subcontratistas de la normativa de PRL”
Art 24.1 Ley 31/95 PRL
6. Mayo 2012
Conceptos básicos (IV)
• Trabajador autónomo: El que realiza de forma
habitual, personal y directa una actividad
económica a título lucrativo.
• Trabajador autónomo CON trabajadores
contratados: Es aquel trabajador autónomo que
en plantilla tiene al menos a un trabajador
contratado por cuenta ajena.
A EFECTOS DE COORDINACIÓN TENDRÁ LA
CONSIDERACIÓN DE CONTRATA
7. Mayo 2012
Objetivos de la coordinación:
• Aplicación coherente y responsable de los
principios de la acción preventiva
• Aplicación correcta de los métodos de trabajo
• Control de interacciones:
– Que puedan generar riesgos graves o muy graves
– Con actividades incompatibles entre sí
• Adecuación de riesgos existentes y aplicación
de medidas preventivas
8. Mayo 2012
Criterios para establecer medios
de coordinación
- Grado de peligrosidad de la actividad
- Número de trabajadores
- Duración de la concurrencia
Actualización cuando no resulten adecuados
Informar a trabajadores y sus representantes
9. Mayo 2012
Medios de coordinación
• El intercambio de información y de comunicaciones entre las
empresas concurrentes.
• Celebración de reuniones periódicas entre empresas
concurrentes.
• Las reuniones conjuntas de los comités de seguridad y salud/
delegados de PRL de las empresas concurrentes
• Impartición de instrucciones
• El establecimiento conjunto de medidas específicas de
prevención de los riesgos de procedimientos o protocolos de
actuación.
• La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos
de las empresas concurrentes.
• La designación de una o más personas encargadas de la
coordinación de las actividades preventivas.
10. Mayo 2012
Recursos humanos para la
coordinación:
• Recurso preventivo: trabajador designado o asignado
para vigilar el cumplimiento de las actividades
preventivas de situaciones de especial riesgo y
peligrosidad
• Coordinador de actividades preventivas: Persona/s
designadas para coordinar las actividades empresariales
y prevenir los riesgos laborales de las diferentes
actividades desarrolladas en un centro de trabajo, en
particular cuando puedan generar riesgos calificados
como graves o muy graves. (Nivel intermedio)
•Interlocutor de coordinación de PRL: Persona/s designada por la empresa para el contacto, la entrega y recogida de
documentación... en referencia a la coordinación en materia de PRL entre empresas sin llegar a ser necesaria la figura
del coordinador de actividades preventivas
11. Mayo 2012
Información recíproca entre
empresas
- Suficientes y adecuadas
- Antes del inicio de la actividad
- Cambio de actividades concurrentes
- Situación de emergencia
Inmediatamente
- Accidentes
- Por escrito sólo cuando se generen riesgos
graves o muy graves
Dañino: quemaduras, conmociones, torceduras importantes, fracturas menores, etc. Sordera, dermatitis, asma,
trastornos músculo-esqueléticos, enfermedad que conduce a una incapacidad menor
Extremadamente Dañino: amputaciones, fracturas mayores, envenenamientos, lesiones múltiples, lesiones fatales.
Cáncer, otras enfermedades que acorten severamente la vida, enfermedades agudas.
12. Mayo 2012
1 Empresas concurrentes:
Información recíproca entre empresas:
- Riesgos específicos de la actividad que desarrollen
- Riesgos que puedan afectar a los trabajadores de las
empresas concurrentes
- Riesgos agravados o modificados por la concurrencia de
actividades
- Accidentes ocurridos por concurrencia de actividades
- Situaciones de emergencia
INFORMACIÓN A TRABAJADORES
13. Mayo 2012
2 Concurrencia con empresario titular:
EMPRESARIO
TITULAR:
EMPRESAS CONCURRENTES:
Información e Instrucciones:
Cumplir instrucciones
Riesgos del centro de trabajo Incluir en EVR y PAP
Medidas preventivas
Medidas de emergencia
TRABAJADORES
TRABAJADORES
14. Mayo 2012
3 Concurrencia con empresario principal:
EMPRESARIO PRINCIPAL
Vigilar
Exigir que
EVR cumplimiento de
acrediten por
PAP la normativa de
escrito
Formación PRL
obligaciones de
PRL Información
Coordinación
Contratistas
Subcontratistas
Autónomos
TRABAJADORES
15. Mayo 2012
Concurrencia autónomos con empresario
3
principal:
EMPRESARIO PRINCIPAL
Vigilar
Exigir que
cumplimiento de
acrediten por
la normativa de
escrito
Información PRL
obligaciones de
PRL
AUTÓNOMOS
TRABAJADORES
16. Mayo 2012
Coordinación con ETT
Información (EVR)
• Riesgos
ETT
• Medidas preventivas
• Pautas de emergencias
• Procedimientos de
trabajo
• Formación
• Información
Empresa Usuaria • Apto médico
• Capacitación
• EPI´s
17. Mayo 2012
Bibliografía:
• Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
• Real Decreto 171/2004 Coordinación de actividades
empresariales
• Nota Técnica de Prevención 918 INSHT: Coordinación de
actividades empresariales (I)
• Nota Técnica de Prevención 919 INSHT: Coordinación de
actividades empresariales (II)
• Guía de coordinación de actividades preventivas en el
sector del transporte por carretera
• 1.2 Protocolo de Coordinación de actividades
empresariales
• 1.2 Guía coordinación actividades empresariales
• http://www.coordinacionempresarial.com/