Práctica 3A
ANÁLISIS SOBRE LA TUTORÍA Y
  LA PARTICIPACIÓN DE LOS
PADRES EN EL MARCO LEGAL.
 INFORMA CON EL ANÁLISIS Y
       CONCLUSIONES




                Mª Guadalupe Plaza Pérez
                  2ºA Educación Primaria
PRÁCTICA 3A:
ANÁLISIS SOBRE LA TUTORÍA Y LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES EN EL MARCO
LEGAL (LOE, DECRETOS DE CURRÍCULO (INFANTIL Y PRIMARIA) Y LEY DE EDUCACIÓN
DE CASTILLA LA MANCHA). INFORME CON EL ANÁLISIS Y CONCLUSIONES.


En primer lugar, analizando la Ley de Educación de Castilla la Mancha dentro del título
I: La comunidad Educativa. Capítulo I: El alumnado, encontramos que:

        1. El alumnado es el protagonista del proceso educativo, agente activo de su
propio aprendizaje, destinatario fundamental de las enseñanzas, programas,
actividades y servicios del sistema educativo.

       2. El esfuerzo del alumnado conjuntamente con el del profesorado y las
familias, y con el apoyo de la sociedad en su conjunto, es el requisito principal del
éxito educativo.

Yéndonos ahora al capítulo III dirigido a las familias, en concreto en el Articulo 23: La
participación de las familias en el proceso educativo, vemos que:

        1.Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y
participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a
asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, 8 de marzo, de Participación Social en la
Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
reguladora del Derecho a la Educación.
        2. La consejería en materia de educación pondrá a disposición de los centros
docentes públicos los medios y programas adecuados para desarrollar vías electrónicas
de comunicación con las familias, favoreciendo la realización de consultas y el
intercambio de información por medios telemáticos, sin detrimento de la relación
personal y directa entre las familias y el profesorado de los centros.
        4. El consejo de Gobierno desarrollará los derechos y deberes de las familias del
alumnado en tanto que miembros de la comunidad educativa, incluidos los que les
reconoce la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación
y regulará y garantizará su ejercicio.
Analizando ahora el Decreto 68/2007 de Castilla La
                                Mancha, en el artículo 2: Principios Generales y
                                concretamente en el punto 6, vemos que habla de:




En el artículo 10: Tutoría, también se hace referencia a la participación de las familias.




El decreto, después de exponer todo lo relacionado con cada asignatura, aporta un
apartado dedicado a la tutoría con las familias, con este proceso de diálogo de centro-
escuela, se favorecerá la información sobre los resultados escolares de los hijos, así
como colaborando las familias dentro del currículum.
CONCLUSIONES:

Bajo mi punto de vista y observando todos estos documentos legales considero al igual
que creo que en estos documentos también se refleja que la familia juega un papel
importante en el desarrollo de los niños, no solo porque garantiza la supervivencia
física del niño, sino que también dentro de la familia se realizan aprendizajes básicos
que serán necesarios para saber desenvolverse con autonomía dentro de la sociedad
en la que vivimos.

La escuela por otro lado, debe continuar la labor que en primer lugar realiza la familia,
y de nada sería fructífera dicha labor si no existen relaciones fluidas con la familia
dentro del ámbito escolar.

Se deben fomentar las relaciones familia-escuela por medio de diferentes vías de
comunicación y participación que deben comentar desde la educación infantil
prolongándose hasta toda la etapa primaria.

Práctica 3 a

  • 1.
    Práctica 3A ANÁLISIS SOBRELA TUTORÍA Y LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES EN EL MARCO LEGAL. INFORMA CON EL ANÁLISIS Y CONCLUSIONES Mª Guadalupe Plaza Pérez 2ºA Educación Primaria
  • 2.
    PRÁCTICA 3A: ANÁLISIS SOBRELA TUTORÍA Y LA PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES EN EL MARCO LEGAL (LOE, DECRETOS DE CURRÍCULO (INFANTIL Y PRIMARIA) Y LEY DE EDUCACIÓN DE CASTILLA LA MANCHA). INFORME CON EL ANÁLISIS Y CONCLUSIONES. En primer lugar, analizando la Ley de Educación de Castilla la Mancha dentro del título I: La comunidad Educativa. Capítulo I: El alumnado, encontramos que: 1. El alumnado es el protagonista del proceso educativo, agente activo de su propio aprendizaje, destinatario fundamental de las enseñanzas, programas, actividades y servicios del sistema educativo. 2. El esfuerzo del alumnado conjuntamente con el del profesorado y las familias, y con el apoyo de la sociedad en su conjunto, es el requisito principal del éxito educativo. Yéndonos ahora al capítulo III dirigido a las familias, en concreto en el Articulo 23: La participación de las familias en el proceso educativo, vemos que: 1.Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. 2. La consejería en materia de educación pondrá a disposición de los centros docentes públicos los medios y programas adecuados para desarrollar vías electrónicas de comunicación con las familias, favoreciendo la realización de consultas y el intercambio de información por medios telemáticos, sin detrimento de la relación personal y directa entre las familias y el profesorado de los centros. 4. El consejo de Gobierno desarrollará los derechos y deberes de las familias del alumnado en tanto que miembros de la comunidad educativa, incluidos los que les reconoce la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y regulará y garantizará su ejercicio.
  • 3.
    Analizando ahora elDecreto 68/2007 de Castilla La Mancha, en el artículo 2: Principios Generales y concretamente en el punto 6, vemos que habla de: En el artículo 10: Tutoría, también se hace referencia a la participación de las familias. El decreto, después de exponer todo lo relacionado con cada asignatura, aporta un apartado dedicado a la tutoría con las familias, con este proceso de diálogo de centro- escuela, se favorecerá la información sobre los resultados escolares de los hijos, así como colaborando las familias dentro del currículum.
  • 4.
    CONCLUSIONES: Bajo mi puntode vista y observando todos estos documentos legales considero al igual que creo que en estos documentos también se refleja que la familia juega un papel importante en el desarrollo de los niños, no solo porque garantiza la supervivencia física del niño, sino que también dentro de la familia se realizan aprendizajes básicos que serán necesarios para saber desenvolverse con autonomía dentro de la sociedad en la que vivimos. La escuela por otro lado, debe continuar la labor que en primer lugar realiza la familia, y de nada sería fructífera dicha labor si no existen relaciones fluidas con la familia dentro del ámbito escolar. Se deben fomentar las relaciones familia-escuela por medio de diferentes vías de comunicación y participación que deben comentar desde la educación infantil prolongándose hasta toda la etapa primaria.