Este documento resume las obligaciones y recomendaciones de un notario al celebrar un matrimonio civil en Guatemala. Explica que el notario debe verificar los documentos de identidad y estado civil de los contrayentes, autorizar las capitulaciones matrimoniales si procede, leer las cláusulas del matrimonio y obtener el consentimiento de los cónyuges. También debe cumplir con los requisitos posteriores como protocolizar el acta y notificar al RENAP y el Archivo General de Protocolos. Se recomienda que el notario revise el act
3. Abogado
Federico Barrios Aldana
¿Quiénes no pueden
contraer matrimonio?
1. Los parientes consanguíneos en línea
recta y en la colateral, los hermanos y medio
hermanos.
2. Los ascendientes y descendientes que
hayan estado ligados por afinidad.
3. Las personas casadas y las unidas de
hecho con persona distinta de su
conviviente, mientras no se haya disuelto
legalmente esa unión. (Art. 88).
4. Abogado
Federico Barrios Aldana
¿Cuándo es
Ilícito el
Matrimonio?
1. Del Menor de 18 años sin
el consentimiento expreso
de sus padres o del tutor.
2. Del Varón menor de 16
años o de la mujer menor de
14 años cumplidos, salvo
que antes de esa edad,
hubiere concebido la mujer y
presten su consentimiento
las personas que ejerzan la
patria potestad o la tutela.
3. (Inconstitucional.)
5. Abogado
Federico Barrios Aldana
¿Cuándo es
Ilícito el
Matrimonio?
4. Del tutor y del protutor o de sus
descendientes, con la persona que
esté bajo su tutela o protutela.
5. Del tutor o del protutor o de sus
descendientes, con la persona que
haya estado bajo su tutela, sino
después de aprobadas y canceladas
las cuentas de su administración.
6. Del que teniendo hijos bajo su
patria potestad, no hiciere inventario
judicial de los bienes de aquéllos, ni
garantizare su manejo, salvo que la
administración pasare a otra
persona.
7. Del adoptante con el adoptado,
mientras dure la adopción
7. Abogado
Federico Barrios Aldana
Obligaciones
Notariales
Previas a la
Celebración de
la Boda Civil
Tener a la vista las partidas de
Nacimiento de los Contrayentes
Tener a la vista los Documentos
Personales de Identificación
(DPI) de los Contrayentes
Autorizar Escritura Pública de
Capitulaciones Matrimoniales
(Art. 118 C.C.)
8. Abogado
Federico Barrios Aldana
Obligaciones
Notariales
Previas a la
Celebración de
la Boda Civil
Tener a la Vista la
Constancia de Sanidad.
(Art. 97 C. C.)
En caso un cónyuge ya haya
estado casado, tener a la vista la
Certificación de la Sentencia de
Divorcio (Art.88 3º)
Señalar Día y Hora o proceder
en el acto. (Art. 98 C. C.)
9. Abogado
Federico Barrios Aldana
Obligaciones del Notario al
momento de la
Celebración de la Boda Civil
Abrir la
ceremonia con
palabras
adecuadas a la
ocasión.
Explicarle a los
Contrayentes la
importancia del
Acto, haciendo las
reflexiones del
caso.
Dar lectura al Art.
78 y del 108 al 112
del Código Civil
(Explicar
significado)
Tomar
consentimiento
por separado a
los cónyuges si
aceptan tomarse
como Marido y
Mujer
Leer el contenido del
Acta Notarial y recibir la
firma de los
contrayentes así como
también firmar y sellar
el Acta.
Cerrar la Ceremonia.
10. Abogado
Federico Barrios Aldana
Obligaciones
Posteriores del Notario
Entregar
constancia del
acto a los
Contrayentes
Protocolizar el
Acta de
Matrimonio
(Timbres de Ley)
Remitir Aviso al
RENAP
(15 Días. Art. 102 C.C.
Multa Q.25.00)
Remitir
Testimonio de
Capitulaciones
al RENAP
(Si se celebraron)
Remitir Al AGP
Testimonio Especial al
AGP
(Dentro de 25 Días Hábiles,
Multa Q.25.00)
11. Abogado
Federico Barrios Aldana
Recomendaciones para el Notario
cuando realice una Boda Civil:
1. Cerciorarse con los Contrayentes a que hora
piensan empezar con la ceremonia.
2. Cerciorarse con los Contrayentes si previo a la
Boda Civil habrá un culto religioso.
3. Revisar minuciosamente el Acta Notarial de
Matrimonio previo a acudir al lugar de la Boda.
4. Llevar su sello, almohadilla, dos lapiceros y Código
Civil.
12. Abogado
Federico Barrios Aldana
Recomendaciones para el Notario
cuando realice una Boda Civil:
5. El Notario formará parte de la historia sentimental
de los contrayentes, en consecuencia el Notario:
* Debe de abstenerse de realizar bromas o contar su
historia personal.
NO SI
* Debe cuidar su aspecto personal y vestirse de
acuerdo a la ocasión: