3. * Relación horizontal entre personas
que constituyen un grupo, una
asociación o una comunidad, en la
cual los participantes se
encuentran en condiciones de
igualdad. Tal relación o vínculo
interpersonal se constituye como
solidario en razón de la fuerza o
intensidad de la cohesión mutua, que
ha de ser mayor al simple
reconocimiento de la común
pertenencia a una colectividad.
Vínculo especialmente comprometido,
decidido, que permanece en el tiempo
y que obliga a los individuos del
colectivo que se dice solidario, a
responder ante la sociedad y/o ante
terceros, cada uno por el grupo, y al
grupo por cada uno.
*
4. * Ejemplos más antiguos que se
pueden mencionar de la
solidaridad humana son: la
caridad y la beneficencia;
durante mucho tiempo, en
muchos lugares y para infinidad
de individuos, ha sido y
lamentablemente, es la única
con la que han podido contar y
por lo regular es precaria.
Dependen de la buena voluntad
de las personas.
*
5. *La seguridad social es una
institución nacida de la
solidaridad humana, que se
manifiesta en la reacción de
ayudar a individuos o grupos
en estado de necesidad o
desgracia. Se conformaron
grupos que entre sus fines se
encontraban los
filantrópicos.
*
6. Simón Bolívar,15 de febrero de 1819, en el Congreso
de la Angostura, Venezuela
*
7. *El hombre ha llegado a la conclusión de que la
seguridad social es una necesidad colectiva, cuya
satisfacción incumbe al Estado, el cual debe
obligarse al establecimiento de la normatividad
jurídica adecuada, la creación de organizaciones o
instituciones que cumplan con las mismas, y otorguen
los servicios públicos necesarios y los mecanismos
económicos para lograrlo, surgiendo así los seguros
sociales.
8. * En nuestro país la expresión «Derecho Social» se pronunció por
Ignacio Ramírez, justo en las discusiones que dieron origen a la
Constitución Política de lo Estados Unidos Mexicanos de 1857, en
razón de que intentaba introducir en el máximo ordenamiento
nacional, la protección de niños, hijos abandonados, mujeres y
trabajadores como sujetos de tutela. Ignacio Ramírez y los hermanos
Flores Magón lucharon por mejorar las condiciones laborales del
trabajador, entre otras, para que los trabajadores participaran en las
utilidades de las empresas, demanda que se consolida en el proyecto
de la “Declaración de Derechos Sociales”, el 13 de enero de 1917, en
la ciudad de Querétaro. Esta concepción, sin embargo, estuvo latente
e irrumpió en la revolución de 1910, y en su oportunidad fue
plasmada en la Constitución de la República el 5 de febrero de 1917,
conocida también como la PRIMER CONSTITUCIÓN POLÍTICA SOCIALISTA
DEL MUNDO.
*
9. *En conclusión
el hombres persigue para si
y sus iguales, alcanzar el
bienestar y la tranquilidad
que ofrece el satisfacer sus
necesidades de forma
integral y solidaria.
*
10.
11. * Artículo 22. Toda persona, como
miembro de la sociedad, tiene
derecho a la seguridad social, y a
obtener, mediante el esfuerzo
nacional y la cooperación
internacional, habida cuenta de la
organización y los recursos de
cada Estado, la satisfacción de los
derechos económicos, sociales y
culturales, indispensables a su
dignidad y al libre desarrollo de su
personalidad.
*
12. * Asistencia médica
* Enfermedad
* Desempleo
* Vejez
* Accidentes del trabajo y
enfermedades profesionales
* Familia
* Maternidad
* Invalidez, y
* Prestaciones de sobrevivientes
*
13.
14. * Todas las personas deben participar de los beneficios
del sistema de seguridad social.
* La función de la seguridad social es proteger al ser
humano como tal, dentro de una determinada
colectividad social, sin importar a qué dedique su
existencia.
* El acceso a la protección deja de ser un derecho para
unos y una concesión graciosa para otros, y se constituye
en un derecho subjetivo público.
* El acceso a la seguridad social es un derecho humano,
es un derecho inherente al ser humano por el solo hecho
de serlo.
*
15. *Toda la población, en la medida de sus
posibilidades, debe contribuir económicamente al
financiamiento de aquella protección.
*En la práctica, la solidaridad se manifiesta como el
sacrificio de los jóvenes respecto de los ancianos,
de los sanos frente a los enfermos, de los ocupados
ante quienes carecen de empleo, de quienes
continuamos viviendo ante los familiares de los
fallecidos, de quienes no tienen carga familiar
frente a los que si la tienen, etc.
*
16. * De acuerdo con este principio, el sistema de seguridad social
como un todo, debe funcionar con criterios congruentes y
coordinados, y otorgar prestaciones o beneficios similares para
los diferentes colectivos que se protegen.
* Lo que se enfatiza con este principio es que debe existir una
congruencia en la gestión de las diferentes entidades que
participan en la administración del sistema de seguridad social, y
en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la
multiplicidad de instituciones no quiebre el principio de
igualdad.
* En el ámbito del derecho a la salud, este principio ha tenido un
desarrollo significativo, no así en relación con el derecho a la
jubilación en el que, pese a algunos esfuerzos, se mantienen
diferencias importantes en las prestaciones y en las formas de
financiamiento, sin que dichas diferencias tengan respaldo
técnico.
*
17. *De acuerdo con este principio, se
debe dar el mismo trato a todas las
personas que se encuentran en la
misma situación, y a la inversa,
debe darse un trato distinto y
adecuado a cada circunstancia a las
personas que se encuentren en
situaciones distintas.
*
18. * Este principio tiene una doble vertiente. Significa por un lado
que los beneficios de la seguridad social deben crearse
paulatinamente y continuar elevando progresivamente los
beneficios más allá de los niveles mínimos de protección.
Significa al mismo tiempo que una vez superada una fase
evolutiva en relación con el contenido de las prestaciones no es
dable retrocederse a otra etapa.
* Desde luego que la progresividad de los beneficios debe verse en
forma global, de manera que la supresión de un beneficio en sí
misma no significaría una infracción a este principio de evolución
progresiva, sino que debe verse el sistema como un todo, de
manera que es perfectamente entendible la disminución o
supresión de un beneficio en relación con el aumento o creación
de un beneficio distinto en otra área del sistema de seguridad
social.
* Tampoco se quebranta este principio, cuando resultan necesario
hacer un ajuste para corregir un error o bien para corresponder
a la realidad económica.
*
19. *El desarrollo de la seguridad social debe responder a
su vez al desarrollo económico de la sociedad. Un
modelo de sistema de seguridad social que por exceso
o defecto se aparte de la realidad económica está
condenado al fracaso. Para ello es necesario la
planificación y la coordinación.
*La planificación y la coordinación son necesarias, ya
no solo en el ámbito de las entidades encargadas de
la seguridad social como lo exige el principio de
unidad, sino además, en relación con todas las
entidades del sector público y también del sector
privado, cuando fuere del caso. Solo así podrá
instrumentarse el principio de concordancia de la
seguridad social con la realidad económica.
*
20. * En un sentido muy genérico y amplio podría pensarse que dentro de
este principio se engloban los principios de universalidad, y de
solidaridad, en tanto que, de acuerdo con el principio de
universalidad, se plantea la participación de la población en los
beneficios de la seguridad social, y con el de solidaridad se plantea la
participación de la población en el financiamiento de la seguridad
social.
* No obstante, cuando se habla de participación social se hace en una
forma más restringida y separada de aquellos principios, pues con
ella se hace relación a que los diferentes colectivos protegidos deben
estar representados en la dirección de las entidades que administran
los diferentes programas de seguridad social y que, además, deben
tener participación en el diseño del sistema y de los cambios que se
puedan dar en general, y en particular en el perfil de beneficios.
*
21. *De acuerdo con este principio, las prestaciones de la
seguridad social del sistema deben ser acordes con las
necesidades de los colectivos que se pretende
proteger. Las prestaciones de la seguridad social no
deben quedarse en la protección de los riesgos
clásicos (invalidez, vejez, muerte, enfermedad y
maternidad), sino que debe tener un crecimiento
constante tendiente a detectar las diferentes
necesidades sociales para acudir a su protección.
*Para satisfacer las diferentes necesidades, de acuerdo
con cada uno de los sectores protegidos, deben
establecerse beneficios adecuados a las diferentes
circunstancias.
*
22. * De acuerdo con este principio, los beneficios de la seguridad
social deben llegar en forma oportuna al beneficiario.
* Para ello, para que los beneficios de la seguridad social lleguen
en forma oportuna, es necesario que los procedimientos sean
ágiles y sencillos; los plazos de resolución, cortos.
* La participación material del beneficiario en el trámite debe
reducirse al mínimo, pues la administración de la seguridad
social debe suplir los trámites.
* Debe darse publicidad a los beneficios, para que todos conozcan
sus eventuales derechos.
* Es contrario al principio de inmediatez el establecer beneficios
sobre hipótesis confusas, cuya existencia solo algunos conocen.
* La prestación de los servicios debe desconcentrarse, para que
las distancias territoriales no sean obstáculo en la obtención de
los beneficios.
*
23. *En última instancia es la colectividad
la responsable de la seguridad social,
no el órgano o ente que administra
un determinado programa. Por ello,
convergiendo con el concepto de
responsabilidad, es en última
instancia el Estado el que debe
hacerle frente a los programas de
seguridad social.
*
24. *El fin principal del Estado debe ser la tutela
del ser humano.
*Dado ese carácter instrumental, debe
preferirse la asignación de recursos económicos
a los programas de seguridad social,
particularmente a aquellos que tienden a la
satisfacción de las necesidades fundamentales.
Este principio es de especial importancia en
situaciones de crisis económicas.
*
25. *
*Sistema general homogéneo
de prestaciones, de derecho
público y supervisión estatal
que tiene como finalidad
garantizar el derecho
humano a la salud a la
asistencia médica, la
protección de los medios de
subsistencia y los servicios
sociales para el bienestar
individual y colectivo,
mediante la redistribución
de la riqueza nacional.
26. Conjunto de normas que permiten resolver los
conflictos sociales a través de la reglamentación de
instituciones públicas y privadas, cuyo objetivo es
ordenar y corregir las desigualdades que existen entre
las clases sociales, con la intención de proteger a las
personas ante las distintas cuestiones que surgen en
el día a día. Comprende además otras ramas, como el
derecho laboral, el derecho migratorio y el derecho
agrario.
27. *
Dividido tradicionalmente en
tres sectores:
*Público
*Privado
*Militar
Se ha incluido además la
protección mediante el
seguro popular a partir de la
creación de LA COMISIÓN
NACIONAL DE PROTECCIÓN
SOCIAL EN SALUD, creada en
2004, de la cual nace el
Seguro Popular.
Mayor información en:
http://www.seguro-popular.
gob.mx/index.php/conocenos/leyes
http://www.issfam.gob.mx/archivos/transpar
encia/normatividad_federal/leyes/ley_issfam.
pdf
http://normateca.issste.gob.mx/webdocs.asp
?sesion=201409161708111268
28. EL DERECHO A LA
SEGURIDAD SOCIAL
protege a los miembros
más vulnerables de la
sociedad.
29. Garantiza que todas las
personas accedan a los
bienes y servicios
mínimamente necesarios
para una vida digna.
30. Es obligación del Estado
asegurar que todas las personas
que habitan su territorio estén
protegidas contra accidentes,
dificultades y enfermedades.
31. Los gobiernos deben crear
planes para proveer alivio a
los desempleados, asegurar
que los ancianos tengan la
asistencia adecuada y
garantizar que las personas
con discapacidades no sufran
adversidades innecesarias.
32. La ley debe garantizar que los
empleadores proporcionen a
sus empleados servicios
médicos, compensación en
caso de accidentes de trabajo y
beneficios jubilatorios.
33. Se debe prestar
especial atención a las
embarazadas y a los
niños pequeños.
34. Es obligación del estado
asegurar que reciban
alimentación, vivienda y
servicios médicos
adecuados, y que estén
protegidos contra la
adversidad.
35. Los gobiernos deben posibilitar
que todos los sectores de la
sociedad, incluyendo los
jóvenes, los ancianos y las
minorías étnicas y religiosas,
vean satisfechas sus
necesidades y logren su
autonomía.
36.
37. *
*Artículo 251. El Instituto
Mexicano del Seguro Social
tiene las facultades y
atribuciones siguientes:
*I. Administrar los seguros de
riesgos de trabajo,
enfermedades y
maternidad, invalidez y
vida, guarderías y
prestaciones sociales, salud
para la familia, adicionales
y otros, así como prestar
los servicios de beneficio
colectivo que señala esta
Ley;
Atribuciones del Instituto frente
al derechohabiente.
DERECHOHABIENTE: Definido como
el asegurado, el pensionado y los
beneficiarios de ambos, que en los
términos de la Ley tengan vigente su
derecho a recibir las prestaciones del
Instituto.
38. *VI. Establecer unidades
médicas, guarderías infantiles,
farmacias, velatorios, así como
centros de capacitación,
deportivos, culturales,
vacacionales, de seguridad
social para el bienestar
familiar y demás
establecimientos para el
cumplimiento de los fines que
le son propios, sin sujetarse a
las condiciones salvo las
sanitarias, que fijen las leyes y
reglamentos respectivos para
empresas privadas, con
actividades similares.
39. * XXXVI. Prestar servicios a quienes no
sean sus derechohabientes, a título
oneroso, a efecto de utilizar de
manera eficiente su capacidad
instalada y coadyuvar al
financiamiento de su operación y
mantenimiento, siempre que ello no
represente menoscabo en la calidad
y calidez del servicio que debe
prestar a sus derechohabientes…
*
40. *Artículo 6. El Seguro
Social comprende:
*I. El régimen
obligatorio, y
*II. El régimen
voluntario..
41. * Artículo 7. El Seguro Social
cubre las contingencias y
proporciona los servicios que
se especifican a propósito de
cada régimen particular,
mediante prestaciones en
especie y en dinero, en las
formas y condiciones previstas
por esta Ley y sus reglamentos
42. * Artículo 11. El régimen obligatorio
comprende los seguros de:
* I. Riesgos de trabajo;
* II. Enfermedades y maternidad;
* III. Invalidez y vida;
* IV. Retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez, y
* V. Guarderías y prestaciones
sociales.
*
43. * Artículo 13. Voluntariamente podrán ser sujetos
de aseguramiento al régimen obligatorio:
* I. Los trabajadores en industrias familiares y los
independientes, como profesionales,
comerciantes en pequeño, artesanos y demás
trabajadores no asalariados;
* II. Los trabajadores domésticos;
* III. Los ejidatarios, comuneros, colonos y
pequeños propietarios;
* IV. Los patrones personas físicas con
trabajadores asegurados a su servicio, y
* V. Los trabajadores al servicio de las
administraciones públicas de la Federación,
entidades federativas y municipios que estén
excluidas o no comprendidas en otras leyes o
decretos como sujetos de seguridad social.
*
44. * DEL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA
* Artículo 240. Todas las familias en México tienen
derecho a un seguro de salud para sus miembros y
para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto
Mexicano del Seguro Social convenio para el
otorgamiento de las prestaciones en especie del
seguro de enfermedades y maternidad, en los
términos del reglamento respectivo.
* Artículo 242.- Todos los sujetos que voluntariamente
se incorporen al seguro de salud para la familia,
incluido los familiares a que se refiere el artículo 84 y
241 y cualquier familiar adicional pagarán anualmente
la cuota establecida correspondiente, clasificándose
por el grupo de edad a que pertenezcan.
* El Consejo Técnico podrá determinar anualmente el
importe de las cuotas a aplicar, previa realización de
los análisis y estudios actuariales pertinentes, sin
detrimento del principio de solidaridad social.
*