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PRIMER PARCIAL 
LIC. ALFREDO C. GARCÍA QUEVEDO 
*
Hombre 
como 
individuo 
Hombre en 
sociedad 
Instituciones 
de ayuda
* Relación horizontal entre personas 
que constituyen un grupo, una 
asociación o una comunidad, en la 
cual los participantes se 
encuentran en condiciones de 
igualdad. Tal relación o vínculo 
interpersonal se constituye como 
solidario en razón de la fuerza o 
intensidad de la cohesión mutua, que 
ha de ser mayor al simple 
reconocimiento de la común 
pertenencia a una colectividad. 
Vínculo especialmente comprometido, 
decidido, que permanece en el tiempo 
y que obliga a los individuos del 
colectivo que se dice solidario, a 
responder ante la sociedad y/o ante 
terceros, cada uno por el grupo, y al 
grupo por cada uno. 
*
* Ejemplos más antiguos que se 
pueden mencionar de la 
solidaridad humana son: la 
caridad y la beneficencia; 
durante mucho tiempo, en 
muchos lugares y para infinidad 
de individuos, ha sido y 
lamentablemente, es la única 
con la que han podido contar y 
por lo regular es precaria. 
Dependen de la buena voluntad 
de las personas. 
*
*La seguridad social es una 
institución nacida de la 
solidaridad humana, que se 
manifiesta en la reacción de 
ayudar a individuos o grupos 
en estado de necesidad o 
desgracia. Se conformaron 
grupos que entre sus fines se 
encontraban los 
filantrópicos. 
*
Simón Bolívar,15 de febrero de 1819, en el Congreso 
de la Angostura, Venezuela 
*
*El hombre ha llegado a la conclusión de que la 
seguridad social es una necesidad colectiva, cuya 
satisfacción incumbe al Estado, el cual debe 
obligarse al establecimiento de la normatividad 
jurídica adecuada, la creación de organizaciones o 
instituciones que cumplan con las mismas, y otorguen 
los servicios públicos necesarios y los mecanismos 
económicos para lograrlo, surgiendo así los seguros 
sociales.
* En nuestro país la expresión «Derecho Social» se pronunció por 
Ignacio Ramírez, justo en las discusiones que dieron origen a la 
Constitución Política de lo Estados Unidos Mexicanos de 1857, en 
razón de que intentaba introducir en el máximo ordenamiento 
nacional, la protección de niños, hijos abandonados, mujeres y 
trabajadores como sujetos de tutela. Ignacio Ramírez y los hermanos 
Flores Magón lucharon por mejorar las condiciones laborales del 
trabajador, entre otras, para que los trabajadores participaran en las 
utilidades de las empresas, demanda que se consolida en el proyecto 
de la “Declaración de Derechos Sociales”, el 13 de enero de 1917, en 
la ciudad de Querétaro. Esta concepción, sin embargo, estuvo latente 
e irrumpió en la revolución de 1910, y en su oportunidad fue 
plasmada en la Constitución de la República el 5 de febrero de 1917, 
conocida también como la PRIMER CONSTITUCIÓN POLÍTICA SOCIALISTA 
DEL MUNDO. 
*
*En conclusión 
el hombres persigue para si 
y sus iguales, alcanzar el 
bienestar y la tranquilidad 
que ofrece el satisfacer sus 
necesidades de forma 
integral y solidaria. 
*
* Artículo 22. Toda persona, como 
miembro de la sociedad, tiene 
derecho a la seguridad social, y a 
obtener, mediante el esfuerzo 
nacional y la cooperación 
internacional, habida cuenta de la 
organización y los recursos de 
cada Estado, la satisfacción de los 
derechos económicos, sociales y 
culturales, indispensables a su 
dignidad y al libre desarrollo de su 
personalidad. 
*
* Asistencia médica 
* Enfermedad 
* Desempleo 
* Vejez 
* Accidentes del trabajo y 
enfermedades profesionales 
* Familia 
* Maternidad 
* Invalidez, y 
* Prestaciones de sobrevivientes 
*
* Todas las personas deben participar de los beneficios 
del sistema de seguridad social. 
* La función de la seguridad social es proteger al ser 
humano como tal, dentro de una determinada 
colectividad social, sin importar a qué dedique su 
existencia. 
* El acceso a la protección deja de ser un derecho para 
unos y una concesión graciosa para otros, y se constituye 
en un derecho subjetivo público. 
* El acceso a la seguridad social es un derecho humano, 
es un derecho inherente al ser humano por el solo hecho 
de serlo. 
*
*Toda la población, en la medida de sus 
posibilidades, debe contribuir económicamente al 
financiamiento de aquella protección. 
*En la práctica, la solidaridad se manifiesta como el 
sacrificio de los jóvenes respecto de los ancianos, 
de los sanos frente a los enfermos, de los ocupados 
ante quienes carecen de empleo, de quienes 
continuamos viviendo ante los familiares de los 
fallecidos, de quienes no tienen carga familiar 
frente a los que si la tienen, etc. 
*
* De acuerdo con este principio, el sistema de seguridad social 
como un todo, debe funcionar con criterios congruentes y 
coordinados, y otorgar prestaciones o beneficios similares para 
los diferentes colectivos que se protegen. 
* Lo que se enfatiza con este principio es que debe existir una 
congruencia en la gestión de las diferentes entidades que 
participan en la administración del sistema de seguridad social, y 
en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la 
multiplicidad de instituciones no quiebre el principio de 
igualdad. 
* En el ámbito del derecho a la salud, este principio ha tenido un 
desarrollo significativo, no así en relación con el derecho a la 
jubilación en el que, pese a algunos esfuerzos, se mantienen 
diferencias importantes en las prestaciones y en las formas de 
financiamiento, sin que dichas diferencias tengan respaldo 
técnico. 
*
*De acuerdo con este principio, se 
debe dar el mismo trato a todas las 
personas que se encuentran en la 
misma situación, y a la inversa, 
debe darse un trato distinto y 
adecuado a cada circunstancia a las 
personas que se encuentren en 
situaciones distintas. 
*
* Este principio tiene una doble vertiente. Significa por un lado 
que los beneficios de la seguridad social deben crearse 
paulatinamente y continuar elevando progresivamente los 
beneficios más allá de los niveles mínimos de protección. 
Significa al mismo tiempo que una vez superada una fase 
evolutiva en relación con el contenido de las prestaciones no es 
dable retrocederse a otra etapa. 
* Desde luego que la progresividad de los beneficios debe verse en 
forma global, de manera que la supresión de un beneficio en sí 
misma no significaría una infracción a este principio de evolución 
progresiva, sino que debe verse el sistema como un todo, de 
manera que es perfectamente entendible la disminución o 
supresión de un beneficio en relación con el aumento o creación 
de un beneficio distinto en otra área del sistema de seguridad 
social. 
* Tampoco se quebranta este principio, cuando resultan necesario 
hacer un ajuste para corregir un error o bien para corresponder 
a la realidad económica. 
*
*El desarrollo de la seguridad social debe responder a 
su vez al desarrollo económico de la sociedad. Un 
modelo de sistema de seguridad social que por exceso 
o defecto se aparte de la realidad económica está 
condenado al fracaso. Para ello es necesario la 
planificación y la coordinación. 
*La planificación y la coordinación son necesarias, ya 
no solo en el ámbito de las entidades encargadas de 
la seguridad social como lo exige el principio de 
unidad, sino además, en relación con todas las 
entidades del sector público y también del sector 
privado, cuando fuere del caso. Solo así podrá 
instrumentarse el principio de concordancia de la 
seguridad social con la realidad económica. 
*
* En un sentido muy genérico y amplio podría pensarse que dentro de 
este principio se engloban los principios de universalidad, y de 
solidaridad, en tanto que, de acuerdo con el principio de 
universalidad, se plantea la participación de la población en los 
beneficios de la seguridad social, y con el de solidaridad se plantea la 
participación de la población en el financiamiento de la seguridad 
social. 
* No obstante, cuando se habla de participación social se hace en una 
forma más restringida y separada de aquellos principios, pues con 
ella se hace relación a que los diferentes colectivos protegidos deben 
estar representados en la dirección de las entidades que administran 
los diferentes programas de seguridad social y que, además, deben 
tener participación en el diseño del sistema y de los cambios que se 
puedan dar en general, y en particular en el perfil de beneficios. 
*
*De acuerdo con este principio, las prestaciones de la 
seguridad social del sistema deben ser acordes con las 
necesidades de los colectivos que se pretende 
proteger. Las prestaciones de la seguridad social no 
deben quedarse en la protección de los riesgos 
clásicos (invalidez, vejez, muerte, enfermedad y 
maternidad), sino que debe tener un crecimiento 
constante tendiente a detectar las diferentes 
necesidades sociales para acudir a su protección. 
*Para satisfacer las diferentes necesidades, de acuerdo 
con cada uno de los sectores protegidos, deben 
establecerse beneficios adecuados a las diferentes 
circunstancias. 
*
* De acuerdo con este principio, los beneficios de la seguridad 
social deben llegar en forma oportuna al beneficiario. 
* Para ello, para que los beneficios de la seguridad social lleguen 
en forma oportuna, es necesario que los procedimientos sean 
ágiles y sencillos; los plazos de resolución, cortos. 
* La participación material del beneficiario en el trámite debe 
reducirse al mínimo, pues la administración de la seguridad 
social debe suplir los trámites. 
* Debe darse publicidad a los beneficios, para que todos conozcan 
sus eventuales derechos. 
* Es contrario al principio de inmediatez el establecer beneficios 
sobre hipótesis confusas, cuya existencia solo algunos conocen. 
* La prestación de los servicios debe desconcentrarse, para que 
las distancias territoriales no sean obstáculo en la obtención de 
los beneficios. 
*
*En última instancia es la colectividad 
la responsable de la seguridad social, 
no el órgano o ente que administra 
un determinado programa. Por ello, 
convergiendo con el concepto de 
responsabilidad, es en última 
instancia el Estado el que debe 
hacerle frente a los programas de 
seguridad social. 
*
*El fin principal del Estado debe ser la tutela 
del ser humano. 
*Dado ese carácter instrumental, debe 
preferirse la asignación de recursos económicos 
a los programas de seguridad social, 
particularmente a aquellos que tienden a la 
satisfacción de las necesidades fundamentales. 
Este principio es de especial importancia en 
situaciones de crisis económicas. 
*
* 
*Sistema general homogéneo 
de prestaciones, de derecho 
público y supervisión estatal 
que tiene como finalidad 
garantizar el derecho 
humano a la salud a la 
asistencia médica, la 
protección de los medios de 
subsistencia y los servicios 
sociales para el bienestar 
individual y colectivo, 
mediante la redistribución 
de la riqueza nacional.
Conjunto de normas que permiten resolver los 
conflictos sociales a través de la reglamentación de 
instituciones públicas y privadas, cuyo objetivo es 
ordenar y corregir las desigualdades que existen entre 
las clases sociales, con la intención de proteger a las 
personas ante las distintas cuestiones que surgen en 
el día a día. Comprende además otras ramas, como el 
derecho laboral, el derecho migratorio y el derecho 
agrario.
* 
Dividido tradicionalmente en 
tres sectores: 
*Público 
*Privado 
*Militar 
Se ha incluido además la 
protección mediante el 
seguro popular a partir de la 
creación de LA COMISIÓN 
NACIONAL DE PROTECCIÓN 
SOCIAL EN SALUD, creada en 
2004, de la cual nace el 
Seguro Popular. 
Mayor información en: 
http://www.seguro-popular. 
gob.mx/index.php/conocenos/leyes 
http://www.issfam.gob.mx/archivos/transpar 
encia/normatividad_federal/leyes/ley_issfam. 
pdf 
http://normateca.issste.gob.mx/webdocs.asp 
?sesion=201409161708111268
EL DERECHO A LA 
SEGURIDAD SOCIAL 
protege a los miembros 
más vulnerables de la 
sociedad.
Garantiza que todas las 
personas accedan a los 
bienes y servicios 
mínimamente necesarios 
para una vida digna.
Es obligación del Estado 
asegurar que todas las personas 
que habitan su territorio estén 
protegidas contra accidentes, 
dificultades y enfermedades.
Los gobiernos deben crear 
planes para proveer alivio a 
los desempleados, asegurar 
que los ancianos tengan la 
asistencia adecuada y 
garantizar que las personas 
con discapacidades no sufran 
adversidades innecesarias.
La ley debe garantizar que los 
empleadores proporcionen a 
sus empleados servicios 
médicos, compensación en 
caso de accidentes de trabajo y 
beneficios jubilatorios.
Se debe prestar 
especial atención a las 
embarazadas y a los 
niños pequeños.
Es obligación del estado 
asegurar que reciban 
alimentación, vivienda y 
servicios médicos 
adecuados, y que estén 
protegidos contra la 
adversidad.
Los gobiernos deben posibilitar 
que todos los sectores de la 
sociedad, incluyendo los 
jóvenes, los ancianos y las 
minorías étnicas y religiosas, 
vean satisfechas sus 
necesidades y logren su 
autonomía.
* 
*Artículo 251. El Instituto 
Mexicano del Seguro Social 
tiene las facultades y 
atribuciones siguientes: 
*I. Administrar los seguros de 
riesgos de trabajo, 
enfermedades y 
maternidad, invalidez y 
vida, guarderías y 
prestaciones sociales, salud 
para la familia, adicionales 
y otros, así como prestar 
los servicios de beneficio 
colectivo que señala esta 
Ley; 
Atribuciones del Instituto frente 
al derechohabiente. 
DERECHOHABIENTE: Definido como 
el asegurado, el pensionado y los 
beneficiarios de ambos, que en los 
términos de la Ley tengan vigente su 
derecho a recibir las prestaciones del 
Instituto.
*VI. Establecer unidades 
médicas, guarderías infantiles, 
farmacias, velatorios, así como 
centros de capacitación, 
deportivos, culturales, 
vacacionales, de seguridad 
social para el bienestar 
familiar y demás 
establecimientos para el 
cumplimiento de los fines que 
le son propios, sin sujetarse a 
las condiciones salvo las 
sanitarias, que fijen las leyes y 
reglamentos respectivos para 
empresas privadas, con 
actividades similares.
* XXXVI. Prestar servicios a quienes no 
sean sus derechohabientes, a título 
oneroso, a efecto de utilizar de 
manera eficiente su capacidad 
instalada y coadyuvar al 
financiamiento de su operación y 
mantenimiento, siempre que ello no 
represente menoscabo en la calidad 
y calidez del servicio que debe 
prestar a sus derechohabientes… 
*
*Artículo 6. El Seguro 
Social comprende: 
*I. El régimen 
obligatorio, y 
*II. El régimen 
voluntario..
* Artículo 7. El Seguro Social 
cubre las contingencias y 
proporciona los servicios que 
se especifican a propósito de 
cada régimen particular, 
mediante prestaciones en 
especie y en dinero, en las 
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por esta Ley y sus reglamentos
* Artículo 11. El régimen obligatorio 
comprende los seguros de: 
* I. Riesgos de trabajo; 
* II. Enfermedades y maternidad; 
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* V. Guarderías y prestaciones 
sociales. 
*
* Artículo 13. Voluntariamente podrán ser sujetos 
de aseguramiento al régimen obligatorio: 
* I. Los trabajadores en industrias familiares y los 
independientes, como profesionales, 
comerciantes en pequeño, artesanos y demás 
trabajadores no asalariados; 
* II. Los trabajadores domésticos; 
* III. Los ejidatarios, comuneros, colonos y 
pequeños propietarios; 
* IV. Los patrones personas físicas con 
trabajadores asegurados a su servicio, y 
* V. Los trabajadores al servicio de las 
administraciones públicas de la Federación, 
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excluidas o no comprendidas en otras leyes o 
decretos como sujetos de seguridad social. 
*
* DEL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA 
* Artículo 240. Todas las familias en México tienen 
derecho a un seguro de salud para sus miembros y 
para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto 
Mexicano del Seguro Social convenio para el 
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seguro de enfermedades y maternidad, en los 
términos del reglamento respectivo. 
* Artículo 242.- Todos los sujetos que voluntariamente 
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incluido los familiares a que se refiere el artículo 84 y 
241 y cualquier familiar adicional pagarán anualmente 
la cuota establecida correspondiente, clasificándose 
por el grupo de edad a que pertenezcan. 
* El Consejo Técnico podrá determinar anualmente el 
importe de las cuotas a aplicar, previa realización de 
los análisis y estudios actuariales pertinentes, sin 
detrimento del principio de solidaridad social. 
*
Bibliografía: 
• http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2493/4.pdf 
• http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/con 
t/3/art/art2.pdf 
• http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/92.pdf 
• http://www.escr-net.org/es/docs/i/427016

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Solidaridad y seguridad social

  • 1. PRIMER PARCIAL LIC. ALFREDO C. GARCÍA QUEVEDO *
  • 2. Hombre como individuo Hombre en sociedad Instituciones de ayuda
  • 3. * Relación horizontal entre personas que constituyen un grupo, una asociación o una comunidad, en la cual los participantes se encuentran en condiciones de igualdad. Tal relación o vínculo interpersonal se constituye como solidario en razón de la fuerza o intensidad de la cohesión mutua, que ha de ser mayor al simple reconocimiento de la común pertenencia a una colectividad. Vínculo especialmente comprometido, decidido, que permanece en el tiempo y que obliga a los individuos del colectivo que se dice solidario, a responder ante la sociedad y/o ante terceros, cada uno por el grupo, y al grupo por cada uno. *
  • 4. * Ejemplos más antiguos que se pueden mencionar de la solidaridad humana son: la caridad y la beneficencia; durante mucho tiempo, en muchos lugares y para infinidad de individuos, ha sido y lamentablemente, es la única con la que han podido contar y por lo regular es precaria. Dependen de la buena voluntad de las personas. *
  • 5. *La seguridad social es una institución nacida de la solidaridad humana, que se manifiesta en la reacción de ayudar a individuos o grupos en estado de necesidad o desgracia. Se conformaron grupos que entre sus fines se encontraban los filantrópicos. *
  • 6. Simón Bolívar,15 de febrero de 1819, en el Congreso de la Angostura, Venezuela *
  • 7. *El hombre ha llegado a la conclusión de que la seguridad social es una necesidad colectiva, cuya satisfacción incumbe al Estado, el cual debe obligarse al establecimiento de la normatividad jurídica adecuada, la creación de organizaciones o instituciones que cumplan con las mismas, y otorguen los servicios públicos necesarios y los mecanismos económicos para lograrlo, surgiendo así los seguros sociales.
  • 8. * En nuestro país la expresión «Derecho Social» se pronunció por Ignacio Ramírez, justo en las discusiones que dieron origen a la Constitución Política de lo Estados Unidos Mexicanos de 1857, en razón de que intentaba introducir en el máximo ordenamiento nacional, la protección de niños, hijos abandonados, mujeres y trabajadores como sujetos de tutela. Ignacio Ramírez y los hermanos Flores Magón lucharon por mejorar las condiciones laborales del trabajador, entre otras, para que los trabajadores participaran en las utilidades de las empresas, demanda que se consolida en el proyecto de la “Declaración de Derechos Sociales”, el 13 de enero de 1917, en la ciudad de Querétaro. Esta concepción, sin embargo, estuvo latente e irrumpió en la revolución de 1910, y en su oportunidad fue plasmada en la Constitución de la República el 5 de febrero de 1917, conocida también como la PRIMER CONSTITUCIÓN POLÍTICA SOCIALISTA DEL MUNDO. *
  • 9. *En conclusión el hombres persigue para si y sus iguales, alcanzar el bienestar y la tranquilidad que ofrece el satisfacer sus necesidades de forma integral y solidaria. *
  • 10.
  • 11. * Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. *
  • 12. * Asistencia médica * Enfermedad * Desempleo * Vejez * Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales * Familia * Maternidad * Invalidez, y * Prestaciones de sobrevivientes *
  • 13.
  • 14. * Todas las personas deben participar de los beneficios del sistema de seguridad social. * La función de la seguridad social es proteger al ser humano como tal, dentro de una determinada colectividad social, sin importar a qué dedique su existencia. * El acceso a la protección deja de ser un derecho para unos y una concesión graciosa para otros, y se constituye en un derecho subjetivo público. * El acceso a la seguridad social es un derecho humano, es un derecho inherente al ser humano por el solo hecho de serlo. *
  • 15. *Toda la población, en la medida de sus posibilidades, debe contribuir económicamente al financiamiento de aquella protección. *En la práctica, la solidaridad se manifiesta como el sacrificio de los jóvenes respecto de los ancianos, de los sanos frente a los enfermos, de los ocupados ante quienes carecen de empleo, de quienes continuamos viviendo ante los familiares de los fallecidos, de quienes no tienen carga familiar frente a los que si la tienen, etc. *
  • 16. * De acuerdo con este principio, el sistema de seguridad social como un todo, debe funcionar con criterios congruentes y coordinados, y otorgar prestaciones o beneficios similares para los diferentes colectivos que se protegen. * Lo que se enfatiza con este principio es que debe existir una congruencia en la gestión de las diferentes entidades que participan en la administración del sistema de seguridad social, y en los beneficios otorgados por ellas, de modo que la multiplicidad de instituciones no quiebre el principio de igualdad. * En el ámbito del derecho a la salud, este principio ha tenido un desarrollo significativo, no así en relación con el derecho a la jubilación en el que, pese a algunos esfuerzos, se mantienen diferencias importantes en las prestaciones y en las formas de financiamiento, sin que dichas diferencias tengan respaldo técnico. *
  • 17. *De acuerdo con este principio, se debe dar el mismo trato a todas las personas que se encuentran en la misma situación, y a la inversa, debe darse un trato distinto y adecuado a cada circunstancia a las personas que se encuentren en situaciones distintas. *
  • 18. * Este principio tiene una doble vertiente. Significa por un lado que los beneficios de la seguridad social deben crearse paulatinamente y continuar elevando progresivamente los beneficios más allá de los niveles mínimos de protección. Significa al mismo tiempo que una vez superada una fase evolutiva en relación con el contenido de las prestaciones no es dable retrocederse a otra etapa. * Desde luego que la progresividad de los beneficios debe verse en forma global, de manera que la supresión de un beneficio en sí misma no significaría una infracción a este principio de evolución progresiva, sino que debe verse el sistema como un todo, de manera que es perfectamente entendible la disminución o supresión de un beneficio en relación con el aumento o creación de un beneficio distinto en otra área del sistema de seguridad social. * Tampoco se quebranta este principio, cuando resultan necesario hacer un ajuste para corregir un error o bien para corresponder a la realidad económica. *
  • 19. *El desarrollo de la seguridad social debe responder a su vez al desarrollo económico de la sociedad. Un modelo de sistema de seguridad social que por exceso o defecto se aparte de la realidad económica está condenado al fracaso. Para ello es necesario la planificación y la coordinación. *La planificación y la coordinación son necesarias, ya no solo en el ámbito de las entidades encargadas de la seguridad social como lo exige el principio de unidad, sino además, en relación con todas las entidades del sector público y también del sector privado, cuando fuere del caso. Solo así podrá instrumentarse el principio de concordancia de la seguridad social con la realidad económica. *
  • 20. * En un sentido muy genérico y amplio podría pensarse que dentro de este principio se engloban los principios de universalidad, y de solidaridad, en tanto que, de acuerdo con el principio de universalidad, se plantea la participación de la población en los beneficios de la seguridad social, y con el de solidaridad se plantea la participación de la población en el financiamiento de la seguridad social. * No obstante, cuando se habla de participación social se hace en una forma más restringida y separada de aquellos principios, pues con ella se hace relación a que los diferentes colectivos protegidos deben estar representados en la dirección de las entidades que administran los diferentes programas de seguridad social y que, además, deben tener participación en el diseño del sistema y de los cambios que se puedan dar en general, y en particular en el perfil de beneficios. *
  • 21. *De acuerdo con este principio, las prestaciones de la seguridad social del sistema deben ser acordes con las necesidades de los colectivos que se pretende proteger. Las prestaciones de la seguridad social no deben quedarse en la protección de los riesgos clásicos (invalidez, vejez, muerte, enfermedad y maternidad), sino que debe tener un crecimiento constante tendiente a detectar las diferentes necesidades sociales para acudir a su protección. *Para satisfacer las diferentes necesidades, de acuerdo con cada uno de los sectores protegidos, deben establecerse beneficios adecuados a las diferentes circunstancias. *
  • 22. * De acuerdo con este principio, los beneficios de la seguridad social deben llegar en forma oportuna al beneficiario. * Para ello, para que los beneficios de la seguridad social lleguen en forma oportuna, es necesario que los procedimientos sean ágiles y sencillos; los plazos de resolución, cortos. * La participación material del beneficiario en el trámite debe reducirse al mínimo, pues la administración de la seguridad social debe suplir los trámites. * Debe darse publicidad a los beneficios, para que todos conozcan sus eventuales derechos. * Es contrario al principio de inmediatez el establecer beneficios sobre hipótesis confusas, cuya existencia solo algunos conocen. * La prestación de los servicios debe desconcentrarse, para que las distancias territoriales no sean obstáculo en la obtención de los beneficios. *
  • 23. *En última instancia es la colectividad la responsable de la seguridad social, no el órgano o ente que administra un determinado programa. Por ello, convergiendo con el concepto de responsabilidad, es en última instancia el Estado el que debe hacerle frente a los programas de seguridad social. *
  • 24. *El fin principal del Estado debe ser la tutela del ser humano. *Dado ese carácter instrumental, debe preferirse la asignación de recursos económicos a los programas de seguridad social, particularmente a aquellos que tienden a la satisfacción de las necesidades fundamentales. Este principio es de especial importancia en situaciones de crisis económicas. *
  • 25. * *Sistema general homogéneo de prestaciones, de derecho público y supervisión estatal que tiene como finalidad garantizar el derecho humano a la salud a la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales para el bienestar individual y colectivo, mediante la redistribución de la riqueza nacional.
  • 26. Conjunto de normas que permiten resolver los conflictos sociales a través de la reglamentación de instituciones públicas y privadas, cuyo objetivo es ordenar y corregir las desigualdades que existen entre las clases sociales, con la intención de proteger a las personas ante las distintas cuestiones que surgen en el día a día. Comprende además otras ramas, como el derecho laboral, el derecho migratorio y el derecho agrario.
  • 27. * Dividido tradicionalmente en tres sectores: *Público *Privado *Militar Se ha incluido además la protección mediante el seguro popular a partir de la creación de LA COMISIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD, creada en 2004, de la cual nace el Seguro Popular. Mayor información en: http://www.seguro-popular. gob.mx/index.php/conocenos/leyes http://www.issfam.gob.mx/archivos/transpar encia/normatividad_federal/leyes/ley_issfam. pdf http://normateca.issste.gob.mx/webdocs.asp ?sesion=201409161708111268
  • 28. EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL protege a los miembros más vulnerables de la sociedad.
  • 29. Garantiza que todas las personas accedan a los bienes y servicios mínimamente necesarios para una vida digna.
  • 30. Es obligación del Estado asegurar que todas las personas que habitan su territorio estén protegidas contra accidentes, dificultades y enfermedades.
  • 31. Los gobiernos deben crear planes para proveer alivio a los desempleados, asegurar que los ancianos tengan la asistencia adecuada y garantizar que las personas con discapacidades no sufran adversidades innecesarias.
  • 32. La ley debe garantizar que los empleadores proporcionen a sus empleados servicios médicos, compensación en caso de accidentes de trabajo y beneficios jubilatorios.
  • 33. Se debe prestar especial atención a las embarazadas y a los niños pequeños.
  • 34. Es obligación del estado asegurar que reciban alimentación, vivienda y servicios médicos adecuados, y que estén protegidos contra la adversidad.
  • 35. Los gobiernos deben posibilitar que todos los sectores de la sociedad, incluyendo los jóvenes, los ancianos y las minorías étnicas y religiosas, vean satisfechas sus necesidades y logren su autonomía.
  • 36.
  • 37. * *Artículo 251. El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene las facultades y atribuciones siguientes: *I. Administrar los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, guarderías y prestaciones sociales, salud para la familia, adicionales y otros, así como prestar los servicios de beneficio colectivo que señala esta Ley; Atribuciones del Instituto frente al derechohabiente. DERECHOHABIENTE: Definido como el asegurado, el pensionado y los beneficiarios de ambos, que en los términos de la Ley tengan vigente su derecho a recibir las prestaciones del Instituto.
  • 38. *VI. Establecer unidades médicas, guarderías infantiles, farmacias, velatorios, así como centros de capacitación, deportivos, culturales, vacacionales, de seguridad social para el bienestar familiar y demás establecimientos para el cumplimiento de los fines que le son propios, sin sujetarse a las condiciones salvo las sanitarias, que fijen las leyes y reglamentos respectivos para empresas privadas, con actividades similares.
  • 39. * XXXVI. Prestar servicios a quienes no sean sus derechohabientes, a título oneroso, a efecto de utilizar de manera eficiente su capacidad instalada y coadyuvar al financiamiento de su operación y mantenimiento, siempre que ello no represente menoscabo en la calidad y calidez del servicio que debe prestar a sus derechohabientes… *
  • 40. *Artículo 6. El Seguro Social comprende: *I. El régimen obligatorio, y *II. El régimen voluntario..
  • 41. * Artículo 7. El Seguro Social cubre las contingencias y proporciona los servicios que se especifican a propósito de cada régimen particular, mediante prestaciones en especie y en dinero, en las formas y condiciones previstas por esta Ley y sus reglamentos
  • 42. * Artículo 11. El régimen obligatorio comprende los seguros de: * I. Riesgos de trabajo; * II. Enfermedades y maternidad; * III. Invalidez y vida; * IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y * V. Guarderías y prestaciones sociales. *
  • 43. * Artículo 13. Voluntariamente podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio: * I. Los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados; * II. Los trabajadores domésticos; * III. Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; * IV. Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, y * V. Los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social. *
  • 44. * DEL SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA * Artículo 240. Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, en los términos del reglamento respectivo. * Artículo 242.- Todos los sujetos que voluntariamente se incorporen al seguro de salud para la familia, incluido los familiares a que se refiere el artículo 84 y 241 y cualquier familiar adicional pagarán anualmente la cuota establecida correspondiente, clasificándose por el grupo de edad a que pertenezcan. * El Consejo Técnico podrá determinar anualmente el importe de las cuotas a aplicar, previa realización de los análisis y estudios actuariales pertinentes, sin detrimento del principio de solidaridad social. *
  • 45. Bibliografía: • http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/5/2493/4.pdf • http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/jurid/con t/3/art/art2.pdf • http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/92.pdf • http://www.escr-net.org/es/docs/i/427016