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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSITARIA CIENCIAS Y TECNOLOGÍA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN
RODRÍGUEZ
NÚCLEO PALO VERDE-EXTENSIÓN VARGAS
CÁTEDRA: SEGUROS
SEGUROS
Participantes:
Bonaldy L; Soleannys N. C.I: V- 27.042.207
Cabrera P; Lisbeth M. C.I. V-13.571.718
Campos H; Alberth S. C.I. V-20.781.720
Cárdenas U; Magno A. C.I: V-21.759.012
Colmenares S; Grecia D. C.I. V-18.141.306
Corro B; Mervin J. C.I. V-9.998.716
Delgado A; José de Jesús C.I. V-13.672.326
Méndez N; José. C.I. V-14.323.872
Facilitadora:
María Adocheli
La Guaira, Agosto; 2020
2
INDICE
Contenido
Portada; Titulo SEGUROS ..................................................................... 1
INDICE ................................................................................................... 2
INDICE CUADRO................................................................................... 5
INTRODUCCION.................................................................................... 1
CAPITULO I............................................................................................ 1
1.1 Fundamentos básicos sobre Seguro ................................................... 1
1.1.1 Definición .......................................................................................... 1
1.1.2 El Contrato de Seguro ..................................................................... 2
1.1.3 Sector Asegurador ............................................................................ 3
1.1.4 Elementos de una operación de seguro ........................................... 3
1.1.5 Partes Involucradas .......................................................................... 3
1.1.5.1 Póliza ............................................................................................. 4
1.1.5.2 Asegurador .................................................................................... 4
1.1.5.3 Tomador......................................................................................... 4
1.1.5.4 Asegurado...................................................................................... 5
1.1.5.5 Beneficiario .................................................................................... 5
1.1.5.6 Mediadores .................................................................................... 5
1.1.5.7 La Suma Asegurada ...................................................................... 5
1.1.5.8 Beneficiarios .................................................................................. 5
1.1.6. Principios Basicos Del Seguros. ……………………………………….6
1.1.6.1 Máxima Buena fe …………………………………………………… ..6
1.1.6.2 Principios de no Lucratividad …………………………………………7
1.1.6.3 Principios de Intereses Asegurable ………………………………….8
1.1.6.4 Principios de Subrogación ……………………………………………8
1.2 Diversas Clases de Seguro.................................................................. 9
1.2.1 Seguros de Vida ............................................................................... 9
3
1.2.1.1 Tipos de seguros de vida............................................................. 10
1.2.1.1.1 Seguro en caso de Sobrevivencia ............................................ 10
1.2.1.1.2 Seguro en caso de Fallecimiento.............................................. 11
1.2.1.1.3 Seguro Dotal Mixto ................................................................... 13
1.2.1.2 Seguro por Daños........................................................................ 14
1.2.1.2.1 Ramo de Incendio..................................................................... 14
1.2.1.2.2 Ramo de Responsabilidad Civil. ............................................... 14
1.2.1.2.3 Ramo Agrícola .......................................................................... 15
1.2.1.2.4 Ramo de Crédito...................................................................... 15
1.2.1.2.5 Ramo de Transportes. ............................................................. 15
1.2.1.2.6 Ramo de Diversos .................................................................... 16
1.2.1.2.7 Seguro de Gastos Médicos....................................................... 16
1.2.1.2.8 Seguro de Pensiones................................................................ 22
1.2.1.2.9 Seguro de Responsabilidad Civil .............................................. 27
1.3 El Costo Financiero de Asegurar ....................................................... 33
1.3.1 Costo del Seguro ......................................................................... 35
1.3.2 Los beneficios adicionales de un seguro ....................................... 36
1.3.3 Plazo Pago de Seguro .................................................................. 36
1.4 Riesgo................................................................................................ 36
1.4.1 Definición ........................................................................................ 36
1.4.2 Clasificación.................................................................................... 37
1.4. 2.1 Riesgos Morales ......................................................................... 38
1.4.2.2 Riesgo Moral Activo ..................................................................... 38
1.4.2.3 Riesgo Moral Pasivo .................................................................... 38
1.4.2.4 Riesgos Materiales ...................................................................... 38
1.4.2.5 Por su origen pueden ser:............................................................ 38
1.4.2.6 Por su probabilidad puede ser: Constantes o variables
(Progresivos o regresivos) ....................................................................... 39
1.4.2.7 Por su naturaleza......................................................................... 39
1.4.2.8 Por su conocimiento .................................................................... 40
1.5 Como evitar Riesgos, Como afrontar Riesgos.................................. 40
1.6 La causa que genera su existencia.................................................... 41
4
1.7 Riesgos Empresariales ...................................................................... 43
1.8 Requisitos para que un riesgo sea Asegurado ................................. 45
1.9 Gerencia de Riesgo (dentro de la empresa) ...................................... 50
1.10 El Seguro como elemento Financiero dentro del contexto Interno de
la empresa ............................................................................................... 54
1.11 Fundamentación Jurídica................................................................. 58
CONCLUSION...................................................................................... 61
REFERENCIAS .................................................................................... 63
REREFERENCIA BIBLIOGRAFICA ..................................................... 63
REFERENCIA BIBLIOGRAFICAS EN LINEA ...................................... 63
5
INDICE CUADRO
Cuadro 1 EVALUACIÒN Y ADMINISTRACION DEL RIESGO
EMPRESARIA. …………………………………………………………….. 45
1
INTRODUCCION
La presente investigación se refiere sobre el Tema de Seguros es
un contrato, denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de
Seguros (el asegurador) se obliga, mediante el cobro de una prima y para
el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a
indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al
asegurado; bien a través de un capital, una renta, o a través de la
prestación de un servicio.
Su Objetivo es Analizar en forma crítica para ser puesto en práctica
en el campo laboral e profesional. Un análisis sistemático e interpretativo
con respeto al tema dado.
Su Finalidad sobre el tema es el aprendizaje en forma empírica a
nivel profesional en cuanto a la toma de decisiones de reguardo y
custodia de los bienes de la empresa cuyo fin protegerlo contra todo
evento o siniestro, basándose en la norma jurídica
Importancia es resguardar los bienes ante eventos o siniestros que
causa perdida, así se pueda proteger la inversión.
El Interés Hacia el lector es que pueda dar crítica sobre el tema en
el campo educativo y laboral como futuro profesionales.
La Metodología de la investigación está dada en una investigación
de campo, basándose en fuente bibliográfica en línea y texto jurídico.
La Investigación está dada en capitulo; Es decir Capítulo I
comprendido de la siguiente manera: Fundamento Básico de Seguros,
Diversas clase de seguros, Costo Financiero y Riesgo, Principios Básicos
de Seguros Fundamentación Jurídica.
1
CAPITULO I
1.1 Fundamentos básicos sobre Seguro
1.1.1 Definición
Según fuente electrónica; Autor www.wilkipedia.com; Enciclopedia
Wikipedia [Seguros], establece lo siguientes: Un seguro es un contrato,
denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de Seguros (el
asegurador) se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de
que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a
indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al
asegurado; bien a través de un capital, una renta, o a través de la
prestación de un servicio.
En este contrato intervienen: El asegurador, que siempre ha de ser
una compañía de seguros, que es la entidad responsable de la cobertura
en caso de siniestro, El tomador, que es el propietario de la póliza de
seguro y responsable del pago de la prima correspondiente, el asegurado
que es la persona a la que se asegura (bien a ella o a sus propiedades o
intereses).
1
El beneficiario que es la persona que cobrará la indemnización
correspondiente en caso de siniestro. No siempre estas tres figuras han
de ser la misma persona pudiendo ser todos distintos.
A modo de ejemplo: Una empresa (tomador) que paga un seguro
de vida su empleado (asegurado) para que cobren sus hijos
(beneficiarios) en caso de fallecimiento de este.
También puede existir una figura más, el mediador, que es la
persona que intermedia entre el Tomador y la compañía de seguros antes
de la compra de la póliza de seguro, en el momento de la formalización
(compra) y después de la compra (modificaciones que sean necesarias,
tramitación de siniestros, etc.).
La cantidad de dinero que se cobra por el seguro se llama prima.
La prima garantiza que el asegurador esté obligado a cumplir con las
prestaciones que le ha prometido al Tomador.
La gestión del riesgo, que es la práctica de la evaluación y control
del mismo, se ha desarrollado como un campo discreto de estudio y
práctica.
La transacción implica que el asegurado supone una pérdida
relativamente pequeña y conocida en la forma de pago de una prima a la
aseguradora a cambio de la garantía de la compañía de seguros para
compensar (indemnizar) al asegurado en el caso de una pérdida
financiera o comercial.
El asegurado recibe un contrato, denominado la póliza de seguro,
que detalla las condiciones y circunstancias en las que el asegurado será
compensado.
2
Desde un punto de vista matemático, el seguro transforma los
riesgos a los que están sometidas las personas en probabilidades
soportables a través de una organización. El seguro se configura como
una pieza básica de la actual estructura social.
La institución del seguro tiene dos grandes manifestaciones en la
sociedad:
• Seguridad social, que es un sistema obligatorio de cobertura,
administrado por el Estado, dirigido a proporcionar protección y
bienestar a los ciudadanos, que suele garantizar una prestación
económica en caso de jubilación, incapacidad laboral,
fallecimiento, desempleo etc.
• Seguros privados, que cubren y protegen a las personas o
entidades que contrata, pudiendo ser de suscripción obligatoria
o voluntaria. Ejemplos de seguros privados son los seguros de
robo o incendio de un inmueble o los seguros de automóviles o
de accidentes de personas.
1.1.2 El Contrato de Seguro
Es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de
una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es
objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño
producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras
prestaciones convenidas.
El contratante o tomador del seguro, que puede coincidir o no con
el asegurado, por su parte, se obliga a efectuar el pago de esa prima, a
cambio de la cobertura otorgada por el asegurador, la cual le evita
3
afrontar un perjuicio económico mayor, en caso de que el siniestro se
produzca.
1.1.3 Sector Asegurador
Las empresas de seguros son intermediarios financieros desde el
punto de vista económico y financiero. Este sector se diferencia de otros
sectores económicos en que, para iniciar su actividad, necesita un capital
fijo relativamente pequeño, puesto que no necesita realizar grandes
inversiones en activos para ejercer su actividad y su capital circulante se
lo anticipan sus propios clientes a cuenta del producto que ha de empezar
a fabricar en ese momento (la seguridad).
1.1.4 Elementos de una operación de seguro
• El Riesgo
• El Objeto Asegurado
• El Interés Asegurado
• La Suma Asegurada
• La Prima De Seguros
• El Siniestro
• La Indemnización
1.1.5 Partes Involucradas
El acto de asegurarse suele llevarse a cabo entre la persona que
desea asegurarse (asegurado), y la entidad que le proporcionará el
seguro (aseguradora). A pesar de lo simple que parezca la aseveración
pasada, más de dos partes se ven involucradas en el contrato y el
seguimiento de un seguro. A continuación, las trataremos:
4
1.1.5.1 Póliza
Parte más importante de un seguro, ya que es el contrato entre
ambas partes. Es el documento en el que constan los derechos y
obligaciones de las partes. Debe haber sido aceptado por ambos y en él
deben aparecer los datos personales del asegurado y de la compañía, la
cantidad a pagar y cada cuanto se producirán los pagos, descripción del
seguro en cuestión, desde cuándo y hasta cuándo está vigente la póliza,
las coberturas que incluye el seguro y el beneficiario del seguro (quién es
la persona que recibe la indemnización en el caso de que se den las
condiciones establecidas).
1.1.5.2 Asegurador
Entidad que asume la cobertura del riesgo del asegurado.
1.1.5.3 Tomador
Persona que pacta y suscribe el contrato de seguro. Es el obligado
a asumir las condiciones del contrato, especialmente la prima, es decir, es
la persona que contrata el seguro y cuyo nombre figura en la póliza.
Normalmente coincide con el asegurado, aunque en algunos casos puede
no ser así, ya que puede ser que el seguro lo pague una persona pero el
asegurado sea un familiar.
5
1.1.5.4 Asegurado
Persona u objeto bajo el que recae el seguro. Mejor dicho, quien
tiene la cobertura y, por tanto, quien está expuesta al riesgo. Es el titular
del contrato de seguro.
1.1.5.5 Beneficiario
Es la persona que es indemnizada en caso de que se den las
condiciones previstas en la póliza contratada. Dependiendo del caso,
tomador, asegurado y beneficiario pueden ser, o no, la misma persona.
En un seguro de vida, por ejemplo, pueden llegar a ser tres personas
diferentes.
1.1.5.6 Mediadores
Un mediador de seguros es un asesor que aconseja al cliente a la
hora de contratar una póliza. Su deber Es informarle de los diferentes
precios existentes y de qué tipo de coberturas le convienen más. Existen
varios tipos de mediadores: corredurías tradicionales y en línea, agentes
de seguros, operadores de banca, etc.
1.1.5.7 La Suma Asegurada
Es el monto que se compromete a pagar la aseguradora, siempre y
cuando haya sido contratada la cobertura.
1.1.5.8 Beneficiarios
Los beneficiarios deben tener una relación con el asegurado y una
dependencia económica total o parcial de él. Estas relaciones son
6
evidentes en el caso de esposa, hijos, hermanos menores en edad no
productiva, padres, etc.
1.1.6 Principios básicos del Seguro
Los principios básicos del seguro, son aquellos que nos orientan y apoyan
para comprender mejor su funcionamiento.
1.1.6.1 Máxima buena fe
BUENA FE. Es el principio fundamental del seguro. Se entiende
que el asegurador y el asegurado actúan con la mejor intención, sin ánimo
de perjudicar a la otra parte o hacer, cometer o permitir actos
malintencionados o voluntarios que lleguen a causar efectos de daño a la
otra parte.
El contratante de una póliza de seguros, está en la obligación de
suministrarle a la compañía, todas las características del bien a asegurar
o circunstancias que rodeen el acto asegurador.
Por qué?
Puesto que, es en esta información que se basa la compañía para
aceptar el riesgo.
Entre las faltas a este principio, podemos mencionar las siguientes:
• Omisiones:
Estas puedan ser por error o por desconocimiento.
Sin embargo, a fin de que pueda la omisión ser causa de nulidad,
ha tenido que ser reconocida por una persona común.
7
Alguien que por ejemplo, trabaje en una actividad peligrosa.
O que padezca de una enfermedad incurable y no lo informe a la
compañía al momento de la contratación de una póliza de vida.
• Ocultaciones:
Ocultar hechos relativos al riesgo es un fraude.
Por consiguiente, invalida cualquier contrato de seguros.
Ejemplo, asegurar una máquina que ya tenía daños con
anterioridad.
• Errores:
Se refiere a toda declaración o manifestación equivocada.
• Mentiras:
A fin de evitar tener que comprobar todos los datos de la solicitud,
los aseguradores introducen una cláusula.
En consecuencia, en ella se estipula que toda declaración se tiene
como verdad y es por lo tanto, una garantía.
Al ser una garantía, el no cumplimiento podría dar lugar a la
nulidad de la póliza.
Este principio no solamente protege al asegurador.
También se aplica en beneficio del asegurado.
En caso de duda, como los contratos de seguros son de adhesión, es
decir el asegurado acepta las condiciones impuestas por la compañía, se
favorece al asegurado por ser el débil jurídico (Art.581, código de
comercio).
1.1.6.2.-Principio de no lucratividad
8
Un principio que rige al seguro, es el que jamás puede convertirse
en fuente de provecho ni en ocasión de beneficio al asegurado.
Porque la indemnización del seguro, es la garantía y no envuelve
otra idea que la de resarcirse exactamente por el daño causado.
Por otras razones, en los seguros contra incendios, se expresan en
las condiciones de las pólizas, lo siguiente:
Cuando existan varios aseguradores que han asegurado conjunta
o separadamente en una misma fecha, en una cantidad que exceda del
valor de la cosa asegurada, sólo son responsables hasta la concurrencia
de ese valor y cada uno en proporción a la suma que hubiere asegurado.
1.1.6.3 Principio del interés asegurable
Se define como interés asegurable, a un interés de tal naturaleza
que el evento contra el cual se asegura pudiese causar pérdidas al
asegurado.
En este aspecto, el interés asegurable no se refiere al objeto en
riesgo.
Especialmente relevante, es la relación económica que vincula a
una persona con los bienes que han de ser objeto del contrato.
De tal manera que la conservación de esos bienes, le produzca
provecho.
En caso contrario, su deterioro o quebranto le cause daños a su
patrimonio.
La clase más simple y común de interés asegurable se encuentra
en el ejemplo de un propietario y su bien asegurado.
Entre otros casos, tenemos el de un acreedor hipotecario que le
interesa que se conserve el bien que se ha otorgado en garantía.
9
El inquilino que se ha hecho responsable por devolver un bien en el
mismo estado en que lo recibió, etc.
1.1.6.4.-Principio de Subrogación:
Se origina una vez que la aseguradora hace efectiva la
indemnización al asegurado y este a su vez, subroga sus derechos a la
compañía, para que esta pueda ejercer los derechos contra terceros, si
los hubiere.
1.2 Diversas Clases de Seguro
1.2.1 Seguros de Vida
Según la Autora: Romero; Y; [Clasificación de los seguros en
Venezuela], establece lo siguiente:
El Seguro de Vida es una de los tipos del Seguro de Personas en
el que el pago por parte de la compañía de seguros de la suma
asegurada del contrato, se hace depender del fallecimiento ó
sobrevivencia del asegurado en un momento determinado.
En este tipo de seguro el pago de la indemnización no se relación
con el valor del daño producido por la concurrencia del siniestro, debido a
que la persona no es evaluable económicamente. Este tipo de seguro no
constituye un contrato de indemnización propiamente dicho, a diferencia
de los Seguros de Daños que si lo contemplan.
10
1.2.1.1 Tipos de seguros de vida
1.2.1.1.1 Seguro en caso de Sobrevivencia
El beneficiario (que en este caso es generalmente el propio
Asegurado) percibirá la suma asegurada si vive hasta la fecha
predeterminada, éste garantiza el pago de un capital o una renta al
beneficiario.
Este tipo de seguro tiene las siguientes modalidades:
a) De capital diferido.- La compañía de seguros se
compromete a entregar la suma asegurada al vencimiento del
plazo convenido en el contrato, si el asegurado vive en esa
fecha. Puede ser con reembolso o sin reembolso si el
asegurado fallece antes de la vigencia del seguro con
reembolso opera la devolución de las primas al fallecer el
Asegurado antes del vencimiento del seguro.
b) De renta vitalicia inmediata.- La compañía de seguros a cambio
de una prima única, garantiza el pago inmediato de una renta a
una o varias personas hasta la muerte del asegurado, en cuyo
caso cesa dicho pago.
c) De renta diferida.- La compañía de seguros se compromete, al
finalizar el plazo de diferimiento estipulado, a pagar al
asegurado, mientras viva, una renta constante y periódica.
Puede ser sin reembolso de primas si el Asegurado fallece
antes de cobrar la renta o con reembolso de primas la compañía
de seguros las devuelve a los beneficiarios.
11
d) De capitalización.- La compañía de seguros se compromete a
pagar al asegurado un capital al vencimiento del contrato, a
cambio de la obligación del contratante o asegurado de realizar
el pago de primas periódicas a la compañía de seguros durante
la vigencia del contrato.
e) Seguro de Jubilación.- Consiste en el pago de un capital o renta al
asegurado hasta que alcance la edad de su jubilación, la cual
puede ser vitalicia, dentro de estas existe el plan de pensiones
el cual es un instrumento de previsión voluntaria por el que las
personas que lo constituyen tiene derecho, en las condiciones y
cuantías establecidas, a percibir rentas o capitales por
jubilación, supervivencia, viudez, orfandad o invalidez, a cambio
de las contribuciones económicas que se aporten a tales
efectos.
1.2.1.1.2 Seguro en caso de Fallecimiento
El Beneficiario (que puede ser una o varias personas) recibirá la
suma asegurada estipulada cuando se produzca el fallecimiento del
Asegurado, ya sea por causa natural o accidental. Es una clase de seguro
de vida, ya sea que se trate de un capital o de una renta, se pagará por la
compañía de seguros al beneficiario (que puede ser una o varias
personas), si se produce la muerte del asegurado.
Las modalidades de este seguro son:
a) Seguros de vida entera.- Se garantiza el pago de una suma
asegurada inmediatamente después del fallecimiento del
asegurado, sea cual fuere la fecha en que ocurra dicho
fallecimiento, este a su vez tiene dos modalidades:
12
Modalidad I. Con pago de primas vitalicias.- El pago de las primas
se mantiene hasta el fallecimiento del asegurado.
Modalidad II. Con pago de primas limitado a un cierto número de
años.- Las primas correspondientes se pagan durante un
período determinado de años.
b) Seguro sobre dos o más vidas.- Es un seguro de vida entera que
se caracteriza porque existen simultáneamente, dos o más
personas aseguradas que son a la vez beneficiarios recíprocos
y en su virtud, cuando el fallecimiento de cualquiera de ellas se
produzca dentro del límite estipulado en el contrato, la compañía
de seguros pagará la indemnización prevista a el sobreviviente
o a los sobrevivientes, según sea el caso.
c) Seguro temporal.- Se caracteriza porque la suma asegurada es
pagadera inmediatamente después de la muerte del asegurado,
siempre que ocurra antes del plazo de duración del seguro, si
sobrevive el seguro se cancela y la aseguradora retiene las
primas y pueden ser temporal constante, decreciente, creciente,
a un año renovable, renovable.
d) Seguro de deudores.- En esta modalidad, al producirse el
fallecimiento del asegurado, la compañía de seguros se hace
cargo automáticamente de la liquidación de los créditos
previstos en la póliza, no vencidos, que adeude el Asegurado en
el momento de su muerte.
e) De orfandad.- Tiene por objeto la concesión de una Pensión
Temporal a favor de los hijos menores de 18 años en caso de
fallecimiento del padre o la madre trabajadora con el que
convivan y del cual dependan económicamente.
13
f) De capital de supervivencia.- El capital es pagadero
inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, si
ocurre antes que el de otra persona designada al contratar el
seguro, denominada beneficiario o sobreviviente. Si ésta fallece
antes que el asegurado, queda rescindido el seguro y las primas
pagadas pueden quedar, ya sea a favor de la compañía de
seguros, o bien del sobreviviente, según haya sido pactado al
celebrarse el contrato de seguro, la prima anual deja de pagarse
al morir el asegurado.
1.2.1.1.3 Seguro Dotal Mixto
Es un tipo especial que se integra por un seguro de riesgo y un
seguro de ahorro, en virtud de la cual, si el asegurado fallece antes del
plazo previsto, se entregará a sus beneficiarios la indemnización
estipulada, y si sobrevive a dicho plazo se entregará al propio asegurado
la suma asegurada establecida por el contrato, y tiene las siguientes
modalidades:
a) Mixto completo.- Si el asegurado vive al vencimiento del
plazo del seguro, participará también en utilidades de la
póliza con un determinado porcentaje sobre la suma
asegurada)
b) Mixto simple.- Garantiza el pago de la suma establecida, a
los beneficiarios designados, al producirse el fallecimiento
del asegurado, siempre que ocurra antes del vencimiento del
contrato)
c) Mixto doble.- Son iguales al del seguro mixto simple, con la
particularidad de que el contrato no se extingue con el pago
de la suma asegurada establecida al asegurado si vive al
vencimiento de la póliza)
d) Mixto Re valorizable.- La suma asegurada aumenta cada
año, aunque sus características son iguales al seguro mixto.
14
e) Mixto variable.- En caso de sobrevivencia el asegurado va
percibiendo la suma asegurada distribuida en determinado
porcentajes y pagada en diferentes momento)
f) A plazo fijo.- En esta modalidad se garantiza el pago de la
suma asegurada al vencimiento de la póliza, sin importar si
el asegurado vive o ya falleció)
g) Dotal.- El beneficiario será un menor de edad, sin importar si
el asegurado vive o no.
h) Seguro de Vida Universal.- Se combina el proceso de
capitalización y el seguro temporal renovable, siendo un plan
de ahorro.
1.2.1.2 Seguro por Daños
En este tipo de seguro, existen diferentes ramos como son:
1.2.1.2.1 Ramo de Incendio.
Es aquel que garantiza al Asegurado el pago de una
indemnización en caso de incendio de los bienes especificados en la
póliza o la reparación o reposición de la piezas averiadas, y puede
contemplar coberturas adicionales como pueden ser: Responsabilidad
civil, pérdida de rentas, pérdida de beneficios, gastos y daños.
1.2.1.2.2 Ramo de Responsabilidad Civil.
Se compromete a indemnizar al asegurado del daño que pueda
experimentar su patrimonio a consecuencia de la reclamación que le
efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir,
tanto el propio asegurado como aquellas personas que dependen
civilmente del asegurado.
15
1.2.1.2.3 Ramo Agrícola
Tiene por objeto la cobertura de los riesgos que puedan afectar a
las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales y sus principales
modalidades son:
a) Seguro de Ganado
b) Seguro de Incendio de Cosechas.
c) Seguro de Granizo.
1.2.1.2.4 Ramo de Crédito.
Tiene por objeto garantizar a una persona el pago de los créditos
que tenga a su favor cuando se produzca la insolvencia de sus clientes
deudores por créditos comerciales.
1.2.1.2.5 Ramo de Transportes.
La compañía de seguros se compromete al pago de determinadas
indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el
transporte de mercancías y se divide en marítimo, aéreo y ferroviario:
a) Seguro Marítimo.- Garantiza los riesgos de navegación que
puedan afectar, tanto al buque transportador como a la
carga transportada, y puede ser seguro de buque, carga o
flete.
b) Seguro de Aviación.- Tiene por objeto el pago de
indemnización derivada de accidentes sufridos por
aeronaves.
c) Seguro Ferroviario.- Tiene por objeto el pago de
indemnización derivada de accidentes sufridos por
ferrocarril.
16
1.2.1.2.6 Ramo de Diversos
Se divide en varias categorías:
a) Seguro de Robo.- La compañía de seguros se compromete a
pagar los daños sufridos por la desaparición, destrucción o
deterioro de los objetos a causa de robo, asalto o tentativas.
b) Seguro Cinematografía.- Tiene por objeto cubrir los daños
durante una producción cinematográfica.
c) Seguro Cristales.- Éste garantiza al asegurado el pago de una
indemnización o reposición en caso de rotura accidental de las
lunas o cristales descritos en la póliza.
d) Seguro Ingeniería.- Consiste en un grupo de modalidades de
cobertura que amparan determinados riesgos derivados del
funcionamiento, montaje o prueba de maquinaria o inherentes a la
construcción de edificios. Sus principales modalidades incluyen:
I. Seguro de Construcción.- Garantiza los daños que puedan
sufrir los bienes integrantes de una obra ejecutada.
II. Seguro de Maquinaria.-Garantiza los daños que puedan sufrir
maquinaria, equipos o plantas industriales.
III. Seguro de Montaje.- Se asemeja al de construcción pero en el
momento de su instalación o montaje.
IV. Seguro Electrónico.- Garantiza el seguro al equipo de
procesamiento de datos descritos en el contrato.
V. Seguro de Calderas.- Asegura a las calderas en caso de
explosión, entre otros.
1.2.1.2.7 Seguro de Gastos Médicos
Son los seguros que cubren la lesión o incapacidad que afecte la
integridad personal o la salud del Asegurado, ocasionada por un
accidente o enfermedad.
17
En esta clase de seguros la Aseguradora, mediante el pago de la
prima correspondiente, cubre los gastos hospitalarios, atención médica,
intervenciones quirúrgicas, alimentos, medicamentos, análisis clínicos,
rayos x, etc. a los asegurados y en su caso a los dependientes
económicos cuando así quede convenido en la póliza del seguro.
Para cada plan de seguro hay una cobertura específica, por lo que
es conveniente que usted revise el contenido de su póliza y verifique que
la cobertura del plan que contrató cubra sus necesidades.
Prestaciones más comunes que tienen los seguros de gastos
médicos
1. Cuarto y alimentación en el hospital (privado o
compartido).
2. Cama extra para un acompañante cuando el asegurado
esté internado.
3. Servicios generales de enfermería.
4. Laboratorios y rayos X en el hospital.
5. Medicamentos en el hospital.
6. Gastos varios en el hospital.
7. Honorarios de los médicos.
8. Operaciones y servicios de anestesia.
9. Terapia intensiva.
10.Servicio de transporte de urgencia.
11.Cobertura de enfermedades adicionales aumentando el
monto de la prima.
12.Terapias fuera del hospital como paciente externo.
Otros beneficios adicionales que pueden establecerse en el
seguro de gastos médicos
18
a) Una suma asegurada, que percibirían los herederos legales o
los beneficiarios designados en la póliza en caso de
fallecimiento accidental del Asegurado. Esta cobertura se
puede ampliar de manera que cubra las pérdidas orgánicas
originadas a consecuencia de un accidente, para lo cual se
establece una Escala de Indemnizaciones que estipulan el
porcentaje de la suma asegurada que corresponderá por
cada tipo de pérdida orgánica.
b) Una suma asegurada en caso de incapacidad permanente y
total, causada por accidente. Cuando se trate de incapacidad
permanente parcial, la Compañía de Seguros sólo pagará un
porcentaje de la suma asegurada establecida para esta
cobertura, de acuerdo con la gravedad de la lesión y
conforme a la tabla específica que se encuentra en las
condiciones generales de la póliza.
c) Una pensión diaria en caso de incapacidad temporal durante
los días en que el Asegurado permanezca inactivo a causa
del accidente.
d) Extensión de la cobertura del seguro a algunos países
extranjeros.
Elementos que debe conocer sobre su seguro de gastos
médicos
a) Período de espera. Es el período de tiempo establecido en la
póliza, a partir de la contratación del seguro, durante el cual la
Aseguradora no cubre los gastos por la atención o tratamiento
médico de ciertas enfermedades o padecimientos.
19
b) Preexistencia. Es la enfermedad o padecimiento que se inició
antes de la contratación del Seguro de Gastos Médicos y que
consecuentemente no están cubiertos por el seguro.
c) Deducible. Es una cantidad de dinero a partir de la cual la
Aseguradora empieza a pagar el monto de la reclamación. La
Aseguradora no pagará accidentes o enfermedades cuya
atención o tratamiento implique un monto menor al deducible.
d) Coaseguro. Es un porcentaje del total del monto que la
aseguradora haya considerado como procedente para la
atención o tratamiento derivado de un padecimiento, una vez
que ha sido descontado el deducible. Este porcentaje también
lo pagará el asegurado. La mayoría de los seguros de gastos
médicos, además del deducible, hacen que el Usuario se
solidarice con ellos pagando una parte de los gastos, a lo cual
se le llama coaseguro, por lo tanto lo convierten en
coasegurador. El pago de esta cantidad tiene como objeto que
sólo se utilice el seguro en caso de una enfermedad realmente
grave, pero generalmente la Aseguradora no cobra ni
deducible ni coaseguro en el caso de accidentes.
Como pagar en caso de utilizar su seguro de gastos médicos
Las formas en que la aseguradora podrá indemnizarle son:
a) Pago directo en el cual el asegurado solo paga el deducible y
coaseguro y la aseguradora paga directamente al médico u
hospital.
b) Reembolso en el cual el asegurado paga al médico u hospital
y después por medio de una reclamación presentada a la
20
aseguradora, ésta paga al asegurado los gastos que hayan
sobrepasado las cantidades del deducible y del coaseguro.
Nota: Para que la compañía pueda tramitar la indemnización
correspondiente, es necesario que usted le entregue toda la
documentación e información que ésta requiere, o en su defecto, que
lleve a cabo los procedimientos necesarios para la reposición de tales
documentos, ya que sin ellos no podrán entregarle la indemnización
respectiva.
Cláusulas del seguro de gastos médicos que debe tener en su
póliza
a) Importe de la suma asegurada por evento o reclamación, por
período o por la vida del asegurado. Asegúrese de que la
suma asegurada se reinstale (vuelva a ser por la misma
cantidad) después de cada reclamación o periodo.
b) Que cubra cirugía estética, procedimientos odontológicos y
oftalmológicos requeridos a causa de un accidente o
enfermedad que sí esté cubierta.
c) Los deportes conocidos como peligrosos (automovilismo,
motociclismo, tauromaquia, paracaidismo etc.) están excluidos
de estas pólizas sin embargo si usted los practica, pueden
estar cubiertos cuando se paga una extra prima.
d) Que cuente con la cobertura de enfermedades graves, ej:
cáncer, sida.
e) Si cambia de aseguradora, verifique que le respeten su
antigüedad.
21
Plazos para el pago de su póliza
Cada una de las Compañías de Seguros podrá ofrecerle diversos
plazos para el pago de las pólizas aunque regularmente los tipos de plazo
son anuales, semestrales, trimestrales o mensuales. A partir de que usted
contrate su seguro de gastos médicos independientemente de la forma de
pago que haya elegido (anual, semestral, trimestral, etc.) de acuerdo a la
ley tiene 30 días para realizar el pago de su póliza, así como para hacer
cualquier aclaración en el contenido de la misma. Una vez transcurrido
ese plazo si usted no ha realizado el pago del seguro la Compañía
Aseguradora podrá cancelar su póliza y usted no estará protegido.
Es importante que usted este enterado de que cada vez que se
venza el plazo de vigencia de su póliza, y una vez que usted haya
informado a su aseguradora por medio de su agente de seguros, su
deseo de renovarla, contara con el plazo de 30 días señalado a partir del
vencimiento de la misma.
Existen varias aseguradoras que ofrecen planes de seguros de
gastos médicos, por lo que es importante que antes de decidirse por
alguno, contacte usted a los diferentes agentes de seguros de esas
Compañías para que le hagan un presupuesto en base al seguro que
Usted necesite. Con todo esto usted se encontrará en posibilidad de elegir
el plan de seguros que mejor convenga a su presupuesto y a sus
necesidades.
Y recuerde:-No firme ningún documento sin leerlo-No firme o pague
su póliza si no está de acuerdo con las condiciones de la misma.
22
1.2.1.2.8 Seguro de Pensiones
a) Seguro de pensiones de la seguridad social
A partir de la entrada en vigor de la nueva Ley del Seguro Social en
Julio de 1997, hubo cambios trascendentes para el futuro de los
trabajadores afiliados al mismo Instituto. Uno de los cambios importantes
a la Reforma, fue el abrir la posibilidad a que las Instituciones de Seguros
llevaran a cabo la administración y pago de las Pensiones Derivadas de la
Seguridad Social, actividad que desarrollaba anteriormente el Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS).
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), es la
encargada de autorizar a las Compañías Aseguradoras la operación de
los Seguros de Pensiones Derivados de la Seguridad Social a través de
dos tipos de autorización:
Autorización para que las instituciones de seguros puedan operar
el ramo de pensiones a través de constituirse como compañías de
pensiones especializadas, las cuales solo podrán manejar los Seguros de
Pensiones.
Autorización para que las instituciones de seguros que manejan el
ramo de vida, puedan ampliar su operación y así comercializar los
seguros de pensiones por un plazo de 5 años, obligando a las mismas a
separar la operación de pensiones antes del 1 de julio del 2002.
Ambos tipos de autorización están sujetos a previa certificación por
parte de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), con la cual
se garantiza que todas las compañías que operan el ramo cuentan con la
solvencia económica y financiera, los sistemas y la capacidad para operar
en forma correcta los seguros de Pensiones.
23
El plazo de 5 años marcado para las compañías que operan el
ramo de pensiones, es un plazo que la Ley les otorga para que se
conviertan en compañías exclusivas de pensiones. Con ello se
formalizarán legalmente como compañías de pensiones terminado dicho
plazo, acatando así los cambios que establece la Ley.
Partes que intervienen en un seguro de pensiones de la
seguridad social
a) Asegurado: Trabajador o persona de aseguramiento inscrito
ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos
de la Ley del Seguro Social.
b) Pensionado: Es el asegurado que por resolución del Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene otorgada pensión
por: incapacidad permanente total, incapacidad permanente
parcial, invalidez, cesantía en edad avanzada y vejez, así
como los beneficiarios de aquel cuando por resolución del
Instituto tengan asignada una pensión de viudez, orfandad, o
de ascendencia.
c) Beneficiarios: Es el cónyuge del asegurado o pensionado y a
falta de éste, la concubina o el concubinario en su caso, así
como los ascendientes y descendientes del asegurado o
pensionado señalados en la Ley del Seguro Social.
Tipos de Pensiones
Pensión por Invalidez:
Es el estado de invalidez permanente dictaminada por el IMSS que
da derecho al asegurado, al otorgamiento de una pensión definitiva.
Para los efectos de la Ley del Seguro Social existe invalidez cuando el
24
asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo
igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su
remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que
esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.
Pensión por Incapacidad:
Los riesgos de trabajo pueden traer como consecuencia la
incapacidad permanente, ya sea parcial o total, o inclusive la muerte del
trabajador.
Al declarar el IMSS la incapacidad permanente total del asegurado, éste
recibirá una pensión mensual definitiva.
Incapacidad permanente parcial:
Si la valuación de la incapacidad dictaminada por el IMSS es
superior al cincuenta por ciento, el asegurado recibirá una pensión. Si la
valuación definitiva de la incapacidad fuese de hasta el veinticinco por
ciento, se pagará al asegurado, en sustitución de la pensión, una
indemnización global equivalente a cinco anualidades de la pensión que
le hubiese correspondido. Dicha indemnización será optativa para el
trabajador cuando la valuación definitiva de la incapacidad exceda de
veinticinco por ciento sin rebasar el cincuenta por ciento.
Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado, el
Instituto Mexicano del Seguro Social otorgará:
Pensión por Viudez
Se le dará a la viuda una pensión, y sólo a falta de esposa tendrá
derecho a recibir la pensión, la mujer con quien el asegurado vivió como
si fuera su marido durante los cinco años que precedieron
inmediatamente a su muerte o con la que tuvo hijos, siempre que ambos
25
hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al
morir el asegurado o pensionado tenía varias concubinas, ninguna de
ellas gozará de pensión. La misma pensión le corresponderá al viudo o
concubinario que dependiera económicamente de la trabajadora
asegurada o pensionada.
Pensión por Orfandad
Se le da una pensión a cada uno de los huérfanos que lo sean de
padre o madre, menores de dieciséis años.- O extenderá el goce de esta
pensión, a los huérfanos mayores de dieciséis años, hasta una edad
máxima de veinticinco años, cuando se encuentren estudiando en
planteles del sistema educativo nacional, tomando en consideración, las
condiciones económicas, familiares y personales del beneficiario y
siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio.- Una pensión a cada
uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre, que se encuentren
totalmente incapacitados.
Pensión por Ascendencia
A falta de viuda o viudo, huérfanos, concubina o concubinario con
derecho a pensión, a cada uno de los ascendientes que dependían
económicamente del trabajador fallecido o del pensionado, se le
pensionará una pensión.
Puntos a tener en cuenta si un trabajador está tramitando su
pensión
• El IMSS es quien determina el derecho a recibir una pensión
así como el monto y demás prestaciones contempladas en la
Ley.
26
• Las pensiones por incapacidad, invalidez o muerte de un
trabajador, que se originen a partir del 1º de julio de 1997,
serán pagadas por Aseguradoras Autorizadas de acuerdo a la
Nueva Ley del Seguro Social.
Como elegir libre y correctamente a la Compañía Aseguradora que
le pagará su pensión
• Reciba y escuche en su domicilio a los representantes
debidamente acreditados de las Aseguradoras Autorizadas.
Ellos le explicarán los beneficios que por Ley le corresponden
y aquéllos que en forma adicional le ofrecerán sin costo
alguno. Asegúrese que los beneficios adicionales que le
ofrezcan sean claros y precisos en sus términos y cuenten con
el registro de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.
Cada Aseguradora deberá presentarle su oferta de beneficios
adicionales una sola vez, por escrito y en papel oficial de la
Compañía.
• Compare todas las ofertas que por escrito le presenten Tome
su tiempo para analizarlas y no permita que nadie lo presione
o quiera intervenir. El trámite debe ser personal ya que está
decidiendo su futuro y el de su familia.
• Considera el prestigio, respaldo, experiencia, solidez
financiera y servicio que le ofrece la Aseguradora que le
pagará tu pensión.
• Está prohibido que los representantes de las Aseguradoras le
ofrezcan pagos en efectivo antes o al momento de la firma de
su Documento de Elegibilidad; tampoco deben utilizar los
beneficios adicionales como medida de presión para que haga
su elección. Todos los pagos que le correspondan le serán
27
entregados en la fecha establecida, después de que haya
recibido su póliza del Seguro de Pensiones.
• Recuerde que Usted puede realizar los trámites, no permita
que otra persona los realice por Usted.
• Todos los trámites son gratuitos.
• Una vez que elija su Aseguradora y firme el documento de
elegibilidad, no podrá cambiarse de compañía.
1.2.1.2.9 Seguro de Responsabilidad Civil
a) Seguro de Responsabilidad civil Profesional
Existen compañías de seguros, que además ofrecen este tipo de
protección a ciertos mercados específicos, como el de la construcción,
medicina, para los arrendatarios de inmuebles, para quienes se dedican a
organizar eventos, para quienes realizan filmaciones, etc. A este tipo de
pólizas se les llama seguro de responsabilidad civil profesional.
b) Seguro para médicos
Dentro del Ramo de Daños, encontramos el seguro de
Responsabilidad Civil, que a su vez, se especializa en el llamado seguro
de responsabilidad profesional.
Que cubre este seguro para médicos
1. Responsabilidad civil en que incurriere el Asegurado:
Queda cubierta la responsabilidad civil en que incurriere el
Asegurado médico por muerte o lesión en la integridad
corporal de sus pacientes, a consecuencia de culpa, ya sea
por negligencia o impericia en el ejercicio de una profesión
28
médica, en los términos de la Ley sobre el Contrato de
Seguro.
2. Responsabilidad civil del Asegurado. Este seguro también
ampara la responsabilidad civil del Asegurado, en caso de:
a) Primeros auxilios proporcionados en el extranjero, excluyendo
Estados Unidos de Norteamérica, Canadá y sus territorios.
b) Daños ocasionados por cirugía plástica posterior a un
accidente, la correctiva de anormalidades congénitas, así
como los daños no estéticos derivados de la cirugía estética.
c) En el caso de profesiones veterinarias, derivada de daños
causados a los animales entregados para su tratamiento.
d) Derivada de los auxiliares que al servicio del Asegurado
ejerzan una actividad médica auxiliar, farmacéutica o
laboratorista, ya sea por negligencia o impericia en el
desempeño de sus labores.
e) Por el uso u operación de aparatos médicos con fines de
diagnóstico, tratamiento o de terapéutica, siempre que dichos
aparatos y tratamientos estén reconocidos por la ciencia
médica y no se encuentren comprendidos dentro de la
obligación de seguro de Responsabilidad Civil por Daños
Nucleares, previstos en los capítulos I, II y III de la Ley de
Responsabilidad Civil por Daños Nucleares.
f) Derivada de la aplicación, a pacientes, de materias
radioactivas naturales o artificiales en aparatos en los que
está incorporado un isótopo irradiador (por ejemplo, la bomba
de cobalto) y otras materias radioactivas.
29
2. Gastos y costos legales por reclamaciones en materia civil.
Quedan asegurados los gastos y costas legales por
reclamaciones en materia civil, bajo las siguientes bases:
a) Cuando el abogado sea designado por la Compañía, los
gastos de defensa estarán asegurados hasta por un monto
igual al 50% adicional a la suma asegurada contratada.
b) En caso de que el Asegurado designe a su propio
abogado, los gastos de defensa estarán cubiertos hasta por
el mismo monto del 50% adicional de la suma asegurada
contratada, con un límite por concepto de honorarios de
abogados del 20% de dicho monto.
Nota: Queda entendido y convenido que los límites establecidos en
los incisos a) y b) anteriores opera para uno y todos los siniestros
presentados durante la vigencia de la póliza. Cualquier indemnización
hecha por la Compañía bajo este concepto, reducirá en igual cantidad la
suma asegurada establecida para el mismo, por lo que las
indemnizaciones de siniestros subsecuentes serán pagadas hasta el
límite de la suma restante.
4. Exclusiones: Esta cobertura no ampara ni se refiere a
reclamaciones y/o responsabilidades:
a) Notificadas al Asegurado, judicial o extrajudicialmente, antes
del inicio de la vigencia de la presente póliza.
b) Cuando las reclamaciones del paciente afectado y/o sus
beneficiarios no sean hechas por escrito al Asegurado.
30
c) Derivadas de transfusiones de sangre o por la actividad de
bancos de sangre.
d) Derivadas de daños causados por servicios profesionales
proporcionados bajo la influencia de narcóticos,
medicamentos o sustancias que de cualquier manera afecten
el buen funcionamiento del sistema nervioso.
e) Derivadas de daños y/o perjuicios que sean consecuencia
directa de tratamientos dolosamente innecesarios o por la
violación del secreto profesional.
f) Dirigidas a la obtención de reembolso de honorarios
profesionales del Asegurado.
g) Derivadas de daños relacionados, de cualquier modo, con el
SIDA
h) Por daños genéticos.
i) Por daños sufridos por cualquier persona que ejerza
actividades profesionales, científicas o derivadas de la
medicina en el consultorio o lugar de trabajo del Asegurado, y
que por el ejercicio de esta actividad sufra daños.
j) Quedan excluidos de la protección de este seguro los
anestesiólogos, a menos que sean los asegurados titulares de
esta póliza.
k) En el caso de médicos odontólogos u ortodontistas: Por daños
causados por la aplicación de anestesia general o mientras el
paciente se encuentra bajo anestesia general, si esta
31
anestesia no fue llevada a cabo en un hospital acreditado para
dicho fin.
l) En el caso de la cirugía plástica, no quedan amparados los
resultados en la configuración y aspecto físico estético de la
operación o tratamiento, así como la insatisfacción del
paciente por las mismas causas.
m) Derivadas de un diagnóstico, tratamiento y/o procedimiento
quirúrgico que no le corresponda al Asegurado, de acuerdo a
su especialidad.
n) Derivadas de los daños ocasionados por los medicamentos
recetados por el Asegurado.
o) Derivadas de los daños causados por medicamentos y/o
aparatos en fase experimental o que no se encuentren
registrados ante la autoridad competente, en caso de ser
necesario su registro conforme a la legislación de la materia.
5. Fianza garantizada
Se utiliza en caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de
Responsabilidad Civil Profesional para Médicos, y de acuerdo con los
requisitos que la Ley establece respecto a la presentación de una fianza
para lograr la libertad provisional, condicional y/o preparatoria del
Asegurado. La Compañía pagará el importe de la prima correspondiente a
dicha fianza, expedida por una Compañía Afianzadora legalmente
constituida.
6 Asistencia legal en lo penal.
32
En caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de
Responsabilidad Civil Profesional para Médicos. Mediante esta cobertura
también se otorgan los servicios profesionales de asistencia legal
necesaria en los procedimientos penales y que, de acuerdo a las leyes
vigentes en la República Mexicana. Requieren del inicio y seguimiento de
cualquier procedimiento, comprometiéndose la Compañía a cubrir los
gastos de defensa que permitan gestionar, con la anuencia del
Asegurado, su libertad provisional y/o condicional según corresponda de
acuerdo al procedimiento iniciado.
7 A quien está dirigido este seguro
El Seguro de Responsabilidad Civil para Profesiones Médicas, está
dirigido a médicos titulados de cualquier especialidad, asociaciones,
institutos y grupos de colegios de médicos.
8 Sugerencias antes de adquirir un seguro para médicos
Antes de adquirir un seguro de este tipo, así como de cualquier otro
tipo, es necesario comparar varias opciones, lo que permite identificar
cuál es el que más se acerca a lo que usted necesita. Es recomendable
entonces tomar en cuenta aspectos tales como:
• Primas.
• Cobertura.
• Riesgos cubiertos y no cubiertos.
• Alcances en el extranjero (si es el caso).
• Obligaciones y responsabilidades tanto del contratante como
de la compañía aseguradora.
33
1.3 El Costo Financiero de Asegurar
Por eso, teóricamente, sus necesidades técnicas de financiación
son muy pequeñas. Por otra parte, el producto que comercializan, la
seguridad, se garantiza a todos los clientes, aunque la entrega solo se
efectúa a una parte de la clientela.
El tiempo juega además a favor del asegurador, ya que el coste
correspondiente (la siniestralidad) se reparte posponiéndose y dando
lugar, entretanto, a un cúmulo de ahorro que forman las denominadas
provisiones técnicas; por eso, desde un punto de vista financiero, el
tomador de una póliza de seguros es un prestamista que proporciona un
crédito al asegurador para que fabrique el producto (la seguridad),
convirtiéndose de esta forma el asegurador en un mero inversor de los
fondos no consumidos.
La actividad aseguradora, por su propia naturaleza, convierte en
inversión a largo plazo lo que, en general, el contratante del seguro ni
siquiera consideró ahorro. Sin embargo, se trata de un ahorro que desde
el punto de vista financiero es muy estable y a largo plazo.
En la Unión Europea, así como en la mayoría de los países del
mundo, las aseguradoras privadas están sometidas a un control y
supervisión por parte de las autoridades administrativas, y para poder
operar necesitan obtener una autorización especial, puesto que el seguro
es un contrato en el que el asegurado paga la prima por adelantado, en
tanto que la aseguradora le indemnizará a posteriori cuando ocurra el
siniestro y por ello es de interés público que para entonces la aseguradora
tenga capacidad financiera para hacerlo.
34
Todo esto se hace bajo disposiciones de Derecho Administrativo
que dictan las autoridades. En España este control de las aseguradoras
privadas lo lleva el Ministerio de Hacienda y Competitividad a través de la
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), en tanto
que en la Unión Europea la supervisión la lleva la Autoridad Europea de
Seguros y Pensiones de Jubilación -EIOPA- (European Insurance and
Occupational Pensions Authority), con sede en Frankfurt (Alemania).
No hay negocio sin riesgo. Las empresas lo saben muy bien, sobre
todo las pymes. El riesgo es un componente común de cualquier negocio.
Los empresarios saben perfectamente que no pueden dirigir su empresa
sin asumir algún tipo de riesgo. Riesgo, que en la mayoría de ocasiones
es de tipo financiero. Por lo general, el riesgo financiero se refiere a la
financiación de las operaciones de la empresa o a la realización de
inversiones en otras sociedades para generar ingresos pasivos y
aumentar su valor económico agregado.
Los seguros son una inversión para administrar los riesgos. Este
rubro permite compensar financieramente pérdidas posibles ante
cualquier eventualidad natural, un robo, incendio, perdida de materiales,
en transporte de mercaderías, en importación y exportación, entre otras,
siempre que Usted cuente con la póliza.
Los seguros deben ser considerados en las empresas como una
inversión, no como un costo o un gasto innecesario, ya que son una de
las herramientas para administrar el riesgo y compensar financieramente
las pérdidas de cualquier posible eventualidad.
Algunos seguros son obligatorios como riesgos de trabajo, por
ejemplo. Otros cubren las operaciones normales o las financieras
y dependen del tipo de actividad a la que se dedique la Pyme y los
riesgos a que esté expuesta, así como de lo que voluntariamente desee
proteger.
35
La ventaja de contar con los seguros es que Usted puede -ante
una eventualidad ya sea de la naturaleza, financiera o de otra índole-
aminorar la pérdida y reponerlo para continuar las operaciones.
Por lo tanto, la inversión en seguros no se puede predeterminar
a priori, pues va en función del tipo de seguro que desee suscribir, así
como del monto asegurado, las coberturas que suscriba y los términos y
condiciones que operen para el seguro.
En general el no contar con seguros que protejan su patrimonio
puede acarrear pérdidas económicas que afecten la operación normal de
la empresa pudiendo generar una pérdida material importante,
paralización de operaciones o incluso su salida del mercado al que sirve.
1.3.1 Costo del Seguro
El costo del seguro es la prima estipulada en la carátula de la
póliza, sujeta a variables tales como edad, estado de salud, ocupación,
hábitos, entre otros. Todos los pagos relativos al contrato de seguro, ya
sea por parte del asegurado o de la aseguradora, se efectuarán en
moneda nacional. Cuando el plan esté contratado en otra moneda se
tomará el tipo de cambio vigente en el momento del pago.
La forma tradicional de pago es anual, pero también se ofrecen
formas de pago mensuales, trimestrales o semestrales con un recargo por
pago fraccionado; muchas compañías cuentan con el cargo automático a
tarjeta de crédito y cuenta de cheques.
En términos generales la suma asegurada total puede ser hasta 10
veces la percepción anual del asegurado.
36
1.3.2 Los beneficios adicionales de un seguro
Algunos de los beneficios adicionales que ofrecen las compañías
de seguros son pago de la suma asegurada por muerte accidental, pago
de la suma asegurada por invalidez y exención de pago de primas por
invalidez, entre otros, los cuales pueden tener o no un costo adicional y
deben quedar claramente especificados en la carátula de la póliza.
1.3.3 Plazo Pago de Seguro
Para el pago de reclamaciones, el beneficiario deberá llenar el
formato de reclamación provisto por la aseguradora. Las aseguradoras
podrán solicitar entre otros documentos los que a continuación se
mencionan:
• Actas de nacimiento del asegurado y beneficiarios.
• Actas de defunción.
• Actas de matrimonio si el beneficiario es el cónyuge.
• Identificaciones oficiales.
• Acta del ministerio público en caso de muerte accidental.
• Dictamen de Invalidez.
1.4 Riesgo
1.4.1 Definición
Fuente de Tipo Legal (Artículo 30 de la Ley de Contrato de seguro)
“Riesgo; es el suceso futuro e incierto que no depende exclusivamente
de la voluntad del tomador, del asegurado o del beneficiario, y cuya
materialización da origen a la obligación de la empresa de seguros. Los
37
hechos ciertos, salvo la muerte, y los físicamente imposibles, no
constituyen riesgo y son asegurables.
Tampoco constituye riesgo la incertidumbre subjetiva respecto a
determinado hecho que se haya cumplido o no”.
De acuerdo a las definiciones citadas, se puede definir riesgo como
la probabilidad de que un evento adverso ocurra en cualquier actividad
que desarrolle es ser humano (financiera, social, personal, entre otros), en
la cual no se tiene el control.
Otra Definición de Riesgo; se visualizar en otro autor:
Colaboradores Wikipedia, (Riesgo Financiero), establece lo siguiente:
El Riesgo financiero es la probabilidad de un evento adverso y
sus consecuencias. El riesgo financiero se refiere a la probabilidad de
ocurrencia de un evento que tenga consecuencias financieras negativas
para una organización.
El concepto debe entenderse en sentido amplio, incluyendo la
posibilidad de que los resultados financieros sean mayores o menores de
los esperados. De hecho, habida la posibilidad de que los inversores
realicen apuestas financieras en contra del mercado, movimientos de
estos en una u otra dirección pueden generar tanto ganancias o pérdidas
en función de la estrategia de inversión.
1.4.2 Clasificación
Los Riesgos pueden ser:
38
1.4. 2.1 Riesgos Morales
Es la conducta del asegurado que tiende a provocar el siniestro. El
Riesgo moral puede ser de dos tipos: activo o pasivo.
1.4.2.2 Riesgo Moral Activo
Es cuando el siniestro resulta de mala fe o del intento fraudulento del
asegurado.
1.4.2.3 Riesgo Moral Pasivo
Es cuando el asegurado no provoca el siniestro deliberadamente sino que
lo hace de modo incompetencia y/o ineptitud.
1.4.2.4 Riesgos Materiales
Se clasifican en:
Por su número (globales o especiales)
Riesgos Globales: se denominan así por amparar una pluralidad
de riesgos. Esta idea se asocia con las llamadas pólizas de TODO
RIESGO, bajo las cuales queda normalmente amparado cualquier daño o
pérdida a menos que específicamente este excluido.
Riesgos Especiales: las pólizas especiales declaran
específicamente los riesgos que cubre, de modo que la cobertura se limita
a esa numeración.
1.4.2.5 Por su origen pueden ser:
Intrínseco: son aquellos que tienen su origen en una cualidad o
característica inherente al objeto del seguro.
Extrínsecos: son aquellos que se materializan debido a una
actuación de una causa externa.
39
1.4.2.6 Por su probabilidad puede ser: Constantes o variables
(Progresivas o regresivas)
Constantes: son aquellos en los cuales la probabilidad de
materialización del riesgo se mantiene razonablemente constante a lo
largo de la vigencia del contrato. La gran mayoría de los riesgos son
constantes en cuanto a probabilidad. Ejemplo: se asegura un inmueble
contra incendio, la fuerza misma de los hechos no hace variar las
probabilidades del incendio. El incendio con el paso del tiempo es más
susceptible a incendiarse.
Variables1
: son aquellos en los que la probabilidad de
materialización del riesgo se altera durante el período del seguro.
Ejemplo: Seguro de Vida en Caso de Muerte. Hay otros riesgos donde
este disminuye por la fuerza misma de las cosas. Como el Seguro de
Maternidad. El paso del tiempo hace que disminuya la posibilidad que una
mujer quede encinta. Aquí no hay participación volitiva del asegurador
para que el riesgo disminuya.
Progresivos: cuando la probabilidad aumenta.
Regresivos: cuando la probabilidad disminuye.
1.4.2.7 Por su naturaleza
Normales: son aquellos que observan un comportamiento similar
al promedio de riesgos de su misma naturaleza.
Anormales: son los que demuestran una conducta distinta a la
promedio de riesgos de su misma especie o que por su propia naturaleza
son imposibles de proceder por los métodos de observación
generalmente aceptados. La mayor parte de los riesgos pertenecen a la
categoría de riesgos normales.
40
Tarados: es aquel que por una condición intrínseca resulta ser
más grave que los promedios de su especie.
Catastróficos: son aquellos que por una parte al ocurrir cada
evento, afecta un número de unidades de riesgo y por otra parte son
imposibles de predecir según las medidas estadísticas normales. Ejemplo:
Terremoto.
1.4.2.8 Por su conocimiento
Ciertos: son aquellos en los que para el momento de la
celebración del contrato las partes Seine con certeza que el diestro no
han ocurrido, es decir, que el riesgo como tal tiene una existencia cierta.
Putativos: se deriva de la raíz latina de PUTARE que significa
reputar. Y es aquel riesgo que para el momento de la celebración donde
contrato se reputa como existente, aunque las partes ignoran si para ese
momento un siniestro pueda haber ocurrido. Si para el momento de pactar
el seguro las partes se encuentran en idéntico estado de ignorancia,
entonces dicho seguro será válido aún cuando ya hubiere ocurrido y la
indemnización será procedente.
1.5 Como evitar Riesgos, Como afrontar Riesgos
Analizar, reducir y financiar (Erik Keuf. Obra citada. p. 48). Por
analizar riesgos se entiende lograr un conocimiento a fondo de su
naturaleza especificando su ubicación, su volumen y su gravedad.
Una vez analizados, lo cual ha permitido su identificación y
evaluación, la siguiente acción fundamental es la de eliminarlos y, de no
ser posible, reducirlos por medio de la prevención que tiene por objeto
dificultar la materialización de los peligros y reducir su probabilidad y su
41
frecuencia y la protección, cuya finalidad es llevar a su mínima expresión
a un riesgo cuando este se materializa.
Por último la Administración de Riesgos debe atender a los
aspectos financieros de la pérdida financiando la sustitución de los activos
perdidos, la compensación de la pérdida de ingresos debida al lucro
cesante y los gastos complementarios ocasionados por la ocurrencia del
siniestro, de forma tal que la empresa pueda continuar adelante en el
logro de sus objetivos sin mayor perturbación.
Existe una labor previa que debe realizar la Administración de
Riesgos antes de proceder con su análisis, reducción y financiamiento y
es la de SENSIBILIZACIÓN que debe ser ejercida principalmente sobre la
dirección de la empresa ya que si los miembros que la componen no
están convencidos de la necesidad de aplicación de las técnicas que
encierra la Administración de Riesgos.
1.6 La causa que genera su existencia
El conocer la causa que genera la existencia del riesgo nos permitirá
definir las medidas de prevención destinadas a reducir la frecuencia de
los siniestros. Estas causas generadoras de riesgos se originan por cuatro
acciones fundamentales que son las siguientes:
a) El acto humano: Se puede manifestar por acción voluntaria, por
imprudencia, por error, y por negligencia. Debido a que la
materialización del riesgo está siempre directa o indirectamente
relacionada con un acto humano, en nuestro análisis nos
ocuparemos exclusivamente del acto humano directo causante
del riesgo que puede tener carácter individual y carácter
colectivo. Este significado de acción lo extendemos al de
omisión en el sentido de que el siniestro puede generarse
también por haber dejado de cumplir determinadas acciones y
no necesariamente por el cumplimiento de otras.
42
Como ejemplos típicos de actos humanos originadores de riesgos
podemos citar:
• Inadecuado control de la energía estática en botas, aislantes y
equipo similar
• Fumar en lugares prohibidos expresamente
• Descuido en el manejo de materiales a de maquinaria y equipo
• Colocar sobrepeso en estructuras diseñadas para el paso o uso
restringido de un número determinado de personas o para soportar
tonelajes específicas
• En cuanto al acto humano por omisión podemos señalar el dejar
conectados sistemas eléctricos o mecánicos fuera de horas de
trabajo.
b) El acto de la naturaleza. Bajo esta denominación agrupamos
todo tipo de catástrofe natural como huracanes, temblores de tierra,
maremotos, erupciones volcánicas, rayos, tormentas y similares.
Aunque pudieran parecer causales de fuerza mayor, y por lo tanto
imprecisas en su pronosticación, consideramos que la posibilidad de
identificación de las zonas potenciales de ocurrencia de estos
fenómenos naturales les otorga caracteres de previsibilidad.
c) El acto circunstancial. El acto circunstancial se caracteriza
porque, generalmente, la intervención humana suele ser de tipo
indirecto prevaleciendo en su ocurrencia las circunstancias naturales
que circundan al riesgo. Ejemplo típico de este tipo de acto es la
existencia de un material combustible junto a una fuente de calor
suficiente en relación al grado de combustibilidad del material, y la
presencia de un comburente que al oxigenarse con el aire cause el
estallido de la materia combustible.
43
d) El acto administrativo. Es conocido también como "la
decisión del príncipe" y se refiere a aquellas acciones que pueden
comprometer la realización de los objetivos de la empresa y por lo
tanto revestir el aspecto de un verdadero siniestro. Como ejemplo un
acto administrativo típico podemos mencionar: El exceso de
reglamentación que sobre contaminación ambiental se ha
producido a nivel internacional en los últimos años y que en
algunos países, como en el caso venezolano, establece
inclusive responsabilidades de tipo penal para los accionistas y
altos directivos de las empresas.
Este tipo de riesgos tienen un lindero poco definido a veces con los
riesgos típicos de las empresas pero, bajo determinadas circunstancias,
pueden ser asegurables.
Existen riesgos que son inherentes a la actividad que se realice por lo
tanto lo que se debe hacer que se debe de tratar es minimizar lo más
posible ese riesgo por otro lado tenemos riesgo que son incorporados, es
decir, que no es propio de la actividad, pero que de igual manera existe
1.7 Riesgos Empresariales
El resultado final de una compañía se construye por su habilidad
para lograr los objetivos y evitar los riesgos.
El riesgo según su definición.- Es la posibilidad de que ocurra un
acontecimiento que tenga un impacto en el alcance de los objetivos
empresariales, por lo cual el riesgo se mide en términos de
consecuencias y probabilidad.
En términos generales, podríamos decir entonces que la gestión de
riesgo es el arte de oscilar entre la pérdida y el beneficio. A pesar que
aparecen algunas diferencias en los detalles, en la mayoría de las
definiciones el riesgo empresarial se interpreta en el espacio de
categorías como incertidumbre, probabilidades, alternativas, pérdidas.
44
El consultor español Mauricio León Lefcovich, después de destacar
que ser empresario significa correr riesgos calculados, describe los rasgos
del riesgo empresarial de la siguiente manera: "Existe riesgo cuando se
tienen dos o más posibilidades entre las cuales optar, sin poder conocer
de antemano los resultados a que conducirá cada una. Todo riesgo
encierra, pues, la posibilidad de ganar o de perder, cuanto mayor es la
posible pérdida, tanto mayor es el riesgo”
Por ejemplo, aunque las compañías de seguros de vida no
pueden determinar el año en que morirá cada tenedor de pólizas,
pueden calcular las probabilidades objetivas que se basan en la
expectativa de que los índices de mortalidad prevalecientes en el
pasado se repitan en el futuro.
¿Por qué motivo es importante la Administración de los Riesgos
Empresariales? pues porque cualquier actividad empresarial busca un
objetivo de lucro, cuanto mayor riesgo tiene un activo mayor, será la
rentabilidad mínima exigida por los accionistas.
El riesgo en sí mismo no es malo; lo que sí es malo es que el
riesgo esté mal administrado, mal interpretado, mal calculado o
incomprendido. ¿Qué es la Administración de los riesgos
empresariales? La administración y control de los riesgos debe
comenzarse a entender desde su concepto básico: Es el proceso
continuo basado en el conocimiento, evaluación, manejo de los riesgos
y sus impactos que mejora la toma de decisiones corporativas.
Es decir, es un proceso dinámico que asocia el conjunto de
pasos secuenciales lógicos y sistemáticos que sirven para que el
administrador, identifique, valore y maneje los riesgos asociados con
su organización, los cuales de ser ejecutados correctamente ayudando
a encontrar soluciones reales y prácticas a los riesgos detectados,
minimizando pérdidas o maximizando oportunidades, para ello es
importante entender que ningún administrador podrá tomar decisiones
45
si no conoce el circuito del proceso del negocio; es decir: " zapatero a
tu zapato."
Cuadro 1 EVALUACIÒN Y ADMINISTRACION DEL RIESGO EMPRESARIAL
Dado que el riesgo queda inevitablemente ligado a la incertidumbre
sobre eventos futuros, resulta imposible eliminarlo. Ante esto, la única
forma de enfrentarlo es administrándolo, distinguiendo las fuentes de
donde proviene, midiendo el grado de exposición que se asume y
eligiendo las mejores estrategias disponibles para controlarlo a medida
que surge la necesidad de cuantificar la exposición del Activo en Riesgo.
La adopción del enfoque contemporáneo permite el Análisis de Riesgos
con base a los procesos; diferenciar los aspectos financieros y aspectos
no financieros del Riesgo.
1.8 Requisitos para que un riesgo sea Asegurado
En primer lugar que debe establecer que para que exista un riesgo
debe cumplirse con las siguientes características, de las cuales las dos
46
primeras son reales y la tercera es potencial pudiendo llegar a convertirse
en real y son:
1. La existencia de un objeto expuesto a sufrir un daño o pérdida,
determinado por: la propiedad y su uso, la salud o la capacidad
de generar ingresos de una persona, y la responsabilidad ante
terceros.
2. La presencia de la causa o causas posibles que ocasionan el daño
o la perdida al objeto, que pueden ser de origen natural, como
los terremotos; de origen humano, como los robos; y de origen
económico, los cambios sociales.
3. El perjuicio o pérdida resultante que sufre el objeto que ocurre la
causa, el cual generalmente se mide en términos económicos,
como ser el costo de la pérdida de un Inmueble debido a un
incendio, o el generado por una hospitalización.
Después de saber que efectivamente existe un riesgo existe y para
que el mismo sea asegurado, el riesgo debe cumplir lo siguiente:
1) Ser posible: Las posibilidades se miden por una combinación
binaria (0 y 1), en donde 0= a imposibilidad de que el hecho
ocurra y 1= a certeza de que ocurrirá. Entonces, el grado de
probabilidad se expresa en una fracción que va del 0 al 1, y ésta
al convertirla en porcentaje (%), nos da el grado de probabilidad.
De acuerdo con esto, el riesgo debe ser posible como la
probabilidad aritmética de que el siniestro ocurra. Si la probabilidad
aritmética es (0), entonces no hay riesgo y por lo tanto no hay seguro.
Ejemplo no se puede contratar un seguro sobre la pérdida de un objeto
que no exista al tiempo de la contratación del seguro. Esto está
consagrado en el Art. 49 de la Ley del Contrato de Seguros.
47
Cabe decir que si el evento debe necesariamente ocurrir en una
fecha pre señalada y no se puede evitar entonces, el grado de
probabilidad es (1) y por lo tanto no hay riesgo. Ejemplo: una persona no
puede asegurarse contra el hecho de que los comercios no abren el día
primero de Mayo, porque los comercios necesariamente no abrirán debido
a que es un día feriado nacional.
Tampoco hay riesgo cuando el suceso no pueda implicar la
exigibilidad de la garantía. Ejemplo: sí el bien asegurable no es estimable
en dinero, entonces no se puede exigir ninguna prestación porque ésta es
dineraria para el asegurador. Ejemplo: si la cosa ya estuviese
íntegramente asegurada, tampoco puede tener otro seguro, porque ya
está totalmente cubierto el valor de la cosa. Hoy día Los Seguros de Daño
permiten la pluralidad de Seguros. (Art. 63 al Art. 65, Ley del Contrato de
Seguros).
La doctrina tradicionalmente ha sostenido la discusión sobre la
administrabilidad del Riesgo Putativo, así como también las legislaciones
se han dividido en cuanto a admitirlo o no. El principio general es que si la
cosa ha perecido para el tiempo de la contratación del seguro, no corre el
riesgo y por lo tanto el seguro es nulo (por falta de objeto).
Desde el punto de vista teórico, se puede pensar en la
circunstancia en la cual ninguno de los contratantes sepa si la cosa ha
perecido o no, al tiempo de contratar el seguro; y en este supuesto se
puede estipular un seguro bajo las circunstancias de que la cosa haya
perecido o no.
La mayoría de las legislaciones han estado de acuerdo en no
permitir la contratación de seguros sobre riesgos putativos. Pero en
algunas legislaciones entre ellas la nuestra, se logró admitir la posibilidad
de contratar este tipo de seguros en el caso de los seguros marítimos. De
manera que esta posibilidad no existe en el caso de los seguros
terrestres.
48
En todo caso para reclamar la validez de un seguro de riesgo
putativo, existe al momento de reclamar un problema probatorio de
importancia, porque es requisito indispensable para la validez de este
contrato de seguro tomado sobre riesgo putativo la ignorancia real de las
partes sobre el estado de la cosa. Realmente hoy en día es prácticamente
imposible pensar la contratación de un seguro sobre riesgo putativo; los
avances en los sistemas de comunicación en los medios de transporte
marítimo permiten el hecho de que sea imposible que se desconozca, por
lo menos, durante un período que permita la contratación de un seguro, el
estado en el que se encuentra un determinado buque. Por lo que en la
práctica el seguro de riesgo putativo ha desaparecido.
2) Ser Lícito: En el sentido de que la ocurrencia del siniestro
no debe estar penada por la ley, o al menos esta no debe prohibir la
indemnización de un determinado daño. Por lo que para este caso se dan
varios supuestos.
a) No está permitido asegurar la pérdida o deterioro de una
cosa de ilícito comercio. No debe confundirse las cosas de ilícito comercio
con las cosas de comercio restringido o prohibido porque el ilícito
comercio es por ejemplo la sucesión futura mientras que el segundo
podríamos hablar de las drogas, armas, el petróleo. Las cosas de
comercio restringido o prohibido eventualmente pueden ser objeto de
seguro pero los ilícitos no se Pueden asegurar.
b) La imposibilidad de asegurar daños sobre cosas que sirven
para actividades ilícitas, mucho más si el daño se deriva del uso ilegal de
la cosa. Ejemplo: si tenemos un vehículo para transportar contrabando,
desde el Punto de vista conceptual no podría ser asegurado; pero en la
práctica es muy difícil que los asegurados conozca que el bien está
destinado a una actividad ilícita porque no hay nadie que diga que utiliza
el carro para el contrabando.
49
Esto también es válido para los bienes inmuebles ya que si aquel
está destinado a un fin ilícito y si produjese un siniestro, obviamente éste
no tendrá cobertura. Ejemplo: si un inmueble tiene un seguro contra
incendio y tiene instalado un alambique clandestino y sé esta destilando
licor. Si se produjese un incendio por una explosión del alambique el
asegurador no está obligado al pago.
No solamente el siniestro debe provenir del uso ilícito de la cosa
sino que también puede provenir de una casa distinta pero al tiempo que
la cosa estaba siendo ilícitamente usada, entonces el asegurador puede
excepcionarse.
c) El riesgo es ilícito cuando el daño que se deriva, tiene un
origen intencional aun cuando el hecho en si no sea delito. Ejemplo: una
persona por un ataque de malacrianza decide estrellar su caro contra un
muro; eso en si no es un delito, pero no podrá reclamarle el pago al
asegurador.
d) No puede haber seguro cuando este se refiere a la pérdida
de un beneficio.
Aquí la doctrina ha hecho una distinción entre la pérdida de un
beneficio esperado y la mera esperanza del beneficio. Cuando alguien
siembra tiene la esperanza de cosechar, lo cual tiene un fundamento
objetivo por lo que no se puede comparar con alguien que juega a los
caballos para obtener también; pero que objetivamente no tienen una
base real para esperar la obtención del beneficio porque cuenta con el
azar, mientras que el agricultor cuenta con su trabajo.
Por lo que ese beneficio esperado si es susceptible de
aseguramiento. Ejemplo: uno puede asegurar aún antes de sembrar. Lo
que es ilícito es asegurar contra la pérdida de una esperanza de
beneficio. Ejemplo: Yo no me puedo asegurar contra el hecho de que no
50
me gane el KINO. Hoy el seguro de beneficio esperado es muy utilizado
por los empresarios artísticos y deportivos.
3) Ser determinado: El asegurador puede tomar sobre si todos
o solo algunos de los riesgos a que esté expuesta la cosa asegurada;
pero si no estuviere expresamente limitado el seguro a determinado
riesgo, el asegurador responderá de todos, salvo las excepciones
legales.
Las exclusiones legales del artículo 78 de la Ley del contrato de
Seguros, opera aun cuando el seguro estaba contratado a todo riesgo,
estos se encuentran excluidos. De tal manera que solo si existe en la
póliza una cláusula especial acerca de la exclusión de éstos riesgos, es
susceptible el asegurador de pagar la indemnización. Ejemplo: el 27 de
Febrero y el 04 de Febrero donde los comerciantes habían pedido
cobertura a raíz de estos sucesos y cuando ocurrieron los del 04 de
Febrero al reclamar su cobertura contra todo riesgo los aseguradores sé
excepcionaron por las exclusiones legales.
1.9 Gerencia de Riesgo (dentro de la empresa)
En los años que siguieron a la finalización de la Segunda Guerra
Mundial, el concepto de protección no había penetrado todavía en la
preocupación de la dirección empresarial y, por lo general, esta limitaba
su responsabilidad a cubrir los daños ocasionados al personal de la
empresa, más específicamente reducidos al de perjuicios visibles por
pérdidas temporales o definitivas de la capacidad del trabajador para
hacer frente a su tarea, y los daños que atañían básicamente al
patrimonio de la empresa reduciéndose esta cobertura casi en forma
exclusiva a la de incendio.
Las empresas aseguradoras, tal vez influenciadas también por el
espíritu estrictamente de reconstrucción del poderío industrial de la post-
51
guerra, no generaban nuevos productos que pudieran interesar a sus
clientes. Además, la relación entre ambas partes prácticamente no existía
sino en forma indirecta a través del intermediario o productor de seguros.
Como bien apuntan acertadamente algunos autores, el sistema
utilizado "era más sufrido que querido", lo cual significaba que era
aceptado como un mal necesario, posición esta que evolucionó en forma
asombrosa a partir de la década de los setenta pasando de esta
condición, un tanto peyorativa, a otra de mayor relevancia hasta llegar a
convertirse en elemento vital y necesario para el buen desarrollo de la
empresa en función del cumplimiento de sus objetivos, proceso que fue
acelerado:
• Por el estrechamiento de los márgenes de beneficios debido a la
existencia de una competencia más numerosa y agresiva
• Por el desarrollo de un consumismo que llegó a alcanzar a veces la
categoría de hipertrofiado
• Por la abundancia de leyes y reglamentos que extendieron la
responsabilidad civil ante terceros más allá de las instalaciones
físicas de las plantas industriales, y
• Por el tamaño de esas instalaciones y la complejidad de los
equipos modernos debido a la alta tecnología incorporada, lo que
elevó la siniestralidad en forma mucho más que proporcional a
como venía sucediendo hasta finales de la década de los sesenta,
llegando a adquirir en algunos casos dimensiones catastróficas.
No obstante fue el seguro de responsabilidad Civil el que
experimentó la evolución más fuerte en las dos últimas décadas pues su
Cobertura, la cual normalmente estaba restringida a daños corporales se
extendió a aquellos causados por los productos fabricados por las
52
empresas y por los daños inmateriales resultantes de la privación del
disfrute de un bien o servicio, llegando inclusive a cubrir daños resultantes
como consecuencia del mal ejercicio de una profesión determinada.
Dentro de este auge de nuevas coberturas son dignos de mención
el desarrollo de seguros muy especializados como los que cubren las
operaciones petroleras en mar abierto, los riesgos nucleares y los riesgos
espaciales derivados de la puesta en órbita de satélites de diversos tipos
de uso.
Todo este cuadro obligó en forma prácticamente compulsiva a las
empresas a ir definiendo el área de seguros y, más concretamente la
persona o personas que se encargaran de manejar asunto tan complejo.
También se comenzó a establecer un mayor contacto directo entre las
empresas de seguros y el cliente asegurado lo que hizo que las personas
fueran hablando un mismo idioma y entendiéndose más a fondo en
materia tan compleja.
Toda esta situación evolutiva de los riesgos y de los medios
utilizados para hacerles frente dio origen al nacimiento de la
Administración de Riesgos como una consecuencia de las situaciones
que fue necesario superar.
Donde antes se formulaban soluciones irreflexivas con la utilización
pura y simple del seguro, ahora la empresa interviene a manera
preventiva desde antes de la formación potencial del riesgo.
Esta evolución es lo que da origen a la Administración de Riesgos
donde ya no se razona más en términos de "seguro" sino en términos de
"riesgo", lo cual, paralelamente, ha ido eliminando la tendencia a asegurar
pérdidas en vez de riesgos.
53
La Administración de Riesgos debe poseer ante todo un carácter
global en el sentido de que abarque todos los aspectos con potencialidad
de riesgos que existen en la empresa y que esta actitud forme parte de la
estrategia trazada por su dirección en pos de sus objetivos.
Debe además tomar en cuenta que las técnicas que se empleen
para el desarrollo de una buena Administración de Riesgos no solamente
se limiten a compensar las pérdidas resultantes de un siniestro sino que
vayan más allá hacia la prevención de las mismas, inclusive hacia la
reducción de aquellas que no puedan ser evitadas en su totalidad,
actividad conocida como Control de Pérdidas.
Debe abarcar también todos y cada uno de los aspectos del
desarrollo de la empresa la cual no debe limitar su campo de acción que
estará definido por las características individuales de cada una.
Por último, podemos concluir que el objetivo principal de la
Administración de Riesgos es el de reducir el costo de las pérdidas a
través de métodos de control y de financiamiento.
Dentro de esta concepción destacamos algunas de las definiciones
existentes pertenecientes a diversos autores:
• Es la función de liderazgo ejecutivo en el manejo de los
riesgos específicos con que se enfrenta la empresa comercial.
• Es un conjunto de técnicas y reflexiones que concurren en la
protección del patrimonio de la empresa contra los riesgos.
Es la ciencia que se dedica a estudiar, analizar y predecir con el
mayor grado de exactitud posible la ocurrencia de hechos que puedan
ocasionar un perjuicio que afecte económicamente a una persona,
institución o empresa, con el objeto de medir y canalizar tales hechos
para que no ocurran o, para que si ocurren, causen el menor daño posible
54
Analizados los enfoques y conceptos de le Administración de
Riesgos expresados por diversos autores, consideremos su definición
como la Administración de Riesgos es un proceso ordenado que actúa
como función de enlace entre las diversas ciencias y técnicas utilizadas
para manejar y controlar riesgos.
1.10 El Seguro como elemento Financiero dentro del contexto
Interno de la empresa
La Evaluación de los Riesgos: Una vez que los riesgos han sido
identificados y clasificados, el siguiente problema para el Administrador de
Riesgos es determinar, a través de la evaluación, un método apropiado
para su tratamiento.
En particular, una decisión para transferir o no un riesgo dependerá
a menudo de consideraciones relacionadas con la posible magnitud de la
pérdida y con la frecuencia con la que pueda ocurrir.
Debido a esto, algunas formas de evaluación del riesgo son de
considerable importancia. La teoría de la probabilidad ofrece técnicas
apropiadas para hacer cálculos matemáticos acerca del riesgo y, de esta
forma, suministrar un método para medir la incertidumbre que rodea a las
pérdidas fortuitas.
Es esencial para el Administrador de Riesgos mantener registros
de perdida adecuados con el propósito de trazar distribuciones de
pérdida. Puede ser útil representar aquellas distribuciones observadas a
través de funciones matemáticas que, a su vez, pueden ser usadas para
la determinación de probabilidades apropiadas.
El Manejo de Riesgos: Una vez que se tiene la información
apropiada sobre las características de los riesgos que enfrenta una
55
empresa, se dispone de una variedad de técnicas para enfrentar las
consecuencias financieras de la probabilidad de pérdidas.
Las propiedades técnicas pueden ser catalogadas
introductoriamente en cuatro categorías:
• Evitación: Se entiende una actitud basada en motivos de
diversa índole por medio de la cual se rehúsa un riesgo
eliminado radicalmente la probabilidad de su enfrentamiento.
• Prevención y Protección de riesgos: Son métodos que se
utilizan para reducir la probabilidad de que ocurra un evento
dado.
• Asunción de riesgos: Es un procedimiento donde las pérdidas
financieras, si llegaran a ocurrir, se resarcen con recursos
financieros propios, o de terceros, en combinación con
aseguradores profesionales.
• Transferencia de riesgos: Se conoce al transferirlo a personas
u organizaciones fuera de la empresa. El procedimiento de
transferencia más utilizado es el seguro.
El Administrador de Riesgos requiere habilidad, o para decidir el modo
apropiado de planificación y obtención de fondos para hacer frente a las
posibles consecuencias financieras de las pérdidas.
La Elaboración De Registros: La elaboración de registros
apropiados es esencial para el departamento de riesgos de una empresa
principalmente por dos razones:
• Estos registros forman la base de los informes que salen del
departamento de riesgos, y
56
• Ellos suministran los datos estadísticos necesarios para el
proceso de decidir las formas apropiados de acción en relación
con el tratamiento del riesgo.
El Departamento Jurídico: Desde el momento en que la
Administración de Riesgos utiliza frecuentemente el uso de contratos
como un vehículo para la transferencia de riesgos, la necesidad de
cooperación con el departamento jurídico se hace evidente. En términos
de contratos de seguros este departamento puede ser muy útil
redactando los contratos de acuerdo a las particularidades de cada
riesgo. Puede también redactar cláusulas específicas sobre contratos tipo
y ayudar a la interpretación de su contenido.
El Departamento de Personal: Dejando de lado el hecho de que
si los planes de beneficio de los empleados son supervisados por el
departamento de riesgos o el de personal, es esencial que exista una
cooperación muy cerrada entre ambos para obtener la máxima efectividad
de los diferentes programas que integran los beneficios de los empleados.
Allí donde los programas de seguro colectivo están bajo la
responsabilidad del Administrador de Riesgos, él debe negociar con los
aseguradores y ser responsable por la cobranza, los reembolsos, la
contabilidad de los fondos, así como por toda la administración del
programa.
El departamento de personal debe ocuparse de determinar la
magnitud de los beneficios, los aspectos de elegibilidad, el enrolamiento
de empleados en los diferentes planes y otros asuntos de tipo no
esencialmente financiero.
La cooperación interdepartamental en el manejo de los beneficios
de los empleados es más efectiva estableciendo dos comités: uno con la
responsabilidad de desarrollar y diseñar nuevos planes y la revisión de los
existentes; y otro que interpretaría las provisiones de planes existentes y
57
revisaría su manejo buscando asegurar una administración satisfactoria y
uniforme. El Administrador de Riesgos o su representante pueden muy
bien pertenecer a ambos.
El Departamento de Finanzas: El departamento de finanzas está
involucrado a menudo en las operaciones del Administrador de Riesgos
ya que en muchas firmas su supervisor inmediato es a menudo uno de los
funcionarios financieros de la firma.
Aun cuando no sea este el caso, el departamento de finanzas tiene
un interés en conocer como están protegidos los activos de la firma contra
pérdidas fortuitas y si tal protección es adecuada.
El funcionario de finanzas también está interesado en la
adecuación de los acuerdos de pérdida que pueda ocurrir bajo los
contratos de seguros y en cualquier reporte financiero que puede emanar
del departamento de riesgos. La intención por este interés deriva del
hecho de que los recursos financieros de la firma están directamente
relacionados con la ocurrencia de pérdidas y que tales pérdidas pueden
tener un efecto serio en la estabilidad financiera de la empresa.
El Departamento de Producción: En las empresas industriales,
los departamentos de producción están directamente enfrentados al
riesgo ya que la pérdida de materiales, maquinaria y trabajo pueden
interrumpir seriamente las operaciones de la firma con el resultado de
pérdida de ingresos y activos. Las pérdidas derivadas de fuego y riesgos
aliados son de particular preocupación así como la pérdida de tiempo por
accidentes de empleados y enfermedad. El Administrador de Riesgos
deberá buscar la cooperación del departamento de producción en la
preparación del manual de seguros en materia de seguridad y en materias
relacionadas con el fuego y ajuste de pérdidas.
58
Responsabilidades Del Administrador De Riesgos: Los deberes y
responsabilidades del Administrador de Riesgos incluyen, en su sentido
más amplio, las siguientes actividades:
1. La identificación y clasificación de los riesgos
2. La evaluación de los riesgos,
3. El manejo de los riesgos
4. La elaboración de registros,
5. La cooperación con otros departamentos
6. La emisión y la recepción de informes,
7. El conocimiento de la política empresarial
8. La gerencia de la oficina de Riesgos,
9. El grado de iniciativa,
10. El desarrollo de habilidades profesionales.
El administrador de riesgo al cumplir con dicha actividades tratará
de minimizar el riesgo a la pérdida de dinero para la empresa y que la
misma se desarrolló de acuerdo a los objetivos planteado.
1.11 Fundamentación Jurídica
En términos Jurídico el Seguros se encuentra regulado por el
ordenamiento jurídico venezolano vigente emanado por mandato de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de fecha 19 de
febrero de 2009, en gaceta Oficial Nro. 5.908 Extraordinaria, en su
artículo 112. Establece lo siguiente:
Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad
económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas
59
en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de
desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u
otras de intereses sociales. El estado promoverá la iniciativa privada,
garantizado la creación y justa distribución de la riqueza, así como la
producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de
la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, sin
perjuicio de su facultad para dictar medidas para planificar,
racionalizar, y regular la economía e impulsar el desarrollo integral
del país.
Por lo tanto, en concordancia por la LEY DEL CONTRATO DE
SEGURO, publicado en Gaceta Oficial N° 5.553 Extraordinario de fecha
12 de noviembre de 2001, mediante Decreto N° 1.505 30 de octubre de
2001, por el Presidente de la República HUGO CHAVEZ FRIAS. Cuyo
objeto en su artículo 1 establece lo siguiente: El presente Decreto Ley
tiene por objeto regular el contrato de seguro en sus distintas
modalidades; en ese sentido se aplicará en forma supletoria a los seguros
regidos por leyes especiales.
Además por LEY DE EMPRESAS DE SEGUROS REASEGUROS,
publicado en Gaceta Oficial N° 5.553 Extraordinario de fecha 12 de
noviembre de 2001, Decreto N° 1.545 09 de noviembre de 2001, por el
HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República; establece: en su
artículo 3. Protección de la actividad aseguradora. El Estado protegerá
la libre competencia en la actividad aseguradora, y velará por el
funcionamiento del mercado asegurador, de sus integrantes, productores,
auxiliares y los profesionales que sean utilizados en forma frecuente por
las empresas de seguros, así como por los derechos de los tomadores,
los asegurados y los beneficiarios. Y en su Artículo 4 Órgano
encargado del control de las operaciones de seguro. El control,
regulación, inspección, supervisión, fiscalización y vigilancia de la
actividad aseguradora, reaseguradora, de producción de seguros y
reaseguros y demás actividades conexas se ejerce a través de la
60
Superintendencia de Seguros. La intervención del Estado en esta
actividad se realizará para la protección de los tomadores, los asegurados
o los beneficiarios de los contratos de seguros y en salvaguarda de la
estabilidad del sector asegurador.
61
CONCLUSION
Un seguro es un contrato, denominado póliza de seguro, por el que
una Compañía de Seguros (el asegurador) se obliga, mediante el cobro
de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es
objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño
producido al asegurado; bien a través de un capital, una renta, o a través
de la prestación de un servicio.
ELCONTRATO DE SEGURO; Es aquel por el que el asegurador se
obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca
el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los
límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital,
una renta u otras prestaciones convenidas.
Las empresas de seguros son intermediarios financieros desde el
punto de vista económico y financiero.
Los Elementos Que Operan el seguros; El Riesgo, El Objeto
Asegurado, El Interés Asegurado, La Suma Asegurada, La Prima De
Seguros, El Siniestro, La Indemnización
El acto de asegurarse suele llevarse a cabo entre la persona que
desea asegurarse (asegurado), y la entidad que le proporcionará el
seguro (aseguradora).
La Pólizas Parte más importante de un seguro, ya que es el
contrato entre ambas partes. Es el documento en el que constan los
derechos y obligaciones de las partes.
El Asegurador representa una Entidad que asume la cobertura del
riesgo del asegurado
El Tomador Persona que pacta y suscribe el contrato de seguro
62
El Asegurado Persona u objeto bajo el que recae el seguro. Mejor
dicho, quien tiene la cobertura y, por tanto, quien está expuesta al riesgo.
El Beneficiarios Es la persona que es indemnizada en caso de que
se den las condiciones previstas en la póliza contratada
La actividad aseguradora, por su propia naturaleza, convierte en
inversión a largo plazo lo que, en general, el contratante del seguro ni
siquiera consideró ahorro. Sin embargo, se trata de un ahorro que desde
el punto de vista financiero es muy estable y a largo plazo.
El costo del seguro es la prima estipulada en la carátula de la
póliza, sujeta a variables tales como edad, estado de salud, ocupación,
hábitos, entre otros. Todos los pagos relativos al contrato de seguro, ya
sea por parte del asegurado o de la aseguradora, se efectuarán en
moneda nacional.
Nuestra Opinión el Seguros es un contrato con característica
bilateral, cuyo objeto es reguardar y proteger los bienes muebles o
inmuebles cuyo fin es proteger la inversión ante eventos o siniestro. Bajo
las normas jurídicas que se pautas en la Ley de Contrato de Seguro y La
Ley de la Empresa de Seguro y Reasegurado.
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  • 1. 1 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA CIENCIAS Y TECNOLOGÍA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL SIMÓN RODRÍGUEZ NÚCLEO PALO VERDE-EXTENSIÓN VARGAS CÁTEDRA: SEGUROS SEGUROS Participantes: Bonaldy L; Soleannys N. C.I: V- 27.042.207 Cabrera P; Lisbeth M. C.I. V-13.571.718 Campos H; Alberth S. C.I. V-20.781.720 Cárdenas U; Magno A. C.I: V-21.759.012 Colmenares S; Grecia D. C.I. V-18.141.306 Corro B; Mervin J. C.I. V-9.998.716 Delgado A; José de Jesús C.I. V-13.672.326 Méndez N; José. C.I. V-14.323.872 Facilitadora: María Adocheli La Guaira, Agosto; 2020
  • 2. 2 INDICE Contenido Portada; Titulo SEGUROS ..................................................................... 1 INDICE ................................................................................................... 2 INDICE CUADRO................................................................................... 5 INTRODUCCION.................................................................................... 1 CAPITULO I............................................................................................ 1 1.1 Fundamentos básicos sobre Seguro ................................................... 1 1.1.1 Definición .......................................................................................... 1 1.1.2 El Contrato de Seguro ..................................................................... 2 1.1.3 Sector Asegurador ............................................................................ 3 1.1.4 Elementos de una operación de seguro ........................................... 3 1.1.5 Partes Involucradas .......................................................................... 3 1.1.5.1 Póliza ............................................................................................. 4 1.1.5.2 Asegurador .................................................................................... 4 1.1.5.3 Tomador......................................................................................... 4 1.1.5.4 Asegurado...................................................................................... 5 1.1.5.5 Beneficiario .................................................................................... 5 1.1.5.6 Mediadores .................................................................................... 5 1.1.5.7 La Suma Asegurada ...................................................................... 5 1.1.5.8 Beneficiarios .................................................................................. 5 1.1.6. Principios Basicos Del Seguros. ……………………………………….6 1.1.6.1 Máxima Buena fe …………………………………………………… ..6 1.1.6.2 Principios de no Lucratividad …………………………………………7 1.1.6.3 Principios de Intereses Asegurable ………………………………….8 1.1.6.4 Principios de Subrogación ……………………………………………8 1.2 Diversas Clases de Seguro.................................................................. 9 1.2.1 Seguros de Vida ............................................................................... 9
  • 3. 3 1.2.1.1 Tipos de seguros de vida............................................................. 10 1.2.1.1.1 Seguro en caso de Sobrevivencia ............................................ 10 1.2.1.1.2 Seguro en caso de Fallecimiento.............................................. 11 1.2.1.1.3 Seguro Dotal Mixto ................................................................... 13 1.2.1.2 Seguro por Daños........................................................................ 14 1.2.1.2.1 Ramo de Incendio..................................................................... 14 1.2.1.2.2 Ramo de Responsabilidad Civil. ............................................... 14 1.2.1.2.3 Ramo Agrícola .......................................................................... 15 1.2.1.2.4 Ramo de Crédito...................................................................... 15 1.2.1.2.5 Ramo de Transportes. ............................................................. 15 1.2.1.2.6 Ramo de Diversos .................................................................... 16 1.2.1.2.7 Seguro de Gastos Médicos....................................................... 16 1.2.1.2.8 Seguro de Pensiones................................................................ 22 1.2.1.2.9 Seguro de Responsabilidad Civil .............................................. 27 1.3 El Costo Financiero de Asegurar ....................................................... 33 1.3.1 Costo del Seguro ......................................................................... 35 1.3.2 Los beneficios adicionales de un seguro ....................................... 36 1.3.3 Plazo Pago de Seguro .................................................................. 36 1.4 Riesgo................................................................................................ 36 1.4.1 Definición ........................................................................................ 36 1.4.2 Clasificación.................................................................................... 37 1.4. 2.1 Riesgos Morales ......................................................................... 38 1.4.2.2 Riesgo Moral Activo ..................................................................... 38 1.4.2.3 Riesgo Moral Pasivo .................................................................... 38 1.4.2.4 Riesgos Materiales ...................................................................... 38 1.4.2.5 Por su origen pueden ser:............................................................ 38 1.4.2.6 Por su probabilidad puede ser: Constantes o variables (Progresivos o regresivos) ....................................................................... 39 1.4.2.7 Por su naturaleza......................................................................... 39 1.4.2.8 Por su conocimiento .................................................................... 40 1.5 Como evitar Riesgos, Como afrontar Riesgos.................................. 40 1.6 La causa que genera su existencia.................................................... 41
  • 4. 4 1.7 Riesgos Empresariales ...................................................................... 43 1.8 Requisitos para que un riesgo sea Asegurado ................................. 45 1.9 Gerencia de Riesgo (dentro de la empresa) ...................................... 50 1.10 El Seguro como elemento Financiero dentro del contexto Interno de la empresa ............................................................................................... 54 1.11 Fundamentación Jurídica................................................................. 58 CONCLUSION...................................................................................... 61 REFERENCIAS .................................................................................... 63 REREFERENCIA BIBLIOGRAFICA ..................................................... 63 REFERENCIA BIBLIOGRAFICAS EN LINEA ...................................... 63
  • 5. 5 INDICE CUADRO Cuadro 1 EVALUACIÒN Y ADMINISTRACION DEL RIESGO EMPRESARIA. …………………………………………………………….. 45
  • 6. 1 INTRODUCCION La presente investigación se refiere sobre el Tema de Seguros es un contrato, denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de Seguros (el asegurador) se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado; bien a través de un capital, una renta, o a través de la prestación de un servicio. Su Objetivo es Analizar en forma crítica para ser puesto en práctica en el campo laboral e profesional. Un análisis sistemático e interpretativo con respeto al tema dado. Su Finalidad sobre el tema es el aprendizaje en forma empírica a nivel profesional en cuanto a la toma de decisiones de reguardo y custodia de los bienes de la empresa cuyo fin protegerlo contra todo evento o siniestro, basándose en la norma jurídica Importancia es resguardar los bienes ante eventos o siniestros que causa perdida, así se pueda proteger la inversión. El Interés Hacia el lector es que pueda dar crítica sobre el tema en el campo educativo y laboral como futuro profesionales. La Metodología de la investigación está dada en una investigación de campo, basándose en fuente bibliográfica en línea y texto jurídico. La Investigación está dada en capitulo; Es decir Capítulo I comprendido de la siguiente manera: Fundamento Básico de Seguros, Diversas clase de seguros, Costo Financiero y Riesgo, Principios Básicos de Seguros Fundamentación Jurídica.
  • 7. 1 CAPITULO I 1.1 Fundamentos básicos sobre Seguro 1.1.1 Definición Según fuente electrónica; Autor www.wilkipedia.com; Enciclopedia Wikipedia [Seguros], establece lo siguientes: Un seguro es un contrato, denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de Seguros (el asegurador) se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado; bien a través de un capital, una renta, o a través de la prestación de un servicio. En este contrato intervienen: El asegurador, que siempre ha de ser una compañía de seguros, que es la entidad responsable de la cobertura en caso de siniestro, El tomador, que es el propietario de la póliza de seguro y responsable del pago de la prima correspondiente, el asegurado que es la persona a la que se asegura (bien a ella o a sus propiedades o intereses).
  • 8. 1 El beneficiario que es la persona que cobrará la indemnización correspondiente en caso de siniestro. No siempre estas tres figuras han de ser la misma persona pudiendo ser todos distintos. A modo de ejemplo: Una empresa (tomador) que paga un seguro de vida su empleado (asegurado) para que cobren sus hijos (beneficiarios) en caso de fallecimiento de este. También puede existir una figura más, el mediador, que es la persona que intermedia entre el Tomador y la compañía de seguros antes de la compra de la póliza de seguro, en el momento de la formalización (compra) y después de la compra (modificaciones que sean necesarias, tramitación de siniestros, etc.). La cantidad de dinero que se cobra por el seguro se llama prima. La prima garantiza que el asegurador esté obligado a cumplir con las prestaciones que le ha prometido al Tomador. La gestión del riesgo, que es la práctica de la evaluación y control del mismo, se ha desarrollado como un campo discreto de estudio y práctica. La transacción implica que el asegurado supone una pérdida relativamente pequeña y conocida en la forma de pago de una prima a la aseguradora a cambio de la garantía de la compañía de seguros para compensar (indemnizar) al asegurado en el caso de una pérdida financiera o comercial. El asegurado recibe un contrato, denominado la póliza de seguro, que detalla las condiciones y circunstancias en las que el asegurado será compensado.
  • 9. 2 Desde un punto de vista matemático, el seguro transforma los riesgos a los que están sometidas las personas en probabilidades soportables a través de una organización. El seguro se configura como una pieza básica de la actual estructura social. La institución del seguro tiene dos grandes manifestaciones en la sociedad: • Seguridad social, que es un sistema obligatorio de cobertura, administrado por el Estado, dirigido a proporcionar protección y bienestar a los ciudadanos, que suele garantizar una prestación económica en caso de jubilación, incapacidad laboral, fallecimiento, desempleo etc. • Seguros privados, que cubren y protegen a las personas o entidades que contrata, pudiendo ser de suscripción obligatoria o voluntaria. Ejemplos de seguros privados son los seguros de robo o incendio de un inmueble o los seguros de automóviles o de accidentes de personas. 1.1.2 El Contrato de Seguro Es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas. El contratante o tomador del seguro, que puede coincidir o no con el asegurado, por su parte, se obliga a efectuar el pago de esa prima, a cambio de la cobertura otorgada por el asegurador, la cual le evita
  • 10. 3 afrontar un perjuicio económico mayor, en caso de que el siniestro se produzca. 1.1.3 Sector Asegurador Las empresas de seguros son intermediarios financieros desde el punto de vista económico y financiero. Este sector se diferencia de otros sectores económicos en que, para iniciar su actividad, necesita un capital fijo relativamente pequeño, puesto que no necesita realizar grandes inversiones en activos para ejercer su actividad y su capital circulante se lo anticipan sus propios clientes a cuenta del producto que ha de empezar a fabricar en ese momento (la seguridad). 1.1.4 Elementos de una operación de seguro • El Riesgo • El Objeto Asegurado • El Interés Asegurado • La Suma Asegurada • La Prima De Seguros • El Siniestro • La Indemnización 1.1.5 Partes Involucradas El acto de asegurarse suele llevarse a cabo entre la persona que desea asegurarse (asegurado), y la entidad que le proporcionará el seguro (aseguradora). A pesar de lo simple que parezca la aseveración pasada, más de dos partes se ven involucradas en el contrato y el seguimiento de un seguro. A continuación, las trataremos:
  • 11. 4 1.1.5.1 Póliza Parte más importante de un seguro, ya que es el contrato entre ambas partes. Es el documento en el que constan los derechos y obligaciones de las partes. Debe haber sido aceptado por ambos y en él deben aparecer los datos personales del asegurado y de la compañía, la cantidad a pagar y cada cuanto se producirán los pagos, descripción del seguro en cuestión, desde cuándo y hasta cuándo está vigente la póliza, las coberturas que incluye el seguro y el beneficiario del seguro (quién es la persona que recibe la indemnización en el caso de que se den las condiciones establecidas). 1.1.5.2 Asegurador Entidad que asume la cobertura del riesgo del asegurado. 1.1.5.3 Tomador Persona que pacta y suscribe el contrato de seguro. Es el obligado a asumir las condiciones del contrato, especialmente la prima, es decir, es la persona que contrata el seguro y cuyo nombre figura en la póliza. Normalmente coincide con el asegurado, aunque en algunos casos puede no ser así, ya que puede ser que el seguro lo pague una persona pero el asegurado sea un familiar.
  • 12. 5 1.1.5.4 Asegurado Persona u objeto bajo el que recae el seguro. Mejor dicho, quien tiene la cobertura y, por tanto, quien está expuesta al riesgo. Es el titular del contrato de seguro. 1.1.5.5 Beneficiario Es la persona que es indemnizada en caso de que se den las condiciones previstas en la póliza contratada. Dependiendo del caso, tomador, asegurado y beneficiario pueden ser, o no, la misma persona. En un seguro de vida, por ejemplo, pueden llegar a ser tres personas diferentes. 1.1.5.6 Mediadores Un mediador de seguros es un asesor que aconseja al cliente a la hora de contratar una póliza. Su deber Es informarle de los diferentes precios existentes y de qué tipo de coberturas le convienen más. Existen varios tipos de mediadores: corredurías tradicionales y en línea, agentes de seguros, operadores de banca, etc. 1.1.5.7 La Suma Asegurada Es el monto que se compromete a pagar la aseguradora, siempre y cuando haya sido contratada la cobertura. 1.1.5.8 Beneficiarios Los beneficiarios deben tener una relación con el asegurado y una dependencia económica total o parcial de él. Estas relaciones son
  • 13. 6 evidentes en el caso de esposa, hijos, hermanos menores en edad no productiva, padres, etc. 1.1.6 Principios básicos del Seguro Los principios básicos del seguro, son aquellos que nos orientan y apoyan para comprender mejor su funcionamiento. 1.1.6.1 Máxima buena fe BUENA FE. Es el principio fundamental del seguro. Se entiende que el asegurador y el asegurado actúan con la mejor intención, sin ánimo de perjudicar a la otra parte o hacer, cometer o permitir actos malintencionados o voluntarios que lleguen a causar efectos de daño a la otra parte. El contratante de una póliza de seguros, está en la obligación de suministrarle a la compañía, todas las características del bien a asegurar o circunstancias que rodeen el acto asegurador. Por qué? Puesto que, es en esta información que se basa la compañía para aceptar el riesgo. Entre las faltas a este principio, podemos mencionar las siguientes: • Omisiones: Estas puedan ser por error o por desconocimiento. Sin embargo, a fin de que pueda la omisión ser causa de nulidad, ha tenido que ser reconocida por una persona común.
  • 14. 7 Alguien que por ejemplo, trabaje en una actividad peligrosa. O que padezca de una enfermedad incurable y no lo informe a la compañía al momento de la contratación de una póliza de vida. • Ocultaciones: Ocultar hechos relativos al riesgo es un fraude. Por consiguiente, invalida cualquier contrato de seguros. Ejemplo, asegurar una máquina que ya tenía daños con anterioridad. • Errores: Se refiere a toda declaración o manifestación equivocada. • Mentiras: A fin de evitar tener que comprobar todos los datos de la solicitud, los aseguradores introducen una cláusula. En consecuencia, en ella se estipula que toda declaración se tiene como verdad y es por lo tanto, una garantía. Al ser una garantía, el no cumplimiento podría dar lugar a la nulidad de la póliza. Este principio no solamente protege al asegurador. También se aplica en beneficio del asegurado. En caso de duda, como los contratos de seguros son de adhesión, es decir el asegurado acepta las condiciones impuestas por la compañía, se favorece al asegurado por ser el débil jurídico (Art.581, código de comercio). 1.1.6.2.-Principio de no lucratividad
  • 15. 8 Un principio que rige al seguro, es el que jamás puede convertirse en fuente de provecho ni en ocasión de beneficio al asegurado. Porque la indemnización del seguro, es la garantía y no envuelve otra idea que la de resarcirse exactamente por el daño causado. Por otras razones, en los seguros contra incendios, se expresan en las condiciones de las pólizas, lo siguiente: Cuando existan varios aseguradores que han asegurado conjunta o separadamente en una misma fecha, en una cantidad que exceda del valor de la cosa asegurada, sólo son responsables hasta la concurrencia de ese valor y cada uno en proporción a la suma que hubiere asegurado. 1.1.6.3 Principio del interés asegurable Se define como interés asegurable, a un interés de tal naturaleza que el evento contra el cual se asegura pudiese causar pérdidas al asegurado. En este aspecto, el interés asegurable no se refiere al objeto en riesgo. Especialmente relevante, es la relación económica que vincula a una persona con los bienes que han de ser objeto del contrato. De tal manera que la conservación de esos bienes, le produzca provecho. En caso contrario, su deterioro o quebranto le cause daños a su patrimonio. La clase más simple y común de interés asegurable se encuentra en el ejemplo de un propietario y su bien asegurado. Entre otros casos, tenemos el de un acreedor hipotecario que le interesa que se conserve el bien que se ha otorgado en garantía.
  • 16. 9 El inquilino que se ha hecho responsable por devolver un bien en el mismo estado en que lo recibió, etc. 1.1.6.4.-Principio de Subrogación: Se origina una vez que la aseguradora hace efectiva la indemnización al asegurado y este a su vez, subroga sus derechos a la compañía, para que esta pueda ejercer los derechos contra terceros, si los hubiere. 1.2 Diversas Clases de Seguro 1.2.1 Seguros de Vida Según la Autora: Romero; Y; [Clasificación de los seguros en Venezuela], establece lo siguiente: El Seguro de Vida es una de los tipos del Seguro de Personas en el que el pago por parte de la compañía de seguros de la suma asegurada del contrato, se hace depender del fallecimiento ó sobrevivencia del asegurado en un momento determinado. En este tipo de seguro el pago de la indemnización no se relación con el valor del daño producido por la concurrencia del siniestro, debido a que la persona no es evaluable económicamente. Este tipo de seguro no constituye un contrato de indemnización propiamente dicho, a diferencia de los Seguros de Daños que si lo contemplan.
  • 17. 10 1.2.1.1 Tipos de seguros de vida 1.2.1.1.1 Seguro en caso de Sobrevivencia El beneficiario (que en este caso es generalmente el propio Asegurado) percibirá la suma asegurada si vive hasta la fecha predeterminada, éste garantiza el pago de un capital o una renta al beneficiario. Este tipo de seguro tiene las siguientes modalidades: a) De capital diferido.- La compañía de seguros se compromete a entregar la suma asegurada al vencimiento del plazo convenido en el contrato, si el asegurado vive en esa fecha. Puede ser con reembolso o sin reembolso si el asegurado fallece antes de la vigencia del seguro con reembolso opera la devolución de las primas al fallecer el Asegurado antes del vencimiento del seguro. b) De renta vitalicia inmediata.- La compañía de seguros a cambio de una prima única, garantiza el pago inmediato de una renta a una o varias personas hasta la muerte del asegurado, en cuyo caso cesa dicho pago. c) De renta diferida.- La compañía de seguros se compromete, al finalizar el plazo de diferimiento estipulado, a pagar al asegurado, mientras viva, una renta constante y periódica. Puede ser sin reembolso de primas si el Asegurado fallece antes de cobrar la renta o con reembolso de primas la compañía de seguros las devuelve a los beneficiarios.
  • 18. 11 d) De capitalización.- La compañía de seguros se compromete a pagar al asegurado un capital al vencimiento del contrato, a cambio de la obligación del contratante o asegurado de realizar el pago de primas periódicas a la compañía de seguros durante la vigencia del contrato. e) Seguro de Jubilación.- Consiste en el pago de un capital o renta al asegurado hasta que alcance la edad de su jubilación, la cual puede ser vitalicia, dentro de estas existe el plan de pensiones el cual es un instrumento de previsión voluntaria por el que las personas que lo constituyen tiene derecho, en las condiciones y cuantías establecidas, a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia, viudez, orfandad o invalidez, a cambio de las contribuciones económicas que se aporten a tales efectos. 1.2.1.1.2 Seguro en caso de Fallecimiento El Beneficiario (que puede ser una o varias personas) recibirá la suma asegurada estipulada cuando se produzca el fallecimiento del Asegurado, ya sea por causa natural o accidental. Es una clase de seguro de vida, ya sea que se trate de un capital o de una renta, se pagará por la compañía de seguros al beneficiario (que puede ser una o varias personas), si se produce la muerte del asegurado. Las modalidades de este seguro son: a) Seguros de vida entera.- Se garantiza el pago de una suma asegurada inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, sea cual fuere la fecha en que ocurra dicho fallecimiento, este a su vez tiene dos modalidades:
  • 19. 12 Modalidad I. Con pago de primas vitalicias.- El pago de las primas se mantiene hasta el fallecimiento del asegurado. Modalidad II. Con pago de primas limitado a un cierto número de años.- Las primas correspondientes se pagan durante un período determinado de años. b) Seguro sobre dos o más vidas.- Es un seguro de vida entera que se caracteriza porque existen simultáneamente, dos o más personas aseguradas que son a la vez beneficiarios recíprocos y en su virtud, cuando el fallecimiento de cualquiera de ellas se produzca dentro del límite estipulado en el contrato, la compañía de seguros pagará la indemnización prevista a el sobreviviente o a los sobrevivientes, según sea el caso. c) Seguro temporal.- Se caracteriza porque la suma asegurada es pagadera inmediatamente después de la muerte del asegurado, siempre que ocurra antes del plazo de duración del seguro, si sobrevive el seguro se cancela y la aseguradora retiene las primas y pueden ser temporal constante, decreciente, creciente, a un año renovable, renovable. d) Seguro de deudores.- En esta modalidad, al producirse el fallecimiento del asegurado, la compañía de seguros se hace cargo automáticamente de la liquidación de los créditos previstos en la póliza, no vencidos, que adeude el Asegurado en el momento de su muerte. e) De orfandad.- Tiene por objeto la concesión de una Pensión Temporal a favor de los hijos menores de 18 años en caso de fallecimiento del padre o la madre trabajadora con el que convivan y del cual dependan económicamente.
  • 20. 13 f) De capital de supervivencia.- El capital es pagadero inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, si ocurre antes que el de otra persona designada al contratar el seguro, denominada beneficiario o sobreviviente. Si ésta fallece antes que el asegurado, queda rescindido el seguro y las primas pagadas pueden quedar, ya sea a favor de la compañía de seguros, o bien del sobreviviente, según haya sido pactado al celebrarse el contrato de seguro, la prima anual deja de pagarse al morir el asegurado. 1.2.1.1.3 Seguro Dotal Mixto Es un tipo especial que se integra por un seguro de riesgo y un seguro de ahorro, en virtud de la cual, si el asegurado fallece antes del plazo previsto, se entregará a sus beneficiarios la indemnización estipulada, y si sobrevive a dicho plazo se entregará al propio asegurado la suma asegurada establecida por el contrato, y tiene las siguientes modalidades: a) Mixto completo.- Si el asegurado vive al vencimiento del plazo del seguro, participará también en utilidades de la póliza con un determinado porcentaje sobre la suma asegurada) b) Mixto simple.- Garantiza el pago de la suma establecida, a los beneficiarios designados, al producirse el fallecimiento del asegurado, siempre que ocurra antes del vencimiento del contrato) c) Mixto doble.- Son iguales al del seguro mixto simple, con la particularidad de que el contrato no se extingue con el pago de la suma asegurada establecida al asegurado si vive al vencimiento de la póliza) d) Mixto Re valorizable.- La suma asegurada aumenta cada año, aunque sus características son iguales al seguro mixto.
  • 21. 14 e) Mixto variable.- En caso de sobrevivencia el asegurado va percibiendo la suma asegurada distribuida en determinado porcentajes y pagada en diferentes momento) f) A plazo fijo.- En esta modalidad se garantiza el pago de la suma asegurada al vencimiento de la póliza, sin importar si el asegurado vive o ya falleció) g) Dotal.- El beneficiario será un menor de edad, sin importar si el asegurado vive o no. h) Seguro de Vida Universal.- Se combina el proceso de capitalización y el seguro temporal renovable, siendo un plan de ahorro. 1.2.1.2 Seguro por Daños En este tipo de seguro, existen diferentes ramos como son: 1.2.1.2.1 Ramo de Incendio. Es aquel que garantiza al Asegurado el pago de una indemnización en caso de incendio de los bienes especificados en la póliza o la reparación o reposición de la piezas averiadas, y puede contemplar coberturas adicionales como pueden ser: Responsabilidad civil, pérdida de rentas, pérdida de beneficios, gastos y daños. 1.2.1.2.2 Ramo de Responsabilidad Civil. Se compromete a indemnizar al asegurado del daño que pueda experimentar su patrimonio a consecuencia de la reclamación que le efectúe un tercero, por la responsabilidad en que haya podido incurrir, tanto el propio asegurado como aquellas personas que dependen civilmente del asegurado.
  • 22. 15 1.2.1.2.3 Ramo Agrícola Tiene por objeto la cobertura de los riesgos que puedan afectar a las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales y sus principales modalidades son: a) Seguro de Ganado b) Seguro de Incendio de Cosechas. c) Seguro de Granizo. 1.2.1.2.4 Ramo de Crédito. Tiene por objeto garantizar a una persona el pago de los créditos que tenga a su favor cuando se produzca la insolvencia de sus clientes deudores por créditos comerciales. 1.2.1.2.5 Ramo de Transportes. La compañía de seguros se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercancías y se divide en marítimo, aéreo y ferroviario: a) Seguro Marítimo.- Garantiza los riesgos de navegación que puedan afectar, tanto al buque transportador como a la carga transportada, y puede ser seguro de buque, carga o flete. b) Seguro de Aviación.- Tiene por objeto el pago de indemnización derivada de accidentes sufridos por aeronaves. c) Seguro Ferroviario.- Tiene por objeto el pago de indemnización derivada de accidentes sufridos por ferrocarril.
  • 23. 16 1.2.1.2.6 Ramo de Diversos Se divide en varias categorías: a) Seguro de Robo.- La compañía de seguros se compromete a pagar los daños sufridos por la desaparición, destrucción o deterioro de los objetos a causa de robo, asalto o tentativas. b) Seguro Cinematografía.- Tiene por objeto cubrir los daños durante una producción cinematográfica. c) Seguro Cristales.- Éste garantiza al asegurado el pago de una indemnización o reposición en caso de rotura accidental de las lunas o cristales descritos en la póliza. d) Seguro Ingeniería.- Consiste en un grupo de modalidades de cobertura que amparan determinados riesgos derivados del funcionamiento, montaje o prueba de maquinaria o inherentes a la construcción de edificios. Sus principales modalidades incluyen: I. Seguro de Construcción.- Garantiza los daños que puedan sufrir los bienes integrantes de una obra ejecutada. II. Seguro de Maquinaria.-Garantiza los daños que puedan sufrir maquinaria, equipos o plantas industriales. III. Seguro de Montaje.- Se asemeja al de construcción pero en el momento de su instalación o montaje. IV. Seguro Electrónico.- Garantiza el seguro al equipo de procesamiento de datos descritos en el contrato. V. Seguro de Calderas.- Asegura a las calderas en caso de explosión, entre otros. 1.2.1.2.7 Seguro de Gastos Médicos Son los seguros que cubren la lesión o incapacidad que afecte la integridad personal o la salud del Asegurado, ocasionada por un accidente o enfermedad.
  • 24. 17 En esta clase de seguros la Aseguradora, mediante el pago de la prima correspondiente, cubre los gastos hospitalarios, atención médica, intervenciones quirúrgicas, alimentos, medicamentos, análisis clínicos, rayos x, etc. a los asegurados y en su caso a los dependientes económicos cuando así quede convenido en la póliza del seguro. Para cada plan de seguro hay una cobertura específica, por lo que es conveniente que usted revise el contenido de su póliza y verifique que la cobertura del plan que contrató cubra sus necesidades. Prestaciones más comunes que tienen los seguros de gastos médicos 1. Cuarto y alimentación en el hospital (privado o compartido). 2. Cama extra para un acompañante cuando el asegurado esté internado. 3. Servicios generales de enfermería. 4. Laboratorios y rayos X en el hospital. 5. Medicamentos en el hospital. 6. Gastos varios en el hospital. 7. Honorarios de los médicos. 8. Operaciones y servicios de anestesia. 9. Terapia intensiva. 10.Servicio de transporte de urgencia. 11.Cobertura de enfermedades adicionales aumentando el monto de la prima. 12.Terapias fuera del hospital como paciente externo. Otros beneficios adicionales que pueden establecerse en el seguro de gastos médicos
  • 25. 18 a) Una suma asegurada, que percibirían los herederos legales o los beneficiarios designados en la póliza en caso de fallecimiento accidental del Asegurado. Esta cobertura se puede ampliar de manera que cubra las pérdidas orgánicas originadas a consecuencia de un accidente, para lo cual se establece una Escala de Indemnizaciones que estipulan el porcentaje de la suma asegurada que corresponderá por cada tipo de pérdida orgánica. b) Una suma asegurada en caso de incapacidad permanente y total, causada por accidente. Cuando se trate de incapacidad permanente parcial, la Compañía de Seguros sólo pagará un porcentaje de la suma asegurada establecida para esta cobertura, de acuerdo con la gravedad de la lesión y conforme a la tabla específica que se encuentra en las condiciones generales de la póliza. c) Una pensión diaria en caso de incapacidad temporal durante los días en que el Asegurado permanezca inactivo a causa del accidente. d) Extensión de la cobertura del seguro a algunos países extranjeros. Elementos que debe conocer sobre su seguro de gastos médicos a) Período de espera. Es el período de tiempo establecido en la póliza, a partir de la contratación del seguro, durante el cual la Aseguradora no cubre los gastos por la atención o tratamiento médico de ciertas enfermedades o padecimientos.
  • 26. 19 b) Preexistencia. Es la enfermedad o padecimiento que se inició antes de la contratación del Seguro de Gastos Médicos y que consecuentemente no están cubiertos por el seguro. c) Deducible. Es una cantidad de dinero a partir de la cual la Aseguradora empieza a pagar el monto de la reclamación. La Aseguradora no pagará accidentes o enfermedades cuya atención o tratamiento implique un monto menor al deducible. d) Coaseguro. Es un porcentaje del total del monto que la aseguradora haya considerado como procedente para la atención o tratamiento derivado de un padecimiento, una vez que ha sido descontado el deducible. Este porcentaje también lo pagará el asegurado. La mayoría de los seguros de gastos médicos, además del deducible, hacen que el Usuario se solidarice con ellos pagando una parte de los gastos, a lo cual se le llama coaseguro, por lo tanto lo convierten en coasegurador. El pago de esta cantidad tiene como objeto que sólo se utilice el seguro en caso de una enfermedad realmente grave, pero generalmente la Aseguradora no cobra ni deducible ni coaseguro en el caso de accidentes. Como pagar en caso de utilizar su seguro de gastos médicos Las formas en que la aseguradora podrá indemnizarle son: a) Pago directo en el cual el asegurado solo paga el deducible y coaseguro y la aseguradora paga directamente al médico u hospital. b) Reembolso en el cual el asegurado paga al médico u hospital y después por medio de una reclamación presentada a la
  • 27. 20 aseguradora, ésta paga al asegurado los gastos que hayan sobrepasado las cantidades del deducible y del coaseguro. Nota: Para que la compañía pueda tramitar la indemnización correspondiente, es necesario que usted le entregue toda la documentación e información que ésta requiere, o en su defecto, que lleve a cabo los procedimientos necesarios para la reposición de tales documentos, ya que sin ellos no podrán entregarle la indemnización respectiva. Cláusulas del seguro de gastos médicos que debe tener en su póliza a) Importe de la suma asegurada por evento o reclamación, por período o por la vida del asegurado. Asegúrese de que la suma asegurada se reinstale (vuelva a ser por la misma cantidad) después de cada reclamación o periodo. b) Que cubra cirugía estética, procedimientos odontológicos y oftalmológicos requeridos a causa de un accidente o enfermedad que sí esté cubierta. c) Los deportes conocidos como peligrosos (automovilismo, motociclismo, tauromaquia, paracaidismo etc.) están excluidos de estas pólizas sin embargo si usted los practica, pueden estar cubiertos cuando se paga una extra prima. d) Que cuente con la cobertura de enfermedades graves, ej: cáncer, sida. e) Si cambia de aseguradora, verifique que le respeten su antigüedad.
  • 28. 21 Plazos para el pago de su póliza Cada una de las Compañías de Seguros podrá ofrecerle diversos plazos para el pago de las pólizas aunque regularmente los tipos de plazo son anuales, semestrales, trimestrales o mensuales. A partir de que usted contrate su seguro de gastos médicos independientemente de la forma de pago que haya elegido (anual, semestral, trimestral, etc.) de acuerdo a la ley tiene 30 días para realizar el pago de su póliza, así como para hacer cualquier aclaración en el contenido de la misma. Una vez transcurrido ese plazo si usted no ha realizado el pago del seguro la Compañía Aseguradora podrá cancelar su póliza y usted no estará protegido. Es importante que usted este enterado de que cada vez que se venza el plazo de vigencia de su póliza, y una vez que usted haya informado a su aseguradora por medio de su agente de seguros, su deseo de renovarla, contara con el plazo de 30 días señalado a partir del vencimiento de la misma. Existen varias aseguradoras que ofrecen planes de seguros de gastos médicos, por lo que es importante que antes de decidirse por alguno, contacte usted a los diferentes agentes de seguros de esas Compañías para que le hagan un presupuesto en base al seguro que Usted necesite. Con todo esto usted se encontrará en posibilidad de elegir el plan de seguros que mejor convenga a su presupuesto y a sus necesidades. Y recuerde:-No firme ningún documento sin leerlo-No firme o pague su póliza si no está de acuerdo con las condiciones de la misma.
  • 29. 22 1.2.1.2.8 Seguro de Pensiones a) Seguro de pensiones de la seguridad social A partir de la entrada en vigor de la nueva Ley del Seguro Social en Julio de 1997, hubo cambios trascendentes para el futuro de los trabajadores afiliados al mismo Instituto. Uno de los cambios importantes a la Reforma, fue el abrir la posibilidad a que las Instituciones de Seguros llevaran a cabo la administración y pago de las Pensiones Derivadas de la Seguridad Social, actividad que desarrollaba anteriormente el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), es la encargada de autorizar a las Compañías Aseguradoras la operación de los Seguros de Pensiones Derivados de la Seguridad Social a través de dos tipos de autorización: Autorización para que las instituciones de seguros puedan operar el ramo de pensiones a través de constituirse como compañías de pensiones especializadas, las cuales solo podrán manejar los Seguros de Pensiones. Autorización para que las instituciones de seguros que manejan el ramo de vida, puedan ampliar su operación y así comercializar los seguros de pensiones por un plazo de 5 años, obligando a las mismas a separar la operación de pensiones antes del 1 de julio del 2002. Ambos tipos de autorización están sujetos a previa certificación por parte de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), con la cual se garantiza que todas las compañías que operan el ramo cuentan con la solvencia económica y financiera, los sistemas y la capacidad para operar en forma correcta los seguros de Pensiones.
  • 30. 23 El plazo de 5 años marcado para las compañías que operan el ramo de pensiones, es un plazo que la Ley les otorga para que se conviertan en compañías exclusivas de pensiones. Con ello se formalizarán legalmente como compañías de pensiones terminado dicho plazo, acatando así los cambios que establece la Ley. Partes que intervienen en un seguro de pensiones de la seguridad social a) Asegurado: Trabajador o persona de aseguramiento inscrito ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos de la Ley del Seguro Social. b) Pensionado: Es el asegurado que por resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene otorgada pensión por: incapacidad permanente total, incapacidad permanente parcial, invalidez, cesantía en edad avanzada y vejez, así como los beneficiarios de aquel cuando por resolución del Instituto tengan asignada una pensión de viudez, orfandad, o de ascendencia. c) Beneficiarios: Es el cónyuge del asegurado o pensionado y a falta de éste, la concubina o el concubinario en su caso, así como los ascendientes y descendientes del asegurado o pensionado señalados en la Ley del Seguro Social. Tipos de Pensiones Pensión por Invalidez: Es el estado de invalidez permanente dictaminada por el IMSS que da derecho al asegurado, al otorgamiento de una pensión definitiva. Para los efectos de la Ley del Seguro Social existe invalidez cuando el
  • 31. 24 asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales. Pensión por Incapacidad: Los riesgos de trabajo pueden traer como consecuencia la incapacidad permanente, ya sea parcial o total, o inclusive la muerte del trabajador. Al declarar el IMSS la incapacidad permanente total del asegurado, éste recibirá una pensión mensual definitiva. Incapacidad permanente parcial: Si la valuación de la incapacidad dictaminada por el IMSS es superior al cincuenta por ciento, el asegurado recibirá una pensión. Si la valuación definitiva de la incapacidad fuese de hasta el veinticinco por ciento, se pagará al asegurado, en sustitución de la pensión, una indemnización global equivalente a cinco anualidades de la pensión que le hubiese correspondido. Dicha indemnización será optativa para el trabajador cuando la valuación definitiva de la incapacidad exceda de veinticinco por ciento sin rebasar el cincuenta por ciento. Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado, el Instituto Mexicano del Seguro Social otorgará: Pensión por Viudez Se le dará a la viuda una pensión, y sólo a falta de esposa tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer con quien el asegurado vivió como si fuera su marido durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con la que tuvo hijos, siempre que ambos
  • 32. 25 hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato. Si al morir el asegurado o pensionado tenía varias concubinas, ninguna de ellas gozará de pensión. La misma pensión le corresponderá al viudo o concubinario que dependiera económicamente de la trabajadora asegurada o pensionada. Pensión por Orfandad Se le da una pensión a cada uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre, menores de dieciséis años.- O extenderá el goce de esta pensión, a los huérfanos mayores de dieciséis años, hasta una edad máxima de veinticinco años, cuando se encuentren estudiando en planteles del sistema educativo nacional, tomando en consideración, las condiciones económicas, familiares y personales del beneficiario y siempre que no sea sujeto del régimen obligatorio.- Una pensión a cada uno de los huérfanos que lo sean de padre o madre, que se encuentren totalmente incapacitados. Pensión por Ascendencia A falta de viuda o viudo, huérfanos, concubina o concubinario con derecho a pensión, a cada uno de los ascendientes que dependían económicamente del trabajador fallecido o del pensionado, se le pensionará una pensión. Puntos a tener en cuenta si un trabajador está tramitando su pensión • El IMSS es quien determina el derecho a recibir una pensión así como el monto y demás prestaciones contempladas en la Ley.
  • 33. 26 • Las pensiones por incapacidad, invalidez o muerte de un trabajador, que se originen a partir del 1º de julio de 1997, serán pagadas por Aseguradoras Autorizadas de acuerdo a la Nueva Ley del Seguro Social. Como elegir libre y correctamente a la Compañía Aseguradora que le pagará su pensión • Reciba y escuche en su domicilio a los representantes debidamente acreditados de las Aseguradoras Autorizadas. Ellos le explicarán los beneficios que por Ley le corresponden y aquéllos que en forma adicional le ofrecerán sin costo alguno. Asegúrese que los beneficios adicionales que le ofrezcan sean claros y precisos en sus términos y cuenten con el registro de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Cada Aseguradora deberá presentarle su oferta de beneficios adicionales una sola vez, por escrito y en papel oficial de la Compañía. • Compare todas las ofertas que por escrito le presenten Tome su tiempo para analizarlas y no permita que nadie lo presione o quiera intervenir. El trámite debe ser personal ya que está decidiendo su futuro y el de su familia. • Considera el prestigio, respaldo, experiencia, solidez financiera y servicio que le ofrece la Aseguradora que le pagará tu pensión. • Está prohibido que los representantes de las Aseguradoras le ofrezcan pagos en efectivo antes o al momento de la firma de su Documento de Elegibilidad; tampoco deben utilizar los beneficios adicionales como medida de presión para que haga su elección. Todos los pagos que le correspondan le serán
  • 34. 27 entregados en la fecha establecida, después de que haya recibido su póliza del Seguro de Pensiones. • Recuerde que Usted puede realizar los trámites, no permita que otra persona los realice por Usted. • Todos los trámites son gratuitos. • Una vez que elija su Aseguradora y firme el documento de elegibilidad, no podrá cambiarse de compañía. 1.2.1.2.9 Seguro de Responsabilidad Civil a) Seguro de Responsabilidad civil Profesional Existen compañías de seguros, que además ofrecen este tipo de protección a ciertos mercados específicos, como el de la construcción, medicina, para los arrendatarios de inmuebles, para quienes se dedican a organizar eventos, para quienes realizan filmaciones, etc. A este tipo de pólizas se les llama seguro de responsabilidad civil profesional. b) Seguro para médicos Dentro del Ramo de Daños, encontramos el seguro de Responsabilidad Civil, que a su vez, se especializa en el llamado seguro de responsabilidad profesional. Que cubre este seguro para médicos 1. Responsabilidad civil en que incurriere el Asegurado: Queda cubierta la responsabilidad civil en que incurriere el Asegurado médico por muerte o lesión en la integridad corporal de sus pacientes, a consecuencia de culpa, ya sea por negligencia o impericia en el ejercicio de una profesión
  • 35. 28 médica, en los términos de la Ley sobre el Contrato de Seguro. 2. Responsabilidad civil del Asegurado. Este seguro también ampara la responsabilidad civil del Asegurado, en caso de: a) Primeros auxilios proporcionados en el extranjero, excluyendo Estados Unidos de Norteamérica, Canadá y sus territorios. b) Daños ocasionados por cirugía plástica posterior a un accidente, la correctiva de anormalidades congénitas, así como los daños no estéticos derivados de la cirugía estética. c) En el caso de profesiones veterinarias, derivada de daños causados a los animales entregados para su tratamiento. d) Derivada de los auxiliares que al servicio del Asegurado ejerzan una actividad médica auxiliar, farmacéutica o laboratorista, ya sea por negligencia o impericia en el desempeño de sus labores. e) Por el uso u operación de aparatos médicos con fines de diagnóstico, tratamiento o de terapéutica, siempre que dichos aparatos y tratamientos estén reconocidos por la ciencia médica y no se encuentren comprendidos dentro de la obligación de seguro de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares, previstos en los capítulos I, II y III de la Ley de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares. f) Derivada de la aplicación, a pacientes, de materias radioactivas naturales o artificiales en aparatos en los que está incorporado un isótopo irradiador (por ejemplo, la bomba de cobalto) y otras materias radioactivas.
  • 36. 29 2. Gastos y costos legales por reclamaciones en materia civil. Quedan asegurados los gastos y costas legales por reclamaciones en materia civil, bajo las siguientes bases: a) Cuando el abogado sea designado por la Compañía, los gastos de defensa estarán asegurados hasta por un monto igual al 50% adicional a la suma asegurada contratada. b) En caso de que el Asegurado designe a su propio abogado, los gastos de defensa estarán cubiertos hasta por el mismo monto del 50% adicional de la suma asegurada contratada, con un límite por concepto de honorarios de abogados del 20% de dicho monto. Nota: Queda entendido y convenido que los límites establecidos en los incisos a) y b) anteriores opera para uno y todos los siniestros presentados durante la vigencia de la póliza. Cualquier indemnización hecha por la Compañía bajo este concepto, reducirá en igual cantidad la suma asegurada establecida para el mismo, por lo que las indemnizaciones de siniestros subsecuentes serán pagadas hasta el límite de la suma restante. 4. Exclusiones: Esta cobertura no ampara ni se refiere a reclamaciones y/o responsabilidades: a) Notificadas al Asegurado, judicial o extrajudicialmente, antes del inicio de la vigencia de la presente póliza. b) Cuando las reclamaciones del paciente afectado y/o sus beneficiarios no sean hechas por escrito al Asegurado.
  • 37. 30 c) Derivadas de transfusiones de sangre o por la actividad de bancos de sangre. d) Derivadas de daños causados por servicios profesionales proporcionados bajo la influencia de narcóticos, medicamentos o sustancias que de cualquier manera afecten el buen funcionamiento del sistema nervioso. e) Derivadas de daños y/o perjuicios que sean consecuencia directa de tratamientos dolosamente innecesarios o por la violación del secreto profesional. f) Dirigidas a la obtención de reembolso de honorarios profesionales del Asegurado. g) Derivadas de daños relacionados, de cualquier modo, con el SIDA h) Por daños genéticos. i) Por daños sufridos por cualquier persona que ejerza actividades profesionales, científicas o derivadas de la medicina en el consultorio o lugar de trabajo del Asegurado, y que por el ejercicio de esta actividad sufra daños. j) Quedan excluidos de la protección de este seguro los anestesiólogos, a menos que sean los asegurados titulares de esta póliza. k) En el caso de médicos odontólogos u ortodontistas: Por daños causados por la aplicación de anestesia general o mientras el paciente se encuentra bajo anestesia general, si esta
  • 38. 31 anestesia no fue llevada a cabo en un hospital acreditado para dicho fin. l) En el caso de la cirugía plástica, no quedan amparados los resultados en la configuración y aspecto físico estético de la operación o tratamiento, así como la insatisfacción del paciente por las mismas causas. m) Derivadas de un diagnóstico, tratamiento y/o procedimiento quirúrgico que no le corresponda al Asegurado, de acuerdo a su especialidad. n) Derivadas de los daños ocasionados por los medicamentos recetados por el Asegurado. o) Derivadas de los daños causados por medicamentos y/o aparatos en fase experimental o que no se encuentren registrados ante la autoridad competente, en caso de ser necesario su registro conforme a la legislación de la materia. 5. Fianza garantizada Se utiliza en caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional para Médicos, y de acuerdo con los requisitos que la Ley establece respecto a la presentación de una fianza para lograr la libertad provisional, condicional y/o preparatoria del Asegurado. La Compañía pagará el importe de la prima correspondiente a dicha fianza, expedida por una Compañía Afianzadora legalmente constituida. 6 Asistencia legal en lo penal.
  • 39. 32 En caso de algún siniestro cubierto por la cobertura de Responsabilidad Civil Profesional para Médicos. Mediante esta cobertura también se otorgan los servicios profesionales de asistencia legal necesaria en los procedimientos penales y que, de acuerdo a las leyes vigentes en la República Mexicana. Requieren del inicio y seguimiento de cualquier procedimiento, comprometiéndose la Compañía a cubrir los gastos de defensa que permitan gestionar, con la anuencia del Asegurado, su libertad provisional y/o condicional según corresponda de acuerdo al procedimiento iniciado. 7 A quien está dirigido este seguro El Seguro de Responsabilidad Civil para Profesiones Médicas, está dirigido a médicos titulados de cualquier especialidad, asociaciones, institutos y grupos de colegios de médicos. 8 Sugerencias antes de adquirir un seguro para médicos Antes de adquirir un seguro de este tipo, así como de cualquier otro tipo, es necesario comparar varias opciones, lo que permite identificar cuál es el que más se acerca a lo que usted necesita. Es recomendable entonces tomar en cuenta aspectos tales como: • Primas. • Cobertura. • Riesgos cubiertos y no cubiertos. • Alcances en el extranjero (si es el caso). • Obligaciones y responsabilidades tanto del contratante como de la compañía aseguradora.
  • 40. 33 1.3 El Costo Financiero de Asegurar Por eso, teóricamente, sus necesidades técnicas de financiación son muy pequeñas. Por otra parte, el producto que comercializan, la seguridad, se garantiza a todos los clientes, aunque la entrega solo se efectúa a una parte de la clientela. El tiempo juega además a favor del asegurador, ya que el coste correspondiente (la siniestralidad) se reparte posponiéndose y dando lugar, entretanto, a un cúmulo de ahorro que forman las denominadas provisiones técnicas; por eso, desde un punto de vista financiero, el tomador de una póliza de seguros es un prestamista que proporciona un crédito al asegurador para que fabrique el producto (la seguridad), convirtiéndose de esta forma el asegurador en un mero inversor de los fondos no consumidos. La actividad aseguradora, por su propia naturaleza, convierte en inversión a largo plazo lo que, en general, el contratante del seguro ni siquiera consideró ahorro. Sin embargo, se trata de un ahorro que desde el punto de vista financiero es muy estable y a largo plazo. En la Unión Europea, así como en la mayoría de los países del mundo, las aseguradoras privadas están sometidas a un control y supervisión por parte de las autoridades administrativas, y para poder operar necesitan obtener una autorización especial, puesto que el seguro es un contrato en el que el asegurado paga la prima por adelantado, en tanto que la aseguradora le indemnizará a posteriori cuando ocurra el siniestro y por ello es de interés público que para entonces la aseguradora tenga capacidad financiera para hacerlo.
  • 41. 34 Todo esto se hace bajo disposiciones de Derecho Administrativo que dictan las autoridades. En España este control de las aseguradoras privadas lo lleva el Ministerio de Hacienda y Competitividad a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), en tanto que en la Unión Europea la supervisión la lleva la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación -EIOPA- (European Insurance and Occupational Pensions Authority), con sede en Frankfurt (Alemania). No hay negocio sin riesgo. Las empresas lo saben muy bien, sobre todo las pymes. El riesgo es un componente común de cualquier negocio. Los empresarios saben perfectamente que no pueden dirigir su empresa sin asumir algún tipo de riesgo. Riesgo, que en la mayoría de ocasiones es de tipo financiero. Por lo general, el riesgo financiero se refiere a la financiación de las operaciones de la empresa o a la realización de inversiones en otras sociedades para generar ingresos pasivos y aumentar su valor económico agregado. Los seguros son una inversión para administrar los riesgos. Este rubro permite compensar financieramente pérdidas posibles ante cualquier eventualidad natural, un robo, incendio, perdida de materiales, en transporte de mercaderías, en importación y exportación, entre otras, siempre que Usted cuente con la póliza. Los seguros deben ser considerados en las empresas como una inversión, no como un costo o un gasto innecesario, ya que son una de las herramientas para administrar el riesgo y compensar financieramente las pérdidas de cualquier posible eventualidad. Algunos seguros son obligatorios como riesgos de trabajo, por ejemplo. Otros cubren las operaciones normales o las financieras y dependen del tipo de actividad a la que se dedique la Pyme y los riesgos a que esté expuesta, así como de lo que voluntariamente desee proteger.
  • 42. 35 La ventaja de contar con los seguros es que Usted puede -ante una eventualidad ya sea de la naturaleza, financiera o de otra índole- aminorar la pérdida y reponerlo para continuar las operaciones. Por lo tanto, la inversión en seguros no se puede predeterminar a priori, pues va en función del tipo de seguro que desee suscribir, así como del monto asegurado, las coberturas que suscriba y los términos y condiciones que operen para el seguro. En general el no contar con seguros que protejan su patrimonio puede acarrear pérdidas económicas que afecten la operación normal de la empresa pudiendo generar una pérdida material importante, paralización de operaciones o incluso su salida del mercado al que sirve. 1.3.1 Costo del Seguro El costo del seguro es la prima estipulada en la carátula de la póliza, sujeta a variables tales como edad, estado de salud, ocupación, hábitos, entre otros. Todos los pagos relativos al contrato de seguro, ya sea por parte del asegurado o de la aseguradora, se efectuarán en moneda nacional. Cuando el plan esté contratado en otra moneda se tomará el tipo de cambio vigente en el momento del pago. La forma tradicional de pago es anual, pero también se ofrecen formas de pago mensuales, trimestrales o semestrales con un recargo por pago fraccionado; muchas compañías cuentan con el cargo automático a tarjeta de crédito y cuenta de cheques. En términos generales la suma asegurada total puede ser hasta 10 veces la percepción anual del asegurado.
  • 43. 36 1.3.2 Los beneficios adicionales de un seguro Algunos de los beneficios adicionales que ofrecen las compañías de seguros son pago de la suma asegurada por muerte accidental, pago de la suma asegurada por invalidez y exención de pago de primas por invalidez, entre otros, los cuales pueden tener o no un costo adicional y deben quedar claramente especificados en la carátula de la póliza. 1.3.3 Plazo Pago de Seguro Para el pago de reclamaciones, el beneficiario deberá llenar el formato de reclamación provisto por la aseguradora. Las aseguradoras podrán solicitar entre otros documentos los que a continuación se mencionan: • Actas de nacimiento del asegurado y beneficiarios. • Actas de defunción. • Actas de matrimonio si el beneficiario es el cónyuge. • Identificaciones oficiales. • Acta del ministerio público en caso de muerte accidental. • Dictamen de Invalidez. 1.4 Riesgo 1.4.1 Definición Fuente de Tipo Legal (Artículo 30 de la Ley de Contrato de seguro) “Riesgo; es el suceso futuro e incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador, del asegurado o del beneficiario, y cuya materialización da origen a la obligación de la empresa de seguros. Los
  • 44. 37 hechos ciertos, salvo la muerte, y los físicamente imposibles, no constituyen riesgo y son asegurables. Tampoco constituye riesgo la incertidumbre subjetiva respecto a determinado hecho que se haya cumplido o no”. De acuerdo a las definiciones citadas, se puede definir riesgo como la probabilidad de que un evento adverso ocurra en cualquier actividad que desarrolle es ser humano (financiera, social, personal, entre otros), en la cual no se tiene el control. Otra Definición de Riesgo; se visualizar en otro autor: Colaboradores Wikipedia, (Riesgo Financiero), establece lo siguiente: El Riesgo financiero es la probabilidad de un evento adverso y sus consecuencias. El riesgo financiero se refiere a la probabilidad de ocurrencia de un evento que tenga consecuencias financieras negativas para una organización. El concepto debe entenderse en sentido amplio, incluyendo la posibilidad de que los resultados financieros sean mayores o menores de los esperados. De hecho, habida la posibilidad de que los inversores realicen apuestas financieras en contra del mercado, movimientos de estos en una u otra dirección pueden generar tanto ganancias o pérdidas en función de la estrategia de inversión. 1.4.2 Clasificación Los Riesgos pueden ser:
  • 45. 38 1.4. 2.1 Riesgos Morales Es la conducta del asegurado que tiende a provocar el siniestro. El Riesgo moral puede ser de dos tipos: activo o pasivo. 1.4.2.2 Riesgo Moral Activo Es cuando el siniestro resulta de mala fe o del intento fraudulento del asegurado. 1.4.2.3 Riesgo Moral Pasivo Es cuando el asegurado no provoca el siniestro deliberadamente sino que lo hace de modo incompetencia y/o ineptitud. 1.4.2.4 Riesgos Materiales Se clasifican en: Por su número (globales o especiales) Riesgos Globales: se denominan así por amparar una pluralidad de riesgos. Esta idea se asocia con las llamadas pólizas de TODO RIESGO, bajo las cuales queda normalmente amparado cualquier daño o pérdida a menos que específicamente este excluido. Riesgos Especiales: las pólizas especiales declaran específicamente los riesgos que cubre, de modo que la cobertura se limita a esa numeración. 1.4.2.5 Por su origen pueden ser: Intrínseco: son aquellos que tienen su origen en una cualidad o característica inherente al objeto del seguro. Extrínsecos: son aquellos que se materializan debido a una actuación de una causa externa.
  • 46. 39 1.4.2.6 Por su probabilidad puede ser: Constantes o variables (Progresivas o regresivas) Constantes: son aquellos en los cuales la probabilidad de materialización del riesgo se mantiene razonablemente constante a lo largo de la vigencia del contrato. La gran mayoría de los riesgos son constantes en cuanto a probabilidad. Ejemplo: se asegura un inmueble contra incendio, la fuerza misma de los hechos no hace variar las probabilidades del incendio. El incendio con el paso del tiempo es más susceptible a incendiarse. Variables1 : son aquellos en los que la probabilidad de materialización del riesgo se altera durante el período del seguro. Ejemplo: Seguro de Vida en Caso de Muerte. Hay otros riesgos donde este disminuye por la fuerza misma de las cosas. Como el Seguro de Maternidad. El paso del tiempo hace que disminuya la posibilidad que una mujer quede encinta. Aquí no hay participación volitiva del asegurador para que el riesgo disminuya. Progresivos: cuando la probabilidad aumenta. Regresivos: cuando la probabilidad disminuye. 1.4.2.7 Por su naturaleza Normales: son aquellos que observan un comportamiento similar al promedio de riesgos de su misma naturaleza. Anormales: son los que demuestran una conducta distinta a la promedio de riesgos de su misma especie o que por su propia naturaleza son imposibles de proceder por los métodos de observación generalmente aceptados. La mayor parte de los riesgos pertenecen a la categoría de riesgos normales.
  • 47. 40 Tarados: es aquel que por una condición intrínseca resulta ser más grave que los promedios de su especie. Catastróficos: son aquellos que por una parte al ocurrir cada evento, afecta un número de unidades de riesgo y por otra parte son imposibles de predecir según las medidas estadísticas normales. Ejemplo: Terremoto. 1.4.2.8 Por su conocimiento Ciertos: son aquellos en los que para el momento de la celebración del contrato las partes Seine con certeza que el diestro no han ocurrido, es decir, que el riesgo como tal tiene una existencia cierta. Putativos: se deriva de la raíz latina de PUTARE que significa reputar. Y es aquel riesgo que para el momento de la celebración donde contrato se reputa como existente, aunque las partes ignoran si para ese momento un siniestro pueda haber ocurrido. Si para el momento de pactar el seguro las partes se encuentran en idéntico estado de ignorancia, entonces dicho seguro será válido aún cuando ya hubiere ocurrido y la indemnización será procedente. 1.5 Como evitar Riesgos, Como afrontar Riesgos Analizar, reducir y financiar (Erik Keuf. Obra citada. p. 48). Por analizar riesgos se entiende lograr un conocimiento a fondo de su naturaleza especificando su ubicación, su volumen y su gravedad. Una vez analizados, lo cual ha permitido su identificación y evaluación, la siguiente acción fundamental es la de eliminarlos y, de no ser posible, reducirlos por medio de la prevención que tiene por objeto dificultar la materialización de los peligros y reducir su probabilidad y su
  • 48. 41 frecuencia y la protección, cuya finalidad es llevar a su mínima expresión a un riesgo cuando este se materializa. Por último la Administración de Riesgos debe atender a los aspectos financieros de la pérdida financiando la sustitución de los activos perdidos, la compensación de la pérdida de ingresos debida al lucro cesante y los gastos complementarios ocasionados por la ocurrencia del siniestro, de forma tal que la empresa pueda continuar adelante en el logro de sus objetivos sin mayor perturbación. Existe una labor previa que debe realizar la Administración de Riesgos antes de proceder con su análisis, reducción y financiamiento y es la de SENSIBILIZACIÓN que debe ser ejercida principalmente sobre la dirección de la empresa ya que si los miembros que la componen no están convencidos de la necesidad de aplicación de las técnicas que encierra la Administración de Riesgos. 1.6 La causa que genera su existencia El conocer la causa que genera la existencia del riesgo nos permitirá definir las medidas de prevención destinadas a reducir la frecuencia de los siniestros. Estas causas generadoras de riesgos se originan por cuatro acciones fundamentales que son las siguientes: a) El acto humano: Se puede manifestar por acción voluntaria, por imprudencia, por error, y por negligencia. Debido a que la materialización del riesgo está siempre directa o indirectamente relacionada con un acto humano, en nuestro análisis nos ocuparemos exclusivamente del acto humano directo causante del riesgo que puede tener carácter individual y carácter colectivo. Este significado de acción lo extendemos al de omisión en el sentido de que el siniestro puede generarse también por haber dejado de cumplir determinadas acciones y no necesariamente por el cumplimiento de otras.
  • 49. 42 Como ejemplos típicos de actos humanos originadores de riesgos podemos citar: • Inadecuado control de la energía estática en botas, aislantes y equipo similar • Fumar en lugares prohibidos expresamente • Descuido en el manejo de materiales a de maquinaria y equipo • Colocar sobrepeso en estructuras diseñadas para el paso o uso restringido de un número determinado de personas o para soportar tonelajes específicas • En cuanto al acto humano por omisión podemos señalar el dejar conectados sistemas eléctricos o mecánicos fuera de horas de trabajo. b) El acto de la naturaleza. Bajo esta denominación agrupamos todo tipo de catástrofe natural como huracanes, temblores de tierra, maremotos, erupciones volcánicas, rayos, tormentas y similares. Aunque pudieran parecer causales de fuerza mayor, y por lo tanto imprecisas en su pronosticación, consideramos que la posibilidad de identificación de las zonas potenciales de ocurrencia de estos fenómenos naturales les otorga caracteres de previsibilidad. c) El acto circunstancial. El acto circunstancial se caracteriza porque, generalmente, la intervención humana suele ser de tipo indirecto prevaleciendo en su ocurrencia las circunstancias naturales que circundan al riesgo. Ejemplo típico de este tipo de acto es la existencia de un material combustible junto a una fuente de calor suficiente en relación al grado de combustibilidad del material, y la presencia de un comburente que al oxigenarse con el aire cause el estallido de la materia combustible.
  • 50. 43 d) El acto administrativo. Es conocido también como "la decisión del príncipe" y se refiere a aquellas acciones que pueden comprometer la realización de los objetivos de la empresa y por lo tanto revestir el aspecto de un verdadero siniestro. Como ejemplo un acto administrativo típico podemos mencionar: El exceso de reglamentación que sobre contaminación ambiental se ha producido a nivel internacional en los últimos años y que en algunos países, como en el caso venezolano, establece inclusive responsabilidades de tipo penal para los accionistas y altos directivos de las empresas. Este tipo de riesgos tienen un lindero poco definido a veces con los riesgos típicos de las empresas pero, bajo determinadas circunstancias, pueden ser asegurables. Existen riesgos que son inherentes a la actividad que se realice por lo tanto lo que se debe hacer que se debe de tratar es minimizar lo más posible ese riesgo por otro lado tenemos riesgo que son incorporados, es decir, que no es propio de la actividad, pero que de igual manera existe 1.7 Riesgos Empresariales El resultado final de una compañía se construye por su habilidad para lograr los objetivos y evitar los riesgos. El riesgo según su definición.- Es la posibilidad de que ocurra un acontecimiento que tenga un impacto en el alcance de los objetivos empresariales, por lo cual el riesgo se mide en términos de consecuencias y probabilidad. En términos generales, podríamos decir entonces que la gestión de riesgo es el arte de oscilar entre la pérdida y el beneficio. A pesar que aparecen algunas diferencias en los detalles, en la mayoría de las definiciones el riesgo empresarial se interpreta en el espacio de categorías como incertidumbre, probabilidades, alternativas, pérdidas.
  • 51. 44 El consultor español Mauricio León Lefcovich, después de destacar que ser empresario significa correr riesgos calculados, describe los rasgos del riesgo empresarial de la siguiente manera: "Existe riesgo cuando se tienen dos o más posibilidades entre las cuales optar, sin poder conocer de antemano los resultados a que conducirá cada una. Todo riesgo encierra, pues, la posibilidad de ganar o de perder, cuanto mayor es la posible pérdida, tanto mayor es el riesgo” Por ejemplo, aunque las compañías de seguros de vida no pueden determinar el año en que morirá cada tenedor de pólizas, pueden calcular las probabilidades objetivas que se basan en la expectativa de que los índices de mortalidad prevalecientes en el pasado se repitan en el futuro. ¿Por qué motivo es importante la Administración de los Riesgos Empresariales? pues porque cualquier actividad empresarial busca un objetivo de lucro, cuanto mayor riesgo tiene un activo mayor, será la rentabilidad mínima exigida por los accionistas. El riesgo en sí mismo no es malo; lo que sí es malo es que el riesgo esté mal administrado, mal interpretado, mal calculado o incomprendido. ¿Qué es la Administración de los riesgos empresariales? La administración y control de los riesgos debe comenzarse a entender desde su concepto básico: Es el proceso continuo basado en el conocimiento, evaluación, manejo de los riesgos y sus impactos que mejora la toma de decisiones corporativas. Es decir, es un proceso dinámico que asocia el conjunto de pasos secuenciales lógicos y sistemáticos que sirven para que el administrador, identifique, valore y maneje los riesgos asociados con su organización, los cuales de ser ejecutados correctamente ayudando a encontrar soluciones reales y prácticas a los riesgos detectados, minimizando pérdidas o maximizando oportunidades, para ello es importante entender que ningún administrador podrá tomar decisiones
  • 52. 45 si no conoce el circuito del proceso del negocio; es decir: " zapatero a tu zapato." Cuadro 1 EVALUACIÒN Y ADMINISTRACION DEL RIESGO EMPRESARIAL Dado que el riesgo queda inevitablemente ligado a la incertidumbre sobre eventos futuros, resulta imposible eliminarlo. Ante esto, la única forma de enfrentarlo es administrándolo, distinguiendo las fuentes de donde proviene, midiendo el grado de exposición que se asume y eligiendo las mejores estrategias disponibles para controlarlo a medida que surge la necesidad de cuantificar la exposición del Activo en Riesgo. La adopción del enfoque contemporáneo permite el Análisis de Riesgos con base a los procesos; diferenciar los aspectos financieros y aspectos no financieros del Riesgo. 1.8 Requisitos para que un riesgo sea Asegurado En primer lugar que debe establecer que para que exista un riesgo debe cumplirse con las siguientes características, de las cuales las dos
  • 53. 46 primeras son reales y la tercera es potencial pudiendo llegar a convertirse en real y son: 1. La existencia de un objeto expuesto a sufrir un daño o pérdida, determinado por: la propiedad y su uso, la salud o la capacidad de generar ingresos de una persona, y la responsabilidad ante terceros. 2. La presencia de la causa o causas posibles que ocasionan el daño o la perdida al objeto, que pueden ser de origen natural, como los terremotos; de origen humano, como los robos; y de origen económico, los cambios sociales. 3. El perjuicio o pérdida resultante que sufre el objeto que ocurre la causa, el cual generalmente se mide en términos económicos, como ser el costo de la pérdida de un Inmueble debido a un incendio, o el generado por una hospitalización. Después de saber que efectivamente existe un riesgo existe y para que el mismo sea asegurado, el riesgo debe cumplir lo siguiente: 1) Ser posible: Las posibilidades se miden por una combinación binaria (0 y 1), en donde 0= a imposibilidad de que el hecho ocurra y 1= a certeza de que ocurrirá. Entonces, el grado de probabilidad se expresa en una fracción que va del 0 al 1, y ésta al convertirla en porcentaje (%), nos da el grado de probabilidad. De acuerdo con esto, el riesgo debe ser posible como la probabilidad aritmética de que el siniestro ocurra. Si la probabilidad aritmética es (0), entonces no hay riesgo y por lo tanto no hay seguro. Ejemplo no se puede contratar un seguro sobre la pérdida de un objeto que no exista al tiempo de la contratación del seguro. Esto está consagrado en el Art. 49 de la Ley del Contrato de Seguros.
  • 54. 47 Cabe decir que si el evento debe necesariamente ocurrir en una fecha pre señalada y no se puede evitar entonces, el grado de probabilidad es (1) y por lo tanto no hay riesgo. Ejemplo: una persona no puede asegurarse contra el hecho de que los comercios no abren el día primero de Mayo, porque los comercios necesariamente no abrirán debido a que es un día feriado nacional. Tampoco hay riesgo cuando el suceso no pueda implicar la exigibilidad de la garantía. Ejemplo: sí el bien asegurable no es estimable en dinero, entonces no se puede exigir ninguna prestación porque ésta es dineraria para el asegurador. Ejemplo: si la cosa ya estuviese íntegramente asegurada, tampoco puede tener otro seguro, porque ya está totalmente cubierto el valor de la cosa. Hoy día Los Seguros de Daño permiten la pluralidad de Seguros. (Art. 63 al Art. 65, Ley del Contrato de Seguros). La doctrina tradicionalmente ha sostenido la discusión sobre la administrabilidad del Riesgo Putativo, así como también las legislaciones se han dividido en cuanto a admitirlo o no. El principio general es que si la cosa ha perecido para el tiempo de la contratación del seguro, no corre el riesgo y por lo tanto el seguro es nulo (por falta de objeto). Desde el punto de vista teórico, se puede pensar en la circunstancia en la cual ninguno de los contratantes sepa si la cosa ha perecido o no, al tiempo de contratar el seguro; y en este supuesto se puede estipular un seguro bajo las circunstancias de que la cosa haya perecido o no. La mayoría de las legislaciones han estado de acuerdo en no permitir la contratación de seguros sobre riesgos putativos. Pero en algunas legislaciones entre ellas la nuestra, se logró admitir la posibilidad de contratar este tipo de seguros en el caso de los seguros marítimos. De manera que esta posibilidad no existe en el caso de los seguros terrestres.
  • 55. 48 En todo caso para reclamar la validez de un seguro de riesgo putativo, existe al momento de reclamar un problema probatorio de importancia, porque es requisito indispensable para la validez de este contrato de seguro tomado sobre riesgo putativo la ignorancia real de las partes sobre el estado de la cosa. Realmente hoy en día es prácticamente imposible pensar la contratación de un seguro sobre riesgo putativo; los avances en los sistemas de comunicación en los medios de transporte marítimo permiten el hecho de que sea imposible que se desconozca, por lo menos, durante un período que permita la contratación de un seguro, el estado en el que se encuentra un determinado buque. Por lo que en la práctica el seguro de riesgo putativo ha desaparecido. 2) Ser Lícito: En el sentido de que la ocurrencia del siniestro no debe estar penada por la ley, o al menos esta no debe prohibir la indemnización de un determinado daño. Por lo que para este caso se dan varios supuestos. a) No está permitido asegurar la pérdida o deterioro de una cosa de ilícito comercio. No debe confundirse las cosas de ilícito comercio con las cosas de comercio restringido o prohibido porque el ilícito comercio es por ejemplo la sucesión futura mientras que el segundo podríamos hablar de las drogas, armas, el petróleo. Las cosas de comercio restringido o prohibido eventualmente pueden ser objeto de seguro pero los ilícitos no se Pueden asegurar. b) La imposibilidad de asegurar daños sobre cosas que sirven para actividades ilícitas, mucho más si el daño se deriva del uso ilegal de la cosa. Ejemplo: si tenemos un vehículo para transportar contrabando, desde el Punto de vista conceptual no podría ser asegurado; pero en la práctica es muy difícil que los asegurados conozca que el bien está destinado a una actividad ilícita porque no hay nadie que diga que utiliza el carro para el contrabando.
  • 56. 49 Esto también es válido para los bienes inmuebles ya que si aquel está destinado a un fin ilícito y si produjese un siniestro, obviamente éste no tendrá cobertura. Ejemplo: si un inmueble tiene un seguro contra incendio y tiene instalado un alambique clandestino y sé esta destilando licor. Si se produjese un incendio por una explosión del alambique el asegurador no está obligado al pago. No solamente el siniestro debe provenir del uso ilícito de la cosa sino que también puede provenir de una casa distinta pero al tiempo que la cosa estaba siendo ilícitamente usada, entonces el asegurador puede excepcionarse. c) El riesgo es ilícito cuando el daño que se deriva, tiene un origen intencional aun cuando el hecho en si no sea delito. Ejemplo: una persona por un ataque de malacrianza decide estrellar su caro contra un muro; eso en si no es un delito, pero no podrá reclamarle el pago al asegurador. d) No puede haber seguro cuando este se refiere a la pérdida de un beneficio. Aquí la doctrina ha hecho una distinción entre la pérdida de un beneficio esperado y la mera esperanza del beneficio. Cuando alguien siembra tiene la esperanza de cosechar, lo cual tiene un fundamento objetivo por lo que no se puede comparar con alguien que juega a los caballos para obtener también; pero que objetivamente no tienen una base real para esperar la obtención del beneficio porque cuenta con el azar, mientras que el agricultor cuenta con su trabajo. Por lo que ese beneficio esperado si es susceptible de aseguramiento. Ejemplo: uno puede asegurar aún antes de sembrar. Lo que es ilícito es asegurar contra la pérdida de una esperanza de beneficio. Ejemplo: Yo no me puedo asegurar contra el hecho de que no
  • 57. 50 me gane el KINO. Hoy el seguro de beneficio esperado es muy utilizado por los empresarios artísticos y deportivos. 3) Ser determinado: El asegurador puede tomar sobre si todos o solo algunos de los riesgos a que esté expuesta la cosa asegurada; pero si no estuviere expresamente limitado el seguro a determinado riesgo, el asegurador responderá de todos, salvo las excepciones legales. Las exclusiones legales del artículo 78 de la Ley del contrato de Seguros, opera aun cuando el seguro estaba contratado a todo riesgo, estos se encuentran excluidos. De tal manera que solo si existe en la póliza una cláusula especial acerca de la exclusión de éstos riesgos, es susceptible el asegurador de pagar la indemnización. Ejemplo: el 27 de Febrero y el 04 de Febrero donde los comerciantes habían pedido cobertura a raíz de estos sucesos y cuando ocurrieron los del 04 de Febrero al reclamar su cobertura contra todo riesgo los aseguradores sé excepcionaron por las exclusiones legales. 1.9 Gerencia de Riesgo (dentro de la empresa) En los años que siguieron a la finalización de la Segunda Guerra Mundial, el concepto de protección no había penetrado todavía en la preocupación de la dirección empresarial y, por lo general, esta limitaba su responsabilidad a cubrir los daños ocasionados al personal de la empresa, más específicamente reducidos al de perjuicios visibles por pérdidas temporales o definitivas de la capacidad del trabajador para hacer frente a su tarea, y los daños que atañían básicamente al patrimonio de la empresa reduciéndose esta cobertura casi en forma exclusiva a la de incendio. Las empresas aseguradoras, tal vez influenciadas también por el espíritu estrictamente de reconstrucción del poderío industrial de la post-
  • 58. 51 guerra, no generaban nuevos productos que pudieran interesar a sus clientes. Además, la relación entre ambas partes prácticamente no existía sino en forma indirecta a través del intermediario o productor de seguros. Como bien apuntan acertadamente algunos autores, el sistema utilizado "era más sufrido que querido", lo cual significaba que era aceptado como un mal necesario, posición esta que evolucionó en forma asombrosa a partir de la década de los setenta pasando de esta condición, un tanto peyorativa, a otra de mayor relevancia hasta llegar a convertirse en elemento vital y necesario para el buen desarrollo de la empresa en función del cumplimiento de sus objetivos, proceso que fue acelerado: • Por el estrechamiento de los márgenes de beneficios debido a la existencia de una competencia más numerosa y agresiva • Por el desarrollo de un consumismo que llegó a alcanzar a veces la categoría de hipertrofiado • Por la abundancia de leyes y reglamentos que extendieron la responsabilidad civil ante terceros más allá de las instalaciones físicas de las plantas industriales, y • Por el tamaño de esas instalaciones y la complejidad de los equipos modernos debido a la alta tecnología incorporada, lo que elevó la siniestralidad en forma mucho más que proporcional a como venía sucediendo hasta finales de la década de los sesenta, llegando a adquirir en algunos casos dimensiones catastróficas. No obstante fue el seguro de responsabilidad Civil el que experimentó la evolución más fuerte en las dos últimas décadas pues su Cobertura, la cual normalmente estaba restringida a daños corporales se extendió a aquellos causados por los productos fabricados por las
  • 59. 52 empresas y por los daños inmateriales resultantes de la privación del disfrute de un bien o servicio, llegando inclusive a cubrir daños resultantes como consecuencia del mal ejercicio de una profesión determinada. Dentro de este auge de nuevas coberturas son dignos de mención el desarrollo de seguros muy especializados como los que cubren las operaciones petroleras en mar abierto, los riesgos nucleares y los riesgos espaciales derivados de la puesta en órbita de satélites de diversos tipos de uso. Todo este cuadro obligó en forma prácticamente compulsiva a las empresas a ir definiendo el área de seguros y, más concretamente la persona o personas que se encargaran de manejar asunto tan complejo. También se comenzó a establecer un mayor contacto directo entre las empresas de seguros y el cliente asegurado lo que hizo que las personas fueran hablando un mismo idioma y entendiéndose más a fondo en materia tan compleja. Toda esta situación evolutiva de los riesgos y de los medios utilizados para hacerles frente dio origen al nacimiento de la Administración de Riesgos como una consecuencia de las situaciones que fue necesario superar. Donde antes se formulaban soluciones irreflexivas con la utilización pura y simple del seguro, ahora la empresa interviene a manera preventiva desde antes de la formación potencial del riesgo. Esta evolución es lo que da origen a la Administración de Riesgos donde ya no se razona más en términos de "seguro" sino en términos de "riesgo", lo cual, paralelamente, ha ido eliminando la tendencia a asegurar pérdidas en vez de riesgos.
  • 60. 53 La Administración de Riesgos debe poseer ante todo un carácter global en el sentido de que abarque todos los aspectos con potencialidad de riesgos que existen en la empresa y que esta actitud forme parte de la estrategia trazada por su dirección en pos de sus objetivos. Debe además tomar en cuenta que las técnicas que se empleen para el desarrollo de una buena Administración de Riesgos no solamente se limiten a compensar las pérdidas resultantes de un siniestro sino que vayan más allá hacia la prevención de las mismas, inclusive hacia la reducción de aquellas que no puedan ser evitadas en su totalidad, actividad conocida como Control de Pérdidas. Debe abarcar también todos y cada uno de los aspectos del desarrollo de la empresa la cual no debe limitar su campo de acción que estará definido por las características individuales de cada una. Por último, podemos concluir que el objetivo principal de la Administración de Riesgos es el de reducir el costo de las pérdidas a través de métodos de control y de financiamiento. Dentro de esta concepción destacamos algunas de las definiciones existentes pertenecientes a diversos autores: • Es la función de liderazgo ejecutivo en el manejo de los riesgos específicos con que se enfrenta la empresa comercial. • Es un conjunto de técnicas y reflexiones que concurren en la protección del patrimonio de la empresa contra los riesgos. Es la ciencia que se dedica a estudiar, analizar y predecir con el mayor grado de exactitud posible la ocurrencia de hechos que puedan ocasionar un perjuicio que afecte económicamente a una persona, institución o empresa, con el objeto de medir y canalizar tales hechos para que no ocurran o, para que si ocurren, causen el menor daño posible
  • 61. 54 Analizados los enfoques y conceptos de le Administración de Riesgos expresados por diversos autores, consideremos su definición como la Administración de Riesgos es un proceso ordenado que actúa como función de enlace entre las diversas ciencias y técnicas utilizadas para manejar y controlar riesgos. 1.10 El Seguro como elemento Financiero dentro del contexto Interno de la empresa La Evaluación de los Riesgos: Una vez que los riesgos han sido identificados y clasificados, el siguiente problema para el Administrador de Riesgos es determinar, a través de la evaluación, un método apropiado para su tratamiento. En particular, una decisión para transferir o no un riesgo dependerá a menudo de consideraciones relacionadas con la posible magnitud de la pérdida y con la frecuencia con la que pueda ocurrir. Debido a esto, algunas formas de evaluación del riesgo son de considerable importancia. La teoría de la probabilidad ofrece técnicas apropiadas para hacer cálculos matemáticos acerca del riesgo y, de esta forma, suministrar un método para medir la incertidumbre que rodea a las pérdidas fortuitas. Es esencial para el Administrador de Riesgos mantener registros de perdida adecuados con el propósito de trazar distribuciones de pérdida. Puede ser útil representar aquellas distribuciones observadas a través de funciones matemáticas que, a su vez, pueden ser usadas para la determinación de probabilidades apropiadas. El Manejo de Riesgos: Una vez que se tiene la información apropiada sobre las características de los riesgos que enfrenta una
  • 62. 55 empresa, se dispone de una variedad de técnicas para enfrentar las consecuencias financieras de la probabilidad de pérdidas. Las propiedades técnicas pueden ser catalogadas introductoriamente en cuatro categorías: • Evitación: Se entiende una actitud basada en motivos de diversa índole por medio de la cual se rehúsa un riesgo eliminado radicalmente la probabilidad de su enfrentamiento. • Prevención y Protección de riesgos: Son métodos que se utilizan para reducir la probabilidad de que ocurra un evento dado. • Asunción de riesgos: Es un procedimiento donde las pérdidas financieras, si llegaran a ocurrir, se resarcen con recursos financieros propios, o de terceros, en combinación con aseguradores profesionales. • Transferencia de riesgos: Se conoce al transferirlo a personas u organizaciones fuera de la empresa. El procedimiento de transferencia más utilizado es el seguro. El Administrador de Riesgos requiere habilidad, o para decidir el modo apropiado de planificación y obtención de fondos para hacer frente a las posibles consecuencias financieras de las pérdidas. La Elaboración De Registros: La elaboración de registros apropiados es esencial para el departamento de riesgos de una empresa principalmente por dos razones: • Estos registros forman la base de los informes que salen del departamento de riesgos, y
  • 63. 56 • Ellos suministran los datos estadísticos necesarios para el proceso de decidir las formas apropiados de acción en relación con el tratamiento del riesgo. El Departamento Jurídico: Desde el momento en que la Administración de Riesgos utiliza frecuentemente el uso de contratos como un vehículo para la transferencia de riesgos, la necesidad de cooperación con el departamento jurídico se hace evidente. En términos de contratos de seguros este departamento puede ser muy útil redactando los contratos de acuerdo a las particularidades de cada riesgo. Puede también redactar cláusulas específicas sobre contratos tipo y ayudar a la interpretación de su contenido. El Departamento de Personal: Dejando de lado el hecho de que si los planes de beneficio de los empleados son supervisados por el departamento de riesgos o el de personal, es esencial que exista una cooperación muy cerrada entre ambos para obtener la máxima efectividad de los diferentes programas que integran los beneficios de los empleados. Allí donde los programas de seguro colectivo están bajo la responsabilidad del Administrador de Riesgos, él debe negociar con los aseguradores y ser responsable por la cobranza, los reembolsos, la contabilidad de los fondos, así como por toda la administración del programa. El departamento de personal debe ocuparse de determinar la magnitud de los beneficios, los aspectos de elegibilidad, el enrolamiento de empleados en los diferentes planes y otros asuntos de tipo no esencialmente financiero. La cooperación interdepartamental en el manejo de los beneficios de los empleados es más efectiva estableciendo dos comités: uno con la responsabilidad de desarrollar y diseñar nuevos planes y la revisión de los existentes; y otro que interpretaría las provisiones de planes existentes y
  • 64. 57 revisaría su manejo buscando asegurar una administración satisfactoria y uniforme. El Administrador de Riesgos o su representante pueden muy bien pertenecer a ambos. El Departamento de Finanzas: El departamento de finanzas está involucrado a menudo en las operaciones del Administrador de Riesgos ya que en muchas firmas su supervisor inmediato es a menudo uno de los funcionarios financieros de la firma. Aun cuando no sea este el caso, el departamento de finanzas tiene un interés en conocer como están protegidos los activos de la firma contra pérdidas fortuitas y si tal protección es adecuada. El funcionario de finanzas también está interesado en la adecuación de los acuerdos de pérdida que pueda ocurrir bajo los contratos de seguros y en cualquier reporte financiero que puede emanar del departamento de riesgos. La intención por este interés deriva del hecho de que los recursos financieros de la firma están directamente relacionados con la ocurrencia de pérdidas y que tales pérdidas pueden tener un efecto serio en la estabilidad financiera de la empresa. El Departamento de Producción: En las empresas industriales, los departamentos de producción están directamente enfrentados al riesgo ya que la pérdida de materiales, maquinaria y trabajo pueden interrumpir seriamente las operaciones de la firma con el resultado de pérdida de ingresos y activos. Las pérdidas derivadas de fuego y riesgos aliados son de particular preocupación así como la pérdida de tiempo por accidentes de empleados y enfermedad. El Administrador de Riesgos deberá buscar la cooperación del departamento de producción en la preparación del manual de seguros en materia de seguridad y en materias relacionadas con el fuego y ajuste de pérdidas.
  • 65. 58 Responsabilidades Del Administrador De Riesgos: Los deberes y responsabilidades del Administrador de Riesgos incluyen, en su sentido más amplio, las siguientes actividades: 1. La identificación y clasificación de los riesgos 2. La evaluación de los riesgos, 3. El manejo de los riesgos 4. La elaboración de registros, 5. La cooperación con otros departamentos 6. La emisión y la recepción de informes, 7. El conocimiento de la política empresarial 8. La gerencia de la oficina de Riesgos, 9. El grado de iniciativa, 10. El desarrollo de habilidades profesionales. El administrador de riesgo al cumplir con dicha actividades tratará de minimizar el riesgo a la pérdida de dinero para la empresa y que la misma se desarrolló de acuerdo a los objetivos planteado. 1.11 Fundamentación Jurídica En términos Jurídico el Seguros se encuentra regulado por el ordenamiento jurídico venezolano vigente emanado por mandato de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de fecha 19 de febrero de 2009, en gaceta Oficial Nro. 5.908 Extraordinaria, en su artículo 112. Establece lo siguiente: Todas las personas pueden dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que las previstas
  • 66. 59 en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de intereses sociales. El estado promoverá la iniciativa privada, garantizado la creación y justa distribución de la riqueza, así como la producción de bienes y servicios que satisfagan las necesidades de la población, la libertad de trabajo, empresa, comercio, industria, sin perjuicio de su facultad para dictar medidas para planificar, racionalizar, y regular la economía e impulsar el desarrollo integral del país. Por lo tanto, en concordancia por la LEY DEL CONTRATO DE SEGURO, publicado en Gaceta Oficial N° 5.553 Extraordinario de fecha 12 de noviembre de 2001, mediante Decreto N° 1.505 30 de octubre de 2001, por el Presidente de la República HUGO CHAVEZ FRIAS. Cuyo objeto en su artículo 1 establece lo siguiente: El presente Decreto Ley tiene por objeto regular el contrato de seguro en sus distintas modalidades; en ese sentido se aplicará en forma supletoria a los seguros regidos por leyes especiales. Además por LEY DE EMPRESAS DE SEGUROS REASEGUROS, publicado en Gaceta Oficial N° 5.553 Extraordinario de fecha 12 de noviembre de 2001, Decreto N° 1.545 09 de noviembre de 2001, por el HUGO CHAVEZ FRIAS Presidente de la República; establece: en su artículo 3. Protección de la actividad aseguradora. El Estado protegerá la libre competencia en la actividad aseguradora, y velará por el funcionamiento del mercado asegurador, de sus integrantes, productores, auxiliares y los profesionales que sean utilizados en forma frecuente por las empresas de seguros, así como por los derechos de los tomadores, los asegurados y los beneficiarios. Y en su Artículo 4 Órgano encargado del control de las operaciones de seguro. El control, regulación, inspección, supervisión, fiscalización y vigilancia de la actividad aseguradora, reaseguradora, de producción de seguros y reaseguros y demás actividades conexas se ejerce a través de la
  • 67. 60 Superintendencia de Seguros. La intervención del Estado en esta actividad se realizará para la protección de los tomadores, los asegurados o los beneficiarios de los contratos de seguros y en salvaguarda de la estabilidad del sector asegurador.
  • 68. 61 CONCLUSION Un seguro es un contrato, denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de Seguros (el asegurador) se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado; bien a través de un capital, una renta, o a través de la prestación de un servicio. ELCONTRATO DE SEGURO; Es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas. Las empresas de seguros son intermediarios financieros desde el punto de vista económico y financiero. Los Elementos Que Operan el seguros; El Riesgo, El Objeto Asegurado, El Interés Asegurado, La Suma Asegurada, La Prima De Seguros, El Siniestro, La Indemnización El acto de asegurarse suele llevarse a cabo entre la persona que desea asegurarse (asegurado), y la entidad que le proporcionará el seguro (aseguradora). La Pólizas Parte más importante de un seguro, ya que es el contrato entre ambas partes. Es el documento en el que constan los derechos y obligaciones de las partes. El Asegurador representa una Entidad que asume la cobertura del riesgo del asegurado El Tomador Persona que pacta y suscribe el contrato de seguro
  • 69. 62 El Asegurado Persona u objeto bajo el que recae el seguro. Mejor dicho, quien tiene la cobertura y, por tanto, quien está expuesta al riesgo. El Beneficiarios Es la persona que es indemnizada en caso de que se den las condiciones previstas en la póliza contratada La actividad aseguradora, por su propia naturaleza, convierte en inversión a largo plazo lo que, en general, el contratante del seguro ni siquiera consideró ahorro. Sin embargo, se trata de un ahorro que desde el punto de vista financiero es muy estable y a largo plazo. El costo del seguro es la prima estipulada en la carátula de la póliza, sujeta a variables tales como edad, estado de salud, ocupación, hábitos, entre otros. Todos los pagos relativos al contrato de seguro, ya sea por parte del asegurado o de la aseguradora, se efectuarán en moneda nacional. Nuestra Opinión el Seguros es un contrato con característica bilateral, cuyo objeto es reguardar y proteger los bienes muebles o inmuebles cuyo fin es proteger la inversión ante eventos o siniestro. Bajo las normas jurídicas que se pautas en la Ley de Contrato de Seguro y La Ley de la Empresa de Seguro y Reasegurado.