SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
Uiii der int_clase1
1. Ariadna María Pérez Cortés
Basado en la obra de González Martín Nuria y
Rodríguez Jiménez Sonia (2010)
Unidad III. Derecho Internacional Privado
Fuentes del Derecho Internacional Privado
mexicano
2. Orígenes de las normas de DIPr
Tienen una génesis dual:
1. Origen interno, autónomo y común. Se generan en
el seno de un estado, reflejando su particular visión de
justicia en relación a las situaciones objeto de estudio
del DIPr.
2. Origen internacional o convencional. Se genera en
el seno de los foros de codificación, universales, y/o
regionales, siendo el fruto del consenso alcanzado por
diferentes Estados.
3. Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos: Artículo 133
El artículo 133 constitucional establece una Jerarquía
aplicativa. Tras varias interpretaciones de la SCJN,
sabemos que los tratados tienen una posición
aplicativa infraconstitucional pero supralegal.
De este artículo no se desprende la superioridad de
los tratados repecto a la norma autónoma (ya sea
estatal o federal).
4. DIPr convencional
• Las normas de DIPr deben guardar absoluta
coherencia con la normativa constitucional.
• Los principios consagrados en la constitución
han de ser respetados por el legislador
mexicano al definir y diseñar sus normas de
DIPr.
• Participación de México en diversos foros de
codificación internacional.
5. Participación de México en Foros
internacionales
1. Foro de La Haya
2. Foro de las Naciones Unidas
3. Foro Unidroit (Instituto Internacional para la
Unificación del Derecho Privado)
4. Foro CIDIP (Conferencia Especializada
Interamericana sobre Derecho Internacional
Privado)
6. Clasificación de los convenios
celebrados por México
1. Convenios de carácter general
A. Convenios multilaterales de carácter general
a. Convención Interamericana sobre Domicilio de las Personas Físicas en el
Derecho Internacional Privado
b. Convención Interamericana sobre Personalidad y Capacidad de Personas
Jurídicas en el Derecho Internacional Privado
B. Convenios multilaterales de carácter especial
a. Convención sobre la Prescripción en Materia de Compraventa Internacional
de Mercaderías
b. Convención sobre la Prescripción en Materia de Compraventa Internacional
de Mercaderías enmendada por el Protocolo por el que se Enmienda la
Convención sobre la Prescripción en Materia de Compraventa Internacional de
Mercaderías
c. Protocolo por el que se Enmienda la Convención sobre la Prescripción en
Materia de Compraventa Internacional de Mercaderías
7. DIPr autónomo
• Las normas que elabora y promulga el legislador
mexicano, y que tienen por objeto la regulación de
alguno de los tres sectores que integran el contenido
del DIPr.
• En el contexto mexicano la normativa que da
respuesta a los tres sectores del DIPr no posee
exclusivamente rango de ley.
• La determinación de la competencia judicial
internacional, del derecho aplicable y ejecución de
sentencias judiciales extranjeras está predeterminado
legalmente a través de distintas herramientas.