2. EN DEFENSA DE LA VIDA Y LA SALUD EN EL TRABAJO:
Durante el proceso de debates y consultas, los colectivos organizados
de todo el país que abanderan la lucha en materia de seguridad y
salud en el trabajo, presentaron propuestas fundamentales que fueron
analizadas y se incluyeron en la LOTTT.
En el Artículo 43, por ejemplo, se establece que todo patrono o patrona
garantizará a sus trabajadores o trabajadoras condiciones de
seguridad, higiene y ambiente de trabajo adecuados, y son
responsables por los accidentes laborales ocurridos y enfermedades
ocupacionales acontecidas a los trabajadores y las trabajadoras.
Asimismo, en su Artículo 44 se indica que los patronos o patronas deben
garantizar que los Delegados y Delegadas de Prevención dispongan de
facilidades para el cumplimiento de sus funciones.
3. Según el artículo 46 de la LOPCYMAT el Comité de Seguridad y Salud
Laboral es un órgano paritario y colegiado de participación destinado
a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y
actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
¿Dónde deben constituirse los Comité de Seguridad y Salud
Laboral?
"En todo centro de trabajo, establecimiento, o unidad de
explotación de las diferentes empresas o de instituciones
publicas o privadas" (artículo 46 de la LOPCYMAT)
En empresas de trabajo temporal, intermediarias y
contratistas (artículo 46 y 50 de la LOPCYMAT)
"Quienes desempeñan labores en cooperativas u otras
formas asociativas, comunitarias, de carácter productivo
o de servicio estarán amparados por las disposiciones de
esta Ley" (artículo 4 de la LOPCYMAT)
4. Delegados de Prevención (artículo 41 de la LOPCYMAT)
Los delegados o delegadas de prevención son los
representantes de los trabajadores en el Comité de Seguridad y
Salud Laboral, elegidos por y entre estos, por medios
democráticos, con atribuciones específicas en materia de
seguridad y salud en el trabajo
5. Derechos de los trabajadores (artículo 53 de la LOPCYMAT)
Los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a desarrollar sus
labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno
ejercicio de sus facultades físicas y mentales, y que garantice
condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuadas.
Deberes de los trabajadores (artículo 54 de la LOPCYMAT)
Ejercer las labores derivadas de su contrato de trabajo con sujeción a
las normas de seguridad y salud en el trabajo no sólo en defensa de su
propia seguridad y salud sino también con respecto a los demás
trabajadores y trabajadoras y en resguardo de las instalaciones donde
laboral
Hacer uso adecuado y mantener en buenas condiciones de
funcionamiento los sistemas de control de las condiciones inseguras de
trabajo en la empresa o puesto de trabajo, de acuerdo a las
instrucciones recibidas, dando cuenta inmediata al supervisor o al
responsable de su mantenimiento o del mal funcionamiento de los
mismos. (entre otros)