1. EVOLUCION DEL CONTRATO
Los contratos surgen en la época romana como Corpus Iuris Civilis de Justiniano,
con el cuál en este tiempo es parte de las legislaciones del Civil Law, donde:
Mes
sine
•El contrato es un paradigma general abstracto,
susceptible de acoger cualquier contenido
Otro
Texto
•El contrato es un cambio de promesas
Otro
Texo
•El contrato es cuando hay cambio de una
prestación por una promesa
COMMON LAW o
Derecho
Consuetudinario
Deriva de la
concepción del
derecho medieval
ingles
Administrado por
los Tribunales del
Reino
Grupo de normas y
reglas de carácter
jurídico no escrito
Sancionadas por la
costumbre o la
jurisprudencia
Fundamento
ineludible del
derecho de los
paises anglosajones
El Corpus iuris civilis es una recopilación de constituciones imperiales y jurisprudencia
romana desde el año 117 a 565, compuesta por el Codex repetitae praelectionis, la
Digesta sive pandectae, las Institutas y las Novellas constitutiones
Jesmar López
2. En primer término el nexum, es una forma primitiva
de la operación de préstamo y se afirma que se trataba de
una enajenación, pero no de un contrato ya que el derecho
del acreedor no resultaba de un acuerdo de voluntades sino
de un (damnatio), sujeta a condición, que se expresaba del
siguiente modo: “si el deudos no me reembolsa, será
damnatus
Los contratos verbales que en su lugar
a la stipulatio, que constituía un
compromiso adquirido por virtud de un
juramento ante la divinidad con formas
y palabras. La sponsio no concedía un
derecho a favor del que con ella se
beneficiaba, sino que constreñía al
sponsor ante la divinidad. La violación
de la promesa tenía carácter de delito
religioso.
Los contratos reales son en los cuales la solemnidad o
la formalidad, dejan lugar, como elementos esenciales,
a la entrega de la cosa, como consecuencia del acuerdo
de voluntades, y además, por si mismo acción al
acreedor para exigir su restitución.
EL CONTRATO
EN ROMA
Los pactos se les conocen como generadores
de acciones personales y aparecen primero,
como agregados a los contratos. Después
surgen los pactos pretorianos y finalmente
los legítimos, que tienen su origen en las
constituciones imperiales
Los contratos innominados, desde la época de Justiniano se
les concede la acción prescriptis verbis, características de las
obligaciones de dar y de hacer. Para que haya un contrato
innominado, se señala que debe haber un acuerdo
sinalagmático, que una de las partes haya cumplido su
prestación. Su efecto principal es el de dar nacimiento
personal de cumplimiento.
Jesmar López
3. Es un acuerdo escrito de
voluntades que genera
derechos y obligaciones
sólo para las partes
contratantes y sus
causahabientes.
Parte 1
Parte 2
EL CONTRATO
Los contratos exigen otros hechos o actos de alcance jurídico,
tales como efectuar una determinada entrega (contratos reales),
o exigen ser formalizados en documento especial ya que no basta
con la sola voluntad, frecuentemente el contrato, tiene una
connotación patrimonial.
Jesmar López