CONCEPTO DE EL DELITO CONSUMADO Y SU TIPIFICACION.docx
La mala fe del empleador en un cambio de contrato
1. La mala fe del empleador en un cambio de contrato
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Según la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia se considera mala fe cuando el
empleador cambia las condiciones iniciales del empleado. Es decir, cuando se hace una
contratación directa de una persona con la empresa y luego de un tiempo, la misma empresa lo
obliga a pasar a una cooperativa para seguir realizando las mismas funciones con un sueldo
inferior con el mismo sueldo pero con descuentos adicionales por la cooperativa.
Casos como estos se incrementaron con el Artículo 3 del Decreto 4588 de 2006, en donde se
habla sobre las cooperativas de trabajo asociado (8. Cooperativas de trabajo asociado un
crimen al empleado o una solución al desempleo), porque permite que las empresas sub-
contraten mano de obra por medio de estas cooperativas.
Desmejoras para el Empleado
2. Este cambio de contrato o de condiciones laborales se considera como mala fe del
empleador y por ende es denunciable para que la empresa o el funcionario reciba sanciones.
Adicional a esto también se considera mala fe cuando inicialmente se hace un contrato
laboral a término fijo y luego cambia a Prestación de servicios pero con condiciones
inferiores a las inicialmente pactadas.
Una IPS en Santander realizó una contratación de varios empleados bajo un contrato a término
fijo con un salario de 1’200.000 pesos mensuales. Sin embargo, por la crisis en la salud, la
empresa tuvo que modificar las condiciones de sus empleados, pasándolos a contratos de
prestación de servicios con el mismo sueldo.
Como es bien sabido, un empleado con este tipo de contratos debe pagar de su sueldo la
totalidad de la seguridad social, diferente a un empleado con contrato a término fijo o
indefinido, el cual solo paga una parte. Ante esta nueva situación presentada en la empresa,
los empelados ya no podía disfrutar en la totalidad de los 1,200.000 pesos, porque debían
descontar la seguridad social.
Lo sucedido allí deja ver la mala fe del empleador, tal como lo muestra la Sala Laboral de la
Corte Suprema de Justicia. Aunque la empresa justifique que el cambio de contrato se hizo
debido a la crisis por la falta de pago de las EPS, es cierto también que las condiciones
inicialmente pactadas fueron modificadas para el beneficio de la empresa, por lo que se afectó
los derechos de los empleados y se actuó de mala fe al modificar el contrato para disminuir el
gasto de los salarios.
Asimismo, obligarlo a aceptar las condiciones bajo la figura de mutuo acuerdo se
considera también atacar la buena fe que debe regir en el ámbito laboral. Estas
condiciones se encumbren para que las empresas no reciban las sanciones debidas previstas
dentro del derecho laboral.