2. Se deriva de la palabra iatrogénesis que
tiene por significado literal ‘provocado
por el médico o sanador’
(iatros significa ‘médico’ en griego
y génesis: ‘crear’).
3. ASPECTOS HISTÓRICOS
Desde el inicio de la civilización se han conocido los daños que pueden provocar las
acciones de los médicos. Los párrafos 218 a 220 del Código de Hammurabi 1760 a.C. es uno
de los conjuntos de leyes más antiguos de la cultura Mesopotamia, se basa en la aplicación de la Ley
del Talión, para defenderse frente a supuestos errores, temeridades y negligencias de los
médicos.
Hipócrates en 2500 a.C. en el libro primero de las Epidemias recomendaba: Ayudar o por lo
menos no dañar ("Ofeleein i mi vlaptein", en el original griego). Esta frase inspiró el conocido
aforismo latino “ primun no nacere” “ ante todo no hacer daño” atribuido a Galeno es una
norma clásica, base de la ética médica.
La transferencia de bacterias patógenas desde las salas de autopsia de los hospitales a las
salas de maternidad llegó a provocar altísima mortalidad por sepsis puerperal en las
maternidades hospitalarias en los albores del siglo XIX. La forma de infección fue
identificada por Ignacio Felipe Semmelweis fue un médico húngaro de origen alemán que
consiguió disminuir la mortalidad en un 70 % por sepsis puerperal en su hospital mediante la
recomendación a los obstetras de que se lavaran las manos con una solución de cal clorurada antes
de atender los partos.
La iatrogenia todavía tiene una alta incidencia en el siglo XXI se dijo que con el
descubrimiento de los antisépticos, anestesia, antibióticos y nuevas técnicas quirúrgicas, la
mortalidad iatrogénica disminuiría enormemente. No obstante, a modo de ejemplo, la
iatrogenia es la tercer causa de muerte en Estados Unidos según estudios recientes.
4. Iatrogenia
También llamado acto médico dañino, es el acto médico debido, del
tipo dañino, que a pesar de haber sido realizado debidamente no ha
conseguido la recuperación de la salud del paciente, debido al
desarrollo lógico e inevitable de determinada patología. Este acto
médico tiene resultados negativos reversibles e irreversibles, debido a
factores propios de la patología enfrentada o a factores propios,
particulares del paciente.
La iatrogenia es un estado, enfermedad o afección causado o
provocado por los médicos, tratamientos médicos o
medicamentos. Este estado puede también ser el resultado de
tratamientos de otros profesionales vinculados a las ciencias de la
salud, como por ejemplo odontólogos, obstetras, enfermeras,
terapeutas, farmacéuticos, etc. La afección, enfermedad o muerte
iatrogénica puede también ser provocada por las medicinas
alternativas.
Desde un punto de vista sociológico hay tres tipos de iatrogenia: iatrogenia
clínica, social y cultural.
6. Iatrogenia social
• Las políticas de salud que refuerzan una organización social e industrial
patogénica.
• Es un daño mayor de índole moral que recibe la sociedad como
cuerpo.
• Es la iatrogenia que se produce cuando la actuación de algunos
miembros de la sociedad llamados a ser ejemplos se ponen en el
extremo opuesto.
7. Iatrogenia cultural
• La medicalización como un poder que decide las vidas de los seres
humanos.
• Ivan Ilich, pensador austriaco, (1926-2002), quien amplio hacia la esfera
cultural el concepto tradicional de iatrogenia, el daño involuntario
producido por la medicina queriendo prevenir o curar.
• Esta enlazado con el de “expropiación de la salud”, referido al hecho de
que la medicina ha arrebatado a la gente la capacidad de prevenir, curar y
soportar las enfermedades apelando a su cultura, al mismo tiempo que el
de “medicalización”.
9. Causas de iatrogenia
• Error médico
• Negligencia médica o procedimientos inadecuados
• Errores al escribir la receta o receta difícil de descifrar.
• Interacción de los medicamentos recetados.
10. • No contemplar los posibles efectos negativos del
medicamento recetado.
• Uso excesivo de medicamentos que lleva a la resistencia
microbiana.
• Tratamientos no seguros
• Diagnóstico erróneo
11. • Rechazo por parte del médico a tomar en consideración
los efectos negativos que el paciente dice sufrir.
• Infección intrahospitalaria.
13. • Es importante conocer los
aspectos legales en el ejercicio de
la profesión para garantizar la
idoneidad de la misma.
• Igualmente la profesión también
es susceptible de demandas
legales; por lo que el obstetra
debe practicar la integridad en el
ejercicio de su profesión.
TECNICAS
14. LA HISTORIA CLINICA
Documento médico legal donde queda registrada toda la
relación del personal sanitario con el paciente, todos los
actos y actividades médico-sanitarias realizados con él y
todos los datos relativos a su salud.
Se elabora con la finalidad de facilitar su asistencia, desde
su nacimiento hasta su muerte, y que puede ser utilizada por
todos los centros sanitarios donde el paciente acuda.
15. Finalidad
No obstante, aunque el objetivo primordial de dicho documento es el
asistencial, no pueden ni deben obviarse otros aspectos ex asistenciales
de la historia clínica:
a.- Docencia e investigación: a partir de las historias clínicas pueden
realizarse estudios e investigaciones sobre determinadas patologías,
publicaciones científicas.
b.- Evaluación de la calidad asistencial: la historia clínica es considerada
por las normas deontológicas y por las normas legales como un derecho
del paciente derivado del derecho a una asistencia médica de calidad.
c.- Administrativa: la historia clínica es elemento fundamental para el
control y gestión de los servicios médicos de las instituciones sanitarias.
d.- Médico-legal:
16. CARACTERISTICAS DE LA HISTORIA CLINICA
1.- Confidencialidad
El secreto médico, la confidencialidad e intimidad y la historia clínica, son tres cuestiones que se
implican recíprocamente y se relacionan. La historia clínica es el soporte documental biográfico
de la asistencia sanitaria administrada a un paciente, por lo que es el documento más privado
que existe una persona.
El problema médico legal más importante que se plantea es el quebrantamiento de la intimidad y
confidencialidad del paciente y los problemas vinculados a su acceso, favorecidos por el
tratamiento informatizado de los datos.
2.- Seguridad Debe constar la identificación del paciente así como de los facultativos y personal
sanitario que intervienen a lo largo del proceso asistencial.
3.- Disponibilidad Aunque debe preservarse la confidencialidad y la intimidad de los datos en
ella reflejada, debe ser así mismo un documento disponible, facilitándose en los casos
legalmente contemplados, su acceso y disponibilidad.
4.- Única La historia clínica debe ser única para cada paciente por la importancia de cara a los
beneficios que ocasiona al paciente la labor asistencial y la gestión y economía sanitaria.
5.- Legible Una historia clínica mal ordenada y difícilmente inteligible perjudica a todos, a los
médicos, porque dificulta su labor asistencial y a los pacientes por los errores que pueden
derivarse de una inadecuada interpretación de los datos contenidos en la historia clínica.
17. REQUISITOS DE LA HISTORIA CLINICA
1.- Veracidad
La historia clínica, debe caracterizarse por ser un documento veraz, constituyendo un derecho del usuario. El no cumplir tal requisito
puede incurrirse en un delito tipificado en el actual Código Penal como un delito de falsedad documental.
2.-Legible: Una historia clínica mal ordenada y difícilmente legible perjudica a todos, a los médicos, porque dificulta su labor asistencial y a los
pacientes por los errores que pueden derivarse de una inadecuada interpretación de los datos contenidos en la historia clínica.
3.- Exacta
4.- Rigor técnico de los registros
Los datos en ella contenida deben ser realizados con criterios objetivos y científicos, debiendo ser respetuosa y sin afirmaciones
hirientes para el propio enfermo, otros profesional o bien hacia la institución.
5.- Coetaneidad de registros
La historia clínica debe realizarse de forma simultánea y coetánea con la asistencia prestada al paciente.
6.- Completa
Debe contener datos suficientes y sintéticos sobre la patología del paciente, debiéndose reflejar en ella todas las fases médicolegales
que comprenden todo acto clínico-asistencial. Así mismo, debe contener todos los documentos integrantes de la historia clínica, desde
los datos administrativos, documento de consentimiento, informe de asistencia, protocolos especiales, etc.
7.- Identificación del profesional
Todo facultativo o personal sanitario que intervenga en la asistencia del paciente, debe constar su identificación, con nombre y apellidos
de forma legible, rúbrica y número de colegiado.
18. Consentimiento Informado
• Es la aceptación por parte de una persona que
se produzca algo. Ejemplo: cirugía,
procedimiento terapéutico sobre la base de los
riesgos y beneficios, las alternativas y las
consecuencias de negarse a ello, según Black en
1990.
• El paciente tiene derecho de saber y entender
los procedimientos terapéuticos que le van a
realizar
• Documento legal de consentimiento informado;
que debe ser firmado por el paciente después
de explicarle el procedimiento que se la va
realizar y haberle aclarado todas sus dudas.
19. Importancia De Las Leyes En Obstetricia
Conocer los aspectos legales de
Obstetricia ayuda a las obstetras/os a
protegerse legalmente en el
desempeño de sus
responsabilidades. A su vez los ayuda
a proteger los derechos del paciente.
Las leyes son necesarias en los grupos
sociales. Previene las violaciones a los
derechos de una persona o grupo de
personas por parte de otra persona o
grupo.
20. Deontología en Obstetricia
• Es el conjunto de principios y reglas
éticas que han de inspirar y guiar la
conducta del profesional de
obstetricia.
• Los deberes que se imponen obligan a
todos los obstetras en el ejercicio de
su profesión, independientemente de
la modalidad.
21. Deontología profesional Ética profesional
- Orientada al deber
- Recogidas en normas y códigos
deontológicos.
- Esas normas y códigos son mínimos y
aprobados por los profesionales de un
determinado colectivo profesional
(obstetras, abogados;etc)
- Exigible a los profesionales
- Orientada al bien, a lo bueno
- No se encuentra recogidas en
códigos
- Ni normas deontológicos , está
relacionada con lo que piensa el
propio individuo.
- No es exigible a los profesionales
de un determinado colectivo.
22. Estándares de Obstetricia
Son guías legales, normas, guías,
manuales para la práctica profesional.
El obstetra debe conocer las pautas
legales de las instituciones donde
labora.
El desconocimiento de la ley no es
una defensa del obstetra en una
situación de mala práctica.
23. Código de ética y deontología profesional de
obstetricia COP
• El Código de ética y deontología profesional
del COP es el conjunto sistematizado de
normas permanentes que orientan y
encauzan el ejercicio de la profesión de
obstetricia dentro de los principios de
carácter humanista y moral que garantizan
el desempeño honesto y la conducta
intachable de todos y cada uno de sus
miembros.
24. Es una profesión de servicio de
salud Y quienes la desempeñan
tienen la obligación
De comportarse dentro del marco
moral y humano.
Los obstetras como
profesionales de alta
Responsabilidad prestaran sus
servicios Con el debido respeto ,
calidez, discreción Y sin
discriminación de ninguna
índole.
Los obstetras velarán con
interés y respeto por la salud y
la vida humana desde el
momento de la concepción
Y aún bajo amenaza
mantendrán Las normas éticas
del COP
El conocimiento y cumplimiento
de las Normas que se han
establecido en el Código de ética
y deontología profesional
Del COP , es en consecuencia,
requisito Indispensable para la
práctica de la profesión En el país.
OBSTETRICIA
25. DEFINICIÓN DE LA CARRERA
• La obstetricia es una carrera médica por
ley N 23346 de nivel universitario
• Se encuentran legalmente aptos para
prestar atención a la mujer , familia y
comunidad
• Desarrolla funciones administrativa,
asistencial, docencia y de investigación.
• La función mas importante es el cuidado
de la salud reproductiva de las personas y
especialmente de la mujer en todo su
ciclo vital.
26. Capítulo II
JURAMENTO
• Todo profesional debe conocer el código de ética y
deontología profesional del COP y prometer cumplir
con lealtad los contenidos de las leyes y reglamentos
respectivos.
Capítulo III
EJERCICIO PROFESIONAL
ART 3.- TODO PROFESIONAL QUE SEA SEÑALADO COMO AUTOR DE UN HECHO CONTRARIO
A LA ÉTICA EN CUALQUIER TIPO DE ACTIVIDAD DE CARÁCTER PROFESIONAL,SEA EN EL
SECTOR PÚBLICO,NO PÚBLICO O PRIVADO SERÁ SOMETIDO A INVESTIGACIÓN.
ART5.- Además del comportamiento ético dentro de la actividad profesional, es obligación del
obstetra conducirse éticamente en igual forma en todos los actos de su vida.
27. • ART8.- Todo obstetra debe presentar servicios dentro del marco que define su
perfil profesional cuyas acciones están orientadas al campo de la salud.
• ART9.- Los Obstetras suscribirán en la HC y otros documentos oficiales de las
instituciones donde trabajan, el tipo de atención que prestan ceñido a la verdad
siendo indispensable colocar en ello su firma y colegiatura.
• ART13.- Ningún obstetra que preste servicios de la especialidad en una
institución pública o privada podrá persuadir o proponer al mismo usuario será
atendido en su consulta privada.
28. • ART 20.- es falta de ética del obstetra ,
lucrar con el comercio de medicamentos
dentro del consultorio.
• ART 23.- Los obstetras ordenarán los
análisis y exámenes de ayuda dx de
carácter obstétrico y otros para
diagnosticar alguna morbilidad asociada.
CAPÍTULO IV
CLÍNICA DE ATENCIÓN EN SALUD REPRODUCTIVA Y PLANIFICACIÓN FAMILIAR
ART 24.- Los obstetras deben conocer la situación de salud reproductiva de la población
ART 26.- los obstetras coordinaran con los diferentes niveles de atención para establecer la
Referencia y contra referencia de las gestantes, no hacerlo sería un acto de negligencia obstétrica.
29. • ART 28.- Los Obstetras atenderán el parto en condiciones óptimas para obtener un niño sano y una
madre en buenas condiciones.
• ART30.- Tendrán la responsabilidad de la atención inmediata del RN , determinarán el APGAR,
examinará, al RN según lo establecido, lo derivará al especialista en caso de morbilidad o patología.
• ART 31.- Atención de la mujer en el puerperio inmediato, mediato y su seguimiento.
• ART32.- Realizar Psicoprofilaxis obstétrica y estimulación prenatal, atención ginecológica de menor
complejidad y planificación familiar.
30. Capítulo VIII
El obstetra en la administración pública
•ART 55.- Los Obstetras deben estar
aptos para desempeñar cargos
administrativos, respetando los
principios, normas y reglamentos de
la administración pública.
•ART 56.- Los Obstetras en un cargo
administrativo deberán velar por el
buen funcionamiento de la
institución y/o servicio a cargo
31. Capítulo IX
SECRETO PROFESIONAL
•ART77.- La condición patológica de
la paciente y el pronóstico y
diagnóstico de las enfermedades,
sólo podrán ser dadas a conocer
cuando se trate de proteger a la
sociedad o cuando representen un
perjuicio para la paciente.
32. Capítulo XI
EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN
• ART 101.- GRAVE INFRACCIÓN CONTRA EL CÓDIGO DE ÉTICA Y
DEONTOLOGIA LO SIGUIENTE:
• El obstetra con título legal, pero no inscrito en el COP.
• Toda persona sin título que ejerza funciones o actividades del obstetra, sea en
trato directo con pacientes o en calidad de funcionario
• ART 103.- falta grave contra la ética profesional, que un obstetra permita que
una persona bajo su dependencia o bajo la garantía de su nombre, en su
consultorio o fuera de este , ejerza funciones obstétricas
33. RESPONSABILIDAD
PROFESIONAL DEL
PROFESIONAL DE SALUD
Es la obligación de reparar o
compensar los daños producidos
en el paciente por la ACCIÓN u
OMISIÓN culposa o dolosa en
El ejercicio de la profesión
34. AGRAVIOS INTENCIONALES
• Son aquellos que la obstetra
comete con la conciencia plena
de lo que está haciendo.
•Con el conocimiento que dichos
actos no están acordes con la
práctica apropiada de la
profesión de obstetricia.
ABUSOS
AGRESIÓN O
MALTRATO
35. AGRAVIOS CUASI-INTENCIONALES
• Son aquellos cometidos a través
de terceros, pero con la anuencia
del obstetra.
•Son actos realizados por el
obstetra; pero que afectan
directamente al paciente.
INVASIÓN A LA
INTIMIDAD
LA DIFAMACIÓN
36. AGRAVIOS NO INTENCIONALES
• Son realizados por el obstetra
por descuido en el ejercicio
profesional; pero que tiene
repercusiones en la condición
física o vida del paciente.
37. CRITERIOS PARA PROBAR MALA PRÁCTICA
Que el obstetra era la responsable del
paciente.
Que el obstetra no cumplió con su
responsabilidad.
Que el paciente o cliente resultó con daño.
Que el fallo del obstetra o su mala práctica
fue lo que ocasionó el daño.
38. SITUACIONES ESPECÍFICAS QUE PUEDEN
LLEVAR A MALA PRÁCTICA
De la Institución Empleadora:
Infraestructura inadecuada
Fallas y equipos obsoletos.
Insuficientes empleados competentes
para satisfacer las necesidades.
Ambiente de trabajo inseguro.
Supervisión inadecuada a sus empleados
39. SITUACIONES DE MALA PRÁCTICA
Del personal profesional, técnico o
auxiliar
Mala conducta
Falta de destreza no razonable
Infidelidad en las funciones
profesionales
Práctica malévola
Conducta ilegal o inmoral
40. EJEMPLOS DE MALA PRÁCTICA
Dejar un objeto foráneo en el
paciente durante la cirugía.
Dejar de hacer las observaciones a
un paciente según lo prescrito por su
condición.
No asegurar la firma del
consentimiento informado del
paciente.
Dejar de informar un cambio
significativo en la condición del
paciente.
41.
42.
43.
44. MIÉRCOLES 11 DE JUNIO DEL 2014 | 07:37Recién nacida
podría perder su mano por negligencia médica
Presunta mala praxis ocurrió en el hospital de
Cajamarca. Bebe se encuentra hoy en elHospital del
Niño, en Breña
Una dramática situación vive la familia de una recién nacida por causa de
una presunta negligencia médica cometida en el hospital deCajamarca.
"No se sabe si mi hija va a poder sobrevivir o no. A rogar primero a Dios", menciona
Angélica Moza, madre de la bebe.
La pequeña Carla nació antes de los ocho meses de gestación. Según su
progenitora, los médicos tardaron en cortarle el cordón umbilical, lo cual le generó
un exceso de glóbulos rojos.
Como parte del tratamiento aplicado a la paciente, los galenos aplicaron un fuerte
medicamento a la recién nacida.
"Hubo un exceso de cloruro, que le pusieron fuera de la vena y por eso es que la
mano se quemó", denunció a América Noticias.
Hasta hoy, la pequeña - quien se encuentra en la unidad de Cuidados Intensivos del
Hospital del Niño - ha perdido cuatro dedos de una mano. No se descarta que se le
deba amputar toda la mano e incluso una parte de su brazo.
"Mi hija ya no va a ser normal, pasa a ser una persona discapacitada", menciona
Angélica entre lágrimas.
Ningún representante del hospital cajamarquino ha dado la cara, a pesar de que
fueron denunciados ante la Fiscalía.
El 28 de febrero pasado, una situación parecida ocurrió en el hospital de Vitarte.
VIERNES 23 DE MAYO DEL 2014 | 18:47Denuncian
presunta negligencia médica en hospital de Collique
Padre de la víctima afirmó haber escuchado "que
una enfermera dejó caer al menor" mientras lo
bañaba. Autoridades investigan
Un confuso acto de negligencia médica se habría presentado en la capital. Esta vez se trata de un incidente
fatal ocurrido esta madrugada en el hospital Sergio Bernales de Collique, enComas. Víctor Arellano,
esposo de Vasti Gutiérrez Chinche, denunció que a su cónyuge se le practicó una mala praxis médica que
acabó con la vida de su bebe recién nacido.
"Mi esposa llevaba un buen embarazo y que en la última ecografía, que se realizó hace 20 días, le dijeron
que todo marchaba con normalidad", aseguró. Pese a ello, el médico de turno le informó que la muerte
del menor se debió a complicaciones durante su gestación.
Arellano contó que, según terceras personas que estuvieron en el quirófano, el pequeño se habría caído al
piso cuando era limpiado de la placenta.
El cuerpo del bebé fue trasladado a la Morgue Central de Lima tras ser examinado por el médico legista y
un fiscal de turno.
BAJO INVESTIGACIÓN
Jaime Arévalo, director general del Hospital Sergio Bernales, declaró a RPP Noticias que el nosocomio ya se
realizan las investigaciones para determinar cuáles fueron las causas reales de la muerte del recién
nacido.
Los resultados de la investigación podrían estar listos en una semana. Por último, indicó que todo el
personal del área emergencia será interrogado.
MALA PRAXIS EN NUESTRO MEDIO
45. VIERNES 23 DE MAYO DEL 2014 | 07:45Sunasa
investiga caso de bebe fallecida en
Maternidad de Lima
Entidad de control emitirá un informe en
los próximos días. Madre denunció que
médicos huelguistas la abandonaron
La Superintendencia Nacional de Salud (Sunasa) afirmó venir
investigando el caso de la paciente Maribel Ruiz Rodríguez, de 36
años, quien perdiera a su bebe el pasado miércoles a raíz de una
presunta negligencia médica en el Instituto Nacional
MaternoPerinatal (ex Maternidad de Lima).
Según informaron representantes de dicho ente, el superintendente
adjunto, César López, y un equipo de la Sunasa se reunieron con las
autoridades del instituto y con la paciente para evaluar el caso.
Se indicó además que la entidad viene realizando las pesquisas
necesarias a fin de determinar las causas del fallecimiento del
bebé ydeterminar si hubo o no responsabilidad del nosocomio. Se
espera que en los próximos días se tenga un informe sobre el caso.
Cabe precisar que este hecho fue denunciado por la madre del niño,
quien dijo que la hicieron esperar varios días para someterla a una
cesárea y que poco después de ser intervenida, los médicos le dijeron
que su bebé había fallecido.
Esto sucedió en el marco en que los médicos del Instituto Materno
Perinatal son parte de la huelga nacional indefinida convocada por la
Federación Médica Peruana (FMP).
DOMINGO 08 DE JULIO DEL 2012 | 18:19Pisco: madre sufrió
ligadura de trompas por errónea prueba de VIH que salió
positiva
El director del Hospital San Juan de Dios no admite
negligencia, pero busca realizar una “recanalización” a
adolescente afectada
Una adolescente con nueve meses de embarazo fue sometida a una cesárea y a ligadura
de trompas en el Hospital San Juan de Dios de Pisco, tras una errónea prueba para el
descarte de VIH/Sida que salió positiva. La mujer, de 17 años, denunció que en pleno
trabajo de parto le hicieron pruebas de sangre y, ya con los resultados, le indicaron que
debía ser operada pues su bebe corría riesgo de contagio.
Según señaló la menor, fueron las enfermeras Betty Cahuana y Jessica Gálvez, quienes le
comunicaron sobre su aparente estado. Agregó que le suministraron medicamentos
retrovirales que afectaron a su bebe, pues los recibió antes de lactar por primera vez.
La indignación para la paciente fue mayor cuando una contraprueba realizada en Lima
dio cuenta de que no era portadora del virus.
El caso fue presentado hoy en el programa de TV ‘Domingo al día’. Consultado el director
del nosocomio en cuestión, doctor Arturo Franco Robles, su personal actuó en este
caso siguiendo el protocolo para pacientes gestantes con VIH. “El protocolo indica que
no se necesita una segunda prueba si es que la primera sale positiva”, refirió.
El galeno acotó que actualmente evalúa realizarle a la madre una “recanalización de
trompas”. Hasta el momento, nadie a nombre del hospital ha ofrecido una disculpa a la
afectada.
46. SÁBADO 26 DE MARZO DEL 2011 | 10:37Madres denuncian que les cambiaron a sus bebes en hospital
Hipólito Unanue
Sus esposos afirman que los médicos trataron de solucionar el problema haciendo un arreglo “por lo
bajo” para no asumir ninguna responsabilidad
Una nueva negligencia médica saltó a la luz esta semana. Dos madres de familia denunciaron que les habían cambiado a sus bebes en el hospital Hipólito Unanue.
Las mujeres, quienes dieron a luz el domingo pasado se percataron del error cuando al revisar los brazaletes de los recién nacidos notaron que no tenían sus correspondientes
apellidos.
Tras conocer el hecho, los esposos de las víctimas reclamaron lo sucedido pero los médicos trataron de solucionar el problema haciendo un arreglo “por lo bajo” para no asumir
ninguna responsabilidad, según afirmó RPP.
Ante la negativa de los padres, el hospital accedió a realizar una prueba de ADN para certificar que los pequeños son los que le corresponden.
El doctor Javier Correa, director de servicios especiales del Ministerio de Salud, dijo que se reunirá con las familias afectadas y con el director del hospital Hipólito Unanue a fin de
buscar una solución y esclarecer los motivos de la confusión.
47. PONENCIAS CONGRESO 2013
MALA PRAXIS EN GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA
En el marco del 5° Congreso Internacional de Controversias en Obstetricia y Ginecología llevado a cabo en la
ciudad de Buenos Aires, el Dr. Vadim Mischanchuk, abogado de la Asociación de Médicos Municipales disertó
acerca de la temática Mala Praxis: ¿Cómo protegernos?
Mischanchuk :
Definió a la mala praxis como un actuar negligente
Solo relaciona el concepto con la práctica del médico cuando en realidad “un actuar negligente puede provenir de un abogado, un contador, un arquitecto u
otras profesiones”.
Evitar la de los médicos e incluso destacó que muchas veces son los propios profesionales de la salud quienes estigmatizan su propia actividad.
En función de lograr un acercamiento lo más preciso posible hacia esta temática, Mischanchuk colocó el eje en cómo se llega a cometer un acto negligente poniendo
en escena el termino de responsabilidad profesional. Y agregó “Todo aquel que tiene un título y más aquellos que ejercen su profesión de manera matriculada,
deben responder por sus actos”.
Desde esta perspectiva, abogó por un cambio de paradigma y aseveró: “No hay juicios por mala praxis. Hay procesos judiciales en los que se investiga si pudo
haber existido algún tipo de daño, provocado por un agente determinado (médico, abogado,etc) y es un juicio por responsabilidad profesional”.
No confundir error médico con mala praxis ya que el primero consiste en una equivocación honesta por dificultades de diagnóstico o terapéutica. Y fue aún
más contundente al afirmar que el error médico existe sin que esto implique que haya negligencia o mala práctica. El ejemplo paradigmático es el caso de los
oblitos, la bibliografía médica y jurídica establece que aun tomando todas las precauciones del caso, unoblito( cuerpo extraño olvidado en un acto médico) puede
existir. Y cuando esto sucede, en la actualidad los jueces ponen el foco en el seguimiento del post operatorio y no en el oblito en sí mismo.
Finalmente, Mischanchuk colocó el eje en la práctica de los médicos y en la importancia de efectuar una correcta documentación de todos los procedimientos
que realizan, de los consentimientos informados previos a cada intervención. “Trabajar en la prevención es hablarles a ustedes mismos que son los que terminan,
en definitiva, brindándole la información a los jueces. El juez realiza la reconstrucción de un hecho en base ala historia clínica, los estudios complementarios, la
declaración de los familiares y otros médicos, la autopsia y la opinión de los peritos.”
Partiendo de esta conclusión, Mischanchuk destacó aquellas Instituciones que cuentan con Comités de Riesgo que llevan adelante prácticas como el control sobre
la confección de historias clínicas, sobre la confección de consentimientos informados que precisamente han bajado lalitigiosidad.
48. “Es muy importante mantener la mejor relación médico-paciente”
Una de las mayores preocupaciones que revelan pertinencia con esta problemática reside en que la ginecología y obstetricia es una de las
especialidades con más alto riesgo médico legal. Y por otro lado, cabe reflexionar sobre los modos y acciones que pueden realizarse para evitar el
surgimiento de conflictos legales, puede ser con la buena relación médico-paciente.
¿Qué aspectos convierten a la gineco-obstetricia en una especialidad con alto riesgo médico legal?
Dr. Mischanchuk: Hay varias situaciones.
La primera tiene que ver con que es un momento muy particular en la vida de las personas, es decir, el nacimiento de un hijo involucra muchos sentimientos
puestos en ese momento. (No detección de malformaciones visibles en pruebas ecográficas, daños en el feto por negligencia en el transcurso del parto,d años en
el feto por prescripción de medicamentos a la madre).
La segunda cuestión es que en la Argentina, por lo menos, en gran parte de lo que tiene que ver con el público que se acerca a los hospitales de la ciudad de
Buenos Aires, los seguimientos de los embarazos son bastante pobres. Las pacientes, en general, no hacen un buen seguimiento del embarazo, entonces
cuando llegan a los hospitales lo hacen sin los controles recomendados.
Y en tercer lugar, en lo que tiene que ver con el ámbito privado, desde mi experiencia, la población desconoce las complicaciones que pueden producirse
durante un parto y lo que noto a partir de las lecturas de las demandas es que siempre estas cuestiones, como puede ser una circular de cordón ajustada al
cuello, un nudo real de cordón, los toma por sorpresa. Por lo tanto, hay un bajo conocimiento en el nivel medio de la población de las complicaciones que se
pueden producir en un parto. Entonces ante la ocurrencia de estas complicaciones automáticamente se produce un litigio.
¿Cuáles son las principales consideraciones para prevenir el riesgo de mala praxis?
Dr. Mischanchuk:
Principalmente es muy importante mantener la mejor relación médico-paciente posible e informar a la paciente y a los familiares que
hagan el seguimiento del embarazo y las posibles complicaciones, seguir todas las recomendaciones del caso
Cumplir con la normativa vigente con respecto a la confección de la historia clínica y consentimientos informados y atenerse a guías y
normas de servicio actualizadas y reconocidas como para que el día de mañana si alguien le reprocha al médico, por ejemplo, por qué no
hizo la cesárea en tal o cual semana frente a determinada característica obstétrica, él pueda tener toda la bibliografía correspondiente y las
normas de servicio que avalan que esa paciente, con esa clínica obstétrica en ese momento, no tenía criterio para hacer una cesárea.
49. “Todo personal
de salud se
construye a si
mismo a través
de sus decisiones
y haciendo uso de
su LIBERTAD, de
su
INTELIGENCIA
y de su
VOLUNTAD"